SECCIÓN I
Resolución N° 106/19 S.D.U ANEXO I
BASES Y CONDICIONES GENERALES, PARTICULARES Y TÉCNICAS
OBRA: CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO
MADRYN.-
SECCIÓN I
MEMORIA DESCRIPTIVA
La presente obra consiste en la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, conservación, reparación y/o reposición de todos los elementos que comprenden la red semafórica de la Ciudad de Puerto Madryn, tales como bases de hormigón, columnas metálicas de sostén, brazos soporte, módulos de unidad sellada multiled, lámparas, portalámparas, vidrios, acrílicos, líneas de suministro de energía, componentes eléctricos y electrónicos de los controladores y toda otra tarea que no se detalla pero que hacen una prestación eficaz y eficiente del servicio, incluidas las obras imprescindibles de adecuación, modificación y/o reformas de las instalaciones que se prevén, para dar respuesta a las crecientes y cada vez más urgentes y demandas por los vecinos, sobre aspectos del tránsito y el transporte que involucran a los semáforos actualmente instalados. Entre otros: cambios de mano de arterias; cambios en los movimientos y estructuras del funcionamiento de una instalación (agregado de giros, peatonales, etc.; modificaciones en la alimentación de instalaciones, por cambios en los sistemas de suministro de energía; obras para la sincronización de instalaciones); cambios de equipos por obsolescencia, tal como la instalación de nuevos equipos electrónicos en reemplazo de los electromecánicos; etc.
Asimismo se prevé el reemplazo de una importante cantidad de lámparas incandescentes por la nueva tecnología LED que permita una vida útil mayor y una considerable reducción del consumo de energía eléctrica.
El contrato del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, de todas las instalaciones de semáforos de la Ciudad de Puerto Madryn, se regirá por el sistema de Ajuste Alzado, y el ítem correspondiente a la ejecución de obras de construcción o modificaciones en instalaciones de la red de semáforos, en virtud del carácter imprevisible que tienen, se regirá por unidad de medida.
El plazo de ejecución de los trabajos de mantenimiento correctivo y preventivo será de doce (12) meses, mientras que las obras a ejecutarse por el sistema de unidad de medida se ejecutarán a demanda dentro del mismo período.
El presupuesto oficial de la obra asciende a PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($2.993.480,40).-
El plazo de Ejecución de la Obra es de TRESCIENTOS SESENTA (360) DÍAS corridos.-
SECCIÓN II
CLAUSULAS GENERALES
PRIMERA: OBJETO XXX XXXXXX
El objeto del presente es la ejecución de la obra “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO
MADRYN”, de acuerdo a las características medidas y ubicaciones indicadas en este pliego y a las órdenes impartidas por la inspección”.
SEGUNDA: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La documentación deberá ser extendida en original y duplicado. Se redactarán en castellano, a máquina o procesador de texto tipo Microsoft Word y cada foja será rubricada, firmada y debidamente aclarada por el Proponente. Toda la documentación presentada deberá estar encarpetada y foliada.-
Será entregada en sobre cerrado personalmente en Mesa de entradas de la municipalidad (Belgrano N°250 1er Piso) o enviada por pieza certificada con la anticipación necesaria.-
No serán consideradas las propuestas que contengan enmiendas, interlineas o raspaduras que no estén debidamente salvadas.-
TERCERA: PRESUPUESTO OFICIAL
PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($2.993.480,40).-
CUARTA: ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS
La presentación de la propuesta implica conocimiento y aceptación xxx xxxxxx de bases y condiciones, y el sometimiento a todas las disposiciones y al Régimen de Contrataciones Vigentes.-
El oferente deberá declarar expresamente a modo de “Declaración Jurada” el conocimiento total de los servicios a prestar; por lo que no podrá alegarse por parte de los oferentes y/o adjudicatarios causa alguna de ignorancia, en cuanto a la documentación y condiciones.-
QUINTA: DOMICILIO DEL OFERENTE
Los proponentes deberán indicar, con carácter de declaración Jurada, su domicilio real, en caso de ser persona física, o legal, en caso de ser persona Jurídica, y la aceptación expresa a la Justicia ordinaria de la Provincia de Chubut, circunscripción.
Puerto Madryn, renunciando a todo otro Fuero. Es requisito indispensable constituir domicilio especial en la ciudad de Puerto Madryn.-
SEXTA: GARANTIAS
El oferente garantizará el mantenimiento de la oferta por una suma equivalente al uno por ciento (1%) del presupuesto oficial en alguno de los instrumentos establecidos en el artículo siguiente.
SEPTIMA: FIANZA DEL CONTRATO
En el acto a que se refiere el Artículo anterior el adjudicatario afianzará el cumplimiento del contrato mediante la suma equivalente al CINCO por ciento (5%) del monto de la OFERTA en cualquiera de las siguientes formas:
1) Deposito en dinero en efectivo hecho en el Banco del Chubut S.A. en la cuenta que el COMITENTE determine al momento cuya denominación se requerirá oportunamente, acompañando la Nota de Crédito correspondiente o cheque certificado.
2) Mediante Fianza Bancaria (Articulo Nº 14 – Decreto Nº 42/80)
3) Mediante Póliza de Seguro de Caución emitido por Compañía de Seguros que constituya técnica y económicamente operaciones de seguros aprobados por la Superintendencia de Seguros de la Nación (Articulo Nº 14 – Decreto Nº 42/80)
4) En cheque certificado por entidad bancaria autorizada como tal el que deberá sustituirse dentro de los dos (2) días hábiles administrativos siguientes a la fecha de la certificación bancaria por alguno de los otros medios previstos en el presente pliego.
OCTAVA: PLAZO MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser mantenidas por un plazo de TREINTA (30) DIAS hábiles contados a partir de la fecha de apertura de las propuestas.
NOVENA: RETIRO DE XXXXXXX, ACLARACIONES Y CONSULTAS.
El presente Xxxxxx podrá ser consultado y retirado en la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Puerto Madryn, sito en Xxxxxxxx 000 0xx Xxxx.
XXXXXX: APERTURA
La apertura de las propuestas se realizara en las oficinas de la Secretaria de Desarrollo Urbano de la Municipalidad, Belgrano 250 2do Piso.-
DECIMA PRIMERA: ANÁLISIS DE PRECIOS
Los proponentes deberán presentar conjuntamente con la oferta el análisis de precios de todos y cada uno de los ítems del Presupuesto Oficial donde se consignarán todos los elementos que componen el precio ofertado, incluyendo un detalle de las incidencias de costos generales, beneficios e impuestos (modelo en SECCIÓN X.).
DECIMO SEGUNDA: CRITERIO DE EVALUACIÓN
Las ofertas serán evaluadas según los siguientes criterios:
- Menor cotización (No obstante, el menor precio no será por si solo factor determinante de adjudicación).-
- Planificación de la actividad superior a los mínimos dispuestos en el presente Pliego.-
- Antecedentes profesionales de los oferentes.
DECIMO TERCERA: RECHAZO DE OFERTAS
Serán rechazadas las ofertas en los siguientes casos:
1. Las Ofertas que superen el veinte por ciento (20%) por encima del Presupuesto Oficial serán rechazas conforme a lo establecido en el Artículo 75 de la Ordenanza N° 6585 (T.O. Ordenanza N° 10.610).-
2. Falta de firma en la Oferta y documentación obligatoria requerida en la Cláusula Sexta de la Sección III.
3. Falta de oferta expresada en pesos.-
Aquellas ofertas que tengan defectos de forma que no constituyen impedimento esencial para su aceptación, podrán ser consideradas una vez salvados los defectos.-
Cualquiera de las Cláusulas de rechazo que pasaren inadvertidas en el acto de apertura de los sobres podrán ser consideradas y surtirán efecto durante el estudio de la oferta.-
DECIMO CUARTA: PLAN DE TRABAJOS E INVERSIONES
Es obligatoria. Estará referido a la totalidad de las tareas a efectuar, en función del plazo de ejecución, y previsto racional y armónicamente en función del desarrollo de la obra. Si no cumpliera estas condiciones básicas el COMITENTE podrá rechazar la OFERTA a su exclusivo juicio.
DECIMO QUINTA: PREADJUDICACIÓN
Producido el dictamen de la Comisión de Preadjudicación. El mismo será notificado a todos los Oferentes; los que en el plazo de tres (3) días hábiles podrán formular las impugnaciones que estimen pertinentes. Pasado este plazo no podrán formular impugnaciones que no hayan sido planteadas en tal oportunidad. La Adjudicación Definitiva se resolverá mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, comunicada fehacientemente.
DECIMO SEXTA: IMPUGNACIONES: En los caso de impugnaciones contra los Dictámenes de la Comisión Asesora de Preadjudicación y/o Resoluciones de Adjudicación, los oferentes podrán impugnar dentro del plazo de tres (3) días de notificado el dictamen o la Resolución.
En el supuesto de impugnaciones interpuestas contra el dictamen de la Comisión Asesora de Preadjudicación y contra la Resolución de Adjudicación, el impugnante deberá depositar en forma simultánea la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS ($1.600,00). Si la impugnación prosperase, el importe depositado será reintegrado.
Las impugnaciones presentadas serán resueltas en un plazo xx Xxxx (10) días hábiles.
DECIMO SEPTIMA: ADJUDICACIÓN
La Adjudicación Definitiva recaerá sobre la oferta más ventajosa en cuanto a precio y calidad, y se resolverá mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, comunicada fehacientemente.
DECIMO OCTAVA: FIRMA DEL CONTRATO
Una vez cumplidas las comunicaciones y dentro del plazo xx XXXX (10) días contado a partir de la fecha de la Adjudicación, se procederá a la firma del CONTRATO, el que deberá ser suscripto por la MUNICIPALIDAD y por el ADJUDICATARIO, previo cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Decima de la Sección III.
En caso de no comparecía, salvo caso de fuerza mayor justificada, se dejará sin efecto la adjudicación, sin perjuicio de las sanciones que determine el registro de Constructores de la Provincia del Chubut.
El Contratista es exclusivamente responsable del sellado del contrato, debiendo en consecuencia abonar el importe que corresponda y responderá por cualquier diferencia que el fisco determine.
El contratista se hará cargo además de todos los impuestos creados y/o a crearse que graven las actividades del Contratista en relación con el citado CONTRATO.
DECIMO NOVENA: INSTRUMENTOS CONTRACTUALES Y DOCUMENTACIÓN ACCESORIA
Regirán la interpretación del contrato los siguientes documentos:
1) La legislación vigente y Pliego;
2) Toda la documentación que integra la presentación hecha por el Adjudicatario;
3) El Presupuesto Oficial de la Obra cuando así corresponda por razón del sistema de contratación;
4) La documentación de adjudicación;
5) La orden de comienzo de los trabajos;
6) El Acta de Iniciación de Obra;
7) El Plan de Trabajos e Inversiones aprobado por el COMITENTE;
8) Las Órdenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección;
9) Los comprobantes de trabajos adicionales o de ampliaciones ordenados por el COMITENTE;
10) Los Planos complementarios que el COMITENTE entregue al Contratista durante la ejecución de la obra y los preparados por éste que tengan aprobación de aquel;
11) Los pedidos del Contratista durante la ejecución de la obra.
VIGÉSIMA: RESCISIÓN: NOTIFICACIONES RECIPROCAS
El CONTRATO podrá rescindirse por cualquiera de las causas y en orden a las disposiciones contenidas en los Artículos Nº 55 al 62, ambos inclusive, de la LEY I N° 11.
Las causas de rescisión del CONTRATO, que a criterio de la MUNICIPALIDAD sean imputables al CONTRATISTA, se le comunicaran a éste por nota bajo recibo o mediante telegrama colacionado.
El CONTRATISTA tendrá derecho a rescindir el CONTRATO en los casos previstos por la LEY I Nº 11.
SECCIÓN III
CLAUSULAS PARTICULARES
PRIMERA: OBJETO
Comprende la prestación de todos los servicios de mantenimiento y de la ejecución de las obras de modificación y mejoras de los semáforos, adecuadamente instalados que, por necesidades originadas en los constantes cambios que requiere el tránsito y el transporte, en el diseño vial de la ciudad, resultan imprescindibles y, por sus características, en la mayoría de los casos, urgentes e imprevisibles a la hora de efectuar la contratación, ya que van surgiendo, sin solución de continuidad, durante todo el período contractual. Estos trabajos serán realizados, según proyectos elaborados por Secretaría de Desarrollo Urbano, en un todo de acuerdo a lo estipulado por los planos, planillas, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y demás documentación que integran los pliegos de la obra.
La provisión de materiales y/o ejecución de trabajos que, sin estar expresamente indicados en el proyecto, fueran no obstante, indispensables, a juicio de la Inspección, para que la obra a ejecutar o el servicio a prestar resulte completo, serán realizados por la Contratista, con todos los accesorios necesarios para su correcto funcionamiento, no pudiendo, en ningún caso, conceptuar como adicionales dichas provisiones y/o trabajos.
Los trabajos comprenden:
a) Mantenimiento preventivo y correctivo de todas las instalaciones de semáforos de la ciudad.
b) Ejecución de obras de mejoramiento y/o modificación de instalaciones de la red de semáforos.
Para la ejecución de los trabajos el CONTRATISTA tendrá a su cargo la provisión del personal técnico especializado, administrativo, y el que requiere toda la obra, como así también la provisión, transporte y colocación de todos los materiales con el empleo a su costo de todos los equipos, planteles, herramientas o implementos que requieran las obras; realizar el transporte de todo el material y elementos; así como el cumplimiento de cualquier otra provisión, trabajo o servicio indicado en estos Pliegos de licitación, o que sin estar expresamente establecido en ellos sean necesarios para efectuar las obras correctamente de acuerdo con su fin y conforme con las reglas del arte de la especialidad para el tipo de obra civil de que se trata.-
La obra se licitará, adjudicará, contratará y ejecutará bajo el régimen de la Ley Provincial LEY I - Nº 11 (Antes Ley 533), Texto ordenado mediante Decreto Nº 992/79 su Decreto Reglamentario Nº 42/80, y sus modificaciones, en todo aquello que no fuese contemplado por la presente sección.-
SEGUNDA: PRESUPUESTO OFICIAL
PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($2.993.480,40).-
TERCERA: SISTEMA DE CONTRATACIÓN Y PAGO DE LA OBRA EJECUTADA
Las obras se contrataran por AJUSTE ALZADO sobre la base del monto total establecido por el Adjudicatario en su propuesta, que es una suma única y global inmodificable cualquiera sea la cantidad de provisiones, obras o trabajos realmente ejecutados para terminar totalmente la obra, de modo que las certificaciones parciales se efectúan al solo efecto del pago a cuenta del total de la misma.
Dentro del monto del contrato se entenderá incluido el costo de todos los trabajos, materiales y servicios que, sin estar expresamente indicados en los documentos del contrato, o sin tener ítem o partida expresa en el "presupuesto oficial" o en la "planilla de cotización", sean de ejecución y/o provisión imprescindible para que la obra resulte en cada parte y en su todo concluida con arreglo a su fin y a lo establecido en esos documentos.
No se reconocerá diferencia alguna a favor del Contratista entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto del contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por autoridad competente. Los precios aplicables por modificaciones serán fijados por análisis y de común acuerdo entre la repartición y el contratista, en la forma que se establezca en los pliegos de bases y condiciones.
La división en su caso del "presupuesto oficial" o de la "planilla de cotización" en ítems o partidas globales con sus precios parciales, se efectúa con el exclusivo objeto de ordenar la certificación y pago de los trabajos a medida que se vayan realizando, pero de ninguna manera se entenderá que el precio parcial asignado representa el precio de ese ítem o partida, ya que para lo cotizado por el sistema de "ajuste alzado" solo se considerara un precio global y único por toda la obra o por la parte de ella sujeta a ese régimen. Los OFERENTES deberán obligatoriamente efectuar su cotización para cada uno de los ítems del Presupuesto Oficial.
CUARTA: MONEDA DE COTIZACIÓN Y PAGO
Los oferentes deberán expresar el precio de la oferta en Pesos, moneda de curso legal en la República Argentina.
Asimismo la liquidación y el pago de la obra se harán en esa moneda.
QUINTA: PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA
El plazo de ejecución de la obra será de trescientos sesenta (360) días corridos contados a partir de la fecha establecida para la iniciación de los trabajos, plazo dentro del cual la se deberá prestar el servicio.
De no ser así el Contratista habrá incurrido en xxxx, siempre que no se pruebe que la demora se debió a causas justificadas, a juicio de la Municipalidad.
SEXTA: DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
Las ofertas deberán contener:
1)- CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES de la Municipalidad de Puerto Madryn;
2)- OFERTA ECONÓMICA Y GARANTÍA DE OFERTA;
3)- DECLARACIÓN JURADA, aceptando la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la Provincia del Chubut con asiento en la ciudad de Puerto Madryn. A tal efecto los oferentes deberán constituir domicilio real y legal en la Ciudad de Puerto Madryn.
4)- DECLARACIÓN JURADA, declarando que no se cuentan con litigios en trámite o pendientes con la Municipalidad de Puerto Madryn y no se encontraren sujetos a inhibición alguna.
5)- LIBRE DEUDA MUNICIPAL POR TODO CONCEPTO, expedido por la Municipalidad de Puerto Madryn;
6)- CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES, emitido por la Secretaría de Trabajo;
7)- FORMULARIO 931 DE LA AFIP;
8)- REPRESENTANTE TÉCNICO, su designación, datos personales y antecedentes, y conformidad firmada por el TITULAR la empresa;
9)- NÚMERO DE INSCRIPCIONES, constancias de inscripción de C.U.I.T., A.N.S.e.S., Ingresos Xxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx o Convenio Multilateral, R.N.I.C., IERIC;
10)- NOMINA DE EQUIPOS a afectar a la obra en forma exclusiva, indicando características, rendimientos, capacidad, estado de uso y haciendo mención de cuales son de propiedad del Proponente, las que se tomará en alquiler o se ha comprometido en compra;
11)- AUTORIZACIÓN para la inspección de los equipos detallados en el inciso anterior;
12)- DOCUMENTACIÓN DEL OFERENTE. Deberá adjuntarse la documentación siguiente, en fotocopia legalizada por Escribano Público y Colegio de Escribanos si correspondiera:
a) Para las Sociedades Anónimas: el Estatuto social, el Acta de la Asamblea Ordinaria que designa autoridades y el Acta de distribución de cargos;
b) Para las Sociedades de Responsabilidad Limitada: el CONTRATO Social inscripto;
c) Para el caso de Empresas Asociadas: el acuerdo consorcial y las constancias de las autorizaciones pertinentes otorgadas por los organismos directivos de aquéllas;
d) Para el caso de Empresas Unipersonales: copia del DNI, 1° y 2° hoja y último domicilio, constancia de Habilitación Municipal de Fondo de Comercio;
13)- PRESUPUESTO en un todo similar al de la Planilla de Cotización que en cada caso se especifique;
14)- ANÁLISIS DE PRECIOS, para todos y cada uno de los ítems de la planilla de cotización;
15)- PLAN DE TRABAJOS E INVERSIONES, adaptado al Plazo de Ejecución de la Obra, en un todo de acuerdo con lo indicado en las Cláusulas Técnicas Particulares de este Pliego;
16)- METODOLOGÍA CONSTRUCTIVA propuesta por el OFERENTE, para la construcción y habilitación de las obras;
17)- NÓMINA DE ESPECIFICACIONES, de materiales, equipos elementos y artefactos que quedarán incorporados a la obra, con mención de fabricantes, marcas, modelos y características para cada uno de los ítems del presupuesto OFERTA;
18)- DECLARACIÓN JURADA DE CONOCIMIENTO DEL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA.
