PLIEGO DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LA CAFETERÍA - CHURRERÍA UBICADA EN EL MERCADILLO DEL AGRICULTOR DE RAVELO, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE EL SAUZAL.
PLIEGO DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LA CAFETERÍA - CHURRERÍA UBICADA EN EL MERCADILLO DEL AGRICULTOR XX XXXXXX, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE EL SAUZAL.
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- Es objeto del contrato el arrendamiento de una Cafetería - Churrería sita en el Mercadillo del Agricultor Calle Hoya de La Viuda, Ravelo, en el término municipal de El Sauzal. Se une como anexo al presente pliego: Plano indicativo de la superficie del local (Anexo I), dossier fotográfico (Anexo II), relación de material a incluir en el arrendamiento de la Cafetería (Anexo III), solicitud de participación (Anexo IV), y declaración para contratar con la administración (Anexo V).
SEGUNDA.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.- El
procedimiento de adjudicación del contrato se realizará a la oferta más ventajosa, en los términos expresados en la cláusula decimo sexta del presente pliego, y se someterá a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.1. d), 20 y 176 del TR de la Ley de Contratos del Sector Público, en la medida en que la Entidad Arrendadora, Servicios Municipales Sauzal, S.L., en adelante SEMUSA S.L., como Empresa Pública Municipal, actúa en ejercicio de las facultades de administración de los inmuebles que tiene adscritos para el ejercicio de su objeto social, en concreto la gestión de los servicios de “actividades e instalaciones deportivas, ocupación del tiempo libre y turismo”.
TERCERA.- NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO.- El contrato
que se perfeccione constituirá un arrendamiento de local de negocio, al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.2 de La Ley de Arrendamientos Urbanos.
CUARTA.- PLAZO DEL ARRENDAMIENTO.- El arrendamiento se otorgará por el plazo de dos (2) años, a contar de la fecha de la suscripción del mismo.
El contrato será susceptible de prórrogas anuales, siempre que alguna de las partes no manifieste, con una antelación mínima de dos meses a la fecha de conclusión del mismo, o en su caso, de la correspondiente prórroga, su voluntad de rescindir el contrato.
En ningún caso, el plazo de arrendamiento, incluidas las prórrogas, podrá superar las cinco anualidades.
QUINTA.- OBLIGACIONES BÁSICAS DEL ARRENDATARIO.-
Serán obligaciones básicas del contratista-arrendatario, entre otras, las siguientes:
a) El inicio de la actividad, mediante la puesta en funcionamiento de las instalaciones, como máximo dentro del mes siguiente a la firma del contrato. El servicio habrá de prestarse en la cafetería-churrería, y tendrá las mismas características que los que se prestan debidamente en los locales de naturaleza análoga, debiéndose sujetar a las normas de carácter higiénico-sanitarias y otras que le sean de aplicación.
b) El arrendatario explotará las instalaciones objeto del contrato, durante el plazo de vigencia del arrendamiento, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo, incluyendo los de suministro de agua, basura, gas y energía eléctrica, para lo cual deberá realizar las gestiones oportunas en el Ayuntamiento de El Sauzal en el plazo de quince días desde la formalización del contrato. Será a cuenta del arrendatario con independencia de los productos de consumo, el menaje necesario para la puesta en funcionamiento de la cafetería-churrería (cristalería, vajilla, etc.), exceptuando los contenidos en la relación de material a incluir en el arrendamiento (Anexo III)
c) Conservar las construcciones e instalaciones y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, incluyendo todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias para la adecuada ejecución del contrato, tales como la zona del pasillo y los baños dispuestos en el mercadillo. Todas las instalaciones deberán entregarse a la finalización del contrato en perfecto estado de limpieza e higiene, corriendo por cuenta del arrendatario todos los daños que se causen en el material.
d) Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios.
e) No enajenar, ni gravar los bienes o instalaciones que deban revertir a la Sociedad arrendadora, quedando totalmente prohibido al arrendatario el traspaso así como el subarriendo total o parcial o cualquier otro acto de cesión de derechos o facultades de utilización de la cafetería-churrería.
