REGLAS DE PARTICIPACION
REGLAS DE PARTICIPACION
INVITACION ABIERTA No. 01 de 2013
“RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC-, REQUIERE CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE LLAVE EN MANO, LA ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, TRASLADO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS DE TRANSMISIÓN Y ENERGÍA QUE CONFORMAN LA ESTACIÓN DE TRANSMISIÓN DE LAS EMISORAS SEÑAL RADIO COLOMBIA Y SEÑAL RADIÓNICA DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, EN INSTALACIONES DEL CERRO EL CABLE.”
El presupuesto oficial para el presente proceso corresponde a la suma de OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN PESOS M/CTE
($891.868.571.oo), INCLUIDO IVA y demás impuestos xx Xxx.
Bogotá D.C., Noviembre de 2013
CAPITULO I CONDICIONES GENERALES DEL PROCESO DE SELECCION
RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES
Las reglas de participación podrán ser sujeto de modificaciones dentro del tiempo establecido en el cronograma del presente proceso.
Se recomienda a quienes deseen participar en este proceso, leer detenidamente el presente documento, cumplir con las exigencias previstas y tener en cuenta las circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en la propuesta, en el cumplimiento del contrato y/o en los costos derivados de éste.
Para la elaboración de su propuesta, el proponente deberá seguir el orden señalado en el presente documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, lo cual permita una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad.
Antes de entregar la oferta, verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta, en especial el nombre del tomador, objeto asegurado, la vigencia y el valor asegurado, de acuerdo a lo exigido en las presentes reglas de participación.
En caso de que la propuesta sea presentada por una persona natural, su nombre debe coincidir con el que aparece en la copia de la cédula de ciudadanía incluida en la propuesta. En caso de que la propuesta sea presentada por una persona jurídica, debe presentarla quien tenga la representación legal de la persona jurídica. Su nombre será verificado con el que aparece en la cédula de ciudadanía y el certificado de la Cámara de Comercio. Sí la persona jurídica usa una sigla, ésta debe estar autorizada en el certificado de la Cámara de Comercio.
Corresponde al proponente enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución y resolver previamente las inquietudes que le suscite este documento.
Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
Todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en la página Web de la Entidad, por lo que será responsabilidad de los participantes conocer de estos a través de este mecanismo.
INTRODUCCIÓN
La publicación de las presentes Reglas de Participación tiene el propósito de poner en conocimiento del público en general y de los interesados en participar en el proceso en particular, la información acerca del proyecto que se pretende desarrollar; de los términos y condiciones en que tendrá lugar dicho proceso y de la naturaleza y características del contrato a celebrar y ejecutar, con el fin de que puedan estructurar sus propuestas y formular observaciones en torno al mismo, desde los puntos de vista técnico, jurídico y económico - financiero.
RTVC está facultada para introducir modificaciones y ajustes en las Reglas de Participación, bien como resultado de las observaciones recibidas de terceros o bien producto de análisis internos, en especial, acerca de los aspectos técnicos, habida cuenta de las gestiones que adelanta la Entidad.
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR
1.1. OBJETO
“RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC-, REQUIERE CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE LLAVE EN MANO, LA ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, TRASLADO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS DE TRANSMISIÓN Y ENERGÍA QUE CONFORMAN LA ESTACIÓN DE TRANSMISIÓN DE LAS EMISORAS SEÑAL RADIO COLOMBIA Y SEÑAL RADIÓNICA DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, EN INSTALACIONES DEL CERRO EL CABLE.”
1.2. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD
Mediante Escritura Pública N° 3138 del 28 de Octubre de 2004 de la Notaria 34 del Círculo de Bogotá D.C., se constituyó la Sociedad RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA –RTVC- como nuevo gestor del servicio público de televisión y radio, como quiera que su objeto social establece: “La Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC- tendrá como objeto la producción y programación de la radio y televisión públicas”.
Así mismo, en desarrollo de su objeto, se otorgan facultades a la Entidad para que administre, opere y mantenga, directamente o a través de terceros, la red pública de televisión y radio.
En cumplimiento de su objeto social y su deber legal, RTVC-SEÑAL COLOMBIA SISTEMA DE MEDIOS PÚBLICOS ha venido realizando las acciones pertinentes para llevar el servicio público de radio y televisión a los centros poblados del país, con el fin de brindar a los colombianos espacios que contribuyan al desarrollo de sus aspiraciones sociales y democráticas. Así pues, por medio de los contenidos de Señal Colombia, Señal Institucional y Canal Uno, y de las frecuencias de Señal Radio Colombia y Señal Radiónica, que brindan contenidos de carácter social, educativo y cultural en la mayor parte del país, incluso en los lugares más recónditos de la geografía nacional, RTVC busca fomentar la construcción de ciudadanía y la generación de identidad nacional, demostrando a su vez que, en las producciones de la televisión y radio públicas, hay una opción válida para competir con calidad en el mercado de contenidos.
Para llevar sus señales a todos los colombianos, RTVC cuenta con la Red pública de transmisión de radio y televisión, un sistema de estaciones de alta y baja potencia que se extiende a lo largo y ancho del país, y a través de la cual los contenidos públicos son accesibles a cada habitante de las grandes y pequeñas ciudades, municipios, veredas y corregimientos de Colombia. Por esta razón, uno de los deberes más importantes para el cumplimiento del objeto de esta entidad es garantizar el servicio público de radio y televisión analógica y digital a través de esta red pública de transmisión, de forma directa o por medio de
terceros que aseguren la prestación de dicha función de la forma más eficiente, para su correcto funcionamiento y el sostenimiento de la cobertura poblacional.
Así mismo, de acuerdo con las políticas del Gobierno Nacional relacionada con el Fortalecimiento de la radiodifusión y televisión pública, corresponde a RTVC presentar un proyecto de Recuperación y Expansión de la Red de Estaciones y Renovación Tecnológica de la Radio Nacional, el cual permite garantizar a futuro el desarrollo de dicha infraestructura, permitiendo su operación al 100% además de la implementación de sistemas de soporte que garanticen la continuidad de las transmisiones.
Por esta razón, la entidad ha desarrollado proyectos para mejorar la infraestructura técnica, realizando las gestiones requeridas, con el fin de adquirir lo necesario para mejorar los índices de disponibilidad de señal, aumentando las características técnicas de la red de transmisión, haciéndolas más robustas y competitivas. Esto se ha logrado por medio de la ejecución del Proyecto de Recuperación y Expansión de la red de estaciones de Señal Radio Colombia durante los años 2009 a 2013, para lo cual, se tiene proyectado tener continuidad hasta el año 2016.
En este sentido, durante los primeros años del proyecto, se intervinieron las estaciones cuyos transmisores estaban fuera de servicio, posteriormente, se inició la reposición de equipos que se encuentran operativos pero a baja potencia por su estado de obsolescencia y en la última etapa, se busca aumentar la presencia de la señal de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica a nuevas ciudades por medio de proyectos de expansión de la red.
Con fundamento en los antecedentes mencionados, desde la Subgerencia de Radio y el Área Técnica de la entidad se ha visto la necesidad de trasladar los equipos y sistemas de telecomunicaciones de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica, ubicados en la estación Xxxxxxxxx y que prestan servicio a la ciudad de Bogotá, hacia la zona denominada como Cerro el Cable, ya que se ha podido constatar mediante constantes quejas de los usuarios y la realización de una simulación de cobertura que, en ciertas zonas de la ciudad, no se recibe una buena calidad de la señal, razón por la cual es requerido el cambio de ubicación del sistema radiante a un sitio donde se mejoren los índices de disponibilidad de la señal.
En adición a lo anterior, y con el fin de dar cumplimiento a la regulación para la Radiodifusión Sonora en Colombia la cual indica que las estaciones de transmisión deben estar fuera de los límites urbanos de la ciudad, se hace necesario trasladar la Estación de transmisión y recepción, desde Xxxxxxxxx hacia el Cerro el Cable, instalando, configurando y poniendo en funcionamiento la totalidad de los equipos requeridos para la prestación del servicio de las emisoras de RTVC que prestan servicio en Bogotá.
Además del traslado, RTVC está interesado en adquirir sistemas radiantes, equipos de monitoreo y sistemas eléctricos, necesarios para prestar el servicio en el nuevo sitio y así mejorar los indicadores de disponibilidad de la señal de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica, que prestan servicio a la ciudad de Bogotá
Es de resaltar que el inmueble en donde se ubicaran los elementos en el cerro el CABLE, será objeto de arrendamiento por parte de RTVC, por lo cual el acta de inicio del contrato resultante de este proceso se realizara una vez se tenga en contrato de arrendamiento suscrito, el cual RTVC esta tramitando.
En consecuencia, RTVC requiere contratar bajo la modalidad de llave en mano, la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de equipos de transmisión y energía, así como trasladar los equipos y sistemas de telecomunicaciones de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica, ubicados en la estación Xxxxxxxxx, hacia la zona denominada como Cerro el Cable, en la ciudad de Bogotá.
1.3. FUNDAMENTOS Y CONDICIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
1.3.1. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Y MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El régimen jurídico aplicable al presente proceso de selección y las actuaciones que de él se deriven, que comprende las etapas precontractual, contractual propiamente dicha y post contractual, es el previsto en la Resolución N°. 344 del 29 de octubre de 2013 mediante el cual se adoptó el Manual Interno de Contratación de RTVC, encontrándose exceptuada de la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Publica en los procesos de selección que inicia con ocasión de las actividades que desarrolla en virtud de su objeto social, consideradas como actividades misionales.
De acuerdo con el precitado Manual de Contratación interno de la entidad, se entenderá que el proceso contractual tiene carácter misional cuando los bienes o servicios requeridos tengan como finalidad el cumplimiento del objeto social y el desarrollo de las actividades industriales y comerciales de la empresa.
Adicional a lo anterior, RTVC, realizará invitación abierta cuando se trate de contratación cuyo valor sea superior o igual a 1.018 SMLMV, y en los eventos en que teniendo en cuenta la justificación contenida en los estudios previos no proceda otra modalidad de selección prevista en este Manual, como es el presente caso.
Finalmente, se acudirá a esta modalidad de invitación abierta, en aquellos eventos en los que por diferentes circunstancias resulte necesario adelantar el proceso de selección de contratista, mediando convocatoria pública o en los casos que se requiera contar con diferentes opciones en el mercado y pluralidad de ofertas para seleccionar la oferta más favorable mediante factores objetivos.
En este sentido, las actividades relacionadas con la adquisición, instalación, traslado y puesta en funcionamiento de los equipos de transmisión y energía que conforman la estación de transmisión de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica de la ciudad de Bogotá, en instalaciones del Cerro El Cable, están asociadas con el carácter misional de la entidad.
La aplicación del régimen excepcional tiene fundamento en lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011, que exceptúa de la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, a las empresas industriales y Comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que aquel tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), sus filiales y las sociedades entre entidades públicas, que desarrollen actividades comerciales en competencia con los sectores privado y/o público a nivel nacional o internacional o en mercados regulados, excepto en cuanto se refiere a la aplicación de los principios consagrados en el artículo 13 de la Ley 80 de 1993.
También le son aplicables las demás normas concordantes con la materia que rijan o lleguen a regir los aspectos del presente proceso de selección. En lo que no se encuentra particularmente regulado en el Manual de Contratación Interno de RTVC se aplican las normas civiles, comerciales y a falta de éstas las contenidas en el Estatuto General de Contratación Pública.
1.3.2. ¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR?
Podrán participar en el presente proceso las personas naturales o jurídicas, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, nacionales o extranjeras, que no estén incursas en inhabilidades o
incompatibilidades para contratar señaladas por la constitución y la Ley, cuyo objeto social les permita presentar oferta y desarrollar la actividad a contratar y que presenten garantía de seriedad de la oferta y efectúen la propuesta de acuerdo con las condiciones sustanciales establecidas en las reglas de participación.
1.3.2.1. PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES O EXTRANJERAS CON SUCURSAL DE COLOMBIA.
Podrán participar en el presente proceso de selección todas las personas naturales o jurídicas, independientes, en consorcio o unión temporal, legalmente domiciliadas y constituidas en Colombia y que no se encuentren incursas en inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Ley.
1.3.2.2. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
Cuando el oferente sea una persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia, que no tenga establecida sucursal en Colombia, debe presentar el documento que acredite la inscripción de la personería jurídica en el registro correspondiente del país donde tenga su domicilio principal, así como los documentos que acrediten su existencia y representación legal, debidamente consularizados en la forma en que lo establece el artículo 480 del Código de Comercio.
Adicionalmente deberá acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar oferta y celebrar el contrato, así como para representar a la sociedad judicial o extrajudicialmente.
1.3.3. PUBLICIDAD
RTVC será responsable de garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados al presente proceso de selección objetiva, salvo los asuntos sometidos a reserva. La información contenida en los actos del proceso se considera oponible en el momento en que aparecen publicados en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
La publicación electrónica de los actos y documentos a que se refiere el presente proceso deberá hacerse a la fecha de su expedición, o, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes. El acto general de su permanencia se extenderá hasta dos años después de la fecha de liquidación del contrato, o de la ejecutoria del acto de declaratoria desierta según corresponda.
En el evento en que se imposibilite el uso del medio tecnológico aquí descrito, RTVC comunicará los actos y documentos asociados al presente proceso a través de una empresa de mensajería, o por fax número 2200700 ext. 309.
1.3.4. COMUNICACIONES
Para efectos del envío y recibo de cualquier tipo de documentos se describen a continuación los datos de contacto de Radio Televisión Nacional de Colombia RTVC
1. Domicilio: Carrera 45 Nº 26-33 2. Teléfono:2200700 ext.308, 314
3. Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@XXXX.xxx.xx
4. Pág. Web: pagina Web de la Entidad xxx.XXXX.xxx.xx
Los documentos que se deban radicar o enviar a RTVC con ocasión del presente proceso de selección, únicamente serán recibidos en el horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 pm. a 5:30 p.m. de lunes a viernes en la Coordinación de Procesos de Selección o mediante correo electrónico en jornada continua.
1.3.5. TRANSPARENCIA
La selección del Contratista se realizará con estricta sujeción al Principio de Transparencia previsto en el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 3 del Decreto Ley 19 de 2012.
De acuerdo con el artículo 76 xx Xxx 1474 de 2011, en el evento de que cualquier interesado encuentre alguna irregularidad en el Proceso, debe ponerla en conocimiento de la Oficina de Peticiones, Quejas y Reclamos de RTVC, mediante escrito remitido al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
De conocerse casos de corrupción en RTVC, estos deben ser inmediatamente reportados a:
Procuraduría General de la Nación
Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00, Xxxxxx, X.X.
Página WEB: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Fiscalía General de la Nación
Nivel Central: Xxxxxxxx 00X Xx. 00-00 (Xxxxxx Xxxxxxx) Xxxxxx X.X. Teléfonos: (000) 000-00-00 y (000) 000-00-00
Línea Gratuita Quejas y Reclamos Contra Servidores: 018000-91-22-80 ó (000) 000-0000
Línea gratuita Denuncias Penales 018000-91-61-11ó (000) 000-00-00 Página WEB: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Contraloría general de la Xxxxxxxxx
Xx. Xxxxxxxxx Xx. 00-00 Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx XX
Xxxxxx de correspondencia: Xx. Xxxxxxxxx Xx. 00-00 Xxxx 0x
XXX: (57) 1 - 647 7000 - Línea de atención al usuario: 01 8000 000000 - Xxxxxx, Xxxxxxxx.
Además, RTVC cuenta con un espacio en su página WEB xxx.xxxx.xxx.xx, enlace sistema PQR, habilitado para recibir quejas, en caso de considerarse incumplimiento de las actuaciones administrativas en principios y normas generales aplicables a los tramites y procedimientos administrativos de los que trata el Decreto 19 de 2012.
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación, calificación y comparación de las Propuestas, así como a la recomendación de adjudicación, no podrá ser revelada a Proponentes ni a terceros hasta que RTVC comunique a los primeros que el Informe de Evaluación se encuentra disponible para efectos de someter a la entidad observaciones en torno a su contenido y conclusiones.
Todo intento de cualquier Proponente de enterarse indebidamente acerca del contenido y alcance de dicho Informe o de ejercer influencia o presión en torno al proceso de evaluación de las Propuestas o en la determinación de adjudicación comportará el rechazo de su ofrecimiento.
Para efectos de dar cumplimiento al Principio de Transparencia el proponente se compromete a presentar el Anexo “Pacto de Transparencia”, el cual deberá formar parte del contrato, en el evento de ser adjudicado.
1.3.6. CONFIDENCIALIDAD
Si las Propuestas contienen información confidencial o amparada legalmente por reserva, el Proponente debe determinar expresamente los apartes correspondientes y señalar las disposiciones legales del ordenamiento Colombiano que le sirven de fundamento en la carta de presentación de la propuesta.
En todo caso, RTVC se reserva el derecho de permitir que esa información sea conocida por los funcionarios y asesores responsables de analizar y evaluar la Propuesta, exclusivamente para esos efectos y con el deber de no divulgarla ni publicarla.
1.3.7. RECIPROCIDAD.
De acuerdo con los artículos 20 de la Ley 80 de 19931, el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003 modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 734 de 2012, los Proponentes personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, y personas jurídicas del exterior, recibirán en el presente Proceso de Selección el mismo tratamiento que los nacionales, siempre que se haya negociado trato nacional en materia de compras estatales con dicho país o que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales (reciprocidad).
La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente:
a) Xxxxx y fecha de expedición de la certificación
b) Número y fecha del tratado
c) Objeto del Tratado
d) Vigencia del Tratado
En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad. En este caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitará la publicación en el SECOP de las certificaciones requeridas y de mantener dicha información actualizada coordinadamente con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente.
1 Ley 80 de 1993, “Artículo 20. De la Reciprocidad: En los procesos de contratación estatal se concederá al proponente de bienes y servicios de origen extranjero, el mismo tratamiento y en las mismas condiciones, requisitos, procedimientos y criterios de adjudicación que el tratamiento concedido al nacional, exclusivamente bajo el principio de reciprocidad. Se entiende por principio de reciprocidad, el compromiso adquirido por otro país, mediante acuerdo, tratado o convenio celebrado con Colombia, en el sentido de que a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les concederá en ese país el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público.
Parágrafo1. El Gobierno Nacional, en los acuerdos, tratados o convenios que celebre para estos efectos, deberá establecer todos los mecanismos necesarios para hacer cumplir el tratamiento igualitario entre el nacional y el extranjero tanto en Colombia como en el territorio del país con quien se celebre el mencionado acuerdo, convenio o tratado.
Parágrafo2. Cuando para los efectos previstos en este artículo no se hubiere celebrado acuerdo, tratado o convenio, los proponentes de bienes y servicios de origen extranjero podrán participar en los procesos de contratación en las mismas condiciones y con los mismos requisitos exigidos a los nacionales colombianos, siempre y cuando en sus respectivos países los proponentes de bienes y servicios de origen colombiano gocen de iguales oportunidades. El Gobierno Nacional establecerá los mecanismos para asegurar el cumplimiento de la reciprocidad prevista en este parágrafo.
Para el efecto, el respectivo Proponente debe invocar expresamente el tratado, acuerdo o convenio en que esté pactada la reciprocidad de tratamiento para sus nacionales y los colombianos, para efectos de aplicarla al ponderar el factor de Apoyo a la Industria Nacional de su Propuesta.
1.4. CONDICIONES MÍNIMAS DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
1.4.1. OBJETO
“RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC-, REQUIERE CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE LLAVE EN MANO, LA ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN, TRASLADO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS DE TRANSMISIÓN Y ENERGÍA QUE CONFORMAN LA ESTACIÓN DE TRANSMISIÓN DE LAS EMISORAS SEÑAL RADIO COLOMBIA Y SEÑAL RADIÓNICA DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, EN INSTALACIONES DEL CERRO EL CABLE.”
