CONVOCATORIA
FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. “PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS”
CONVOCATORIA
“SELECCIONAR UN PROPONENTE PARA QUE EL PATRIMONIO AUTONOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS CONSTITUIDO EN LA FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., SUSCRIBA CON ÉSTE UN CONTRATO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS PARA LA SEGUNDA ETAPA DEL PROYECTO, Y ESTUDIOS DETALLADOS DE AMENAZA Y RIESGO POR FENÓMENOS DE REMOCIÓN EN MASA – FASE II PARA EL PROYECTO TOTAL, NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO LOS OLIVOS EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ”
AGOSTO DE 2015
TABLA DE CONTENIDO
CAPITULO I
1. INFORMACIÓN GENERAL, COMPROMISOS, CRITERIOS Y CONTEXTO BÁSICO DE ENTENDIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN Y DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.
1.1. ANTECEDENTES
1.2. JUSTIFICACIÓN
1.3. CONTEXTO BÁSICO DE ENTENDIMIENTO.
1.4. DEFINICIONES
CAPITULO II.
2. GENERALIDADES Y ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
2.1. ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1.1. CONVOCANTE
2.1.2. OBJETO
2.1.3. ALCANCE DEL OBJETO
2.1.4. GENERALIDADES, LOCALIZACIÓN Y NORMA APLICABLE DEL PROYECTO
2.1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
2.1.6. RÉGIMEN LEGAL
2.1.7. PRESUPUESTO OFICIAL
2.1.8. DESTINATARIOS DE LA INVITACIÓN
2.2. TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN - ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.2.2. CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y/O PROPONENTES
2.2.3. MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA
2.2.4. CIERRE DEL PROCESO.
2.2.5. PRÓRROGA DEL PLAZO DEL CIERRE Y MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA
2.2.6. GRUPO EVALUADOR.
2.2.7. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN.
2.2.8. ADJUDICACIÓN
2.2.9. CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y ANORMAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CAPITULO III.
3. PREPARACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA.
3.1. CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA
3.1.1. PRESENTACIÓN
3.1.2. PROPUESTAS PARCIALES Y ALTERNATIVAS.
3.2. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA.
3.2.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
3.2.2. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES.
3.2.3. PODER DEBIDAMENTE CONSTITUIDO.
3.2.4. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.
3.2.5. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR LA PROPUESTA Y SUSCRIBIR EL CONTRATO
3.2.6. DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN.
3.2.7. CERTIFICADO DEL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES Y CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES
3.2.8. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.
3.2.9. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
3.2.10. CERTIFICADO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002.
3.2.11. PROPUESTA ECONÓMICA
3.3. MODIFICACIONES, ACLARACIONES Y RETIRO DE LAS PROPUESTAS
3.4. VIGENCIA DE LA PROPUESTA
3.5. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
CAPITULO IV.
4. CRITERIOS DE SELECCIÓN
4.1. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO
4.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
4.1.2. ACREDITACIÓN EXISTENCIA, REPRESENTACIÓN LEGAL Y EXPERIENCIA.
4.1.3. OBJETO SOCIAL
4.1.4. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL REVISOR FISCAL O POR EL REPRESENTANTE LEGAL SOBRE PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL
4.1.5. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
4.2. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO
4.2.1. CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES FINANCIEROS:
4.2.2. CRITERIOS
4.2.2.1. CAPACIDAD FINANCIERA.
4.2.2.2. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
4.2.3. DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS
4.2.4. SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO – SARLAFT
4.2.5. INFORMACIÓN DE CARÁCTER FINANCIERO
4.3. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO
4.3.1. REQUISITOS TÉCNICOS DEL PROPONENTE.
4.3.1.1. REQUISITO HABILITANTE – EXPERIENCIA ESPECIFICA
4.3.1.2. EXPERIENCIA PERSONAL
4.4. PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO
4.5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
4.5.1. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN
4.5.1.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
4.5.1.2. EQUIPO DE TRABAJO
4.5.1.3. ORDEN DE ELEGIBILIDAD
4.5.1.4. CRITERIOS DE DESEMPATE.
4.5.1.5. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE CUANDO EXISTA UNA SOLA PROPUESTA HÁBIL.
4.5.2. FACTOR ECONÓMICO
4.5.2.1. VALOR TOTAL DE LA OFERTA
4.6. OBLIGACIONES DEL PROPONENTE
CAPITULO V.
5. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
5.1. PARTES DE LOS CONTRATOS Y PLAZO DE SUSCRIPCIÓN
5.2. VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN
5.3. VALOR DEL CONTRATO
5.4. OBLIGACIONES DEL PROPONENTE ADJUDICATARIO EN EL CONTRATO
5.5. OBLIGACIONES DE LA FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS
5.6. FORMA DE PAGO
5.7. GARANTÍAS DEL CONTRATO
5.8. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO.
5.9. ACOMPAÑAMIENTO Y/ O SUPERVISION.
5.10 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
5.11. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
5.12. MULTAS
5.13. INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA
5.14. GASTOS DEL CONTRATISTA
5.15. LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL
5.16. SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
5.17. INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES
5.18. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
5.19. NEGATIVA DEL PROPONENTE FAVORECIDO A SUSCRIBIR EL CONTRATO
5.20. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL.
5.21. CESIÓN DEL CONTRATO.
CAPITULO VI.
6. XXXXXX XXXXXXXX.
XXXXX Xx. 0: Carta de presentación.
ANEXO No. 2: Declaración voluntaria de origen de fondos.
CAPITULO I
1. INFORMACIÓN GENERAL, COMPROMISOS, CRITERIOS Y CONTEXTO BÁSICO DE ENTENDIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN Y DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.
1.1. ANTECEDENTES.
El Plan de Desarrollo de la Bogotá Humana previsto en el Acuerdo 489 de 2012 contiene en su artículo 21 el programa de vivienda y hábitat humanos, éste plantea claramente la importancia que tiene la construcción de Vivienda de interés Prioritario, a fin de atender a las poblaciones más vulnerables del Distrito Capital, incorporando la oferta pública de suelo mediante el ajuste de normas y la implementación de mecanismos de gestión o promoción pública para la construcción de vivienda a través de concursos, licitaciones y asociaciones con el sector privado y comunitario.
En consonancia con los principios del Plan de Desarrollo Bogotá Humana, la misión de METROVIVIENDA es gestionar y proveer suelo para el desarrollo de Proyectos de Vivienda de Interés Prioritario – VIP, y proyectos Urbanos Integrales que incluyan VIP, con énfasis en el Centro Ampliado, contribuyendo a disminuir la segregación socio-espacial, a frenar paulatinamente la ocupación expansiva del territorio y en su lugar a promover el modelo de ciudad densa y compacta.
Por lo anterior y en desarrollo de su misión METROVIVIENDA adelantó convocatoria pública No. 001 de 2013, resultando adjudicataria de esta la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., es por ello que ambas partes suscribieron un contrato xx Xxxxxxx Mercantil de Administración y Pagos – Patrimonio Autónomo Matriz - CDJ 53 de 2013, con el objeto de: “Administrar los predios que le sean transferidos por EL FIDEICOMITENTE GESTOR y/o LOS FIDEICOMITENTES APORTANTES; administrar recursos que le sean transferidos por la Secretaria de Hábitat y/o LOS FIDEICOMITENTES APORTANTES y/o METROVIVIENDA; administrar fondos o recursos que con ocasión de cumplimiento de obligación de los particulares o públicos de traslado VIS-VIP; adquirir y/o entregar suelo en proyectos de resorte de METROVIVIENDA o a través de Convenios Interadministrativos; entregar suelo, y/o efectuar urbanismo y/o entregar recursos para efectuar el urbanismo, todos los anteriores como entrega de subsidios en especie que otorgue las entidades competentes, y/o en proyectos de particulares en asocio con METROVIVIENDA y/o la Secretaria Distrital del Hábitat, de conformidad con las instrucciones que para tales efectos imparta EL COMITÉ FIDUCIARIO; administrar recursos para el cumplimiento de obligaciones de VIP y VIS, Decreto 075 de 23 de enero de 2013 y las normas que lo reglamenten, el Decreto 327 de 2004, en lo que no haya sido modificado por el precitado Decreto 075 de 2013, y las demás normas que lo modifiquen o sustituyan; administrar y ejecutar los recursos que permitan el desarrollo integral de los proyectos urbanísticos que se lleguen a definir por el COMITÉ FIDUCIARIO, de conformidad con los lineamientos previstos en el POT de Bogotá D.C., así como con lo que al efecto se determine en los decretos mediante los cuales se adopten los planes parciales y las unidades de gestión/actuación correspondientes”.
El mencionado contrato prevé que el patrimonio autónomo matriz, estará habilitado para constituir, en calidad de Fideicomitente, patrimonios autónomos escindidos, diferentes y subordinados del matriz, destinados a cumplir con la finalidad que se determine en cada uno de ellos. Así mismo, se estableció que dichos patrimonios se estructurarían por cada proyecto específico asociado a lotes específicos y a los constructores respectivos, de acuerdo con las instrucciones que para el efecto establezca el COMITÉ FIDUCIARIO.
En atención a lo señalado con anterioridad, fue constituido el Patrimonio Autónomo Subordinado LOS OLIVOS , todo lo cual consta en el CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL INMOBILIARIO DE URBANISMO
DE ADMINISTRACIÓN Y PAGO, el cual tiene dentro de su objeto, entre otras actividades, el contratar la elaboración de los estudios técnicos para la segunda etapa del proyecto y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para el proyecto total, necesarios para el desarrollo del Proyecto Los Olivos en la ciudad de Bogotá.
De conformidad con lo previsto en el manual de contratación y en virtud de la celebración del mencionado contrato xx xxxxxxx derivada, el Comité Fiduciario debe, entre otros, establecer en los términos de referencia de los procesos de selección los lineamientos para adelantar el proceso de selección de los contratistas encargados de adelantar la elaboración de los estudios técnicos para la segunda etapa del proyecto y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para el proyecto total, necesarios para el desarrollo del Proyecto, por esto mediante instrucción fiduciaria impartida el día 11 xx Xxxxxx de 2015 la Gerente General de Metrovivienda instruyó a la Fiduciaria Colpatria S.A., para que en su exclusiva calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Subordinado LOS OLIVOS, adelante el procedimiento tendiente a la selección del contratista que efectuará el mencionado objeto. Aclarándose que el mencionado proceso y contratación se hará con cargo exclusivo a los recursos del Fideicomiso y hasta la concurrencia de los mismos.
La elaboración de los estudios técnicos para la segunda etapa del proyecto y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para el proyecto total, deberá efectuarse sobre los predios que conforman el Proyecto Los Olivos en la ciudad de Bogotá.
1.2. JUSTIFICACIÓN.
La presente convocatoria se realiza con el fin de obtener estudios técnicos para la segunda etapa del proyecto y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para el proyecto total denominado Proyecto Los Olivos, el cual posteriormente será habilitado para lograr el desarrollo urbanístico y constructivo del proyecto inmobiliario de vivienda de interés prioritario, para dar cumplimiento a la obligación de la Administración Distrital de garantizar el derecho a la vivienda digna de personas de menores ingresos que son blanco de la segregación social y espacial y en cumplimiento del marco legal que rige el ejercicio del objeto de METROVIVIENDA.
1.3 CONTEXTO BÁSICO DE ENTENDIMIENTO.
En el presente documento se describen las bases técnicas, jurídicas, económicas y financieras, que el PROPONENTE debe tener en cuenta para elaborar y presentar la propuesta. La presentación de la oferta por parte del PROPONENTE constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones previstas en el presente documento y sus correspondientes anexos; que recibió de FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. las aclaraciones necesarias a sus inquietudes y dudas; que está enterado a satisfacción en cuanto al objeto y los términos de la convocatoria, los servicios a prestar, y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar su propuesta.
Ninguna información contenida en los términos de esta convocatoria constituye una promesa de celebración de contrato alguno. Todas las interpretaciones, conclusiones o análisis que efectúe el proponente son de su exclusivo cargo y no comprometen ni vinculan en modo alguno a FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. al fideicomiso, ni a Metrovivienda.
La información contenida en este documento, proporcionada con el mismo, comunicada verbalmente o en forma escrita por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. no constituye asesoría a los proponentes para la presentación de la propuesta. Será obligación de los interesados en participar en el presente proceso, obtener su propia asesoría independiente para todos los efectos que guarden relación con la presentación de la propuesta y con la ejecución del contrato resultante de la presente Convocatoria.
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. de conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el proponente xxxxxxx al presente proceso de selección es veraz y corresponde a la realidad. FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. podrá verificar o corroborar la información allegada, lo cual acepta y autoriza expresamente el proponente con la presentación de su propuesta.
La numeración de estos Términos no indica un grado de prelación en los asuntos. Los títulos de los capítulos y disposiciones utilizadas sirven como referencia y no afectan la interpretación del texto de las respectivas
disposiciones.
Para efectos del desarrollo del presente proceso de selección, se entiende por día(s) hábil(es) cualquier día de lunes a viernes, excluyendo los días festivos en la República de Colombia. En caso de que el último día de un período cualquiera establecido en estos Términos de Referencia fuese un día considerado no hábil, aquél se correrá al día hábil siguiente al referido en el calendario. Cuando se pretenda hacer referencia a día(s) calendario, así se consignará expresamente, de lo contrario siempre se entenderán los plazos fijados en días hábiles.
Las obligaciones estipuladas a cargo de Fiduciaria Colpatria S.A., en el presente proceso de selección y todas aquellas que se deriven de la contratación del proponente adjudicatario, únicamente serán garantizadas con los recursos que posea Fiduciaria Colpatria S.A. a título xx xxxxxxx mercantil como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Subordinado Proyecto Los Olivos, como lo dispone el artículo 1.227 del Código de Comercio. Por lo tanto, cuando en este documento se mencione a Fiduciaria Colpatria S.A., como sujeto de tales obligaciones, se entenderá que se refiere única y exclusivamente como vocera del PATRIMONIO AUTONOMO SUBORDINADO y que su obligación queda respaldada en los activos vinculados a dicho Fideicomiso y no con los que integran su propio patrimonio.
1.4 DEFINICIONES.
Para todos los efectos de la presente Convocatoria y del entendimiento sucesivo de los conceptos utilizados en estos Términos de Referencia, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones, entendimiento de términos o denominaciones.
Adjudicatario: Proponente al que se le adjudique la Convocatoria por ser seleccionado en primer orden de elegibilidad y designado por el Comité Fiduciario y quien deberá celebrar el contrato resultante del presente proceso, en el término estipulado en los presentes Términos de Referencia.
Comité Fiduciario: Órgano decisorio del PATRIMONIO AUTONOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, encargado de definir los lineamientos para el desarrollo del objeto del contrato xx Xxxxxxx, y del proceso de selección que aquí se estipula.
Contratante: Es EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, identificado con NIT. 830.053.994-4 cuya vocera y administradora es FIDUCIARIA COLPATRIA S.A.