Todas las fojas de la presentación en original y duplicado, deberán estar foliadas, firmadas con el oferente y con aclaración.-
SEPTIMA: RECEPCIÓN DE OFERTAS
La recepción de ofertas se realizará en la Mesa de Entradas Municipal (Belgrano 250 1er Piso), de la Municipalidad de Puerto Madryn.
OCTAVA: ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá sobre la propuesta que se considere como la más ventajosa y conveniente, a juicio de la Municipalidad.
La Municipalidad se reserva el derecho de optar por la oferta más ventajosa o bien desestimar la totalidad de las ofertas presentadas, sin que ello otorgue derecho alguno a los proponentes.
Para la evaluación de la conveniencia de las Ofertas, se pondrá especial atención a la experiencia del Oferente en la ejecución de obras similares en la zona.
NOVENA: REVOCACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
El adjudicatario tendrá QUINCE (15) días corridos desde la notificación de la adjudicación para dar cumplimiento a las condiciones previas a la suscripción del Contrato.
En caso de vencer el plazo sin que el adjudicatario diera cumplimiento a la obligación precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal entenderá retirada la oferta y dejara sin efecto la adjudicación resuelta a su favor, con pérdida de la garantía, sin derecho por parte del adjudicatario a reclamo alguno, quedando habilitado el Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar a los demás oferentes que le sigan en el orden o llamar a nuevo Ofrecimiento Publico.
DECIMA: FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO y GARANTIA DE CONTRATO.
El Contrato de Obra se suscribirá inmediatamente de finalizado el procedimiento. Debiendo el Contratista acompañar en el mismo acto garantía del contrato en cualquiera de las formas establecidas en la Cláusula Séptima de las Clausulas Generales.
Una vez suscripto el Contrato, el Contratista tendrá a su cargo el pago del sellado xx xxx del mismo, en porcentaje y forma acorde a lo que establece la legislación vigente en la provincia de Chubut.
DECIMO PRIMERA: DOMICILIO ESPECIAL DEL CONTRATISTA
El Contratista deberá constituir domicilio especial en la ciudad de Puerto Madryn, previo a la firma del contrato y mantenerlo actualizado durante la vigencia del mismo. Los cambios de domicilio deberán ser comunicados por escrito al Comitente.
DECIMO SEGUNDA: AFECTACIONES SOBRE LA GARANTÍA DE CONTRATO
Las eventuales afectaciones que el Comitente realice sobre la Garantía de Contrato, en virtud a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, deberán ser repuestas por el Contratista en un plazo de CINCO
(5) días corridos, a partir de la notificación de la afectación de la garantía de contrato y/o del fondo de reparos, bajo apercibimiento de rescisión del Contrato.
DECIMO TERCERA: FORMA DE PAGO
El pago de la obra será hecho al Contratista al precio cotizado en la propuesta.
Este precio será compensación total por la provisión de mano de obra y equipo necesario para: servicios de mantenimiento y de la ejecución de las obras de modificación y mejoras de los semáforos y todo otro trabajo que sea necesario para completar el servicio, de acuerdo con las indicaciones de la Inspección y las especificaciones del presente pliego.
DECIMO CUARTA: INICIACIÓN DE LA OBRA
El plazo para iniciar las obras se fija en DIEZ (10) días corridos contados desde la notificación de la orden de iniciación impartida por el COMITENTE al CONTRATISTA. Se dejará constancia del replanteo de obra y la iniciación de la obra labrando el Acta correspondiente.
DECIMO QUINTA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA CON RESPECTO A LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS
El Contratista abonará los trabajos de modificación y remoción, incluidos los derechos y sellados que deberán realizar las empresas de servicios públicos.
En el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares se indicarán las modalidades de tramitación y ejecución total o parcial de los requerimientos establecidos por cada empresa de servicios públicos, a los efectos de su aprobación y pago.
DECIMO SEXTA: CIERRE DE LAS OBRAS
El Contratista podrá proceder al cierre en distintos sectores. En todos los casos deberá contar con la autorización previa de la Inspección de Obra.
La ubicación, el material a utilizarse, la altura, los medios de salida y las condiciones de seguridad de los cierres deberán ser aprobados por la Inspección.
El mantenimiento de los cierres estará a cargo del Contratista hasta la recepción provisoria de las obras. Luego serán retirados a su costo, quedando los mismos de su propiedad.
DECIMO SEPTIMA: RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE DE VERIFICAR LAS CONDICIONES DE LOS TRABAJOS
El Contratista queda obligado a realizar el control de obra y declarar, en oportunidad de la elaboración de cada Acta de Medición, por escrito y en forma indubitable, que todos los trabajos realizados se ajustan a todos los requerimientos de calidad explícita o implícitamente requeridos en la documentación que integra el contrato, interpretados según las reglas del arte y, en su caso, a las órdenes de servicio emanadas de la Inspección de Obra. La declaración deberá incluir los valores y toda documentación pertinente obtenida del control por él realizado. Es decir que con la Declaración de Calidad deberán adjuntarse los resultados de los ensayos realizados por el Contratista. El tipo y número de ensayos a realizar serán propuestos por el Contratista de forma tal de garantizar con los mismos la exigida calidad de los trabajos ejecutados. Todo esto a entera satisfacción de la Inspección de Obra, de no ser así esta exigirá que se agreguen ensayos, tanto en tipo como en número, hasta lograr el objeto del control de calidad.
La Declaración de Calidad presentada será considerada como declaración jurada.
Todos los gastos que demanden los estudios, análisis, valoraciones y ensayos que se deban realizar a los efectos del Control de Calidad serán bajo exclusivo costo del Contratista.
La Declaración de Calidad se hace bajo la responsabilidad exclusiva y solidaria del Contratista y del Representante Técnico. El pedido de medición de trabajos ejecutados, formulado por el Contratista, lleva implícita su Declaración de Xxxxxxx, sin admitirse prueba en contrario, independientemente de las sanciones que pudiere corresponderle por la omisión de la declaración expresa requerida en el párrafo inicial.
La omisión de la Declaración de Calidad, la persistencia en esta conducta y las Declaraciones de Calidad que no se ajusten a la realidad de las obras, de acuerdo con los controles que practique la Inspección de Obra, facultará al Comitente a suspender los trabajos hasta tanto se regularice la situación y/o a la aplicación de multas de acuerdo a lo siguiente, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes de la inadecuada calidad de los trabajos.
I.- En la primera oportunidad en que corresponda la aplicación de multa por falta de declaración expresa de calidad, o que habiendo sido presentada resulta incorrecta, la misma será de del UNO POR MIL (1%) del monto contractual. Con la aplicación de la multa la Inspección de Obra fijará un plazo para que el Contratista subsane tal situación.
II.- La reincidencia en la situación antes planteada o nuevos incumplimientos en la presentación de futuras Declaraciones de Calidad facultará al Comitente a aplicar una multa cuyo monto será el producto del importe de la multa fijada por el número de incumplimientos.
En todos los casos, suspensión de trabajos y/o aplicación de multas, el Comitente cursará las comunicaciones que correspondan al Registro General de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de Chubut, y al Consejo o Colegio Profesional donde esté matriculado el Representante Técnico.
El control de calidad establecido en los párrafos anteriores se hace extensivo en su plenitud a los materiales a emplear en la ejecución de los trabajos. El Contratista queda obligado a declarar, en oportunidad del ingreso de los materiales al obrador, acopio, depósito o lugar de destino provisorio de aquellos y previo a su empleo en la ejecución de los trabajos, por escrito y en forma indubitable, que los mismos se ajustan a todos los requerimientos de calidad explícita o implícitamente especificados en la documentación que integra el contrato, interpretados según la normativa vigente y, en su caso, a las aclaraciones efectuadas mediante órdenes de servicio extendidas por la Inspección de Obra. La Declaración de Calidad de los materiales deberá incluir los valores identificatorios de los parámetros con los que se evalúa el concepto en cuestión.
Los controles que realice la Inspección de Obra, y las disposiciones que los prevén, deben interpretarse y aplicarse bajo el criterio básico que, en ningún caso alteran, disminuyen o anulan las responsabilidades que, en virtud del contrato, le incumben exclusivamente al Contratista.
DECIMO OCTAVA: REPRESENTANTE TÉCNICO
Para los fines de la Dirección de Obra y la Representación Técnica del CONTRATISTA, éste propondrá al COMITENTE un profesional con título de Ingeniero Electromecánico o Técnico Electromecánico (con título habilitante y con incumbencias comprobables) con una antigüedad de TRES años como mínimo en el ejercicio de su profesión e inscripto en el Colegio Profesional de Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de la Provincia del Chubut.-
Si el Profesional es aceptado, el CONTRATISTA deberá presentar copia del contrato celebrado con dicho profesional, visado por el Colegio Profesional de la Provincia dentro de los QUINCE (15) DÍAS de comunicada la aceptación por parte del COMITENTE.-
Todas las instrucciones que dicho REPRESENTANTE TÉCNICO reciba del Inspector de Xxxx, serán consideradas como impartidas al CONTRATISTA.-
En la faz constructiva el REPRESENTANTE TÉCNICO se hará directa y solidariamente responsable con aquél de la correcta y normal ejecución de los trabajos y sus resultados.-
Se deja expresamente establecido que la ausencia en la obra del REPRESENTANTE TÉCNICO no podrá superar períodos mayores de SIETE (7) DÍAS, debiendo hacerse presente toda vez que sea requerido expresamente por la INSPECCIÓN.
El incumplimiento de lo precedentemente establecido hará pasible al de una multa consecuente de aplicar las fórmulas establecidas en las presentes Cláusulas particulares.-
DECIMO NOVENA: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA CONFORME A LA OBRA EJECUTADA.
La documentación técnica Conforme a la Obra ejecutada se presentará tal lo establecido en el Pliego de Bases y Cláusulas Generales, particulares y Técnicas.-.
La documentación gráfica deberá incorporar aquellos detalles, que si bien no puedan estar indicados en pliegos, sean necesarios para una correcta interpretación de las obras realizadas.
La documentación gráfica será realizada en Auto CAD (compatible con la versión AutoCAD 2014). La documentación en texto se realizará en Word.
De toda la documentación se presentarán archivos de respaldo en CD.
VIGÉSIMA: INSPECCIÓN DE OBRA
La INSPECCIÓN tendrá completo y libre acceso, desde el comienzo y hasta la recepción definitiva de la obra, a toda la información técnica y a los lugares donde se realicen tareas relacionadas con la obra por el CONTRATISTA.
VIGÉSIMA PRIMERA: INSTRUCCIONES DE LA INSPECCIÓN
La supervisión de los trabajos corresponderá exclusivamente a la MUNICIPALIDAD y se hará efectiva por medio de la INSPECCIÓN, a la que el CONTRATISTA facilitará ampliamente la vigilancia y el contralor de los trabajos.
El CONTRATISTA y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la INSPECCIÓN. La inobservancia de esta obligación o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la obra, harán pasible al culpable de su inmediata expulsión del lugar de los trabajos.
VIGÉSIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD DE LOS TRABAJOS
El CONTRATISTA y su REPRESENTANTE TÉCNICO serán los responsables de la correcta interpretación de los planos y especificaciones para la obra, en un todo de conformidad con la LEY I Nº 11.
VIGÉSIMA TERCERA: DOCUMENTOS QUE EL CONTRATISTA GUARDARÁ
El CONTRATISTA conservará una copia ordenada de todos los documentos que integran el CONTRATO con el fin de facilitar el correcto contralor, inspección y vigilancia de los trabajos.
VIGÉSIMA CUARTA: ÓRDENES DE SERVICIO – PEDIDOS DEL CONTRATISTA – ACTAS
Para el desenvolvimiento de la obra el CONTRATISTA deberá proveer a la INSPECCIÓN de Obras DOS (2) REGISTROS, de TRES (3) hojas móviles por folio, cada registro encuadernado, que se destinarán al asiento de las ORDENES DE SERVICIO, de los PEDIDOS DEL CONTRATISTA, del PARTE DIARIO DE OBRA que se
originen durante la ejecución de la obra.
Estos registros serán foliados, rubricados y sellados por el COMITENTE. Independientemente de estos registros, podrán labrarse ACTAS, para dejar constancia de la marcha de la Obra en relación con el CONTRATO de la misma y de los convenios especiales que se concierten entre el COMITENTE y el CONTRATISTA.
El original de estas Actas deberá incorporarse a los antecedentes de la obra, dejándose constancia de la existencia de la misma en el libro de Órdenes de Servicios y/o de Pedidos del CONTRATISTA.
Todas las actuaciones de los Registros y Actas deberán ser firmadas por la INSPECCIÓN de Obra y el CONTRATISTA o su REPRESENTANTE TÉCNICO, debiendo salvarse las enmiendas, raspaduras, entrelíneas y errores que pudieran cometerse en su redacción.-
La INSPECCIÓN retendrá los originales y la primera copia de los Pedidos del CONTRATISTA y del Parte Diario de Obra.
El CONTRATISTA queda obligado a confeccionar y notificar a la INSPECCIÓN del Parte Diario de Obra en el que se detallará el personal que desempeña tareas con su correspondiente categoría laboral, el desarrollo detallado de los trabajos que se ejecutan, la producción diaria, el ingreso y egreso de equipos afectados a la obra y de materiales de consumo diario y los correspondientes a provisiones, deberá asimismo registrar al personal y tareas que desempeñan y el avance de los trabajos de los subcontratistas.
La negativa del CONTRATISTA a confeccionar el Parte Diario de Obra, le hará pasible de una multa cuyo monto se establecerá en cada caso en la Cláusulas Particulares.
La negativa del CONTRATISTA a firmar las Órdenes de Servicio, le hará pasible de una multa cuyo monto, al igual que la multa que le corresponda por incumplimiento de la orden impartida, se establecerá, para cada caso en las Cláusulas Particulares. La INSPECCIÓN está obligada a recibir todos los pedidos del CONTRATISTA, dejando constancia de la fecha de recepción, y tiene la responsabilidad de dar conocimiento a la autoridad competente, cuando la finalidad del pedido así lo requiera.
Se considera que toda ORDEN DE SERVICIO estará comprendida dentro de las estipulaciones del CONTRATO y que no importa modificación de lo pactado ni encomienda de trabajos adicionales, salvo que en ella se hiciera manifestación explícita de lo contrario.
Cuando el CONTRATISTA considere que una ORDEN DE SERVICIO excede los términos del CONTRATO, deberá notificarse de ella, sin perjuicio de presentar la reclamación, dentro del término de QUINCE (15) días, fundamentando clara y detalladamente las razones que lo asisten para observar la orden recibida.
Transcurrido el plazo sin que el CONTRATISTA presente el reclamo correspondiente quedará obligado a cumplir la orden de inmediato sin poder efectuar ulteriores reclamaciones por ningún concepto.
La observación del CONTRATISTA, opuesta a cualquier ORDEN DE SERVICIO, no lo exime de la obligación de cumplirla si ella fuera reiterada.
Además de la multa que le corresponda de acuerdo con las Cláusulas Particulares por incumplimiento, el CONTRATISTA se hará cargo de los gastos que demande la ejecución, por cuenta del COMITENTE o de terceros de los trabajos que salven la orden que no fue cumplida.
Los importes de las multas de los trabajos se deducirán de los Certificados a pagar.
VIGÉSIMA QUINTA: JORNALES MÍNIMOS
El CONTRATISTA deberá abonar a los obreros que emplea en obra, salarios no inferiores a los mínimos en vigor para los gremios a los cuales pertenecen, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por la jornada legal de trabajo.
VIGÉSIMA SEXTA: PAGO DEL PERSONAL
La MUNICIPALIDAD exigirá al CONTRATISTA como requisito indispensable previo para la emisión de los Certificados de Obra, un Certificado expedido por las autoridades competentes en el cual consta que no adeuda a su personal empleado en Obra, suma alguna en concepto de salarios, beneficios sociales, beneficios previsionales, etc. Dicho certificado no podrá tener una antigüedad mayor de TREINTA (30) DÍAS a la fecha de certificación. Por el incumplimiento de esta obligación, el COMITENTE no dará curso a la emisión de los certificados, sin que asista derecho al CONTRATISTA a reclamo alguno por actualización e intereses; sin perjuicio de lo dispuesto por la LEY Nº I Nº 11.
VIGÉSIMA SEPTIMA: COMPETENCIA DEL PERSONAL
El CONTRATISTA solo empleará operarios competentes en sus respectivas especialidades y en suficiente número como para que la ejecución de los trabajos, sea regular y progrese en la medida necesaria para el exacto cumplimiento del CONTRATO.
Para el debido contralor de la obligación mencionada precedentemente, el CONTRATISTA entregará diariamente a la INSPECCIÓN partes indicativos del personal ocupado en los trabajos de acuerdo con las instrucciones que se le formulen.
El CONTRATISTA está obligado a hacer retirar de la obra a cualquier operario que a juicio de la INSPECCIÓN fuera incompetente, no trabajara satisfactoriamente o resultara indisciplinado.
VIGÉSIMA OCTAVA: SEGUROS
Con el fin de cubrir los riesgos de accidentes de trabajo y riesgo civil contra terceros, el CONTRATISTA deberá contratar los seguros que a continuación se detallan. Estos seguros deberán tomarse con una empresa autorizada a operar por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Seguro Obrero: incluirá a todos los empleados y obreros afectados a la ejecución de la obra, desde su iniciación y hasta la Recepción Provisional.
En lo que se refiere a la denuncia de los accidentes de trabajo, rigen las disposiciones siguientes:
En los casos de accidentes de trabajo de consecuencias graves o fatales ocurridos al personal del CONTRATISTA, éste deberá formalmente comunicarlo a la INSPECCIÓN dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de ocurrido el accidente, con el relato de las circunstancias en que se produjo el hecho;
La comunicación de los demás accidentes ocurridos en la obra la efectuará el CONTRATISTA en el LIBRO DE PEDIDOS, en un parte mensual, acompañando copias de las denuncias respectivas efectuadas a la Compañía Aseguradora.