1.4.2. DESCRIPCION DEL OBJETO Y ALCANCE
RTVC está interesado en adquirir equipos de transmisión y sistemas eléctricos, necesarios para prestar el servicio en el predio ubicado en los cerros orientales, en la zona denominada como Cerro el Cable, el traslado de los equipos indicados en el Anexo No. 3 Anexo Técnico, que actualmente se encuentran ubicados en la estación Xxxxxxxxx y la instalación y puesta en funcionamiento para mejorar los indicadores de disponibilidad de la señal de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica, que prestan servicio a la ciudad de Bogotá dentro de un plazo de 4 meses, tal como lo establece el siguiente cronograma:
PROCESO DE CONTRATACIÓN TRASLADO CERRO EL CABLE | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 4 | ||||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | 1 | 2 | 3 | 4 | |
Actividades | ||||||||||||||||
FIRMA DEL CONTRATO | ||||||||||||||||
LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO | ||||||||||||||||
ORDENES DE COMPRA | ||||||||||||||||
ANTICIPO | ||||||||||||||||
ADQUISICIÓN DE EQUIPOS | ||||||||||||||||
PRIMER PAGO | ||||||||||||||||
TRASLADO E INSTALACIÓN DE EQUIPOS | ||||||||||||||||
PROTOCOLO DE PRUEBAS | ||||||||||||||||
SEGUNDO PAGO | ||||||||||||||||
RECIBO A SATISFACCIÓN DE TODAS LAS LABORES DEL CONTRATISTA | ||||||||||||||||
FIRMA ACTA LIQUIDACIÓN | ||||||||||||||||
TERCER PAGO |
Teniendo en cuenta la topografía de la ciudad de Bogotá D.C. y su crecimiento residencial, se puede evidenciar que la ubicación actual de la estación de transmisión, no es adecuada para la propagación de la señal de radiodifusión sonora de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica, debido a que se encuentra dentro de la zona urbana de la ciudad y a baja altura con relación al objeto de cobertura, por lo que se presenta baja calidad y cubrimiento de la señal, en la zona oriental y zona sur de Bogotá. Luego de analizar la cobertura desde varios cerros de la capital, se llegó a la conclusión, que el Cerro El Cable, cuenta con la ubicación y condiciones adecuadas para permitir la prestación del servicio, por lo tanto se hace necesario trasladar los equipos de transmisión de las emisoras de la estación Xxxxxxxxx al sitio antes mencionado.
Adicional a lo anterior garantizar el correcto funcionamiento de las emisoras, se hace necesario adquirir el sistema de antenas acorde a la nueva ubicación y distribución del área de servicio, sistema de respaldo eléctrico y el sistema de recepción satelital.
Los bienes indicados deberán ser desmontados y trasladados desde la estación Xxxxxxxxx (ubicada en las coordenadas Latitud = 04° 43' 37,7'' N; Longitud = 74° 04' 51.4'' W), hasta la Estación Cerro El Cable (ubicada en las coordenadas Latitud = 04° 37' 53,34'' N; Longitud = 74° 03' 03,427'' W), ubicada en los cerros orientales de Bogotá donde serán entregados, instalados y puestos en funcionamiento junto con los equipos adquiridos. La documentación asociada a la ejecución del contrato será entregada en RTVC al supervisor del contrato, en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, dando cumplimento las obligaciones específicas del contrato.
1.4.3. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO
Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes sobre la interpretación de algunas de sus estipulaciones que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado, la entidad estatal, si no se logra acuerdo, interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia.
1.4.4. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El término de ejecución del contrato será hasta el 27 xx xxxxx de 2014, contados a partir de la firma del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
1.4.5. PRESUPUESTO OFICIAL Y VALOR DEL CONTRATO:
1.4.5.1. PRESUPUESTO OFICIAL:
El presupuesto del presente proceso de selección asciende a la suma de OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN PESOS M/CTE
($891.868.571.oo), INCLUIDO XXX y demás impuestos xx Xxx, cifra que es superior a 1.018 SMMLV, razón por la cual, al tratarse de la contratación de actividades misionales, la modalidad a utilizar corresponde a la Invitación Pública Abierta.
1.4.5.2. VALOR DEL CONTRATO
RTVC adjudicará el presente proceso, por el valor total de la oferta económica del proponente que cumpla con los requisitos de carácter habilitante y haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación.
1.4.6. FORMA DE PAGO:
RTVC pagará el valor del contrato que resulte de este proceso de selección así:
A. EN CALIDAD DE ANTICIPO:
RTVC realizará un primer desembolso en calidad de ANTICIPO, correspondiente al 30% del valor del contrato incluido IVA, con el fin de que contratista adelante los trámites necesarios para realizar la compra y nacionalización de los equipos requeridos en el contrato, así como los costos correspondientes al montaje como es la mano de obra, el transporte terrestre hasta Cerro el Cable, los materiales y accesorios para la instalación y puesta en funcionamiento. El mencionado desembolso se realizará con la
acreditación de la apertura de una cuenta bancaria especial para el manejo exclusivo del anticipo en una entidad financiera, en la cual deberán ingresar todos los recursos y cuyos rendimientos son propiedad de RTVC y sobre los cuales deberá rendir los respectivos informes al supervisor del contrato.
Previo al desembolso del anticipo, la Oficina Asesora Jurídica de RTVC debe haber dado aprobación a la garantía de cumplimiento presentada por el contratista, quien además deberá presentar el plan de inversión del anticipo al supervisor del contrato, teniendo en cuenta el cronograma presentado. Para realizar el pago el contratista deberá entregar los siguientes documentos al supervisor del contrato:
Acreditación cuenta bancaria especial independiente para el manejo del anticipo.
Aprobación por parte de la Oficina Jurídica a la Garantía de cumplimiento presentada por el contratista
Entrega y aprobación por parte del supervisor del contrato de un Plan detallado de trabajo y cronograma de actividades (este deberá ir ajustado al cronograma planteado por RTVC. Se aclara que el contratista podrá sugerir modificaciones sobre el cronograma de ejecución del contrato propuesto por RTVC, siempre y cuando no se extienda el tiempo planeado de 5 meses. En todo caso, cualquier modificación al cronograma de ejecución del contrato, deberá ser aprobado por el supervisor de éste)
Entrega y aprobación por parte del supervisor del Plan de inversión del anticipo.
Órdenes de compra realizadas por el contratista a los fabricantes de sistemas radiantes y equipos electrógenos.
El contratista deberá amortizar el valor del anticipo de la siguiente manera:
El 50% del monto entregado en calidad de anticipo, con el primer desembolso a título de pago.
El 50% del monto entregado en calidad de anticipo, con el segundo desembolso a título de pago.
B. DESEMBOLSOS A TÍTULOS DE PAGOS:
PRIMER PAGO: Equivalente al 45% del valor del contrato incluido IVA, al cumplimiento de la actividad que a continuación se relaciona, previo visto bueno de la supervisión del proyecto:
Entrega de los sistemas radiantes y equipos electrógenos.
Entrega de certificación del Contratista de la garantía mínima de 2 años para todos los equipos objeto del contrato.
Presentación del procedimiento de atención y solución xx xxxxxx para la estación para los sistemas contratados durante el tiempo de la garantía ofertada. Este procedimiento deberá ser aprobado por parte de RTVC.
En este pago se amortizará un 50% del monto entregado en calidad de anticipo al contratista, de tal manera que RTVC procederá a desembolsar efectivamente al Contratista una suma equivalente al 30% del valor del contrato.
SEGUNDO PAGO: Se efectuará por el valor correspondiente al 45% del valor del contrato incluido IVA, a la fecha del recibo a satisfacción de las estaciones que se instalen en desarrollo del contrato, previo visto bueno de la supervisión del proyecto, quien deberá certificar para la autorización de este desembolso, el cumplimiento de las siguientes actividades:
Traslado de Equipos de transmisión de la estación xx Xxxxxxxxx a estación Cerro el Cable.
Puesta en funcionamiento de las emisoras y su recibo a satisfacción por parte de RTVC (ANEXO No 6 - PROTOCOLO DE PRUEBAS DE ACEPTACIÓN).
En este pago se amortizará el 50% del monto entregado en calidad de anticipo al contratista, de tal manera que RTVC procederá a desembolsar efectivamente al Contratista una suma equivalente al 30% del valor del contrato.
TERCER PAGO: Se efectuará por el valor correspondiente al 10% del valor del contrato incluido IVA, previa certificación del supervisor de éste en donde conste el recibo a satisfacción de los bienes y/o servicios dando cumplimiento a la totalidad de obligaciones contractuales por parte del Contratista y una vez haya sido firmada el acta de liquidación del contrato.
Nota 1: Para los efectos de los pagos o desembolsos a favor del contratista, se atenderán y observarán las disposiciones contenidas en la Circular Nº 003 de 2013, la cual se encuentra publicada en la página web de RTVC.
Nota 2: El contrato será susceptible de la suscripción del Acta de Liquidación en virtud de lo consagrado en el Artículo 217 del Decreto 0019 de 2012 y la Circular Nº01 de 2012, expedida por la Oficina Asesora Jurídica.
Nota 3: Todos los gastos, derechos e impuestos, tasas o contribuciones por los servicios contratados se entenderán incluidos en cada uno de los valores ofertados. RTVC sólo efectuará las retenciones a que haya lugar. Tanto las pólizas solicitadas, como los demás costos que se causen en virtud del desarrollo del contrato y que se requieran pagar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular, estarán a cargo de EL CONTRATISTA.
1.4.7. OBLIGACIONES GENERALES Y ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA:
En el desarrollo del contrato el contratista tendrá las siguientes obligaciones:
1.4.7.1. OBLIGACIONES GENERALES
1. Cumplir con el objeto del contrato de conformidad con las condiciones descritas en los estudios previos, en el pliego de condiciones del proceso de selección y sus anexos, así como la propuesta presentada por el oferente en el proceso de selección.
2. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y trabas.
3. Ejecutar el objeto del contrato con la diligencia y oportunidad requerida, con la calidad y en el tiempo de ejecución establecido, utilizando las herramientas y el talento humano necesario para tal fin, dando cumplimiento a las condiciones ofertadas en la propuesta.
4. Informar oportunamente cualquier novedad que se presente en el curso de la ejecución del contrato.
5. Atender las observaciones, solicitudes y sugerencias que formule el supervisor del contrato y realizar los ajustes a que haya lugar.
6. Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentra bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular, y responder patrimonialmente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero cause a la administración o a terceros.
7. Dar observancia a las normas vigentes aplicables al desarrollo del objeto de RTVC.
8. Pagar a su xxxxx los Salarios, Prestaciones Sociales y demás cargas laborales que se causen a favor de los trabajadores que se encuentren a su cargo, además de tenerlos cubiertos por el sistema seguridad social, todo de acuerdo con las leyes y normas laborales que rigen en Colombia.
9. Acreditar el cumplimiento de las obligaciones parafiscales y demás obligaciones frente al Sistema General de Seguridad Social Integral y ARP. Adecuaciones
10. Constituir la garantía en los términos requeridos, mantenerla vigente por el tiempo pactado en el contrato, así como de las modificaciones que se presenten en la ejecución del mismo.
1.4.7.2. OBLIGACIONES ESPECIFICAS:
1. Definir y establecer la solución técnica para el desmonte y montaje de equipos y sistemas radiantes que se implementará y pondrá en funcionamiento en la estación Cerro El Cable.
2. Presentar dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, el Plan Detallado de Trabajo, junto con un Cronograma de Actividades y Prestaciones, ajustados al plazo de ejecución fijado por RTVC, que comprenda todas las prestaciones y compromisos para el cabal cumplimiento del objeto contractual.
3. Realizar previo al traslado de los equipos, todas las actividades necesarias, para la obtención de los permisos y licencias requeridas por la compañía CODENSA, igualmente ante las entidades reguladoras de la gestión ambiental y las demás entidades que soliciten lo pertinente para el correcto traslado y puesta en funcionamiento de los equipos.
4. Coordinar con RTVC y con el propietario del lote donde estará la nueva estación las acciones necesarias para realizar el traslado e instalación de los equipos.
5. Realizar el desmonte de los equipos indicados en los anexos técnicos correspondientes, ubicados en la estación Xxxxxxxxx,.
6. Realizar el transporte de equipos y sistemas desde la Estación Xxxxxxxxx hasta la estación Cerro El Cable.
7. Realizar las adecuaciones locativas necesarias en la nueva estación de tal forma que se garantice la correcta instalación y funcionamiento de los equipos.
8. Entregar e instalar los equipos requeridos por RTVC de acuerdo a las especificaciones solicitadas en el ANEXO No. 3 - ANEXO TÉCNICO xxx Xxxxxx de Condiciones en la nueva estación, sin alterar el continuo funcionamiento de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica en la ciudad de Bogotá.
9. Garantizar la calidad y correcto funcionamiento de los elementos suministrados por un tiempo mínimo de dos (2) años contados a partir de la fecha de entrega y recibo a satisfacción de los equipos por parte de RTVC.
10. Garantizar que los elementos objeto del contrato cumplan estrictamente con lo estipulado en las especificaciones técnicas descritas en el ANEXO No. 3 - ANEXO TÉCNICO xxx Xxxxxx de Condiciones.
11. Poner en funcionamiento los equipos trasladados y suministrados, además de realizar el protocolo de pruebas de conformidad con las condiciones señaladas en los estudios previos, el pliego de condiciones y sus anexos.
12. Diligenciar el formato de Control Ingreso de Activos de la Subgerencia de Soporte Corporativo, una vez que los equipos sean entregados a RTVC.
13. Presentar al supervisor un plan de solución y atención a fallas cumpliendo con las condiciones establecidas.
14. Disponer del personal profesional y técnico e idóneo para la instalación, montaje, configuración, prueba e integración de los Equipos.
15. Presentar los informes sobre la ejecución del contrato que le sean solicitadas por el supervisor.
16. Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en desarrollo del contrato, cuando en ellos se cause perjuicio a la entidad o a terceros en los términos del artículo 52 de la ley 80 de 1993.
17. Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que cause a RTVC por el incumplimiento del contrato.
18. Asistir a las reuniones que sean convocadas por el supervisor del contrato, para revisar el estado de ejecución del mismo, el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista o cualquier aspecto técnico referente al mismo.
19. Proponer un protocolo de traslado que cumpla como mínimo con el procedimiento establecido en el Anexo No. 9
20. Realizar de manera satisfactoria el protocolo de pruebas propuestas en el Anexo No. 8 de equipos de acuerdo a las características requeridas en el anexo técnico respectivo.
21. Capacitar técnicamente al personal designado por RTVC cumpliendo con las indicaciones del supervisor del contrato
22. Cubrir a terceros por accidentes producidos en ocasión a la prestación del servicio o ejecución del objeto contractual.
23. Hacer entrega a RTVC de los Manuales de Operación y Mantenimiento de Equipos, Sistemas, Bienes y Elementos objeto de Contrato.
24. Observar estrictamente el ordenamiento superior aplicable al Contrato y a su desarrollo.
25. Las demás estipuladas en otras cláusulas, las fijadas por el ordenamiento superior y las que se deriven de la naturaleza y objeto del Contrato proyectado.
1.4.8. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato estará a cargo de la Sub Gerente de Radio o quien designe el ordenador del gasto.
1.4.9. ESTIMACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE LOS RIESGOS
Con el fin de establecer la distribución definitiva de los riesgos conforme a lo estipulado en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, a continuación se establece la tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en el presente proceso.
Como resultado del proceso de selección, se celebrará un contrato cuya forma de pago es mediante el desembolso de un anticipo, con tres pagos sujetos al cumplimiento de las actividades descritas, en ese sentido, el contratista deberá dar cumplimiento al objeto del contrato en las condiciones establecidas por la entidad, en la oportunidad fijada en el presente documento y dando cumplimiento a las especificaciones técnicas previstas.
Se identifican dentro del presente proceso de contratación los siguientes riesgos que pueden afectar el equilibrio económico del contrato: Como en cualquier negocio, la propuesta presentada por quien decida participar en la contratación del asunto debe estar precedida de un análisis juicioso de las posibilidades y riesgos involucrados en la operación, teniendo en cuenta para el efecto, que la existencia de riesgos es connatural al negocio. Para una mejor determinación de los riesgos existentes es importante tener claro el concepto de riesgos como aquel daño potencial que puede surgir por un suceso presente o futuro y puede generarse en el desarrollo de un contrato en cualquiera de sus etapas (precontractual, contractual) diariamente, en ocasiones se refiere al riesgo como sinónimo de probabilidad, pero en el asesoramiento profesional de riesgo, el riesgo combina la probabilidad de que ocurra un evento negativo. Es decir, en palabras claras, el riesgo es la posibilidad de que un peligro pueda llegar a materializarse dentro de un período determinado, como también es la probabilidad de que un resultado esperado no ocurra, en el periodo de tiempo de ejecución del contrato y con las obligaciones del mismo. El principio básico de asignación de riesgos consiste en que éstos deben ser asumidos por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos o administrarlos, consecuente con lo anterior, los riesgos que a continuación se mencionan, serán asumidos por la empresa que resulte adjudicataria del futuro contrato. Es de precisar que dicha enumeración no es taxativa sino meramente enunciativa, por lo tanto si se presenta algún riesgo no enunciado, deberá seguir la regla general de que éstos deben ser asumidos por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos o administrarlos.