Contratista: Quien tenga la calidad de adjudicatario dentro del presente Proceso de Selección, y en consecuencia, suscriba el correspondiente contrato de obra con EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
Contrato: El que celebre el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, en calidad de Contratante, y el proponente Adjudicatario, en calidad de contratista, para el desarrollo del objeto contractual derivado de la presente Convocatoria.
Error aritmético: Es aquel que se presenta cuando en una propuesta existe un error en el resultado de una operación de suma, resta, multiplicación o división.
Fiduciaria: Es la Sociedad FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. actuando exclusivamente como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y cuya obligación queda respaldada con los activos vinculados al Contrato xx Xxxxxxx constitutivo del mismo, y no con los que integran el propio patrimonio de la Fiduciaria Colpatria S.A.
Plazo de esta Convocatoria: Tiempo que transcurre entre la fecha de apertura de la Convocatoria y la fecha de su cierre, de conformidad con lo establecido en el cronograma del presente proceso.
Propuestas habilitadas: Propuestas que una vez revisadas, cumplen con los requisitos para participar y con la totalidad de documentos, indicadores y demás requisitos mínimos solicitados y por lo tanto pasan a ser materia de calificación.
Proponente: Persona Natural o jurídica, nacional o extranjera, con o sin ánimo de lucro, de derecho público o privado, independiente o en consorcio o unión temporal que participa en el presente proceso y que no se encuentra inhabilitada constitucional y/o legalmente para contratar según lo señalado por la Constitución Política, las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.
Proyecto: Es la elaboración de los estudios técnicos para la segunda etapa del proyecto y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para el proyecto total, necesarios para el desarrollo del PROYECTO denominado Proyecto Los Olivos.
Solicitud de documentos: Posibilidad que se otorga al Convocante para que solicite al proponente que adjunte documentos no allegados con la propuesta inicial, lo cual éste deberá hacer dentro del plazo fijado por el Convocante.
Supervisor: Será la persona que designe expresamente y por escrito METROVIVIENDA, con el fin de que adelante la supervisión del objeto del contrato resultante del presente proceso de adjudicación.
Términos de Convocatoria: Es este documento, elaborado por Metrovivienda y aprobado por el Comité Fiduciario, junto con sus comunicaciones y anexos.
CAPITULO II.
2. GENERALIDADES Y ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.
2.1. ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
2.1.1. CONVOCANTE.
FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. quien obra en este acto única y exclusivamente en calidad de vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, la cual ha sido instruida, por EL COMITÉ FIDUCIARIO para adelantar el presente proceso de selección.
El contratante será el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, a quien METROVIVIENDA transferirá el inmueble en el que se desarrollara el proyecto, y quien a su vez es el administrador de los recursos transferidos por el Fideicomitente Gestor para que se destinen al cumplimiento del objeto del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil constitutivo del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, hasta la concurrencia de los mismos. Para todos los efectos de los presentes términos de referencia, el Convocante en adelante se denominará EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO “LOS OLIVOS”.
2.1.2 OBJETO.
Es adelantar un proceso de selección de un proponente para que el patrimonio autónomo subordinado Los Olivos constituido en la Fiduciaria Colpatria S.A., suscriba con éste un contrato de consultoría para la elaboración de los estudios técnicos para la segunda etapa del proyecto y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa - Fase II para el proyecto total; necesarios para el desarrollo del Proyecto denominado Los Olivos ubicado en la ciudad de Bogotá.
Contrato que se efectuará con cargo exclusivo a los recursos de los mismos y bajo los criterios de evaluación expresamente instruidos por el COMITÉ FIDUCIARIO del fideicomiso.
2.1.3. ALCANCE DEL OBJETO. El objeto tendrá como alcance las especificaciones mínimas para efectuar
los diseños, el presupuesto y los estudios de suelo, a saber:
• DISEÑO ESTRUCTURAL
El diseño estructural se elaborará para la segunda etapa del proyecto y se ajustará en todo al diseño arquitectónico de la misma, deberá cumplir con los requerimientos exigidos para construcciones sismo resistentes ciñéndose estrictamente al cumplimiento de la legislación colombiana establecida en la Norma Colombiana de Diseño y Construcción Sismo Resistente NSR-10, la Ley 400 de 1997 y sus Decretos reglamentarios y el decreto 523 de 2010 por el cual “se adopta la microzonificación sísmica de la ciudad de Bogotá”; además de toda la normativa aplicable en esta materia.
El nivel de desarrollo del diseño estructural deberá contemplar la elaboración y diseño de todos los componentes necesarios a nivel de planos constructivos y especificaciones técnicas que permitan su cabal entendimiento y la construcción de la segunda etapa. Por lo tanto deberá entregarse TODA la información en este sentido necesaria.
El diseño estructural deberá contener cada uno de los elementos que componen la segunda etapa del proyecto: cimientos, zapatas, pilotes, placas, columnas, columnetas, vigas, viguetas, cubiertas y en general todos y cada uno de los elementos del sistema constructivo propuesto. Igualmente deben entregarse el diseño de todos los elementos no estructurales.
Para todo el diseño deberán presentarse las memorias de cálculo y todos los planos que se requieran para entender claramente el diseño estructural y no estructural, despieces de vigas, columnas y cartillas de hierros. De todo se entregarán dos copias impresas y en medio magnético, además de las requeridas por entidades como empresas de servicios públicos y curaduría urbana, entre otras.
• DISEÑO ELÉCTRICO Y DE COMUNICACIONES
El Diseño eléctrico y de comunicaciones se elaborará para la segunda etapa del proyecto y se ajustará en todo al diseño arquitectónico de la misma, deberá tener en cuenta todas las normas vigentes del nivel nacional así como contar con aquellas normas y aprobaciones necesarias por parte de la empresa prestadora del servicio público y/o entidades distritales.
El nivel de desarrollo del diseño eléctrico y de comunicaciones para la segunda etapa del proyecto, deberá contemplar la elaboración y diseño de todos los componentes necesarios a nivel de planos constructivos y especificaciones técnicas y memorias que permitan la construcción del mencionado proyecto. Por lo tanto deberá entregarse TODA la información en este sentido necesaria.
Se presentarán las respectivas memorias de cálculo, diagrama unifilar, cuadro de cargas, subestaciones, plantas eléctricas, especificaciones y toda la información necesaria para la cabal comprensión y ejecución del proyecto. De todo el diseño se entregarán dos copias impresas y en medio magnético.
• DISEÑO HIDRÁULICO, SANITARIO Y DE GAS
El diseño hidráulico, sanitario y de gas se elaborará para la segunda etapa del proyecto y se ajustará en todo al diseño arquitectónico de la misma, deberá tener en cuenta todas las normas vigentes del nivel nacional y aquellas normas expedidas por las empresas prestadoras de servicios públicos, y contar con las aprobaciones de las mismas y entidades distritales.
El nivel de desarrollo del diseño hidráulico, sanitario y de gas, deberá contemplar la elaboración y diseño de todos los componentes necesarios a nivel de planos constructivos y especificaciones técnicas que permitan la construcción de la segunda etapa del proyecto. Por lo tanto deberá entregarse TODA la información en este sentido necesaria.
Se presentarán las respectivas memorias de cálculo y especificaciones. De todo el diseño se entregarán dos copias impresas y en medio magnético.
• DISEÑO URBANISMO
De requerirse, en el proyecto se presentaran los respectivos diseños de la segunda etapa aprobados por cada entidad, para el suministro de los servicio públicos (Acueducto, Alcantarillado, Energía, Iluminación, teléfonos y gas) conforme a los estándares de cada una de las empresas prestadoras de servicio público, así mismo de ser necesario se deberán considerar los componentes de andenes y accesos a parqueaderos conforme las cartillas de espacio público y lineamientos del IDU. Por lo tanto deberá entregarse TODA la información en este sentido necesaria.
La implantación de los parqueaderos deberán tener en cuenta los temas de señalización y seguridad vial conforme las disposiciones de la Secretaria de Movilidad, en caso de que la entidad los requiera se deberá presentar el respectivo estudio de tránsito.
• PRESUPUESTO
Para todos los estudios objeto de esta consultoría se deben entregar además de las memorias de cálculo citadas, cantidades de obra y presupuesto detallado definitivo de obra con sus respectivos análisis de precios unitarios (APU), de mano de obra, insumos y subcontratistas. Además, deberá presentarse cronograma de actividades, especificaciones técnicas y programación de obra con un tiempo estimado para la ejecución de las mismas. Toda esta información deberá entregarse en físico con dos copias de la totalidad de los planos y en medio magnético en formatos pdf y dwg.
• MAQUETA
Deberá realizarse la maqueta del proyecto general, detallando el diseño arquitectónico y urbanístico de la segunda etapa, esto con el fin de lograr un mejor entendimiento del proyecto por parte de la comunidad.
los materiales utilizados para la maqueta deben corresponder con lo planteado en el diseño arquitectónico y urbanístico de acuerdo a sus acabados.
• ESTUDIO DE SUELOS
Deberá realizarse el estudio de suelos para el proyecto general, atendiendo a la normatividad y reglamentación vigente para la elaboración de dichos estudios y que contendrá las recomendaciones de cimentación y estructura y toda la información necesaria para el proyecto respectivo que permita la correcta elaboración de los diseños estructurales.
Así mismo, deberá brindar acompañamiento a los trámites de la licencia o durante dicho proceso y atender las observaciones que se presenten por parte de la Curaduria.
• ESTUDIOS DETALLADOS DE AMENAZA Y RIESGO POR FENÓMENOS DE REMOCIÓN EN MASA - FASE II
• Evaluar las condiciones de amenaza por fenómenos de remoción en masa en toda el área del proyecto.
• Identificar, planificar y diseñar las medidas para su mitigación y control, de manera que los riesgos sobre las nuevas construcciones, las existentes y la infraestructura que pudieran verse afectadas por las intervenciones propuestas, estén en niveles de seguridad aceptables de acuerdo con los criterios planteados por la Dirección de Prevención y
Atención de Emergencias de la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C.
• Este estudio se soportará en una adecuada y suficiente información geológica, geomorfológica, hidrogeológica, hidrológica, sismológica y geotécnica, la cual deberá levantarse sobre bases topográficas 1:500 ó 1:1000. A partir de ella se deberá conformar un modelo geológico-geotécnico del área de estudio, así como de los factores ambientales que incidan en su comportamiento.
• Este modelo será la base de las evaluaciones y análisis para establecer los niveles de amenaza actuales y muy especialmente los resultantes o que se esperan luego de las obras propuestas de intervención y estabilización, los cuales, para ser aprobados deberán satisfacer los criterios formulados en la Resolución 227 de 2006 así como los lineamientos de la norma Colombiana de Construcción Sismorresistente de 2010 (NSR-10).
Estudios y Diseños
• Geología: Se realizará el levantamiento geológico del proyecto general, utilizando una base cartográfica a escala 1:1000 ó 1:500 y con curvas de nivel cada un (1.0) metro como mínimo, el cual deberá acompañarse de una descripción geológica que contemple la siguiente información:
i. Estratigrafía: Descripción litológica, referencia de edad y origen, espesor, distribución y posición en la secuencia de las distintas unidades litológicas en el área de estudio, teniendo en cuenta el nivel de detalle, la geología se debe realizar en unidad xx xxxx, preferiblemente asociándola a la formación a la que pertenece.
ii. Geología Estructural: Identificación xx xxxxxx (locales y regionales, si las hay), estructuras anticlinales y sinclinales, y diaclasas cuando se trate de un macizo rocoso, en especial con afloramientos en el área de estudio y establecer la diferenciación de bloques estructurales. El responsable del estudio deberá complementar la información anterior con planos en planta, secciones transversales y elementos geológicos de carácter regional, si éstos son esenciales para la conformación del modelo geológico-geotécnico local.
• Geomorfología: Se efectuará una caracterización de las geoformas y de su dinámica en el área de estudio, considerando la génesis de las diferentes unidades y su evolución. De manera precisa serán cartografiados los procesos, con énfasis en los de remoción en masa y erosión. Se efectuará un análisis multitemporal que permita evaluar la dinámica de dichos procesos, considerando como mínimo dos fechas (actual y 20 ó 30 años atrás). El levantamiento geomorfológico con énfasis en la localización de los procesos de inestabilidad por remoción en masa identificados será trabajado y presentado sobre una base cartográfica a escala 1:1000 ó 1:500, con curvas de nivel cada 1.0 metro como mínimo.
• Hidrogeología: El estudio deberá determinar y evaluar las condiciones del agua subsuperficial en condiciones normales y extremas más probables en el período de análisis del proyecto, esto es 50 años.
Este estudio se hará a partir de un análisis de las características:
• Topográficas del terreno
• De uso actual
• De textura de los materiales presentes (depósitos, suelos residuales, rocas) y sus rasgos macroestructurales y/o de fracturamiento.
• Climatológicas y pluviométricas del área.
• De los resultados de las observaciones y mediciones pertinentes (niveles de agua, niveles piezométricos) durante la etapa de investigación y exploración de campo.
Como conclusión del análisis del marco hidrogeológico del área, el estudio fijará los parámetros correspondientes a:
• Posición(es) de niveles de agua o factores ru (relación presión de poros/esfuerzo total vertical) en condiciones normales.
• Posición(es) de niveles de agua o factores ru en condiciones extremas de lluvias críticas y el período de recurrencia de esta situación.
Finalmente el estudio hidrogeológico fijará los criterios para definir y diseñar el tipo de medidas de drenaje que mejor se adecúen a los rasgos hidrogeológicos y topográficos del sitio y que harán parte del plan de obras de prevención y estabilización, estableciendo el rango de eficacia de las mismas en términos de su efecto sobre los parámetros iniciales (niveles de agua o factores ru), valores que se tendrán en cuenta en los análisis requeridos en el numeral 3.8 de la Resolución 227 DE 2006.
• Evaluación del Drenaje Superficial: El estudio deberá incluir una evaluación hidrológica e hidráulica del drenaje superficial, tanto natural como artificial (sistemas de alcantarillado sanitario y pluvial) dentro de la zona de influencia del proyecto, de manera de establecer su posible incidencia en los fenómenos de remoción en masa que afectan el área o que se podrían generar.
Cuando se presenten xxxx, caños, quebradas o canalizaciones dentro de las áreas de estudio, sus zonas de ronda y no intervención serán marcadas en los planos correspondientes de zonificación, a la luz de la información expresamente solicitada por el interesado a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, EAB SA ESP sobre el particular y cuya documentación deberá anexarse al estudio.
• Sismología: Las condiciones de amenaza sísmica a utilizar serán las obtenidas de la aplicación de los resultados del estudio de Microzonificación Sísmica de Bogotá 1997 y su respectiva actualización del año 2010 para el sitio de interés, o la que resulte aplicable a la luz de las modificaciones que en la normatividad se introduzcan progresivamente y que estén vigentes al momento de un estudio específico. Se tomará el valor de aceleración máxima (Am) correspondiente para un período de análisis de 50 años y una probabilidad de excedencia no mayor al 10 .
