Condiciones de uso de Microsoft Live@edu (organización)
Condiciones de uso de Microsoft Live@edu (organización)
Estas condiciones de uso ("Contrato") de Microsoft Live@edu se acuerdan entre la institución docente ("Institución) y Microsoft Corporation ("Microsoft") a partir de la fecha en que la Institución firma este Contrato, y entran en vigor a partir de la fecha en que la Institución recibe o migra al plan de servicios organizativos de Outlook Live ("Fecha de entrada en vigor"). Este Contrato constituye la totalidad del acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y sustituye a cualquier acuerdo o comunicación anteriores o coetáneos entre las partes en cuanto a esta materia y a los Servicios de Microsoft. Para poder usar el Servicio básico Live@edu conforme a este Contrato, Microsoft, a su entera discreción, debe reconocer a la Institución como una empresa académica legítima cuyo objetivo principal es proporcionar o administrar servicios educativos a los Usuarios finales.
1. Definiciones. En este Contrato son de aplicación las siguientes definiciones:
a. Se entiende por "Publicidad" cualquier publicidad de productos o servicios de terceros incluidos, sin limitación, publicidad gráfica, como pancartas, anuncios de solo texto y anuncios de audio o vídeo.
b. Se entiende por "Ex alumno" a un estudiante graduado de la Institución o a un estudiante que no se ha inscrito ni ha participado activamente en ninguna clase durante el año anterior.
c. Se entiende por "Credenciales" cualquier mecanismo, como un certificado, id. de usuario o contraseña, que Microsoft pone a disposición de la Institución con el propósito de permitir a la Institución agregar, modificar o eliminar los Windows Live ID de los Usuarios finales y todos los atributos asociados con arreglo a este Contrato.
d. Se entiende por "Usuario final" cualquier ex alumno, estudiante, candidato, personal docente, miembro de la plantilla u otra persona asociada a la Institución que esté autorizada por la Institución para tener acceso y utilizar el servicio básico Live@edu y para quien la Institución haya creado un Windows Live ID conforme a las condiciones de este Contrato.
e. "ILM" es la abreviatura del software Administrador de Ciclos de Vida de Identidades (Identity Life Cycle Manager) de Microsoft.
f. Se entiende por "Servicio básico Live@edu" los Windows Live ID proporcionados por la institución y los servicios contemplados en el Apéndice A de este Contrato, que puede ser enmendado periódicamente a la entera discreción de Microsoft, de acuerdo con la Sección
10.e a continuación.
g. Se entiende por "Incidente grave" un problema con un sistema, red, servidor o aplicación esencial bajo el control directo y exclusivo de Microsoft que impida o retrase injustificadamente el uso del Servicio básico Live@edu por parte de la mayoría de los Usuarios finales durante más de quince (15) minutos seguidos.
h. Se entiende por "Servicios para el consumidor de Microsoft" cualquier servicio basado en Internet o un cliente, o un sitio web que Microsoft generalmente pone a disposición de los consumidores sin aplicar ningún cargo y cuya denominación de marca comercial es o contiene “Windows Live”, “MSN”, “Office Live” o posteriores marcas comerciales y que requiere autenticación a través del Directorio de Windows Live ID. El Servicio básico Live@edu no está incluido en los Servicios para el consumidor de Microsoft.
i. Se entiende por "Servicios de Microsoft" tanto el Servicio básico Live@edu como los Servicios para el consumidor de Microsoft.
j. Se entiende por "Plan de servicios organizativos" el plan de servicios bajo el que se proporciona el Servicio básico Live@edu a la Institución de acuerdo con los términos y con sujeción a las condiciones de este Contrato.
k. Se entiende por "Contraseña" la contraseña asociada al Windows Live ID de un usuario final.
l. Se entiende por "Estudiante" cualquier persona matriculada como estudiante en la Institución.
m. Se entiende por "TOU" las condiciones de uso que Microsoft establece con los Usuarios finales que rigen el uso de los Servicios para el consumidor de Microsoft, y que Microsoft puede actualizar periódicamente.
n. Se entiende por "Dominio de la Institución" uno o varios nombres de dominio de nivel superior propiedad de la Institución y controlados por ésta.
o. Se entiende por "Windows Live ID" el conjunto de credenciales, así como el perfil de cuenta asociado, que un Usuario final puede usar para tener acceso a los Servicios de Microsoft autenticándose a través del servicio de Directorio de Windows Live ID.
p. Se entiende por "Directorio de Windows Live ID" el servicio de autenticación e identificación de inicio de sesión único de Windows Live ID (anteriormente denominado Passport), incluidas todas las actualizaciones o versiones futuras, que tiene como finalidad, entre otro usos, autenticar a los usuarios de los Servicios de Microsoft.
2. Implementación de Servicios de Microsoft.
a. Servicio de correo electrónico
i. Descripción. Microsoft proporcionará a la Institución en beneficio de sus Usuarios finales un servicio de correo electrónico administrado con el Dominio de la Institución, el cual incluye la versión entonces vigente del servicio de correo electrónico gratuito basado en Internet hospedado, administrado y comercializado por Microsoft y con la marca "Outlook Live" (o la marca sucesora) y que proporciona Microsoft a la Institución de acuerdo con el Plan de servicios organizativos Live@edu (el "Servicio de correo electrónico").
ii. Correo no deseado y software malintencionado. La Institución reconoce y acepta que Microsoft puede filtrar el correo electrónico no deseado u otro software malintencionado en el Servicio de correo electrónico.
