CERTIFICADO DE SEGURO
CERTIFICADO DE SEGURO
Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros S.A en adelante denominada Rímac Seguros en virtud de la solicitud de seguro presentada por el Banco Internacional del Perú S.A, en adelante denominada El Banco, la cual se considera la base de esta póliza y parte integrante de la misma, conviene en asegurar el riesgo conforme se describe en esta constancia, en los términos y condiciones de la Póliza Matriz.
Póliza Matriz 734232
Contratante : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.
RUC 20100053455
Dirección : Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx 000, Xx Xxxxxxxx. Xxxx
Teléfono / Fax : 000-0000
Asegurado :
Domicilio :
Relación con el Contratante : Crediticia
Descripción del Interés Asegurado : Descripción del Vehículo
Marca :
Modelo :
Año de Fabricación :
N° Placa :
N° de Motor :
Suma Asegurada (*) :
Beneficiario : Banco Internacional del Perú S.A
Relación con el asegurado : Financiera
(*) Valor Comercial Referencial en US$ XX,XXX al XX/XX/202X
Fecha de Inicio: La cobertura del seguro se inicia al momento del desembolso del crédito y se mantendrá vigente hasta el cumplimiento de las obligaciones contraídas con el Banco en referencia al crédito vehicular del presente certificado.
Forma de Pago : Según lo acordado con el Banco
Importe de la Prima : Según cronograma entregado por el Banco Coberturas: (solo vehículos de Uso Particular)
Daño Propio Valor a Nuevo 01 año
Demás años valor comercial
Choque, vuelco, incendio, robo parcial y total, Valor a Nuevo 01 año
Riesgos políticos y de la naturaleza. Demás años valor comercial
Responsabilidad Civil Frente a Terceros Hasta US$ 150,000.00
Responsabilidad Civil de Ocupantes (***) Hasta US$ 50,000.00
(No aplica Van / Combi / Pick Up 2 Ocupantes.)
Accidentes Personales de Ocupantes (***)
Muerte e invalidez permanente de 4 ocupantes. Hasta US$ 20,000.00
Van / Combi / Pick Up 2 Ocupantes.
En Pick Up la suma asegurada se reduce al 50% (solo aplica a uso particular)
Gastos de Curación por 4 ocupantes. Hasta US$ 4,000.00
Van / Combi / Pick Up 2 Ocupantes.
En Pick Up la suma asegurada se reduce al 50% (solo aplica a uso particular)
Gastos funerarios de 4 ocupantes. Hasta US$ 1,000.00
Van / Combi / Pick Up 2 Ocupantes.
En Pick Up la suma asegurada se reduce al 50% (solo aplica a uso particular)
Accesorios Musicales Hasta US$ 1,000.00
(***) Las coberturas de Responsabilidad Civil de pasajeros y Accidentes Personales de Ocupantes son según el número de asientos que señale la tarjeta de propiedad.
Categoría I
Autos y camionetas sw, 4x2 y 4x4 de bajo riesgo, (Uso particular)
Categoría II
Autos y camionetas SW mayores a US$ 50,000.00 (Uso particular)
Categoría III
Camionetas Rurales / SUV 4x4 y 4x2 de Alto riesgo y mayores a US$ 50,000.00 (Uso particular) (*)
Categoría IV
Camionetas PICK UP 4x2 y 4x4 (Uso particular) (*)
Categoría V
Toyota Yaris, Toyota Corolla, Mazda 3, Subaru Impreza,Nissan Sentra, (Uso particular) (*)
Categoría VI
Autos y Camionetas Station Wagon, Rurales / SUV 4x2 y 4x4 procedencia Chinas e Hindú (Uso particular)
Categoría VII
Hyundai H1 (*)
Coberturas Adicionales:
CLAUSULAS OBLIGATORIAS | OBSERVACIONES | |
ALO001 | Auxilio Mecánico | No aplica en provincia |
CGC000 | Condiciones generales de contratación | |
GEN004 | Defensa del Asegurado | |
GEN006 | Condición especial por fallas en el reconocimiento electrónico de fechas | |
VEG001 | Condiciones generales del seguro vehicular |
VEH004 | Condiciones especiales de Responsabilidad Civil frente a ocupantes | No se otorga a vehículos Pick Up, Van / Panel |
VEH006 | Accidentes personales para ocupantes | |
VEH009 | Accesorios Musicales |
VEH010 | Riesgos políticos | |
VEH017 | Lunas | |
VEH018 | Repuestos | |
VEH019 | Restitución automática de la suma asegurada | |
VEH020 | Cobertura Automática de nuevas unidades por 30 días | |
VEH038 | Equipo musical máscara desmontable | |
VEH043 | Vías no Autorizadas | |
VEH068 | Vehículo de reemplazo 15 choque 30 robo total | No aplica en provincia |
VEH075 | Cláusula de garantía - Sistema remoto de rastreo vehicular | Para categorías II, III y V. Aplica en las siguientes provincias (*) |
VEH078 | Valor Pactado | 2 años de antigüedad, excepto categoría III |
VEH218 | Chofer de Reemplazo sin cobro 3 veces al año | No aplica en provincia |
VEH200 | Riesgos de la naturaleza | |
VEH222 | Conductor menor a 25 años | |
VEH231 | Sistema Speed | |
VEH238 | Cláusula de instalación de Sistema Remoto de rastreo en vehículos de alto riesgo nuevos 0 km | Para categorías II, III y V. Aplica en las siguientes provincias (*) |
VEHA20 | Relación Talleres Multimarca | |
VEHA21 | Relación de Talleres Concesionarios Interbank |
(*) Nota: Instalación obligatoria de Sistema Remoto de rastreo en las siguientes provincias:
Lima, Ica, Arequipa, Piura, Chiclayo, Trujillo, Cajamarca, Huaraz, Puno, Huancayo, Cuzco.