• Uso del Suelo: Corresponderán a lo ya presentado en la FASE I del Estudio, si éste ha tenido lugar, con los complementos que por un eventual cambio de escala sean pertinentes. En ausencia de estudios preliminares deberán realizarse mapas en la escala que corresponda (1:500 o 1:1.000) donde se presente la situación actual de uso del suelo, con énfasis en procesos de minería o canteras actuales o abandonadas.
• MODELO GEOLÓGICO – GEOTÉCNICO: A partir de todos los estudios básicos requeridos y
mencionados anteriormente y la caracterización e inventario detallado de los procesos de remoción realizada con base en la investigación y exploración geotécnica soportada en los respectivos trabajos de campo, complementar con un programa de ensayos de laboratorio (propiedades índice y mecánicas) que permita establecer adecuadamente las características esfuerzo-deformación, resistencia u otras propiedades (tales como: permeabilidad, potencial de colapso, potencial de tubificación, etc.) de los materiales involucrados, si los mecanismos ejecutados presentan amenaza xx xxxxx, se planteara la Formulación del Modelo Geológico – Geotécnico.
• ANÁLISIS DE VULNERABILIDAD FÍSICA: DE ESTABILIDAD - EVALUACIÓN DE AMENAZA: En todos los estudios y para todos los procesos identificados el analista deberá hacer las evaluaciones que mejor le permitan caracterizar y analizar los mecanismos xx xxxxx identificados y descritos de acuerdo con los trabajos de los numerales 3.3.1 y 3.3.2 de la Resolución 227 DE 2006.
Realizando la evaluación para la situación actual y la situación generada por el cambio de uso, utilizando métodos de análisis y cálculo de reconocida validez aplicables a los mecanismos xx xxxxx que han sido identificadas. Para ambos escenarios y como mínimo para la condición más extrema se elaborarán y presentarán mapas de amenaza en escala 1:500 o 1:1000 (igual a la del plano topográfico exigido por Planeación Distrital) y curvas de nivel cada 1.0 m como mínimo, clasificando el área con base en los siguientes criterios:
Cond. Normales FS | |
Amenaza Baja | >1.9 |
Amenaza Media | 1.2 - 1.9 |
Amenaza Alta | <1.2 |
Cond. Extrema ( 50 Años) FS | |
Amenaza Baja | >1.30 |
Amenaza Media | 1.0 - 1.30 |
Amenaza Alta | <1.0 |
• EVALUACIÓN DE VULNERABILIDAD FÍSICA: Este análisis será realizado a todos los elementos del nuevo proyecto y estructuras e infraestructura existente, frente a las amenazas identificadas realizando evaluaciones de tipo cualitativo o cuantitativo y aplicando lo establecido la Resolución 227 DE 2006.
• EVALUACIÓN DEL RIESGO POR FENÓMENOS DE REMOCIÓN EN MASA: Corresponde a la estimación cualitativa o cuantitativa de las consecuencias físicas, sociales, o económicas, representadas por las posibles pérdidas de vidas humanas, daño en personas, en propiedades o interrupción de actividades económicas, debido a los fenómenos de remoción en masa que se presenten en el sitio estudiado, en su forma más precisa y cuantificada. Su objetivo es optimizar económicamente el plan de medidas de mitigación al permitir enmarcar la decisión sobre éstas en un análisis beneficio/costo, dando cumplimiento a las condiciones de seguridad exigidas en los numerales 3.8 y 3.5 de la Resolución 227 DE 2006.
• PLAN DE MEDIDAS DE REDUCCIÓN DE RIESGOS: Serán precisadas y analizadas las medidas de mitigación de riesgo asociada a cada dos de los procesos generadores de amenaza identificados y caracterizados, de tal manera que se logren las consecuencias mínimas caracterizadas y que en todo momento se garantice la estabilidad, habitabilidad y funcionalidad de las nuevas construcciones y de las del entorno durante la vida útil del proyecto.
• PRESENTACION Y CARACTERIZACION DE LAS OBRAS Y PLANES DE MITIGACION: Se deberán incluir de manera explícita los siguientes aspectos:
• Planos de Ubicación que muestren el tipo y localización (altimétrica y planimétrica) de las obras necesarias, mostrando las etapas o secuencias en que se adelantarán las distintas intervenciones y su relación con las obras de adecuación urbana y las construcciones como tales.
• Planos de Detalle que ilustren las características de su diseño básico. (dimensiones, profundidad de emplazamiento, profundidad y diámetros de drenes y anclajes, etc.)
• Parámetros bajo los cuales tenga que adelantarse el diseño estructural detallado de las Obras de Mitigación que requiera este tipo de diseño.
• Condiciones y Recomendaciones Particulares de Construcción, especificaciones técnicas o
las normas de construcción existentes que deban cumplirse en su ejecución. Secuencia en que deben adelantarse las obras de estabilización y mitigación en relación con el programa de construcción de las obras de urbanismo y de las construcciones o edificaciones mismas.
• Plan de Mantenimiento: recomendaciones sobre las necesidades y periodicidad de las labores de mantenimiento de las obras recomendadas
• Plan de Monitoreo: El informe final deberá ser explícito en los planes de monitoreo que los
dueños de los desarrollos deberán realizar periódicamente para verificar la estabilidad y adecuado comportamiento de las obras de estabilización, así como las situaciones después de sismos principalmente cuya intensidad local deberá indicarse, después de hacerse una inspección específica de los sitios por un especialista. El informe de esta evaluación podrá ser solicitado por la Dirección de Control Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente si ésta lo requiere.
• EVALUACIÓN DE LA CONDICIÓN DE AMENAZA CON MEDIDAS DE MITIGACIÓN: Los diseños básicos de las obras se deberán respaldar con los análisis que demuestren que con el plan de obras de mitigación y control propuesto se logra que la condición de amenaza por eventos de remoción en masa se ajusta a los siguientes criterios de admisibilidad:
Cond. Normales FS | |
Amenaza Baja | >1.9 |
Cond. Extrema ( 50 Años) FS | |
Amenaza Baja | >1.30 |
• PROFESIONALES: Los profesionales que realicen los estudios básicos de geología, geomorfología e hidrogeología deben tener título profesional en geología o ingeniería geológica con experiencia profesional mayor de cinco años, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos legales existentes para el ejercicio de estas profesiones.
Los profesionales que realicen los estudios básicos de drenaje deben tener título profesional en ingeniería civil, ingeniería ambiental o hidrología e hidráulica o similares, con experiencia profesional mayor de cinco años, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos legales existentes para el ejercicio de estas profesiones,
Los profesionales que realicen los análisis de antecedentes históricos de remoción en masa y de evaluación de procesos de inestabilidad, así como la cuantificación de la amenaza, la vulnerabilidad y el riesgo deben tener título profesional en geología, ingeniería geológica o ingeniería civil, con título de postgrado en geotecnia o evaluación de riesgos, con experiencia profesional específica en evaluación de riesgos geológicos mayor de tres años, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos legales existentes para el ejercicio de estas profesiones.
Los profesionales que realicen los diseños de las obras de mitigación deben tener título profesional en ingeniería civil, con estudios de postgrado en estructuras o geotecnia según sea el caso y experiencia profesional mayor de cinco años, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos legales existentes para el ejercicio de estas profesiones.
• CONTENIDO DEL INFORME FINAL DE LA FASE II
El informe debe contener al menos los siguientes capítulos, los cuales internamente pueden ser organizados y desarrollados de acuerdo con el criterio del analista:
TABLA DE CONTENIDO LISTA DE PLANOS
Capítulo 1. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Capítulo 2. MODELO GEOLÓGICO - GEOTÉCNICO
a. Estudio y Plano Geológico
b. Estudio y Plano Geomorfológico, análisis multitemporal.
c. Evaluación Hidrogeológica
d. Evaluación del Drenaje Superficial
e. Plano de Inventario y Caracterización Detallado de Procesos de remoción actuales.
f. Programa de Exploración Geotécnica y resultados del mismo.
Capítulo 3. EVALUACIÓN DE AMENAZA
a. Condición Actual.
b. Condición con Proyecto Urbanístico y de Construcciones.
c. Con Medidas de Mitigación
Capítulo 4 EVALUACIÓN DE VULNERABILIDAD Y RIESGO Capítulo 5. PLAN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL RIESGO
Diseños generales de las obras, especificaciones y recomendaciones de construcción, secuencia de ejecución, mantenimiento y monitoreo.
2.1.4. GENERALIDADES, LOCALIZACIÓN Y NORMA APLICABLE DEL PROYECTO LOS OLIVOS
El Proyecto se encuentra localizado entre la avenida de los cerros y la Xxx 0 X xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, contiguo a la universidad Xxxxxxx Xxxxxxx, barrio Los Olivos, UPZ 090 Xxxxx Xxxxx de la localidad de Chapinero.
Los límites son los siguientes:
NORTE: Calle 63
SUR: Corredor ecológico quebrada Las Delicias
ORIENTE: Carrera 1a
OCCIDENTE: Avenida de los cerros (circunvalar)
Fuente: Elaboración propia DOEP- Metrovivienda
Con el Proyecto Los Olivos se plantea la recualificación del predio y de los barrios aledaños, a través de un planteamiento urbanístico y arquitectónico que establezca un referente dentro del sector y responda a la localización geográfica estratégica con la que cuenta el predio de acuerdo con su topografía.
Igualmente con la mezcla de usos residencial VIS, VIP, NO VIS y comercial de pequeña escala, se busca que se convierta en un ejemplo de integración socio- económica y una oportunidad para los habitantes del sector.
Este proyecto, pretende revitalizar el sector y beneficiar a las familias de menores recursos con la provisión de vivienda de interés social VIS y vivienda de interés prioritario VIP, así como los propietarios, residentes actuales, permitiendo un proyecto que pueda asumir las cargas urbanísticas, pero especialmente la permanencia y/o el reconocimiento justo por los predios de los propietarios originales.
• Localización general
Fuente: Elaboración propia DOEP- Metrovivienda
El diseño se plantea como una alternativa básica de ocupación a fin de tener los datos preliminares sobre la viabilidad técnica y urbanística del proyecto.
Para dar los lineamientos básicos de diseño para el proyecto, Metrovivienda adelantó una modelación urbanística con el fin de tener una ocupación aproximada de los predios, cabe anotar que éstas propuestas no son definitivas y sólo dan directrices generales al diseño arquitectónico específico de cada sector.
El proyecto parte del área bruta de 12.019,46m2 de la que se descuentan 892,26 m2 de afectación de ronda, 637,61 m2 de afectación vial, 1.056,38 xx Xxxxx y cesiones públicas (26,19 ) de 4.149,36 m2, el resultado de este ejercicio es un área útil de 5.283,85 m2.
Se propone entonces el desarrollo de tres (3) etapas, como se muestra a continuación:
Fuente: Elaboración propia DOEP- Metrovivienda
El proyecto total cuenta con 370 unidades de vivienda.
La primera etapa cuenta con zona verde y equipamiento, la segunda etapa con 22 viviendas unifamiliares de 85m2 de construcción y un equipamiento de 180m2 de construcción, y la tercera etapa se desarrolla en 12 y 17 pisos de altura, en la cual se plantean 144 vivienda de 50 m2 de construcción y 136 viviendas de 60m2 de construcción y 68 viviendas de 80 m2 de construcción.
Esta distribución de viviendas es solo una aproximación que puede variar de acuerdo con las necesidades socioeconómicas de los programas de vivienda; igualmente se propone un área comercial en el primer piso de las viviendas de 50m2, que suma 700,40 m2 construidos, esto a fin de suplir los servicios básicos del conjunto residencial planteado.
Además, cada diseño específico debe tener como objetivo, la inclusión y articulación del diseño arquitectónico a la perspectiva de género y la micro-productividad económica de la población, por lo tanto, los diseños técnicos tienen que brindar espacios modulares en las VIP y el aprovechamiento efectivo de los edificios, haciéndoles sostenibles (eficiencia de los materiales y techos verdes productivos).
Las áreas preliminares para tener en cuenta en los procesos de diseño y que son resultado de la aplicación de las condiciones normativas para cada uno de los proyectos, son las siguientes:
Etapa | 1 | 2 | 3 | Total | |
Área Bruta | 2852,23 | 3245,20 | 5922,03 | 12019,46 | |
Reservas | 637,61 | 637,61 | |||
Xxxxx Xxxxxxx | 892,26 | 892,26 | |||
Zampa | 1056,38 | 1056,38 | |||
ÁREA NETA URBANIZABLE | 1795,85 | 2607,59 | 5029,77 | 9433,21 | |
Control ambiental | 0 |
ÁREA NETA URBANIZABLE para cálculo de cesiones
Malla vial local Parques Peatonales Equipamientos ÁREA ÚTIL
Área ocupada Productos inmobiliarios Etapa
Área ocupada
Área construida total Área vendible total
Equipamiento comunal privado (Total) Área de comercio en primer piso Área construida de sótano total
Área vendible de sótano No. de sótanos
No. de Parqueaderos
Área construida vivienda de 50 m Área vendible vivienda de 50 m No. Viviendas
No. de pisos No. xx xxxxxx
Área construida vivienda de 60 m Área vendible vivienda de 60 m No. Viviendas
No. de pisos No. xx xxxxxx
Área construida vivienda de 80 m Área vendible vivienda de 80 m No. Viviendas
No. de pisos No. xx xxxxxx
Área construida vivienda de 85 m Área vendible vivienda de 85 m No. Viviendas
No. de pisos No. xx xxxxxx
1795,85 2607,59 5029,77
526,77 1253,87
1146,75 60,90
189,74 167,77
183,17 620,39
465,93 1830,18 2987,74
183,17 1078,00 1719,29
1 2 3
183,17 1078,00 1719,29
1870,00 25727,73
1870,00 22640,32
66,36
700,40
1719,29
859,64
0,00 4
10,00 82
8400,48
7392,42
144
12
2
9627,10
8471,80
136
17
1
7700,15
6776,10
68
17
1
1870,00
1870,00
22,00
3,00
22,00
9433,21
1780,64
1207,65
357,51
803,56
5283,85
2980,46
Total
2185,96
27597,73
24510,32
66,36
700,4
1719,29
859,64
4
92
8400,48
7392,42
144
12
2
9627,1
8471,80
136
17
1
7700,15
6776,10
68
17
1
1870,00
1870,00
22
3
22
Fuente: DOEP –Metrovivienda
Como se ha especificado en el objeto de esta convocatoria, los estudios técnicos se deberán desarrollar en la segunda etapa del proyecto de acuerdo con los lineamientos urbanísticos y arquitectónicos y se ajustará en todo al diseño arquitectónico de la misma, la cual se encuentra delimitada a continuación:
Fuente: Elaboración propia DOEP- Metrovivienda
La segunda etapa del proyecto Los Olivos se plantea bajo el marco normativo actual y está conformada por 22 viviendas de 85 m2 de construcción con fachadas internas hacia una vía peatonal y fachadas externas hacia el parque y la carrera 1, un equipamiento existente en el sector (iglesia) y diez parqueaderos sobre superficie
2.1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución es de tres (3) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, incluyendo un mes para obtener la aprobación de todos los diseños:
Mes | 1 | 2 | 3 |
Estudio y Diseños | |||
Aprobación de diseños |
2.1.6. REGIMEN LEGAL.
Para todos los efectos legales y contractuales, el presente proceso y el contrato que de ella se derive se regirán por las reglas previstas en los presentes términos y por las normas civiles y comerciales.
