CONTRATO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE MARQUESINAS, POSTES DE PARADA Y BANDEROLAS DEL CONSORCIO DE TRANSPORTE METROPOLITANO DEL ÁREA DE MÁLAGA
CONTRATO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE MARQUESINAS, POSTES XX XXXXXX Y BANDEROLAS DEL CONSORCIO DE TRANSPORTE METROPOLITANO DEL ÁREA DE MÁLAGA
En Málaga, a 24 xx xxxxx de 2017
De una parte, Xx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Directora-Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, en virtud de las competencias conferidas por los Estatutos del Consorcio, publicados por resolución de la Dirección General de Administración Local de 3 xx xxxx de 2003 (BOJA nº 107, de 6 xx xxxxx) y reformados el 00 xx xxxxx xx 0000 (XXXX nº 21, de 30 de enero de 2008).
De otra parte, D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en nombre y representación de la mercantil Talher S.A., con CIF A-8602815, en virtud de los poderes otorgados ante el notario X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx en escritura pública número mil ochocientos catorce.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad para formalizar el presente contrato y,
ACUERDAN
La celebración del contrato de servicios denominado “Mantenimiento preventivo y correctivo de marquesinas, postes xx xxxxxx, banderolas y Sires del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga”, todo ello en los términos regulados por el Texto Refundido de la la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), por el Reglamento de Contratos aprobado por el RD. 1098/2001, de 12 de octubre y demás normativa de aplicación.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
PRIMERO.- Con fecha 23 de enero 2016 se acordó el inicio del expediente de contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de marquesinas, postes xx xxxxxx, banderolas y SIREs del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga.
SEGUNDO.- Concluido el plazo para la presentación de ofertas, la Mesa de Contratación constituida para este contrato, examina la documentación general presentada por las empresas; y valora la documentación técnica y económica mediante juicio de valor y mediante la aplicación de las fórmulas contenidas en el Pliego, siendo la empresa Talher S.A la oferta económica más ventajosa y propuesta por la Mesa de Contratación como adjudicataria al órgano de contratación.
TERCERO.- Con fecha 19 xx xxxxx se resuelve por el órgano de contratación la adjudicación del contrato a la mercantil Talher S.A. por un precio de 142.348 € (IVA excluido)
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En consecuencia, se formaliza el presente contrato, con arreglo a las siguientes,
CLAUSULAS
PRIMERA: La mercantil Talher S.A., se compromete a la ejecución del contrato “Servicio de Mantenimiento preventivo y correctivo de marquesinas, postes xx xxxxxx, banderolas y Sires del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga” con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieran al contratista desde el
Consorcio de Transporte. El contratista se compromete igualmente a aplicar las propuestas contenidas en su oferta, incluidas las mejoras, en la ejecución del contrato.
SEGUNDA: El precio total del contrato es de 130.758 € (IVA excluido).. El abono del precio se realizará mensualmente, previa entrega de factura que recoja todas las actuaciones llevadas a cabo por el contratista.
TERCERO: El período de ejecución del contrato será de un año.
CUARTO: Para responder al cumplimiento de este contrato, ha sido constituida a favor del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, la garantía definitiva establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, por importe de 6.537,90 € €. El plazo de garantía será de doce meses, transcurrido el cual sin objeciones por parte del Consorcio, quedara extinguida la responsabilidad del contratista.
SEXTA: El contratista presta su conformidad al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen para este contrato, firmando dos ejemplares del mismo, y se somete, para cuanto no esté previsto en este contrato a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y demás disposiciones que sean de aplicación, siendo competente la jurisdicción contenciosa administrativa para conocer de las cuestiones litigiosas derivadas del mismo.
Para constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente contrato por duplicado en el lugar y fecha al principio mencionados.