iii. Suspensión y terminación de las cuentas de correo electrónico. La Institución y Microsoft reconocen y acuerdan que cualquiera de las partes puede suspender o interrumpir la prestación del Servicio básico Live@edu a cualquier Usuario final, con la salvedad de que Microsoft podrá hacerlo únicamente si cree razonablemente que el Usuario final se ha visto involucrado en alguna de las acciones siguientes:
1. ha mantenido, facilitado o promovido una conducta ilegal;
2. ha utilizado los Servicios de Microsoft de un modo perjudicial para Microsoft, los anunciantes, filiales, revendedores, distribuidores y/o proveedores de Microsoft o para cualquier cliente de los anunciantes, filiales, revendedores, distribuidores y/o proveedores de Microsoft;
3. ha utilizado parte de los Servicios de Microsoft como destino vinculado desde mensajes masivos no solicitados o mensajes comerciales no solicitados ("correo no deseado");
4. ha utilizado algún proceso o servicio automatizado para tener acceso y/o usar los Servicios de Microsoft (como un robot, spider, almacenamiento periódico en caché de información almacenada por Microsoft o meta- búsquedas);
5. ha utilizado algún medio no autorizado para modificar o reenrutar, o intentar modificar o reenrutar, los Servicios de Microsoft;
6. ha dañado, deshabilitado, sobrecargado o deteriorado los Servicios de Microsoft (o las redes conectadas a los Servicios de Microsoft) o ha interferido en el uso y disfrute de los Servicios de Microsoft por parte de alguna persona; o
7. ha revendido o redistribuido los Servicios de Microsoft o alguna parte de los Servicios de Microsoft.
b. Herramientas de implementación. Microsoft pondrá a disposición de la Institución sin costo alguno al menos dos herramientas que permitan proporcionar y administrar los Windows Live ID para los Usuarios finales de conformidad con este Contrato: (a) un kit de desarrollo de software ("SDK") y (b) un agente de administración ("Agente de Administración WLID"). Cada herramienta ("Herramienta de implementación") se puede usar independientemente de la otra para proporcionar y administrar cuentas de Usuario final, si bien el Agente de Administración WLID requiere ILM, lo que podrá adquirir la Institución por separado si así lo decide, con el fin de proporcionar y administrar cuentas. El SDK no requiere ILM.
c. Publicidad y advertencia especial para los estudiantes.
i. Entre las partes, Microsoft tendrá el derecho único y exclusivo a vender y exhibir publicidad en los Servicios de Microsoft. Dicha publicidad será desarrollada, vendida y exhibida a discreción de Microsoft. Sin limitar la generalidad de lo anterior, la Institución reconoce y acepta que Microsoft puede mostrar publicidad en los Servicios de Microsoft destinados al Dominio de la Institución, en su totalidad o en parte.
ii. Sin perjuicio de lo establecido en la Sección 2.c.i, Microsoft acuerda no mostrar Publicidad que promocione servicios o productos de terceros en la interfaz web del
Servicio de correo electrónico para estudiantes, quedando entendido, no obstante, que Microsoft se reserva el derecho a mostrar información perteneciente a los servicios y productos de Microsoft en la interfaz web del Servicio de correo electrónico para estudiantes. Dicha información puede incluir, pero no está limitada a, sugerencias acerca del uso de los Servicios de Microsoft. La Institución reconoce y acepta que Microsoft puede mostrar Publicidad en la interfaz web del Servicio de correo electrónico para todos los demás Usuarios finales que no sean Estudiantes.
iii. La Institución acepta que Microsoft tendrá derecho a enviar correo electrónico y otro tipo de correspondencia electrónica a los Usuarios finales en relación con los Servicios básicos Live@edu y otros Servicios para el consumidor de Microsoft según lo permita la legislación vigente, y que Microsoft puede solicitar permiso a los Usuarios finales para enviarles correspondencia por correo electrónico de acuerdo con la legislación vigente.
i. Servicio básico Live@edu. El Servicio básico Live@edu se ofrece a la Institución para su propio uso y para el de un número limitado de Usuarios finales asociados a la Institución. La Institución no revenderá el Servicio básico Live@edu ni ofrecerá de algún otro modo el Servicio básico Live@edu al público. La Institución reconoce y acepta que este Contrato constituye el único acuerdo entre Microsoft y la Institución con respecto al Servicio básico Live@edu. La institución reconoce y acepta que el uso del Servicio básico Live@edu por cada uno de los Usuarios finales se realiza de acuerdo con los términos y está sujeto a los términos, condiciones, directivas de privacidad y directivas de usuario aceptables entre el Usuario final y la Institución, quedando entendido, no obstante, que la Institución no intentará autorizar o permitir ninguna actividad que entre en conflicto con los términos y condiciones de este Contrato. Si los datos personales sujetos a la legislación de un estado miembro del Área Económica Europea se procesan a través de los Servicios básicos Live@edu, Microsoft actuará de manera exclusiva como procesador de los datos de la Institución (según la definición del término en la Directiva 95/46/EC del Parlamento Europeo y del Consejo del 24 de octubre de 1995 sobre la protección de los individuos con respecto al procesamiento de los datos personales y sobre el libre movimiento de dichos datos).
ii. Servicios para el consumidor de Microsoft. Los Usuarios finales que utilicen los Servicios para el consumidor de Microsoft estarán sujetos a los TOU aplicables, incluida la directiva de privacidad de Microsoft. La Institución reconoce y acuerda que se pedirá a cada Usuario final que acepte los TOU para los Servicios para el consumidor de Microsoft antes de que dicho Usuario pueda utilizar los Servicios para el consumidor de Microsoft y, con respecto al uso de los Servicios para el consumidor de Microsoft, prevalecen las condiciones de uso (TOU) de este contrato.