2.1.7. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial del presente proceso de selección asciende a la suma de CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($ 400.000.000) incluido IVA.
2.1.8. DESTINATARIOS DE LA INVITACIÓN
Toda persona natural o jurídica nacional o extranjera legalmente constituida en Colombia, consorcios o uniones temporales debidamente constituidas, interesadas en desarrollar el objeto del presente proceso de selección y que cumplan con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros señalados en este documento y sus anexos.
2.2. TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN - ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
2.2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
A continuación se presentan las fechas y plazos máximos para adelantar las actividades relacionadas con el presente proceso selección:
ACTIVIDAD | DESDE | HASTA | LUGAR |
Apertura del proceso y publicación de términos | 14 de 08 de 2015 | 14 de 08 de 2015 | |
Observaciones a los términos | 14 de 08 de 2015 | 19 de 08 de 2015 | a.) Radicación correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx b.)Radicación Física Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 59. Torre B Servicio al Cliente. Ventanilla Fiduciaria Colpatria S.A. Dirigido al Patrimonio Autónomo Subordinado Los Olivos Referencia. Términos de Referencia |
Respuesta a observaciones presentadas a los términos | 19 de 08 de 2015 | 20 de 08 de 2015 | |
Recepción de ofertas (cierre del proceso) | 21 de 08 de 2015 | 21 de 08 de 2015 | Radicación Física de 8:00a.m. a 3:00 p.m. Carrera 9 No. 24 – 59. Torre B Servicio al Cliente. Ventanilla Fiduciaria Colpatria S.A. Dirigido al Patrimonio Autónomo Subordinado Los Olivos Referencia. Términos de Referencia Estudios técnicos y Remoción de masa Fase II |
Evaluación de las propuestas | 24 de 08 de 2015 | 26 de 08 de 2015 | |
Publicación informe de evaluación | 27 de 08 de 2015 | 27 de 08 de 2015 | |
Adjudicación | 27 de 08 de 2015 | 27 de 08 de 2015 |
Nota. Es importante mencionar que cuando se vaya a realizar algún tipo de consulta al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx se cite como referencia convocatoria Proyecto LOS OLIVOS
2.2.2 CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y/O PROPONENTES.
Los documentos del presente proceso de selección que deban ser comunicados a los interesados, serán publicados en la página web de Metrovivienda: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las propuestas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen en los términos que señale el convocante identificando el proceso de selección al que se refieren, la dirección de correspondencia, fax o correo electrónico del remitente.
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A publicará a través de METROVIVIENDA toda la información relacionada con el presente proceso de selección, únicamente en la página WEB: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, con lo cual se entenderá surtido el proceso de notificación y comunicaciones a los proponentes y demás interesados en el proceso. No habrá lugar a envío de comunicaciones físicas de las respuestas a las solicitudes de los proponentes.
2.2.3 MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
La FIDUCIARIA en su calidad de vocera del Patrimonio Autónomo Subordinado LOS OLIVOS publicarán las modificaciones que, de oficio o a solicitud de los interesados y previa instrucción del Comité Fiduciario o instrucción fiduciaria suscrita por los miembros del Comité, o en su defecto por la Gerencia General de METROVIVIENDA, se realicen a los términos de referencia del proceso de selección, de acuerdo a las fechas señaladas en el cronograma, mediante comunicaciones que serán publicadas en la página web de Metrovivienda.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad establecida en este documento, para modificar la fecha de cierre del proceso y el cronograma del proceso de selección, previa instrucción del Comité Fiduciario.
2.2.4 CIERRE DEL PROCESO.
En el día y hora de cierre del proceso de selección, señalado en el cronograma, se procederá a identificar las propuestas presentadas. Las propuestas que no hayan sido entregadas antes del vencimiento de la fecha y hora fijada para el cierre del proceso de selección serán consideradas como propuestas extemporáneas y se rechazarán; por lo tanto, no se evaluarán y serán devueltas sin abrir.
El día previsto en el cronograma para el cierre del proceso se publicará, en la página web de METROVIVIENDA un acta de cierre en la cual se indicará el número de propuestas recibidas, la identificación de los proponentes y el número de folios de la propuesta original. Dicha acta deberá suscribirse por parte de un delegado de la sociedad fiduciaria y un delegado de Metrovivienda.
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A no aceptará propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones a los Términos de la Convocatoria, con posterioridad al cierre de la Convocatoria.
2.2.5. PRÓRROGA DEL PLAZO DEL CIERRE Y MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA.
El convocante, previa decisión en este sentido por parte del Comité Fiduciario, podrá prorrogar el plazo del cierre del proceso de selección, y modificar el cronograma del mismo, comunicando las modificaciones a los interesados, a través de la Página WEB de METROVIVIENDA.
Las modificaciones al cronograma del proceso de selección, podrán realizarse en cualquier tiempo.
2.2.6. GRUPO EVALUADOR.
El grupo evaluador de las propuestas será quien designe para el efecto el comité fiduciario del patrimonio autónomo subordinado Los Olivos. El evaluador será responsable de la evaluación de la totalidad de las propuestas presentadas con sujeción a lo establecido en el presente documento, el cual contiene los criterios de habilitación y selección establecidos por METROVIVIENDA.
La verificación y evaluación de las propuestas se basará en la documentación, información y anexos correspondientes, por lo cual es requisito indispensable consignar en la propuesta y adjuntar a la misma toda la información detallada que permita su análisis.
El evaluador recomendará el rechazo cuando detecte inconsistencias o irregularidades en la información aportada, previo traslado del informe respectivo al proponente para que se pronuncie dentro del término que establezca el evaluador. El Comité Fiduciario del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, determinará, con base en el informe que presente el evaluador, y lo señalado por el proponente dentro del término establecido, si la propuesta debe ser rechazada y motivará su decisión.
El evaluador de las propuestas se reserva el derecho de verificar la información presentada por el proponente
para la acreditación de las exigencias establecidas en el presente documento y para solicitar que se complemente, subsane o aclare, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades de donde provenga la información. En respuesta a la solicitud de complementaciones o aclaraciones, los proponentes no podrán modificar o mejorar sus propuestas.
Las respuestas a las solicitudes del evaluador deberán ser presentadas por el proponente dentro del término y en las condiciones solicitadas por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A.
Si los documentos aportados por el proponente no reúnen los requisitos indicados en el presente documento y en las disposiciones legales vigentes, y/o no se entregan dentro del tiempo otorgado por el convocante evaluador, la propuesta será rechazada.
En ningún caso se podrá solicitar complementar información correspondiente a los criterios de asignación de puntaje.
2.2.7. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN.
El informe de evaluación aprobado por el COMITÉ FIDUCIARIO será publicado en la página WEB de METROVIVIENDA con el fin de que los proponentes lo conozcan y presenten las observaciones a que haya lugar.
En caso de presentarse observaciones que modifiquen el resultado final de la evaluación, se modificará la fecha de adjudicación y el informe para ser presentado nuevamente al Comité Fiduciario del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
2.2.8. ADJUDICACIÓN.
En caso de no presentarse observaciones al informe de evaluación que afecten el resultado final del mismo, el contrato se adjudicará al proponente que obtenga el mayor puntaje en la calificación de las propuestas y sea designado expresamente por el COMITÉ FIDUCIARIO, en el plazo previsto en el cronograma. La adjudicación se comunicará al proponente seleccionado y a los no favorecidos mediante publicación en la página de web de Metrovivienda.
2.2.9. CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y ANORMAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
Cuando se presente alguna o algunas de las siguientes situaciones, procederá la terminación anticipada del proceso de selección que se regula en éstos términos de referencia, independientemente del estado en que se encuentre:
• Cuando no se reciba ninguna propuesta antes del vencimiento del término establecido en el cronograma, para el cierre del proceso de selección.
• Cuando expresamente lo determine el Comité Fiduciario por razones de conveniencia.
• Cuando el estudio de títulos que efectúe la Fiduciaria Colpatria S.A., y/o el tercero que será contratado para tales efectos de conformidad con lo establecido en el Contrato xx Xxxxxxx constitutivo del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS , no obtenga concepto jurídico favorable para la transferencia de los inmuebles a mencionado Patrimonio.
En el evento en que se presente alguno de los casos antes señalados, la Fiduciaria COLPATRIA S.A. publicará un aviso en la página Web de Metrovivienda, informando la terminación del proceso de selección en el estado en que se encuentre, sin que por ello se causen derechos u obligaciones a favor de los interesados o proponentes. Se entenderá que el proponente, al entregar su propuesta, se somete a la posible ocurrencia de las causales antes mencionadas y acepta que en el caso en que alguna o algunas se presenten, se dará
por terminado el proceso de selección.
• Cuando durante el proceso de selección sobrevengan condiciones técnicas o jurídicas que hagan inviable el diseño y/o la ejecución del proyecto, según lo determine el Comité Fiduciario del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
CAPITULO III
3. PREPARACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA.
3.1 CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA.
3.1.1 PRESENTACIÓN.
Las ofertas deberán ser entregadas en original y dos (2) copias debidamente marcadas (“original”, “primera copia” y “segunda copia”) y su contenido foliado en forma ascendente, sin incluir hojas en blanco, con un índice punto por punto en el orden establecido en los presentes términos de referencia, anexando en cada ejemplar todos los documentos y requisitos exigidos, así como copia de la misma manera en medio magnético en formatos doc o xls o pdf (CD).
Las ofertas deberán ser entregadas en sobres cerrados, sellados y rotulados de la siguiente forma:
Convocante: FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. QUIEN ACTUA UNICA Y EXCLUSIVAMENTE COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
Convocatoria Proceso de Selección Contratista para el PROYECTO LOS OLIVOS ubicado en la ciudad de Bogotá.
Objeto: (El señalado en la convocatoria) Nombre o Razón Social del proponente
Indicar en cada sobre si contiene ORIGINAL O COPIA Dirección Teléfono-Fax Correo Electrónico
Todos los documentos deberán ser presentados en idioma castellano, escritos en medios electrónicos, debidamente legajados, foliados en orden consecutivo en su totalidad, incluyendo los planos a que haya lugar, y tanto la carta de presentación de la propuesta como los anexos que así lo requieran deben estar firmados.
Si se advirtiere alguna diferencia entre el original de una propuesta y sus copias, prevalecerá la información consignada en el original. De igual manera, se exige total concordancia entre la propuesta presentada y sus anexos.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la soportan deberá ser confirmada o validada por el proponente.
No se aceptan propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora de entrega fijada. Cerrada la recepción de propuestas no se admitirán modificaciones a las mismas, solamente las aclaraciones solicitadas por FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. en su calidad de evaluador.
La propuesta deberá ir acompañada de toda la documentación solicitada, anexos y demás información necesaria, que permita verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos y de los criterios de evaluación.
El proponente deberá diligenciar los anexos, de tal manera que se permita la verificación de cada requerimiento.
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación, elaboración y radicación de su propuesta.
3.1.2 PROPUESTAS PARCIALES Y ALTERNATIVAS.
No se aceptarán propuestas parciales ni alternativas para esta contratación.
3.2. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá conformarse con los documentos que se relacionan a continuación. La omisión de documentos necesarios para la comparación de las propuestas impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación.
3.2.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá acompañarse de una carta de presentación firmada por el representante legal o por el apoderado constituido para tal efecto, la cual deberá diligenciarse según formato establecido en el Anexo Nº
1. En caso que la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la carta de presentación debe ser suscrita por la persona que represente el Consorcio o la Unión Temporal. En todo caso, a la oferta deberá anexarse el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Con la firma de dicho documento, el oferente declara bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ninguna causal de incompatibilidad e inhabilidad para presentar la oferta y acepta y conviene expresamente en los procedimientos, contenidos y obligaciones recíprocos derivados de estos Términos de la Convocatoria. Si el proponente no incluye la Carta de Presentación de la propuesta, o si incluyéndola no está suscrita por el proponente o por el representante legal o apoderado, constituidos en debida forma para el efecto, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., rechazará la propuesta.
Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá:
a. En caso de ser persona jurídica, tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar y ejecutar el contrato a que haya lugar (en caso de resultar seleccionado) y liquidarlo.
b. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano societario competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor total de la propuesta presentada.
c. En caso de ser consorcio o unión temporal, tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, de conformidad con el documento consorcial, y deberá con facultad de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar y ejecutar el contrato a que haya lugar (en caso de resultar seleccionado) y liquidarlo. La fecha de conformación del consorcio y/o unión temporal deberá ser anterior a la fecha de la carta de presentación.
3.2.2 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES.
Cuando la propuesta se presente en cualquiera de estas modalidades de asociación, el proponente deberá presentar el documento idóneo, ajustado a las siguientes exigencias:
Expresar si la participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. Si se trata de Unión Temporal, sus
miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. La omisión de este señalamiento hará que la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A tome la propuesta como presentada por un Consorcio para todos los efectos.
En los casos en que el objeto social no contemple de manera expresa la posibilidad de conformar consorcios, dicha capacidad será certificada mediante documento suscrito por el Representante Legal. Los miembros del Consorcio o la Unión Temporal deberán designar la persona que representará al Consorcio o Unión Temporal y adjuntar copia del documento que regula su relación.
Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, estableciendo el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y hacer la designación de la persona que tendrá la representación. Así mismo deberán señalar que el Representante del Consorcio queda facultado para presentar propuesta, y en caso de resultar adjudicatario, suscribir, ejecutar, modificar, y liquidar el Contrato. Si al representante del Consorcio o de la Unión Temporal se le imponen limitaciones y éste las excede, la propuesta será rechazada.
Señalar que la duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a la del plazo de la vigencia del contrato (plazo de ejecución y liquidación) y tres (3) años más.
La omisión de este documento o de las firmas de sus integrantes y la falta de designación del representante no son subsanables y generan el rechazo de la propuesta. Las demás deficiencias o errores son subsanables dentro del término perentorio que al efecto señale el evaluador, so pena de rechazo de la propuesta si no cumple.
3.2.3 PODER DEBIDAMENTE CONSTITUIDO.
En el evento que la oferta se presente a través de apoderado, éste debe encontrarse debidamente facultado para participar en el proceso y suscribir el contrato que se derive de éste.
Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán además, acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado mediante poder otorgado en debida forma, legalizado o apostillado, de conformidad con las normas previstas en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 74 y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 4300 de 2012 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, o las normas que los modifiquen adicionen o complementen. En el poder deberán conferirse facultades para presentar la propuesta, celebrar el contrato, ejecutarlo, liquidarlo y para representar al poderdante judicial y extrajudicialmente. En el caso de que el proponente sea extranjero deberá contar con una oficina de representación en Colombia.
En el evento que el proponente xxxxxxx con su propuesta el documento en forma incompleta o indebida, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A lo requerirá para que los aporte en debida forma. Si dentro del término fijado no aporta lo solicitado, la propuesta será rechazada.
3.2.4 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.