1.4.9.1. Identificación de riesgos
Dada la naturaleza de la presente contratación y en atención al análisis jurídico financiero y técnico realizado, la entidad considera que los riesgos que podrían presentarse en la ejecución del contrato son los siguientes:
a) RIESGOS DE CARÁCTER FINANCIERO | ||
Se consideran como riesgos de carácter financiero aquellos que se producen por modificaciones del régimen de impuestos, de las condiciones cambiarias, siempre y cuando los productos incluidos como insumos sean importados, o por circunstancias xxx xxxxxxx bancario que afecten el equilibrio contractual | ||
RIESGO | TIPIFICACIÓN: | ASIGNACIÓN |
Riesgo por variación en la tasa representativa del xxxxxxx xxx xxxxx | Variación de la tasa representativa del xxxxxxx xxx xxxxx estadounidense o del euro o cualquier otra moneda | Cuantificación y Asignación: RTVC no reconocerá reajuste o modificación alguna, toda vez que la propuesta debe presentarse en pesos colombianos, de manera que el manejo cambiario es responsabilidad del Contratista, que debe asumirlo en un ciento por ciento (100%) |
Riesgos por modificación del régimen de impuestos | Expedición de normas que modifiquen la carga tributaria del contrato, bien se trate de nuevos impuestos, tasas o contribuciones o de la reducción o eliminación de los existentes | Al modificarse el régimen tributario por la creación de nuevos impuestos o el incremento de los existentes, con la consecuencia de aumentar el valor de la transacción entre el contratista y sus proveedores, sin que el impacto supere el diez por ciento (10%) de la cuantía del contrato,RTVC no reconocerá reajuste o adición, toda vez que estas relaciones son responsabilidad del contratista que debe asumirlo en el ciento por ciento (100%). Si el impacto tributario supera el diez por ciento (10%) del valor del contrato, el riesgo es asumido por RTVC en el exceso de dicho monto. Si el efecto proviene de la eliminación de impuestos, aranceles u otros elementos propios del régimen impositivo, RTVC procederá a revisar el valor del contrato y a convocar al contratista para suscribir las modificaciones a que haya lugar. |
Riesgo por cambio xxx xxxxxxx bancario | Expedición de normas u ocurrencia de eventos que impacten el mercado bancario o el sistema financiero, con el resultado de incrementar o disminuir las tasas de interés o el costo neto de las transacciones que realice el contratista para la ejecución del contrato | RTVC no reconocerá reajuste o modificación alguna, toda vez que las relaciones bancarias o del sistema financiero son responsabilidad del contratista, que debe asumirlo en un ciento por ciento (100%). |
b) RIESGOS DE CARÁCTER TÉCNICO | ||
Se consideran riesgos de carácter técnico, aquellos contemplados por la aplicación de conocimientos y maquinaria específica para la prestación del servicio. Estos son: | ||
RIESGO | TIPIFICACIÓN: | ASIGNACIÓN |
Riesgo mecánico | Cuando se produzca un daño físico en bienes de RTVC con ocasión de la prestación del servicio | Amparados por la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual del contrato. En caso que el monto asegurado no cubra los perjuicios ocasionados estos deberán ser asumidos 100% por el Contratista. |
Riesgo eléctrico | Daño en los equipos de RTVC o de terceros, como consecuencia de la ejecución del contrato. | La totalidad de los perjuicios derivados de la ocurrencia de esta clase de riesgos será de exclusiva responsabilidad del Contratista. |
Riesgo en la instalación y traslado de equipos | Daño físico a los equipos y sistemas en funcionamiento, así como traumatismos en la emisión de las emisoras, durante la instalación, integración, prueba y puesta en operación de cualquiera de los equipos objeto del contrato. | Corresponderá exclusivamente al contratista la responsabilidad integral por todos los daños que lleguen a causarse a los bienes de RTVC, incluidas eventuales sanciones impuestas a RTVC, así como posibles responsabilidades en que ésta incurra por interrupciones, deficiencias y, en general, afectaciones en la prestación del servicio a su cargo, de manera que asumirá el ciento por ciento (100%) de los perjuicios causados. |
c) RIESGO HUMANO | ||
Se considera riesgo humano, todo aquello que pueda provocar perjuicio a la integridad física y mental de los seres humanos y que provenga directamente de la actividad de los funcionarios del Contratista que presta el servicio. | ||
RIESGO | TIPIFICACIÓN: | ASIGNACIÓN |
Riesgo Humano por Accidente Laboral sin perjuicio a terceros | Cuando se produzca un accidente dentro de la ejecución del contrato. | Amparados por la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual del contrato. En caso que el monto asegurado no cubra los perjuicios ocasionados estos deberán ser asumidos 100% por el Contratista. |
Riesgo Humano por Accidente Laboral con perjuicio a terceros | Cuando se produzca un accidente dentro de la ejecución del contrato con afectación a funcionarios o visitantes del RTVC | Amparados por la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual del contrato. En caso que el montoasegurado no cubra los perjuicios ocasionados estos deberán ser asumidos 100% por el Contratista. |
d) Otros Riesgos | ||
RIESGO | TIPIFICACIÓN: | ASIGNACIÓN |
Riesgo por siniestros | Eventos de robo, hurto, incendio, lesiones, muerte y, en general, causación de daños en personas o bienes del Contratista, al servicio de RTVC o de terceros, durante la ejecución del contrato. | El Contratista será responsable exclusivo de asumir la totalidad de las consecuencias generadas por este tipo de riesgos, ciento por ciento (100%), hasta la entrega a satisfacción de los equipos a RTVC, en perfectas condiciones de funcionamiento y operación, debidamente instalados en integrados, que, además, deben ser objeto xx xxxxxx mediante seguros adecuados. |
Riesgo de alteraciones en el Orden Público y Cambio de condiciones climáticas | En caso que se presenten graves afectaciones al orden público o cambios en las condiciones climáticas en los sitios donde serán instalados los equipos objeto del presente contrato, que impidan u ocasionen retardos en la ejecución del mismo. | En caso de que se materialice el riesgo mencionado RTVC y el Contratista lo asumirán conjuntamente, caso en el cual el Contratista deberá comunicarle a la entidad sobre los hechos ocurridos. Por consiguiente, las partes deberán de común acuerdo, establecer si hay lugar a la prórroga del contrato, y la necesidad de determinar el restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato a punto de no pérdida. |
Riesgo de daños o hurto de bienes muebles ocasionados por delincuencia común | En caso de que con ocasión de hechos desplegados por delincuencia común se generen daños a los bienes muebles (equipos y demás herramientas dispuestas por el Contratista para la ejecución del contrato) o que éstos sean hurtados, antes de haber sido recibidos a satisfacción por parte RTVC. | El Contratista asumirá el 100% de este riesgo |
1.5. ANÁLISIS Y DETERMINACIÓN DEL MECANISMO DE GARANTÍA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS.
El Contratista debe constituir garantía para amparar los riesgos derivados de la presentación de Propuesta y de la celebración, perfeccionamiento, ejecución, terminación y liquidación del Contrato proyectado, así como póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, de acuerdo con el presente numeral.
Las garantías podrán consistir en póliza de seguros o cualquiera otra modalidad de las previstas en el Decreto 734 de 2012; ajustarse a lo dispuesto en ellos, y contener los siguientes amparos y riesgos:
Buen manejo y Correcta inversión del Anticipo
Para afianzar los correctos manejo e inversión de la suma entregada a este título, por monto igual al ciento por ciento (100%) del anticipo, por el plazo de ejecución del Contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
Cumplimiento
Para afianzar la satisfacción oportuna, eficaz y eficiente de las obligaciones, compromisos y prestaciones contractuales, así como el pago de eventuales sanciones pecuniarias, por monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del Contrato, por el plazo de ejecución del Contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
Calidad y Correcto Funcionamiento de los Equipos
Para afianzar la satisfacción de las condiciones de cantidad y calidad de los equipos, elementos y accesorios materia del futuro Contrato, así como el cumplimiento de las especificaciones técnicas, también por suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de aquel, vigente por término mínimo de dos (2) años, más el término adicional ofertado en su propuesta, contado a partir del recibo a satisfacción de los mismos por RTVC, debidamente instalados, configurados, integrados y en perfecto estado de funcionamiento. Debe entenderse sin perjuicio de las obligaciones y compromisos del Contratista durante el período de garantía de reparación y mantenimiento de Equipos y Sistemas ofrecidos en la Propuesta.
Calidad de los Servicios Complementarios
Para afianzar la prestación oportuna, eficaz y eficiente de los servicios complementarios de traslado, instalación, montaje, integración, prueba, puesta en operación y funcionamiento de Equipos y Sistemas, así como de todos sus componentes y demás bienes y elementos objeto de Contrato; los de soporte técnico, mantenimiento preventivo y correctivo, reparación y suministro de repuestos, por cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato, por término igual al plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato
Provisión de Repuestos
Para amparar la disponibilidad de partes y repuestos para los equipos y sistemas objeto del Contrato, vigente por término mínimo de dos (2) años, contados a partir del recibo a satisfacción de los mismos por RTVC y por monto equivalente al tres por ciento (3%) de la cuantía de aquel.
Responsabilidad Civil Extracontractual
Para amparar a RTVC, al propio Contratista y a terceros, por concepto de daños y perjuicios causados con motivo de la ejecución del Contrato, amparada únicamente mediante póliza de seguro por monto equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del mismo, sin que en ningún caso sea por cuantía inferior a 200 SMMLV y vigente por el plazo de ejecución del contrato. El presente amparo deberá estar de acuerdo con lo establecido en el decreto 734, numeral 5.1.7.9.
1.6. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
En cumplimiento con lo establecido el Artículo 5.1.6º del decreto 0734 de 2012 se debe incluir en los contratos celebrados por las entidades estatales, una CLAUSULA DE INDEMNIDAD, en la cual se pacte la obligación del contratista de mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones de sus subcontratistas o dependientes.
En consecuencia, el(los) contratista(s) mantendrá(n) indemne a RTVC contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas y/o propiedades de terceros, ocasionados por aquél, sus subcontratistas o proveedores, durante la ejecución del objeto contractual, y terminados éste, hasta la liquidación definitiva del contrato.
En caso que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra RTVC por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del(los) contratista(s), éste(os) será(n) notificado(s) lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte(n) oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a RTVC.
Si en cualquiera de los eventos antes previstos el(los) contratista(s) no asume(n) debida y oportunamente la defensa de RTVC, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al(los) contratista(s) y éste(os) pagará(n) todos los gastos en que el RTVC incurra por tal motivo.
CAPITULO 2 ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN OBJETIVA – INVITACIÓN ABIERTA
2.1. ETAPA PRECONTRACTUAL
Radio Televisión Nacional de Colombia, previamente al inicio del presente proceso de Invitación Abierta, desarrolló las siguientes etapas:
Elaboración de los estudios previos (Conveniencia y Oportunidad).
2.2. ACTO ADMINISTRATIVO QUE ORDENA LA APERTURA
Mediante acto administrativo la Gerente de RTVC ordenó la apertura del presente proceso de selección, el cual se encuentra publicado en la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
2.3. CONSULTA DE LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN
Las Reglas de Participación del presente proceso se podrán consultar desde la apertura del proceso y los días subsiguientes, en la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. También se podrán consultar en las instalaciones de RTVC ubicadas en la Xxxxxxx 00 Xx.00-00 Xxxxxx xxxx xx Xxxxxx X.X.
2.4. MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN
RTVC podrá por causa motivada, de oficio o como consecuencia de las observaciones presentadas por los interesados, realizar las adendas o modificaciones a las Reglas de Participación que resulten necesarias en consideración a la naturaleza del objeto contractual, las cuales serán publicadas en la página Web de la entidad, para efectos de su publicidad. Dichas adendas o modificaciones, harán parte integral de las Reglas de Participación del proceso y serán de obligatorio cumplimiento para los proponentes. De acuerdo con lo anterior, las adendas al proceso se expedirán con una antelación no menor a un (1) día antes de la fecha prevista para la recepción de propuestas.
La información sobre preguntas y respuestas y las Adendas serán publicadas en la Página Web de la Entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y deberán tenerse en cuenta para la elaboración de las Propuestas, de manera que se entienden comunicadas de conformidad con lo establecido en este numeral.
RTVC está facultada para expedir y publicar Adendas con una antelación no menor a (1) día antes del cierre del Proceso de selección. Concordantemente, el Cronograma señalará el término para presentar observaciones y formular aclaraciones en torno a las Reglas de Participación y para expedir Adendas.
Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por los interesados durante el Proceso de Selección tendrán exclusivamente valor interpretativo, pero en ningún caso comportarán modificación o ajuste a las Reglas de Participación, pues estos solamente podrán tener lugar mediante Adenda.
Para otorgar certeza a los proponentes con relación al contenido de las Reglas de Participación del proceso de selección, antes de la fecha límite para la presentación de ofertas, solo se recibirán observaciones relativas al mismo hasta la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de los interesados de realizar preguntas, observaciones y solicitudes durante el resto de las etapas procesales.
2.5. ACLARACIONES EXCEPCIONALES
Si como consecuencia de la producción de una adenda se modifican las Reglas de Participación, los oferentes que hayan presentado sus propuestas con anterioridad a la adenda podrán dar alcance a su oferta sólo en lo relacionado específicamente en la adenda. Cabe advertir que RTVC no tendrá en cuenta los aspectos que incluya el oferente en su aclaración y que no estén contemplados en la adenda.
2.6. DE LAS PROPUESTAS
2.6.1 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Con el fin de salvaguardar la integralidad del proceso, las propuestas se deben presentar al mismo tiempo en sobres cerrados y separados.
Para la preparación y presentación de las ofertas los oferentes deberán investigar e inspeccionar todo lo concerniente a la naturaleza del objeto contractual e informarse de todas las condiciones de acuerdo con los requerimientos técnicos de la presente convocatoria.
La circunstancia de que los Proponentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones del Proyecto, del Proceso y del Contrato, no se considera motivo o excusa válida para reclamaciones posteriores.
El oferente deberá informarse de todas las regulaciones tributarias vigentes en Colombia; por lo tanto, al preparar la oferta deberá tener en cuenta todos los gastos legales, retención en la fuente, derechos e impuestos a que haya lugar por ley, que puedan afectar sus precios y hayan de causarse durante la ejecución del contrato.
La oferta deberá ser completa, concisa, clara, concreta, incondicional y basada en este documento correspondiente a las Reglas de Participación.
Las propuestas deberán venir escritas a computador, foliadas2 en orden consecutivo en su totalidad, es decir, en todas las páginas útiles o escritas, y con un índice (este último no deberá foliarse) donde se relacione el contenido total de la propuesta; deberán entregarse en RTVC, en la carrea 45 Nº 26-33, en la Coordinación de Procesos de Selección piso tercero, hasta la hora y fecha establecida en el cronograma de actividades
Todos los folios de la propuesta deberán venir numerados. En caso de que las propuestas no se presenten debidamente numeradas, este riesgo será asumido por el proponente.
De acuerdo con la Ley 14 de 1979 sobre Defensa del Idioma Español, y con su Decreto Reglamentario 2744 de 1980, las Propuestas, sus Anexos, todos los documentos que hagan parte de la propuesta deberán estar escritos en cualquier medio mecánico o digital y en idioma castellano. Aquellos expedidos en otro idioma deberán acompañarse con la correspondiente traducción oficial.
Los documentos públicos3 otorgados en el exterior deberán presentarse apostillados o consularizados de acuerdo con las disposiciones de los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil, modificados por el
2 Una hoja es igual a un folio, una hoja tiene dos páginas pero corresponde solo a un folio
3 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL COLOMBIANO.
ARTÍCULO 251. DISTINTAS CLASES DE DOCUMENTOS. Son documentos los escritos, impresos, planos, dibujos, cuadros, fotografías, cintas cinematográficas, discos, grabaciones magnetofónicas, radiografías, talones, contraseñas, cupones, etiquetas, sellos y, en general, todo objeto mueble que tenga carácter representativo o declarativo, y las inscripciones en lápidas, monumentos, edificios o similares.
Decreto 2282 de 1989, artículo 1º, numeral 118 y 119, dependiendo de si el país de origen hace parte de la Convención de la Haya de 5 de octubre de 1961.Los documentos privados otorgados en el exterior no requerirán de dicha formalidad.
Eventuales enmiendas, entre líneas o correcciones deben salvarse puntual y expresamente con la firma del representante autorizado del Proponente, siempre que se trate de textos elaborados o diligenciados por éste último, de lo contario no serán aceptados. En caso de tratarse de documentos que acrediten requisitos que no sean indispensables para la comparación de las propuestas podrán ser subsanados.
No se aceptarán Propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora señaladas en el Cronograma, ni en sitios o condiciones diferentes. RTVC NO será responsable por las Propuestas entregadas en lugar distinto y después de la fecha y hora fijadas para el efecto.
Los Proponentes deben disponer de la antelación suficiente para entregar sus Propuestas en el lugar señalado, debido a que hay considerable distancia entre la entrada principal de RTVC y la Oficina de Coordinación de Procesos de Selección.
Las propuestas se deberán presentar así:
UN (1) ORIGINAL y, DOS (2) COPIAS, en sobres debidamente cerrados:
a. Un (1) sobre que contenga la propuesta ORIGINAL en físico completa, con todos los documentos, anexos relacionados en la solicitud de oferta y,
b. Un (1) sobre que contenga la PRIMERA COPIA en físico, exacta a la propuesta original.
c. Un (1) sobre que contenga la SEGUNDA COPIA en físico, exacta a la propuesta original.
La propuesta deberá contener todos los documentos señalados en las presentes Reglas de Participación y el anexo económico diligenciado en forma física y digital. Cada sobre deberá estar cerrado y rotulado de la siguiente manera:
NUMERO DEL PROCESO
DESTINATARIO: Radio Televisión Nacional de Colombia-RTVC ORIGINAL (ORIGINAL-PRIMERA O SEGUNDA COPIA) FECHA:
INFORMACIÓN DEL PROPONENTE NOMBRE DEL PROPONENTE:
DIRECCIÓN COMERCIAL:
TELÉFONO:
FAX:
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO/Pág. Web:
Los documentos son públicos o privados.
Documento público es el otorgado por funcionario público en ejercicio de su cargo o con su intervención. Cuando consiste en un escrito autorizado o suscrito por el respectivo funcionario, es instrumento público; cuando es otorgado por un notario o quien haga sus veces y ha sido incorporado en el respectivo protocolo, se denomina escritura pública.
Documento privado es el que no reúne los requisitos para ser documentos públicos. ARTÍCULO 262. CERTIFICACIONES. Tienen el carácter de documentos públicos:
1. Las certificaciones que expidan los jueces conforme a lo dispuesto en el artículo 116.
2. Las certificaciones que expidan los directores de otras oficinas públicas, sobre la existencia o estado de actuaciones o procesos administrativos.
3. Las certificaciones que expidan los registradores de instrumentos públicos, los notarios y otros funcionarios públicos, en los casos expresamente autorizados por la ley.
INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO REPRESENTANTE O APODERADO:
DIRECCIÓN COMERCIAL:
TELÉFONO:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto, todas las propuestas que se entreguen oportunamente en la oficina de la Coordinación de Procesos de Selección de RTVC. Para efectos de verificar la hora señalada, se tendrá en cuenta la hora legal para la República de Colombia que indique la División de Metrología de Superintendencia de Industria y Comercio, la cual se consultará en la página de Internet xxx.xxx.xxx.xx, conforme lo dispuesto en la Circular No. 13 de 2005 expedida por la Procuraduría General de la Nación.
No se aceptarán propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora señaladas para el recibo de las mismas en el proceso de selección, ni en sitios o condiciones diferentes de los que se han previsto. En tal evento, RTVC no procederá a la apertura de la propuesta, en caso de no haber sido entregada en el recinto correspondiente y en la hora fijada.
De la diligencia de recepción de propuestas se dejará constancia en un acta, en la cual se relacionarán las propuestas presentadas, indicando su fecha y hora.
Si el proponente incluye información técnica o referencias que se desvíen de las especificaciones técnicas y no señala expresamente estas desviaciones, RTVC exigirá que el proponente favorecido cumpla el objeto del contrato adjudicado de acuerdo con las Especificaciones Técnicas Mínimas contenidas en la solicitud de oferta, el precio establecido y en el tiempo fijado para su ejecución.
En todo caso, no se aceptarán costos adicionales ocasionados por algún bien o servicio que no haya sido expresamente aceptado por RTVC, ni por retardos o demoras en la ejecución del contrato
La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y RTVC, según el cual dicha propuesta, permanece abierta para su evaluación y aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.
NOTA: El oferente, deberá contar con el tiempo de antelación suficiente para la entrega de la propuesta en el lugar anteriormente señalado, debido a la distancia existente desde la entrada principal de RTVC, hasta la oficina de Coordinación de Procesos de Selección.
2.6.2. APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La apertura de las propuestas, se efectuará en presencia de los proponentes que deseen asistir al acto de cierre del proceso o recibo de propuestas. De lo anterior, se levantará un acta donde se consignará de cada una de las propuestas los siguientes datos:
a) Número del proceso.
b) Nombre de los proponentes.
c) Número de folios.
d) Datos más relevantes de la garantía de seriedad de la propuesta, tales como: número de la póliza, la compañía aseguradora o entidad bancaria que la expide, la vigencia, el valor asegurado, el asegurado y/o beneficiario.
e) Valor de la propuesta económica
f) Observaciones
g) Solicitudes recibidas en cuanto a retiros, si las hay.
Ninguna de dichas actas podrá ser utilizada por los asistentes para dejar constancias de alguna naturaleza, y sólo dará cuenta de la apertura de las propuestas, en los términos previstos en el presente numeral.
2.6.3. TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
Los proponentes podrán retirar sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre del proceso; en este caso, se les devolverán sin abrir y se dejará constancia de esta devolución. Para ello, solicitarán a la Coordinación de Procesos de Selección el retiro de sus propuestas, mediante escrito presentado y radicado en la Secretaria de esa oficina. La propuesta será devuelta sin abrir, posterior al recibo de esta comunicación.
2.7. VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
RTVC efectuará la verificación jurídica, financiera y técnica y la evaluación técnico – económica de las propuestas, en la fecha señalada en el cronograma de actividades.
Cuando a juicio de RTVC el plazo para la verificación y evaluación de las propuestas, no garantice el deber de selección objetiva, ésta podrá prorrogarlo hasta por un término igual al inicialmente señalado.