iii. Consentimiento de los padres o tutores. La Institución, y no Microsoft, obtendrá el consentimiento de los padres o tutores para el uso del Servicio básico Live@edu por parte del Usuario final antes de suministrar un Windows Live ID siempre que así lo requiera la legislación vigente. Si dicho consentimiento de los padres o tutores fuera retirado, la Institución se asegurará de que no se recopilará información personal de los Usuarios finales afectados mediante el uso de Windows Live ID, salvo que la ley vigente así lo permita.
iv. FERPA. Microsoft y la Institución acuerdan y comprenden que es posible que la Institución divulgue información de identificación personal de los registros educativos, con sujeción a la Ley de privacidad de derechos educativos de la familia con fecha de 1974, según enmienda (20 U.S.C. § 1232g) y sus normativas de implementación promulgadas por el Departamento de Educación de Estados Unidos ("FERPA"), dado que es posible que Microsoft deba proporcionar servicios a tenor del presente Contrato y por el mismo acepta los términos y las condiciones expuestas en el Anexo B del este Contrato en lo relativo a tal información y a las respectivas obligaciones de Microsoft y la Institución según el FERPA.
e. Soporte técnico.
i. Microsoft proporcionará a los Usuarios finales el mismo nivel de servicio de atención al cliente con respecto a los Servicios de Microsoft que el proporcionado en ese momento a otros usuarios finales comerciales de los Servicios para el
consumidor de Microsoft a través del sitio web ubicado en xxxx://xxxxxxx.xxxx.xxx o una dirección URL posterior según la determine Microsoft. Sin perjuicio de lo anterior, la Institución reconoce y acuerda que proporcionará asistencia técnica de primera línea a sus Usuarios finales para el Servicio de correo electrónico.
ii. Microsoft proporcionará una oferta de soporte técnico gratuito a la Institución y se reserva el derecho de modificarla periódicamente. Además de la oferta de soporte técnico gratuito, Microsoft se reserva el derecho a agregar una oferta de pago de soporte técnico premium para la Institución en un futuro.
iii. En caso de Incidente grave, Microsoft iniciará inmediatamente las acciones razonables y continuará proporcionándolas con el fin de limitar la duración y alcance de cualquier Incidente grave, además hará todo lo comercialmente posible para restaurar el acceso al Servicio básico Live@edu y la funcionalidad del mismo tan pronto como sea razonablemente posible después de tener conocimiento de dicho incidente.
3. Obligaciones de la Institución.
d. Diferencias entre cuentas de correo electrónico de Estudiantes y Ex alumnos. La Institución actualizará periódicamente, y nunca con una frecuencia menor a la semestral, los atributos de todos los Windows Live ID que haya creado en virtud de este Contrato, con el fin de indicar de manera precisa qué Windows Live ID están asociados a estudiantes, personal docente, miembros de la plantilla, ex alumnos y otros usuarios.
e. Dominios de la Institución. La Institución es responsable de manera exclusiva de que, mientras el Contrato esté vigente, la Institución posea todos los derechos sobre y para los Dominios de la Institución que sean necesarios para permitir que ésta tenga el derecho exclusivo a utilizar los Dominios de la Institución en conexión con el Servicio básico Live@edu tal como se establece en el presente. La Institución será responsable de todas las reclamaciones de derechos realizadas por terceros, o de cualquier infracción de derechos relacionados con los Dominios de la Institución.
f. Seguridad de las contraseñas. Cada parte protegerá sus Contraseñas de Usuario final de la misma forma en que protege su propia información confidencial. Además de los requisitos de seguridad establecidos en el Contrato, la Institución cumplirá con la siguiente política relacionada con el acceso de la Institución a las Contraseñas:
i. Las Contraseñas no se pueden utilizar, copiar, reproducir, almacenar en caché, almacenar o revelar a nadie que no sea el titular comprobado de la cuenta. La Institución acuerda destruir todas las Contraseñas después de su comunicación.
ii. Con el fin de prohibir el acceso no autorizado a las Contraseñas, el acceso a las herramientas de soporte aplicables se debería limitar a aquellos empleados de la Institución directamente responsables de proporcionar soporte a Usuarios finales para el Servicio básico Live@edu y/o Contraseñas de acuerdo con el Contrato.
g. Actualizaciones. La Institución permanecerá al día e instalará puntualmente todas las actualizaciones proporcionadas por Microsoft en relación con este Contrato, incluidas, entre otras, todas las revisiones de seguridad, revisiones, actualizaciones de claves de cifrado y actualizaciones de Credenciales aplicables (de manera colectiva, "Actualizaciones relacionadas con el servicio") cuando así lo indique Microsoft. La Institución reconoce y acepta que es posible que no pueda continuar proporcionando a los Usuarios finales acceso al Servicio básico Live@edu si no se instalan puntualmente las Actualizaciones relacionadas con el servicio de Microsoft.
h. Idoneidad y cumplimiento. La Institución es la única responsable de determinar la idoneidad del Servicio básico Live@edu para los fines de la Institución, y con respecto al cumplimiento de todos los requisitos legales, reglamentarios y/o de otra índole aplicables a la Institución. MICROSOFT Y SUS PROVEEDORES NO REALIZAN NINGUNA MANIFESTACIÓN O GARANTÍA RESPECTO A LA IDONEIDAD DEL SERVICIO BÁSICO LIVE@EDU PARA SATISFACER LOS OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN, NI RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES REGLAMENTARIOS Y/O DE OTRA ÍNDOLE APLICABLES A LA INSTITUCIÓN RESPECTO AL SERVICIO BÁSICO LIVE@EDU, SALVO QUE SE ESPECIFIQUE LO CONTRARIO EN EL PRESENTE DOCUMENTO. La Institución no ampliará ninguna garantía ni incurrirá en obligaciones en nombre de Microsoft de cara a los Usuarios finales o a cualquier otro tercero.