Personas Jurídicas Nacionales. Si el proponente es una persona jurídica nacional, deberá comprobar su existencia y representación legal mediante el original del certificado de existencia y representación legal expedido, dentro de los 30 días calendario anterior al cierre de este proceso de selección, por la Cámara de Comercio o autoridad competente.
Personas Jurídicas Extranjeras. Deberán aportar el original del documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente en el país en donde tienen su domicilio principal o el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio del lugar donde tenga sucursal en Colombia, o en
caso contrario, los documentos que se exigen en el numeral 4.1.2.
Personas Naturales. Si el proponente es persona natural, deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía y presentar el registro mercantil, expedido por la Cámara de Comercio, cuando a ello hubiere lugar.
Consorcios / Uniones Temporales. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada firma integrante, debe comprobar su existencia y representación legal, mediante original del certificado expedido por la Cámara de Comercio en las mismas condiciones establecidas en este numeral.
En el evento que el proponente no xxxxxxx con su propuesta los originales de los certificados solicitados o sean allegados con fecha de expedición anterior a la exigida, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A lo requerirá para que los aporte en debida forma. Si dentro del término fijado no aporta lo solicitado, la propuesta será rechazada.
3.2.5 AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR LA PROPUESTA Y SUSCRIBIR EL CONTRATO.
Si el representante legal del proponente tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente, en el cual se le faculte para presentar la propuesta, celebrar, ejecutar, modificar y liquidar el contrato, en caso de ser favorecido con la adjudicación, o en su defecto certificación del Secretario de la Junta donde conste tal autorización.
En el evento que el representante legal se encuentre limitado en sus facultades para presentar propuestas y para suscribir el contrato y no presente autorización del órgano directivo correspondiente, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A lo requerirá para que los aporte en debida forma. Si dentro del término fijado no aporta lo solicitado, la propuesta será rechazada.
3.2.6 DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN.
La persona natural o el Representante Legal de la persona jurídica que se presente como proponente debe allegar fotocopia del documento de identificación.
3.2.7 CERTIFICADO DEL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES Y CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES.
De conformidad con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., verificará que la correspondiente persona natural o jurídica y su representante legal según se trate, no se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral.
En el evento en que el proponente cuente con el correspondiente certificado expedido por la Contraloría General de la República, podrá aportarlo con su propuesta. (Esta consulta se debe realizar a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y no tiene costo alguno).
En caso que el proponente y/o su representante legal se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales, se rechazará la propuesta.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES: En el caso de personas naturales, representante legal de la persona jurídica; y miembros (personas naturales) y representante legal de consorcios o uniones temporales, Fiduciaria Colpatria S.A. como vocera del Patrimonio Autónomo Subordinado verificará en la Base de Datos de la Policía Nacional el Certificado de antecedentes judiciales.
En el evento en que el proponente cuente con el correspondiente certificado expedido por la Policita Nacional, podrá aportarlo con su propuesta. (Esta consulta se debe realizar a través de la página web
xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx:0000/XxxXxxxxxxx/ y no tiene costo alguno).
3.2.8 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.
El oferente declarará bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción de la Carta de Presentación de la propuesta (Anexo 1), y posteriormente, en caso de resultar adjudicatario, con la firma del contrato correspondiente, que no se encuentra incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política o en la ley, ni presenta conflicto de interés.
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A verificará en el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación, que el proponente no se encuentre en dicho sistema. En caso que el proponente y/o su representante legal se encuentren reportados en dicho sistema, se rechazará la propuesta.
3.2.9 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
Para garantizar la seriedad de la propuesta y de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, la propuesta deberá acompañarse del original de una póliza de seriedad de la oferta, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en la cual los beneficiarios sean la Fiduciaria COLPATRIA S.A. actuando como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, identificado con el NIT. 830.053.994-4 y METROVIVIENDA identificada con NIT. 830.055.995-0, por una cuantía igual al diez por ciento (10 ) del presupuesto del presente proceso de contratación.
La referida garantía deberá tener vigencia de noventa (90) días calendario, a partir de la fecha de la Carta de Presentación de la Propuesta. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser, igualmente, ampliada.
Esta garantía deberá ser aprobada por la sociedad FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y METROVIVIENDA, quienes podrán solicitar las modificaciones o aclaraciones a que haya lugar.
La garantía deberá amparar el hecho de que si resulta seleccionado el proponente tomador, estará dispuesto a suscribir y legalizar el(los) respectivo(s) contrato(s), dentro del término establecido en el cronograma del proceso. En la garantía debe citarse claramente que está garantizando la seriedad de la propuesta presentada para participar en el proceso de selección a que hace referencia este documento, y encontrarse firmada por el garante y por el oferente.
En el caso que el proponente favorecido se negare a firmar el(los) contrato(s) respectivo(s) o dejare pasar el término fijado para su legalización, o no constituyere la garantía de cumplimiento requerida en el contrato, FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. en calidad de vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS
OLIVOS y METROVIVIENDA podrán hacer efectiva la garantía de seriedad y dispondrán de su valor como indemnización por perjuicios, cualquiera que sea la causa o causas alegadas por el proponente.
En este caso, se adjudicará el contrato al proponente clasificado en el siguiente orden dentro de la evaluación de las propuestas adelantadas por la FIDUCIARIA, previa instrucción del COMITÉ FIDUCIARIO, y en consecuencia, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. le exigirá al referido proponente la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la legalización del contrato y así sucesivamente a los demás proponentes, siempre y cuando su oferta sea favorable para el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y cumpla los requisitos establecidos en el presente documento.
La garantía deberá ser tomada por el proponente persona natural o persona jurídica, indicando en este evento la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, sin utilizar sigla, a no ser que el mencionado certificado, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando la propuesta sea
presentada por un consorcio o unión temporal, en la garantía deberá estipularse que el tomador es el consorcio o unión temporal y no su representante legal, y deberá indicar el nombre de cada uno de sus integrantes, porcentaje de participación y expresar claramente que su valor total será exigible ante el incumplimiento de las obligaciones amparadas en que incurran cualquiera de los integrantes del proponente, en todo o en parte, de manera directa o indirecta.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
• La no suscripción del contrato por parte del proponente seleccionado.
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en el cronograma para la selección de las propuestas se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción de los contratos se prorrogue.
• El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. La garantía de seriedad será devuelta a solicitud de los proponentes no seleccionados.
La propuesta deberá contener el comprobante de pago original de la póliza de seriedad, y los términos y condiciones generales de la póliza. Todos los documentos suscritos con las aseguradoras deberán ser susceptibles de verificación por parte de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A.
Los requisitos contemplados para la garantía de seriedad son subsanables dentro del término establecido por el evaluador para el efecto. Pasado dicho plazo sin que se subsanen los aspectos solicitados o sin que se presente el requisito la oferta será rechazada.
El oferente, de igual manera podrá presentar cualquiera de los siguientes mecanismos de cobertura del riesgo para amparar la garantía de seriedad de la oferta, siempre y cuando los amparos, vigencia y valor asegurado de la garantía sean los dispuestos en la presente convocatoria
• FIDUCIA MERCANTIL EN GARANTÍA:
Si el oferente utiliza este mecanismo de cobertura, deberá presentar simultáneamente con la propuesta, la copia del respectivo contrato y entregar el certificado de garantía expedido por la sociedad fiduciaria.
La Fiduciaria no podrá oponer a Fiduciaria Colpatria EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, en ningún caso, la excepción de contrato no cumplido ni le será admisible discutir la responsabilidad del oferente.
En caso de incumplimiento, la sociedad fiduciaria con la cual el oferente constituye su garantía adelantará los trámites para hacer efectiva la misma, una vez Fiduciaria Colpatria S.A. como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, ponga en su conocimiento el incumplimiento.
• GARANTÍA BANCARIA A PRIMER REQUERIMIENTO Y CARTA DE CRÉDITO STAND BY:
Si el oferente utiliza este mecanismo de cobertura, deberá presentar simultáneamente con la propuesta, el documento de la garantía. Dicha garantía bancaria podrá ser otorgada por una institución financiera, nacional o extranjera.
Fiduciaria Colpatria S.A. como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, podrá aceptar el otorgamiento tanto de un contrato de garantía bancaria, como el de una carta de crédito stand by, siempre que:
• Conste el nombre de Fiduciaria Colpatria S.A. como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO
SUBORDINADO LOS OLIVOS, como beneficiaria de la garantía.
• Consten los riesgos garantizados.
• Conste la vigencia de la garantía y el valor garantizado, de acuerdo con lo exigido en el presente numeral
• Conste que el establecimiento de crédito asume en forma expresa, autónoma e irrevocable a favor de Fiduciaria Colpatria S.A. como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, el compromiso de honrar las obligaciones a cargo del Oferente solicitante, en caso de incumplimiento de la propuesta por parte de éste.
• Conste la forma de hacer exigible la garantía.
• Conste que la garantía deberá ser efectiva a primer requerimiento cuando el acto administrativo en firme que declara el incumplimiento de las obligaciones contractuales o cualquiera de los eventos constitutivos de incumplimiento de la seriedad de los ofrecimientos hechos se ponga en conocimiento del establecimiento de crédito.
Si el Oferente celebra un Contrato de Garantía Bancaria como mecanismo de cobertura, para su aceptación se dará aplicación, además de las prescripciones descritas a las normas comerciales complementarias y a lo dispuesto en el presente numeral 3.2.9.
Depósito de dinero en garantía:
Si el proponente utiliza este mecanismo de cobertura, deberá presentar simultáneamente con la propuesta, so pena de rechazo de la oferta, el original del documento con el cual demuestra la constitución del depósito de dinero en garantía de seriedad de la propuesta a favor de Fiduciaria Colpatria S.A. como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
3.2.10 CERTIFICADO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, a la fecha de presentación de la propuesta, el proponente sea persona natural con personal vinculado laboralmente, o persona jurídica, deberá acreditar el cumplimiento oportuno de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones, aportes parafiscales, así como las demás obligaciones aplicables dentro de los últimos (6) seis meses respecto del inicio de esta convocatoria mediante certificado suscrito por el Revisor Fiscal, o Representante Legal, en caso que la persona jurídica no esté obligado a contar con revisor fiscal, y en el caso de la persona natural, la certificación deberá suscribirla por un contador certificado.
En caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal cada uno de sus miembros deberá presentar la certificación correspondiente en forma individual.
Cuando la propuesta la realice una persona natural, sin personal vinculado laboralmente, deberá adjuntar certificación que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad promotora de salud y pensión a la que se encuentre afiliado.
En el evento de no allegar este documento o allegarlo incompleto, la Fiduciaria Colpatria S.A, lo requerirá para que los aporte en debida forma. Si dentro del término fijado por el convocante, el oferente no aporta lo solicitado, la propuesta será rechazada.
En caso tal que no se encuentre obligado a pagar aportes parafiscales por algún periodo, deberá indicar dicha circunstancia, especificando la razón y/o los periodos exentos.
3.2.11 PROPUESTA ECONÓMICA.
El oferente debe presentar su oferta económica, suscrito por el representante legal y con base en el
presupuesto estimado en el valor presupuestado. El proponente, cuando esté elaborando su propuesta, debe tener en cuenta que el valor ofertado debe incluir todos los costos directos e indirectos que procedan durante la etapa precontractual y durante la etapa de ejecución y liquidación de los contratos que se celebren, impuestos y/o contribuciones y/o gravámenes que se encuentren vigentes a cargo del contratista, gastos de administración, imprevistos, utilidad y riesgos inherentes al tipo de actividades contempladas en este proceso y en los contratos que resulten del mismo, que se entienden evaluados e involucrados en la propuesta.
El valor ofrecido será el único a tener en cuenta para efectos del pago de todas las obligaciones contenidas en el (los) contrato(s).
3.3. MODIFICACIONES, ACLARACIONES Y RETIRO DE LAS PROPUESTAS.
Después del cierre del proceso de selección la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A, en su calidad de vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS no aceptará propuestas complementarias, modificaciones o adiciones a las mismas. Así mismo, ningún proponente podrá retirar su propuesta después del cierre del proceso, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
Como se mencionó anteriormente el Convocante podrá solicitar a los oferentes aclaraciones a las propuestas presentadas las cuales deberán entregarse en la forma prevista en la presente convocatoria y en el plazo otorgado por el Convocante, sin que las mismas impliquen un mejoramiento de la propuesta inicial.
3.4 VIGENCIA DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso de conformidad con el cronograma incluido en los presentes términos de referencia. La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A, en su calidad de vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS previa modificación de los términos de referencia en este sentido, solicitará, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta, por el término que se requiera.
Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de hacer efectivas la garantía de seriedad de la oferta.
En todo caso, el proponente que resulte seleccionado debe mantener la validez de su oferta y de la correspondiente garantía de seriedad, hasta la legalización del respectivo contrato.
3.5 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas que se encuentren en cualquiera de los siguientes casos serán rechazadas y en consecuencia, no serán evaluadas:
• Cuando el proponente o alguno de sus miembros, se encuentren incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o en conflicto de interés fijados por la Constitución Política y las normas vigentes, para presentar la propuesta.
• Cuando se advierta que el proponente, alguno de sus miembros o su representante legal han sido sancionados por incumplimientos contractuales, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2045 de 2012 y en las demás normas que regulen la materia.
• Cuando no aporte, subsane o aclare lo que se le solicite por parte del convocante o el evaluador, en los plazos y condiciones determinados en el presente documento o en los plazos que defina el convocante.
• Cuando la propuesta, o alguno de los documentos que se anexe a la misma sean presentados en un idioma diferente al idioma castellano o se presenten con algún valor en
moneda extranjera.
• Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente, es decir luego de la fecha y/u hora señaladas para el cierre del plazo, o en lugar distinto al señalado en el presente documento.
• Cuando en cualquier documento presentado con la propuesta el proponente oferte un valor superior al cien por ciento (100 ) ó inferior al 90 del valor del presupuesto estimado, para la presente convocatoria.
• Cuando no se presenten los documentos requeridos para la asignación de puntaje o no se diligencien los anexos de este documento, cuando corresponda.
• Cuando se encuentren irregularidades o inconsistencias en la información presentada para
acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este documento.
• Cuando el oferente condicione su oferta, de modo que no se garantice el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones, en los precisos términos señalados en este documento.
• Cuando el proponente o uno de sus miembros, en caso de ser proponente plural, presente
más de una propuesta.
• Cuando el proponente no presente las hojas de vida del personal directivo.
• En el caso en que el proponente, alguno de sus miembros o su representante legal no cumplan con las políticas establecidas por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A en materia de verificación SARLAFT.
• Cuando el proponente o uno de sus miembros figure reportado en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República.
• Cuando el proponente o uno de sus miembros se encuentre reportado en el sistema de
antecedentes de la Procuraduría General de la Nación
• Las demás que se señalen en este documento, sus anexos o sus modificaciones
CAPITULO IV
4. CRITERIOS DE SELECCIÓN.
4.1 REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO.
El cumplimiento de los requisitos jurídicos no otorga puntaje alguno, pero serán objeto de verificación como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección.