Categoría III: Pick Up (alto riesgo): Para la cobertura de Robo Total, obligatorio instalación de Sistema Remoto de rastreo vehicular en todas las provincias.
Categoría II y V: Para la cobertura de Robo Total, obligatorio instalación de Sistema Remoto de rastreo vehicular en las provincias (Lima, Ica, Arequipa, Piura, Chiclayo, Trujillo, Cajamarca, Huaraz, Puno, Huancayo, Cuzco), de entregarse el vehículo en
otra provincia a las no señaladas, se aplicará un Coaseguro 70/30 para la cobertura de Robo Total.
DEDUCIBLES POR EVENTO (No incluyen IGV) LIMA
Categoría I
• 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 en Talleres afiliados.
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres de preferenciales.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional)
• Pérdida total, sin deducible a excepción de la aplicación de la clausula de ausencia de control.
• Vehículo de reemplazo: US$ 100
Deducible VW Gol, VW Golf, VW Bora, NISSAN Tiida
• 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 más I.G.V. en Talleres afiliados para todo y cada evento incluyendo pérdida total.
• 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 300 más I.G.V. en Talleres
• preferenciales para todo y cada evento incluyendo pérdida total.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Vehículos de reemplazo: US$ 100 más I.G.V.
Categoría II
• 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 en Talleres Afiliados.
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres Preferenciales.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Pérdida total, sin deducible a excepción de la aplicación de la clausula de ausencia de control.
• Vehículo de reemplazo: US$ 100
• Obligatorio instalación de GPS para cobertura de Robo Total, para Autos y Camionetas Station Wagon mayores a US$ 50,000.00
Categoría III
• 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 en Talleres Afiliados.
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres Preferenciales.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Pérdida total, sin deducible a excepción de la aplicación de la clausula de ausencia de control.
• Vehículo de reemplazo: US$ 100
• Obligatorio instalación de GPS para cobertura de Robo Total, aplican a nuevas y hasta 3 años de antigüedad y para Camionetas Rurales / SUV 4x2 y 4x mientras el valor sea superior a US$ 50,000.00
Categoría IV
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 en Talleres Afiliados.
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres Preferenciales.
• 20% del monto indemnizable para Perdida Total, Volcadura y Despiste.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx, sin deducible (Sólo vidrio nacional).
• Pérdida total, sin deducible a excepción de la aplicación de la clausula de ausencia de control.
• Obligatorio instalación de GPS para cobertura de Robo Total, aplican a nuevas y hasta 3 años de antigüedad.
Categoría V
• 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres Afiliados para todo y cada evento incluyendo Perdida Total.
• 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 300 en Talleres Preferenciales para todo y cada evento incluyendo Pérdida Total.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Vehículos de reemplazo: US$ 100
• Obligatorio instalación de GPS para cobertura de Robo Total al 100%, aplican a nuevas y hasta 2 años de antigüedad
Categoría VI
• Por evento 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 200
• Vehículo de reemplazo: US$ 100 más IGV.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Pérdida total coaseguro 80/20.
Categoría VII
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 para todo evento.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Obligatorio instalación de GPS para cobertura de Robo Total al 100%, aplican a nuevas y hasta 2 años de antigüedad.
PROVINCIAS
Categoría I
• 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 en Talleres afiliados.
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres de preferenciales.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Pérdida total, sin deducible a excepción de la aplicación de la clausula de ausencia de control.
Deducible VW Gol, VW Golf, VW Bora, NISSAN Tiida
• 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 más I.G.V. en Talleres afiliados para todo y cada evento incluyendo pérdida total.
• 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 300 más I.G.V. en Talleres preferenciales para todo y cada evento incluyendo pérdida total.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
Categoría II
• 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 en Talleres Afiliados.
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres Preferenciales.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Pérdida total, sin deducible a excepción de la aplicación de la clausula de ausencia de control.
Categoría III
• 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 en Talleres Afiliados.
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres Preferenciales.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Obligatorio instalación de GPS para cobertura de Robo Total, aplican a nuevas y hasta 3 años de antigüedad y para Camionetas Rurales / SUV.
• 4x2 y 4x mientras el valor sea superior a US$ 50,000.00
Categoría IV
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 en Talleres Afiliados.
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres Preferenciales.