Privacidad, seguridad y uso adverso.
. Recopilación independiente de datos de Usuario final. Salvo en lo que respecta a los datos proporcionados a Microsoft con la finalidad de proporcionar el Servicio básico Live@edu, en virtud de este Contrato no se requiere que una parte proporcione a la otra información personal de Usuario final. Sin embargo, nada en este Contrato restringe la capacidad de ambas partes para recopilar, guardar y utilizar cualquier dato que cada parte obtenga de manera independiente de un Usuario final de acuerdo con la propia declaración de privacidad de dicha parte y la legislación vigente. Además, Microsoft puede recopilar, utilizar o revelar estadísticas globales de suscripciones de Usuario final derivadas de información de Usuario final con respecto a un Servicio de Microsoft en la medida en que dichas revelaciones no identifiquen a Usuarios finales individuales de manera personal ni divulguen datos a partir de los cuales se pueda determinar de manera razonable la identidad de un Usuario final individual.
i. Seguridad. La Institución utilizará cualquier información asociada con los Windows Live ID que ponga a disposición de los Usuarios finales en virtud de este Contrato, incluidas sin limitación las Contraseñas y los identificadores únicos de Windows Live ID (“Información”), exclusivamente con el fin de administrar sus cuentas de Usuario final autorizadas en la medida que lo permita este Contrato. La divulgación de las Credenciales o la Información a un individuo no autorizado podría poner en riesgo los Servicios de Microsoft, incluidas las direcciones de correo electrónico del Usuario final, Contraseñas y el contenido del correo electrónico del Usuario final dentro del Servicio de correo electrónico. Microsoft no es responsable de ninguna pérdida que se pudiera producir como resultado de cualquier uso no autorizado de los Servicios de Microsoft. La Institución tomará medidas de seguridad razonables desde el punto de vista comercial y otras medidas para proteger la Información y las Credenciales del acceso no autorizado, uso, divulgación, alteración y destrucción. Dichas medidas de seguridad incluirán controles de autenticación, controles físicos u otros medios de acuerdo con la política de seguridad de información de la Institución, que la Institución acuerda proporcionar a Microsoft cuando se le solicite con base razonable. Si Microsoft solicita razonablemente que la Institución emplee requerimientos o procedimientos de seguridad adicionales, las partes negociarán los términos de dicha implementación de buena fe. La Institución informará inmediatamente a Microsoft acerca de cualquier infracción de seguridad, de acuerdo con este Contrato, que esté relacionada con la Información, y las Partes determinarán de mutuo acuerdo los pasos apropiados para (i) paliar inmediatamente cualquier amenaza continuada contra la privacidad o seguridad de los Usuarios finales de la Institución; y (ii) evitar futuras amenazas previsibles contra la seguridad y privacidad de Microsoft, o los Usuarios finales de la Institución. Además de todos los requisitos de implementación contenidos en la documentación aplicable, la Institución implementará todas las medidas de seguridad relacionadas con su uso del Servicio básico Live@edu que cumplan o superen los siguientes estándares:
ii. El acceso a los servidores utilizados por la Institución en relación con su implementación del Servicio básico Live@edu estará protegido mediante mecanismos de control de acceso razonables desde el punto de vista comercial y estará limitado a un conjunto designado de contratistas o empleados de la Institución que posean obligaciones de confidencialidad con la Institución;
iii. Se instalará una clave de cifrado u otras credenciales en los servidores utilizados por la Institución en relación con su implementación del Servicio básico Live@edu y, a continuación, serán puntualmente destruidas o bloqueadas en una zona de acceso restringido de manera razonablemente calculada para impedir la divulgación de la clave de cifrado siempre que no sea necesaria para la implementación continuada del Servicio Live@edu de acuerdo con este Contrato;
iv. La Institución utilizará protocolos criptográficos razonables desde el punto de vista comercial para proteger la información que se envía por Internet; y
v. La Institución permanecerá al día e instalará todas las actualizaciones relacionadas con servicios de proveedores, incluidas, entre otras, las actualizaciones de seguridad, actualizaciones de protocolos y revisiones.
a. Ningún uso adverso o ilegal. La Institución no proporcionará el Servicio básico Live@edu a Usuarios finales en conexión con la entrega, licencia, venta o transmisión de la Institución
de cualquier servicio o producto ilegal, difamatorio o vulnerador. La Institución no utilizará el Servicio básico Live@edu ni lo ofrecerá a Usuarios finales de ninguna manera que amenace la integridad, rendimiento o disponibilidad de los Servicios de Microsoft.
b. Divulgación de información personal. Con el fin de hacer funcionar y proporcionar los Servicios de Microsoft, Microsoft puede recopilar información personal de los Usuarios finales. Microsoft puede tener acceso o divulgar la información de la Institución o de los Usuarios finales, incluido el contenido de las comunicaciones de los Usuarios finales, para:
(a) cumplir la legislación o responder a requerimientos o procesos legales; (b) proteger los derechos o la propiedad de Microsoft o los clientes de Microsoft, incluido el cumplimiento de los acuerdos o directivas de Microsoft que rigen el uso de los Servicios de Microsoft; o (c) actuar ante la creencia de buena fe de que ese acceso o divulgación es necesario para proteger la seguridad personal de los empleados, los clientes o el público de Microsoft.