2.8. CONSOLIDADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN.
Vencido el término previsto para la verificación y evaluación de las propuestas la Coordinación de Procesos de Selección de RTVC, dentro del día hábil siguiente deberá consolidar los informes de evaluación jurídica, financiera y técnica, para proceder a su publicación.
2.9. TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN
En la fecha señalada en el Cronograma del Proceso de Selección para el efecto, el Comité Evaluador dará traslado de este Informe a los Proponentes, por término de tres (3) días hábiles, para que éstos tengan oportunidad de presentar observaciones en torno al mismo.
Este traslado se entenderá surtido con la publicación del Informe de Evaluación en la Página WEB de la Entidad.
2.10. RESPUESTA DE RTVC A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN.
Vencido el término de traslado del informe de evaluación, RTVC procederá a dar respuesta a las observaciones que hayan sido presentadas por los proponentes al informe de evaluación en el término establecido en el cronograma del proceso. Estas respuestas serán incorporadas en el Acto Administrativo de adjudicación.
En caso que no se reciban observaciones al informe de evaluación, RTVC procederá a adjudicar el proceso de selección.
2.11. ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
2.13.1 ADJUDICACIÓN:
Vencido el término indicado en el numeral anterior RTVC adjudicará el proceso en el término previsto en el cronograma de actividades.
El acto de adjudicación se hará mediante resolución motivada que se notificará personalmente al proponente favorecido en la forma y términos establecidos para los actos administrativos, de conformidad con lo estipulado en el numeral 11 del artículo 30 de la ley 80 de 1993 y se comunicará a los no favorecidos, mediante publicación del acto en la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. Contra esta resolución de adjudicación no procede recurso alguno por la vía gubernativa, de conformidad con el parágrafo 1º. del artículo 77 de la Ley 80 de 1993. En el evento en que fuere necesario, RTVC podrá prorrogar el plazo de adjudicación.
Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario no cumpliere las condiciones y obligaciones a las que en virtud de la presente Convocatoria se obligó, y en especial cuando no suscriba el contrato en el tiempo fijado en el cronograma, RTVC hará efectiva la garantía de seriedad a título de indemnización anticipada de perjuicios, pudiendo recurrir a las demás acciones legales que puedan ser instauradas.
En tal evento, y de conformidad con lo establecido en el Inciso segundo del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, mediante acto administrativo debidamente motivado, RTVC podrá adjudicar el contrato, dentro de los diez (10) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad y haya cumplido con los requerimientos contenidos en el pliego de condiciones.
2.13.2 DECLARATORIA DE DESIERTO
RTVC declarará desierto el presente proceso, cuando:
1. Cuando no se presenten ofertas
2. Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en las Reglas de Participación.
3. Cuando existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993.
La declaratoria de desierta se formalizará mediante acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa, todas las razones en las que se basa dicha decisión, será comunicada mediante la publicación de dicho acto en la página web de la entidad y notificada a los oferentes participantes en el proceso según corresponda. Contra la Resolución que declare desierto el proceso de selección procederá el recurso de reposición, el cual podrá interponerse con las formalidades y dentro del plazo previsto en el Código Contencioso Administrativo.
2.14. FIRMA DEL CONTRATO
El proponente seleccionado deberá concurrir al sitio, en el día y la hora que se le comunique, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto motivado de la adjudicación. Si por algún motivo no imputable al oferente adjudicatario, no se pudiere firmar el contrato dentro del período de validez de la propuesta, el proponente seleccionado tendrá la obligación de anexar el certificado de modificación de la póliza
de seriedad de la propuesta que amplíe su vigencia, por un término igual a la mitad del inicialmente fijado necesario para la suscripción del contrato.
Si el adjudicatario no perfecciona el contrato dentro de los términos indicados, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, quedará a favor de RTVC, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha garantía y sin perjuicio de la inhabilidad para contratar por el término de cinco (5) años, de conformidad con lo previsto en el ordinal e) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993.
Si el contratista se demora en modificar las garantías, éstas podrán variarse por la aseguradora o banco a petición RTVC y a cuenta del contratista quien por la firma del contrato que se le adjudique autoriza expresamente a RTVC para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor.
2.15. CRONOGRAMA DEL PROCESO
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA (DD- MM-YY) | LUGAR |
Publicación acto de Apertura, Estudio de Conveniencia y Oportunidad y Reglas de Participación. | 15 de Noviembre de 2013 | |
Plazo máximo para presentar observaciones a las Reglas de Participación | 19 de Noviembre de 2013 | Correo Electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o por escrito radicado en Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. |
Respuesta observaciones a las Reglas de Participación | 21 de Noviembre de 2013 | |
Plazo límite para expedir adendas | 21 de Noviembre de 2013 | |
Audiencia de cierre y entrega de propuestas | 22 de Noviembre de 2013 a las 10:00 a.m. | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx. |
Verificación de requisitos habilitantes y evaluación de propuestas | Del 25 al 27 de Noviembre de 2013 | COMITÉ EVALUADOR |
Publicación del informe de evaluación | 28 de Noviembre de 2013 | |
Traslado del informe de evaluación y oportunidad para presentar observaciones al Informe de evaluación | Del 29 de Noviembre de 2013 al 03 de Diciembre de 2013 | |
Publicación de Respuestas a observaciones al Informe de Evaluación y Adjudicación | Hasta el 05 de 12 de 2013 |
Nota 1: Los documentos que se deban radicar o enviar a RTVC con ocasión del presente proceso de selección, únicamente serán recibidos en el horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes en la Oficina de Coordinación de Procesos de Selección, los cuales podrán ser radicados en físico o por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
CAPÍTULO 3 - CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS
SON LAS ESTABLECIDADS EN EL ANEXO TECNICO DEL PRESENTE PROCESO
CAPITULO 4 - VERIFICACIÓN Y EVALUACION DE PROPUESTAS
4.1. COMITÉ EVALUADOR
Para efectos de adelantar la verificación y evaluación de las propuestas de la presente Invitación Abierta, la Gerencia de RTVC designará un comité asesor, plural e impar de expertos en el área a contratar, conformado por servidores públicos y colaboradores de RTVC quienes deberán adelantar su labor de manera objetiva. El cual estará integrado de la siguiente manera:
Oficina Asesora Jurídica
Oficina de Análisis Financiero y Presupuesto- Subgerencia Soporte Corporativo.
La Sub Gerencia de Radio
El comité evaluará cada una de las propuestas en función de su calidad, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en las Reglas de Participación.
El comité asesorará a RTVC durante el proceso de selección, para lo cual entre otras responsabilidades validará el contenido de los requerimientos técnicos, evaluará y calificará las ofertas presentadas de conformidad con los criterios establecidos en las Reglas de Participación, previa reunión en la que unificará su entendimiento sobre los criterios de evaluación para minimizar las posibles diferencias de criterio individual con que cada factor debe evaluarse.
El comité evaluador estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales y recomendará al ordenador del gasto el sentido de la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación efectuada. El carácter de asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la labor encomendada.
En el evento en que el ordenador del gasto no acoja la recomendación efectuada por el comité evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo con el que culmine el proceso.
4.2. FACTORES DE VERIFICACIÓN – FACTORES HABILITANTES
En el presente proceso de selección objetiva se escogerá el ofrecimiento más favorable para Radio Televisión Nacional de Colombia y a los fines que busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y en general, cualquier clase de motivación subjetiva.
RTVC efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de ofrecimientos recibidos y la consulta de en las Reglas de Participación.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente que no sean necesarios para la comparación de las propuestas NO servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje podrán ser solicitados por RTVC en cualquier momento, hasta la adjudicación.
Sin perjuicio de lo anterior, será rechazada la oferta del proponente que dentro del término previsto en el cronograma del presente documento o en la solicitud que efectúe RTVC, no responda al requerimiento que se le haga para subsanarla.
Los factores de habilitación están referidos a las condiciones del proponente, y hacen referencia a la capacidad jurídica, capacidad financiera y condiciones de experiencia de los proponentes, por tal razón, solamente serán objeto de verificación de su cumplimiento conforme a lo previsto en en las Reglas de Participación del proceso de selección para habilitar la participación del proponente y no otorgarán puntaje.
FACTORES DE VERIFICACIÓN – FACTORES HABILITANTES | |||
Parámetro | Verificación | Evaluación | Puntaje |
Verificación jurídica Verificación financiera Verificación técnica (Experiencia Mínima) | Habilitante Habilitante Habilitante | Habilitante Habilitante Habilitante |
4.2.1. FACTORES DE HABILITACIÓN JURÍDICA
Se efectuará verificación jurídica al proponente, de conformidad con los documentos y criterios establecidos en el presente acápite.
Los documentos aquí exigidos se verificarán para determinar su cumplimiento o no. El proponente individual y/o todos los miembros de la unión temporal o consorcio deberán cumplir con la presentación del documento exigido, a continuación:
X. XXXXX DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
En el anexo respectivo, cada Proponente Individual o Plural debe diligenciar y acompañar su propuesta con la Carta de Presentación, suscrita por él, si se trata de persona natural, o por el representante legal si es persona jurídica, o convencional si se trata de consorcios o uniones temporales, o por apoderado debidamente constituido y acreditado conforme a derecho, de acuerdo con el Formato del Anexo carta de presentación.
Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta en nombre y representación del Proponente, debe contar con facultades expresas y suficientes para ello, así como, para suscribir el Contrato, en caso de adjudicación, y para recibir notificaciones de cualquier decisión administrativa o judicial.
Además, el representante legal del Proponente Individual y de los integrantes de Proponentes Plurales personas jurídicas y el representante convencional de estos últimos, o sus apoderados especiales, debidamente constituidos y acreditados, en su caso, deben disponer de atribuciones y facultades específicas y suficientes para presentar Propuesta en desarrollo de este Proceso de Selección; cumplir oportuna, eficaz y eficientemente los compromisos derivados de tal presentación; celebrar el Contrato proyectado; satisfacer los requisitos de ejecución; otorgar las garantías exigidas, y en general, comprometer a la persona jurídica o a la asociación para todos los anteriores efectos, representar sus intereses y obrar en su nombre en todos los actos, trámites y diligencias inherentes a la actuación contractual.
Los oferentes deberán indicar en la carta de presentación cuales de los documentos aportados son de carácter reservado e indicar la norma que ampara dicha reserva. Si el oferente no hace pronunciamiento expreso amparado por la ley se entenderá que toda la oferta es pública.
En todo caso, RTVC se reserva el derecho de no acatar la confidencialidad predicada de la información si va en contra de los principios de publicidad y contradicción que rigen los procesos de selección pública.
Poder: Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar mediante poder, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo si a ello hubiere lugar.
NOTA: NO PRESENTAR LA CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA GENERA EL RECHAZO DE ESTA, TENIENDO EN CUENTA QUE EL MENCIONADO ANEXO CONTEMPLA EL OFRECIMIENTO INTEGRAL DE LA PROPUESTA POR PARTE DEL PROPONENTE A RTVC.
B. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL EMITIDO POR LA CÁMARA DE COMERCIO
Mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal, RTVC verificará la capacidad jurídica de la sociedad como de quien la representa. Para tales efectos, tendrá en cuenta la identificación de la sociedad, duración, representante legal y sus facultades y que el objeto social de la firma oferente esté directamente relacionado con el objeto propuesto en el presente proceso de selección.
Si el PROPONENTE es persona jurídica debe presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, en donde conste que su duración no es inferior a la duración del contrato y tres (3) años más y que su objeto social sea suficiente para poder ejecutar el objeto del presente proceso de selección. Este certificado debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de la diligencia de cierre y presentación de ofertas señalada en el cronograma del proceso.
Si la PROPUESTA es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros debe presentar de manera independiente la anterior certificación expedida con treinta (30) días calendario de anterioridad a la fecha de la diligencia de cierre y presentación de ofertas del presente proceso de selección.
C. PERSONA JURÍDICA NACIONAL O EXTRANJERA CON SUCURSAL EN COLOMBIA
En caso de que el proponente sea persona jurídica nacional o persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia, deberá presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no superior a un mes con relación a la fecha de cierre del proceso de selección, donde conste el objeto y se acredite su existencia y representación legal, así como que la duración de la sociedad no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres años más a partir de su terminación.
D. CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
En caso de consorcio o unión temporal deberán aportar el documento respectivo de constitución del consorcio o unión temporal en los términos solicitados, y deberán acreditar que su término de duración no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más a partir de su terminación.
Así mismo, se debe presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal de cada uno de sus integrantes.
Por otra parte, en caso de que el consorcio o la unión temporal esté integrado a su vez por estas formas asociativas, cada uno de sus integrantes deberá presentar el documento de conformación de consorcio o unión temporal según corresponda.
E. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
Las personas jurídicas extranjeras que no tengan sucursal en Colombia, deben probar su existencia, representación legal y que dentro de su objeto social se encuentren las actividades exigidas en las Reglas de Participación con uno de los siguientes documentos: (i) el certificado expedido por la autoridad competente de cada país, acompañado con el respectivo apostillaje según corresponda, de acuerdo con los términos establecidos en el Decreto 106 de 2001 y la Ley 455 de 1998, o (ii) con la correspondiente certificación expedida por el Cónsul de Colombia, donde conste que la sociedad existe como persona jurídica, y el nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la representación legal y que dentro de su objeto social se encuentren las actividades exigidas en el pliego de condiciones definitivo. Dicho certificado debe haber sido expedido en una fecha no superior a un mes con relación a la fecha de cierre del proceso de selección.
La duración de la sociedad no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y cinco años más a partir de su terminación. La demostración de la duración de las personas jurídicas extranjeras debe realizarse utilizando cualquier medio probatorio legalmente válido en Colombia, incluyendo estatutos, certificados de existencia y representación legal, certificaciones de la autoridad competente, documentos de incorporación ó certificados expedidos por el Cónsul de la República de Colombia con jurisdicción en el país de su domicilio social, entre otros.
En el caso de personas jurídicas extranjeras que no cuenten con domicilio en Colombia, deberá constituir apoderado con domicilio en Colombia para que la represente y en caso de resultar adjudicatario deberá constituir dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato una sucursal en Colombia en los términos establecidos por el artículo 471 del Código de Comercio. La no constitución de una sucursal en los términos antes descritos, será causal de terminación anticipada del contrato por parte de RTVC.
F. PERSONAS NATURALES
En caso que el proponente sea persona natural deberá acreditar su capacidad para ejecutar el contrato derivado de este proceso mediante registro mercantil expedido con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para el cierre de este proceso, en el cual se indique que el tipo de actividad o servicios registrados correspondan al objeto del presente proceso de selección, junto con fotocopia de la cédula de ciudadanía.
G. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR LA OFERTA Y COMPROMETER A PERSONAS JURÍDICAS.
Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la Propuesta y contratar con la entidad, la propuesta será inhabilitada. En el caso de consorcios y uniones temporales cada uno de los integrantes de estas formas asociativas, deberá acreditar que su representante legal o apoderado
cuenta con la autorización para presentar la oferta y contratar hasta por el monto del presupuesto de la contratación.
H. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE APORTES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES O EXTRANJERAS CON SUCURSAL EN COLOMBIA
En el anexo respectivo, el Oferente deberá presentar certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx o por el representante legal si no está obligado a tener Revisor Fiscal, en donde se acredite el cumplimiento en el pago de los aportes a sus empleados, en los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, correspondiente a los seis
(6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. En el evento de que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo.
CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
Si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente la anterior certificación.
Si uno de sus integrantes es una persona natural, ésta deberá acreditar que se encuentra afiliada y cotizando al sistema general de seguridad social en salud y pensiones.
NOTA COMÚN: En caso de que el oferente no esté obligado a realizar aportes parafiscales y seguridad social no deberá suscribir el anexo previsto en este numeral, deberá presentar en su lugar, una certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal si no está obligado a tener Revisor Fiscal, en donde haga constar dicha circunstancia.
PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
La obligación de presentar las certificaciones de cumplimiento del artículo 50 de la ley 789 de 2002 no aplica para personas jurídicas extranjeras, salvo en el caso en el que participen sucursales de éstas legalmente constituidas en Colombia, caso en el cual deberán presentar la certificación mencionada en el primer párrafo de éste numeral o una certificación del representante legal de la sucursal en la que manifieste que la sucursal no tiene empleados y, por lo tanto, no deben cumplir con lo señalado en la ley 789 de 2002.
PERSONAS NATURALES
Tratándose de personas naturales, se deberá acreditar que se encuentran afiliadas y cotizando al sistema general de seguridad social integral en salud y pensiones.
NOTA COMÚN: Sin embargo, en caso de que el oferente no esté obligado a realizar aportes parafiscales y seguridad social no deberá suscribir el anexo previsto en este numeral, deberá presentar en su lugar, una
certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal si no está obligado a tener Revisor Fiscal, en donde haga constar dicha circunstancia
I. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para garantizar la seriedad de la oferta el proponente deberá constituir a favor de RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA - RTVC NIT 000000000-6 una póliza de Seguros, expedida por una entidad debidamente constituida y autorizada para funcionar en Colombia por una suma equivalente al diez por ciento (10 %) del valor del presupuesto oficial de la presente contratación, y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. El periodo de vigencia de la garantía deberá cubrir como mínimo noventa (90) días, contados a partir de la Presentación de la propuesta.
En el caso de consorcios y uniones temporales en la garantía de seriedad deberá precisarse que el afianzado es el Consorcio o la Unión Temporal y deberá incluir el porcentaje de participación de cada uno de los socios.
La Garantía de Seriedad de la Propuesta deberá amparar los riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento, previstos en el artículo 5.1.4.1° del Decreto N° 0734 de 2012.
La no presentación de la garantía de seriedad con la oferta generará el rechazo de la oferta de conformidad con lo previsto en el artículo 5.1.7.1. del Decreto N° 0734 de 2012, los demás defectos de la garantía serán subsanables en el término que para el efecto establezca RTVC so pena de rechazo.
J. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL.
Tratándose de Consorcios o Uniones Temporales, utilizando el anexo respectivo del presente documento, deberán anexar el documento de conformación correspondiente, el cual deberá reunir los siguientes requisitos:
Expresar si la participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal. El documento deberá consignar los términos que regirán la Unión Temporal o el Consorcio, esto es: i) duración, ii) objeto,
iii) porcentaje de participación de cada uno de sus miembros, iv) participación de estos en la ejecución del contrato, v) elementos que no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de RTVC.
Expresar que la duración del Consorcio o de la Unión Temporal, no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres años más a partir de su terminación.
Designar en forma expresa, el nombre del representante legal de la Unión temporal o consorcio y el de su suplente con los respectivos documentos de identificación y con sus facultades.
Manifestar expresamente el grado de responsabilidad de los miembros en los aspectos administrativos, jurídicos, técnicos y económicos, (actividades que van a desarrollar cada uno de ellos) e indicar si dicha responsabilidad es solidaria.
K. FOTOCOPIA DEL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO -RUT- ACTUALIZADO. EN TODOS LOS CASOS DEBEN PRESENTAR ESTE DOCUMENTO.
El oferente deberá presentar el documento actualizado y si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente el anterior documento.
L. COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
En el anexo respectivo, el Proponente apoyará la acción del Estado Colombiano y a RTVC para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, y en este contexto deberá asumir los compromisos contenidos en el documento “COMPROMISO TRANSPARENCIA”, que hace parte de la Documentación Jurídica.
M. CERTIFICADO DEL “SIRI”
RTVC verificará mediante la consulta que el proponente no se encuentra en el Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad “SIRI”, expedido por la Procuraduría General de la Nación, a nombre de la persona natural o jurídica. Imprimir la consulta.
N. BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES
RTVC verificará mediante la consulta respectiva que el proponente no se encuentra en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la Nación. Imprimir la consulta.
O. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES.