• 20% del monto indemnizable para: Perdida Total, volcadura y Despiste.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Obligatorio instalación de GPS para cobertura de Robo Total al 100%, aplican a nuevas y hasta 3 años de antigüedad.
Categoría V
• 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 en Talleres Afiliados para todo y cada evento incluyendo Perdida Total.
• 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 300 en Talleres Preferenciales para todo y cada evento incluyendo Perdida Total.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
Categoría VI
• Por evento 20% del monto indemnizable, mínimo US$ 200
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Pérdida total coaseguro 80/20.
Categoría VII
• 15% del monto indemnizable, mínimo US$ 250 para todo evento.
• Rotura Accidental xx Xxxxxxx: Sin Deducible (Sólo vidrio nacional).
• Pérdida total, sin deducible a excepción de la aplicación de la clausula de ausencia de control.
• Coaseguro 80/20 para total, aplica solo para provincias.
IMPORTANTE: CONDICIÓN OBLIGATORIA - INSTALACIÓN DE GPS
Los automóviles nuevos y con dos años (02) de antigüedad, camionetas rurales nuevas y con tres (03) años de antigüedad, camionetas Pick Up nuevas y hasta con tres (03) años de antigüedad que se indican a continuación, que se adquieran o se inscriban en el departamento de Lima se encuentran obligadas a la instalación de Sistema Remoto de Rastreo Vehicular de acuerdo a la cláusula VEH075 para tener cobertura de robo total. Tendrán un plazo de cinco (5) días útiles para instalar el Sistema Remoto de Rastreo Vehicular, contados desde la entrega del vehículo por el concesionario:
Camionetas Pick Up: TODAS
Camionetas Rurales: Nissan Pathfinder, Nissan Patrol, Toyota 4Runner, Toyota Land Cruiser Xxxxx, Toyota FJ Cruiser, Toyota Xxxxxxxx, Toyota Rav4, Toyota Sequoia, Mitsubishi Xxxxxxx Larga, Suzuki Grand Nomade, Honda CRV y Hyundai H-1.
Automóviles: Toyota Yaris, Toyota Corolla, Mazda 3, Subaru Impreza, Nissan Sentra.
Automóviles y camionetas mayores a US$ 50,000.00
En el caso de que el vehículo sufriera un siniestro de robo total dentro de los cinco (5) días útiles señalados, se les aplicará un coaseguro del 30% del monto a indemnizar. Si el robo se produce después de los 5 días mencionados quedará sin efecto la cobertura de robo total.
Para la instalación el cliente debe comunicarse con Protemax, empresa líder en Sistema Remoto de Xxxxxxx Xxxxxxxxx, a la atención de Xxxxxx Xxxxx o Xxxxxx Xxxxxxxxxx, a los teléfonos 000 - 0000 / 000 - 0000.
En caso de robo, adicionalmente a la denuncia policial, comunicar inmediatamente al proveedor del servicio de Sistema Remoto de Rastreo Vehicular y a la Compañía Rímac Seguros telf. 000-0000, en un plazo que no podrá exceder de cuatro (4) horas de ocurrido el robo.
Obligaciones del Asegurado al momento de un siniestro
En caso de choque:
• Abstenerse de cualquier compromiso con el tercero.
• Efectúe la denuncia inmediatamente en la comisaría del sector.
• El conductor debe someterse al dosaje etílico inmediatamente. dentro de los dos días hábiles siguientes.
• Formalice sus declaraciones por escrito en nuestro Centro de Atención de Vehículos, dentro de los dos días hábiles siguientes.
En caso de atropello:
• Conduzca al herido al centro hospitalario más cercano o llame al teléfono de emergencia xx Xxx Rímac 411-1111.
• Continué con las mismas instrucciones de: En caso de choque.
En caso de robo del vehículo (total o parcial):
• Efectúe la denuncia inmediatamente en la comisaría del sector.
• En caso de robo total del vehículo, comuníquense a DIROVE al teléfono 000-0000.
• Formalice sus declaraciones por escrito en nuestro Centro de Atención de Vehículos, dentro de los dos días hábiles siguientes.
EXCLUSIONES
1. Esta Póliza no cubre los Daños Materiales y/o daños o pérdidas físicas y/o responsabilidades y/o Daños Personales y/o pérdidas, que surjan o resulten de, o que sean causados directa o indirectamente por:
a. Actos de naturaleza fraudulenta o dolosa, o acto intencional, o negligencia inexcusable del ASEGURADO o CONTRATANTE o BENEFICIARIO o ENDOSATARIO, o de los familiares de cualquiera de ellos, o de cualquier persona que estuviera a cargo del, o conduciendo el, vehículo asegurado.
x. Xxxxxx, conflictos armados, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones xx xxxxxx, sea que la guerra haya sido declarada o no; guerra civil, sublevación, insurgencia, insubordinación, rebelión, revolución, conspiración, insurrección, sedición, asonada, huelga, motín, conmoción civil, daño malicioso, sabotaje, vandalismo, alboroto popular, cierre patronal (lock - out), levantamiento popular, levantamiento militar, y, en general, hechos de carácter político social que alteren el orden público o constitucional; confiscación, requisa, expropiación, o nacionalización; destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad; poder militar o usurpación del poder; o cualquier evento o causa que determine la proclamación de estado de sitio.