c. Medidas de seguridad. Microsoft conserva el derecho de bloquear o impedir de algún otro modo el envío de cualquier tipo de correo electrónico u otra comunicación a o desde los Servicios de Microsoft en un esfuerzo por proteger sus servicios, proteger a los clientes de Microsoft o impedir que la Institución (en sí misma o a través de sus Usuarios finales) incumpla las condiciones de este Contrato. La tecnología u otro medio utilizado por Microsoft podría entorpecer o impedir el uso de los Servicios de Microsoft por parte de la Institución o de los Usuarios finales.
d. Recopilación de datos del servicio. Para proporcionar los Servicios de Microsoft, Microsoft puede recopilar determinada información sobre el rendimiento del servicio, los equipos de los usuarios y el uso del servicio. Microsoft puede cargar automáticamente esta información desde los equipos de la Institución o de los Usuarios finales.
e. Transferencia internacional de información personal. La información personal recopilada a través de los Servicios de Microsoft se puede almacenar y procesar en los Estados Unidos de América u otro país en el que Microsoft o sus filiales, subsidiarias o agentes dispongan de instalaciones. La Institución da su consentimiento, y obtendrá el consentimiento de todos los Usuarios finales, para este tipo de transferencia de información fuera del país en el que se recopila dicha información. Microsoft se atiene al acuerdo de "Safe Harbor" establecido por el Departamento de Comercio de EE.UU. con respecto a la recopilación, el uso y la retención de datos procedentes de la Unión Europea.
Propiedad. Microsoft y sus licenciatarias conservarán todos los derechos, títulos e intereses sobre o para los Servicios de Microsoft, las Herramientas de desarrollo y el resto de contenido, documentación, tecnología, software, materiales y servicios que Microsoft posee y pone a disposición de la Institución o cualquier Usuario final por parte de Microsoft para crear, administrar, modificar, almacenar, eliminar o autenticar los Windows Live ID de Usuarios finales y/o el acceso a los Servicios para el consumidor de Microsoft (en su conjunto, "Herramientas de Microsoft") de acuerdo con este Contrato, incluidas, entre otras, todas las Herramientas de Microsoft puestas a disposición de la Institución a través del sitio web actualmente ubicado en la dirección URL xxxx://xxxxxxx.xxxx.xxx o cualquier dirección URL posterior. La Institución, sus licenciatarias, los Usuarios finales o terceros conservarán todos los derechos, títulos e intereses sobre o para todo el contenido, tecnología, materiales y servicios entregados o reenviados a Microsoft por parte de la Institución en virtud de este Contrato.
Marcas comerciales. Si la Institución decide utilizar el servicio de personalización de marcas ofrecido por Microsoft, implica que la Institución otorga a Microsoft licencia gratuita de derechos de autor a escala mundial para utilizar las marcas registradas y logotipos que la Institución proporcione a Microsoft (“Marcas de la Institución”) con el fin de proporcionar a la Institución un Servicio básico Live@edu personalizado de la Institución y, si la Institución lo decide, Microsoft pondrá a su disposición otros Servicios para el consumidor de Microsoft personalizados, como la personalización de marcas. La Institución garantiza que las Marcas de la Institución proporcionadas son originales y no infringen ningún derecho de copyright, marca registrada u otro derecho de propiedad poseído por un tercero en cualquier país o región. La Institución también garantiza que no tiene conocimiento de ninguna reclamación relacionada con las Marcas de la Institución en ningún país.
La Institución acuerda indemnizar a Microsoft por las reclamaciones de terceros que resulten en algún incumplimiento de garantías de las Marcas de la Institución y por las reclamaciones que determinen que el uso por parte de Microsoft de las Marcas de la Institución infringe los derechos de terceros en cualquier país o
región. Microsoft tiene derecho a suspender o cancelar el uso que la Institución hace del servicio de personalización de marcas si la Institución infringe cualquier parte de esta sección.
Notas de prensa. Ninguna de las partes emitirá notas de prensa relacionadas con este Contrato sin la previa aprobación por escrito de la otra parte.
Renuncia al otorgamiento de garantías. A MENOS QUE SE ESTABLEZCA DE MANERA EXPRESA EN ESTE CONTRATO, MICROSOFT Y SUS PROVEEDORES PROPORCIONAN TODA LA INFORMACIÓN, MATERIALES, SOFTWARE O SERVICIOS (DE MANERA COLECTIVA, “PRODUCTOS DE MICROSOFT”) “TAL CUAL” Y MICROSOFT Y SUS PROVEEDORES RENUNCIAN DE MANERA EXPRESA AL OTORGAMIENTO DE TODA GARANTÍA, SEA IMPLÍCITA O REGLAMENTARIA, RESPECTO A LOS PRODUCTOS DE MICROSOFT, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, TODAS LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN DETERMINADO FIN, TITULARIDAD Y AUSENCIA DE INFRACCIÓN, O LOS RESULTADOS QUE OBTENDRÁ LA INSTITUCIÓN Y LOS USUARIOS FINALES EN RELACIÓN CON EL USO DEL SERVICIO BÁSICO LIVE@EDU.
Limitación de responsabilidad. EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY VIGENTE, EN NINGÚN CASO MICROSOFT O SUS PROVEEDORES SERÁN RESPONSABLES DE NINGÚN DAÑO PUNITIVO, ESPECIAL, INCIDENTAL, INDIRECTO, CONSECUENTE O DE CUALQUIER OTRO TIPO (INCLUIDOS, ENTRE OTROS, LOS DAÑOS POR LUCRO CESANTE, INTERRUPCIÓN DE NEGOCIOS, PÉRDIDA DE INFORMACIÓN COMERCIAL U OTRA PÉRDIDA PECUNIARIA) QUE PUDIERA SURGIR DEL USO O IMPOSIBILIDAD DE USO DEL SERVICIO DE MICROSOFT, INCLUSO SI SE HUBIERA INFORMADO A MICROSOFT DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS O SI ALGÚN RECURSO NO LOGRARA SU OBJETIVO ESENCIAL. LA MÁXIMA RESPONSABILIDAD TOTAL DE CUALQUIERA DE LAS PARTES RESPECTO A LA OTRA EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO POR CUALQUIER MOTIVO ESTARÁ LIMITADA A DIEZ MIL DÓLARES.