RTVC verificará mediante la consulta respectiva, si el proponente no se encuentra reportado en la base de datos de la policía nacional. En el caso de los consorcios y uniones temporales cada uno de sus integrantes deberá no encontrarse reportado en el respectivo boletín.. Imprimir la consulta
4.2.2. DOCUMENTOS Y CRITERIOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA
El informe financiero no recibirá ninguna ponderación pues se trata del estudio que realiza la Subgerencia de Soporte Corporativo a través de la Jefatura de Análisis Financiero y Presupuesto de RTVC para establecer la capacidad financiera de cada proponente así:
Los proponentes de acuerdo con su naturaleza deberán presentar los siguientes documentos
OFERENTES COLOMBIANOS O EXTRANJEROS CON SUCURSAL EN COLOMBIA
Los documentos requeridos son los siguientes:
a) Estados financieros comparativos del año 2012-2011 (Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias) especificando el activo corriente, activo fijo, pasivo corriente y pasivo a largo plazo, firmados por el proponente persona natural o por el Representante Legal de la persona jurídica y el contador o Revisor Fiscal de la empresa si está obligado a tener.
b) Notas a los Estados Financieros según Artículo 36 Ley 222/95.
c) Certificación de los Estados Financieros según Artículo 37 Ley 222/95.
d) Certificados de vigencia y Antecedentes Disciplinarios del contador y/o del revisor fiscal, expedidos por la Junta Central de Contadores, con fecha no mayor a noventa (90) días calendario, anteriores a la fecha del presente proceso de contratación.
OFERENTES EXTRANJEROS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
a) Balance general, estado de resultados, así como las notas a los estados financieros, con corte del ejercicio fiscal de la vigencia 2012 de acuerdo con lo establecido en las leyes y normas del respectivo país.
b) Los estados financieros del proponente extranjero deben venir firmados por el representante legal y el contador de la firma extranjera.
c) Los estados financieros deberán presentarse debidamente consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
d) Los estados financieros deben estar acompañados de la traducción simple al castellano, expresados en pesos colombianos, a la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM de la fecha de cierre de los mismos, indicando la tasa de conversión.
e) Así mismo la traducción simple de los balances estarán discriminados de la siguiente manera:
ACTIVOS: Corriente, no corriente y total
PASIVOS: Corriente, no corriente, total
PATRIMONIO
f) Certificación y dictamen de Auditoría Externa del país del proponente, de los estados financieros y solo se aceptará “dictamen limpio”.
a) El dictamen a los estados financieros vendrá con traducción simple al español
b) Se entiende por dictamen limpio aquel en el que se declara que los estados financieros presentan razonablemente en todos los aspectos significativos, los resultados de operaciones y principios de contabilidad generalmente aceptados.
NOTA: Se aceptarán estados financieros para OFERENTES EXTRANJEROS para la vigencia 2012 sin auditar siempre y cuando certifiquen que en el país de origen no se ha vencido el plazo para presentar estados financieros definitivos auditados.
En el evento que cualquiera de los requerimientos anteriormente mencionados no tenga la misma denominación en el país del domicilio del oferente extranjero, el representante legal o el apoderado en Colombia, deberá allegar los documentos equivalentes en su país indicando para cada caso cual es el documento equivalente, el cual deberá presentar debidamente consularizado o apostillado según sea el caso.
Se verificará la capacidad financiera de los proponentes con fundamento en los siguientes indicadores:
CAPACIDAD FINANCIERA CUMPLE - NO CUMPLE
La capacidad financiera del oferente se determinará de acuerdo al análisis que RTVC realice sobre la información financiera presentada con la oferta tomando como base los siguientes indicadores financieros: INDICADOR
RAZON DE LIQUIDEZ MINIMA ≥ 1.0
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO ≤ 0.7
CAPITAL DE TRABAJO ≥ 10%
PATRIMONIO LÍQUIDO ≥ 10%
Serán rechazadas las ofertas que no cumplan con los porcentajes mínimos de los indicadores mencionados en la anterior tabla.
La habilitación de cada oferente se determinará por el cumplimiento de cada uno de los indicadores financieros mencionados anteriormente. Cada indicador se evaluará por separado y utilizando las formulas indicadas en cada caso.
Para el caso de los consorcios, uniones temporales los indicadores financieros se calcularán con base en la sumatoria de las cuentas debidamente registradas en los estados financieros de cada uno de los integrantes de la forma asociativa y se ponderara por la participación porcentual de cada uno de los integrantes o proponentes.
Para efectos tributarios, los oferentes deberán identificar el régimen y tipo de contribuyente. Además de desglosar las bases para los respectivos impuestos.
NOTA: Si el oferente no incluye alguno de los documentos de contenido financiero requeridos o se requiere alguna aclaración o complementación, RTVC solicitará lo requerido señalando el término perentorio para cumplir, so pena de rechazo de la oferta.
La capacidad financiera será objeto de verificación de cumplimiento, pero no de calificación el proponente deberá cumplir con los parámetros mínimos en cifras y porcentajes que se indican a continuación:
a) RAZÓN DE LIQUIDEZ MÍNIMA
Modalidades Individuales
Con corte fiscal del año 2012, los proponentes que se presenten deben contar con una razón de liquidez, superior a uno punto cero (1.0), calculada a partir de sus respectivos Estados Financieros, como la división de los Activos Corrientes entre los Pasivos Corrientes. Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM correspondiente a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros.
La razón de liquidez mínima se expresa mediante la siguiente fórmula:
Activo Corriente 1.0
Pasivo Corriente
Modalidades Conjuntas
Con corte de la vigencia fiscal 2012, los participantes que se presenten bajo la modalidad de Consorcio o Uniones Temporales, deben contar en forma conjunta con una razón de liquidez superior a uno punto cero (1.0), calculada a partir de sus respectivos Estados Financieros, como la división de los Activos Corrientes entre los Pasivos Corrientes, ponderando por la participación porcentual de cada uno de los integrantes. Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM correspondiente a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros
La razón de liquidez mínima para Consorcios, Uniones Temporales se expresa mediante la siguiente fórmula:
Activo Corriente
* Participación Porcentual 1.0
i
i PasivoCorrientei
Donde i indica al Integrante del Participante.
En todo caso, para que la Propuesta sea considerada válida, la suma de los Integrantes deberá contar con una razón de liquidez superior a uno (1).
b) NIVEL DE ENDEUDAMIENTO MÁXIMO
Modalidades Individuales
Al corte fiscal del año 2012el Participante Individual debe tener un nivel de endeudamiento, calculado como los Pasivos Totales dividido entre los Activos Totales, de menor o igual a cero punto siete (0.70). Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM correspondiente a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros.
El nivel de endeudamiento máximo se expresa mediante la siguiente fórmula:
PasivoTotal 70% Activo Total
Modalidades Conjuntas
Al corte fiscal del año 2012, el participante que se presente bajo la modalidad de Consorcio o Uniones Temporales, debe tener en forma conjunta un nivel de endeudamiento inferior o igual a cero punto setenta (0.70) calculado como los Pasivos Totales dividido entre los Activos Totales, ponderando por la participación porcentual de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal. Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM correspondiente a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros.
El nivel de endeudamiento máximo para los Consorcios y las Uniones Temporales se expresa mediante la siguiente fórmula:
Pasivo Totali * Participación Porcentual 70%
i
i
Activo Total i
Donde i indica cada uno de los Integrantes del Participante.
c) CAPITAL DE TRABAJO MÍNIMO
Modalidades Individuales
Al corte fiscal del año 2012 el Participante Individual debe tener un nivel de capital de trabajo, calculado como el Activo Corriente - Pasivo Corriente, igual o superior al 10 % del presupuesto oficial de la presente Contratación. Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM correspondiente a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros.
CapitaldeTrabajo 10%Pr esupuestoOficinal
Modalidades Conjuntas
Al corte fiscal del año 2012, los Consorcios, Uniones Temporales, deben contar con un capital de trabajo igual o superior al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial de la presente licitación de manera conjunta, según el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
La determinación del capital de trabajo del Consorcio, Unión Temporal, se calculará multiplicando la participación porcentual de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, según sea el caso y la sumatoria debe ser igual o superior al diez por ciento (10%). Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM correspondiente a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros.
(Capital de Trabajo i participación porcentuali ) 10%Presupuesto Oficial
i
Donde i: indica cada uno de los integrantes del Participante.
d) Patrimonio Líquido
Modalidades Individuales
Al corte fiscal del año 2012, el Participante debe tener un patrimonio en pesos colombianos, igual o superior al 10% del presupuesto oficial del presente proceso de selección.
Patrimonio 10%Pr esupuestoOficinal
Modalidades Conjuntas
Al corte fiscal del año 2012, los Consorcios, Uniones Temporales, deben contar con un patrimonio igual o superior al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial de la presente licitación, de manera conjunta, según el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
Para determinar el patrimonio del Consorcio, Unión Temporal, se calculará multiplicando la participación porcentual de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, según sea el caso y la sumatoria debe ser igual o superior al diez por ciento (10%). Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM correspondiente a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros.
(Patrimonioi participación porcentuali ) 10%Presupuesto Oficial
i
Donde i: indica cada uno de los integrantes del Participante.
Serán rechazadas las ofertas que no cumplan con los porcentajes mínimos de los indicadores mencionados en la anterior tabla.
4.2.3. CRITERIOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA - EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
El proponente que resulte adjudicatario, debe contar con experiencia no solo en el suministro de equipos sino en su instalación, integración y puesta en funcionamiento. Con lo anterior RTVC asegura no solo la idoneidad del contratista sino el funcionamiento correcto de los equipos y sistemas suministrados.
Para el efecto, se deben anexar mínimo dos (2) y máximo seis (6) certificaciones o actas de liquidación, de contratos ejecutados y finalizados en los últimos diez (10) años, contados a partir del 1 de enero de 2003, y hasta un día antes de la fecha de cierre del proceso, cuyo objeto este directamente relacionado con el suministro, instalación, integración y/o puesta en funcionamiento de equipos de telecomunicaciones y cuya sumatoria de cuantías sea igual o superior al ochenta por ciento (80%) del presupuesto oficial del presente proceso. Al menos una de las certificaciones deberá contener como parte de las actividades u obligaciones, la experiencia en instalación de equipos de telecomunicaciones.
Las certificaciones de experiencia o actas deben reunir los siguientes requisitos para ser tenidas en cuenta:
1) Nombre o razón social del Contratante.
2) Nombre o razón social del Contratista.
3) Fecha de iniciación del contrato. (día/mes/año)[1]
4) Fecha de terminación del contrato. (día/mes/año) [1]
5) Objeto del contrato
6) Valor final del contrato
7) En caso de que la certificación sea expedida a un consorcio o unión temporal, en la misma debe identificarse el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes. En caso de que en la certificación no conste el porcentaje de participación de los asociados, el Proponente deberá aportar copia del documento de conformación de consorcio o unión temporal según corresponda. (Para efectos de calificación se tendrá en cuenta únicamente el porcentaje de participación del oferente que conforma el consorcio o unión temporal que presente oferta)
8) Si en una de las certificaciones presentadas relaciona más de un contrato, sólo se tendrán en cuenta aquellos contratos que cumplan con las condiciones solicitadas en este numeral.
9) Si la certificación incluye adiciones al contrato principal, se debe identificar en forma precisa si son contratos adicionales al principal, indicando en cada uno de ellos su plazo y valor.
[1] En caso de que en las certificaciones no se acredite el día cierto de inicio y terminación del contrato, RTVC tomará el último día del mes de inicio del contrato, y el primer día del último mes en que terminó. Por otra parte, en caso de que en las certificaciones únicamente conste el año de ejecución, RTVC tomará el año completo.
En caso de que acrediten experiencia de participación en contratos anteriores bajo la figura de Consorcios y Uniones Temporales, el precio de las certificaciones que se aporten se verificará de acuerdo al porcentaje de participación que haya tenido en las formas asociativas antes mencionadas.
Xxxxx, en caso de que el proponente se presente a este proceso de selección bajo la figura de Consorcios y Uniones Temporales, la experiencia se les tendrá en cuenta sin importar el porcentaje de participación que los miembros acrediten en el documento de conformación de consorcio o unión temporal para este proceso.
NOTA: En caso de que se presenten certificaciones en moneda diferente al peso colombiano, RTVC tomará la TRM de la fecha de celebración del contrato para realizar la conversión.
El Proponente debe tener en cuenta que en caso de invocación de méritos, al menos una (1) de las certificaciones mínimas que aporte debe acreditar su experiencia propia de conformidad con los requerimientos de experiencia mínima. En todo caso, en la certificación que aporte el Proponente respecto a su experiencia propia, deberá constar el componente de instalación.
Además debe contar con el aval técnico de conformidad con el ley 842 de 2003
4.3. FACTORES DE EVALUACION - FACTORES PONDERABLES (Evaluación de 1000 puntos)
Las ofertas de los proponentes que hayan sido previamente habilitadas, se calificarán de acuerdo con los criterios que se señalan a continuación:
CRITERIOS DE PONDERACION | |||
ITEM | PARAMETRO | EVALUACION | PUNTAJE |
1 | Cumplimiento requerimientos técnicos adicionales | Ponderable | 450 puntos |
2 | Oferta Económica | Ponderable | 300 puntos |
3 | Garantía Adicional a la mínima requerida | Ponderable | 150 puntos |
4 | Apoyo a la Industria Nacional | Ponderable | 100 puntos |
TOTAL | 1000 OS |
4.3.1. CUMPLIMIENTO REQUERIMIENTOS TÉCNICOS ADICIONALES (HASTA 450 PUNTOS)
Teniendo en cuenta que RTVC desea adquirir equipos que presenten desarrollos tecnológicos que representen ventajas en estabilidad, manejo, control o monitoreo, se le otorgará un puntaje máximo de hasta cuatrocientos cincuenta (450) Puntos al oferente que sin costo alguno para la entidad, ofrezca los sistemas descritos en el siguiente cuadro: El puntaje otorgado en la evaluación técnica ponderable corresponde a, esta evaluación nos permitirá, el puntaje otorgado está distribuido conforme la siguiente tabla:
ITEM | PONDERABLES TECNOLOGICOS | PUNTOS |
1 | Sistema de conmutación automático entre los transmisores principales y de respaldo | 250 |
2 | Sistema de monitoreo, gestión y control remoto | 200 |
TOTAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS ADICIONALES | 450 |
A. Sistema de Conmutación
El sistema de conmutación debe ser instalado para cada una de las emisoras, el cual debe tener las siguientes opciones:
o Conmutar automáticamente entre transmisor principal y respaldo cuando detecte caída de potencia o daño en el primero
o Permitir ajustar del nivel de potencia de salida en el que el circuito de control reconocerá un fallo en los transmisores.
o Sistema de alarmas que informen el estado del transmisor (fallos, correcto funcionamiento, caída del nivel de potencia).
o Permitir intercambiar entre los transmisores de manera remota.
B. Sistema de Monitoreo, gestión y control
El Sistema de monitoreo, gestión y control remoto debe cumplir con las siguientes especificaciones:
o Sistema de monitoreo, gestión y control remoto
o Permitir acceso, configuración y control todos los equipos de transmisión de manera remota a través de TCP / IP.
o Nivel de RF con el ajuste remoto de alarmas y visualización del nivel de RF en dBuV.
o Control de modulación.
o Notificación instantánea de cualquier condición de fuera de tolerancia
4.3.2. FACTORES DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA (HASTA 300 PUNTOS)
El puntaje otorgado en la evaluación económica ponderable corresponde a un máximo de trescientos (300) Puntos. Para efectos de evaluar y calificar este factor se tomará el Valor de la Propuesta, incluido el Impuesto a las Ventas IVA. Con este propósito, RTVC ha considerado utilizar el “menor valor” como método de valoración de la propuesta ofertada.
Para la asignación del puntaje obtenido, se tomarán las ofertas económicas definitivas de los Proponentes
habilitados y se seguirá la siguiente tabla:
Oferta Económica | Puntaje |
Menor valor | 300 |
Segundo menor valor | 200 |
Tercer menor valor | 100 |
Demás valores | 50 |
Solamente se efectuará la evaluación económica de aquellas Propuestas que hayan sido habilitadas previamente y que no superen el valor del presupuesto estimado. La oferta deberá incluir el valor de todos los gastos en que incurra el Contratista para la ejecución del objeto de la Invitación Abierta.
Serán de exclusiva responsabilidad del Proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar el valor total en la Propuesta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones.
Al presentar la oferta, el Proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos, tasas, contribuciones o participaciones, tanto en el ámbito nacional, departamental y municipal, que se causen en razón de la suscripción, desarrollo, ejecución y liquidación del contrato, los cuales estarán a cargo del Contratista.
El valor de la OFERTA ECONÓMICA se presentará en pesos colombianos (sin incluir centavos en cada uno de sus cálculos). Para todos los efectos, la Entidad ajustará los valores a la unidad siguiente en cada operación, a partir del valor unitario, cuando el valor sea igual o superior a 51 centavos y a la unidad inferior, cuando sea igual o inferior a los 50 centavos.
En el momento de la evaluación económica de las propuestas, RTVC verificará las operaciones aritméticas de los componentes de los valores, y en caso de presentarse algún error, se procederá a su corrección y para efectos de la adjudicación se tendrá en cuenta el valor corregido
Nota: Cuando de conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité asesor evaluador recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta explicando sus razones.
4.3.3. GARANTÍA ADICIONAL A LA MÍNIMA REQUERIDA (HASTA 150 PUNTOS)
Se asignará un puntaje adicional máximo de ciento cincuenta (150) puntos, al oferente que ofrezca sin costo alguno para la entidad, una garantía adicional a la mínima requerida para los equipos suministrados, de acuerdo con la siguiente tabla:
GARANTÍA ADICIONAL A LA MÍNIMA DE DOS (2) AÑOS – EQUIPOS SUMINISTRADOS. | HASTA 150 PUNTOS |
UN AÑO ADICIONAL A LA MÍNIMA REQUERIDA | 50 PUNTOS |
DOS AÑOS ADICIONALES A LA MÍNIMA REQUERIDA | 100 PUNTOS |
TRES AÑOS ADICIONALES A LA MÍNIMA REQUERIDA | 150 PUNTOS |
Condiciones de la Garantía Adicional: Durante la garantía adicional el Contratista se obliga a suministrar todos los materiales y repuestos necesarios o el cambio de equipo. Cuando ocurra una falla, se solicitará la atención de la misma al Contratista, quien deberá atender y solucionarla en el menor tiempo posible sin exceder el máximo establecido, de acuerdo con lo descrito en el ANEXO No. 3 – ANEXO TÉCNICO. El Contratista deberá desplazarse a la estación para solucionar dicha falla con los repuestos, materiales y equipos requeridos, de acuerdo al diagnóstico efectuado.
Los costos por concepto de repuestos o cambios de partes o de equipos, así como de fletes y desplazamientos requeridos para solucionar la falla serán asumidos en su totalidad por el Contratista.
La garantía mínima de DOS (2) años es obligatoria para todos los equipos.
Durante la garantía mínima y la adicional el Contratista se obliga a suministrar todos los materiales y repuestos necesarios, para su buen funcionamiento.
NOTA: El proponente que quiera ofrecer una garantía adicional a la mínima requerida para obtener el puntaje respectivo, deberá diligenciar el anexo contenido en el documento de Reglas de Participación y con dicho diligenciamiento quedará comprometido con RTVC, al cumplimiento integral de la garantía adicional por el periodo que la ofrezca.