Seguro Contra Daños a Terceros: El CONTRATISTA deberá constituir seguro por un monto adecuado para prevenir el riesgo derivado de la obra con relación a daños a terceros o a sus bienes, incluido el personal del COMITENTE. Para determinar el valor de este seguro el COMITENTE entregará al CONTRATISTA la nómina del personal de la INSPECCIÓN, pertenecientes al COMITENTE o a organismos o empresas privadas que actúen en carácter de asistentes de la INSPECCIÓN. Estas pólizas serán individuales.
Los originales de las pólizas mencionadas más arriba serán entregados al COMITENTE dentro de los VEINTE
(20) días de firmado el CONTRATO, con los recibos de pago a la Compañía Aseguradora.
Todas las indemnizaciones serán entregadas en efectivo a su beneficiario o heredero según corresponda.
Si los seguros ya detallados quedaran sin efecto, no sean contratados, renovados, o en el caso que los montos no cubrieran lo especificado, se considerará al CONTRATISTA incurso en grave incumplimiento y serán de aplicación las sanciones previstas al efecto en las Cláusulas Particulares. De ocurrir un siniestro en tales circunstancias, el CONTRATISTA deberá responder por la totalidad del costo de reparación o de reconstrucción.
VIGÉSIMA NOVENA: RESPONSABILIDAD POR INFRACCIONES
El CONTRATISTA y su personal deberán cumplir estrictamente las disposiciones y reglamentaciones del Poder Público que tengan vigencia.
Será por cuenta del CONTRATISTA el pago de las multas y el resarcimiento de los perjuicios o intereses si cometieren infracciones en tal sentido.
TRIGÉSIMA: IMPUESTOS Y TASAS
Queda expresamente establecido que, el CONTRATISTA no tendrá ningún tipo de eximición de impuestos, derechos y tasas, que surjan de la construcción de las Obras que se concursan, ya sea a nivel Nacional, Provincial o Municipal.
El CONTRATISTA deberá realizar a su xxxxx todos los pagos que surjan por Derechos de Construcción exigibles, como así los que correspondan por conexiones definitivas de servicios de energía, agua corriente, cloacales, gas natural o envasado, sean estos prestados por organismos oficiales, cooperativas o empresas privadas.
Los gastos de toda naturaleza que ellos demanden se considerarán prorrateados en los precios cotizados.
TRIGÉSIMA PRIMERA: DAÑOS A PERSONAS, PROPIEDADES O COSAS
El CONTRATISTA deberá tomar a su debido tiempo, todas las medidas y precauciones para evitar daños a personas que de él dependan, o del COMITENTE, inspeccionando las obras o a terceros, así provinieran esos daños de maniobras en el obrador, acción de los elementos o de causas eventuales.
Las mismas seguridades guardarán para las propiedades o cosas de la obra, del CONTRATISTA, del COMITENTE o de terceros. El CONTRATISTA será exclusivo responsable de los daños, cualquiera sean las causas que los motiven.
El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrá por cuenta exclusiva del CONTRATISTA salvo los casos previstos por la LEY I Nº 11.
El COMITENTE podrá retener en su poder, de las sumas que adeudare al CONTRATISTA, el importe que estime conveniente hasta que las reclamaciones o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos, sean definitivamente resueltos por la autoridad competente y hayan sido satisfechas las reclamaciones o indemnizaciones a que hubiere lugar por derecho.
Si a pesar de las precauciones adoptadas se produjeran daños de cualquier naturaleza, el CONTRATISTA los comunicará a la INSPECCIÓN conforme a lo expresado en el presente pliego.
El resarcimiento de los prejuicios que se produjeran correrá por exclusiva cuenta del CONTRATISTA.
TRIGÉSIMA SEGUNDA: PLAN DE TRABAJOS GARANTIZADO DE LA OFERTA
El plan presentado por el CONTRATISTA juntamente con su OFERTA, deberá ser ajustado a la fecha de iniciación de los trabajos y a los meses calendario del año, debiendo ser sometido ese ajuste a la aprobación por parte de la INSPECCIÓN, dentro del plazo, que para cada caso se fije en las Cláusulas Particulares.
Una vez aprobado por la INSPECCIÓN se denominará PLAN DE TRABAJOS GARANTIZADO DE LA OFERTA. Los hechos o causas que motiven atrasos justificables en la ejecución de la obra, deberán ser sometidos a consideración.
Para los fines de esa presentación, se tomarán en consideración especialmente los hechos y causas siguientes:
a) Realización de trabajos adicionales imprevistos que demanden un mayor tiempo de ejecución de la obra, debidamente autorizados por el COMITENTE;
b) Modificaciones del proyecto de la obra que motiven suspensiones de las tareas, con reconocimiento de esa demora por parte del COMITENTE;
c) Xxxxxx comprobada en la entrega de los planos complementarios por parte del COMITENTE;
d) Casos fortuitos o de fuerza mayor.
Las presentaciones efectuadas fuera de término no serán tomadas en consideración y el CONTRATISTA perderá su derecho a reclamo. Los atrasos justificados por el COMITENTE darán lugar al Plan de Trabajos Actualizado.
Plan de Trabajos Actualizado
Este nuevo plan solamente podrá diferir del anterior en aquellas partes cuya ejecución hubiera sido afectada directa o indirectamente por la influencia de las causas o hechos justificados por el COMITENTE.
EL PLAN DE TRABAJOS ACTUALIZADO debe ser expresamente aprobado por el COMITENTE.
Una vez aprobado el PLAN DE TRABAJOS ACTUALIZADO, sustituirá al anterior en todos sus efectos, en particular forma, servirá para justificar orgánicamente los pedidos de prórroga del plazo contractual de ejecución de la obra. Encontrándose aprobado el PLAN DE TRABAJOS ACTUALIZADO si se produjeran nuevos hechos o causas justificables de atraso, se deberá realizar una nueva actualización. Cuando el pedido de modificación formulado por el CONTRATISTA fuese rechazado por el COMITENTE, aquél deberá introducir modificaciones en el ritmo de la obra que le permitan mantenerse en el lapso establecido por el PLAN DE TRABAJOS ACTUALIZADO que tenga vigencia.
Cuando se detecte que El CONTRATISTA haya incurrido en una disminución en un porcentaje mayor de un CINCO por ciento (5%) respecto de la previsión mensual y acumulada, sin que medien causas justificadas para ello, la Inspección procederá por intermedio de la correspondiente Orden de Servicio a intimar para que aquella arbitre los medios necesarios para incrementar el ritmo de ejecución de los trabajos de manera tal que éste se ubique dentro de las previsiones contractuales, y en el plazo que la Inspección determine. De mantenerse esta disminución sin que el CONTRATISTA haya demostrado voluntad para revertir la situación será pasible de la multa que para este caso se establezcan en las Cláusulas Particulares.
TRIGÉSIMA TERCERA: El CONTRATISTA está obligado a colocar los carteles que se indiquen para cada caso, en las Cláusulas Técnicas Particulares conforme con el plano que determine sus medidas, tipos de letras, leyendas, etc.
Queda prohibido colocar en los cercos y en los edificios letreros comerciales de propaganda, cualquiera sea su naturaleza, excepto los usuales para el CONTRATISTA, previo permiso acordado por el COMITENTE.
TRIGÉSIMA CUARTA: EDIFICIOS EXISTENTES El CONTRATISTA deberá proveer y tomar todas las acciones necesarias con el fin de no alterar el normal funcionamiento del o de los edificios existentes, según lo establecido en las Cláusulas Particulares en cada caso.
TRIGÉSIMA QUINTA: ENERGÍA ELÉCTRICA A los efectos del alumbrado de la obra y el empleo de energía eléctrica para otros usos, el CONTRATISTA deberá gestionar ante quien corresponda la conexión de la red y de la instalación del medidor correspondiente.
Todo ello, cuando la obra se encuentre ubicada en el radio atendido por ese servicio.-
El gasto que demande la instalación y el consumo hasta la recepción provisional estará a cargo del CONTRATISTA.-
TRIGÉSIMA SEXTA: ESTUDIOS Y CÁLCULOS
El CONTRATISTA queda obligado a revisar, antes de la iniciación de cada uno de los trabajos, los estudios y cálculos de la documentación de los Pliegos, sin que el tiempo que demande esa tarea pueda ser motivo de actualización del Plan de Trabajos.
Cumplida esa tarea, remitirá a la INSPECCIÓN, para su aprobación las observaciones que correspondan ser atendidas, no dando derecho a costos adicionales.
Para cada caso, las Cláusulas Particulares, especificarán los plazos dentro de los cuales el CONTRATISTA deberá efectuar las entregas y los que tendrá la INSPECCIÓN para formular observaciones o devolverlas aprobadas.
En los casos que la documentación merezca observaciones, el CONTRATISTA queda obligado a ponerlo en conocimiento de la INSPECCIÓN mediante pedido del CONTRATISTA.
Independientemente de lo establecido en el presente Artículo, las Cláusulas Particulares en cada caso indicarán el tiempo que tiene el CONTRATISTA para presentar la revisión total de la documentación de los Pliegos.
TRIGÉSIMA SEPTIMA: PLANOS COMPLEMENTARIOS O DE DETALLE
Antes de iniciar cualquier trabajo, que no se encuentre debidamente proyectado o especificado, el CONTRATISTA deberá presentar a la INSPECCIÓN la documentación correspondiente para la correcta interpretación de las tareas a cumplir, sin dar lugar a costos adicionales.
Las Cláusulas Particulares, en cada caso establecerán el término dentro del cual la INSPECCIÓN podrá formular las observaciones que considere de interés. Vencido este plazo, el CONTRATISTA quedará autorizado para ejecutar los trabajos y la documentación se dará por aprobada.
Si a criterio del CONTRATISTA, expresado en el momento de la recepción de la documentación, se requiere mayor plazo para el estudio de la documentación, y ese mayor plazo significase o se tradujese, en forma directa o indirecta en suspensión de trabajos, la demora en que incurra podrá ser considerada para la actualización del Plan de Trabajos.
Las Cláusulas Particulares establecerán en cada caso la documentación técnica a presentar por el CONTRATISTA.
Los planos de esta documentación serán preparados en sistema CAD con los detalles, memorias, cálculos y diagramas necesarios para su correcta interpretación. Una vez aprobado el plano, entregará al COMITENTE un original en papel vegetal y cinco copias, además de dos copias de los archivos CAD correspondientes por medio digital óptico (CD o DVD).
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TRIGÉSIMA OCTAVA: EQUIPO MÍNIMO
La INSPECCIÓN aprobará el equipo mínimo que el CONTRATISTA deberá mantener permanentemente en obra, para permitir la correcta ejecución de los trabajos y su terminación en el plazo establecido contractualmente.
El CONTRATISTA no podrá retirar de la obra ninguna de las máquinas o elementos indicados en la nómina aprobada sin previa autorización por parte de la INSPECCIÓN.
La INSPECCIÓN podrá recabar el auxilio de la fuerza pública, para impedir el retiro, conforme con lo establecido en la LEY I N° 11. Todo el equipo, plantel y herramientas deberán encontrarse en perfecto estado para el uso no dando lugar a actualizaciones del Plan de Trabajos, la falta de mantenimiento, reparación o rotura de máquina y elementos.
La aprobación, por parte de la INSPECCIÓN, de la nómina de equipo mencionado no implica responsabilidad alguna para ella en el caso de que deba ser aumentada, modificada
o cambiada totalmente o en forma parcial, antes de la iniciación de los trabajos o durante la ejecución de las obras.
TRIGÉSIMA NOVENA: OBLIGACIÓN DE EJECUTAR LOS TRABAJOS DE ACUERDO A SU FIN
El CONTRATISTA ejecutará los trabajos de tal suerte que resulten enteros, completos, adecuados a su fin en la forma que se infiere de toda la documentación que integra el CONTRATO. Aunque en los planos no figuren, o en las especificaciones no se mencionen todos los detalles para realizar la obra conforme con su finalidad, el CONTRATISTA queda obligado a cuidar y atender esa finalidad, sin que por ello tenga derecho a reclamar adicional alguno.
CUADRAGÉSIMA: LIMPIEZA DE LA OBRA
Durante la ejecución de las obras el CONTRATISTA deberá mantener limpio y despejado de residuos, el sitio de los trabajos, igual exigencia se tendrá al término de la jornada.
Los materiales empleados en la obra deberán mantenerse ordenados, evitando por todos los medios, acumulaciones que entorpezcan el tránsito de personas y vehículos o dificulten la viabilidad de los trabajos. Antes del pedido de recepción provisional, la obra deberá encontrarse en estado de limpieza acorde con la habilitación de la misma.
El incumplimiento de lo establecido en la presente Xxxxxxxx hará pasible al CONTRATISTA de las sanciones que en cada caso establezcan las Cláusulas Particulares.
CUADRAGÉSIMA PRIMERA: RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS
El CONTRATISTA deberá facilitar la marcha simultánea de los trabajos por él ejecutados y de los que la MUNICIPALIDAD decida realizar directamente o por intermedio de otros CONTRATISTAS, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido formule la INSPECCIÓN respecto a la orden de ejecución de esos trabajos. Cuando el CONTRATISTA considere que existe interferencia de otros CONTRATISTAS que perturban los trabajos contractuales, deberá ponerlo en conocimiento de la INSPECCIÓN dentro del plazo establecido en estas Cláusulas Generales. Las ampliaciones de plazo a que den lugar estas interferencias, no serán consideradas para la Actualización del Plan de Trabajos.
En el caso de existir unión de obras ejecutadas por distintos CONTRATISTAS, la INSPECCIÓN coordinar a las tareas debiendo aquéllos atender a las instrucciones y órdenes que ésta les imparta.
Cuando el CONTRATISTA por razones de CONTRATO, deba ingresar a obras ya terminadas por otros CONTRATISTAS, deberá atender a lo establecido en las Cláusulas Generales.
CUADRAGÉSIMA SEGUNDA: AUMENTOS Y REDUCCIONES DE LA OBRA
Las modificaciones del proyecto que produzcan aumentos o reducciones de Ítems contratados o creación de nuevos ítems que no excedan o disminuyan en conjunto al veinte por ciento (20%) del monto del CONTRATO, serán obligatorios para el CONTRATISTA en la forma que establece la LEY I N° 11.
CUADRAGÉSIMA TERCERA: AUTORIZACIÓN PREVIA
El CONTRATISTA no podrá realizar trabajo alguno, de los comprendidos en el presente capítulo, sin la previa conformidad y autorización de la MUNICIPALIDAD. Las reducciones o ampliaciones de obra darán lugar a la actualización del Plan de Trabajos, y el incumplimiento de esta obligación, en la forma y término establecido en estas Cláusulas Generales, impedirá al CONTRATISTA el reclamo que le corresponda para la modificación del Plazo de ejecución de obra.
CUADRAGÉSIMA CUARTA: : INTERPRETACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
El CONTRATISTA será responsable de la correcta interpretación de los planos y especificaciones que integran la documentación contractual para la realización de la obra, y responderá por los defectos y consecuencias que puedan observarse o producirse en la obra.
Cualquier deficiencia o error de proyecto, contradicción especificada o falta de detalle constructivo, que se compruebe en el curso de la obra, deberá comunicarla el CONTRATISTA a la INSPECCIÓN antes de iniciarse el trabajo pertinente.
El incumplimiento de la presente Xxxxxxxx, tendrá como consecuencia para el CONTRATISTA la obligación de demoler y reconstruir, a su exclusivo cargo, los trabajos ejecutados, cualquiera sea el estado de la obra al comprobarse la deficiencia, incluyendo el término del Plazo de Garantía.
La obligación establecida en el párrafo precedente, no dará motivo de actualización del plan de trabajos por estar originada en un incumplimiento por parte del CONTRATISTA.
CUADRAGÉSIMA QUINTA: PLAZO PARA LAS RECLAMACIONES
Las reclamaciones que el CONTRATISTA formule deberán ser interpuestas ante la INSPECCIÓN dentro del término que para cada obra establezcan las Cláusulas Particulares, contando a partir de la fecha de producido el hecho o causa que las motiva. El CONTRATISTA queda obligado a formular sus reclamaciones debidamente fundadas, con determinación de costos, tiempo, etc. Si no lo hiciera dentro de aquél término, perderá todo derecho de reclamación.
CUADRAGÉSIMA SEXTA: CERTIFICADOS
A los efectos que corresponda se entiende por Certificado todo crédito documentado que expida la MUNICIPALIDAD al CONTRATISTA con motivo del CONTRATO.
CUADRAGÉSIMA SEPTIMA: APLICACIÓN DE LAS MULTAS
Las sanciones por incumplimiento de plazos o por infracciones a las Cláusulas de Documentación Contractual serán establecidas en las Cláusulas Particulares correspondientes a cada obra, y aplicadas por el COMITENTE, quedando el CONTRATISTA constituido en xxxx por el solo hecho del transcurso de los plazos estipulados (Art. N° 886 a 888 del Código Civil y Comercial) y obligado al pago de la multa que corresponda, sin necesidad de requerimientos o interposición alguna, debiéndosele descontar el importe respectivo de los certificados a emitir, o en su defecto, afectando a las garantías constituidas.
La aplicación de las multas será dispuesta por el COMITENTE.
De conformidad con la LEY I Nº 11 cuando la totalidad de las multas aplicadas alcance el QUINCE por ciento (15%) del monto del CONTRATO actualizado, el COMITENTE podrá rescindirlo por culpa del CONTRATISTA. Este límite de las sanciones no libera al CONTRATISTA de sus responsabilidades por los daños o perjuicios emergentes de las causas originadas por las demoras o infracciones sancionadas.
CUADRAGÉSIMA OCTAVA: MULTAS POR INCUMPLIMIENTO
La MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN aplicará al Contratista las siguientes multas, que serán retenidas de los importes de facturas a pagar o cualquier otro cobro que tuviera pendiente de pago el Contratista:
1- El Cuatro por ciento (4%) de la facturación total certificada correspondiente al mes o lapso de tiempo donde se produjo la demora en el cumplimiento del plazo estipulado.
2- En los incumplimientos o deficiencias en las tareas realizadas, de lo cual se encuentre constancia en el cuaderno de Órdenes de Servicio y no haya sido subsanada la deficiencia, el importe específico de la tarea observada, no se certificará. Además se aplicará una multa del dos por ciento diario (2 %) del importe total específico al ITEM no cumplimentado por cada día de demora en subsanar la deficiencia.
3- Cuando los Equipos no se encuentren en condiciones operativas o estén fuera de servicio, se comunicará mediante Orden de Servicio, debiendo el CONTRATISTA reemplazar dicho equipo en un plazo no mayor a 48hs tras lo cual se aplicará una multa equivalente al doble del costo por hora de dicho equipo por cada hora de demora en reemplazarlo.
4- Por incumplimiento sin preaviso por escrito de la Fecha de Inicio de Obra, se aplicará una multa fija de pesos Cinco mil ($ 5.000-) por cada día de demora. Será de aplicación transcurridas dos horas de la jornada laboral establecida como Fecha de Inicio.