Duración, terminación y enmiendas.
. Duración. A menos que se produzca una terminación anticipada según se recoge en la Sección 10.b, este Contrato es efectivo desde la Fecha de entrada en vigor y expira transcurridos dos (2) años desde dicha fecha; entendiéndose que la Duración se renueva automáticamente en periodos adicionales de un (1) año, a menos que alguna de las partes notifique por escrito la terminación a la otra parte con al menos treinta (30) días de antelación a la finalización de la duración vigente en ese momento.
a. Terminación por conveniencia. La Institución puede terminar este Contrato por cualquier motivo mediante envío de aviso por escrito con treinta (30) días de antelación a Microsoft.
b. Terminación con causa. Cualquiera de las partes puede terminar inmediatamente o suspender este Contrato si la otra parte se encuentra en incumplimiento material de cualquier cláusula, condición, término, representación o garantía material de este Contrato y no subsana dicho incumplimiento dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación escrita.
c. Supervivencia, período de transición. En caso de terminación o expiración del Contrato por cualquier motivo, las Secciones 5 a 12 y todas las disposiciones de confidencialidad aplicables seguirán siendo de aplicación y la Institución cesará en el uso del Servicio básico Live@edu y devolverá a Microsoft todas las copias completas o parciales de software, documentación y materiales proporcionados por Microsoft en virtud de este Contrato para el Servicio básico Live@edu, a excepción, no obstante, de que la Institución conserve una copia con fines de archivo. Tras la expiración o terminación de este Contrato, Microsoft puede ofrecer a los Usuarios finales una cuenta de correo electrónico con alguno de los servicios de correo electrónico para clientes de Microsoft vigentes en ese momento (por ejemplo, Hotmail u Outlook Live) de acuerdo con los términos y condiciones estándar de Microsoft de dicho Servicio para los consumidores de Microsoft siempre que, no obstante, Microsoft no utilice ninguna de las direcciones o nombres de dominio de la Institución a la hora de administrar dichas cuentas, una vez migradas por Microsoft a un servicio de correo electrónico para clientes, tal y como se contempla en esta Sección 10.d.
d. Enmiendas. Microsoft, a su entera discreción, se reserva el derecho a realizar cambios en este Contrato periódicamente siempre y cuando, no obstante, Microsoft informe a la Institución de dichos cambios al menos con 30 días de antelación a la realización de cualquier cambio sustancial en este Contrato. Si la Institución no está de acuerdo con dichos cambios, Microsoft puede rescindir este Contrato. Si la Institución continúa utilizando el Servicio básico Live@edu una vez aplicados dichos cambios a este Contrato, el uso del
Servicio básico Live@edu por parte de la Institución se regirá por la versión corregida de este Contrato.
Confidencialidad.
. Información confidencial. Se entiende por Información confidencial la información marcada o identificada de otro modo por escrito por una de las partes como sujeta a derechos de propiedad o confidencial, o que, bajo las circunstancias subyacentes a la divulgación, se debería tratar de buena fe como sujeta a derechos de propiedad o confidencial. Incluye toda la información no pública relacionada con las promociones, planes, marketing, características o productos de cualquiera de las partes. Todas las versiones beta son confidenciales salvo en los casos que se indican más adelante. No se entenderá como información confidencial la información que: (i) el destinatario haya desarrollado de manera independiente; (ii) el destinatario conociera antes de recibirla; o (iii) está o pasa a estar disponible de manera pública o se recibe de otro origen, no siendo en ninguno de los casos por incumplimiento de una obligación de confidencialidad.
a. Uso de información confidencial. Durante un periodo de cinco (5) años después de la divulgación, ninguna parte utilizará la información confidencial de la otra sin su consentimiento por escrito salvo para respaldar esta relación empresarial, ni divulgará información confidencial de la otra parte salvo que sea (i) para obtener consejo de asesores legales o financieros, o (ii) si se requiere por ley, en cuyo caso la parte que revela hará cuanto esté en su mano para informar a la otra parte del requerimiento a fin de que la divulgación pueda ser contestada. Cada parte tomará precauciones razonables para salvaguardar la información confidencial de la otra. Dichas precauciones serán al menos iguales a las que toma cada parte para proteger su propia información confidencial o de naturaleza similar. Cada parte revelerá la información confidencial de la otra a sus empleados o consultores sólo en la medida en que sea necesario y sujeta a las obligaciones de confidencialidad aquí impuestas. Cuando la información confidencial ya no sea necesaria para llevar a cabo cualquier obligación en virtud de este contrato, cada parte la devolverá a la otra o la destruirá cuando ésta así se lo pida.
b. Comentarios. La Institución puede aportar sugerencias, comentarios u otras ideas a Microsoft respecto a la información confidencial de Microsoft o a los Servicios de Microsoft. Los comentarios son voluntarios y Microsoft no tiene la obligación de mantener su confidencialidad. Microsoft puede utilizar los comentarios con cualquier fin sin obligación de ninguna clase.
c. Cooperación en caso de divulgación. Cada parte informará inmediatamente a la otra si descubre cualquier uso o divulgación no autorizados de información confidencial y cooperará de forma razonable para ayudar a recuperar la posesión de la información confidencial e impedir más usos no autorizados.
Miscelánea.