c. Cualquier Acto de Terrorismo.
d. Material para armas nucleares o material nuclear; reacción nuclear o radiación nuclear o contaminación radioactiva o emisión de radiaciones ionizantes;
contaminación por la radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente.
e. Uso indebido del vehículo asegurado y/o sobrecarga del mismo.
f. Instalación defectuosa o incorrecta o indebida de cables eléctricos y/o componentes eléctricos y/o componentes electrónicos y/o accesorios de cualquier tipo, así como el uso indebido del cableado eléctrico del vehículo asegurado.
g. No respetar los límites máximo y mínimo de velocidad establecidos.
h. No detenerse al llegar a un cruce ferroviario a nivel.
i. Circular en sentido contrario al tránsito autorizado o invadiendo el carril contrario.
j. Cruzar una intersección o girar, estando el semáforo con xxx xxxx y no existiendo la indicación en contrario.
k. Desobedecer las indicaciones del efectivo de la Policía Nacional asignado al control del tránsito.
l. Circular sobre aceras, áreas verdes, pasos peatonales y demás lugares prohibidos.
m. Conducir un vehículo cuyo sistema de frenos y/o sistema de dirección y/o sistema xx xxxxx, se encuentre en mal estado de funcionamiento
n. Voltear en U sobre la misma calzada, en las proximidades de curvas, puentes, túneles, estructuras elevadas, cima xx xxxxxx, cruce ferroviario a nivel u otros lugares de riesgo para la seguridad.
o. Estacionar en carreteras sin señalizar el lugar colocando los dispositivos de seguridad reglamentarios.
p. Estacionar o detener el vehículo en el carril de circulación, en carreteras o caminos donde existe berma lateral.
q. No llevar puesto el cinturón de seguridad.
r. Estacionar un vehículo en vías con pendientes pronunciadas sin asegurar su inmovilización.
2. Esta Póliza no cubre los Daños Materiales y/o daños o pérdidas físicas y/o responsabilidades y/o Daños Personales y/o pérdidas, cuando el vehículo asegurado se encuentre:
a. Circulando por vías o lugares no autorizados para el tránsito.
b. Tomando parte en carreras, competencias, apuestas o ensayos, pruebas de asistencia, de resistencia o de velocidad u otro uso arriesgado.
c. Siendo usado para servicio público, o esté alquilado, o utilizándose para fines de enseñanza o instrucción o para clases de manejo, o siendo usado en una actividad o giro distinto al declarado al iniciar su cobertura bajo esta Póliza.
d. Siendo conducido por una persona que no cuente con la licencia de conducir vigente y auténtica que corresponda al tipo de vehículo, o cuya licencia de conducir esté suspendida o cancelada o vencida.
e. Siendo remolcado o auxiliado por otro medio que no sea una grúa autorizada oficialmente para este servicio, o esté remolcando otro vehículo.
f. Siendo conducido por una persona en estado de ebriedad y/o que esté bajo los efectos o influencia de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos. Para efectos de esta Póliza, se entiende que una persona se encuentra en estado de ebriedad, cuando al practicársele el examen de alcoholemia u otro que corresponda, éste arroje un resultado igual o superior a 0.50 gramos de alcohol por litro de sangre al momento del accidente. Para determinar la cantidad de alcohol por litro de sangre que corresponde al momento del accidente, se considerará que la cantidad de alcohol en la sangre en una persona desciende, cada hora, 0.11 gramos de alcohol por litro de sangre; consecuentemente, a la cifra que arroje el resultado del examen de alcoholemia, se le añadirá 0.0018334 gramos de alcohol por litro de sangre, por cada minuto transcurrido desde el momento del accidente hasta el momento en que se practicó el examen. Si el conductor se niega y/o no se somete oportunamente al examen de alcoholemia o al examen toxicológico u otro que corresponda, se presumirá que, al momento del accidente, estaba en estado de ebriedad y/o bajo los efectos o influencia de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos; consecuentemente se aplicará la presente exclusión.
3. Esta Póliza no cubre los Daños Materiales y/o daños o pérdidas físicas y/o responsabilidades y/o Daños Personales y/o pérdidas, cuando el vehículo asegurado se encuentre en poder de personas extrañas por haber sido robado. No obstante, sólo será aplicable la exclusión para responsabilidades de cualquier tipo, si el vehículo asegurado cuenta con la cobertura del riesgo de Robo bajo los alcances de esta Póliza. En ese caso, se cubrirá únicamente los daños o pérdidas físicas en el vehículo asegurado.