4.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá tener en cuenta lo establecido en el numeral
3.2.1. De este documento.
4.1.2. ACREDITACIÓN EXISTENCIA, REPRESENTACIÓN LEGAL Y EXPERIENCIA.
Los proponentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar un original del certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza del proponente, dentro del mes anterior al cierre del proceso, donde conste quién ejerce la representación legal y las facultades del mismo, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras.
En los referidos documentos debe constar: i) que la sociedad fue constituida hace por lo menos un (1) año, ii) que el objeto social le permite ser proponente o miembro de un proponente en este proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en los presentes términos de referencia, iii) que el representante legal cuenta con la capacidad para presentar la propuesta respectiva y celebrar y ejecutar los contratos que se deriven del proceso de selección, y iv) que la duración de la sociedad es igual o superior al término de cinco (5) años contados desde la fecha prevista para la firma del contrato.
En el evento que en el contenido del certificado expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, se haga la remisión a los estatutos de la sociedad para establecer las facultades del representante legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta, se deberá igualmente adjuntar la autorización específica para participar en este proceso de selección y suscribir los contratos a que haya lugar, en caso de resultar seleccionado.
Si la propuesta es presentada por el representante legal de una sucursal, deberá anexar los certificados tanto de la sucursal como de la casa principal.
Para todos los efectos, las ofertas de compañías extranjeras sin SUCURSAL en Colombia, se someterán a las leyes colombianas sin perjuicio de lo cual deberán cumplir con las siguientes condiciones:
Acreditar su existencia y representación legal para lo cual deberán presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso, en el que conste su existencia, objeto, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tenga la capacidad para comprometerla jurídicamente, así como sus facultades señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para presentar la oferta. Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado mencionado, o si este tipo de certificados no existieren, de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país de origen, la información deberá presentarse en documento independiente emitido por un representante autorizado de la persona jurídica y avalado por una autoridad competente del país de origen o en su defecto por el Cónsul colombiano, con facultades para el efecto, según sea el caso, con fecha de expedición dentro de los treinta
(30) días previos a la fecha de cierre. Estos documentos se entenderán otorgados bajo la gravedad del juramento.
Acreditar la suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para presentar la oferta, firmar la garantía de seriedad de la oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato a que haya lugar, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con lo previsto en los presentes términos de referencia.
Los documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de La Haya deberán presentarlos con la Apostilla de La Haya que pondrán las autoridades competentes de cada país.
Los documentos expedidos en el resto de países deberán legalizarse por vía diplomática (Consularización). En general en estos casos se aplicará lo dispuesto en el artículo 480 del Código de Comercio y demás normas concordantes.
En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una sociedad extranjera sin sucursal en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados en los dos numerales precedentes, según corresponda.
Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el original del certificado de existencia y representación legal de cada una de las personas jurídicas que lo conforman, expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, dentro del mes anterior al cierre del proceso, y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman, y documento de constitución del consorcio o la unión temporal.
Cada miembro del consorcio o unión temporal que sea persona jurídica deberá cumplir con las condiciones establecidas en este numeral. Sin embargo, el requisito de que la sociedad haya sido constituida hace por lo menos un (1) año se exigirá solo a los miembros del proponente plural que acrediten experiencia para efectos de dar cumplimiento al requisito mínimo habilitante respectivo, no se exigirá este término de antigüedad para quienes no aporten certificaciones de experiencia. En consecuencia, si uno de los miembros del proponente, no cuenta por lo menos con un (1) año de antigüedad, la experiencia que éste presente no será contabilizada por el evaluador, pero su participación en el consorcio o unión temporal será aceptada.
En el caso de las personas naturales que se presenten como proponentes o como miembros de una unión temporal y en este último caso aporten certificaciones de experiencia, deberán manifestar expresamente que ejercen las actividades de diseño y construcción de obras de urbanismo desde hace por lo menos cinco (5) años. El evaluador podrá solicitar documentos que soporten la mencionada manifestación.
En todo caso el oferente deberá acreditar la capacidad para presentar la oferta allegando los certificados de suficiencia respectivos, suministrar la información que le sea solicitada, y realizar los demás actos necesarios de acuerdo con lo previsto en la presente convocatoria.
4.1.3 OBJETO SOCIAL.
El objeto social del proponente, debe contemplar o permitir la elaboración de los estudios técnicos y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para el proyecto.
Para el caso en que los proponentes sean consorcios o uniones temporales, el objeto social de sus miembros deberá contemplar la elaboración de los estudios técnicos y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II.
4.1.4 CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL REVISOR FISCAL O POR EL REPRESENTANTE LEGAL SOBRE PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL.
Esta certificación es a la que hace referencia el numeral 3.2.10 de este documento.
4.1.5 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL.
Cuando la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá presentar, según el caso, los documentos que correspondan a su naturaleza, persona natural o jurídica. Adicionalmente, deberán aportar el documento de constitución suscrito por sus integrantes, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, además de lo siguiente:
• Indicar en forma expresa si su participación es a título de consorcio o unión temporal y expresar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
• El objeto del consorcio o unión temporal, el cual deberá permitir la presentación de la
propuesta, y la suscripción, ejecución y liquidación de los contratos a que haya lugar en caso de resultar seleccionado.
• Identificar cada uno de sus integrantes, señalando como mínimo su nombre, razón social o denominación social, tipo y número del documento de identidad y domicilio.
• Designar la persona que para todos los efectos representará el consorcio o la unión
temporal. Deberán constar su identificación y las facultades de representación, entre ellas, la de presentar la propuesta correspondiente al proceso de selección y las de celebrar, modificar y liquidar el(los) contrato(s) a que haya lugar, en caso de resultar seleccionado, así como la de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios; igualmente, deberá designarse un suplente que lo remplace en los casos de
ausencia temporal o definitiva.
• Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades.
• El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo
suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y de los contratos resultantes en caso de ser seleccionados.
Nota: Todas las obligaciones que se deriven de la propuesta y de los contratos que se deban suscribir serán asumidas en forma solidaria por todos los miembros del consorcio o unión temporal, lo cual deberá manifestarse expresamente en el documento de constitución del consorcio o unión temporal.
4.2 REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO.
4.2.1 CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES FINANCIEROS:
La verificación de cumplimiento de la Capacidad Financiera no tiene ponderación; se estudiará la información Financiera al momento de la presentación de la propuesta y antes de efectuar la evaluación económica, con el fin de poder verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos de Liquidez, Endeudamiento y Capital de Trabajo exigidos en el presente documento.
La verificación de la capacidad financiera se realizará con base en la información con corte a 31 de diciembre de 2013 y 2014, en caso de que se haya presentado esta última, reportada en los estados financieros debidamente certificados y que cuenten con sus respectivas notas.
4.2.2 CRITERIOS.
La verificación de la capacidad financiera se realizará con base en las cifras reflejadas en los estados financieros los cuales deben estar acompañados de las respectivas notas. El cumplimiento consistirá en determinar si el proponente (sea persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal) cumple los requisitos mínimos financieros que se han estimado suficientes para minimizar el riesgo durante el desarrollo y ejecución del contrato, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:
4.2.2.1. CAPACIDAD FINANCIERA.
Teniendo en cuenta que se debe asegurar que las empresas o personas naturales prestadoras del servicio tengan la capacidad para responder a las obligaciones derivadas del contrato, se fijaron los siguientes indicadores como requisitos habilitantes con los cuales se medirá la capacidad financiera:
• Índice de Endeudamiento: El índice de endeudamiento es el porcentaje que resulta de dividir el pasivo total por el activo total. Máximo 70 .
• Índice de Liquidez: El índice de liquidez es la razón que resulta de dividir el activo corriente
por el pasivo corriente. Mínimo 1,50 .
• Razón de Cobertura de Intereses: La cobertura de intereses se entiende como la utilidad operacional sobre los gastos de intereses. Las empresas cuya utilidad operacional sea positiva, quedan habilitadas respecto a este indicador. Las empresas que presenten una utilidad operativa negativa o igual a cero, no cumplirán con el indicador solicitado.
• Capital de Trabajo: Activo Corriente – Pasivo Corriente Igual o Superior al 30 del Presupuesto Oficial
No | INDICADOR | CONDICIÓN | CALIFICACIÓN | FÓRMULA | |
1 | ÍNDICE DE LIQUIDEZ Y | Mayor o igual a 1,50 | CUMPLE | Activo Corriente / Pasivo Corriente |
SOLVENCIA (IL) | ||||
2 | NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (NE) | Menor o = 70 | CUMPLE | Pasivo Total /Activo Total |
3 | COBERTURA DE INTERESES | Positiva | CUMPLE | Utilidad operacional / Gastos de intereses |
4 | CAPITAL DE TRABAJO (KT) | Igual o mayor a 30 del Valor total del presupuesto estimado | CUMPLE | Capital de Trabajo= Activos corriente – Pasivos Corrientes. |
4.2.2.2. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
• Utilidad Operacional sobre el activo= Utilidad operacional / Activo Total = Mayor o igual a 5
• Utilidad Operacional sobre patrimonio= Utilidad operacional / Patrimonio = Mayor o igual a 5
Cuando el proponente no cumpla con alguno de los índices en la verificación financiera será considerada como NO HABILITADA, por lo tanto no continúa en el proceso de selección.
Para el caso de consorcios y uniones temporales, interesadas en participar en el proceso, cada uno de los integrantes deberá anexar el RUP. Para el caso de consorcios o uniones temporales: cada uno de sus integrantes deberá allegar el correspondiente certificado de Registro Único de Proponentes (RUP) para cumplir con las condiciones antes señaladas. La capacidad financiera y capacidad organizacional de las uniones temporales y los consorcios, se calculará con base en la suma aritmética de los valores correspondientes con cada criterio (de cada uno de los integrantes), en proporción de su participación en la unión temporal o consorcio. En consecuencia cuando uno o más de los miembros del consorcio y/o unión incumplan con lo establecido por el presente pliego, el resultado de la verificación (para el consorcio y/o unión temporal), será considerada como NO HABILITADA, por lo tanto no continúa en el proceso de selección.
Cuando el proponente no cumpla con alguno de los índices en la verificación financiera será considerada como NO HABILITADA, por lo tanto no continúa en el proceso de selección.
4.2.3 DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS
El proponente, y cada uno de sus integrantes, en caso de ser uniones temporales y/o consorcios, deberán entregar en original, la declaración de origen de fondos, diligenciada en el formato del Anexo No. 2 de este documento. La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A, podrá solicitar información o documentación adicional si no resultan satisfactorios los documentos remitidos, relativos a la financiación del proyecto. En el caso en que la información solicitada por el convocante no sea remitida en las condiciones y términos señalados, se rechazará la propuesta.
4.2.4 SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO – SARLAFT
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A verificará que el proponente, cada uno de sus miembros y su representante legal cumplan con el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo– SARLAFT, establecido por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A, para lo cual el proponente, con la suscripción de la Carta de Presentación de la Propuesta se obliga expresamente a entregar a la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A la información veraz y verificable que ésta le exija para el cumplimiento de la normatividad relacionada con prevención y control xx xxxxxx de activos y de la financiación del terrorismo, y autoriza a la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A .para realizar esta verificación.
En el caso en que el proponente, alguno de sus miembros o su representante legal no cumplan con las políticas establecidas por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A en materia de verificación SARLAFT la propuesta será rechazada.
4.2.5 INFORMACIÓN DE CARÁCTER FINANCIERO
Si el proponente o integrante del consorcio o unión temporal es persona natural o jurídica, deberá anexar la siguiente información de carácter financiero:
Balance General y Estado de Resultados año 2014 con las correspondientes notas a los Estados Financieros debidamente certificados por el contador y dictaminados por el revisor fiscal si a él hay lugar según lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990.
Los Estados Financieros deben estar firmados por un contador público. Este debe adjuntar copia de la tarjeta profesional y certificado expedido por la Junta Central de Contadores vigente a la fecha de cierre del proceso.
Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
Fotocopia de la tarjeta profesional (por ambas caras) del revisor fiscal si el oferente está obligado a tenerlo y certificado de antecedentes disciplinario expedido por la Junta Central de Contadores vigente a la fecha de cierre del proceso.
4.3. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TECNICO.
4.3.1 REQUISITOS TÉCNICOS DEL PROPONENTE - EXPERIENCIA:
Los siguientes requisitos técnicos exigidos serán objeto de verificación para habilitar la propuesta presentada. Para ello, se confirmará que los oferentes hayan entregado toda la información técnica y que ella cumpla con los requisitos señalados en el presente documento, y se determinará el cumplimiento o no, de las siguientes exigencias:
4.3.1.1. REQUISITO HABILITANTE – EXPERIENCIA ESPECIFICA
El proponente deberá acreditar como mínimo experiencia específica en la ejecución de tres (3) contratos de consultoría para la elaboración de los estudios técnicos, y un (1) contrato para la elaboración de estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa de proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales de obra nueva, contratos cuya suma o valor en SMMLV sea mayor o igual a 700SMMLV.
Los contratos acreditados deben haberse ejecutado en su totalidad y que deberán acreditarse mediante la presentación de certificaciones o constancias expedidas por la entidad o cliente respectivo. Estos contratos deben haber sido ejecutados dentro de los ocho (8) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria. Los proyectos, para los cuales se haya realizado los mencionados contratos de consultoría deben haber sido construidos o estar en proceso de construcción a la fecha de cierre del presente proceso.
Lo anterior se acreditará de la siguiente forma:
• Para contratos suscritos con Entidades Públicas se debe acreditar la experiencia específica exigida mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: Nombre de la Entidad contratante, objeto del contrato, valor ejecutado, fecha de iniciación y fecha de terminación. En caso que la certificación no contenga toda la información solicitada se debe adjuntar copia de contrato y del acta de liquidación.
• Para contratos suscritos con personas de derecho privado se debe acreditar la experiencia específica exigida mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: Nombre de la Entidad contratante, objeto del contrato, valor ejecutado, fecha de iniciación y fecha de terminación. Adicionalmente debe presentar copia de la licencia de urbanismo. En caso que la certificación no contenga toda la información solicitada se debe adjuntar copia de contrato o del acta de liquidación.
SI NO SE ACREDITA LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA SOLICITADA, LA PROPUESTA SERÁ EVALUADA COMO QUE NO CUMPLE TÉCNICAMENTE.
Para determinar la experiencia en valor, se hará la conversión del valor nominal del contrato a salarios mínimos mensuales legales vigentes. Se efectuará la conversión del valor ejecutado de cada contrato, para lo cual tomará el valor xxx xxxxxxx mínimo legal del año de la fecha de suscripción del mismo.
La verificación de la Experiencia Total se realizará con base en la información que reporten los proponentes y en los respectivos soportes de la información. El proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que en los documentos de soporte.
Los documentos que se aceptarán como soporte para que un proponente certifique su experiencia son: Copia de los contratos y copia del acta de liquidación (ambos documentos)
Certificación expedida por el contratante en la que consten los aspectos mínimos requeridos para acreditar la
experiencia del contrato, que fue o ha sido efectivamente ejecutado.