5- Por incumplimiento en la presentación de equipos y/o servicios (sin preaviso por escrito) necesarios para la prestación de un determinado tipo de tarea, se aplicará una multa equivalente al costo por hora de dicho equipo y/o servicio por cada hora de demora en presentarse. En caso de que el precio del servicio / obra sea global, se aplicará una multa equivalente al dos por ciento (2%) de la facturación total del mes o plazo estipulado, por cada día.
6- Por falta de un Operario se comunicara mediante Orden de Servicio, aplicándose una multa de pesos un mil quinientos ($ 1.500.-) por cada día de que ello ocurra y por cada operario.
7- Por falta de adecuada indumentaria de trabajo o falta a las normas de seguridad se comunicara mediante Orden de Servicio, aplicándose una multa de pesos un mil ($ 1.000.-) por cada falta observada y por cada operario.
8- Por el vencimiento de las Pólizas de Seguro de Trabajo y/o Coberturas de Instalaciones afectadas a la Obra, independientemente de la no autorización de inicio de las tareas por parte del COMITENTE, lo que se notificara por Orden de Servicio, se aplicará una multa de pesos dos mil ($ 2.000.-) por cada día de demora en regularizar dicha situación.
9- Por medidas de fuerza o acción directa ejercidas por el personal del CONTRATISTA, que afecte el normal desarrollo del servicio se aplicará una multa diaria equivalente al cinco por ciento (5%) de la facturación mensual en que se produzca el incidente.
10- Por accidentes o incidentes medioambientales ocasionados por el CONTRATISTA, los gastos erogados en la remediación del impacto se debitarán de la facturación del contratista mas un veinticinco por ciento (25%) sobre el cargo del monto a debitar en concepto de multa.
El monto total por multas no podrá exceder el equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del Contrato. Si esto aconteciera, la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN tendrá derecho a dar por rescindido el Contrato por incumplimiento del Contratista, requerir las indemnizaciones correspondientes y ejecutar la Garantía de Cumplimiento, quedando la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN autorizada a contratar los trabajos con terceros x xxxxx del incumplidor.
CUADRAGÈSIMA NOVENA: XXXX EN LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
vencimiento de los plazos establecidos en el Contrato, sin necesidad de otro requerimiento o notificación alguna.
El incumplimiento total o parcial de cualquier obligación, por parte del Contratista, no originado por hechos que puedan calificarse como fortuitos o de fuerza mayor, autorizará a la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN a resolver el Contrato, adquiriendo además el derecho a efectuar los reclamos por daños y perjuicios pertinentes. En caso de producirse la xxxx total o parcial en la entrega de la Obra, la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN aplicará en forma acumulativa, por cada semana o fracción mayor de tres días, una multa penitencial equivalente al uno por ciento (1,0 %) del valor del Contrato.
QUINCUAGÉSIMA: ACTAS DE RECEPCIÓN
Todo tipo de Recepción dará origen a un Acta, la cual deberá ser labrada en presencia del INSPECTOR de Obra y del CONTRATISTA o su REPRESENTANTE TÉCNICO. En dicha Acta se fijará la fecha de efectiva Recepción y todas las observaciones que correspondan a juicio de cada una de las partes.
Las Actas deberán ser firmadas por quienes participan del Acto de Recepción.
Cuando el COMITENTE considere cumplidas las condiciones, sin que aquélla haya sido solicitada por escrito por el CONTRATISTA, invitará a éste a la Recepción. En caso de que el CONTRATISTA no respondiera a la invitación, se lo citará mediante telegrama colacionado para el cumplimiento de la formalidad, con mención de fecha y hora en que se realizará el acto.
Si se mantiene en incumplimiento, el COMITENTE ejecutará de oficio esa diligencia, dejando constancia de citaciones y ausencias del CONTRATISTA, conforme con lo establecido en el Artículo Nº 50 de la LEY I Nº 11 Las actas se labraran "ad-referéndum" de la autoridad competente, quien las aprobará en última instancia.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA: RECEPCIÓN PROVISIONAL
La obra será recibida provisionalmente por la INSPECCIÓN cuando se encuentre terminada con arreglo al CONTRATO y si hubieran cumplido satisfactoriamente las pruebas establecidas en las Especificaciones Técnicas que integran la Documentación contractual.
Antes del Acto de Recepción Provisional deberán haberse cumplido todas las formalidades inherentes a la medición, liquidación y certificación de la obra que la motiva.
QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA: PLAZO DE GARANTÍA
Hasta el vencimiento del plazo de garantía establecido en las Cláusulas Técnicas Particulares, el CONTRATISTA será responsable de la conservación de las obras y las reparaciones requeridas, provenientes de la deficiente ejecución de los trabajos o de la mala calidad de los materiales o elementos empleados en obra. La responsabilidad del CONTRATISTA incluye la conservación y mantenimiento hasta la Recepción Definitiva de las obras que fueron parcial o totalmente recibidas en forma provisional. Se exceptúan de la presente obligación, los defectos, fallas o vicios resultantes del uso indebido de las construcciones o instalaciones.
QUINCUAGÉSIMA TERCERA: RECEPCIÓN DEFINITIVA
La recepción definitiva de la obra se regirá conforme las disposiciones de las cláusulas técnicas particulares.
QUINCUAGÉSIMA CUARTA: DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
La garantía del CONTRATO y Fondo de Reparo, le serán devueltos al CONTRATISTA, luego de aprobada la Recepción Provisional y la Recepción Definitiva, respectivamente.
De los fondos de esas fianzas se deducirán en caso de corresponder las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por cuenta del CONTRATISTA, recibiendo éste el saldo que resulte de las deducciones.
En el caso de recepciones parciales, el CONTRATISTA tendrá derecho a que se libere y devuelva la parte proporcional de la garantía que corresponde.
QUINCUAGÉSIMA QUINTA: RESPONSABILIDAD POSTERIOR A LA RECEPCIÓN
Queda expresamente establecido que la Recepción Provisional o Definitiva de las obras sin reservas, no exime al CONTRATISTA del pago de multas que pudieren corresponder por incumplimiento del plazo de ejecución de los trabajos, o por el resarcimiento de los daños y perjuicios que le sean imputables.
Con posterioridad a la Recepción Definitiva el CONTRATISTA se responsabilizará de las obras de acuerdo a las prescripciones de las leyes vigentes.
QUINCUAGÉSIMA SEXTA: RESCISIÓN: NOTIFICACIONES RECIPROCAS
El CONTRATO podrá rescindirse por cualquiera de las causas y en orden a las disposiciones contenidas en los Artículos Nº 56 al 62, ambos inclusive, de la LEY I N°11.
Las causas de rescisión del CONTRATO, que a criterio de la MUNICIPALIDAD sean imputables al CONTRATISTA, se le comunicaran a éste por nota bajo recibo o mediante telegrama colacionado.
El CONTRATISTA tendrá derecho a rescindir el CONTRATO en los casos previstos por la LEY I Nº 11.
QUINCUAGÉSIMA SEPTIMA: TOMA DE POSESIÓN DE LA OBRA, INVENTARIO
Regirán las disposiciones de las cláusulas técnicas particulares.
QUINCUAGÉSIMA OCTAVA: AVALÚO
El avalúo se realizará conforme lo establece la LEY I Nº 11 y sus Decretos Reglamentarios.
QUINCUAGÉSIMA NOVENA: LIQUIDACIÓN DE LOS TRABAJOS.
El COMITENTE practicará asimismo, la liquidación de todos los trabajos ejecutados por el CONTRATISTA y terminados con arreglo al CONTRATO y determinará las cantidades y clases de trabajos inconclusos, materiales, y todo elemento que sea de recibo o indispensable para la obra.
Los materiales y enseres no aceptados por el COMITENTE, serán retirados de la obra por el CONTRATISTA a su exclusivo cargo, dentro del término que aquél señale bajo notificación escrita o mediante telegrama colacionado.
Si el CONTRATISTA no diera cumplimiento a lo anterior en el plazo señalado, el COMITENTE hará retirar y depositar fuera de la obra esos materiales y enseres, corriendo todos los gastos a cargo de aquél. Los trabajos que no fueran de recibo, serán demolidos por el CONTRATISTA a su cargo, en el plazo que le indique el COMITENTE. Si no lo hiciera, el COMITENTE los demolerá con cargo al CONTRATISTA.
El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados que fueran de recibo, tanto los terminados como los inconclusos, materiales y enseres aceptados a precio de avaluó, constituirán un crédito a favor del CONTRATISTA, previa deducción de los gastos efectuados a cuenta. Ese crédito, cuando la rescisión fuera causada por el CONTRATISTA, quedará pendiente de pago hasta la terminación y liquidación final de los trabajos, para responder por el excedente de costos de éstos y de los perjuicios que se originen por la rescisión del CONTRATO, o de la mala ejecución de los trabajos hechos por el CONTRATISTA.
Si las sumas retenidas no bastaran para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la rescisión erogue al Estado, el CONTRATISTA deberá abonar el saldo que por ese concepto resulte.
SECCIÓN IV
CLAUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES
• 1. Objeto - Obligaciones del Contratista en el marco de la prestación del servicio.
El CONTRATISTA deberá:
• Ejercer la Dirección Técnica, de Seguridad y Administrativa de todos los trabajos a realizar con motivo del servicio.
• Obtener los permisos y efectuar el pago a su costo de los importes que pudieran corresponder por permisos, tasas, aportes profesionales, previsionales, etc. ante las autoridades nacionales, provinciales, municipales, Colegio de Ingenieros (Dirección de Obra y Dirección Técnica), etc.
• Dar cumplimiento a la entrega de documentación probatoria que certifique el cumplimiento xx xxxxx laborales, exámenes médicos, ingreso de personal, aportes previsionales, pago de sueldos, etc., a cargo del CONTRATISTA todo ello como condición para efectivizar el pago de la factura presentada por el CONTRATISTA.
• Cumplir, durante la ejecución de las tareas, las normas vigentes que al efecto indiquen los organismos estatales, provinciales, municipales y de seguridad de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN.
• Contar con Póliza de Seguros de Accidentes de Trabajo para todo su personal, debiendo acreditarlo ante la SECRETARÌA DE DESARROLLO URBANO. El CONTRATISTA deberá contar con Pólizas de Seguros para equipos y vehículos a utilizar, de modo de cubrir los riesgos ante cualquier evento imprevisto que pudiera tener lugar.
• Tomar todos los recaudos necesarios a fin de que las tareas a realizar durante la ejecución del contrato no entorpezcan la normal circulación.
• Efectuar los trabajos en el lugar indicado, respetando las reglas del arte y de acuerdo a las normas de ingeniería internacionalmente aceptadas, para lo cual proveerá lo detallado a continuación, sin ser de carácter taxativo:
• Máquinas, herramientas, equipos de montaje, andamiajes y demás elementos necesarios para los trabajos de construcción y montaje.
• Materiales de consumo, lubricantes, combustible, etc., utilizados durante la construcción y el montaje de todas las instalaciones.
• Herramientas especiales, instrumentos, etc., para la realización de ensayos, tareas o instalaciones.
• 2. Consideraciones Generales
Será responsabilidad del CONTRATISTA, ejecutar a su cargo las siguientes prestaciones mínimas:
• Acondicionar el terreno necesario para el movimiento de equipos afectados al desarrollo de los trabajos, partiendo de la condición en que se encuentran al momento de su inicio.
• Realizar todos los desmontajes totales y/o parciales y/o desmantelamiento de instalaciones existentes que sean necesarias efectuar con motivo de la realización de los trabajos, como así también su posterior montaje y/o reparación y/o reconstrucción, no dando ello derecho a reclamo de ningún adicional de obra por parte del CONTRATISTA.
• Proveer la mano de obra común, especializada, de seguridad, de supervisión y de administración para la ejecución de la totalidad de los trabajos, en calidad y cantidad suficiente para cumplir con la programación de los mismos.
• Retirar todo el material residual emergente de los Trabajos encomendados, ubicarlos en un lugar designado por la INSPECCIÓN.
• A la finalización de los Trabajos, reconstruir y/o reparar todo eventual daño que pueda haber sido necesario, de modo de dejarlos en el mismo estado y condiciones en que le fueron entregados al inicio de la Obra.
• Facilitar al personal de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN los controles e inspecciones “in situ” y en talleres de terceros, a efectos de verificar que los trabajos se realizan de acuerdo con lo programado.
• Recibir y acondicionar los materiales a pie de obra, que quedarán bajo su custodia, construyendo depósitos provisorios para su resguardo de ser necesario, proveyendo además las medidas de seguridad necesarias para su protección y cuidado.
• El CONTRATISTA deberá tener en cuenta, analizar y coordinar las interferencias y canalizaciones comunes que pudieran existir con las otras obras en ejecución en el mismo SECTOR.
• 3. Aspectos de Seguridad de Cumplimiento Obligatorio
Durante la ejecución del servicio, será obligación del CONTRATISTA respetar y cumplir los procedimientos de trabajo relacionados con Medio Ambiente y Seguridad que son de aplicación en todo el ámbito de las dependencias de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN y toda otra norma aplicable a los trabajos a ejecutar.
El CONTRATISTA queda obligado, por su cuenta y cargo, en cumplimiento a la legislación vigente, a disponer de un servicio de Higiene y seguridad en el trabajo representado por un profesional (Ingeniero Laboral, Licenciado en Seguridad e Higiene en el Trabajo, Ingeniero con postgrado en SHT o por un Técnico Superior en SHT amparado por Res. 313/1982), con título habilitante según la legislación vigente, quien deberá cumplir con las horas en obra establecidas en la Res. 231/96 y además en forma permanente durante todo el plazo de ejecución del servicio, a fin de evaluar la adecuada ejecución de las tareas que, por el lugar y características, requieren especial cuidado. Este Profesional capacitará a todo el personal del CONTRATISTA que desarrollará tareas, con el objeto de tomar conocimiento de los peligros y riesgos del lugar.
También y en forma previa al comienzo de los Trabajos, el CONTRATISTA deberá entregar a la Inspección un “Programa de seguridad” aprobado por su correspondiente ART, con programa de capacitación, donde se contemplen todos los riesgos posibles y las medidas a tomar para minimizarlos. Será responsabilidad del CONTRATISTA la aplicación de este procedimiento una vez aprobado, y de cumplimiento obligatorio para todo su personal.
Todo trabajo que deba realizar el CONTRATISTA en el LUGAR DE OBRA, deberá ser previamente autorizado en cada caso particular por la INSPECCIÓN. Por lo tanto el CONTRATISTA cumplimentará todas las recomendaciones y/o Procedimientos Internos que se indiquen expresamente y que estén relacionados con la tarea a ejecutar.
Además de lo expuesto y antes de realizar cualquier tarea, el CONTRATISTA deberá elevar a la INSPECCIÓN, cuando le sea requerido, un procedimiento escrito detallado de los trabajos a efectuar, listado del personal destacado (con constancia de haber recibido instrucciones específicas) y medidas de seguridad previstas para que sea aprobado por la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN.
El PERMISO DE TRABAJO autorizará al CONTRATISTA sólo a desarrollar una tarea específica, en un lugar específico y en un tiempo determinado de la jornada de trabajo. El CONTRATISTA deberá implementar todos los recaudos y exigencias de Seguridad necesarios para desarrollar la tarea. La INSPECCIÓN podrá interrumpir los trabajos de observar su incumplimiento.
El personal del CONTRATISTA deberá usar, como mínimo la siguiente indumentaria y elementos de higiene y seguridad personal:
o Ropa de trabajo, camisa y pantalón, u overol.
o Botines de seguridad con puntera xx xxxxx o PVC.
o Lentes neutros con cristal de seguridad.
o Guantes de cuero o engomados.
o Casco.
o Protectores auditivos.
Los elementos citados deberán someterse a la aprobación del responsable de Higiene y Seguridad del CONTRATISTA, quien extenderá el correspondiente certificado de aprobación para que el equipamiento pueda ser ingresado a los LUGARES DE TRABAJO. Además se podrá requerir la incorporación de otros que se consideren necesarios según el tipo de tarea que se desarrolle.
La MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN, por razones operativas y/o de peligrosidad, podrá interrumpir las tareas en el área donde se desarrollarán los trabajos sin aviso previo y en forma urgente tantas veces como lo considere necesario, para lo cual el CONTRATISTA, ante este hecho, deberá retirar en forma inmediata la totalidad del personal del lugar, sin que ello de lugar a solicitud de mayores costos por horas improductivas debido a inmovilización del personal y equipos afectados en el área.
Todo evento de esta naturaleza, una vez que se haya producido, deberá ser registrado por el CONTRATISTA en el libro de Pedidos de Contratista, para su análisis posterior por la INSPECCIÓN y evaluación de su incidencia y/o impacto en el Plazo de Ejecución de la totalidad de los TRABAJOS.
• 4. Profesional a Cargo de la Obra
El CONTRATISTA designará un Profesional habilitado para el servicio como responsable de la supervisión de la misma. El citado profesional o Responsable Técnico del CONTRATISTA, deberá estar presente durante todo el período del servicio, a los efectos de efectuar la supervisión de los trabajos y gestionar los Permisos de Trabajo con suficiente antelación.
• 5. Normas, Códigos y Estándares de Aplicación
Serán de aplicación las Ordenanzas Municipales en materia de tránsito, la Ley Nacional 26.363 -modificatoria de la Ley 24.449- y su Decreto Reglamentario 779/1995.
El CONTRATISTA debe aceptar que toda exclusión y/o desvío a lo indicado en las Especificaciones Técnicas y/o a las Normas citadas, con sus reglamentaciones y/o disposiciones y/o Decretos Reglamentarios vigentes, deberá necesariamente y sin exclusiones ser aprobados previamente por la INSPECCIÓN.
• 6. Disposiciones Generales sobre la Ejecución de los Trabajos
El CONTRATISTA no podrá paralizar trabajos para iniciar otros, sin previa autorización de la INSPECCIÓN.
La MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN se reserva el derecho de ordenar la suspensión de un determinado trabajo e iniciar otro, que a su solo juicio estime conveniente.
Serán por cuenta exclusiva del CONTRATISTA las rectificaciones a que diere lugar la defectuosa realización de los trabajos.
Los lugares de ejecución de los trabajos o tareas y las zonas ocupadas por obrador y depósito serán mantenidos constantemente limpios durante todo su desarrollo.
• 7. Horario de Trabajo
El personal del CONTRATISTA podrá realizar las tareas en el horario de Lunes x Xxxxxxx de 08:00 a 17:00 horas, o en aquel horario que la INSPECCIÓN considere conveniente por razones operativas, y que será informado oportunamente por la misma.
Cuando por razones de trabajo el CONTRATISTA necesitare realizar tareas fuera de los días y horarios establecidos en párrafo anterior, deberá requerir autorización previa a la INSPECCIÓN, y cuando éste sea concedido, serán a su exclusivo cargo los costos adicionales que se originen de ajustarse al gremio al que pertenezcan.
No obstante lo indicado y siempre que el servicio se satisfaga en la cantidad de horas establecidas, de común acuerdo entre las partes se podrán modificar los horarios de inicio y finalización de la prestación.