4. La Póliza tampoco cubre:
a. La Responsabilidad Civil derivada de Daños Materiales causados a bienes o animales de Terceros que, por cualquier motivo (depósito, uso, préstamo, manipulación, transporte, u otro), se hallen en poder o custodia o control del ASEGURADO o de persona de quien éste sea responsable o de sus contratistas o subcontratistas o del conductor del vehículo asegurado.
b. Pérdidas por interrupción de la explotación comercial o industrial; pérdidas por la suspensión o paralización o cesación, total o parcial, del negocio; pérdidas por
incumplimiento o resoluciones de contratos; pérdida xx xxxxxxx y/o lucro cesante; pérdidas o gastos por multas y/o penalidades de cualquier tipo; pérdidas por deficiencias de rendimiento o capacidad, o defectos estéticos; pérdidas o gastos por el tiempo que demanden las reparaciones o por demoras en las reparaciones; pérdidas por depreciación del vehículo, o pérdida de uso; pérdida de la garantía del vehículo asegurado; y, en general, cualquier daño o pérdida indirecta o consecuencial.
c. Desgaste o deterioro paulatino o fatiga, causado por, o resultante de, el uso o funcionamiento, erosión, corrosión, oxidación, cavitación, herrumbre, incrustaciones.
d. Deterioro debido a condiciones atmosféricas o ambientales; rasgaduras o ralladuras en superficies pintadas o pulidas.
x. Xxxxx en el vehículo asegurado, por quemaduras causadas por brasa o ceniza de tabaco, encendedores de cualquier tipo, fósforos, artefactos eléctricos, a menos que se produzca incendio que esté debidamente amparado por esta Póliza y, en ese caso, sólo los daños en el vehículo asegurado causado por ese incendio.
f. Pérdidas por la reparación o rehabilitación del Sistema de Airbag que se hubiese activado por causas distintas de Robo o Accidentes de Tránsito del vehículo asegurado.
g. Responsabilidad Civil por Daños Personales y/o Daños Materiales causados por bienes de cualquier tipo que caigan o escapen o se desprendan o se suelten, del vehículo asegurado.
h. Daños o pérdidas en el vehículo asegurado causados por bienes de cualquier tipo que caigan o escapen o se desprendan o se suelten, de dicho vehículo asegurado.
i. Responsabilidad Penal de ningún tipo, ni gasto alguno relacionado con responsabilidades penales.
j. Los costos de cualquier reparación provisional.
k. Todo costo incurrido para implementar modificaciones o mejoras o por mantenimiento o para hacer otras reparaciones o arreglos en el vehículo asegurado.
5. Salvo convenio especial, el mismo que deberá constar en las Condiciones Particulares de la presente Póliza con indicación expresa de su respectiva Suma Asegurada, están excluidos de la cobertura otorgada por la presente Póliza:
a. Carrocería acoplada o adaptada, ya sea xx xxxxxx o de metal.
b. Furgones o elementos similares utilizados en camionetas o camiones.
c. Partes, accesorios o herramientas que no formen parte del equipamiento original del vehículo asegurado.
d. Vehículos cuyas características y condiciones hayan sido modificadas o alteradas o agregadas.
La Póliza no cubre la pérdida física del vehículo asegurado, o de sus partes y piezas, por el apoderamiento ilícito, abuso de confianza o la retención indebida, cometido por quien haya estado autorizado por el ASEGURADO o sus dependientes para su manejo o por quien haya estado encargado de su custodia.
6. La Póliza no cubre los daños o pérdidas físicas y/o las pérdidas causadas directamente por terremoto, temblor, movimientos sísmicos, erupción volcánica, fuego subterráneo, maremoto, tsunami, marejada, maretazo, oleaje, salida de mar, o embravecimiento de mar; lluvias, granizo, nieve, ciclón, huracán, tempestad, tormenta, vientos, ventarrones, ventisca; inundación, desbordamiento; hundimiento de suelos, subsidencia deslizamiento del terreno, huayco, alud, avalancha, aluvión, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas; y en general, todas las fuerzas de la naturaleza.
IMPORTANTE
El Asegurado tendrá derecho a solicitar copia de la póliza a la Compañía y de recibirla dentro de quince (15) días calendario desde la fecha de recepción de la solicitud.
Las comunicaciones cursadas por el Asegurado al Contratante por aspectos relacionados con el contrato de seguros.
Asimismo, los pagos realizados por el Asegurado al Contratante se consideran abonados a la Compañía de Seguros.
EN CASO DE SINIESTRO, EL ASEGURADO DEBERÁ LLAMAR DE INMEDIATO AL TELÉFONO DE EMERGENCIA DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS RIMAC INTERNACIONAL ALO RIMAC 411-1111
Las comunicaciones cursadas por el Asegurado al Contratante por aspectos relacionados con el contrato de seguros, tiene el mismo efecto que si se hubieren dirigido a la Compañía de Seguros. Asimismo, los pagos realizados por el Asegurado al Contratante se consideran abonados a la Compañía de Seguros.
Para identificar su vehículo en la base de datos xx Xxxxx - Internacional es necesario indicar a la operadora el N° de Placa o Motor.
La póliza no cubre vehículos de servicio público (taxis), vehículos en alquiler ni vehículos timón cambiado.
El Asegurado declara que, antes de aceptar esta póliza ha tomado conocimiento directo de todos los artículos de las Condiciones Generales de la presente póliza, a cuyas estipulaciones queda consentido el presente contrato, de acuerdo con el artículo 380 del Código de Comercio.