4.3.4. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (HASTA 100 PUNTOS)
Teniendo en cuenta que algunos de los equipos que serán suministrados por el Contratista con ocasión del contrato son de origen extranjero, para efectos de asignar el puntaje que corresponde al apoyo a la industria nacional, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL BIENES Y SERVICIOS (HASTA 100 PUNTOS) | |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL BIENES (hasta 50 Puntos) | |
En caso de que el proponente ofrezca todos los bienes de origen | 50 puntos |
nacional y/o de origen extranjero que tengan tratamiento de nacionales. | |
En caso de que el proponente ofrezca algunos bienes de origen nacional (nacional o extranjero con trato nacional) y extranjero sin trato nacional. | 25 puntos |
En caso de que el proponente ofrezca bienes de origen extranjero sin trato nacional. | 0 Puntos |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL SERVICIOS (hasta 50 Puntos) | |
En caso de que el proponente ofrezca todos los servicios de origen nacional y/o servicios de origen extranjero que tengan tratamiento de nacionales. | 50 Puntos |
En caso de que el proponente ofrezca algunos servicios de origen nacional (nacional o extranjero con trato nacional) y extranjero sin trato nacional. | 25 Puntos |
En caso de que el proponente ofrezca servicios de origen extranjero sin trato nacional. | 0 Puntos |
Para efectos de ponderar este factor, el Proponente deberá diligenciar el Anexo N°5 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL.
Adicionalmente, en caso de que oferten bienes y/o servicios extranjeros que acrediten trato nacional por la existencia de un tratado o acuerdo comercial vigente en materia de compras públicas deberán soportarlo mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente:
a) Xxxxx y fecha de expedición de la certificación
b) Número y fecha del tratado
c) Objeto del Tratado
d) Vigencia del Tratado
O
En ausencia de tratado de libre comercio o acuerdo comercial, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad.
NOTA: Señor oferente, teniendo en cuenta que éste documento otorga puntaje, su no presentación no es subsanable, por consiguiente en caso de que no sea diligenciado o se diligencie de manera incorrecta, NO será posible requerir al Proponente para que lo xxxxxxx, y en consecuencia la entidad procederá a no otorgar puntaje.
4.4. CRITERIOS DE DESEMPATE
Cuando se presente empate en el puntaje final entre varios oferentes, se dirimirá así:
Primer Criterio: En caso de empate se preferirá a aquel que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación económica.
Segundo Criterio: Si el empate persiste se preferirá a aquel que haya obtenido mayor puntaje en la Evaluación Técnica.
Tercer criterio: Si persiste el empate y si a ello hubiera lugar, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
Cuarto criterio: Si persiste el empate y si a ello hubiera lugar, se preferirá el proponente que acredite ser una Mipyme o al consorcio o unión temporal que acredite que por lo menos uno de sus integrantes tiene la calidad de Mipyme. Para dicho evento, el proponente deberá presentar en una certificación su calidad de Mipyme –la cual deberá estar suscrita por el representante legal de Micro, pequeñas y medianas empresas–, en la que se acredite que su empresa cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la ley 905 del 2 xx xxxxxx de 2004 y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia. En caso de consorcios o uniones temporales, dicha manifestación debe hacerse por el integrante que ostente la calidad de Mipyme.
Quinto criterio: Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, este se preferirá.
Sexto criterio: Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
Séptimo criterio: En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.
Octavo criterio: En caso tal que después de aplicar los anteriores criterios, y las propuestas continúen empatadas, se dirimirá de la siguiente manera: Se citará a las firmas proponentes para que se presente un representante o persona debidamente autorizada mediante documento suscrito por el representante legal, a la audiencia pública en la hora y fecha comunicada por RTVC, en la cual se realizará un sorteo mediante el sistema de balotas.
Se asignará un número a cada una de las propuestas en empate; se depositarán en una bolsa el número de balotas correspondiente al número de propuestas en empate, en presencia de los asistentes, previa verificación de probidad de las mismas, se elegirá entre los asistentes a la persona encargada de sacar la balota; el número de propuesta correspondiente al número de la balota extraída de la bolsa será la propuesta adjudicataria. De la anterior actuación se dejará constancia en acta suscrita por los participantes, que será publicada en la página xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx El acta se entenderá que hace parte integral del documento de la evaluación.
Nota: Si con la consolidación de la evaluación definitiva, resultaren dos o más ofertas con el mismo puntaje RTVC, solicitará los documentos necesarios para certificar las anteriores condiciones y posteriormente, dar aplicación a los mencionados criterios de desempate sobre la evaluación.
4.5. CAUSALES DE RECHAZO
La ausencia de los requisitos o la falta de los documentos solicitados referentes a la futura contratación o al proponente que no sean necesarios para la comparación de propuestas no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos, salvo que exista renuencia por parte del proponente frente al suministro
de información o documentación de esta naturaleza que la entidad haya considerado necesario conocer. Serán rechazadas las propuestas, en general, cuando por su contenido impidan la selección objetiva.
Constituirán causales de rechazo las siguientes:
a) Cuando un mismo proponente, por sí o por interpuesta persona, presente más de una propuesta básica. En este caso, la segunda propuesta será rechazada, teniendo en cuenta el orden de radicación en la entidad.
b) Cuando el proponente o los miembros de la unión temporal o consorcio se encuentren incursos dentro de alguna de las inhabilidades o incompatibilidades para contratar de acuerdo con las disposiciones previstas en las normas vigentes.
c) No cumplir con los parámetros mínimos financieros expresados en cifras y porcentajes que se indican en las presente Reglas de Participación.
d) No presentar la carta de presentación.
e) No presentar el Anexo técnico, modificarlo, condicionar su contenido o no ofertar las condiciones mínimas expresadas allí.
f) No diligenciar el Anexo “Oferta Económica” de tal forma que impida su comparación objetiva o el conocimiento sobre el valor ofertado o se modifique la descripción y/o cantidad del o los elementos a adquirir o servicios a contratar.
g) Cuando la propuesta se presente de manera parcial respecto a la totalidad de requerimientos técnicos mínimos de la oferta y condiciones establecidas en el presente documento, o incompleta, en cuanto que se omita información necesaria para la comparación objetiva de la misma.
h) Cuando no se presente garantía de seriedad de la oferta con la propuesta en forma simultánea, de conformidad con el Decreto 734 de 2012.
i) Cuando la oferta supere el presupuesto oficial.
ANEXO No. 1. CARTA DE PRESENTACIÓN
Ciudad y Fecha:
Señores:
Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC
Coordinación de Procesos de Selección Oficina Asesora Jurídica
Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxxxx
Xxxxxxxxxx: Proceso de Invitación Abierta No 01 de 2013
El suscrito identificado con la CC expedida en actuando como (persona natural; Representante Legal de la sociedad ; representante del Consorcio
o Unión Temporal , integrado por ; o como apoderado de según poder debidamente conferido y que adjunto a la presente), de acuerdo con lo establecido en los pliegos de condiciones del proceso de selección de la referencia, presento OFERTA Y/O PROPUESTA para contratar el adquisición, instalación, traslado, y puesta en funcionamiento de los equipos de transmisión y energía de las emisoras Señal Radio Colombia y Señal Radiónica de la ciudad de Bogotá, pertenecientes a RTVC bajo la modalidad de llave en mano, de conformidad con las condiciones, cantidades y características descritas en el Pliego de Condiciones.
Declaro bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma de la presente carta, que:
1. Esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete a los firmantes de esta carta.
2. Ninguna Entidad o persona distinta del firmante tienen interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive.
3. He leído cuidadosamente el pliego de condiciones del proceso de selección, me he enterado suficientemente de las condiciones exigidas y de las circunstancias en las cuales la Entidad suscribiría el contrato y, en términos generales, de las circunstancias que puedan afectar la ejecución del contrato o los precios de la propuesta.
4. Con la presentación de la propuesta declaro que conozco y acepto todos los anexos y adendas xxx Xxxxxx de condiciones, así como todos sus comunicados aclarativos e interpretativos, si los hay, y por tanto, acepto sus términos sin reservas ni condicionamientos y me comprometo a cumplir con todos los compromisos y exigencias contempladas en los estudios previos, pliegos de condiciones, anexos, adendas y a diligenciar los anexos obligatorios que se establecen a continuación:
ANEXO No. 1 – CARTA DE PRESENTACIÓN ANEXO No. 1A. AVAL TÉCNICO DE LA OFERTA ANEXO No. 2 – PROPUESTA ECONÓMICA ANEXO No. 3 – ANEXO TÉCNICO
ANEXO No. 4 – CRITERIOS DE PONDERACIÓN ANEXO No. 5 – APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
ANEXO No. 6 – ACUERDO DE ASOCIACION EN UNIÓN TEMPORAL ANEXO No. 7 – PACTO DE TRANSPARENCIA
ANEXO No. 8– PROTOCOLO DE PRUEBAS DE ACEPTACIÓN ANEXO No. 9 – PROCEDIMIENTO DE TRASLADO
ANEXO No. 10– SIMULACION PROPAGACIÓN XXXXXXXXX
5. Así mismo, declaramos bajo la gravedad del juramento que:
La sociedad, sus accionistas y administradores no se encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de las señaladas en la Constitución y en las Leyes para
contratar con el Estado, en particular las inhabilidades previstas en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1474 de 2011 y demás normas complementarias. (Se recuerda al Proponente que si está incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el proceso de selección y debe abstenerse de formular propuesta).
A la fecha de presentación de la oferta no nos hallamos en el boletín de responsables fiscales de competencia de las Contralorías, de acuerdo con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
No hemos sido sancionados mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna entidad oficial dentro de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de entrega de las ofertas.
NOTA: Si el proponente ha sido objeto durante dicho período de sanciones contractuales (multas, cláusula penal y/o incumplimiento) por parte de cualquier entidad estatal, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso.
6. Nos comprometemos a ejecutar el objeto del contrato en un plazo de contados a partir de la fecha de iniciación, con posterioridad al perfeccionamiento del contrato, la aprobación de su garantía y/o demás requisitos de orden contractual exigidos para el inicio de su ejecución.
7. La Vigencia de nuestra oferta es por un término de noventa (90) días a partir de su fecha de presentación.
8. Nos comprometemos a cumplir con las obligaciones de garantía y protocolización establecidas en el pliego de condiciones.
9. Si se nos adjudica el presente proceso de selección, nos comprometemos a suscribir el contrato, a constituir su garantíay así mismo a pagar los impuestos a que haya lugar dentro de los términos señalados para ello.
10. Nos comprometemos a cumplir con las especificaciones y características de los equipos presentados en la oferta técnica de la propuesta y los demás exigidos en el ANEXO 3
11. El original de la propuesta consta de folios, debidamente numerados.
12. Declaro que la información aportada con la propuesta es veraz y da cuenta del cumplimiento de los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones.
13. Autorizo a la Entidad para verificar toda la información aportada con la Propuesta, incluidos cada uno de los documentos y soportes presentados para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes y ponderables. Asimismo, me comprometo a entregar la información de teléfonos, correos electrónicos o cualquier otra que se solicite a fines de corroborar la información de quienes firman.
Atentamente,
REPRESENTANTE LEGAL:
CEDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA:
RAZÓN SOCIAL: NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: CELULAR:
Firma y nombre (persona natural; representante legal de la sociedad, representante del consorcio o unión temporal o apoderado según el caso)
ANEXO No. 1A. AVAL TÉCNICO DE LA OFERTA
Ciudad., de de 2013 Señores:
Radio Televisión Nacional de Colombia
Xxx. 00 Xx 00-00
Xx Xxxxxx
Xxx: Aval de la oferta.
Como documento anexo a la carta de presentación de la propuesta,
, identificado con cédula de ciudadanía No. expedida en , en mi calidad de ingeniero (Electrónico y/o de Telecomunicaciones), con Tarjeta Profesional No. (en caso de que resulte aplicable), con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la legislación colombiana (Artículo 20 de la Ley 842 de 2003), manifiesto que avalo la oferta presentada por dentro del proceso de Invitación Abierta N° DE 2013
Atentamente,
FIRMA DEL INGENIERO
Nota: La no presentación de este anexo junto con la propuesta, generara el rechazo de la misma
ANEXO No. 2. PROPUESTA ECONÓMICA
Para efectos de establecer la oferta económica en el presente proceso de selección, el Proponente deberá diligenciar el cuadro que a continuación se relaciona con base en los valores considerados para cada uno de los elementos , en los que deberá considerar la totalidad de actividades asociadas al cumplimiento del objeto del contrato del contrato de llave en mano, esto es, el diseño del sistema radiante cumpliendo con las cantidades de componentes solicitados por RTVC y su ubicación en la torre de la estación cerro el Cable según se indica en el Anexo No. 10 – INFORMACION TECNICA DE LAS ESTACIONES adquisición, instalación, traslado y puesta en funcionamiento de la estación de Radio de conformidad con las cantidades y características descritas en las condiciones y términos establecidos en las reglas de participación del proceso de selección.
ÍTEM | ELEMENTO | VALOR OFERTADO MAS INSTALACIÓN INCLUIDO IVA Y DEMAS IMPUESTOS XX XXX |
1 | Sistema Radiante | |
2 | Línea rígida | |
3 | Cable Coaxial | |
4 | Sistemas Eléctricos | |
5 | Transformador primario | |
6 | Postes de Concreto | |
7 | Acometida de baja tensión entre transformador y xxxxxxxx | |
8 | Acometida interna con bandeja portacables | |
9 | Tablero principal de distribución | |
10 | UPS | |
11 | Planta Eléctrica | |
12 | Monitor de Frecuencia FM | |
13 | TVRO | |
14 | Traslado de equipos | |
Valor total en números INCLUIDO IVA Y DEMAS IMPUESTO XX XXX | $ | |
Valor total en letras INCLUIDO IVA Y DEMAS IMPUESTO XX XXX |
ANEXO No. 3 – ANEXO TÉCNICO
1. CARACTERÍSTICAS DE LA ESTACIÓN XXXXXXXXX
Los equipos a trasladar se encuentran instalados y en funcionamiento en la estación Xxxxxxxxx, la cual, cuenta con las siguientes características
UBICACIÓN ACTUAL | |
Estación Xxxxxxxxx | |
Longitud | 04° 43' 37,7'' N |
Latitud | 74° 04' 51,4'' W |
Altura | 2.710 m.s.n.m. |
Distancia de la estación CAN | 16 Km |
Vía de acceso | Excelente estado |
La información de la ubicación final es la siguiente:
UBICACIÓN FINAL | |
Ubicación Cerro el Cable | |
Longitud | 04° 37' 53,34'' N |
Latitud | 74° 03' 03,427'' W |
Altura | 3150 m.s.n.m. |
Distancia de la estación CAN | 9 Km |
Vía de acceso | En mal estado |
2. EQUIPOS A TRASLADAR
El siguiente, es el listado de equipos que se encuentran actualmente instalados en la estación Xxxxxxxxx. Se debe tener en cuenta que las emisoras deben continuar en operación durante el desarrollo del proyecto.
No. | DESCRIPCIÓN | MARCA | DIMENSIONES | PESO |
1 | Transmisor FM principal Señal Radio Colombia | XXXXXX | 72,4x91,4x182,9 cm | ~ 581kg |
2 | Transmisor FM principal Señal Radiónica | XXXXXX | 72,4x91,4x182,9 cm | ~ 581kg |
3 | Transmisor FM respaldo Señal Radio Colombia | LINK | 57x100x150 cm | ~ 200kg |
4 | Transmisor FM respaldo Señal Radiónica | LINK | 57x100x150 cm | ~ 200kg |
5 | Diplexor | 50x120x150 cm | ~ 290kg | |
6 | Receptor Enlace FM | OMB | 2 U rack | |
7 | Receptor Enlace FM | OMB | 2 U rack |
No. | DESCRIPCIÓN | MARCA | DIMENSIONES | PESO |
8 | Monitor de Modulación | TFT | 4 U rack | ~ 10,5kg |
9 | Transmisor de enlace El Cable – CAN - U. Móviles | XXXXX | 2 U rack | ~ 7.6kg |
10 | Transmisor de enlace El Cable – CAN - U. Móviles | XXXXX | 2 U rack | ~ 7.6kg |
11 | Antena tipo Yagi | SAMCO | 80 cm | |
12 | Antena tipo Yagi | SAMCO | 80 cm | |
13 | Receptor de enlace unidades móviles | XXXXX | 2 U rack | ~ 3kg |
14 | Receptor de enlace unidades móviles | XXXXX | 2 U rack | ~ 3kg |
15 | Receptor satelital principal Señal Radio Nacional | TANDBERG | 1 U rack | ~ 2kg |
16 | Receptor satelital respaldo Señal Radio Nacional | TANDBERG | 1 U rack | ~ 2kg |
17 | Receptor satelital principal Señal Radiónica | TANDBERG | 1 U rack | ~ 2kg |
18 | Receptor satelital respaldo Señal Radiónica | TANDBERG | 1 U rack | ~ 2kg |
19 | Rack de equipos | Gabinete 19’’ altura 200cm | ||
20 | 2 Cargas Fantasmas 15 kw | Altronic | 27,9x76,2x68,58 cm | ~ 30kg |
21 | Monitores de Audio | M-AUDIO | 19,5x17,5x25,2cm | ~ 5kg |
3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS SOLICITADOS
Será obligación del Proponente presentar las especificaciones solicitadas para efectos de verificar en la propuesta las características de los equipos que se ofrecen.
En todo caso, el Proponente deberá sustentar claramente (indicando para ello el Folio donde puede ser verificado el cumplimiento) las especificaciones técnicas de los equipos ofertados por medio de los Manuales de operación y/o catálogos y/o carta o certificación del fabricante y/o direcciones de la páginas Web específicas, de tal forma que RTVC pueda realizar la correspondiente verificación técnica y constatar que efectivamente el equipo tiene las condiciones ofertadas en la propuesta, en caso de que el cumplimiento de una especificación técnica mínima esté supeditado a una configuración adicional de los equipos, el Proponente deberá indicar que la misma se incluye en su oferta. Si de la verificación efectuada por RTVC no es posible constatar que el equipo cumple con las especificaciones técnicas ofertadas por el Proponente, se entenderá que el Proponente no cumple, y por tanto, su propuesta será rechazada.
Lo anterior sin perjuicio de que RTVC con base en la marca, modelo y referencia ofertada por el Proponente, le solicite información adicional de los equipos ofertados al
Proponente o que la entidad realice directamente la consulta en la página web del fabricante para verificar o ratificar el cumplimiento de las características técnicas mínimas de los equipos. Lo anterior, en el entendido que NO se considerará una mejora en la oferta, toda vez que el Proponente al momento de entregar su propuesta ya habrá indicado la marca, modelo y referencia del equipo, los cuales no podrán ser cambiados bajo ninguna circunstancia.
Los equipos a entregar deben ser nuevos, originales y deben estar en perfectas condiciones al momento de la entrega, so pena del no recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato.