• 8. Provisión de Materiales, Equipos y Herramientas
El CONTRATISTA proveerá, a su costo y cargo, la totalidad de los materiales como así también todos los equipos y las herramientas necesarios para la ejecución completa de los trabajos de mantenimiento.
Todos los materiales que sean provistos por el CONTRATISTA, deberán ser sometidos a la aprobación de la INSPECCIÓN. Si este requisito no fuera debidamente cumplido y documentado, la INSPECCIÓN se reserva el derecho de ordenar ejecutar nuevamente las instalaciones o trabajos realizados, con materiales aprobados, corriendo los gastos que ello genere por cuenta del CONTRATISTA.
Los equipos y materiales a suministrar por el CONTRATISTA deberán satisfacer las pruebas de rendimiento y/o calidad. El CONTRATISTA deberá garantizar el buen funcionamiento, operación, rendimiento y eficiencia de los equipos y materiales que emplee, siendo a su exclusivo cargo el reemplazo de todos los elementos que resulten inadecuados, fuera de especificación o defectuosos.
También estará a su cargo la provisión de todo otro material, ya sea fijo o de consumo, previsto o imprevisto y/o auxiliar.
Será obligación del CONTRATISTA, la reposición de elementos que se inutilicen o la reparación de los eventuales deterioros que puedan producirse en las instalaciones durante la ejecución de los trabajos.
• 9. Certificación de los Trabajos
Las valoraciones se realizarán únicamente por el cumplimiento de los avances reales, documentado con fotografías o filmaciones a cuenta y cargo del CONTRATISTA. No se certificará acopio de materiales, sino sólo aquellos que ya estén integrados a los trabajos.
Las solicitudes de Certificación se presentarán mensualmente los días 19 de cada mes y de ser día no laborable el día laborable anterior. Estas fechas podrán ser modificadas por la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN si por razones de orden interno ello fuese necesario, no dando esto lugar a reclamo alguno por parte del CONTRATISTA.
LA MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN en conjunto con el CONTRATISTA revisará cada Solicitud de Certificación, previo a su aprobación. El CONTRATISTA apoyará a la INSPECCIÓN en la citada revisión, proporcionando todos los datos, informes y pormenores que le sean requeridos.
Si el CONTRATISTA no acudiera o se abstuviese o dejase de enviar a un representante para la revisión, se considerará la valoración efectuada o aprobada por la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN como la correcta de los trabajos para el mes a certificar.
En el caso de que exista desacuerdo entre las partes sobre el cumplimiento de alguna tarea comprendida en los trabajos, ésta será excluida de la Certificación solicitada, abonándose el resto en la forma establecida. De existir
luego acuerdo entre las partes sobre su cumplimiento, la tarea en discusión será incorporada en la siguiente Certificación.
• 10. Recepción Provisoria
El servicio será recibido provisoriamente una vez terminados, a satisfacción de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN, la totalidad de los trabajos.
Cualquier falla y/o vicio detectado por la INSPECCIÓN deberá ser reparada en forma inmediata por el CONTRATISTA, y hasta tanto esto no ocurra, la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN podrá efectuar retenciones de los pagos pendientes.
Cuando la totalidad de los trabajos hayan sido realizados, y aprobados satisfactoriamente por la INSPECCIÓN, se labrará un ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA, que firmarán ambas partes.
• 11. Garantía Técnica
El CONTRATISTA garantizará técnicamente, por un período de doce (12) meses contado a partir de la fecha del ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA, la calidad de los materiales y la mano de obra provistos en virtud de los trabajos contratados, haciéndose cargo de reparar, a su costo y cargo, cualquier desperfecto que se detecte durante este período.
De reparar el CONTRATISTA alguna parte de los trabajos ejecutados, esas reparaciones serán garantizadas por un período de un (6) meses a contar de la fecha de finalización de la reparación, sin costo adicional para la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN.
• 12. Recepción Definitiva
La RECEPCIÓN DEFINITIVA se efectuará a los trescientos sesenta (360) días corridos contados a partir de la fecha del ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA, de no haberse utilizado la Garantía Técnica.
En su defecto, la RECEPCIÓN DEFINITIVA sólo se efectuará al concluir el período de garantía adicional sobre los elementos reparados.
De no existir reclamos pendientes de la INSPECCIÓN por los trabajos realizados por el CONTRATISTA, a la fecha de finalización del período de Garantía Técnica inicial o extendido, según corresponda, el CONTRATISTA solicitará la devolución de las Garantías y/o respectivos Fondo de Reparos.
Para documentar la RECEPCIÓN DEFINITIVA se labrará un ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA.
Con la RECEPCIÓN DEFINITIVA del trabajo, se asumirá la finalización del Contrato, oportunidad en que se devolverá al CONTRATISTA las Garantías y/o Fondo de Reparos, según corresponda.
• 13. Multas por Incumplimiento
La MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN aplicará multas al CONTRATISTA, las cuales serán retenidas de los importes de facturas a pagar o cualquier otro cobro que tuviera pendiente de pago el CONTRATISTA.
El monto total por multas no podrá exceder el equivalente al 20 % (veinte por ciento) del monto total del Contrato. Si esto aconteciera, la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN tendrá derecho a dar por resuelto el Contrato por incumplimiento del CONTRATISTA, requerir las indemnizaciones correspondientes y ejecutar la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, quedando la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN autorizada a contratar los trabajos con terceros x xxxxx del incumplidor.
ASPECTOS TÉCNICOS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
1. Servicio
Mantenimiento preventivo y correctivo de la señalización luminosa (semáforos, controladores de tránsito e instalaciones) instalados en las intersecciones que se detallan en el Anexo I de la “Sección XI”. Ejecución de plan de mejoras y conexión de intersecciones al sistema de control de transito ya instalado.
Detalle de los equipos e instalaciones a mantener: el detalle de los equipos y materiales a mantener se indican en el listado de cruces del Anexo I adjunto
2. Organización de las tareas
Plan de trabajos: dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la firma del contrato, el Contratista deberá presentar un diagrama en el que se indique la programación de los trabajos a realizar.
Inspección: la verificación y contralor de la ejecución de los trabajos estará a cargo de personal de la Municipalidad de Puerto Madryn, que estará encargado de verificar la calidad de los materiales, la ejecución de los trabajos y la medición de los mismos.
Tendrá a su cargo establecer las observaciones que correspondan sobre los problemas e inconvenientes propios de los trabajos que se realicen, y dar las soluciones que estime más convenientes, en el marco de lo estipulado en la documentación contractual.
Comunicaciones: el contratista deberá contar con un sistema informático para la gestión a través del cual se cursarán todas las comunicaciones con La Municipalidad de Puerto Madryn y se llevará un registro histórico de las mismas. Permitirá realizar la codificación de: sitio, reclamo, detección xx xxxxx, acción correctiva, persona interviniente, etc.
A los fines antes enunciados, el contratista deberá poner a disposición un miembro de su personal para capacitarse en la utilización del sistema provisto por la Municipalidad de Puerto Madryn.
Subsidiariamente, deberá llevar un registro de las tareas efectuadas en un libro de actas, donde se describa detalladamente la causa de interrupción y el tiempo (hora de inicio y de finalización) en que el equipo estuvo fuera de funcionamiento. Se deberá brindar informes de manera semanal ante la Dirección de Ingeniería y Vialidad de la Secretaría de Desarrollo Urbano sobre los desperfectos que hayan sufrido los equipos.
Se instalará en la sede del Concesionario el software necesario para que este pueda acceder a la información de la base de datos donde se encontrará la información de las tareas realizadas actualizada en forma diaria.
Procedimiento de actualización de la información: cada vez que una cuadrilla realice una tarea, ya sea de mantenimiento preventivo, correctivo o consecuencia de un reclamo, cumplimentará por cada sitio visitado el formulario de solicitud de reparación.
Al final de cada jornada de trabajo, el contratista volcará la información de cada formulario de solicitud de reparación a una planilla denominada Parte Diario.
La planilla de Parte Diario se enviará semanalmente vía correo electrónico al concesionario, donde, mediante un módulo del sistema de gestión de mantenimiento, se actualizará automáticamente la base de datos del sistema.
Reportes: mediante el sistema de gestión y utilizando la codificación de tarea, sitio, operario y elemento del sistema correspondiente, permitirá la emisión de reportes de mantenimiento para visualizar, por períodos predeterminados a elección del operador, (día, semana, mes, año, etc), distintos tipos de reporte, como, entre otros:
- Cantidad de elementos de cada tipo dañados por período.
- Número de intervenciones por sitio por período.
- Cantidad de intervenciones de un determinado operario.
- Cantidad de cambios de partes o piezas.
- Cantidad de siniestros por sitio.
- Cantidad de reclamos.
- Etc.
Libro de reclamos: en este libro de hojas duplicadas, con hojas numeradas correlativamente y rubricadas por la Inspección, serán asentadas cronológicamente todas las novedades recibidas a través de los distintos medios de comunicación. Se consignará como mínimo la fecha y hora de la recepción del reclamo, ubicación y descripción somera de la falla, denunciante y posteriormente el resultado de la Inspección o reparación efectuada con indicación de fecha, hora y responsable actuante.
3. Antecedentes
Las empresas que presenten ofertas deberán acreditar experiencia en la ejecución de tareas de iguales características a las solicitadas en el presente llamado.
4. Funciones del contratista.
Reparación y/o reposición de elementos en general: será obligación del Contratista reparar y/o reemplazar cualquier elemento integrante de las instalaciones que por envejecimiento, deterioro y otras causas, afecta el funcionamiento de las mismas.
La Municipalidad de Puerto Madryn podrá ordenar, a su juicio exclusivo e inapelable, la reparación y/o reemplazo que considere necesario.
En particular, deberá cumplirse permanente y fundamentalmente el correcto funcionamiento de las instalaciones, la necesaria aislación eléctrica de todas las partes bajo tensión y la adecuada seguridad eléctrica y mecánica.
Todos los trabajos que resulte necesario realizar en cumplimiento de esta finalidad y de lo expresado en el resto xxx xxxxxx, quedan comprendidos dentro del monto contratado.
En función de sus características, tales trabajos se hallan comprendidos en dos grandes grupos: mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo o por demanda, cuyo detalle y requisitos se establecen más adelante en los capítulos 6 y 7 de estas Especificaciones.
5. Visita a las instalaciones
Antes de cotizar, los oferentes deberán realizar un relevamiento de las instalaciones existentes en base al plano general de ubicación (Anexo I “Sección XI”).
6. Ejecución de las tareas
Alcance de los trabajos: los trabajos de mantenimiento de los sistemas de semáforos, como mínimo, comprenden:
• La puesta a punto de todas las instalaciones contemplando la limpieza y aplomado de todas las columnas y señales y el reacondicionamiento de todos los controladores y señales que así lo requieran. Esta puesta a punto de las instalaciones se cotizará en un ítem por separado.
• La verificación del funcionamiento.
• La conservación y mantenimiento de la red de alimentación a los controladores.
• La inspección y reparación de los controladores electrónicos.
• La conservación y mantenimiento de los semáforos y sus respectivos soportes, incluyendo la limpieza y el pintado de ambos.
• La conservación y mantenimiento de los elementos de comando.
• La reposición de lámparas, cualquiera fuese la causa que la motiva.
• La reparación y/o reposición de todos los elementos que resulten dañados por acción de terceros, por efectos climáticos o por cualquier otra causa.
Condiciones a mantener: para cada intersección se deberá mantener el ciclo de funcionamiento previsto.
Materiales a utilizar - condiciones básicas: los materiales y elementos a utilizarse para la ejecución de los trabajos serán iguales o mejores a los originales, debiendo la Contratista reemplazar todos aquellos que no cumplan con las especificaciones técnicas de la Ley Nacional de tránsito, con el objeto de no afectar funcional o estéticamente las instalaciones. En el inventario se detallará la nómina de aquellos.
Se exceptúan únicamente los casos de falta de fabricación en plaza, o de aquellos materiales que queden ocultos, siempre que igualen o superen en calidad a los originales y cuenten con aprobación de La Municipalidad de Puerto Madryn.
Muestras iniciales a presentar: antes del comienzo de los trabajos, el Contratista deberá presentar muestras de todos los materiales a utilizar en los mismos. No podrá instalarse ningún material que no haya sido previamente aprobado por la Inspección.
Muestras a extraer de las partidas: se extraerán muestras de toda partida de materiales y elementos destinados a ser utilizados en los trabajos, a fin de verificar si concuerdan en calidad con las muestras de las partidas iniciales.
Ensayos de laboratorio: todos los ensayos que resulte necesario efectuar se llevarán a cabo, en lo posible, en laboratorios oficiales y serán costeados por el Contratista.
Centro operativo: el Contratista deberá contar con un predio de superficie suficiente para atender las siguientes necesidades operativas:
• Taller de reparaciones: Equipado con máquinas, equipos y herramientas adecuadas para efectuar el acondicionamiento de los componentes de las instalaciones, así como del instrumental que permita efectuar mediciones eléctricas.
• Depósito de materiales: Dotado permanentemente de las siguientes existencias mínimas, expresadas en valores porcentuales de los totales que surjan del inventario:
Lámparas: 5% | Carcazas de semáforos:% |
Reflectores: 3% | Semáforos completos (por cada modelo): 1% |
Controladores electrónicos: 1% | Tableros en general (por cada tipo):1% |
Columnas (por cada tipo):2% | Tapas de aberturas en columnas (por cada tipo): 5% |
Cables (por cada tipo y sección): 100m |
En caso de resultar fracciones, se redondeará la reserva mínima al número entero inmediato superior.
Centro de Atención: se habilitará una oficina provista con línea telefónica para uso del servicio, con atención permanente las 24 horas. Asimismo deberá disponer del sistema de trunking, para facilitar las comunicaciones de su personal con el de La Municipalidad de Puerto Madryn .
Personal: para la prestación de los trabajos antes descriptos, el Oferente deberá indicar en su propuesta el listado de personal que afectará a las tareas para cumplir con la calidad de servicio requerida.
El Contratista deberá contar con un plantel de personal y de vehículos suficientes en cantidad, calidad e idoneidad para asegurar la correcta y completa realización de las tareas.
El personal que actúe en la vía pública será provisto de uniforme de trabajo.
Cuando se deban efectuar trabajos sobre la calzada, los operarios deberán utilizar un chaleco reflectante del color que defina la Repartición.
Los planteles mínimos que el contratista debe mantener en servicio serán determinados para cada caso en función del número de intersecciones a atender, quedando expresamente establecido que dichos planteles serán incrementados en la medida en que las necesidades lo impongan, por lo que su cumplimiento no libera al Contratista de todas las obligaciones que establece la documentación.
Limpieza de los trabajos: en caso de resultar necesario efectuar trabajos que demanden la apertura de la vía pública, el Contratista mantendrá la obra completamente señalizada y limpia en todas sus partes, efectuando el retiro de los materiales excedentes de las canalizaciones, reparación de aceras, muros, etc. Dejando la vía pública en debidas condiciones de higiene y transitabilidad. Bajo ningún concepto los materiales sobrantes podrán permanecer más de setenta y dos (72) horas en la vía pública.
Los suelos sobrantes de excavaciones y/o desechos de materiales que no fueran utilizados en las obras deberán ser transportados a los sitios que fije La Municpalidad de Puerto Madryn , el precio del acarreo estará incluido en el monto contractual.
Vehículos y equipos: el oferente deberá presentar un listado de vehículos y equipos que empleará en la obra en cuestión. Se deberá contar con un hidroelevador. Todos los vehículos estarán pintados de un mismo color, identificados individualmente y con una leyenda indeleble en lugar visible con la inscripción a determinar por la Repartición.
Estarán en perfecto estado de conservación, con todos los gastos pagos: Seguros, patente, combustibles, lubricantes, etc. La aprobación de los mismos deberá ser realizada por la Inspección de Obra .
Los vehículos tipo pesados (hidroelevadores, hidrogrúas, camiones, etc.) afectados a las tareas de mantenimiento no deberán superar los 7 (siete) años de antigüedad a contar del año en que se inicie la prestación del servicio, y los vehículos tipo livianos no tendrán que tener una antigüedad mayor a 6 (seis) años contados en la misma forma.
Estos vehículos deberán contar con luces giratorias xxxxxxxxx que resultarán claramente visibles y limitativas de la zona de trabajo de las unidades. Estas luces funcionarán sólo en el caso de que los vehículos estén ejecutando tareas de mantenimiento o, eventualmente, recorrido de supervisión del estado operativo de las instalaciones semafóricas.
Los vehículos deberán estar equipados con elementos de seguridad tales como: Conos de seguridad vial 1,20 m (6 unidades por vehículo) – reflectivos de seguridad – y las balizas rotativas deberán estar instaladas dos (2) en la parte trasera y 2 (dos) en la parte delantera en la hidrogrúa.
El oferente deberá indicar la cantidad y tipo de móviles que asignará a las tareas.
7. Daños a terceros
El contratista tomará las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes a personas o daños a propiedades y cosas, así ellos provengan de las maniobras del Centro operativo, de la acción de elementos o causas eventuales. Si a pesar de las precauciones adoptadas se produjeran, durante la ejecución de los trabajos, o como consecuencia de los mismos, accidente o perjuicios a personas o cosas, el Contratista queda obligado a reparar de inmediato el daño causado y/o indemnizar el perjuicio producido.
El Contratista deberá contratar un seguro que cubra la responsabilidad civil por daños causados a terceros con cláusula de no repetición en favor de la Municipalidad de Puerto Madryn, las pólizas correspondientes a este seguro, como así también las de accidentes de trabajo, deberán ser permanentemente actualizadas.
Eventualmente, el Contratista restituirá a La Municipalidad de Puerto Madryn los gastos que eroguen a ésta las acciones de indemnizaciones que se promovieran por accidentes de trabajo o daños a terceros o cosas,
pudiendo La Municipalidad de Puerto Madryn retener de las sumas que se le adeuden al Contratista la cantidad que estime conveniente, hasta tanto las reclamaciones o acciones formuladas por aquellos conceptos hayan sido definitivamente levantadas o terminadas, por gestión, y a xxxxx, del Contratista. Tales retenciones, cuando La Municipalidad de Puerto Madryn lo estime conveniente, podrán operarse también inmediatamente de ocurrido el hecho.
Cumplimiento de disposiciones vigentes: además de las disposiciones incorporadas al Pliego, el Contratista deberá tener en cuenta las disposiciones pertinentes sobre trabajos en la vía pública incluidos en Ordenanzas Municipales.
Finalización del contrato: a partir de la fecha de finalización del Contrato, dentro de la primera semana posterior, se efectuará conjuntamente un recorrido total de las instalaciones, para verificar el estado en que se encuentren las mismas. Se confeccionará en la ocasión un inventario físico de las mismas, en caso de no existir observaciones se confeccionará el Acta de Recepción provisoria.