f) Responder frente a terceros, a la mercantil SEMUSA S.L. y al Ayuntamiento de El Sauzal, por los daños que puedan irrogárseles por el funcionamiento del servicio arrendado. El arrendatario se obliga a suscribir una póliza de seguros tan amplia como sea necesaria para cubrir los riesgos contra cualquier clase de daños que pudieran originarse en las instalaciones, debiendo especialmente figurar cubierto el riesgo contra incendios. A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente apartado, antes de la puesta en funcionamiento del local se hará entrega a la empresa arrendataria de una copia de la póliza suscrita al efecto.
g) Prestar como garantía una fianza por importe de SEISCIENTOS (600) euros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 36.1. de la Ley de Arrendamientos Urbanos, así como una fianza adicional por importe de SEISCIENTOS (600) euros, en atención a lo dispuesto en el párrafo 5 del indicado precepto, en garantía de la devolución en condiciones satisfactorias de uso y de conservación del material afecto a la actividad. La garantía responderá de incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato.
h) La actividad queda sujeta a la supervisión por la persona que al efecto determine la Sociedad Arrendadora.
i) No realizar actividades que puedan generar algún tipo de molestias vecinales, ya sean por ruidos, olores, etc. En todo caso, para la celebración de cualquier evento, distinto de la actividad normal de la cafetería- churrería será necesaria la autorización expresa de SEMUSA, S.L. Si la realización de alguna actividad requiere el pago de algún tipo de entrada, deberá asimismo ser autorizada previamente por la citada mercantil.
j) El arrendatario queda obligado al estricto cumplimiento de las leyes laborales y fiscales vigentes, sin que la sociedad arrendadora asuma responsabilidad alguna derivada de su cumplimiento.
k) El arrendatario renuncia expresamente a todo derecho que pueda establecer la legislación a favor de los arrendatarios de locales de negocios, en cuanto a la adquisición preferente, retracto y tanteo sobre los bienes objeto del contrato, dadas las características del inmueble a arrendar.
l) Cuidar la correcta presentación del personal que preste el servicio al público, deberá ir correctamente uniformado.
m) Se prohíbe expresamente la instalación en la cafetería de elementos recreativos o máquinas xx xxxx.
n) En relación a la zona en el que se ubica la cafetería- churrería, el arrendatario asume las siguientes obligaciones específicas:
1.- Limpieza de los alrededores de la cafetería-churrería, así como mobiliario, en esta obligación se incluye expresamente el vaciado de papeleras. Estas tareas han de realizarse, al menos, diariamente.
2.- Comunicar cualquier anomalía detectada en el funcionamiento de los servicios ubicados en la zona: alumbrado, limpieza, etc.
3.- Hacerse cargo de la apertura y cierre xxx Xxxxxxxxxx, que en principio será el siguiente: de las 7:00 horas hasta las 22:00 horas.
4.- Se autoriza el uso de la terraza exterior xxx Xxxxxxxxxx, pudiendo limitarse su uso por la empresa municipal o el propio Ayuntamiento debido a actividades municipales.
5.- Debe asimismo respetar al máximo el entorno natural del propio mercadillo en donde está enclavado, por lo que queda totalmente prohibido dejar o arrojar a las papeleras residuos de alimentos, embalajes u otros desechos
procedentes de la cafetería-churrería.
6.- Deberá respetar el orden de colocación de las mesas y sillas en la terraza, que tendrá que ser previamente autorizado.
SEXTA.- DEBERES DE LA SOCIEDAD SEMUSA S.L.- Son deberes de la
Sociedad SEMUSA S.L., como arrendadora, los siguientes:
a) Otorgar al arrendatario la protección adecuada para que pueda explotar la actividad debidamente.
b) Indemnizar al arrendatario en cualquiera de las modificaciones que libremente pueda la Entidad introducir en la explotación de la actividad, incluso suprimiéndolo o poniendo fin al arrendamiento unilateralmente, salvo que se produzca como consecuencia del incumplimiento de los deberes u obligaciones que correspondan al arrendatario.
El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil.