Las características técnicas mínimas de los equipos solicitados son las que se relacionan a continuación
EQUIPO Y/O ELEMENTO | CANTIDAD | DESCRIPCION/CARACTERISTICAS | FOLIO | ||||
Sistema antenas | de | 1 | Compuesto por (4) cuatro paneles | ||||
Ganancia del sistema ≥ 6 dBd (referenciado a un dipolo de λ/2) | |||||||
Conector de salida del Diplexor: 3’’ | |||||||
Banda: 87.5MHz – 108MHz | |||||||
VSWR: <1.15 | |||||||
Polarización: Circular | |||||||
Impedancia: 50 Ω | |||||||
Entrada de potencia al sistema: Hasta 20Kw + un margen de 10% | |||||||
Protección contra Rayos: DC a tierra | |||||||
Línea rígida | 8 metros | Calibre: 3” Instalada en sitio | |||||
Cable coaxial | 35 metros | Calibre 3” (Con sus elementos de sujeción) | |||||
50ohm ± 1ohm | |||||||
UPS | 1 | Capacidad | 130KVA | ||||
Rango de Voltaje | 380V/220V +/-25% | ||||||
Frecuencia | 60Hz +/-5% | ||||||
Factor de Potencia | 80% | ||||||
Eficiencia | 99% | ||||||
Transformador Aislamiento | de | 380V en 120/208/220/240V Salida | Entrada +/-1% | y en | |||
Puertos Comunicaciones Inteligente | de | RS232/RS485 | |||||
Distorsión de salida | Menos de 3%THD (carga lineal) |
EQUIPO Y/O ELEMENTO | CANTIDAD | DESCRIPCION/CARACTERISTICAS | FOLIO | |||
Respaldo | Como mínimo 7 min al 100% de carga | |||||
Frecuencia de operación en la salida | 60 hz +/-0.2% (modo de batería) | |||||
Tipo de Alarma | Sonora | |||||
Temperatura | Se requiere para operación a 3.150 msnm en la cual predomina el clima xx xxxxxx. | |||||
Protección | Batería Baja, Sobrecalentamiento, Corto Circuito, Sobre voltaje de Salida y Voltaje de Salida Bajo | |||||
PLANTA ELECTRICA | 1 | Capacidad | 150KVA | |||
Rango de Voltaje | 380/220 +/-25% | |||||
Frecuencia | 60Hz +/-5% | |||||
Fases | 3 | |||||
Potencia de salida | Principal 167Kw | |||||
En espera 186Kw | ||||||
Capacidad de Tanque | 195 L o superior | |||||
Amperios | 496 – 573 | |||||
Aspiración refrigeración | y | Turbocompresor e refrigeración interna | ||||
Velocidad del motor | 1500 rpm o superior | |||||
Relación compresión | de | 17:01 | ||||
Pico de temperatura estándar | 125 – 163ºC continua | |||||
Regulador | AVR regulador automático de voltaje* | |||||
Arranque | Eléctrico | |||||
Transferencia | Automática | |||||
Cabina de insonorización | ||||||
Alternador de Carga de Baterías | ||||||
Depósito y filtro de combustible | Tanque Base para autonomía mínima de 8 Horas | |||||
Aislamiento | De acuerdo con las normas NEMA MG1 | |||||
Niveles de temperatura | De acuerdo con normas NEMA, ANSI y/o IEEE | |||||
EQUIPO Y/O ELEMENTO | CANTIDAD | DESCRIPCION/CARACTERISTICAS | FOLIO | ||
Gestión | Debe permitir la gestión en modo local y remoto | ||||
El control remoto y la supervisión del estado del equipo debe realizarse a través de un puerto RJ-45 ó un puerto estándar | |||||
Protocolo de comunicaciones basado en el estándar SNMP V2 | |||||
Se debe suministrar la información de parámetros o "tablas" de configuración de los equipos para la comunicación de los mismos con el sistema de gestión de RTVC | |||||
Se deben poder monitorear y/o gestionar los Estados, Descripción del Equipo y mandos siguientes: | |||||
• Serial | |||||
• Versión de Hardware | |||||
• Encendido y Apagado | |||||
• Fallo en el sistema de carga de la(s) batería(s) de arranque del Motor | |||||
• Indicación de motor en marcha | |||||
• Indicación de paro de Emergencia • Indicación de baja presión de Aceite | |||||
• Indicación de Alta Temperatura de Agua | |||||
• Indicación de correcto funcionamiento del controlador | |||||
• Indicación del Nivel de combustible | |||||
• Indicación de fallo de arranque | |||||
• Indicación de tensión de baterías baja | |||||
• Indicación de sobrecarga | |||||
• Indicación de sobre-velocidad | |||||
• Indicación de Voltaje |
EQUIPO Y/O ELEMENTO | CANTIDAD | DESCRIPCION/CARACTERISTICAS | FOLIO | ||
• Indicación de modo de funcionamiento en Manual / Automático | |||||
• “Reset “de Alarmas | |||||
MONITOR DE FRECUENCIA | 1 | Frecuencia operación | 88 – 108 MHz | ||
Resolución | 100Hz | ||||
TVRO - Antena Parabólica | 1 | Banda C | |||
Tipo Solida | |||||
Diámetro: ≥ 3.4 mts | |||||
Temperatura de ruido a 20°elevación: 30 K | |||||
Con su respectivo feed banda C de polarización circular | |||||
Ganancia Banda C: ≥ 39.5 dBi | |||||
Rango Ajuste Azimuth: 360° | |||||
Rango Ajuste de Elevación: 10° a 70° ajuste fino continúo | |||||
Soportar viento en operación: 70 Km/h | |||||
Ancho de Haz: @ -3 dB ≤ 1,45°* | |||||
TVRO - FEED | 1 | Polarización Circular | |||
Aislamiento ≥ 19dB entre los planos | |||||
TVRO - XXX | 0 | Estabilidad del oscilador local mejor o igual a 250 Khz. | |||
Tecnologia Phase Locked Loop | |||||
Frecuencia de entrada 3,5 – 4,2GhHz | |||||
Frecuencia mínima: 950 – 1750MHz | |||||
Ganancia mínima: 60dB mínimo | |||||
Temperatura de Ruido 20ºK |
Consideraciones:
Adicionalmente el CONTRATISTA deberá entregar todos los equipos funcionando en sitio (a una altura de 3150m.s.n.m) el contratista se obliga a:
Debe calcular e instalar los correspondientes filtros para el sistema radiante con el fin de prevenir interferencias y asegurar un correcto funcionamiento, teniendo en cuenta que en el mismo sitio se encuentra instalada una torre de 60 metros, donde están funcionando las emisoras de tres universidades en las frecuencias 106,9MHz, 90,4MHz y 91,9MHz cada una con una potencia de 15Kw
Suministrar los sistemas de protección eléctrica y cortacircuitos de baja tensión debido a la cercanía entre el transformador y el salón de equipos.
El contratista debe tramitar a través de CODENSA la instalación y puesta en funcionamiento del transformador de una capacidad de 220KVA trifásico, con salida de 380VAC. RTVC se encargará de todos los gastos asociados al mismo, esto incluye los postes de concreto, el contador, acometida de media tensión e interna con bandeja portacables y el tablero principal de distribución.
El contratista debe trabajar conjuntamente con CODENSA en las etapas establecidas por esta entidad para el montaje de del transmisor:
o Disponibilidad del Servicio.
o Solicitud del Servicio (estudio de factibilidad).
o Provisionales de Obra
o Presentación o elaboración de diseños eléctricos (la cual puede ser realizada por la misma empresa).
o Convenios y acuerdo de obra
o Conexión del servicio eléctrico.
Especificaciones técnicas con relación a La UPS :
o La instalación eléctrica hacia la UPS deberá derivar del tablero de transferencia; la acometida deberá ser calculada teniendo un 25% de incremento de la corriente nominal y la regulación de tensión entre la transferencia automática y la UPS no debe ser mayor al 3%.
o La instalación de la UPS debe ser en un sitio libre de humedad para garantizar su adecuado funcionamiento. El cálculo del neutro de la acometida deberá hacerse teniendo un70% de incremento de la corriente nominal y además se debe tener en cuenta que la regulación de tensión entre la UPS y cada transmisor no debe ser superior al 3%.
o La UPS y el banco de baterías deben ser sólidamente aterrizados a tierra.
o Debe cumplir con las Normas y estándares NTC 2050, RETIE, NEC – NFPA-70, NEMA PE- 1.
Especificaciones técnicas con relación a La Planta Eléctrica:
o Debe ser de utilización estacionaria, trabajo de emergencia.
o Debe tener tipo de cargas no lineales para telecomunicaciones.
o Se debe Instalar protección contra sobrevelocidad y contra sobrecorrientes.
o Debe ser sólidamente conectadas a tierra.
o No debe quedar ubicada en puntos de tránsito de personas y animales.
o Se debe realizar la instalación de las Plantas de Emergencia con cabina de insonorización.
o Debe cumplir con las normas NTC 2050 Y RETIE.
o La instalación eléctrica desde la planta deberá derivar hacia el tablero de transferencia, la acometida deberá ser calculada teniendo un25% de incremento de la corriente nominal y la regulación de tensión entre ésta y la transferencia automática no debe ser mayor al 3%. Se debe instalar siguiendo las condiciones de horizontalidad y verticalidad del fabricante.
o Capacidad de 150 KVA en sitio a una altura de 3150msnm.
Circulación de aire entrada y salida para los transmisores Xxxxxx.
Instalación xx Xxxxx.
Aseguramiento de tableros.
Instalación de tableros distribución eléctrica.
Construcción de la base para la planta eléctrica.
Diques de contención de combustibles para tanque de planta.
Los demás que se necesiten para el correcto funcionamiento de los equipos.
4. TIEMPOS DE ATENCIÓN Y SOLUCION XX XXXXXX
El tiempo de atención de cada falla durante el periodo de garantía de la implementación ofertada contará a partir del reporte (telefónico o vía correo electrónico u otro medio, enviado por el operador de la red encargado del mantenimiento) junto con el diagnóstico de la falla hasta la presencia del contratista en sitio.
El tiempo de solución de la falla contará a partir del momento de presencia del contratista en sitio hasta la solución de la falla.
Para el cálculo de los tiempos de atención y solución xx xxxxxx se han tenido en cuenta los siguientes eventos: Tiempo de desplazamiento a las estaciones.
Disponibilidad de Repuestos, partes o equipos.
Tiempo de entrega de repuestos o equipos, por el fabricante. Ubicación del centro de atención u operaciones del Contratista.
Las fallas que debe atender El Contratista se diferencian de la siguiente manera:
Equipos y sistemas trasladados: Deberá atender fallas en configuración, instalación, montaje, acondicionamiento de los sistemas que le fueron asignados para traslado, en lo relacionado con garantías, deberá acompañar en el trámite a RTVC.
Equipos y sistemas contratados: Deberá atender problemas por mal funcionamiento, configuración, instalación, montaje, acondicionamiento de los equipos contratados, durante el tiempo de garantía ofrecido.
El tiempo de atención a fallas no deberá ser superior a 24 horas. El Contratista tendrá estos tiempos como de obligatorio cumplimiento, lo cual quedará expresamente estipulado en el contrato.
El tiempo para solución definitiva a la falla no deberá ser superior a 5 días hábiles.
Para el efecto, como parte de las obligaciones contractuales, el Contratista deberá entregar al supervisor al momento de las entrega de los resultados del protocolo de pruebas, un plan de solución y atención xx xxxxxx cumpliendo con las condiciones aquí previstas.
El tiempo de atención a fallas debe cumplirse durante la garantía mínima y la adicional ofrecida (en caso que aplique).
5. GARANTÍA MÍNIMA
El Contratista deberá entregar a favor de RTVC una garantía mínima de dos (2) años para la totalidad de los equipos suministrados; en el caso específico de los sistemas radiantes, la planta eléctrica y la UPS, la garantía debe ser otorgada directamente por el fabricante de los transmisores.
Durante el período de garantía, en caso xx xxxxx reportada de los sistemas, el Contratista se compromete a suministrar los repuestos necesarios nuevos y en perfectas condiciones de uso para recuperar los equipos hasta su correcto estado de funcionamiento, los cuales serán instalados en el sitio correspondiente, libres de todo cargo e impuestos.
En caso de sustitución de algún equipo se entregará la documentación pertinente en las instalaciones de
RTVC- CAN y el equipo entregado debe ser de iguales o superiores condiciones al adquirido inicialmente.
Para el efecto, el Contratista deberá gestionar la garantía con la fábrica y presentarla a RTVC para su aprobación.
6. RESPALDO TÉCNICO DEL SISTEMA
Para la ejecución del contrato el Contratista deberá contar con personal idóneo en las materias implicadas en el desarrollo del objeto, con el fin de garantizar que la instalación y puesta en funcionamiento se desarrolle en forma técnica y sin mayores traumatismos:
El Contratista deberá contar con el siguiente equipo mínimo:
1. Un Gerente de Proyecto. Ingeniero Eléctrico o Electrónico o de Telecomunicaciones con:
- Experiencia General de cinco (5) años en Telecomunicaciones y,
- Experiencia Específica de dos (2) años en Gerencia o Dirección de Proyectos de Telecomunicaciones
Tiempo de experiencia general y/o específica en el cual debe demostrar:
a) Experiencia en proyectos de Instalaciones y/o Mantenimiento de estaciones de telecomunicaciones. Y/o,
b) Experiencia como empleado o Contratista de una empresa operadora de telecomunicaciones en el ámbito local, regional o nacional, con funciones de mantenimiento y/o instalación de la red de transmisión. Y/o,
c) Experiencia en empresas dedicadas al suministro e instalación de equipos de telecomunicaciones.
2. Dos ingenieros electrónicos o de telecomunicaciones con una experiencia general de 8 años y específica de 4 años en la instalación y/o mantenimiento de transmisores de radio.
- Dichos profesionales deberán prestar el servicio de respaldo técnico a los equipos suministrados e instalados.
NOTA: Para acreditar el equipo mínimo descrito, el Contratista deberá presentar las hojas de vida de cada uno de los ingenieros, con la relación de la experiencia solicitada, relación detallada al menos el mes y el año de inicio y finalización de cada experiencia específica, la cual debe estar debidamente soportada en las certificaciones de experiencia, en los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación y previo a la suscripción del acta de inicio del contrato. Si la experiencia del equipo técnico requerida NO es debidamente soportada, RTVC procederá a solicitar al Contratista para que éste presente los soportes necesarios y en caso de que en efecto una o varias de las personas propuestas para los perfiles requeridos no cumplan, el Contratista deberá proponer otra persona que cumpla con los requisitos exigidos de acuerdo al perfil. En todo caso, el contrato NO iniciará su ejecución, hasta tanto RTVC apruebe el personal básico requerido para la ejecución de este. Sin perjuicio de las sanciones contractuales que apliquen por el retraso.
Cada documento que acredite la experiencia debe contener los siguientes datos mínimos del contrato: entidad contratante, Contratista, objeto, fecha de inicio (día, mes, año) y fecha de terminación (día, mes, año) del contrato.
En todo caso, las certificaciones deberán acreditar mes y año de inicio y terminación, ya que en caso de que en las certificaciones no se acredite el día cierto de inicio y terminación del contrato, RTVC tomará el último día del mes del inicio del contrato y el primer día del mes en el que ocurrió la terminación.
Adicionalmente, el Contratista deberá presentar en el mismo término de cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación, la carta de intención de cada una de los ingenieros propuestos.
7. CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS ADICIONALES
El puntaje otorgado en la evaluación técnica ponderable corresponde a un máximo de cuatrocientos cincuenta
(450) Puntos, esta evaluación nos permitirá adquirir equipos que presenten desarrollos tecnológicos que representen ventajas en estabilidad, manejo, control o monitoreo.
El puntaje otorgado está distribuido conforme la siguiente tabla:
ITEM | PONDERABLES TECNOLÓGICOS | PUNTOS |
1 | Sistema de conmutación automático entre los transmisores principales y de respaldo | 250 |
2 | Sistema de monitoreo, gestión y control remoto | 200 |
TOTAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS ADICIONALES | 450 |
7.1. SISTEMA DE CONMUTACION:
El sistema de conmutación debe ser instalado para cada una de las emisoras y debe tener las siguientes opciones:
1.1. Conmutar automáticamente entre transmisor principal y respaldo cuando detecte caída de potencia o daño en el primero
1.2. Permitir ajustar del nivel de potencia de salida en el que el circuito de control reconocerá un fallo en los transmisores.
1.3. Sistema de alarmas que informen el estado del transmisor (fallos, correcto funcionamiento, caída del nivel de potencia).
1.4. Permitir intercambiar entre los transmisores de manera remota.
7.2. SISTEMA DE MONITOREO, GESTIÓN Y CONTROL REMOTO
El Sistema de monitoreo, gestión y control remoto debe cumplir con las siguientes especificaciones:
Permitir acceso, configuración y control todos los equipos de transmisión de manera remota a través de TCP / IP.
Nivel de RF con el ajuste remoto de alarmas y visualización del nivel de RF en dBuV.
Control de modulación.
Notificación instantánea de cualquier condición de fuera de tolerancia
ANEXO No. 4 – CRITERIOS DE PONDERACIÓN
Para diligenciar el presente anexo, el oferente deberá manifestar con una X su ofrecimiento y señalar el folio que soporta la ventaja tecnológica en Manuales de operación y/o catálogos y/o carta o certificación del fabricante y/o direcciones de la páginas Web específicas, de tal forma que RTVC pueda realizar la correspondiente verificación técnica y constatar que efectivamente el equipo tiene las condiciones ofertadas en la propuesta.
CUMPLIMIENTO REQUERIMIENTOS TÉCNICOS ADICIONALES (En el siguiente cuadro el oferente puede ofrecer uno (1) o los dos (2) sistemas.)
ITEM | PONDERABLES TECNOLOGICOS | OFERTAMOS Y NOS COMPROMETEMOS |
1 | Sistema de conmutación automático entre los transmisores principales y de respaldo | |
2 | Sistema de monitoreo, gestión y control remoto |
1.1. GARANTÍA ADICIONAL A LA MÍNIMA REQUERIDA (En el siguiente cuadro el oferente deberá ofrecer solo una (1) de las garantías adicionales. Si ofrece más de una, la entidad asumirá que está ofreciendo la garantía superior y a ella quedará obligado el oferente en caso de resultar adjudicatario)
GARANTÍA ADICIONAL A LA MÍNIMA DE DOS (2) AÑOS – EQUIPOS SUMINISTRADOS. | OFERTAMOS Y NOS COMPROMETEMOS |
UN AÑO ADICIONAL A LA MÍNIMA REQUERIDA | |
DOS AÑOS ADICIONALES A LA MÍNIMA REQUERIDA | |
TRES AÑOS ADICIONALES A LA MÍNIMA REQUERIDA |
ANEXO No. 5 - APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Yo en calidad de representante legal de la
empresa o de la unión temporal o consorcio denominado
, ofrezco en el factor de evaluación de apoyo a la industria nacional, el servicio y los bienes de la siguiente manera:
El Proponente debe relacionar el país de origen de cada uno de los equipos que se relacionan a continuación, con el fin de establecer el puntaje de apoyo la industria nacional en lo que respecta a bienes.
BIENES | PAÍS DE ORIGEN |
Sistema de antenas | |
Línea rígida | |
Cable coaxial | |
UPS | |
Planta Eléctrica | |
Monitor de Frecuencia | |
TRVO – Antena Parabólica | |
TVRO – Feed | |
TVRO – LNB |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL BIENES (HASTA 100 PUNTOS) | ||
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL BIENES (hasta 50 Puntos) | OFRECIMIENTO | |
En caso de que el proponente ofrezca todos los bienes, de origen nacional y/o de origen extranjero que tengan tratamiento de nacionales. | 50 puntos | |
En caso de que el proponente ofrezca algunos de los demás bienes, de origen nacional (nacional o extranjero con trato nacional) y extranjero sin trato nacional. | 25 puntos | |
En caso de que el proponente ofrezca todos los bienes, de origen extranjero sin trato nacional. | 0 Puntos |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL SERVICIOS (hasta 50 Puntos) | OFRECIMIENTO | |
En caso de que el proponente ofrezca todos los servicios de origen nacional y/o servicios de origen extranjero que tengan tratamiento de nacionales. | 50 Puntos | |
En caso de que el proponente ofrezca algunos servicios de origen nacional (nacional o extranjero con trato nacional) y extranjero sin trato nacional. | 25 Puntos | |
En caso de que el proponente ofrezca servicios de origen extranjero sin trato nacional. | 0 Puntos |
NOTA: Si este formato no se diligencia, se diligencia en forma incorrecta o contradictoria el Proponente
obtendrá cero (0) puntos en este factor.
ANEXO No. 6 - ACUERDO DE ASOCIACION EN UNIÓN TEMPORAL
En la ciudad de a los días del mes de del año , entre quienes suscriben este documento, de una parte
, sociedad (escribir el nombre completo, incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar si se trata de persona natural)legalmente constituida y con domicilio principal en la ciudad de , representada legalmente por mayor de edad, domiciliado en , identificado con cédula de ciudadanía número
, expedida en , en su condición de
, y representante legal de la misma, por una parte, y por la otra
, sociedad (escribir el nombre completo, incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar si se trata de persona natural), legalmente constituida y con domicilio principal en
, representada legalmente por , mayor
de edad, domiciliado en identificado con la cédula de ciudadanía número
, expedida en , quien obra en su calidad de
y representante legal de la misma, manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado asociarnos en Unión Temporal, la cual se denominará y se regirá por las siguientes cláusulas:
SEGUNDA. - NOMBRE Y DOMICILIO: La Unión Temporal se denominará
, y su domicilio será la ciudad de , con dirección en , oficina, , fax , teléfono .