. No oferta. Este Contrato no constituye una oferta por parte de Microsoft y no entrará en vigor hasta que haya sido aceptado por un representante autorizado de cada parte.
a. Afirmaciones y garantías. Cada parte afirma y garantiza lo siguiente: (i) que tiene plenos poderes y autoridad para suscribir este Contrato y para llevar a cabo las disposiciones del mismo, (ii) que está debidamente autorizada para aceptar este Contrato y para llevar a cabo las obligaciones estipuladas en el mismo, (iii) que este Contrato constituye una obligación válida y legal vinculante y ejecutable de acuerdo con sus términos, y (iv) que la aceptación y ejecución de este Contrato por su parte no entra en conflicto con ningún contrato en el que sea parte o por el que esté vinculada. Además, la Institución afirma y garantiza que ha obtenido todos los permisos legales a partir de consentimientos en nombre de padres o tutores de los Usuarios finales tal como se establece en la Sección 2.d.iii para que dichos Usuarios finales utilicen los Servicios de Microsoft como se contempla en este Contrato. Dicho permiso de consentimiento de participación autorizará específicamente a Microsoft, según se contempla en este Contrato, a proporcionar a los Usuarios finales acceso al Servicio básico Live@edu; a recopilar, utilizar y divulgar información personal de los Usuarios finales; y a recibir y enviar anuncios y materiales de marketing a Usuarios finales relacionados con los Servicios de Microsoft.
b. Asignación. Este Contrato no puede ser asignado por ninguna de las partes sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte, salvo que Microsoft asigne este Contrato a una entidad propiedad de Microsoft o bajo su control. Para los fines de esta Sección, el término “asignación” incluye cualquier cambio en la transacción de control, como una fusión o adquisición de fundamentalmente todos los bienes y acciones de una de las partes de este Contrato. Una asignación no eximirá a la parte que asigna de sus obligaciones estipuladas en este Contrato.
c. Divisibilidad. Si un tribunal de una jurisdicción competente considera que alguna disposición de este Contrato es ilegal, nula o no aplicable, el resto de las disposiciones seguirá teniendo pleno efecto y vigencia y las partes modificarán el Contrato para dar a la cláusula señalada la máxima amplitud posible.
d. No renuncia. Ninguna renuncia de reclamación por cualquier incumplimiento de este Contrato se considerará como renuncia de reclamación por cualquier otro incumplimiento, y ninguna renuncia de reclamación será efectiva a menos que se haga por escrito y sea firmada por un representante autorizado de la parte que renuncia.
e. Fuerza mayor. Si el cumplimiento del Contrato por cualquiera de las partes se ve impedido o retrasado, ya sea total o parcialmente, por razones que escapan al control de esa parte, entonces esa parte no será responsable, siempre y cuando reanude el cumplimiento tan pronto como sea posible después de que el motivo que impide o retrasa el cumplimiento deje de existir.
f. Jurisdicción y legislación vigente. Si la Institución está organizada o constituida en los Estados Unidos o Japón, este Contrato será interpretado y controlado por las leyes de la jurisdicción en que la Institución se haya organizado o constituido. En caso contrario, este Contrato será interpretado o controlado por las leyes del Estado xx Xxxxxxxxxx, teniendo exclusividad en la elección de reglamentos legales. Es más, si la Institución está organizada o constituida fuera de los Estados Unidos o Japón, la Institución i) consiente de manera irrevocable la jurisdicción y competencia exclusiva a los tribunales federales con sede en Xxxx County, Washington, a menos que no exista ninguna jurisdicción en la materia en el ámbito federal, en cuyo caso la Institución consiente en la competencia y jurisdicción exclusiva del Tribunal Superior xx Xxxx County, Washington; ii) la Institución renuncia a toda defensa basada en falta de jurisdicción personal o inconveniencia de los foros. El proceso puede ser iniciado por cualquiera de las partes de la forma autorizada por la ley de tribunales o legislación vigente.
g. Notificaciones. Las notificaciones relacionadas con este Contrato se deben enviar por correo postal, mensajería, facsímil o correo electrónico a los firmantes o, en el caso de la Institución, al administrador de TI de la institución que figure actualmente en los registros de Microsoft. Las notificaciones se considerarán entregadas en la fecha que muestre el recibo de entrega postal o de la empresa de mensajería, o la confirmación de entrega de facsímil o correo electrónico.
APÉNDICE A
SERVICIO BÁSICO LIVE@EDU:
El servicio de correo electrónico
ANEXO B
LEY DE PRIVACIDAD DE DERECHOS EDUCATIVOS DE LA FAMILIA (FERPA)
El presente Anexo describe los términos en virtud de los cuales la Institución deberá facilitar a Microsoft Corporation ("Microsoft") información sujeta a la Ley de privacidad de derechos educativos de la familia de 1974, tal como queda enmendada (20 U.S.C. § 1232g) y a sus normativas de implementación promulgadas por el Departamento de Educación de Estados Unidos ("FERPA") en lo relativo a los servicios que se facilitarán en virtud del presente Contrato.