SÉPTIMA.- DERECHOS DEL ARRENDATARIO.- Son derechos del
arrendatario los siguientes:
a) Utilización exclusiva de las instalaciones de la cafetería-churrería, siendo estos los estrictamente necesarios para la prestación de la actividad.
b) Percibir las retribuciones correspondientes por la prestación del servicio por parte de los usuarios, conforme a los precios que al efecto se establezcan en el proyecto de gestión o, en su caso, en las posteriores modificaciones que el arrendatario comunique a la Entidad arrendadora.
c) Que se ejecuten las obras precisas para conservar las instalaciones en condiciones adecuadas para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de las mismas sea imputable al arrendatario.
OCTAVA.- DERECHOS DE LA SOCIEDAD SEMUSA S.L.- Son
derechos de la Sociedad SEMUSA S.L., como arrendadora, los siguientes:
a) La inspección y control del servicio objeto del arrendamiento, que se efectuará de manera directa por la persona designada al efecto por SEMUSA
S.L. Dicha inspección y control deberá ser facilitada por el arrendatario en todo momento.
b) Percepción de las cantidades establecidas como precio del contrato.
c) La Sociedad SEMUSA S.L. podrá llevar a cabo en el entorno xxx Xxxxxxxxxx, todas las actividades culturales, recreativas, turísticas, etc. que estime convenientes.
NOVENA.- ENTREGA DE LAS INSTALACIONES AL
ARRENDATARIO.- La Entidad Mercantil contratante pondrá a disposición del arrendatario, dentro de los diez días siguientes al de la adjudicación, la cafetería- churrería xxx Xxxxxxxxxx del Agricultor xx Xxxxxx.
DÉCIMA.- PRECIO DEL CONTRATO Y TARIFAS DEL SERVICIO.-
1.- El precio de base de licitación asciende a la cantidad de TRESCIENTOS
(300) euros mensuales, actualizándose cada año por aplicación del incremento del I.P.C. anual, durante la vigencia del contrato. Se deberá satisfacer en los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta designada al efecto.
2.- Los precios que el arrendatario habrá de percibir del público serán los normales xxx xxxxxxx, autorizados por SEMUSA S.L. A estos efectos, el licitador en el Proyecto de Gestión habrá de presentar una relación de precios de los servicios y actividades ofertados, para cuya posterior modificación precisará la autorización de la Sociedad Arrendadora. La lista de precios ha de aprobarse al menos anualmente.
UNDÉCIMA.- HORARIO.- El servicio de cafetería será prestado en el mismo horario que tenga establecido SEMUSA S.L., para actividades de análoga naturaleza, quedando fijado inicialmente desde las siete horas hasta las veintidós horas (7:00 horas a 22:00 horas) de lunes x xxxxxxx, sin perjuicio de que se pueda autorizar un horario diferente por la entidad arrendadora, para actividades específicas que así lo requieran o ampliarlo en la estación xx xxxxxx.
Se autoriza expresamente el cierre de la cafetería los días 1 de enero, 6 de enero, y 25 de diciembre.
Se establece como horario especial los días 24 y 31 de diciembre, en lo que podrá cerrarse a las 18:00 horas. Si hubiese alguna actividad programada por parte de SEMUSA S.L. o el Ayuntamiento en horario diferente al habitual, la cafetería deberá permanecer abierta hasta que finalice la misma.
DUODÉCIMA- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.- Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar.
DECIMOTERCERA.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.-
1.- Lugar y plazo de presentación.- Los interesados tendrán que presentar en el Complejo Deportivo El Sauzal, desde las 9:00 horas hasta las 22:00 horas, durante el plazo de QUINCE (15) días naturales a contar desde el día siguiente de su publicación en prensa, plazo que se fijará en el anuncio correspondiente; instancia manifestando su voluntad de participar en la adjudicación del contrato, conforme al modelo establecido en Anexo IV de este pliego de condiciones, a la que se le dará registro de entrada.