La firma del presente documento significa que LA COMPAÑÍA por medio del CONTRATANTE ha hecho entrega del presente certificado dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente.
La entrega del presente Certificado implica la aceptación del riesgo asegurado por parte de la COMPAÑÍA en los términos y condiciones de la póliza.
Áreas encargadas de atender reclamos de usuarios
Las áreas encargadas son:
• Servicio al Cliente xx Xxxxx Seguros ubicadas en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional, teléfono 000-0000 y en provincias al 0000-000-00.
• Defensoría Del Asegurado: Ubicada en Xxxxx Xxxxxx 000, Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx - Xxxx, teléfono 00-00-0000000; Web: xxx.xxxxxxx.xxx.xx
EMPRESA DE SEGUROS ASEGURADO
Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros
Xx. Xxx Xxxxxxxx 000 Xxxx 0, Xxx Xxxxxx. Xxxx XXX: 00000000000
Tel. 000-0000 Fax 000-0000
RELACIÓN DE TALLERES MULTIMARCA (AFILIADOS) INTERBANK
En caso de siniestro el vehículo asegurado se atenderá en cualquiera de los talleres multimarca señalados a continuación, donde el ASEGURADO tendrá los siguientes beneficios adicionales:
X. Xxxxxxxx policial de daños en el mismo taller, lo cual evitará perder su valioso tiempo en tramitarlo por su cuenta.
B. Servicio gratuito de taxi a su domicilio.
C. Inicio inmediato de los trabajos de reparación.
D. Certificado de garantía por los trabajos de reparación efectuados, válido por doce
(12) meses.
La lista de proveedores podrá ser modificada por la Cía. de Seguros, la cual será publicada en nuestra página WEB xxx.xxxxx.xxx.xx
ASSIST MOTOR XXXXXXX XXXXXXX
XXX. XX XXXXXX XX XX XXXXXX 000 – XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXX 000 000 XXX.XXXX 00 XX.XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX
TELF. 000-0000 000-0000 TELF. 000-0000
AUTOMOTRIZ LIMATAMBO SERVICIOS SERVICIOS TECNICOS
E.I.R.L. AUTOMOTRICES
LOS NEGOCIOS NRO. 290 SURQUILLO XX. XXXXXXX XXXX 000 XXXXXXXXX
TELF. 000-0000 / 000-0000 / 446-4320 TELF. 000-0000
GERMANIA AUTOMOTRIZ TRANSMOTORS
GERMANIA XXX XXXXX XX. XXXXXXXXX XX XXXXXX 0000
XX. XXX XXXX 0000 XXX XXXXX XXXXXXXXX.
TELF. 000-0000 / 000-0000 XXXX. 000-0000/ 000-0000 XXXXXXXX XXX XXXX
XX. XXX XXXX 000 XXX XXXX Para vehículos BMW, Xxxxxxxx Xxxx,
TELF. 000-0000 / 000-0000 Volvo y Jeep: GERMANIA SURQUILLO
XXXXX XXX 000 XXXXXXXXX AUTOS AMERICANOS
TELF. 000-0000 / 000-0000 XX. LA XXXX XXXX 1250 - SAN XXXX TELF. 000-0000
VEHA21
RELACIÓN DE TALLERES CONCESIONARIOS INTERBANK
En caso de siniestro el vehículo asegurado se atenderá en cualquiera de los talleres concesionarios señalados a continuación, donde el ASEGURADO tendrá los siguientes beneficios adicionales:
X. Xxxxxxxx policial de daños en el mismo taller, lo cual evitará perder su valioso tiempo en tramitarlo por su cuenta.
F. Servicio gratuito de taxi a su domicilio.
G. Inicio inmediato de los trabajos de reparación.
H. Certificado de garantía por los trabajos de reparación efectuados, válido por doce
(12) meses.
ALFA ROMEO / FIAT
SEREINSA GERMANIA – SURQUILLO
XX. XXXXXXXXXXX 000 – SURCO XXXXX XXX 000 XXXXXXXXX
TELF. 000-0000 / 000-0000 XXXX. 000-0000 / 000-0000
AUDI JEEP / CHRYSLER
EUROMOTORS - AUDI ZENTRUM AUTOS AMERICANOS
(CONCESIONARIO) XX. XX XXXX XXXX 0000 - XXX XXXX XX. XXXXXXX XXXX 000, XXXXXXXXX TELF. 000-0000
TELF. 000-0000 / 221 – 2356
AUTOMOTRIZ SAN XXXXX
AUTOS AMERICANOS (SERVICIO ESPECIALIZADO) AV. LA XXXX XXXX 1250 - XXX XXXX XX. XXX XXXX 0000 XXX XXXXX TELF. 000-0000 XXXX. 000-0000 / 000-0000
BMW / XXXXXXXX XXXX CHEVROLET
AUTOS AMERICANOS AUTOS AMERICANOS
AV. LA XXXX XXXX 1250 - XXX XXXX XX. XX XXXX XXXX 0000 - XXX XXXX TELF. 000-0000 XXXX. 000-0000
GERMANIA AUTOMOTRIZ (SERVICIO DERCO (CONCESIONARIO) ESPECIALIZADO) XXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXX
0000 XXXXXXXXXX.
XXXXXXXX - XXX XXXXX TELF. 000-0000 XX. SAN XXXX 1873 SAN XXXXX
TELF. 000-0000 / 000-0000 XXXX AUTOMOTRIZ
XX.XXXXX XXXXXXX 000, XXXXXXXXX
XXXXXXXX - XXX XXXX TELF. 000-0000 / 00000000 XX. XXX XXXX 000 XXX XXXX
TELF. 000-0000 / 000-0000
DAEWOO HONDA
AK – MIRAFLORES JAPAN AUTOS (CONCESIONARIO) XX. XXXXXXXX XXXXXXXXX 000, XXX. XX. XXX XXXX 0000 XXX XXXXX OVALO CDRA. 9 AV. DEL EJÉRCITO, TELF. 000-0000 / 000-0000 MIRAFLORES
TELF. 440 - 7000 / 9817 – 8062 HYUNDAI
AUTOMOTORES XXXXXXXXXXXX
AUTO KOREA S.A.C. (CONCESIONARIO)
XX. XXXXXX XXXXX XXXX 0000, XXX.
XXXXXXX. XX XXXXXX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX
XXXX: 434 - 3454 XX. XX XXXXXX 0000, XXX XXXXXX TELF. 000-0000
MASS AUTOMOTRIZ
XX. XXXXX XXXXXXX 000, XXXXXXXXX GILDEMEISTER SURCO
TELF. 000-0000 / 0000-0000 XX. XXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXX 000, XXXXX.
DAIHATSU XXXX. 000-0000
XXXXXXXX XXX XXXX ALESE S.A.C
XX. XXX. XX XXXXXX 0000 XXXXXXXXX XX. XX XXXXXX 0000, XXX XXXXXX TELF. 000-0000 XXXX. 000-0000
FORD LAND ROVER
AUTO LAND (CONCESIONARIO)
AUTOLAND – MIRAFLORES MANASA - XXXXXXX
XX. XXX XXXXXXXX 000 XXXXXXXXXX AV. XXXXXX XXXXX ESTE 5445, LA TELF. 000-0000 XXXXXX
TELF. 000-0000
MANASA (CONCESIONARIO)
MANASA - XXXXXXX
MAZDA
AV. XXXXXX XXXXX ESTE 5445, LA AUTOLAND
XXXXXX XX. XXX XXXXXXXX 000 XXXXXXXXXX
TELF. 000-0000 XXXX. 000-0000
MANASA - SAN XXXXXX XXXXXX (CONCESIONARIO)
XX. XX XXXXXX 0000, XXX XXXXXX
TELF. 000-0000 XXXXXX – XXXXXXX
XX. XXXXXX XXXXX XXXX 0000, XX XXXXXX
TELF. 000-0000
MANASA - XXX XXXXXX
XX. XX XXXXXX 0000, XXX XXXXXX TELF. 000-0000
MITSUBISHI KIA
AUTOS XXXXXXXXX AUTOLAND (CONCESIONARIO)
(CONCESIONARIO) XX. XXX XXXXXXXX 000 XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX 280 BARRANCO TELF. 000-0000
TELF. 000-0000 / 000-0000
ALMACENES SANTA CLARA
AUTOS AMERICANOS (CONCESIONARIO)
XX. XX XXXX XXXX 0000 - XXX XXXX
TELF. 000-0000 XXXXX CLARA - SAN XXXXX
XX. XXX XXXX 0000, XXX XXXXX
SAN XXXX TELF. 000-0000
XX. XXX XXXXXX 000, ATE
TELF. 000-0000 XXXXX CLARA
AV. XXXXXXX XXXXXX 1685 URB.
NISSAN XXXXXXXXXX ATE
TELF. 000-0000
NISSAN MAQUINARIAS S.A.