1. Definiciones:
a. "Información de directorio" es la información en registros educativos que, en su generalidad, no se consideraría dañina o un atentado contra la privacidad si se divulgara, incluyendo,
entre otros, el nombre del estudiante; dirección; listado telefónico; dirección de correo electrónico; fotografía, fecha y lugar de nacimiento; especialidad académica; nivel de calificaciones; estado de la inscripción; fechas de asistencia; participación en actividades y deportes oficialmente reconocidos; peso y altura de los miembros de equipos deportivos; notas, menciones académicas y galardones recibidos; y la agencia educativa o institución a las que asistió más recientemente. La Información de directorio no incluye (a) número del documento de identidad del estudiante o cualquier tipo de identificación personal que se pudiera utilizar para obtener acceso a los registros sin un factor complementario de identificación de la identidad del usuario, como un número de identificación personal, contraseña u otro factor que únicamente supiera o poseyera el usuario autorizado, o (b) cualquier otro tipo de información que de otra forma se consideraría Información de directorio, pero que la Institución no la hubiera designado como tal de acuerdo a lo que se establece en la normativa del FERPA. Se adjunta al presente Anexo como Apéndice 1 una lista completa de la información que se expone en la subsección (b) anterior. La Información de directorio no incluye cualquier información que quede excluida del mismo por decisión del estudiante de no incluirla en tal designación de acuerdo al FERPA, para lo cual la Institución se lo notificará a Microsoft a tenor de la Sección 5 de más abajo.
b. "Divulgar" o "divulgación" es la acción de permitir el acceso, desvelar, transferir o comunicar por cualquier otro método los registros educativos o la información de identificación personal en dichos registros educativos, a través de cualquier método, incluso, el oral, escrito o electrónico a un tercero.
c. "Registros educativos" son los registros directamente asociados a un estudiante y los conserva la Institución o para la Institución; se incluyen los registros escritos a mano, a máquina, en soportes informáticos, en cintas de vídeo o audio, en película, microfilm y en microfichas. Los registros educativos no incluyen los registros creados o recibidos por parte de la Institución una vez que una persona deja de asistir como estudiante y que no estén directamente asociados con la asistencia de la persona como estudiante.
d. "Información de identificación personal" es, únicamente a los efectos del presente Anexo: el nombre del estudiante; el nombre de los padres del estudiante o de otros miembros de la familia; la dirección del estudiante o de la familia del estudiante; un identificador personal, como el número del documento de identidad del estudiante, número académico o registro biométrico; otros identificadores indirectos, como la fecha de nacimiento del estudiante, el lugar de nacimiento y el nombre de soltera de su madre; otra información que por sí sola o en combinación está vinculada o se podría vincular a un estudiante en particular y que hiciera posible que una persona razonable que perteneciera a la comunidad académica, y que no tuviera conocimiento de las circunstancias relevantes, pudiera identificar al estudiante con un convencimiento aceptable; o información que solicitase una persona cuya Institución -o un tercero que actúe en nombre de la Institución- creyera conocer con bastante certeza la identidad del estudiante cuya información se solicita.
2. La Institución Manifiesta y garantiza que cumple los requisitos del FERPA relativos a la facilitación a Microsoft de información de identificación personal en virtud del presente Contrato.
3. De acuerdo a la normativa del FERPA que permite que una agencia o institución educativas divulguen, sin el consentimiento previo de un estudiante (o, en lo que respecta a estudiantes menores de 18 años y que no asistan a una institución de postsecundaria o los padres de un estudiante), información de identificación personal de registros educativos a un tercero al que la agencia o institución subcontrató servicios o funciones, la Institución deberá desvelar a Microsoft tal información de los registros educativos tal como sea necesario con el fin de que Microsoft proporcione los servicios a tenor del Contrato. La Institución deberá informar a sus estudiantes de su política respecto a tal divulgación en su notificación anual sobre los derechos del FERPA. La Institución proporcionará una notificación anual sobre los derechos del FERPA de acuerdo a 34
C.F.R. § 99.7.
4. La Institución proporcionará a Microsoft, tras solicitud razonable por parte de Microsoft, copias de todas las directivas y notificaciones que se hayan distribuido a los estudiantes (o, en lo que respecta a estudiantes menores de 18 años y que no asistan a una institución de postsecundaria o los padres de un estudiante), en lo referente a la subcontratación por parte de la Institución de servicios y funciones institucionales y cualquier otro tipo de información de esta índole que Microsoft pudiera solicitar razonablemente para cumplir sus obligaciones a tenor de este Anexo.
5. La Institución deberá cumplir los requisitos del FERPA en lo relativo a la designación de tal información como información de directorio y los que permitan a los estudiantes rehusar la totalidad o parte de dicha designación. En todo momento, la Institución informará por escrito a Microsoft acerca de cualquier estudiante que haya rehusado parcial o totalmente cualquier designación de información de directorio.
6. Microsoft no utilizará o permitirá el acceso a información de identificación personal de registros educativos, salvo si se trata de información de directorio, a excepción de que sea en conexión con los servicios que se vayan a proporcionar en virtud del Contrato o según indique la Institución de alguna otra forma. Sin perjuicio de lo anterior:
a. Microsoft podrá divulgar información de identificación personal de registros académicos que obren en su poder con motivo de una emergencia si Microsoft determina de forma razonable que el conocimiento de la información es necesario para proteger la salud o seguridad de un estudiante u otras personas. Para llegar a tal determinación, Microsoft deberá tener en cuenta la totalidad de las circunstancias relativas a una amenaza a la salud o seguridad de un estudiante u otra persona.
b. Tras la recepción de una orden judicial o una citación emitida legalmente que solicite la divulgación de información de identificación personal de registros educativos en su posesión, Microsoft deberá desvelar tal información de acuerdo a la orden o citación; siempre que, a no ser que se prohíba de cualquier otra forma por la legislación vigente, Microsoft en primer lugar haga todo lo posible para informar al estudiante (o, en lo que respecta a estudiantes menores de 18 años y que no asistan a una institución de postsecundaria o los padres de un estudiante) acerca de dicha orden o citación de forma que la persona a la que se refiere pueda conseguir medidas de protección antes de la divulgación.
Apéndice 1
Ninguno.
Condiciones de uso de Microsoft Live@edu (organización)