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día a la Entidad SEMUSA S.L., por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
2.- Formalidades.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B, y en cada uno se hará constar el contenido y el nombre del licitador, en la forma que se indica:
A) Sobre A: Denominado documentación general, expresará la inscripción de: DOCUMENTACION GENERAL PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UNA CAFETERÍA - CHURRERÍA EN EL MERCADILLO DEL AGRICULTOR XX XXXXXX, y contendrá la siguiente documentación:
1.- Documentación acreditativa de la personalidad y características del contratista a cumplimentar mediante los Anexos IV y V.
B) Sobre B: se presentará cerrado, pudiendo ser lacrado y precintado, a petición del interesado y deberá tener la siguiente inscripción: PROPOSICION PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UNA CAFETERÍA - CHURRERÍA EN EL MERCADILLO DEL AGRICULTOR XX XXXXXX, y contendrá la siguiente documentación:
1.- Proposición económica, la cual se ajustará al modelo siguiente:
“MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA”
“D…………………………… mayor de edad, vecino/a de ……………, con domicilio en ………………………., y provisto/a de D.N.I., número ……………, en nombre propio o en representación de ……………….., lo cual acredito con ,
enterado/a del expediente tramitado por la Entidad SEMUSA S.L. para adjudicar el arrendamiento de la cafetería - churrería ubicada en el Mercadillo del Agricultor xx Xxxxxx, hace constar:
1º.- Que acepta plenamente el pliego de condiciones de su razón y cuantas obligaciones del mismo se deriven como aspirante y como adjudicatario si lo fuere, comprometiéndose a abonar la cantidad de mensuales.
En………………….………., a,… de 2017.“
2.- Documentos relativos a la gestión del servicio consistentes en: 2.1- Programa de prestación de gestión.
2.2- Precios aplicables de los servicios para los usuarios.
2.3- Relación de mobiliario, utensilios y enseres con los que el licitador se comprometa a dotar el servicio.
DECIMOCUARTA.- MESA DE CONTRATACIÓN.- A efectos del estudio y propuesta de adjudicación sobre las ofertas que se formulen, la mesa de contratación estará integrada del modo siguiente:
Como Presidente: El de la Entidad Mercantil, SEMUSA S.L. Como Vocal: El Sr. Gerente de SEMUSA S.L.
Como Secretario: Un miembro del Consejo de Administración de SEMUSA S.L.
DECIMOQUINTA.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
GENERAL.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores.
Si la Mesa de Contratación observara algún defecto formal en la documentación presentada, concederá un plazo de tres días para que el licitador lo subsane.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
DECIMOSEXTA.- CRITERIOS DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN
DEL PROCEDIMIENTO.- Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del arrendamiento, en orden decreciente de importancia serán los siguientes:
a) Mayor precio ofertado como canon mensual, 70 %.
b) Mejora en las instalaciones y en el entorno, 30 %.
Las ofertas se valorarán aplicando a los criterios precedentes los porcentajes máximos de hasta 70% y 30 %, respectivamente para cada uno de los criterios indicados.
DECIMOSÉPTIMA.- APERTURA DE PROPOSICIONES.- La Mesa de
Contratación, se reunirá en acto público celebrado el segundo día hábil después de la fecha de finalización de solicitudes, a las 12:00 horas, para proceder a la apertura del sobre A, dando cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres A, indicando los excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerán en el Acta, y en el caso en el que proceda se comunicará la concesión de un plazo de tres días para la subsanación de las deficiencias que se puedan detectar.
A continuación, el Secretario de la mesa, en el caso de no apreciar deficiencias, procederá a la apertura de los sobres B, y dará lectura de las proposiciones formuladas por ellas y las elevará con el Acta y la propuesta que se estime pertinente al Órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación.
En el caso en que se conceda el plazo de tres días para la subsanación de las deficiencias que puedan apreciarse en el sobre A, se convocará a la Mesa de Contratación al segundo día hábil después del día de la fecha, a las 12:00 horas, para la apertura de las proposiciones económicas de los sobres B.
DECIMOCTAVA.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS A
PRESENTAR POR EL LICITADOR REQUERIDO.- Antes de la formalización del contrato, se requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa, para que, dentro de un plazo xx XXXX DÁS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación (originales o copias compulsadas):
• Documento/s que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en:
- D.N.I. del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
- Poder bastante.