De existir observaciones se labrará un Acta que las consigne, y se fijará un plazo adecuado e improrrogable para subsanar las deficiencias anotadas. Al término de dicho plazo se efectuará un nuevo recorrido conjunto, y en caso de subsistir las deficiencias pendientes o de haber sido estas no satisfactoriamente reparadas, se labrará un nuevo Acta, dejando constancia de ello.
El nuevo Acta tendrá carácter de Recepción Definitiva y La Municipalidad de Puerto Madryn dispondrá la ejecución de los trabajos necesarios para subsanar las deficiencias pendientes ya sea por administración o por terceros, deduciendo su valor de los certificados que se hallaren pendientes de pago o del fondo de Reparos.
8. Mantenimiento Preventivo
Se entiende por mantenimiento preventivo el conjunto de revisiones periódicas, reacondicionamientos, reemplazos masivos por término de vida útil y reparaciones que resulten necesarias efectuar para conservar a las instalaciones en las mejores condiciones de servicio posibles. El mantenimiento preventivo comprende:
Controladores:
*Verificación del funcionamiento de controladores electrónicos
- Verificar la longitud del ciclo, pulsos de sincronismo y avance
- Controlar los tiempos fijos
- Controlar el funcionamiento de todas las salidas de control de las lámparas
- Controlar el funcionamiento de relés y potenciómetros
*Pruebas
- Controlar las tensiones de red en los cruces con funcionamiento irregular
- Controlar el funcionamiento de los programas
- Controlar la secuencia de los puntos de cambio y los tiempos correspondientes a cada uno
- Controlar el funcionamiento de las demandas
*Limpieza
Los tableros de comando y/o protecciones, y sus correspondientes alojamientos, serán limpiados mediante soplete de aire seco. Asimismo, se procederá en cada ocasión a la limpieza y ajuste de los elementos componentes de los comandos y protecciones, oportunidad en que será reparado o reemplazado todo elemento defectuoso.
Se limpiarán las superficies y elementos del controlador con productos que no alteren su durabilidad. Se lubricarán los elementos necesarios.
*Periodicidad: Las tareas descriptas se realizarán semestralmente.
Semáforos:
*Revisión
- Comprende todas las partes integrantes de las unidades (cuerpos, puertas, burletes, borneras, tornillos de conexión, dispositivos de cierre, sistemas ópticos y viseras).
- Se reparará o cambiará todo elemento que se encuentre en condiciones deficientes, así como se procederá al recambio de los cristales de semáforos peatonales que presenten depreciación de sus condiciones iniciales.
óxido existente.
- En los casos que la visión de los semáforos quede obstruida por ramas de árboles, se procederá a recortarlas en forma de eliminar la interferencia.
*Limpieza
Los cuerpos de semáforos serán lavados con una solución de detergente neutro en agua, enjuagados con agua fría y secados. En caso de suciedad persistente se podrá frotar la superficie del reflector con un paño blando, esponja o cuero de gamuza, humedecidos con alcohol de quemar, kerosene, bencina o benzol. Se secará mediante frotación suave con paño blando, y se pasará sobre la superficie reflectora un paño blando humedecido con vaselina.
Para la limpieza a fondo de una superficie muy sucia, se utilizará agua jabonosa caliente, enjuagando y secando bien. En caso necesario se utilizará una solución del 20% de parafina en una mezcla de aguarrás bencina (1:1), frotando finalmente con paño blando. El paso final consistirá en el pasado de un paño blando, humedecido con vaselina.
Queda absolutamente prohibido el empleo de medios abrasivos o alcalinos, para la limpieza del reflector.
En cuanto a la lámpara se limpiará con cepillo xx xxxxx suave o pincel de pelo, y en caso necesario se repasará el bulbo con paño húmedo, secando con paño blando.
Los cristales serán lavados con una solución jabonosa o de detergente en agua tibia, tanto por dentro como por fuera, enjuagando de inmediato y secando con paño limpio. Se prohíbe el uso de limpiadores abrasivos.
*Repintado
Se efectuará con la periodicidad que se establezca para las tareas de revisión y limpieza. El repintado se hará en taller. Se lijará suavemente la superficie a tratar, y se aplicará a soplete una mano de esmalte sintético de color gris vial.
*Armado
Una vez limpiadas las partes, se procederá al armado y ajuste de los elementos constitutivos del semáforo, que será instalado nuevamente, conservando su correcta ubicación respecto del sentido de circulación correspondiente. Se deberá controlar el ajuste de las tuercas que permiten el giro de la unidad, a fin de impedir todo desplazamiento posterior y finalmente, el correcto cierre de las puertas de cada sección.
*Periodicidad: La verificación y limpieza se realizará dos (2) veces por año y la pintura por única vez en este servicio y cada vez que al verificar un semáforo se determine que la pintura se ha deteriorado.
Columnas y elementos de fijación:
*Revisión
Se verificará el estado de la bornera de conexión y previa limpieza de la misma, se procederá a la aplicación de una capa de goma laca o barniz aislante, así como el recambio del burlete o guarnición de goma de la tapa de la columna, si fuera necesario. Las borneras que presenten deterioros irreparables deberán cambiarse.
Asimismo, se limpiará el tablero de derivación con soplete de aire seco, y se verificará la aislación del cable de derivación, así como la resistencia de puesta a tierra.
*Limpieza
Todas las columnas y los soportes en ellos montados serán lavados en toda su extensión con una solución jabonosa o de detergente en agua tibia, enjuagando de inmediato y secándolas.
En caso de manchas grasas que no respondan al tratamiento, se utilizará para su remoción un diluyente adecuado, que no ataque la pintura.
Se quitará todo panel o anuncio que se halle adherido a la columna, mediante raspado suave previo enjuague abundante. Previo a la limpieza de la columna se procederá a verificar su verticalidad y, en su caso, la correcta orientación del brazo.
*Repintado de columna
Se procederá a lijar suavemente la parte de superficie de la columna que presente la pintura con un estado normal de depreciación. Donde la pintura se encuentre más deteriorada, el lijado se hará a fondo y se procederá a extender una mano de pintura convertidora de óxido.
La determinación del sector a tratar de este último modo, queda a cargo exclusivo de La Municipalidad de Puerto Madryn
Sobre la superficie lijada se aplicará una mano de esmalte sintético para intemperie, y sobre la superficie tratada con convertido de óxido, las manos de esmalte a aplicar serán dos (2).
procederá a pintar la columna, así como la pintura asfáltica que emerge sobre la sección de empotramiento, repasando y reponiendo, de ser necesario, el sellado asfáltico.
En el caso de columnas galvanizadas, serán tratadas con pintura galvanizante en frío.
En caso de discrepancias sobre la oportunidad y/o necesidad de estas operaciones, la decisión de La Municipalidad de Puerto Madryn será inapelable.
*Periodicidad
Las tareas de revisión y limpieza se realizarán dos (2) veces por año en cada equipo. La pintura se realizará cada vez que al verificar un semáforo se determine que la pintura se ha deteriorado.
Limpieza y repaso de buzones
*Revisión
El mantenimiento de los tableros de distribución, compartidos con los sistemas de iluminación, estará a cargo de la prestataria del Servicio de Energía Eléctrica. El Contratista será responsable de los tableros y/o buzones que correspondan exclusivamente a los sistemas de señalización, aún cuando se trate de paneles de tableros generales.
Se comprobará el estado de los elementos constitutivos de los buzones y de los contenidos en su interior, procediendo al recambio de todo aquello que se encuentre en condiciones deficientes.
En los tableros de distribución se efectuará limpieza completa interior y exterior, aceitado de bisagras y revisión de dispositivos de cierre, reparando y cambiando aquellas partes que no funcionen satisfactoriamente.
Cuando las condiciones de conductividad de los puntos de contacto eléctrico, estén alteradas a raíz de que los mismos se encuentren sulfatados o sucios, se limpiarán con cepillos de alambre de bronce, aplicando luego goma laca o barniz aislante donde corresponda.
*Limpieza
Los buzones y/o tableros de comando y protecciones, y sus correspondientes alojamientos, serán limpiados mediante soplete de aire seco.
Complementariamente se efectuará el engrase de bisagras y comprobación del ajuste en el cierre de las puertas.
*Retoques de pintura
Todas las partes que se encuentren con oxidaciones, ralladuras, abolladuras o desprendimientos de pintura, serán reparadas y repintadas totalmente, de acuerdo a las reglas del arte. Se repetirán los pasos indicados para las columnas.
Los elementos de hormigón o mampostería que se encuentren deteriorados serán tratados con dos manos de caucho clorado.
Los retoques de pintura se realizarán cada vez que sea necesario, mínimo una (1) vez al año.
Puesta a tierra:
*Revisión
Se controlará la fijación de las terminales a la jabalina y se eliminarán los elementos de depósito negativo y/o suciedad que resten efectividad al contacto limpiándose con un cepillo de alambre de bronce y cambiando los elementos que sean necesarios.
*Verificación
Se verificarán las condiciones de puesta a tierra de toda la instalación, incluyendo al cable de interconexión y se realizará una medición de resistencia óhmica con telurímetro a fin de verificar que las mismas cumplen con las condiciones técnicas establecidas. En caso de comprobarse el no cumplimiento de los valores mínimos fijados, se procederá a realizar los ajustes necesarios hasta que se obtengan los valores apropiados, (menores o iguales a 452) utilizando jabalinas que permitan modificar la situación existente.
*Limpieza
Se eliminará del interior de la caja, la tierra acumulada y se procederá nuevamente al cierre de la misma, previo quitado de la película anterior.
*Periodicidad
Las operaciones indicadas serán efectuadas una (1) vez al año, debiendo presentar la planilla de valores obtenidos, en la que conste la fecha de cada medición.
*Nivelación y aplomado
Todos los elementos que componen las instalaciones deberán mantenerse nivelados y aplomados.
Horario de atención: lunes a viernes de 8 a 17 horas
9. Mantenimiento Correctivo
*Generalidades
En caso de encontrarse daños mayores debido a causas de distinta naturaleza, tales como accidentes de tránsito, destrucción por incendio, escapes de gas, cortocircuitos, daños producidos por empresas de servicios públicos o actividades particulares y en general todos aquellos daños aleatorios que sean causados por terceros, deberán ser reparados en forma inmediata por el Contratista y notificados a La Municipalidad de Puerto Madryn en forma fehaciente.
Las reparaciones de daños ocasionados por actos de vandalismo, serán por cuenta y cargo del La Municipalidad de Puerto Madryn
En este caso deberá asentarse en el Libro xx Xxxxxxxxx del sistema la novedad registrada, detallándose los daños, el grado de afectación en el funcionamiento de las instalaciones, fecha de detección y el plazo previsto para la reparación. Una vez puesto en servicio el cruce, deberá efectuarse la comunicación en la forma establecida.
Los plazos para las reparaciones que seguidamente se establecen, son máximos y se computarán a partir del momento en que la falla sea detectada mediante recorrido de verificación del Contratista o de La Municipalidad de Puerto Madryn. Para fallas comunicadas por autoridades policiales, vecindario, usuarios, etc. los plazos comenzarán a regir a partir del momento de recepción del reclamo por parte del Centro de Recepción de Reclamos del Contratista.
Controladores:
Toda falla será reparada en forma inmediata fijándose como plazo máximo dos (2) horas. En los casos en que sea necesario reponer parcial o totalmente el equipamiento de comando, La Municipalidad de Puerto Madryn, tomando en cuenta las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar, fijará el plazo correspondiente.
Instalaciones:
*Instalaciones semafóricas en una intersección
Toda falla o daño será reparado en forma inmediata fijándose como plazo máximo dos (2) horas. Para el caso de daños mayores, el Contratista arbitrará los medios para restablecer el servicio en un plazo máximo de seis
(6) horas, admitiéndose soluciones de emergencia. Para la reparación definitiva, La Municipalidad de Puerto Madryn fijará el plazo correspondiente en función de la magnitud y complejidad de los trabajos a realizar.
*Lámparas
El Contratista deberá proceder a la reposición de las lámparas rotas, agotadas o quemadas, utilizará a tal fin lámparas nuevas sin uso, consignando en cada una de ellas, por medio adecuado, la fecha de su colocación. Se realizará el reemplazo de las lámparas quemadas, de manera de mantener el 100% del sistema funcionando. Las lámparas deberán tener el filamento en la posición adecuada y el foco en el sistema óptico.
Se utilizarán lámparas de 8000 horas de vida útil (4% xx xxxxx a los seis meses de instaladas).
En el caso de tratarse de un sistema óptico a Leds, deberá reemplazarse el módulo correspondiente que deben tener las medidas y formas exactas, de forma que permitan su intercambiabilidad, de calidad certificada según normas vigentes.
Plazo para esta operación: Doce (12) horas, si representa salida de servicio y veinticuatro (24) horas si no existe salida de servicio.
*Protecciones quemadas
Se verificará el origen y ubicación de la falla que lo motive y previa reparación de ésta, se procederá a reponer la o las protecciones quemadas.
Plazo para esta operación: cuatro (4) horas.
*Conductores eléctricos y bornes
Las fallas producidas deberán ser reparadas de acuerdo con las reglas del arte y los recursos técnicos más eficientes, a entera satisfacción de La Municipalidad de Puerto Madryn. En los casos en que las reparaciones demanden realizar excavaciones, serán estrictamente observadas las especificaciones técnicas de montaje.
Plazo para esta operación:
- Conductores en columnas o en cañerías: doce (12) horas
- Conductores enterrados directamente en tierra: venticuatro (24) horas
*Columnas
En casos de caída de columnas o semáforos, se procederá como determina el artículo siguiente y posteriormente a la normalización del servicio.
Plazo para esta operación:
- Si no implica hormigonado de bases de columnas: doce (12) horas
- Si demanda hormigonado de bases de columnas: cuarenta y ocho (48) horas
*Horario de atención
Días laborables | De 8 a 17 horas | Fallas de todo tipo |
Xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados | Las 24 horas | Guardia pasiva |
Guardia pasiva: Sólo atiende reclamos por salidas de servicio o por daños que impliquen riesgo para terceros. NOTA IMPORTANTE: Durante el primer mes del servicio contratado, el adjudicatario deberá realizar las tareas de mantenimiento correctivo necesarias para dejar las instalaciones en perfecto funcionamiento.
10. Especificaciones Técnicas de Materiales
Columnas rectas o con pescante:
*Características generales
El material de las columnas tubulares xx xxxxx se establece en las normas IRAM 2591 y 2592.
El diseño, dimensiones y demás disposiciones, serán las indicadas en los planos respectivos, que se adjuntan a este Pliego. El escalonado entre los distintos tramos habrá de hacerse con una curva de transición, lograda por el procedimiento que se considere más adecuado, observando siempre que la resistencia del conjunto sea la exigida y que las soldaduras no sean visibles una vez pintadas.
Las columnas tendrán perforaciones y aberturas para el pasaje de cables y alojamiento de tableros, cuyas medidas y disposición se indican en los esquemas. Las aberturas serán rectangulares y libres de rebarbas o bordes filosos.
La parte recta de las columnas no deberá desviarse de la línea recta más de 3mm por cada metro de separación. La flecha máxima admisible será del 1,5% de la longitud desarrollada de la columna fuera del empotramiento.
Los pescantes serán separados, la longitud de brazo y el ángulo respecto al plano horizontal serán los indicados en los esquemas, admitiendo una discrepancia de 2% con respecto al ángulo nominal.
En todo aquello que no se especifique se ajustarán a la norma IRAM 2619.
Cables:
- Conductores de cobre o aluminio: Deberán cumplimentar la norma IRAM 2220
- Para puesta a tierra: Será conductor de cobre, sin aislación, debiendo cumplir la norma IRAM 2011.
Semáforos:
Los semáforos y elementos auxiliares deberán cumplimentar las Especificaciones Técnicas adjuntas.
11. Sanciones
Por incumplimiento del Plan de Mantenimiento Preventivo: cuando la marcha de los trabajos de mantenimiento preventivo no se ajuste a lo especificado en el plan y hubiesen sido excedidas las tolerancias establecidas, se aplicará una multa equivalente al 1% de la certificación mensual por cada ítem incumplido.
Por excederse del plazo establecido para las reparaciones inmediatas: por cada cruce que permanezca fuera de servicio, una vez transcurrido el plazo máximo fijado para la reparación y siempre que ello no resulte imputable a deficiencias en el suministro de Energía Eléctrica debidamente documentada, se aplicará una multa equivalente al 10% de la certificación mensual por día.
Por incumplimiento de plazos de reparación de daños y traslado de instalaciones: por cada día de atraso se aplicará una multa del 10% sobre el monto de la certificación mensual.
Por falta de materiales en Depósito: cuando las existencias de materiales se hallen por debajo de los límites mínimos establecidos, se aplicará una multa diaria del 0,5% sobre el monto de la certificación mensual, por cada uno de los rubros en esta condición.
Por falta de atención en centro de atención de reclamos: por cada hora o fracción mayor de 10 minutos que en el centro de recepción de reclamos no se atiendan llamadas telefónicas en general, incluido el trunking, se aplicará una multa equivalente al 1% de la certificación mensual.
Por incumplimiento de Órdenes de Servicio: se aplicará en cada caso, una multa del 5% sobre el monto de la certificación mensual.
Por uso de materiales indebidos, por trabajos defectuosos, por la existencia de vicios ocultos y la falta de equipos xx xxxxxxx: por cada caso comprobado se aplicará una multa equivalente al 10% del monto de la certificación mensual.
Por realización de trabajos fuera de las normas de seguridad vial exigida por la concesionaria: se aplicará una multa del 10% de la certificación mensual, cuando se realicen trabajos fuera de las normas.
Por falta de Equipos xx Xxxxxxx: se aplicará una multa equivalente al 10% de la certificación mensual, ante la detección de la falta de equipos xx xxxxxxx.
12. Traslados
Dentro del monto contractual estarán incluidos los traslados de instalaciones, se entiende por traslados todas las reubicaciones de componentes dentro del Área de Concesión, no incluyendo obras civiles, solamente el desmontaje y montaje de las mismas. No considerándose adicionales de obra.
13. Reprogramaciones
Todos los cambios de programas, tomas de tiempo o verificaciones que sea necesario realizar a solicitud de La Municipalidad de Puerto Madryn, no serán considerados adicionales de obra.
SECCIÓN V
TRABAJOS A REALIZAR
PRIMERA: DISPOSICIONES VARIAS
a) Demolición de obras varias:
Los cortes de la carpeta asfáltica o de hormigón deberán realizarse mediante disco de aserrado (no picado). La Contratista para la ejecución de la obra queda obligada a ejecutar la demolición de todas las obras existentes necesarias ubicadas en la zona que comprenden los trabajos, debiendo retirar de la misma todos los materiales provenientes de las demoliciones de acuerdo a las órdenes que al efecto disponga la inspección que designe la DIV.