Las certificaciones deberán contener como mínimo, la siguiente información:
Nombre de la empresa Contratante Nombre del Contratista
Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
Número del contrato u orden (si tiene) Objeto del contrato u orden
Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año). Valor ejecutado del contrato.
Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año) Nombre y firma de quien expide la certificación.
Cada certificación de contrato u orden se analizará por separado; en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos u órdenes adicionales al principal, el tiempo y/o el valor adicional se sumará al del contrato principal, quedando esta como una sola certificación.
Cuando exista diferencia entre la información relacionada en el formulario y la consagrada en los soportes presentados, o el formulario no incluya información de la cual se aportó el soporte, prevalecerá la información de los soportes.
Así mismo, en el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su evaluación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
Igualmente, el proponente podrá presentar como documentos adicionales para acreditar la experiencia requerida, las actas de entrega, y demás documentos que permitan a la entidad obtener la información en las condiciones solicitadas en este numeral.
En caso de que el proponente no pueda obtener la respectiva certificación podrá acreditar la experiencia exigida con los documentos que permitan inferir la información solicitada, tales como actas de pago, actas de obra, actas de recibo parcial, entre otros.
Si el proponente es un Consorcio o una Unión Temporal, se tendrán en cuenta las certificaciones o documentos aportados por todos los integrantes o por uno o más de los miembros del Consorcio o Unión Temporal. La Experiencia Total del consorcio o unión temporal representada en tiempo y en valor será la
suma de la experiencia que aporte cada uno de sus integrantes. Cuando se haga referencia a un contrato ejecutado como Consorcio o Unión Temporal, se deberá indicar la participación de cada uno de sus integrantes, la experiencia en valor se determinará en proporción al porcentaje de su participación en el consorcio o unión temporal, siempre que se cumpla con los requisitos y condiciones exigidas en el presente Pliego de Condiciones. Para efectos de la evaluación de la experiencia se examinará la conformación del consorcio o la unión temporal (porcentajes) y las actividades que cada consorciado ejecutó durante el contrato acreditado.
Cada uno de los contratos, deberán referirse a contratos suscritos y terminados durante los últimos ocho (8) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
Los contratos que no cumplan la condición de tiempo mínimo o valor ejecutado y/o no estén dentro del periodo anteriormente mencionados no se tendrán en cuenta para acreditar experiencia.
4.3.1.2. EXPERIENCIA PERSONAL
Se deberá contar con el personal mínimo requerido que se relaciona a continuación.
La siguiente es la planta y la experiencia general del personal de consultoría mínimo requerido para el desarrollo de los estudios y diseños del proyecto. Sin embargo el proponente se obliga a disponer del equipo de trabajo necesario para le ejecución del objeto contratado conforme los requerimientos específicos de este pliego de condiciones.
Cargo | Requisitos Mínimos |
Director de Proyecto | Profesión: Arquitecto o Ingeniero Civil Título de Posgrado: Especialización o maestría en urbanismo o planeamiento urbano o en cualquier área relacionada con la arquitectura, urbanismo o planeamiento urbano. Experiencia General : No menor xx xxxx (10) años Experiencia Específica: No menor de tres (3) años En dirección o gerencia de diseño de Proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales. |
Ingeniero Estructural | Profesión: Ingeniero Civil Título de Posgrado: Especialista en estructuras Experiencia General : No menor de ocho (8) años Experiencia Específica: No menor de tres (3) años En diseño de estructuras para Proyectos de vivienda, VIS o VIP y/o institucionales o dotacionales. |
Ingeniero Suelos | Profesión: Ingeniero Civil Título de Posgrado: Especialista en Geotecnia Experiencia General : No menor de ocho (8) años Experiencia Específica: No menor de tres (3) años Estudios de Suelos para Proyectos de vivienda, VIS o VIP y/o institucionales o dotacionales. |
Ingeniero Hidrosanitario | Profesión: Ingeniero hidrosanitario Título de Posgrado: Especialista en redes hidráulicas. Experiencia General: No menor de ocho (8) años Experiencia Específica: No menor de tres (3) años En diseño de redes hidrosanitarias y de gas para Proyectos de vivienda, VIS o VIP, institucionales o dotacionales. |
Ingeniero Eléctrico | Profesión: Ingeniero eléctrico. Título de Posgrado: Especialista en redes electricas. Experiencia General: No menor de ocho (8) años Experiencia Especifica: No menor de tres (3) años En diseño de redes eléctricas y de comunicaciones para Proyectos de vivienda, VIS o VIP, institucionales o dotacionales. |
La experiencia general se contará a partir de la expedición de la matrícula profesional o del certificado de inscripción profesional de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 842 de 2003.
4.4 PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO.
Los proponentes que resultaron no habilitados, podrán subsanar la falta de documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este documento, siempre y cuando haya previo requerimiento escrito de parte de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., y se trate de requisitos o factores que no constituyan temas de comparación o evaluación de sus propuestas, o factores de calificación.
Los proponentes no podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni para acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha establecida para la presentación de la propuesta inicial, ni relacionados con los factores de asignación de puntaje y en todo caso, no podrán modificar o mejorar sus propuestas.
4.5 CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Solo serán objeto de evaluación las ofertas cuya verificación las habilite desde el punto de vista jurídico, técnico y financiero. Una vez efectuada la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes se procederá a la evaluación de las ofertas hábiles, teniendo como factores de ponderación los criterios establecidos en el presente numeral.
Una vez la propuesta sea considerada hábil, el Comité Evaluador efectuará los estudios del caso y el análisis comparativo para seleccionar la propuesta más favorable y que esté ajustada a esta convocatoria, teniendo en cuenta los factores de evaluación y ponderación detallados a continuación:
Criterio de Asignación | Puntaje |
Experiencia específica del proponente | 400 Puntos |
Equipo de trabajo | 400 Puntos |
Puntaje máximo posible | 800 Puntos |
4.5.1. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN
4.5.1.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
Se asignarán hasta un máximo de 400 puntos de la siguiente forma.
Concepto | Requisitos | Puntaje |
El puntaje de 200 puntos a quien certifique el mayor número de metros cuadrados ejecutados, en los cuales el objeto o alcance incluya la elaboración de estudios técnicos para proyectosde vivienda y/o institucionales y/o dotacionales. Máximo cinco (5) contratos ejecutados en los últimos ocho (8) años. A los demás proponentes se asignaran puntajes de la siguiente manera Segundo - 150 puntos Tercero - 100 puntos Y así sucesivamente con diferencia de 20 puntos, de acuerdo al área certificada. | Contratos de consultoría en estudios técnicos para proyectosde vivienda y/o institucionales y/o dotacionales. | 200 |
El puntaje de 200 puntos a quien certifique el mayor número de metros cuadrados ejecutados, en los cuales el objeto o alcance incluya la elaboración de estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales; y que por lo menos uno incluya la aprobación por parte de la entidad competente. Máximo cinco (5) contratos ejecutados en los últimos ocho (8) años. | Contratos de consultoría en estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales. | 200 |
A los demás proponentes se asignaran puntajes de la siguiente manera Segundo - 150 puntos Tercero - 100 puntos Y así sucesivamente con diferencia de 20 puntos, de acuerdo al área certificada. | ||
Puntaje máximo posible | 400 |
4.5.1.2. EQUIPO DE TRABAJO
Se asignarán hasta un máximo de 400 puntos de la siguiente forma:
Director de Proyecto: Se asignarán hasta un máximo de 100 puntos.
Experiencia General | |
Experiencia profesional general entre DIEZ (10) años y DOCE (12) años | 10 puntos |
Experiencia profesional general entre DOCE (12) años y CATORCE (14) años. | 25 Puntos |
Experiencia profesional general mayor a CATORCE (14) años. | 50 Puntos |
Experiencia Específica | |
Como Director de proyectos o gerente en proyectos de diseño de vivienda y/o institucionales o dotacionales no menor de tres(3)años. | 50 Puntos |
Ingeniero Suelos: Se asignarán hasta un máximo de 75 puntos.
Experiencia General | |
Experiencia profesional general entre OCHO (8) años y DIEZ (10) años | 10 puntos |
Experiencia profesional general entre DIEZ (10) años y DOCE (12) años. | 15 Puntos |
Experiencia profesional general mayor a DOCE (12) años. | 25Puntos |
Experiencia Especifica | |
Experiencia especifica como Ingeniero Suelos en proyectosde diseño de vivienda y/o institucionales o dotacionales no menor de tres(3)años. | 50 Puntos |
Ingeniero Estructural: Se asignarán hasta un máximo de 75 puntos.
Experiencia General | |
Experiencia profesional general entre OCHO (8) años y DIEZ (10) años | 10 puntos |
Experiencia profesional general entre DIEZ (10) años y DOCE (12) años. | 15 Puntos |
Experiencia profesional general mayor a DOCE (12) años. | 25Puntos |
Experiencia Especifica | |
Experiencia especifica como diseñador estructural en proyectosde diseño de vivienda y/o institucionales o dotacionales no menor de tres(3)años. | 50 Puntos |
Ingeniero Hidrosanitario: Se asignarán hasta un máximo de 75 puntos.
Experiencia General
Experiencia profesional general entre OCHO (8) años y DIEZ (10) años | 10 puntos |
Experiencia profesional general entre DIEZ (10) años y DOCE (12) años. | 15 Puntos |
Experiencia profesional general mayor a DOCE (12) años. | 25Puntos |
Experiencia Específica | |
Experiencia especifica como diseñador de redes hidrosanitarias y de gas paraproyectos de diseño de vivienda y/o dotacionales no menor de tres(3)años. | 50 Puntos |
Ingeniero Eléctrico: Se asignarán hasta un máximo de 75 puntos:
Experiencia General | |
Experiencia profesional general entre OCHO (8) años y DIEZ (10) años | 10 puntos |
Experiencia profesional general entre DIEZ (10) años y DOCE (12) años. | 15 Puntos |
Experiencia profesional general mayor a DOCE (12) años. | 25Puntos |
Experiencia Específica | |
Experiencia especifica en diseño de redes eléctricas y de comunicaciones al en proyectos de diseño de vivienda y/o dotacionales no menor de tres (3) años. | 50 Puntos |
Para tener en cuenta:
• Experiencia general, es el tiempo transcurrido a partir de la fecha de la expedición de la matrícula profesional.
• Experiencia específica, se determina como la práctica adquirida en el ejercicio de las
funciones de un cargo en particular o en una determinada área de trabajo o área de la profesión, a partir de la fecha de la expedición de la matrícula profesional.
• La experiencia exigida se acreditara mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: Nombre de la entidad contratante, objeto del contrato, valor ejecutado, fecha de iniciación y fecha de terminación. En caso que la certificación no contenga toda la información solicitada se debe adjuntar copia de contrato o del acta de liquidación.
4.5.1.3. ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Una vez realizada la verificación y evaluación de las propuestas, con las ofertas habilitadas, el Comité Evaluador designado elaborará un orden de elegibilidad, de acuerdo con los puntajes totales obtenidos, el cual se conformará en orden descendente de mayor a menor puntaje. Las propuestas que hayan sido rechazadas no se incluirán en el orden de elegibilidad.
4.5.1.4. CRITERIOS DE DESEMPATE.
En el evento en que las propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento:
• Si hay propuestas de proponentes nacionales y extranjeros que no hayan acreditado la reciprocidad conforme a la normatividad aplicable, se adjudicará a la presentada por el PROPONENTE nacional.
• Si continúa el empate, se adjudicará el Contrato al PROPONENTE que haya certificado el mayor área en proyectos de diseño de vivienda y/o institucionales o dotacionales.
4.5.1.5. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE CUANDO EXISTA UNA SOLA PROPUESTA HÁBIL.
Se podrá adjudicar el contrato con sólo una propuesta habilitada, siempre y cuando sea favorable para la Entidad.
En caso de existir una sola propuesta hábil, se asignará el máximo puntaje en aquellos factores y subfactores
que requieran.
4.5.2. FACTOR ECONÓMICO.
La oferta deberá venir firmada por el Representante Legal del oferente.
Teniendo en cuenta que el contrato se ejecutará por la modalidad de precio unitario fijo sin fórmulas de reajuste, el oferente al elaborar la oferta económica deberá tener en cuenta los cambios que se puedan presentar tanto en los valores de mano de obra como de materiales por el cambio de año.
El valor TOTAL propuesto no podrá ser mayor al 100 ni menor al 90 del presupuesto estimado para la presente convocatoria. En caso que esto ocurra, se considerará como causal de rechazo de la propuesta.
Los valores unitarios, deberán ajustarse al peso, bien sea por exceso o por defecto. Si la cifra decimal del peso es igual o superior a cinco (5) se ajustará a la unidad de pesos inmediatamente siguiente. Si la cifra decimal del peso es menor a cinco (5) se ajustará la cifra suprimiendo el decimal.
El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución DEL CONTRATOS, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos y administrativos que se requieran.
4.5.2.1 VALOR TOTAL DE LA OFERTA.
La propuesta económica debe presentarse en medio escrito y magnético con los valores expresados en Moneda Legal Colombiana. El oferente deberá ajustar al peso los precios ofertados, en caso contrario, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. aproximará los precios, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso. En todo caso los valores de los precios propuestos y corregidos no podrán exceder el valor de los respectivos precios oficiales ni ser inferiores al 90 de los mismos.
La oferta económica contemplará todos los costos directos, indirectos, impuestos, tasas y contribuciones y cualquier otra erogación necesaria para la ejecución del contrato resultado del presente proceso, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas.
El (los) precio (s) ofertado (s), no estará sujeto a ajuste alguno, razón por la cual, el proponente deberá prever en su oferta que tiene que asumir los posibles incrementos que se ocasionen, inclusive aquellos que se presenten en la ejecución del contrato por cambio de año.
Se verificará que el precio de la oferta cumpla los requisitos que a continuación se detallan:
Que el precio total de la oferta presentada sea menor o igual al 100 y mayor o igual al 90 del valor del presupuesto, si no cumple lo anterior, la propuesta será rechazada y como consecuencia de lo anterior no será considerada para ningún efecto en la evaluación económica.
4.6. OBLIGACIONES DEL PROPONENTE
El proponente deberá cumplir con las obligaciones definidas en los Anexos técnicos que hacen parte integral de la presente convocatoria, para la ejecución de los diseños aquí establecidos. El proponente deberá elaborar los Estudios y Diseños del objeto de acuerdo con los requerimientos y normatividad vigente.
Adicionalmente se deben tener en cuenta las recomendaciones de:
- Instituto Colombiano de Normas Técnicas (ICONTEC)
- Norma NSR-2010 Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistente
CAPITULO V
5. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN.
5.1. PARTES DE LOS CONTRATOS Y PLAZO DE SUSCRIPCIÓN.
Teniendo en cuenta que, el inmueble en que se desarrollará el objeto del contrato resultante de la presente convocatoria, serán transferidos por METROVIVIENDA al PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, a través de su administrador la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., quien suscribirá el referido contrato.