• Documentos relativos a la capacidad económica, organizativa y experiencia del licitador, compuesta, al menos de los siguientes documentos:
- Memoria explicativa de las actividades previas del licitador en el sector.
- Descripción de los medios personales con los que prevé realizar la actividad, con indicación del perfil de los mismos.
- Número de Identificación Fiscal.
- Alta en el I.A.E. en el ejercicio y en el domicilio fiscal o en el lugar de la prestación del servicio.
- Declaración del I.R.P.F., o del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio inmediato anterior.
• Declaración anual de operaciones a que se refiere el R.D. 2529/1986, de 5 de Diciembre.
• Documento acreditativo de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social, acreditando su inscripción o alta en la misma, así como la afiliación e ingreso de cuotas de los trabajadores a su servicio o de cualquier otra deuda con la Seguridad Social.
• Copia de la póliza de seguro.
• Fianza del contrato.
DECIMONOVENA.- ADJUDICACIÓN.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, notificándose a los candidatos o licitadores del resultado y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
VIGÉSIMA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- SEMUSA S.L., y el
arrendatario deberán formalizar el contrato de arrendamiento en documento privado dentro de los 15 días siguientes al de notificación de la adjudicación. No obstante, dicho contrato podrá elevarse a Escritura Pública a petición del arrendatario y a su xxxxx.
El arrendatario, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Condiciones. No podrá formalizase el contrato sin la previa acreditación de la suscripción de la póliza de seguro.
VIGÉSIMO PRIMERA.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.-
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
a) Los de anuncio que genere el concurso y los predatorios y de formalización del contrato, en cuantía que no superará los 250 €.
b) Los tributos estatales, autonómicos y locales que se deriven del contrato.
c) Los de formalización pública, en su caso, del contrato de adjudicación.
VIGÉSIMO SEGUNDA.- REVERSIÓN DE LAS INSTALACIONES.-Al
término del plazo de arrendamiento o en cualquier otro supuesto de extinción de la eficacia del mismo, revertirán a SEMUSA S.L., las instalaciones de la cafetería, entregadas en condiciones adecuadas de funcionamiento y mantenimiento. A este objeto, con una antelación mínima de un mes a la entrega efectiva de los bienes, se procederá por la Entidad Arrendadora a la supervisión de las instalaciones y utensilios que hayan de revertir a la Entidad, debiendo el arrendatario proceder a la reparación o sustitución de los elementos deteriorados. En el caso de que no se reparen o sustituyan los mismos, SEMUSA S.L., procederá a deducir su coste del importe de la reparación, de la fianza depositada por el arrendatario.
VIGÉSIMO TERCERA.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato quedará sin efecto en los siguientes casos:
a) Fallecimiento, incapacidad sobrevenida del contratista (el arrendatario) individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, declaración de suspensión de pagos, quiebra, concurso de acreedores o de insolvente fallido en cualquier procedimiento de quita y espera, sin que exista indemnización alguna. No obstante cuando la causa de resolución sea el fallecimiento o incapacidad sobrevenida del contratista, el arrendador podrá acordar la continuidad de la relación durante los siguientes 15 días del fallecimiento o incapacidad del titular.
b) Por mutuo acuerdo entre el arrendatario y arrendador.
c) Por vencimiento del contrato.
VIGÉSIMO CUARTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- El contrato
podrá extinguirse, además de en los supuestos indicados en otros preceptos del presente pliego.
1.- A iniciativa de SEMUSA S.L., como consecuencia de la concurrencia de las siguientes circunstancias:
a) Falta de pago de la renta o en su caso, de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
b) Xxxxxx en el pago del alquiler por más de 30 días.
c) Falta de consignación de las garantías establecidas.
d) Subarriendo o la cesión de derechos a terceros derivados del contrato.
e) La realización de daños dolosos causados en las instalaciones o bienes adscritos a la actividad, o daños imprudentes, cuando, en este último caso, el arrendatario no asuma la reparación de los mismos o cuando se produzca la ejecución de obras no consentidas por el arrendador.
f) Cuando las instalaciones se destinen a actividades distintas a las que constituyen el objeto de la explotación de la cafetería - churrería, fundamentalmente, cuando se trate de actividades ilícitas.
g) Dejar de prestar los servicios de cafetería - churrería, sin causa justificada durante cinco días consecutivos o 20 alternos en el año natural.
h) Realizar la actividad sin las preceptivas autorizaciones administrativas, o sin cumplir las obligaciones laborales respecto al personal.
i) Incumplimiento por parte del arrendatario de la obligación de suscribir una póliza de seguros tan amplia como sea necesaria para cubrir los riesgos.
j) Cualquier clase de daños que pudieran originarse en las instalaciones, debiendo especialmente figurar cubierto el riesgo contra incendios, antes de la puesta en funcionamiento del local.
2.- A iniciativa del arrendatario, en los siguientes supuestos:
a) Cuando no se realicen por el arrendador las reparaciones que legalmente corresponda.
b) La perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de las instalaciones, no entendiendo por tales las específicas condiciones impuestas al arrendador en cuanto a la intervención en algunos aspectos de la actividad a desempeñar por el arrendatario, en aplicación del presente pliego.
La resolución del contrato a iniciativa del arrendatario deberá ser comunicada al arrendador con un mes de antelación.
VIGÉSIMO QUINTA.- RÉGIMEN JURÍDICO.- En lo no previsto
expresamente en el pliego de condiciones, se aplicará supletoriamente la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre de Arrendamientos Urbanos, así como en las demás disposiciones civiles de aplicación.
VIGÉSIMO SEXTA.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.- Todas las
incidencias que surjan sobre interpretación, cumplimiento y ejecución del contrato, se someterán a la resolución de los Tribunales que tengan jurisdicción en El Sauzal, a cuya competencia se someten las partes contratantes.
ANEXO I
Plano indicativo de la superficie del local.
ANEXO II
Dossier Fotográfico
Relación de material a incluir en el arrendamiento de la cafetería.
11 Mesas redondas de color gris.
44 Sillas con respaldo de color gris y blanco. 1 Caja registradora.
2 Fregaderos con mesadas de 170 x 52 cm., en acero inoxidable y en color gris. 1 Churrera a gas xx xxxxx inoxidable.
1 Campana extractora con motor xx xxxxx inoxidable. 1 Dosificador de churros xx xxxxx inoxidable.
1 Escurridor de churros de 50 x 60 cm., xx xxxxx inoxidable.
1 Soporte para cacerolas para preparación de la masa de los churros, de metal. 1 Cacerola de 42 cm. de diámetro, con tapa.
1 Tapa de 60 cm.
1 Tapa de 41 cm.
1 Batidora industrial con brazo largo.
2 pinchos de 72 cm. para sacar los churros de la freidora. 1 Cernidera de 30 cm. de diámetro de metal.
1 Cuchara de 70 cm., de amasar, xx xxxxxx. 1 Cucharón de 28 cm. para harina, de metal.
1 Llave específica de metal para desarmar el dispensador de churros. 1 Cacerola de 34 cm. (bajo) y 50 cm. (alto), con tapa.
1 Mueble con tres cajones, en color blanco y metal.
1 Mueble cafetero con dos puertas, dos cajones, tres estantes y tolva, en acero inoxidable.
1 Mueble cafetero de 2,50 metros x 0,60 metros en acero inoxidable. 1 Mueble de 6 estantes xx xxxxx inoxidable.
1 Cocina de 4 fuegos y horno, a gas. 1 Plancha de tres fogones a gas.
13 Alfombras de goma de 1,20 metros x 0,80 metros.
4 Bombonas de gas propano grandes, con sus reguladores. 1 Extintor de color rojo.
3 Parasoles en color crudo. 3 Bases para los parasoles.
2 Posters enmarcados en cristal.
1 Armario de dos puertas, de plástico.
1 Estor de 135 cm. de ancho por 300 cm. de alto, en color fucsia. 3 Estores de 300 cm. de ancho por 300 cm. de alto.
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D / Xx: | D.N.I./ N.I.E/ Pasaporte: | ||
Domicilio: | Municipio: | ||
C.P.: | Tfno: | Móvil: | E-mail: |
En nombre propio o En representación de: | D.N.I./ N.I.E/ Xxxxxxxxx/C.I.F.: | ||
Domicilio: | Municipio: | ||
C.P.: | Tfno: | Móvil: | E-mail: |
EXPONE
Que desea tomar parte en la convocatoria para la adjudicación del “CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LA CAFETERÍA - CHURRERÍA XXX XXXXXXXXXX DEL AGRICULTOR XX XXXXXX”, adjuntando los
justificantes que acreditan las circunstancias que en el concurren en relación a lo establecido en los pliegos, así como la aportación de la siguiente documentación:
• Sobre A: Correspondiente a la documentación personal, solvencia y antecedentes de la empresa en relación con su capacidad para la ejecución del servicio.
• Sobre B: Correspondiente a la oferta económica.
Por lo que SOLICITA la admisión de presente solicitud de participación en el procedimiento de licitación aludido.
En la Villa de El Sauzal, a…… de 2017.
(Sello de la empresa y firma del proponente)
Sr. Alcalde-Presidente xxx Xxxxxxx Ayuntamiento de la Villa de El Sauzal.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
1. DATOS DEL SOLICITANTE | |||
Nombre y Apellidos | NIF | ||
Dirección | |||
Código Postal | Municipio | Provincia | |
Teléfono | Móvil | Fax | Correo electrónico |
2. DATOS DEL REPRESENTANTE | |||
Razón Social | CIF | ||
Dirección | |||
Código Postal | Municipio | Provincia | |
Teléfono | Móvil | Fax | Correo electrónico |
3. DATOS DE NOTIFICACIÓN | |
Persona a Notificar | Medio Preferente de Notificación |
Solicitante Representante | Notificación en Papel Notificación Telemática |
PRIMERO. Que a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones el firmante de la declaración y la persona física/jurídica a la que represento, y sus administradores y representantes, cumplen con las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 146.4 y 5 del TRLCSP y con lo dispuesto al efecto en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
SEGUNDO. Que el firmante de la declaración actuando como persona física, ni el firmante de la presente declaración a la que represento al tratarse de una persona jurídica y sus administradores o representantes, no se hallan incursos en supuesto alguno de prohibición para contratar con la Administración previstos en el artículo 60 del TRLCSP y no forman parte de los Órganos de Gobierno Administración de la misma ningún alto cargo a los que se refiere la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado o de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas o se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma, hallándose la persona física/jurídica representada al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4. EN CALIDAD DE REPRESENTANTE APODERADO ADMINISTRADOR, DECLARA BAJA SU PROPIA RESPONSABILIDAD:
TERCERO. Que el firmante de la declaración actuando como persona física, y en su caso la persona jurídica a la que represento, acepta el medio electrónico como medio de comunicación para la recepción de notificaciones relativas al proceso de licitación del expediente de referencia, indicando a estos efectos la siguiente dirección de correo electrónico a la cual deberán remitirse los avisos correspondientes al envío de dichas notificaciones:
.
CUARTO. Que la empresa: (señalar una de las opciones) NO PERTENECE a ningún grupo empresarial.
PERTENECE al grupo empresarial _.
.
5. AVISO LEGAL |
Esta declaración responsable deberá ser firmada por la persona física con acreditación de su personalidad, o por la persona física que ostente las facultades de dirección o representación de la empresa o sociedad, conforme se establece en la normativa de contratación. |
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de lo siguiente:
- Los datos de carácter personal que se obtengan de su solicitud serán incorporados y tratados de forma confidencial en un fichero propiedad de este Ayuntamiento.
- Los datos obtenidos en esta instancia podrán ser utilizados, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas.
- Ud. tendrá la posibilidad de acceder en cualquier momento a los datos facilitados, así como de solicitar, en su caso, su rectificación, oposición o cancelación, dirigiendo una comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de su identidad, a este Ayuntamiento.
En la Villa de El Sauzal, a de de 20 .
Fdo.: El solicitante,