La Contratista seleccionará y suministrará los lugares de depósito de los materiales fuera de la zona de la obra cumpliendo con todas las disposiciones municipales vigentes sobre el particular.
b) Limpieza final de la obra:
Una vez terminados los trabajos, la Contratista está obligada a retirar de las zonas adyacentes, dentro del total de la zona de obra, todos los sobrantes y desechos de materiales, cualquiera sea su especie, como asimismo ejecutar el desarme y retiro de todas las construcciones provisorias utilizadas para la ejecución de los trabajos. Todos los gastos que demande el cumplimiento de las presentes serán por cuenta exclusiva de la Contratista.
c) Ocupación de Terrenos:
Será responsabilidad de la Contratista y por su cuenta exclusiva, la ocupación de terrenos privados para instalar el obrador.
La Contratista será la única responsable de los daños y perjuicios emergentes de la ocupación temporaria de la propiedad privada, debiendo cumplir en todo momento con las ordenanzas municipales y reglamentaciones policiales vigentes.
d) Interrupción de Calles:
La Contratista deberá realizar los cortes sobre las calles de modo de no impedir el tránsito en su totalidad. Para este fin, sólo se autorizará a cortar media calzada para realizar las tareas de rotura, excavación y reparación, hasta la habilitación definitiva, pudiendo recién entonces proceder al corte de la siguiente mitad.
e) Compactación:
La inspección podrá, de considerarlo imprescindible, prohibir el uso de equipos vibratorios para la compactación de las distintas etapas de obra, cuando la proximidad de vivienda y/o redes de infraestructura así lo aconsejan.
f) Mantenimiento de tránsito y organización de los trabajos
La Contratista desarrollará los trabajos de manera tal de no provocar interrupciones o alteraciones al tránsito muy prolongadas (superior a los 15 (quince) días corridos), en cada sector del tramo.
g) Energía eléctrica para la construcción:
Serán por cuenta de la Contratista los gastos que se originen para los suministros de energía necesaria para la ejecución de los trabajos.
SEGUNDA: VEREDAS
La Contratista procurará por todos los medios afectar en el menor grado posible las veredas existentes. Las que resulten deterioradas deberán ser reparadas por la Contratista, no recibiendo pago adicional alguno por dicho trabajo.
Los materiales utilizados en la reparación serán del mismo tipo y calidad de los originales, debiendo ser aprobados previamente por la inspección.
La Contratista deberá documentar fotográficamente la totalidad de las veredas y cruces de calles afectados antes de iniciar las tares de rotura, debiendo presentarlas a la inspección para corroborar la correcta reparación al finalizar la obra
(la Municipalidad, a través de su inspección no autorizara a la Empresa a comenzar con ninguna demolición de la senda peatonal sin que estén en la Oficina de la Secretaría de Desarrollo Urbano, las fotografía de todas las veredas antes de comenzar los trabajos).
El no cumplimiento de esta etapa autoriza a la Municipalidad a paralizar parcial o totalmente la obra.
TERCERA: MATERIAL PARA BASES
Los distintos ensayos indicados en este capítulo podrán ser solicitados por la inspección, sin que por ello impliquen pago adicional alguno, y se realizarán sobre muestras tomadas cada vez que la inspección lo indique. Los costos derivados de la totalidad de extracciones de muestras y de todos los ensayos solicitados correrán por cuenta de la Contratista.
En caso de que a juicio de la inspección el material utilizado no sea conveniente, el mismo deberá ser retirado de la obra y transportado y depositado en el lugar que indique la inspección, debiendo ser repuesto con material de buena calidad. Toda esta tarea correrá por cuenta y a cargo de la Contratista.
Para la utilización de equipos vibratorios en los trabajos de compactación será necesario contar con expresa aprobación de la inspección.
Todo cambio de procedimiento deberá ser previamente aprobado por la inspección y podrá ser suspendido por la misma cuando considere que no permite la obtención de un resultado correcto.
CUARTA: SUBRASANTE
Se considerará como sub-rasante aquella porción de superficie que servirá de asiento o fundación para la base a construir.
Efectuado el movimiento de suelo necesario y alcanzar las cotas de proyecto de sub-rasante, la Empresa Autorizada solicitará aprobación de niveles a la inspección de la Obra.
Previo a ello se compactará en una capa de 10 cm, trabajo que debe ser inspeccionado por la Municipalidad. El no cumplimiento de esta etapa autoriza a la Municipalidad a paralizar parcial o totalmente la obra.
En caso de requerirse una verificación de la compactación lograda, deberá conseguirse una densidad mayor del noventa y cinco por ciento (95%) de la máxima densidad obtenida en el ensayo Xxxxxxx Modificado T-180, con el contenido de humedad óptimo.
QUINTA: BASE
La base deberá tener un espesor mínimo según lo indicado en los planos (el espesor final no será menor a 15 cm dispuesto en dos capas), y estará constituida por una mezcla uniforme agregado pétreos graduados, suelo y agua y que se compactará, trabajo que debe ser inspeccionado por la Municipalidad.
En caso de requerirse una verificación de la compactación lograda para lograr la aprobación de la base, se podrán tomar muestras en la cantidad y lugar que indique la inspección, debiendo cumplirse que la densidad obtenida sea como mínimo igual al 99% de la densidad máxima obtenida en el ensayo Xxxxxxx Modificado. En caso de no cumplirse estos requisitos deberán repetirse los trabajos hasta obtener los valores exigidos.
El no cumplimiento de esta etapa autoriza a la Municipalidad a paralizar parcial o totalmente la obra.
SEXTA: MATERIALES
Muestras y Ensayos
a) Muestras: El Contratista presentará a la Inspección sin cargo alguno cuando ésta lo requiera, muestras de todos los materiales a emplearse, en las cantidades necesarias para ser sometidas a los ensayos y análisis normales.
Las muestras deberán indicar procedencia, nombre de la fábrica, marca de la fábrica, tipo de fabricación, etc., las que además deberán estar firmadas por el Contratista.
b) Ensayos: Para los ensayos de los materiales especificados en este capítulo se aplicará lo dispuesto en el reglamento CIRSOC 201 y normas IRAM correspondientes.
Si los resultados de ensayos no concordaran con los exigidos en el presente pliego, se ordenará el retiro o corrección de los materiales defectuosos, a juicio de la Inspección, y en caso de que los mismos se hubieran utilizado, se podrá ordenar la reconstrucción de las partes afectadas.
SEPTIMA: MATERIALES DESFECTUOSOS
Todos aquellos materiales que no conforme a los requerimientos de estas especificaciones sean considerados defectuosos, serán rechazados. Salvo permisos especiales de la Inspección, se exigirá su retiro inmediato de la obra.
Todo material rechazado cuyos defectos hayan sido corregidos, no podrá ser utilizado hasta que la Inspección entregue la autorización escrita correspondiente.
OCTAVO: MATERIAL DE BASE
El material de base estará compuesto de agregados y suelo calcáreo o arenoso debiendo responder a las siguientes características:
a) Granulometría
Tamiz IRAM | % que pasa |
1½" | 100 |
1" | 70-100 |
3/4" | 60-90 |
3/8" | 45-75 |
Nº4 | 35-60 |
Nº10 | 25-50 |
Nº40 | 15-30 |
Nº200 | 3-10 |
b) Características físicas Límite líquido (L.L.) <= 25 Índice de Plasticidad (I.P.) <= 6 Sales < 1,5%
Sulfatos < 0,5%
NOVENA: MATERIAL PARA SUELO ADICIONAL
a) Granulometría
Tamiz IRAM | % que pasa en peso |
1” | 100 |
3/4” | 70-100 |
3/8” | 50-80 |
4 | 35-65 |
10 | 25-50 |
40 | 15-30 |
200 | 5-15 |
b) Características físicas
C.B.R. mayor o igual que doce (12) Índice de Plasticidad menor xx xxxx (10)
Límite líquido menor de treinta y cinco (35)
Hinchamiento menor de (1) por ciento (medido en el ensayo C.B.R) Contenido de sales menor de uno y medio por ciento (1,5 %)
DECIMA: ACEROS
Deberán utilizarse xxxxxx xx xxxxx con límite de fluencia característico σs = 420 MN/m² = 4200 kg./cm²; tipo III del Reglamento CIRSOC-201.
La conformación superficial debe ser nervurada, salvo cuando se utilicen en la ejecución de pasadores.
El acero para armaduras empleado deberá cumplir con todos los requisitos indicados en el apartado 6-7 del Reglamento CIRSOC-201.
Los empalmes de las armaduras deberán hacerse de acuerdo a las especificaciones del Reglamento CIRSOC 201 - Capítulo 18.
DECIMO PRIMERA: HORMIGON ELABORADO Para la reparación de la calzada se utilizará hormigón elaborado de calidad mínima H-21 (dosificación mínima 350 kg/m3). Deberá presentarse a la inspección los remitos de entrega del hormigón, de acuerdo con la norma IRAM 1666 parte 2.
En aquellos casos en que no se justifique la utilización de hormigón elaborado, se solicitará a la inspección el dosaje del hormigón a ser fabricado en obra. Esta modalidad deberá ser autorizada por la inspección y será sometida a los ensayos que la misma determine, en función de la norma IRAM 1666 parte 2.
DECIMO SEGUNDA: ADITIVOS
Cuando la Inspección lo requiera podrá indicarse el uso de aditivos.
El Contratista deberá presentar a la Inspección las especificaciones de los aditivos a utilizar y suministrar las muestras que ésta considere necesarias para su aprobación. En ningún caso se emplearán aditivos sin la correspondiente aprobación por parte de la Inspección. Todas las partidas de aditivos deberán ser ensayadas para su aprobación previo a su uso en obra.
Agente Incorporador de Aire: Deberá utilizarse para mejorar el comportamiento del hormigón frente a acciones atmosféricas severas, como es el caso de heladas de consideración. El porcentaje total de aire incorporado deberá estar comprendido dentro de los límites establecidos en las Normas del Reglamento CIRSOC 201.
Agente Acelerador de Fragüe: Deberá incorporarse al hormigón en las cantidades estipuladas en el Reglamento CIRSOC 201.
Agente Acelerador de Resistencia: El mismo podrá ser indicado en aquellos casos en que resulte necesario efectuar una rápida habilitación al tránsito, debiendo incorporarse en las cantidades especificadas en las Normas del Reglamento CIRSOC 201.
Agente Fluidificante: Podrá ser requerido por la Inspección en caso que el Hormigón no alcance los valores de resistencia indicados en el presente pliego, debiendo en ese caso ser utilizado como agente reductor de agua.
Agente Generador de Membrana de Curado: Si a juicio de la Inspección el método de curado utilizado no es satisfactorio, la misma podrá indicar el uso de este aditivo, como así también la combinación de diferentes tipos de protección.
Para la aprobación de los mismos rigen las especificaciones dadas en el Reglamento CIRSOC 201.
El uso de aditivos no recibirá pago directo alguno, considerando su costo incluido dentro del Ítem "Pavimento de Hormigón".
DECIMO TERCERA: MATERIALES PARA SELLADO DE JUNTAS
Todos los materiales que se requieren serán provistos por el Contratista, salvo expresión contraria que debe figurar en el formulario de propuesta y sus características deberán reunir las siguientes condiciones:
Material Bituminoso: El betún deberá tener una penetración 40-50 a 25°C, y punto de fusión 45°C u otro de similares características:
Ductilidad a 25°C, 5 cm/minuto 100 cm.
Peso específico a 25°C l Kg/dm³.
Punto de ablandamiento (anillo y esfera) 45°C Punto de inflamación, Vaso abierto Cleveland 230°C Pérdida de calentamiento a 163°, 5 horas 1%
Solubilidad en CS2 99,5%
Solubilidad en CL4 99%
Oliensis Negativo
Penetración 25°C, 100 gr, 5 seg. del residuo Comparado con el original
75%
DECIMO CUARTA: MOVIMIENTO DE SUELOS
- Remoción y reubicación de obstáculos
El movimiento de tierra y su transporte necesario para la realización de cada Ítem, está incluido en el precio de los mismos. También comprende los trabajos necesarios para la correcta ubicación, y relocalización de ser necesario, de instalaciones subterráneas de servicios públicos o privados, señalización vial, etc.
- Tapas de cámaras cloacales
- Braseros y válvulas
- Losas y bocas de acceso alcantarillas
- Tapas de alcantarillado
- Carteles viales, nomencladores
- Cestos de basura, extracción de árboles (autorizado por Secretaría de ecología y Protección Ambiental) El Contratista deberá proveer y transportar el suelo necesario para todos los Items.
El excedente de suelo o los no aptos para su utilización serán depositados en el lugar que indique la Inspección, quedando a cargo del Contratista la carga, transporte y descarga hasta el lugar que aquella indique.
-Perfilado de la subrasante
Efectuado el movimiento de suelo necesario, y alcanzadas las cotas de proyecto de subrasante, el Contratista solicitará inspección de niveles a la Inspección de la Obra. Previo a ello, la subrasante se perfilará convenientemente en un ancho igual al ancho xx xxxxxxx más 0,20 m a cada lado del mismo o en el ancho neto a pavimentar si existiesen cordones cuneta.
Para el caso de subrasante de cordones cuneta el ancho será de 0,10 m a cada lado.
-Ejecución de base granular
Este trabajo consiste en la ejecución de una base estabilizada constituida por una mezcla íntima y uniforme de agregados gruesos, suelo y agua, compactada convenientemente. El Contratista proveerá el material granular de base al pie de obra disponiendo para ello de un equipo mínimo necesario para la extracción y transporte del material.
Los materiales utilizados en la ejecución de bases serán extraídos del lugar que indique la Inspección y deberán ser preparados en el yacimiento y acopiados en el mismo en fracciones que cumplan las exigencias especificadas en el Art. 9 de la presente sección.
Las distintas fracciones de agregados deben acopiarse en forma tal que no se produzcan mezclas. No se permitirá el empleo de agregados que se hayan mezclado con materiales extraños cualquiera sea la clase de éstos.
Todas aquellas tareas necesarias para la correcta selección de los áridos como por ejemplo: destape, homogeneización, zarandeo, etc., correrán por exclusiva cuenta del Contratista.
Antes de que se permita depositar los materiales para la base sobre la superficie a recubrir, el Contratista deberá contar con la aprobación escrita de la Inspección, siendo el único responsable del cumplimiento de este requisito. La superficie a cubrir con el material granular de base deberá permanecer en estas condiciones antes de su relleno durante un período mínimo de 72 horas corridas.
La Inspección determinará con su aprobación si se hallan terminadas todas las partes constitutivas de las obras básicas que correspondan a la obtención de un trabajo correcto y definitivo para proceder a autorizar la tarea de depósito del material granular correspondiente.
La base deberá tener un espesor mínimo según lo indicado en los planos de la obra, y estará constituida por la mezcla íntima y uniforme xx xxxxxxxx pétreos graduados, suelo y agua y se compactará en dos capas de no más de 15 cm, trabajo que debe ser inspeccionado por la Municipalidad. El no cumplimiento de esta etapa autoriza a la Municipalidad a paralizar parcial o totalmente la obra.
En caso de requerirse una verificación de la compactación lograda, deberá conseguirse una densidad mayor del noventa y cinco por ciento (95%) de la máxima densidad obtenida en el ensayo Xxxxxxx Modificado T-180, con el contenido de humedad óptimo. Los ensayos se realizarán sobre muestras tomadas cada vez que la Inspección lo indique.
En caso que a juicio de la Inspección el material utilizado no sea conveniente, el mismo deberá ser retirado de la obra y transportado y depositado en el lugar que indique la Inspección, debiendo ser repuesto con material de buena calidad. Toda esta tarea correrá por cuenta y cargo del Contratista.
En cuanto al método constructivo se aceptará toda alternativa que permita cumplir con los requisitos referentes a composición y características de las mezclas, sección transversal, perfilado de la superficie y compactación adecuada. Para la utilización de equipos vibratorios en los trabajos de compactación será necesario contar con expresa aprobación de la Inspección.
Todo cambio de procedimiento deberá ser previamente aprobado por la Inspección y suspendido por la misma cuando considere que no permite la obtención de un resultado correcto.
-Reubicación de tapas y perfilado de la calzada
Efectuados los cordones cuneta, badenes y aletas, se reubicarán las tapas de redes al nivel de rasante xx xxxxx, etc. y antes de habilitar al tránsito se procederá al relleno o excavación necesaria para perfilado de la calle a fin de reconstruir el gálibo de la calzada y facilitar el acceso de los vecinos frentistas a sus domicilios. Esta tarea es completa, computada y presupuestada dentro del ítem “Perfilado xx xxxxxxx”
DECIMO QUINTA: CORDONES CUNETA Y BADENES
-Procedimiento constructivo
Consiste en la ejecución de cordones cuneta y badenes. Estará construido sobre una base granular previamente preparada y aprobada de acuerdo a las indicaciones dadas en las siguientes especificaciones técnicas.
Los procedimientos constructivos serán los que la técnica más perfeccionada aconseje y se ajustarán a estas Especificaciones. El personal obrero tendrá suficiente experiencia como para que el trabajo se realice satisfactoriamente, el equipo de trabajo sea correctamente utilizado y la obra resulte en un todo de acuerdo a lo establecido en estas Especificaciones. El personal que no realice el trabajo con la habilidad necesaria o aquel que dificulte la realización de la Obra en las condiciones que se establecen en estas Especificaciones, deberá ser retirado de los lugares de trabajo.
-Colocación xx xxxxxx
Estos se colocarán sobre la base firme y compactada de conformidad con los alineamientos y pendientes indicados en los planos, se los unirá rígidamente para mantenerlos en correcta posición y se empleará para fijarlos no menos de una estaca o clavo por metro lineal. Los moldes deben apoyar bien sus bases para que se mantengan firmes en toda su longitud.
Debajo de la base de los moldes no se permitirá, para levantarlos, la construcción de rellenos de tierra y otro material.
Cuando sea necesario un sostén adicional, la Inspección podrá exigir la colocación de estacas apropiadas debajo de la base de los moldes para asegurar el apoyo requerido.
La exactitud de la colocación de los moldes tanto en la alineación como en las pendientes será controlada para asegurarse de que respondan a las asignadas en los planos. Se emplearán en su posición adecuada y se les
mantendrá de acuerdo con las pendientes y alineamientos verdaderos por lo menos en una longitud no inferior a 100 (cien) m delante del punto en que esté colocado el hormigón. El Contratista deberá tener en la Obra una cantidad suficiente xx xxxxxx para que no sea necesario sacarlos antes de que el hormigón tenga 12 (doce) horas como mínimo de colocación. Los moldes deberán limpiarse completamente y aceitarse cada vez que se empleen de nuevo. Las juntas o uniones de los moldes serán controladas con una regla de 3 (tres) m de largo y toda variación superior a 3 (tres) mm se la hará desaparecer antes de iniciar el hormigonado.
Se permitirá el uso de molde intermedio solamente en el ensanchamiento de las curvas, pero se colocarán barras pasadores de las dimensiones y a las distancias indicadas en los planos.