TERCERA. – CONDICIONES Y EXTENSIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE ACUERDO CON LA LEY: La participación de
cada una de las partes que conforman el cien por ciento (100%), de la Unión Temporal no podrá ser modificada sin el consentimiento previo de la Entidad, y será distribuida de la siguiente forma:
CUARTA. - OBLIGACIONES Y SANCIONES: Los miembros de la Unión Temporal responderán solidariamente en cada uno de los compromisos que esta celebre con la Entidad. Las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal, (numeral 2, del artículo 7º de la ley 80 de 1993).
QUINTA. – DURACIÓN: La duración de la Unión Temporal en caso de salir favorecida con la adjudicación será el tiempo comprendido entre la fecha de presentación de la propuesta y cinco (5) años más contados desde la finalización del término de ejecución del objeto contractual. En todo caso la Unión Temporal durará todo el término necesario para atender las garantías prestadas.
SEXTA. – CESIÓN: No se podrá ceder en todo o en parte la participación de alguno de los integrantes de la Unión Temporal, entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita previa de la Entidad contratante.
SÉPTIMA. - REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIÓN TEMPORAL: La Unión Temporal designa como representante
legal de ésta, al señor(a) domiciliado en
, identificada(o) con la cédula de ciudadanía número de , el cual está facultado para contratar, comprometer, negociar, y representar a la unión temporal, igualmente se nombra como suplente del representante legal al señor(a)
, domiciliado en , con cédula de ciudadanía número de .
OCTAVA. FACTURACIÓN. (INDICAR EL NOMBRE DEL PROPONENTE, A NOMBRE DEL CUAL SE REALIZARÁ LA FACTURACIÓN).
NOVENA. CLÁUSULAS OPCIONALES: El documento podrá contener las cláusulas opcionales que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la Ley 80 de 1993.
Para constancia y aprobación, el presente documento se firma en la ciudad de a los
días del mes de de , por quienes intervinieron.
NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: | NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: |
ACEPTO NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: | ACEPTO NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: |
ACUERDO DE ASOCIACIÓN EN CONSORCIO
Entre los suscritos a saber: , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía N° , expedida en
, quien obra en nombre y representación legal de nombre incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural Asociación de dos empresas.), legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT N°
, y debidamente facultado por la junta de socios, y
mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía N° , expedida en quien obra en nombre y representación legal de (escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural.), legalmente constituida, con domicilio principal en
, con NIT N° , debidamente facultado por los estatutos sociales,
, manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado asociarnos en Consorcio cuya integración, conformación y reglamentación se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. – OBJETO: El objeto del presente documento es la integración de un Consorcio entre
y , con el propósito de complementar las capacidades técnicas, operativas, administrativas y financieras de las partes que constituyen el presente Consorcio, para la presentación de la propuesta, adjudicación, celebración y ejecución del contrato llave en mano, dentro del proceso de Invitación Abierta N° de , abierta por la Entidad, cuyo objeto es Radio Televisión Nacional de Colombia- RTVC, requiere contratar la adquisición, instalación, diseño de la solución, capacitación y puesta en correcto funcionamiento de los equipos para la red de Radio de RTVC, bajo la modalidad de llave en mano, de conformidad con las condiciones, cantidades y características descritas en los estudios previos, el pliego de condiciones y sus anexos.
Nuestra responsabilidad será solidaria, mancomunada e ilimitada en todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que lo conforman.
(Se deberá consignar el número y fecha de acta de Junta de Socios o Asamblea de Accionistas, de las personas jurídicas integrantes, en la que conste la facultad expresa de conformar Consorcios y la cuantía máxima en que a través de esas formas de asociación pueden contratar, en caso de requerirse, la cual en todo caso debe ser igual o superior al cien por ciento (100%) del valor del contrato.)
SEGUNDA. – DENOMINACIÓN: El presente consorcio se denominará
.
TERCERA. – DOMICILIO: El domicilio del consorcio será la (dirección, teléfono y/o fax) de la ciudad de
.
CUARTA. – REPRESENTANTE DEL CONSORCIO: Se designa como representante del presente Xxxxxxxxx al(a) señor(a) , identificado con cédula de ciudadanía N°
, expedida en , quien está autorizado para contratar, comprometer, negociar y representar al consorcio. Igualmente se nombra como suplente del representante del consorcio al señor . Identificado con cédula de ciudadanía N° .
QUINTA. – DURACIÓN: La duración del presente Consorcio, en caso de salir favorecido con la adjudicación, será el tiempo comprendido entre la fecha de presentación de la propuesta y cinco (5) años más contados desde la finalización del término de ejecución del objeto contractual. En todo caso el consorcio durará todo el término necesario para atender las garantías prestadas.
SEXTA. FACTURACIÓN. ((INDICAR EL NOMBRE DEL PROPONENTE, A NOMBRE DEL CUAL SE REALIZARÁ LA FACTURACIÓN).
SÉPTIMA– CLÁUSULAS OPCIONALES: El documento podrá contener las demás cláusulas opcionales que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 o incluyan limitaciones o exclusiones de los consorciados frente a la Entidad (Aspectos financieros, Arbitramento, Reglas básicas que regulan las relaciones entre los integrantes del consorcio, entre otras).
En constancia de lo anterior, se firma por quienes intervinieron en el presente documento a los días del mes de del año .Acepto: C.C: Representante Legal de: O persona natural del consorcio: NIT: Dirección: Tel: y/o fax:
Acepto: C.C:
Representante Legal de: O persona natural del consorcio: NIT:
Dirección: Tel: y/o fax:
ANEXO No. 7 – PACTO DE TRANSPARENCIA
El suscrito , identificado con cédula de
ciudadanía No. expedida en , (Nombre completo e
identificación del representante legal de la sociedad Proponente), con domicilio en , quien, en condición de , (cargo de quien suscribe), obra en nombre y representación legal de
(Razón Social completa del Proponente), en adelante EL PROPONENTE, manifiesta irrevocablemente la voluntad de la Empresa, sus accionistas y administradores de asumir irrestrictamente los compromisos derivados del PACTO DE TRANSPARENCIA que se consigna a continuación, con fundamento en las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que RTVC solicitó la presentación de propuestas dentro del proceso de Invitación Abierta N° .. de 2013;
SEGUNDO: Que EL PROPONENTE tiene interés en apoyar la acción del Estado colombiano y de RTVC para fortalecer la transparencia en el curso de los procesos de contratación y la responsabilidad de rendir cuentas;
TERCERO: Que como quiera que EL PROPONENTE presenta propuesta a RTVC dentro del proceso de Invitación Abierta número , declara que la Empresa, sus accionistas y administradores están dispuestos a suministrar la información que resulte necesaria para promover o garantizar la transparencia de la actuación contractual, de manera que asumen los siguientes compromisos :
COMPROMISOS ASUMIDOS.
No ofrecer ni dar sobornos ni otra forma de halago a funcionario público, en particular, cualquiera que tenga relación con la propuesta, con el proceso de contratación, o con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de la misma.
No permitir que alguien, sea empleado de la compañía, agente comisionista independiente, asesor o consultor, lo haga en nombre de la Empresa, sus accionistas y administradores.
Denunciar o informar a la administración de RTVC cualquier solicitud de funcionarios de la Entidad a cambio de favorecer su propuesta o perjudicar a terceros.
Impartir instrucciones precisas a los empleados, agentes, asesores u otros representantes del PROPONENTE, con la exigencia de cumplir las leyes de la República de Colombia, especialmente, aquellas que rigen la actuación contractual, sobre los siguientes aspectos:
No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a funcionarios de RTVC o a cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la contratación, sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan intervenir dentro del proceso de Invitación Abierta N° de 2013.
No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de RTVC durante la celebración, ejecución ni liquidación del contrato que se suscriba.
Denunciar o informar cualquier solicitud que reciba de funcionarios de RTVC o de terceros, a cambio de favorecimientos de su oferta o de perjudicar a terceros.
Asumir las consecuencias previstas en el ordenamiento superior por el incumplimiento de los compromisos anticorrupción.
Reportar cualquier caso de corrupción en las Entidades del Estado, de que tenga conocimiento a:
o Procuraduría General de la Nación
Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00, Xxxxxx, X.X.
Página WEB: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
o Fiscalía General de la Nación
Nivel Central: Xxxxxxxx 00X Xx. 00-00 (Xxxxxx Xxxxxxx), Xxxxxx, X.X.
Teléfonos: (000) 000-00-00 y (000) 000-00-00
Línea Gratuita Quejas y Reclamos Contra Servidores: 018000-91-22-80 ó (571) 570-20- 72
Línea gratuita Denuncias Penales 018000-91-61-11 (000) 000-00-00
Página WEB: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Para constancia de lo anterior y como manifestación de haber aceptado los compromisos precedentes, suscribo este Pacto de Transparencia en la ciudad de Bogotá los ( ) días del mes de de dos mil trece (2013).
ANEXO No. 8 – PROTOCOLO DE PRUEBAS DE ACEPTACIÓN
El Proponente elegido deberá realizar el protocolo de pruebas de aceptación en la estación Xxxxxxxxx para recibir los equipos que se trasladarán, como en la estación de Cerro el Cable realizando las mediciones bajo la supervisión del Supervisor del contrato y el o los ingenieros que RTVC designe, en consecuencia de lo anterior deberá entregar un documento denominado Protocolo de Aceptación que incluya todas las pruebas definidas por RTVC y las adicionales que considere.
Especificaciones del Protocolo de Pruebas de Aceptación
El Proponente elegido deberá realizar el siguiente protocolo de pruebas de aceptación (sin perjuicio de agregar pruebas adicionales que a su criterio sean necesarias) a cada uno de los transmisores en FM de las emisoras incluidas en el proceso, haciendo las siguientes mediciones bajo la supervisión del Supervisor del contrato y el o los ingenieros que RTVC designe y entregará los resultados en un documento denominado Protocolo de Pruebas de Aceptación. La totalidad de pruebas que se realicen se denominarán plan de pruebas.
El Proponente acordará una fecha de realización del plan de pruebas con RTVC. En el plan de pruebas que el Proponente presente a partir del protocolo siguiente, deberá incluir la metodología para la realización de las mediciones y los diagramas de interconexión de la instrumentación.
PRUEBAS DE FUNCIONALIDAD
El contratista se compromete a realizar mediciones de acuerdo con los parámetros establecidos, en la Estación Xxxxxxxxx, antes de realizar el proceso de desmonte y traslado de los equipos.
Pruebas de los Transmisores sobre la Carga Fantasma:
Las siguientes mediciones se harán sobre los transmisores haciendo uso de la carga fantasma:
PARÁMETRO | VALOR MEDIDO EN XXXXXXXXX | VALOR MEDIDO EN CERRO EL CABLE | VALOR ESPERADO |
Potencia incidente a la salida del filtro de armónicas | El valor debe ser igual al medido en la estación Xxxxxxxxx. | ||
Potencia reflejada a la salida del filtro de armónicas | El valor ser igual al medido en Xxxxxxxxx | ||
Desviación de frecuencia para 100% de modulación | El valor ser igual al medido en Xxxxxxxxx | ||
Nivel de armónicas y espurios (Debe cumplir como mínimo la exigida por la Federal Communications Commission (FCC), es decir que debe ser igual o mejor a la resultante de la siguiente fórmula: 43 + 10 log (P), donde P es la potencia del transmisor ofertado.) | El valor ser igual al medido en Xxxxxxxxx | ||
Respuesta de audiofrecuencia de 30 Hz a 15 kHz con pre- énfasis de 75 µseg. | El valor ser igual al medido en Xxxxxxxxx | ||
Distorsión armónica total | El valor ser igual al |
PARÁMETRO | VALOR MEDIDO EN XXXXXXXXX | VALOR MEDIDO EN CERRO EL CABLE | VALOR ESPERADO |
(THD+N) | medido en Xxxxxxxxx | ||
Relación S/R | El valor ser igual al medido en Xxxxxxxxx |
Pruebas de los Transmisores sobre la Antena
Las siguientes mediciones se harán sobre los transmisores conectados al sistema radiante correspondiente:
PARÁMETRO | VALOR MEDIDO EN XXXXXXXXX | VALOR MEDIDO EN CERRO EL CABLE | VALOR ESPERADO |
Potencia incidente o potencia nominal del transmisor. | El valor ser igual al medido en Xxxxxxxxx | ||
Potencia reflejada | < 100 W | ||
Determinación del VSWR | Máximo 1.23:1 |
NOTA: El Contratista debe contar con los equipos y elementos necesarios para realizar este Protocolo de Pruebas de Aceptación – Anexo No. 6.
Antes de realizar la entrega de la estación a la Supervisión del contrato, el Contratista deberá haber realizado una rutina de pruebas de correcto funcionamiento e instalación de todos y cada uno de los equipos que haya provisto e instalado y sobre el sistema como un todo, de tal manera que se identifiquen las posibles fallas y se corrijan inmediatamente.
Al momento de realizar la entrega de la Estación a la Supervisión, por parte del Contratista deberán estar presentes las personas necesarias para solucionar cualquier falla existente en todos los aspectos técnicos que afecten el funcionamiento de los equipos suministrados. De acuerdo con lo anterior, si la Supervisión reporta alguna falla, ésta deberá ser arreglada de manera inmediata por parte del Proponente elegido a través de este proceso, para lo cual contará con todas las personas idóneas y éstas con todos los elementos y herramientas necesarias suficientes.
Equipos y Elementos para las Mediciones de este Protocolo
Se requiere que el Contratista seleccionado disponga como mínimo de los siguientes equipos y elementos:
- Vatímetro con capacidad adecuada para las mediciones de potencia de la estación.
- Set de Medición de Audio que debe incluir:
Generador de Audio frecuencia
Medidor de niveles y THD
- Pinza Voltiamperimétrica.
- Analizador de espectro
NOTA: Los equipos y elementos deben estar calibrados y con las especificaciones que permitan realizar las mediciones con la precisión ofrecida por el fabricante del transmisor.
PRUEBAS DE REDUNDANCIA
- Se comprobará el cambio automático de la conmutación entre los transmisores principal y de redundancia o respaldo.
El Contratista una vez montada la estación deberá entregar a RTVC los cálculos de potencia P.E.R. y
P.I.R.E. del sistema, indicando ganancia de antena, pérdidas del sistema y ganancia resultante incluyendo todas las pérdidas.
ANEXO No. 9 –PROCEDIMIENTO DE TRASLADO
El Contratista seleccionado en el actual proceso, debe realizar el traslado y puesta en funcionamiento de la estación denominada Cerro el Cable con el fin de mantener al aire el servicio de radiodifusión sonora el mayor tiempo posible, para lo cual se plantea el funcionamiento desde las dos ubicaciones, teniendo en cuenta que cada emisora tiene un transmisor de respaldo, por lo que se proponen las siguientes fases, sin perjuicio que el Contratista seleccionado proponga mejoras al proceso indicado:
FASE 1:
Dentro de esta fase se contempla la adquisición de equipos solicitados en el Anexo técnico No. 3, para lo cual se debe:
Revisar y registrar en un documento todas las configuraciones de los equipos funcionando actualmente en la estación Xxxxxxxxx.
Trasladar todos los equipos requeridos por RTVC e instalarlos en la estación denominada Cerro el Cable. Esto correspondiente al sistema de tierras, Planta Eléctrica, UPS, sistema de recepción satelital y sistema de antenas de transmisión de radiodifusión sonora FM (con los respectivos cables y la línea rígida).
o Lo anterior debe quedar listo para el funcionamiento una vez se trasladen todos los equipos xx Xxxxxxxxx; asimismo, el sistema se debe adecuar temporalmente para que se pueda transmitir sin necesidad del uso del diplexor.
Desmontar y trasladar los equipos a la estación Cerro el Cable correspondientes al sistema de recepción de enlace FM (2receptores de enlace FM antena tipo yagi), los trasmisores FM de principal Señal Radiónica (1 transmisor Xxxxxx), se deben reorientar las antenas transmisoras tipo yagi de los enlaces FM que se encuentran en los estudios del CAN, hacia la estación cerro el Cable, para realizar los enlaces por este medio.
o Se debe considerar que los equipos restantes en la estación xx Xxxxxxxxx, seguirán funcionando temporalmente con el diplexor y recibirán señal de audio a través de la recepción satelital.
FASE 2:
Instalar el transmisor de principal de Señal Radiónica en Cerro el Cable (con adecuaciones necesarias para su funcionamiento sin el uso del diplexor).
Instalar y poner en funcionamiento los dos sistemas recepción de enlace FM.
o Realizar las respectivas pruebas y puesta en funcionamiento de la emisora Señal Radiónica desde cerro el Cable.
o Una vez se verifique el correcto funcionamiento del transmisor de principal Señal Radiónica desde Cerro el Cable, se procederá a suspender la transmisión de el transmisor de respaldo desde la estación Xxxxxxxxx (es válido aclarar que en este momento tenemos la emisora Señal Radio Colombia desde Xxxxxxxxx con diplexor y a través del sistema de recepción satelital y la emisora Señal Radiónica sin diplexor en Cerro el Cable a través del enlace FM)
FASE 3:
o De ser necesario, se debe considerar el uso de la recepción satelital en Cerro el Cable como respaldo del sistema.
Adecuar el transmisor de respaldo de Señal Radio Colombia en la estación Xxxxxxxxx, para su funcionamiento sin diplexor.
Trasladar a Cerro el Cable el transmisor principal de la emisora Señal Radio Colombia (Transmisor XXXXXX), el transmisor de respaldo de Señal Radiónica (1 Transmisor LINK), y el diplexor.
o En este momento, las emisoras están transmitiendo desde dos diferentes sitios, el transmisor de respaldo de Señal Radio Colombia desde la estación Xxxxxxxxx y el transmisor de principal de Señal Radiónica desde Cerro el Cable, mientras se realiza el traslado y adecuaciones necesarias para los transmisores principales en la estación Cerro el Cable.
Proceder con el apagado del transmisor de Señal Colombia en la estación Xxxxxxxxx y puesta en funcionamiento de los transmisores principales en la estación Cerro el Cable (con diplexor).
Trasladar el resto de equipos restantes (indicados en el Anexo No. 3 – Anexo técnico) desde la estación Xxxxxxxxx hasta Cerro el Cable y finalizar los respectivos ajustes necesarios para el correcto funcionamiento de la estación.
o Los sistemas de recepción de enlace FM y satelital, debe quedar funcionando, uno como respaldo del otro.
Nota 1: La desconexión del diplexor para su traslado y la conexión en el cerro El Cable, se realizará en la noche para minimizar el impacto en el apagado de las estaciones mientras que se realizan estas actividades.
Nota 2: Si se propone con condcioniies minimas a las definidas en el presentre anexo, están deberán ser detalladas.
Firma Representante Legal Cedula
ANEXO No. 10 – SIMULACIÓN PROPAGACIÓN XXXXXXXXX
Dentro del análisis realizado para considerar el cambio de ubicación del sistema radiante, se hicieron simulaciones de propagación que demuestran los bajos niveles de señal (de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de TIC, niveles por debajo de 66dB) en diferentes zonas de Bogotá.
A continuación se muestra la simulación de la cobertura desde la estación xx Xxxxxxxxx:
Los diferentes colores muestran los variados niveles de señal por toda la ciudad, asimismo se puede observar zonas en blanco, donde el nivel de señal está por debajo del establecido para garantizar una buena cobertura. A continuación se muestran zonas de la ciudad donde se pueden ver mejor los espacios donde no se logra un buen nivel de señal
En el sur de la ciudad es donde se encuentran la mayor pérdida de señal