CONTRATO MENOR DE SERVICIOS PARA TRADUCCIÓN DE LA REVISTA EL CORRENT Y DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.
Xxxxx X. Xxxxxxx x Xxx (1 de 1) ALCALDE-PRESIDENT
Fecha Firma: 03/03/2017
HASH: b09473b28a68d60ad7c893ad163cbbf7
CONTRATO MENOR DE SERVICIOS PARA TRADUCCIÓN DE LA REVISTA EL CORRENT Y DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación del Contrato
El objeto del contrato es la realización del servicio de traducción de la revista “El Corrent” y toda clase de documentos de esta Entidad Local.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Importe del Contrato y duración
El importe anual del presente contrato asciende a la cuantía de 8.400,00 iva incluido, y tendrá una duración de un año, contados a partir del día siguiente de la fecha de adjudicación del contrato.
El importe se abonará con cargo a la aplicación 491.226.99 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.
CLÁUSULA TERCERA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
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Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar., y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Será necesario para licitar disponer de titulación oficial en los idiomas Ingles y alemán.
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CLÁUSULA CUARTA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Benitachell, situado en la X/ Xxxxx, 0, en horario de atención al público, desde el día 7 xx xxxxx de 2017 hasta el día 17 del mismo mes.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Cuando las ofertas se envíen por correo, el solicitante deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes por él suscritas.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por los candidatos y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para la contratación de traductor>>. La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
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— Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A»
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
[SUPUESTO A) APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN MEDIANTE DECLARACIÓN RESPONSABLE
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
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Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , a efectos de su participación en la licitación de Contrato de Servicios para la Contratación de un Traductor
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del servicio de traducción.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato de servicios citado, en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
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TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante,
Fdo.: »
[SUPUESTO B) APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 146.1 DEL TRLCSP]
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el candidato fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
—Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
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e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
SOBRE «B»
OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN
a) Oferta económica
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
, con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º , presenta oferta y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato menor de servicios para traducción, hago constar que conozco las bases y
condiciones del contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros, iva incluido.
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: ».
b) Títulos Oficiales que acrediten la capacidad para traducir. (copias cotejadas)
CLÁUSULA QUINTA. Aspectos Objeto de Valoración.
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación.
A — Precio: 50 puntos
B— Títulos oficiales que acrediten la capacidad para traducir: 40 puntos
1- Español-Inglés; (hasta 10 puntos)
2- Español –Alemán; (hasta 10 puntos)
3- Español-Francés; (hasta 10 puntos)
4- Otros Idiomas; (hasta 10 puntos)
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Se valorarán de la siguiente manera por cada idioma: B-1) Filologías y Traducción e Interpretación:
TÍTULO | PUNTUACIÓN |
Grado en Traducción e Interpretación / Licenciatura en Traducción e Interpretación | 6 puntos |
Grado de Estudios de Idiomas / Filología | 6 puntos |
B-2 Otros Títulos Puntuables:
Únicamente se valorará el título superior.
Equivalencias en inglés
CEFR: Common European Framework of Reference | EOI: Escuela Oficial de Idiomas | TOEFL (iBT/cBT): Test of English as a Foreing Language | TOEIC: Test of English for International Communication | Certificados Cambridge y British Council | IELTS: International English Language Testing System | PUNTUACIÓN |
C2 | 911-990 | CPE | 7.5+ | 4 puntos | ||
C1 | 95-120 / 270-297 | 701-910 | CAE | 3 | 3 puntos | |
B2 | Xxxxx Xxxxxxxx (4º y 5º) | 72-94 / 227-267 | 541-700 | FCE | 5 - 6 | 2 puntos |
B1 | Nivel Intermedio (1º, 2º y 3º) | 42-71 / 163-223 | 381-540 | PET | 3.5 - 4.5 | 1 puntos |
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Equivalencias en alemán e italiano
CEFR: Common European Framework of Reference | EOI: Escuela Oficial de Idiomas | GOETHE INSTITUT | Instituto Italiano de Cultura | Puntuación |
C2 | Zop: Zentrale Oberstufenpruefung KDS: Kleines Deutsches Sprachdiplom | XXXX 5 / CILS Quattro-C2 PLIDA C2 | 4 puntos | |
C1 | Quinto(NAA) | Goethe Zertifikat C1 | XXXX 4 / CILS Tre-C1 PLIDA C1 | 3 puntos |
B2 | Cuarto | Goethe Zertifikat B2 | XXXX 3 / CILS Due-B2 PLIDA B2 | 2 puntos |
B1 | Tercero | ZD: Zertifikat Xxxxxxx | XXXX 2 / CILS Uno-B1 PLIDA B1 | 1 puntos |
A2 | Segundo | SD2: Start Xxxxxxx 2 | XXXX 1 / CILS A2 PLIDA A2 | 0,5 puntos |
Equivalencias en francés
CEFR: Common European Framework of Reference | EOI: Escuela Oficial de Idiomas | DELF / DALF: Diplome d'Etudes en Langue Française / Diplome Approfondi de Langue Française | TCF: Test de Conocimiento del Francés | Puntuación |
C2 | DALF C2 | Nivel 6 | 4 puntos | |
C1 | Quinto(NAA) | DALF C1 | Xxxxx 0 | 3 puntos |
B2 | Cuarto | DELF B2 | Xxxxx 0 | 2 puntos |
B1 | Tercero | DELF B1 | Xxxxx 0 | 1,5 puntos |
A2 | Xxxxxxx | XXXX A2 | Xxxxx 0 | 1 punto |
C-Entrevista / Prueba escrita; hasta 10 puntos
CLÁUSULA SEXTA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Apertura de Ofertas y Requerimiento de Documentación
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La apertura de las ofertas deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Definitiva
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Los que resulten adjudicatarios de los contratos deberán constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA NOVENA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
CLÁUSULA DÉCIMA. Resolución del Contrato
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las formas establecidas Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
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Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Xxxxxxx 000/0000, xx 0 xx xxxx, x xx Xxxx Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las
restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En El Poble Nou de Benitatxell, a 2 xx xxxxx de 2017.
El ALCALDE-PRESIDENTE,
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Fdo.: Xxxxx X. Xxxxxxx Xxx.