(CONCESIONARIO) PEUGEOT
NISSAN MAQUINARIAS - LA XXXXXX XXXXXXXXX (CONCESIONARIO) XX. XX XXXXXX 0000 XXX XXXXXX XX. XXX. XX XXXXXX 0000, LA TELF. 000-0000 Ext.1651 VICTORIA
TELF. 000-0000
NISSAN MAQUINARIAS - XXX XXXXXX
XX. XXX. XX XXXXXX 0000 XXX XXXXXX AUTOFRANCE
TELF. 000-0000 Ext.1551 XX. XXX. XX XXXXXX 000 XXXXXXXX TELF. 000-0000
NISSAN MAQUINARIAS - LA XXXXXX
AV. PROLG. XXXXXX XXXXX 6340, LA RENAULT
XXXXXX
TELF. 000-0000 Ext.1451 NISSAN MAQUINARIAS S.A. (CONCESIONARIO)
NISSAN MAQUINARIAS - LOS OLIVOS
XX. XXXXXXX XXXXXXXX 0000 – 5548 NISSAN MAQUINARIAS - XX XXXXXX XXX. XXXXXXXXXX XXXXXXXX, XXX XX. XX XXXXXX 0000 XXX XXXXXX XXXXXX TELF. 000-0000 Ext.1651
TELF. 000-0000 Ext.1251
NISSAN MAQUINARIAS - SAN XXXXXX LE VOLANT (CONCESIONARIO) XX. XXX. XX XXXXXX 0000 XXX XXXXXX XX. XXX XXXXXXXX 0000 – MIRAFLORES TELF. 000-0000 Ext.1551
TELF. 000-0000 / 000-0000
NISSAN MAQUINARIAS - LA XXXXXX XX. XXXXX. XXXXXX XXXXX 0000, XX XXXXXX
TELF. 000-0000 Ext.1451
NISSAN MAQUINARIAS - LOS OLIVOS TOYOTA
XX. XXXXXXX XXXXXXXX 0000 – 5548
URB. INDUSTRIAL INFANTES, LOS MITSUI AUTOMOTRIZ
OLIVOS (CONCESIONARIO)
TELF. 000-0000 Ext.1251
MITSUI - LA MOLINA
XXXXX XXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX 0000 XX XXXXXX
XXXXX XXXXX TELF. 000-0000
XXXXX XXX XXXXXXXX 000,
XXXXXXXXX MITSUI - CANADA
TELF. 000-0000 XX. CANADA
TELF. 000-0000
SEAT
PANA AUTOS (CONCESIONARIO)
EUROMOTORS – EUROSPORT XX. XX XXXXXX 0000 XXX XXXXXX
(CONCESIONARIO) TELF. 000-0000 / 000-0000 XX. XXXXXXX XXXX 989, SURQUILLO
TELF. 000-0000 / 000-0000 XXXXXXX (CONCESIONARIO) XX. XXXXXXXX 0000, XXX XXXXX TELF. 000-0000
AUTOS AMERICANOS
XX. XX XXXX XXXX 0000 - XXX XXXX RESEPANA (CONCESIONARIO)
TELF. 000-0000 XX. REP. DE PANAMA 3321, SAN XXXXXX
SUBARU TELF. 000-0000
EL AUTODROMO (CONCESIONARIO) MARINA MOTORS (SERVICIO
XXX. XX XXXXXX 0000 XXXXXXXXX ESPECIALIZADO)
TELF. 000-0000 / 000-0000 XX. LA MARINA 3245 SAN XXXXXX TELF. 000-0000 / 000-0000
AUTOMOTRIZ XXXXXXX S.A.
(CONCESIONARIO) TK SERVICE S.A.
XX. XXXXXXXXX 000 XXXXX XXXXXXXX XX. XXXXXXXX 0000 - XXXXX XXXXXXXX TELF. 000-0000 XX VICTORIA
TELF. 000-0000 / 000-0000
SUZUKI
DERCO (CONCESIONARIO)
VOLKSWAGEN
XXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXX 0000 XXXXXXXXXX - XXXXXXXX
XXXXXXXXXX. (CONCESIONARIO)
TELF. 000-0000 XX. XXXXXXX XXXX 979, SURQUILLO TELF. 221 - 2356
MASS AUTOMOTRIZ
XX. XXXXX XXXXXXX 000, XXXXXXXXX EUROMOTORS - MOLIWAGEN
TELF. 000-0000 / 0000-0000 (CONCESIONARIO)
XX. XXXXXXXXXXX 0000, XX XXXXXX TELF.000-0000
EUROMOTORS – PERUWAGEN INCHCAPE MOTORS
(CONCESIONARIO) XX. XXXXXXXXX 000 XXXXXXXXXX
XX. XXX XXXX 0000, XXX XXXXX TELF. 000-0000 XXXX. 225 – 4488
XX. XXX XXXXXXXX 0000 XXXXXXX
AMSA (CONCESIONARIO) XXXXXX XXXXX ESTE - LA XXXXXX XX. XXX. XX XXXXXX XXXX. 00 (XXX. XXXX. 000-0000
XXXX. XXXXXX) XXXXXXXXX TELF. 000-0000
FLECHELLE (CONCESIONARIO) XX. XXXXX XXXXXXX 0000 XXXXXXXXXX
TELF. 000-0000
VOLVO
AUTOTECNICA (CONCESIONARIO) XX. XXXXXX XXXXX XXXX 0000 XX XXXXXXXX
TELF. 000-0000 / 000-0000
MANASA – XXXXXXX
XX. XXXXXX XXXXX XXXX 0000, XX XXXXXX
TELF.000-0000
TALLERES ADICIONALES
Sólo para vehículos nuevos y máximo hasta 4 años de antigüedad. Vehículos con más de 4 años de antigüedad tendrán un recargo de 50% más en su deducible y bajo aceptación xx Xxxxx Xxxxxxx:
DIVEMOTORS
AV. CANADA 1160 -LA VICTORIA TELF. 224 -0522 / 224 -0525
XX. XXXXXXXX 0000 -XXX XXXXXX TELF. 475 -0266
INCHCAPE MOTORS
XX. XXXXXXXXX 000 XXXXXXXXXX TELF. 000-0000
XX. XXX XXXXXXXX 0000 XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX -XX XXXXXX XXXX. 000-0000