En el momento de la firma del contrato, el proponente deberá cumplir con los requisitos, diligenciar los formatos establecidos por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., y aportar toda la documentación que se requiera por parte de la mencionada Fiduciaria, para su correspondiente vinculación. En el evento en que el proponente adjudicatario no cumpla con esta obligación, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. tendrá la facultad de abstenerse de suscribir el correspondiente contrato objeto del presente proceso de selección y procederá a su adjudicación al proponente que resulte como segundo en la evaluación de las propuestas. Lo anterior en observancia de las estipulaciones de las Circulares Externas números 007 de 1996, 046 de 2002, 061 de 2007 y 062 de 2007 expedidas por la Superintendencia Financiera y aquellas que la modifiquen, sustituyen o adicionen.
Las garantías solicitadas por el contratante al proponente adjudicatario deberán aportarse a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato. No se entenderá legalizado el contrato hasta que se aprueben esas garantías por parte de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y METROVIVIENDA.
5.2 VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del contrato objeto del presente proceso de selección, será de tres (3) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
5.3 VALOR DEL CONTRATO.
El valor ofrecido será el único a tener en cuenta para efectos del pago de todas las obligaciones contenidas en el contrato. No se pagarán sumas adicionales por ninguna actividad relativa a la ejecución integral del proyectos.
5.4 OBLIGACIONES DEL PROPONENTE ADJUDICATARIO EN EL CONTRATO.
En su calidad de contratista, y una vez suscrito el correspondiente contrato objeto del presente proceso de selección, entre otras que se estipulen en el respectivo contrato, se obliga a:
• El proponente deberá cumplir con las obligaciones definidas en el Anexo técnico que hace parte integral de la presente convocatoria, para la ejecución de los estudios aquí establecidos.
• El proponente deberá elaborar los Estudios del objeto de acuerdo con los requerimientos y normatividad vigente.
• Entregar las garantías que sean requeridas por el Contratante a favor del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y Metrovivienda, para el cumplimiento del objeto del contrato, en los términos y condiciones que aquel señale.
• Entregar al Contratante toda la información que este le requiera para su correspondiente vinculación, y/o aquella correspondiente a las actividades a su cargo en virtud del objeto del
contrato, y mantener actualizada dicha información durante la vigencia del contrato.
• Acatar en su integridad todas las recomendaciones técnicas, administrativas y financieras, que respecto del cumplimiento del objeto del contrato, efectúe el Contratante y/o Metrovivienda.
• Presentar oportunamente las respectivas facturas o cuentas de cobro.
• Cumplir con la obligación de efectuar oportunamente los pagos de seguridad social integral y de aportes parafiscales de todo el personal que ocupe para el desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato.
• Cumplir a cabalidad con las obligaciones a su cargo que se deriven del contrato, y las normas que lo regulen.
• Tener en cuenta las recomendaciones de:
- Instituto Colombiano de Normas Técnicas (ICONTEC)
- Norma NSR-2010 Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistente
5.5. OBLIGACIONES DE LA FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
En su calidad de contratante, y una vez suscrito el correspondiente contrato objeto del presente proceso de selección, el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, cuyo vocero y administrador es FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., se obliga, entre otras que se estipulen en el respectivo contrato, a:
• Proporcionar la información que requiera el proponente seleccionado para el cumplimiento del objeto del contrato.
• Responder, con cargo a los recursos del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y hasta la concurrencia de los mismos, por las obligaciones a su cargo, para el cumplimiento del objeto del contrato. En caso que los recursos del FIDEICOMISO no fueren suficientes para pagar las obligaciones del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, METROVIVIENDA en su calidad de Fideicomitente gestor, está obligado a asumir liberatoriamente dichas obligaciones.
• Cumplir con los pagos a que tenga derecho el contratista, en virtud de lo estipulado en este documento de selección, y en el correspondiente contrato, con cargo exclusivo a los recursos del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y hasta la concurrencia de los mismos. Todos los pagos a cargo del Contratante, serán efectuados al contratista previa aprobación del Interventor del contrato, y de la persona que ejerza la supervisión técnica designada por METROVIVIENDA.
• Las demás que se hayan pactado en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Inmobiliaria de Urbanismo, Administración y Pago para el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, celebrado entre METROVIVIENDA y la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y que sean aplicables al presente proceso de selección.
5.6 FORMA DE PAGO.
EL CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA el valor del presente contrato con cargo exclusivo a los recursos del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y hasta la concurrencia de los mismos, así:
• El 20 del valor total del objeto contractual contra entrega al CONTRATANTE de cronograma de actividades debidamente aprobado por el supervisor y/o interventor del contrato.
• El 15 del valor total del contrato, contra entrega del anteproyecto estructural, hidráulico, eléctrica y Fase II.
• El 15 del valor total del contrato contra la radicación de los estudios de Fase II ante el
IDIGER
• El 40 del valor total del contrato, contra entrega de los estudios completos y aprobados por el interventor y supervisor.
• El 10 restante del valor total contra entrega final con las respectivas aprobaciones por el
supervisor, interventor y las entidades que correspondan
REQUISITOS PARA EL PAGO. Para la legalización del pago, el contratista deberá presentar además de la factura, la certificación de pago de aportes parafiscales (SENA, ICBF, Caja de Compensación Familiar) y Seguridad Social Integral, y/o la certificación del pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), así como las demás obligaciones aplicables a este contrato. En cualquier momento podrá solicitarse la documentación que respalde el cumplimiento de esta obligación.
En caso que el contratante, no cuente con los recursos necesarios para el pago de las labores contratadas, será responsabilidad de METROVIVIENDA, en su calidad de Fideicomitente Gestor, efectuar los pagos correspondientes al contratista.
EL Contratante retendrá en garantía a El CONTRATISTA una suma equivalente al 10 del valor de cada uno de los pagos presentados conforme al avance y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, lo cual será estipulado en el correspondiente contrato.
5.7 GARANTÍAS DEL CONTRATO.
Luego de la adjudicación del contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato, el contratista deberá constituir a favor del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS las garantías que se pacten en el respectivo contrato, que a manera enunciativa deberán cumplir los siguientes amparos, sin perjuicio de lo que se pacte finalmente entre las partes:
• Cumplimiento General del Contrato: El pago de las multas y la efectividad de la cláusula penal pecuniaria, por un valor equivalente al treinta por ciento (30 ) del valor inicial del contrato, con vigencia por el término del contrato y seis (6) meses más.
• Pago de salarios y prestaciones sociales: Por un valor equivalente al diez por ciento (10 ) del valor inicial del contrato, con vigencia igual a la del mismo y treinta y seis (36) meses más.
Una vez se haya firmado el acta de iniciación del contrato, el contratista deberá correr la vigencia de la garantía única, en todos sus amparos, con relación a la fecha de iniciación del contrato.
• Calidad del servicio: Una vez se haya firmado el acta de inicio del contrato, el contratista deberá correr la vigencia de la garantía única, en todos sus amparos, con relación a la fecha de iniciación del contrato por un valor equivalente al 20 por ciento del valor del contrato, y deberá constituirse por el término de duración del contrato y seis meses más.
• La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y METROVIVIENDA aprobarán las garantías si las encuentra ajustadas a lo especificado en el contrato. En caso contrario, las devolverá al proponente adjudicatario para que dentro del plazo que éstos le señalen, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias. El proponente adjudicatario deberá adjuntar las constancias de pago de las garantías señaladas. El contratista deberá prorrogar la vigencia de la Garantía, en el evento en que se amplíe el término de duración del contrato.
5.8. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO.
El contrato que se suscriba entre el Contratante y el proponente adjudicatario, podrá terminarse anticipadamente de manera unilateral por parte del Contratante, en cualquier momento, en caso que el contratista, y/o sus miembros, y/o sus representantes legales, no cumplan con las políticas SARLAFT
establecidas por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A.
En este evento, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., informará de tal situación al COMITÉ FIDUCIARIO, con el fin de que se designe como contratista al proponente que haya ocupado el segundo lugar en el proceso de selección.
Así mismo, el contrato que se suscriba entre el Contratante y el proponente adjudicatario, podrá terminarse anticipadamente de manera unilateral por parte del Contratante, en caso que resultado del estudio de títulos del inmueble sobre el cual se desarrollará el proyectos, no obtenga concepto jurídico favorable por parte de FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., y/o el tercero que sea contratado por esta para tales efectos, de conformidad con lo establecido en el Contrato xx Xxxxxxx constitutivo del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS de tal manera que no sea posible la transferencia de los mismos por parte de METROVIVIENDA al referido PATRIMONIO AUTÓNOMO. En este caso EL CONTRATANTE dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que se genere responsabilidad alguna a cargo de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y/o del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y/o
de METROVIVIENDA, todo lo cual se estipulará en el correspondiente Contrato.
5.9 ACOMPAÑAMIENTO Y/ O SUPERVISION.
METROVIVIENDA ejercerá el acompañamiento y la coordinación externa requerida para el desarrollo de las actividades necesarias en el cumplimiento del objeto contractual. Esta actividad será ejercida por quien METROVIVIENDA designe para ello. No obstante lo anterior, el contratista es el obligado a dar estricto cumplimiento al objeto del contrato que se suscriba en virtud del presente proceso de selección.
5.10 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD.
El proponente adjudicatario y los demás proponentes mantendrán indemnes a la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., al PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y a METROVIVIENDA, en
desarrollo de la presente convocatoria, así como en el desarrollo del objeto del contrato a ejecutar.
5.11 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA.
En caso de incumplimiento injustificado por parte del contratista, y previa determinación del Comité Fiduciario, de conformidad con el procedimiento que se estipule en el Contrato, el contratista pagará al contratante sin necesidad de requerimiento judicial alguno, una suma equivalente al 20 del valor total del contrato, a título de cláusula penal pecuniaria.
En todo caso, el contratante podrá efectuar reclamación de perjuicios de manera independiente al cobro de la cláusula penal.
El contratista autoriza con la firma del contrato que el valor de la cláusula penal pecuniaria pactada sea descontada de cualquier saldo que tenga a su favor como remuneración por la ejecución del contrato.
5.12 MULTAS.
La Fiduciaria Colpatria S.A, previa determinación por parte del COMITÉ FIDUCIARIO, podrá imponer multas a EL CONTRATISTA hasta por la suma xxx xxxx por ciento (10 ) del valor de este Contrato cada vez y en cada caso, cuando este incumpla cualquiera de las obligaciones emanadas del mismo, de los Términos de Referencia y de la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. Serán causales para imponer multas las siguientes, sin perjuicio de aquellas que podrán incluirse en el respecto contrato:
• El atraso en la presentación de los documentos para iniciar la ejecución del contrato.
• Por xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas.
• Por no presentar informe de actividades dentro de los 5 días siguientes a la fecha xx xxxxx.
• Por no atender oportunamente las solicitudes efectuadas por el Comité Fiduciario y/o por Metrovivienda.
• Por no efectuar oportunamente el pago de aportes parafiscales
• Por no tener disponible el personal o el equipo ofertado.
• Por no reponer el monto de las garantías como consecuencia de la imposición de las multas o indemnizaciones.
Las multas serán acumulables y se contabilizarán separadamente. Los perjuicios que se causen al PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, a la Fiduciaria o a Metrovivienda por este aspecto se harán efectivos en forma separada, sin detrimento de la indemnización de perjuicios a que haya lugar y de la cláusula penal pecuniaria.
El procedimiento para la aplicación de las multas será el siguiente:
• El Supervisor, enviará a la Fiduciaria un informe escrito sobre los hechos que puedan constituir el fundamento para la aplicación de una multa.
• Una vez recibido el informe escrito, la FIDUCIARIA dará traslado de dicho informe al Contratista y lo citará con el fin de solicitarle las explicaciones del caso y determinar su grado de responsabilidad.
• Una vez recibidas las explicaciones del Contratista, LA FIDUCIARIA COLPATRIA pondrá el informe del supervisor y las explicación del Contratista en conocimiento del COMITÉ FIDUCIARIO, para que éste órgano determine si tales hechos constituyen incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA, que ameriten la aplicación de las multas pactadas.
• Si el Comité Fiduciario considera que el incumplimiento amerita la multa, determinará su monto y comunicará la decisión al Contratista, quien en todo caso podrá presentar ante el Comité Fiduciario reclamación contra dicha decisión. Si el COMITÉ FIDUCIARIO decide imponer la sanción, instruirá a la Fiduciaria Colpatria como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
El valor de las multas podrá ser descontado del valor del contrato sin que éstas puedan exceder del 10 del monto del mismo.
5.13 INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA.
El contratista asume por su cuenta y riesgo todas las obligaciones derivadas de la celebración del contrato y en consecuencia, el contratante y METROVIVIENDA estarán eximidos de obligaciones derivadas de la ejecución del contrato de carácter laboral, fiscal, comercial o de cualquier otra índole.
5.14 GASTOS DEL CONTRATISTA.
Todos los impuestos y/o contribuciones fiscales que se puedan desprender de la celebración, ejecución, terminación y/o liquidación del contrato serán de cargo exclusivo del contratista.
5.15 LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL.
Para efectos del presente proceso de selección y de la ejecución del contrato objeto de la misma, se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
5.16 SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES.
Las partes en aras de solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la
ejecución del contrato, podrán acudir a los mecanismos de solución previstos en la ley.
En el caso en que no sea posible solucionar el conflicto, el mismo se pondrá en conocimiento del juez del contrato.
5.17 INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES.
El proponente adjudicatario declarará bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del contrato que no se halla incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política o en la ley, ni presenta conflicto de interés.
5.18 DOCUMENTOS CONTRACTUALES.
Los documentos que a continuación se relacionan, se considerarán para todos los efectos parte integrante del contrato y en consecuencia, producen sus mismos efectos y obligaciones jurídicas y contractuales:
Los términos de la presente Convocatoria, con sus anexos, oficios aclaratorios y comunicaciones. Las pólizas y sus adicciones, vigencias y actualizaciones
La propuesta del proponente y los documentos adjuntos presentados con la misma, en aquellas partes aceptadas por el convocante.
5.19 NEGATIVA DEL PROPONENTE FAVORECIDO A SUSCRIBIR EL CONTRATO.
Si el proponente seleccionado no suscribe el contrato o no efectúa todos los trámites necesarios para cumplir los requisitos legales para iniciar su ejecución, dentro de los plazos establecidos para tal fin en el presente documento, se podrá seleccionar la propuesta del proponente calificado en el siguiente lugar, siempre y cuando su propuesta también sea igualmente favorable para el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y se ajuste a lo señalado en el presente documento y sus anexos.
5.20 EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL.
El proponente favorecido ejecutará el proyectos con plena autonomía técnica, financiera y administrativa, razón por la cual queda entendido que no habrá vínculo laboral alguno entre el oferente y el personal a su cargo con la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., ni con el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
5.21 CESIÓN DEL CONTRATO.
El contratista seleccionado no podrá ceder total y/o parcialmente los derechos y obligaciones derivadas del contrato sin que medie autorización expresa y escrita del Comité Fiduciario del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
CAPITULO VI.
6. ANEXO TÉCNICO.
Archivo digital anexo correspondiente al proyecto
Proyecto: Xxxx Xxxxxxx, Xxxxx X Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx: Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx