Contract
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE ANIMALES (PERROS Y GATOS) DEL MUNICIPIO DE PORTUGALETE.
1) OBJETO.
La contratación del servicio de Recogida y Custodia de Animales del Municipio de Portugalete (perros y gatos) que, como mínimo deberá incluir las siguientes áreas de trabajo:
.- Recogida y transporte de animales abandonados y /o extraviados
.- Alojamiento, cuidado de los animales recogidos y el sacrificio de los mismos en último caso.
.-Favorecer, fomentar de forma propia o convenida con asociaciones protectoras las adopciones de los animales recogidos con el fin de evitar el sacrificio de los mismos.
.-Recogida y custodia de aquellos animales que se determinen por orden de la Autoridad Municipal o Judicial.
.- Recogida de animales muertos en vía pública y posterior incineración
2) ÁMBITO.
El lugar de prestación del servicio será el término municipal de Portugalete.
3) DURACIÓN.
El plazo total de ejecución de las prestaciones objeto del contrato será de DOS AÑOS, a contar desde la fecha que se indique en el contrato administrativo que suscriban las partes, y será prorrogable anualmente, por un periodo máximo de dos años más por mutuo acuerdo entre las partes. En caso de no desear llevar a cabo la prórroga del contrato, el adjudicatario deberá comunicarlo a la Administración con una antelación de TRES MESES a la fecha de finalización del plazo.
4) PRESUPUESTO.
El tipo de licitación para el presente contrato es de un máximo de 50.040,- € anuales, cantidad que podrá ser mejorada por los licitadores quienes deberán tener en cuenta, que dentro de la misma está incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como cuantos gastos, tasas, arbitrios e impuestos afecten a la ejecución.
5) FORMA DE PAGO.
El importe de la adjudicación será abonado en 12 mensualidades equivalentes.
A efectos de abono por el Ayuntamiento, la empresa adjudicataria emitirá mensualmente una factura global, a mes vencido, por los servicios prestados.
Para una mayor eficacia en la gestión de cobro, la empresa adjudicataria adjuntará a la factura un informe mensual sobre sus actuaciones realizadas, que deberá remitir al Ayuntamiento.
6) REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LAS EMPRESAS LICITADORAS.
1.- Deberán presentar el documento acreditativo en vigor que el núcleo zoológico que pone a disposición del contrato se encuentra debidamente inscrito en el registro de núcleos zoológicos.
2.- Deberán presentar la correspondiente licencia municipal de actividad de las instalaciones de depósito y albergue de animales.
La falta de presentación de cualquiera de los documentos requeridos dará lugar a la exclusión de la proposición presentada.
7 )CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS REQUERIDAS EN LOS SERVICIOS E INSTALACIONES OBJETO DE PRESTACIÓN.
a) INSTALACIONES DE DEPOSITO Y ALBERGUE DE ANIMALES
Las instalaciones estarán situadas en un emplazamiento adecuado y tendrá en cuenta el suficiente alejamiento del núcleo urbano para no ocasionar
molestias. Los licitadores deberán presentar planos de las instalaciones, las cuales deberán cumplir toda la normativa vigente aplicable a esta actividad y en todo caso, deberán cumplir con los requisitos exigidos en la Normativa que los regule.
Las instalaciones donde se alojen los animales deberán limpiarse diariamente, debiendo presentar siempre un buen estado de cuidado, limpieza, higiene y conservación, debiendo contar con:
- Número de boxes adecuado para que los animales objeto de contrato tengan espacio suficiente, evitando, de esta forma, agresiones, contagios, etc.
- Dotación de agua potable y desagües que garanticen la ausencia de perjuicios para el entorno, personas y otros animales.
- Zona para lavado, higiene y desparasitación de los animales, donde, si su estado lo requiere, deberán ser tratados los animales que ingresen en el centro con el fin de evitar posibles contagios a otros animales ya ingresados.
- Zona para cuarentenas especialmente equipada y con el grado de aislamiento necesario para preservar a animales y personas de posibles contagios.
- Zona con el equipamiento necesario para llevar a cabo las actividades administrativas, de registro y de atención al público.
-Zonas de almacenamiento para alimentos y materiales y equipos de limpieza.
- Zona de esparcimiento para los animales recogidos
- Sistema de eliminación de excrementos y orines de forma que no comporten peligro para la salubridad pública, ni ninguna clase de molestia
- Incineradora propia o compromiso con una ya existente para la incineración de animales.
Es obligación del adjudicatario mantener la totalidad de los elementos que componen las instalaciones fijas en perfecto estado de conservación y limpieza.
b) SERVICIO DE ALOJAMIENTO Y CUIDADO DE ANIMALES.
La empresa adjudicataria se hará cargo del alojamiento, cuidado y mantenimiento de los animales recogidos en el albergue.
.- El Albergue permanecerá abierto al público como mínimo, de lunes a viernes de 11 a 13 horas y de 16:30 a 18 horas y sábados de 11 a 13 horas para dar información y atender visitas o gestiones relacionadas con los servicios prestados.
.- Las dependencias donde se alojen los animales deberán presentar siempre una imagen de cuidado y limpieza.
Para ello, y de acuerdo con la normativa vigente, la entidad adjudicataria habrá de garantizar la existencia de condiciones higiénicas, sanitarias y alimentarias adecuadas para todos los animales del Albergue.
.- Los animales que ingresen en el albergue deberán ser revisados y si su estado lo requiere proceder a su desparasitación, desinfectación y lavado inmediatamente después de su ingreso, a fin de evitar posibles contagios a los animales ya ingresados.
También se deberá suministrar diariamente los medicamentos y curas necesarias para los animales enfermos y proceder a la observación preventiva del estado de salud de los animales sanos.
Deberá contar con un programa de higiene y profilaxis elaborado por un veterinario, que deberá presentar con la documentación.
La aparición de cualquier enfermedad de declaración obligatoria en estas actividades deberá ser notificada tanto a los órganos forales competentes como a los servicios sanitarios municipales tan pronto como sea detectada y en todo caso, en el plazo establecido por la legislación vigente.
.- En el caso de circunstancias especiales (sanitarias, de seguridad,...) que los animales tengan que ser sacrificados, deberá existir de forma previa, un informe del veterinario o en su caso, el de un adiestrador canino autorizado y una autorización municipal.
.- El plazo mínimo de retención de un animal sin identificación será de treinta días, durante este tiempo la empresa adjudicataria procurará su adopción. Si transcurrido el plazo de retención y el animal no ha sido adoptado o cedido a un tercero, se procederá a su sacrificio, salvo que la empresa de acuerdo a su oferta presentada asuma su acogimiento voluntario y a su xxxxx o la titularidad del animal
Todo animal recogido, que tras comprobar su identidad se haya de devolver a su propietario, solo podrá ser entregado al mismo propietario o a la persona por él asignada previa autorización por escrito en tal sentido .
La adopción de un animal bajo responsabilidad del Ayuntamiento de Portugalete, no podrá tener otro coste para la persona que “adopte” el animal que el derivado de su identificación. La entidad adjudicataria se responsabilizará de que la persona que “adopte” el animal sea claramente identificada, cumpla los requisitos legales y firme el documento específico para la cesión de animales.
.- Si el animal que ingresa en el Albergue llevara identificación, el Ayuntamiento, notificará su recogida o retención al propietario, quien dispondrá de un plazo de 7 días hábiles para recuperarlo, abonando las tasas correspondientes. Transcurrido dicho plazo sin que el propietario lo hubiere recuperado, se actuará de igual forma que en el apartado anterior.
En el supuesto de animales decomisados por ordenes judiciales o de la autoridad municipal competente, el plazo de acogida del animal se ampliará hasta que el procedimiento administrativo concluya, siendo x xxxxx del
adjudicatario los gastos que ocasione su mantenimiento y cuidado durante ese periodo, procediendo según determine la resolución administrativa a su devolución al propietario o a su adopción o sacrificio. En todo caso, el plazo máximo de acogida será de seis meses.
Cumpliendo con la normativa vigente, todos los animales que legalmente deban estar identificados, saldrán del Albergue con microchip identificativo.
Los animales que pudieran fallecer o que sea necesario sacrificar, así como aquellos que se recojan ya muertos en la vía pública serán incinerados, por ello, la empresa adjudicataria deberá poseer documento acreditativo de su incineración y tenerlo a disposición de este Ayuntamiento durante la vigencia del contrato
c)SERVICIO DE RECOGIDA DE ANIMALES.
La empresa adjudicataria atenderá los avisos del Ayuntamiento: policía, vigilantes, personal técnico, durante todos los días del año y en las 24 horas del día. Desde la recepción del aviso hasta que el personal de la empresa se presente en el lugar requerido, no podrá transcurrir un plazo superior a 25 minutos si se reciben entre las 8 y las 20 horas de lunes a viernes. Si el aviso se recibiera en sábado o festivo, o bien entre las 20 horas y las 8 horas de la mañana siguiente, el margen de respuesta será de 45 minutos.
La empresa adjudicataria se responsabilizará de la recogida de cualquier animal objeto de contrato, que se encuentre abandonado en el término municipal de Portugalete. Para ello, utilizará los medios que sean necesarios.
Si las instalaciones de depósito y albergue de animales del adjudicatario, se encuentran a una distancia igual o superior a los 25 kilómetros del municipio de Portugalete, los animales recogidos siempre que estén identificados, se entregaran a su propietario, previo pago de las correspondientes tasas municipales, en un plazo máximo de 2 horas desde el aviso de entrega por parte del Ayuntamiento. Normalmente la entrega se realizará junto a las dependencias de la Policía Municipal. No obstante, el área municipal responsable del servicio podrá establecer otro punto de entrega, siempre dentro del término municipal.
Si las instalaciones de depósito y albergue de animales del adjudicatario, se encuentran a una distancia inferior a 25 kilómetros del municipio de Portugalete, será la persona propietaria del animal o autorizada, quien una vez pagadas las correspondientes tasas municipales, recoja el animal con sus medios.
De cada aviso atendido se elaborará un informe que se remitirá en el plazo de 24 horas, mediante correo electrónico, al Ayuntamiento y en el que se especificarán, al menos, hora de recepción del aviso, hora de llegada al lugar
requerido, tipo de intervención realizada, características del animal implicado, fotografía del animal y tipo de solución dada a la incidencia.
Igualmente, la empresa adjudicataria prestará el servicio de recogida de animales muertos ( perros y gatos), en la vía pública. En estos casos, una vez recogido el animal deberán proceder a realizar todos aquellos pasos que permitan una identificación del mismo, para lo cual tendrán que realizar fotografías del animal, comprobar si lleva implantado el microchip o tiene algún otro tipo de identificación y finalmente proceder a su incineración.
d) ATENCION VETERINARIA DE LOS ANIMALES CONFINADOS
La entidad prestadora del servicio acreditará la disposición de un servicio de asistencia veterinaria, propio o contratado, a tiempo total o parcial, debiendo señalar en su proposición, el nombre de la persona o personas que lo componen y su currículum .
Dentro de los servicios del veterinario colegiado, se encontrarán los de diagnosticar y tratar a los animales que ingresen y permanezcan en el centro de acogida, determinando, en su caso, la necesidad de sacrificar a aquellos que no estén en condiciones sanitarias adecuadas. Estos servicios se responsabilizarán de las eutanasias que pudieran realizarse.
Dicho veterinario deberá encontrarse habilitado, tanto para la identificación de los animales mediante la implantación del correspondiente microchip, como para la expedición de certificaciones oficiales sanitarias, y para la realización de informes que valoren la peligrosidad de los animales, que permitan su catalogación como potencialmente peligrosos, así como para la elaboración de informes que establezcan cuando un animal debe ser sometido a las condiciones especiales.
Los informes, que sobre los animales recogidos por este servicio, sean necesario realizar, no tendrán coste alguno para este Ayuntamiento.
8.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS REQUERIDAS EN LOS MEDIOS UTILIZADOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
a) MEDIOS PERSONALES.
La empresa adjudicataria deberá disponer para el servicio de los medios humanos, tanto directos como indirectos, necesarios para asegurar en todo momento la ejecución de los trabajos objeto del contrato y cubrir eventualidades como bajas por enfermedad o accidente, absentismo laboral,
permisos, labores sindicales, vacaciones y otras causas debidamente justificadas.
Todo el personal que esté en contacto con animales potencialmente peligrosos, estará en posesión de la Licencia administrativa para la Tenencia de animales potencialmente peligrosos
El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal del adjudicatario durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del adjudicatario todas las obligaciones de su contratación, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de este contrato.
El adjudicatario deberá tener contratado, dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de las cuotas, a todo el personal a su cargo, debiendo concertar los seguros de responsabilidad necesarios que cubran los posibles daños a terceros en la realización de los trabajos contemplados.
En caso de huelga o conflicto de empresa, ésta deberá acatar y llevar a cabo los servicios mínimos que desde este Ayuntamiento u otros organismos administrativos de superior rango se establezcan.
Las empresas que puedan contratar la adjudicataria para la realización de algunos de los servicios objeto del presente contrato deberán cumplir todas las prescripciones normativas aplicables, además de las señaladas en el presente pliego con respecto al servicio que presten
b) MEDIOS MATERIALES.
La entidad adjudicataria dispondrá de, al menos un vehículo preparado y homologado, el cual contará con las preceptivas jaulas y compartimiento cerrado y aislado, para la recogida y transporte de los animales, llevando a cabo cuantas acciones de limpieza, desinfección y desinsectación sean necesarias para mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias. Dicho vehículo mostrará identificación exterior del Ayuntamiento de Portugalete.
La entidad adjudicataria dispondrá de un número de teléfono de contacto durante las 24 horas para la recepción de avisos, garantizando su accesibilidad. Este número de teléfono deben ser aportado con la entrega de la documentación y debe ser estable por la duración del contrato. Cualquier modificación del mismo debe ser comunicada por escrito al Área de Sanidad previo a su cambio.
La entidad adjudicataria dispondrá de una conexión a Internet y dirección de correo electrónico que debe ser aportada con la entrega de la documentación y debe ser estable por la duración del contrato. Cualquier modificación de la misma debe ser comunicada por escrito al Área de Sanidad previo a su cambio.
Asimismo deberá contar con todos los medios necesarios para la recogida de los animales ( lanzadardos adormecedores, jaulas trampa, lazo de aluminio homologado,... ), lectores universales de microchips identificativos, así como otros medios que puedan ser necesarios para la adecuada prestación del servicio.
9.-ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS.
La entidad prestadora del servicio llevará un control exhaustivo de las altas y bajas producidas y de todas las incidencias y demás datos relativos a la prestación del servicio.
Para ello, debe disponer de un Libro de Registro, suministrado o visado por el órgano Xxxxx competente en el que por cada animal se hará constar, como mínimo y sin carácter exhaustivo:
• Tipo de animal que ingresa.
• Descripción de las características del animal.
• Fecha y causa de ingreso.
• Datos del depositario o persona que notificó su abandono.
• Observaciones relativas a su estancia.
• En caso de recogida por el propietario, adopción o sacrificio: fecha, datos personales de los implicados y descripción del procedimiento realizado.
Este Libro-Registro se hallará a disposición de las Administraciones competentes.
La empresa adjudicataria deberá remitir al responsable municipal que corresponda, un Informe Mensual junto a la factura, en el que se hará constar:
• Relación de las adopciones o sacrificios que se realicen y de todos los datos necesarios para llevar un control sobre las altas y bajas producidas en el Albergue.
• Relación de los partes de trabajo referidos a los avisos atendidos, indicando hora de recepción del aviso, hora de llegada, características del animal implicado, tipo de intervención y resultado de la incidencia.
En el ultimo mes del año se emitirá un informe anual donde se reflejen todas las incidencias producidas así como comparativas con años anteriores
,acerca de entradas, salidas, identificaciones, servicios de urgencia, días de estancia en el albergue, incineraciones, esterilizaciones, etc.
Asimismo la empresa adjudicataria cumplirá su obligación legal de remitir la información pertinente de altas, bajas, cambios de titularidad o
colocación de microchips, a la institución responsable del mantenimiento de la identificación de animales.
10) INSPECCIÓN DEL SERVICIO
En todo momento, la empresa prestadora del servicio estará en disposición de atender cualquier requerimiento o solicitud adicional de datos que el Ayuntamiento estime conveniente, en relación con la ejecución del contrato, quedando sometida de forma permanente a la inspección y vigilancia del Departamento correspondiente del Ayuntamiento de Portugalete, quienes podrán realizar las revisiones que estimen oportunas, en cualquier momento y lugar.
La inspección que al efecto se designe tendrá acceso a los locales y dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precise respecto a la organización y ejecución del mismo.
El contratista queda obligado a exhibir cuantos documentos sean precisos para el cumplimiento de esta obligación y, en especial, los relativos a seguros sociales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros, instalaciones y material, y, en general, a permitir todas aquellas actuaciones encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria del Ayuntamiento.
11.- OBLIGACIONES DEL NUEVO ADJUDICATARIO
.- Será obligación del nuevo adjudicatario, hacerse cargo de los animales que se encuentren bajo control municipal, en las dependencias del contratado a la fecha de entrada del nuevo contrato
En el plazo de 48 horas desde la firma del contrato, deberá trasladarlos, con sus medios, a sus instalaciones.
A fecha de Enero de 2013, se encuentran bajo control municipal: Perros: 3
Gatos: 7
12.- PENALIDADES CONTRACTUALES
Se considera cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del presente pliego :
a) El retraso en más de 10 días hábiles en la entrega del informe de actuaciones mensuales.
b) Impedir el acceso a los servicios de inspección municipales a los locales y dependencias del servicio.
c) No facilitar cuantos datos se precise respecto a la organización y ejecución del servicio.
d) No facilitar las adopciones de animales, puesto de manifiesto por denuncia particular y una vez tramitado expediente contradictorio.
e) No disponer el local y/o las dependencias donde estén alojados los animales de perfectas condiciones de cuidado y limpieza.
f) El retraso en la actuación ante un aviso, según plazos señalados en el pliego o los indicados por el adjudicatario si son menores a éstos.
g) No prestar la atención veterinaria mínima necesaria a los animales que una vez recogidos la requieran.
h) No mantener abierto al público el centro de recogida de animales en los horarios señalados en el pliego o los establecidos por el adjudicatario en su oferta, si son mayores.
Tales cumplimientos defectuosos darán lugar a la imposición de las siguientes penalidades:
1- 300 €, en el caso del incumplimiento descrito en la letra a)
2- Entre 750 € y 1.500 € en caso de incumplimiento defectuoso escrito en las letras de la b) a la h)
13- OBLIGACIONES ESENCIALES
El incumplimiento de las siguientes obligaciones, calificadas como esenciales en el presente contrato, serán causa de resolución del contrato.
1- Recoger todos los animales que se determinen por orden de la autoridad municipal o judicial
2- El cumplimiento del compromiso adquirido de asumir la titularidad del animal , finalizado el plazo legal de retención, a efectos de evitar su sacrificio.
14. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la adjudicación del presente contrato se tendrán en cuenta las mejoras que se enumeran a continuación y con el factor de ponderación que figura en cada uno de ellos:
1.-) OFERTA ECONOMICA : Hasta 40 puntos.
El sistema de regulación y adjudicación de puntos será:
Puntos =
Importe mejor oferta Importe oferta a valorar
x 40
En ningún caso, la oferta económica podrá superar los 40 puntos.
2.-) MEJORAS ENCAMINADAS A EVITAR O RETRASAR EL SACRIFICIO
DEL ANIMAL: Hasta un máximo de 45 puntos
.2.1- Por asumir por parte de la empresa licitadora, la titularidad del animal una vez finalizado el plazo mínimo de retención, con el fin de proceder a la cesión o adopción del mismo : 45 puntos.
2.2.- Por incrementar en noventa días más a cargo de la adjudicataria, el plazo mínimo de retención del animal: 20 puntos.
2.3.- .- Por incrementar en sesenta días más a cargo de la adjudicataria, el plazo mínimo de retención del animal: 15 puntos.
2.4.- Por incrementar en treinta días más a cargo de la adjudicataria, el plazo mínimo de retención del animal: 10 puntos.
Los licitadores que presenten en su oferta como mejora, la establecida en el punto 2.1, deberán acompañar en la documentación correspondiente a criterios sujetos a fórmula ( sobe C) el compromiso de adquirir la titularidad del animal , conforme al modelo que se acompaña como Anexo nº 1 del presente pliego.
3.-) MEJORAS ENCAMINADAS A POTENCIAR LA ADOPCIÓN DE ANIMALES Y CONCIENCIAR A LOS CIUDADANOS: Hasta 15 puntos
3.1.-) Que la empresa licitadora presente un plan de adopciones propio y/o un convenio de colaboración con alguna asociación de protección de los animales: Hasta 10 puntos
Aquellas empresas que cuenten con planes/ convenios de adopción en funcionamiento, podrán presentar las actuaciones realizadas durante los tres últimos años, valorándose su efectividad
3.2.-) Que la empresa licitadora presente un plan o proyecto dirigido a concienciar a los ciudadanos en todos los derechos, obligaciones relacionados con la tenencia de animales, favorecer la adopción, ....
Hasta 5 puntos
Portugalete, Diciembre 2013 RESPONSABLE DEL AREA DE SANIDAD
Xxxxxx Xxxxx
ANEXO I
COMPROMISO DE ASUMIR LA TITULARIDAD DEL ANIMAL
D............................................................., provisto de DNI nº , con
domicilio en ............................, calle , en nombre propio / o
en representación de la empresa............................................., con CIF , y
domicilio en .............................., calle , en relación con el contrato de
“..............................”
DECLARO:
1- Que con el fin de evitar el sacrificio del animal , una vez finalizado el plazo mínimo de retención establecido en la normativa vigente, asumimos la titularidad del animal en custodia, que pasará a ser propiedad de esta licitadora , quien promoverá la cesión o adopción del mismo.
En ................................, a................... de .................................de .............
Fdo DNI