No se permitirá hormigonar hasta tanto la Inspección haya aprobado la colocación de los moldes.
-Construcción de juntas
Previo al hormigonado el Contratista deberá entregar a la Inspección un plano con detalle de las juntas a ejecutar que deberá ser aprobado por la misma.
Las juntas a construir serán del tipo y dimensiones indicadas por la Inspección o las que figuren en los planos tipo y demás documentos del proyecto. La distancia entre juntas será de 4,50m y será marcada.
La ubicación de las juntas será la que se indica en los planos, apruebe la Inspección, o bien la que surja de aplicar los criterios y especificaciones de este pliego a las superficies especiales que se pavimentan.
Las juntas a construir serán del tipo y dimensiones indicadas en los planos y demás documentos del proyecto. En casos de bacheos y reparaciones, se respetarán en lo posible la continuidad de las juntas existentes, y previa autorización por parte de la Inspección. A continuación se describen en forma general los tipos de juntas para obras de pavimentación y cordones:
Juntas transversales de expansión: Se construirán en los lugares indicados en los planos o bien en aquellos que fije la Inspección. Para su construcción se utilizará una madera blanda de 3/4” de espesor en todo el ancho del perfil incluidos los cordones, y de una altura inferior en 5 cm. a la altura del pavimento, que deberá estar perforado de manera adecuada para permitir la correcta colocación de los pasadores. Se lo colocará en su lugar antes de hormigonar y se lo mantendrá perpendicular a la superficie del firme y rígidamente fijo en su posición mediante dispositivos adecuados. El sistema a utilizar para mantener la correcta posición de los pasadores deberá ser aprobado por la inspección, y en caso que el sistema utilizado, a juicio de la inspección no resulte adecuado, la misma podrá suspender las tareas de hormigonado hasta tanto no sean subsanadas dichas deficiencias.
Juntas transversales de contracción: Se construirán juntas transversales de construcción, del tipo denominado de plano de debilitamiento o de grieta dirigida, distanciadas entre sí de acuerdo a los planos de proyecto y de tal forma de que cada losa no supere los 14 (catorce) m². Solo podrán realizarse mediante aserrado. Estarán construidas por una ranura practicada en el hormigón, de ancho que no excederá de 10 (diez) mm y de una profundidad comprendida entre un tercio y un cuarto del espesor de la losa. En todo momento las juntas se prolongarán hasta los cordones. Solo podrán realizarse mediante aserrado.
Juntas transversales de construcción: Sólo se construirán cuando el trabajo se interrumpa por más de 30 minutos y al terminar cada jornada de trabajo y siempre que la distancia que los separe de cualquier otra junta transversal no sea inferior a 3 m. Se tratará en lo posible de hacer coincidir las juntas de construcción con juntas de contracción previstas en el proyecto. El Contratista deberá disponer de los moldes y elementos de fijación y otros adecuados para la conformación de dichas juntas.
Juntas longitudinales: Las juntas longitudinales podrán ser de dos tipos diferentes, su construcción se realizará de acuerdo con lo que indiquen los planos de proyecto, ajustándose a las siguientes especificaciones. Junta simulada: Se ejecutará de manera similar a la transversal de contracción del tipo denominado a plano de debilitamiento o de grieta dirigida
Junta ensamblada de construcción: Se construirá como y donde lo indique el proyecto. La ensambladura de la junta se logrará adosando al molde lateral, una pieza metálica o xx xxxxxx, con la forma y dimensiones de la ensambladura.
Distribución de juntas en interrupciones y bocacalles: Dicha distribución de juntas la realizará el Contratista en forma tal que se ajusten a las indicaciones del proyecto. Cuando tales indicaciones no existan o en los casos en que intersecciones y bocacalles conformen un trazado fuera de lo normal, el Contratista diseñará una distribución de juntas que elevará a consideración de la Inspección, la que asentará por escrito su conformidad con el diseño propuesto.
-Pasadores, barras de unión y anclaje
Se colocarán los pasadores en las juntas transversales. Se dispondrán longitudinalmente, de manera tal que queden paralelos al eje y a la rasante de la calzada. Se utilizarán xxxxxx xx xxxxx común (A37) liso de 20 (veinte) mm de diámetro, de longitud y separación especificadas en planos.
Previo a la colocación del hormigón, una mitad del pasador será recubierto con una capa de pintura asfáltica y posteriormente engrasado de modo tal que se impida la adherencia entre el hormigón y el acero con el objeto de permitir el libre movimiento de las losas contiguas, en los casos de dilatación y contracción.
El pintado de los pasadores, precedentemente exigido, será especialmente cuidado por el Contratista, que utilizará para ello material bituminoso de características adecuadas capaz de formar alrededor de la xxxxx xx xxxxx una película consistente y de una resistencia suficiente que impida su eliminación por compactación del hormigón fresco. En la colocación de los pasadores, el Contratista dispondrá de los elementos o armaduras auxiliares que permitan afirmarlos cuidadosamente e impedir que la posición en que se exige sean colocados sufra la menor variación durante el moldeo, compactación y vibrado del hormigón de las losas. El Contratista podrá utilizar otros medios previamente aprobados por la Inspección que permita la colocación de los pasadores en las condiciones anteriormente especificadas.
Cuando el proyecto lo indique se colocarán barras de unión o de anclaje a lo largo de las juntas longitudinales.
Las barras de anclaje se colocarán distanciadas entre sí de acuerdo con lo que indique el proyecto, pero esa separación no será superior a 60 (sesenta) cm. Deberán ser xx Xxxxx conformado de alto límite de fluencia y del diámetro especificado en planos.
Deberán ser colocadas en el medio del espesor de las losas y estarán empotradas la mitad de su longitud, en cada una de las losas adyacentes.
-Relleno y sellado de juntas
Finalizadas las tareas de hormigonado de una cuadra, a la brevedad posible e indefectiblemente antes de su librado al tránsito, se procederá al sellado de las juntas para lo cual se efectuarán los trabajos que se detallan a continuación:
1. Limpieza de las juntas con cepillos y/o aire comprimido de manera de eliminar el polvo y cualquier otro material extraño.
2. Secado de las juntas, si éstas estuvieran húmedas, con el empleo de aire caliente u otro método aprobado por la Inspección.
3. Imprimación de la junta con un producto compatible con el material termoplástico a utilizar para el llenado de las mismas.
4. Sellado de las juntas con un material termoplástico basado en asfalto y caucho natural o sintético, existente en el mercado, de reconocida calidad que cumplimente la norma A.S.T.M. 1190.
Este material se calentará en calderas o recipientes provistos xx xxxxx de aceite, no permitiéndose bajo ningún concepto que la llama del elemento calefactor incida directamente sobre el recipiente que contiene el producto. El calentamiento se hará de manera de mantener la temperatura del producto dentro de los límites especificados por el fabricante, generalmente entre 140 y 180 grados centígrados de manera de evitar sobrecalentamientos y/o calentamientos prolongados que reducirían notablemente las propiedades del material. La caldera estará provista de un termómetro perfectamente visible, siendo importante asimismo que esté provista de un agitador para remoción permanente del material fundido, de manera de evitar sobrecalentamientos locales.
Una vez fundido el producto y alcanzada la temperatura deseada se procederá al sellado de las juntas, utilizando recipientes especiales, provistos xx xxxxx de escaso diámetro que permitan llenar las juntas con el material sin provocar derrames del mismo fuera de aquellas. Se colocará la cantidad necesaria, hasta la superficie del pavimento, cuidando de no excederse, se aguardará como mínimo un período de 24 (veinticuatro) horas, antes de librar al tránsito las zonas en que se ha realizado el sellado de juntas.
En caso de que el Contratista proponga utilizar un material de "colado en frío” de reconocida calidad, la Inspección podrá aprobar su uso si previamente a los ensayos efectuados en el Laboratorio, sobre muestras representativas del producto a utilizar demuestran que el mismo cumplimenta las normas especificadas para el producto "colado en caliente".
-Colocación, compactación y protección del hormigón
La ejecución de los trabajos se realizará de acuerdo a todo lo dispuesto en el capítulo 10 del Reglamento CIRSOC 201.
La compactación de los cordones se realizará utilizando un vibrador de inmersión la que deberá funcionar con una frecuencia tal que posibilite la mayor extracción de aire del interior del hormigón de manera de lograr la mayor densidad posible. La amplitud de la frecuencia de las vibraciones deberá ser mayor de 4500 r.p.m.
- Protección del Hormigón
Durante la ejecución: El Contratista tomará las previsiones para proteger el pavimento o cordón cuneta mientras se esté construyendo, así como los trabajos de base sobre los que se ha de construir aquél. A tal fin dispondrá xx xxxxxxxx, letreros, obstáculos, señales, etc., que impidan el tránsito de vehículos y personas en la zona de obra y sobre el firme de construcción reciente. En caso de lluvia mientras se está hormigonando, protegerá las superficies concluidas mediante arpilleras o láminas de polietileno.
Después de la construcción: Una vez concluidos los trabajos de ejecución del pavimento o cordón cuneta y hasta tanto corresponda habilitarlo, el Contratista mantendrá colocadas barreras u obstáculos que impidan el tránsito sobre el mismo y ejercerá una vigilancia efectiva para lograr que los medios dispuestos resulten eficaces. El Contratista deberá disponer de un encargado de vigilancia durante las primeras 12 horas de colocado el hormigón. En caso de encontrarse zonas deterioradas, las mismas serán reparadas según el procedimiento que indique la Inspección, haciéndose cargo el contratista de todos los gastos que dicha reparación origine.
-Enrasado y consolidación
Inmediatamente de colocado el hormigón será desparramado, enrasado y consolidado. Para ello se emplearán métodos mecánicos.
En caso de interrupciones, roturas u otras emergencias, se recurrirá al trabajo manual en el límite que la Inspección considere prudente y sólo mientras duren las reparaciones.
El enrasado y consolidación será realizado de acuerdo con los requisitos que se dan más adelante. La elección del método queda a juicio de la Inspección.
Método mecánico con Vibración: El enrasado y consolidación se ejecutará en forma tal que una vez realizadas estas operaciones y las de terminación, la superficie del pavimento presente la forma y niveles indicados en los planos y quede libre de depresiones y zonas con vacíos. El hormigón será desparramado y enrasado, y luego vibrado y consolidado mediante el equipo vibratorio. El hormigón que no resulte accesible a la máquina vibradora será compactado mediante un vibrador mecánico de manejo manual.
-Terminación y control de la superficie del pavimento, cordones y badenes.
Alisado longitudinal: Tan pronto se termine el enrasado precedentemente indicado, se efectuará el alisado longitudinal. La superficie total de la losa será suavemente alisada con una regla longitudinal con mangos en sus extremos, se pasará parándose los dos obreros que deben manejarla, en dos puentes transversales y mientras el hormigón esté todavía plástico en forma paralela al eje longitudinal del afirmado haciéndola casi "flotar" sobre la superficie y dándole un movimiento de vaivén al mismo tiempo que se le traslada
transversalmente. Los sucesivos avances de estas reglas se efectuarán en una longitud máxima igual a la mitad del largo de aquellas.
Conformación de la lisura superficial: Apenas se determine la operación descripta, se procederá a confrontar la lisura superficial del afirmado. Con este objeto el Contratista proporcionará una regla apropiada de 3 m de largo provista de su correspondiente mango. Deberá estar bien limpia y controlarse todos los días antes de su empleo con la regla-patrón. La expresada regla se colocará en diversas posiciones paralelas al eje longitudinal del afirmado. Cualquier depresión se llenará de inmediato con hormigón fresco el que será enrasado, comprimido y alisado. La operación de confrontación se continuará hasta que desaparezcan todas las irregularidades.
Extracción de la lechada superficial: Todo exceso de agua o materias extrañas, que aparecieran en la superficie durante el trabajo de acabado, no se reintegrará al hormigón sino que se retirará, empleando el alisador longitudinal y arrastrándolas hacia los moldes y fuera de la superficie de la losa.
Pasaje de la xxxxxx: Cuando la superficie del hormigón esté libre de exceso de humedad y justamente antes de su fragüe inicial será terminada con la xxxxxx. Esta se pasará con movimientos de vaivén o normales al eje longitudinal del afirmado y acompañado de un movimiento de avance. Las correas se limpiarán después de cada día de trabajo y se reemplazarán en cuanto se encuentren desgastadas.
Terminación de los bordes: Los bordes de las losas se terminarán cuidadosamente con la herramienta especial de radio adecuado antes que el hormigón inicie su fraguado.
-Hormigonado en tiempo frío y cálido
Para el hormigonado en tiempo frío y cálido rige lo establecido en el capítulo 11 del reglamento CIRSOC 201.
-Curado del hormigón
Para el correcto curado de las estructuras se cubrirá la superficie hormigonada con una Lámina de Polietileno de espesor mínimo de 20 micrones, a efectos de realizar el curado continuo durante 10 (diez) días o bien el tiempo que estipule necesario la Inspección. En los lugares donde deban superponerse distintas porciones de película, deberán solaparse convenientemente. Una vez extendida sobre la calzada se cubrirán sus bordes con tierra, a fin de evitar la pérdida de humedad.
También podrán usarse productos químicos para la formación de membranas de "curado". El producto a utilizar en este caso responderá a las exigencias de las normas A.S.T.M. 809-56, será de color blanco, fácilmente dispersable en agua, debiendo colocarse según el siguiente procedimiento:
a) Una vez desaparecido el brillo superficial del hormigón colocado y terminado, se aplicará el compuesto químico previa preparación del mismo de acuerdo a indicación del fabricante.
b) Se utilizarán pulverizadores mecánicos que aseguren una homogénea distribución del líquido en forma de fina lluvia sobre la superficie del pavimento. Este trabajo se realizará de modo tal que toda la superficie del pavimento quede cubierta por dos capas del producto.
c) En caso de que el producto deba diluirse o llevarse a un volumen mayor antes de su aplicación, deberá disponerse en obra de un recipiente graduado en milímetros de volumen no menor a mil milímetros, para una perfecta dosificación del producto final.
d) El Contratista será responsable de la perfecta conservación de la membrana de curado durante el tiempo que dure al curado.
e) En caso de utilizarse lámina de polietileno el Contratista deberá mantener la misma en perfecto estado durante el período de "curado", debiendo proceder al reemplazo de la lámina en los tramos que sufra deterioro.
Antes de iniciarse el curado, el método adoptado para el mismo deberá contar con la expresa autorización de la Inspección.
-Protección de las estructuras de las heladas y el sol
Terminado el hormigonado de una estructura expuesta a la intemperie, se la deberá proteger contra la acción directa de los agentes atmosféricos especialmente de las heladas y el sol.
-Apertura de la calzada a la circulación
El cordón cuneta permanecerá cerrado al tránsito durante un período no menor de 20 (veinte) días, contados a partir de la fecha de colocación del hormigón. Luego se procederá a la reconstrucción de la calzada mediante un perfilado de la calle a fin de reconstruir el gálibo.
-Recepción de las obras
La recepción parcial o total de un cordón cuneta se realizará previa inspección por parte de la Municipalidad. Podrá solicitarse la verificación del espesor y la resistencia del hormigón mediante extracción de testigos, a criterio de la Inspección.
-Reconstrucción de zonas rechazadas
En caso de zonas rechazadas, de acuerdo a lo previsto en los puntos anteriores, será facultativo de la Inspección ordenar su demolición y reconstrucción con hormigón de calidad y espesor satisfactorios cuando a su juicio, la deficiencia sea suficientemente seria para perjudicar el servicio que se espera del pavimento.
Si en cambio en opinión de la Inspección, no hay posibilidades de roturas inmediatas se permitirá optar al Contratista entre dejar las zonas defectuosas sin compensación ni pago por las mismas y con la obligación de realizar su conservación en las formas y plazos contractuales, o removerlas y reconstruirlas en la forma especificada anteriormente. El Contratista no recibirá ninguna compensación por los materiales o mano de obra empleados en la remoción de los tramos defectuosos. Las estructuras reconstruidas se pagarán en la forma especificada en estos proyectos.
La aparición de grietas y/o fisuras del hormigón de la calzada y que a juicio de la Inspección comprometan la durabilidad de la estructura, serán reparadas procediendo a la demolición del pavimento, cordones ó badenes en la totalidad de la zona de influencia de la grieta y/o fisura, para lo cual se delimitará previamente la zona a rehacer aserrando su perímetro de manera tal de obtener una superficie con bordes lisos y netos que permita una perfecta identificación del hormigón a colocar, con el resto de la estructura.
SECCIÓN VI
ESPECIFICACIONES DE SEÑALIZACIÓN DE OBRAS VIALES
ARTICULO 1: ESTRUCTURA VIAL.
Toda obra o dispositivo que se ejecute, instale o esté destinado a surtir efecto en la vía pública, debe ajustarse a las normas básicas de seguridad vial, propendiendo a la diferenciación de vías para cada tipo de tránsito y contemplando la posibilidad de desplazamiento de discapacitados con sillas u otra asistencia ortopédica.
Cuando la infraestructura no pueda adaptarse a las necesidades de la circulación, ésta deberá desenvolverse en las condiciones de seguridad preventiva que imponen las circunstancias actuales.
En autopistas, semiautopistas y demás caminos que establezca la reglamentación, se instalarán en las condiciones que la misma determina, sistemas de comunicación para que el usuario requiera los auxilios que necesite y para otros usos de emergencia.
En los cruces xxxxx-viales a nivel de jurisdicción federal, se aplican las normas reglamentarias de la Nación, cuya autoridad de aplicación determina las condiciones xxx xxxxx hasta los 50 metros de cada lado de las respectivas líneas de detención.
El organismo o entidad que autorice o introduzca modificaciones en las condiciones de seguridad de un cruce xxxxx-vial, debe implementar simultáneamente las medidas de prevención exigidas por la reglamentación para las nuevas condiciones.
ARTICULO 2: SISTEMA UNIFORME DE SEÑALAMIENTO.
La vía pública será señalizada y demarcada conforme el sistema uniforme que se reglamente de acuerdo con los convenios internos y externos vigentes.
Sólo son exigibles al usuario las reglas de circulación, expresadas a través de las señales, símbolos y marcas del sistema uniforme de señalamiento vial.
La colocación de señales no realizada por la autoridad competente, debe ser autorizada por ella.
A todos los efectos de señalización, velocidad y uso de la vía pública, en relación a los cruces con el ferrocarril, será de aplicación la presente ley en zonas comprendidas hasta los 50 metros a cada lado de las respectivas líneas de detención.
ARTICULO 3: OBSTÁCULOS.
Cuando la seguridad y/o fluidez de la circulación estén comprometidas por situaciones u obstáculos anormales, los organismos con facultades sobre la vía deben actuar de inmediato según su función, advirtiendo del riesgo a los usuarios y coordinando su accionar a efectos de dar solución de continuidad al tránsito.
Toda obra en la vía pública destinada a reconstruir o mejorar la misma, o a la instalación o reparación de servicios, ya sea en zona rural o urbana y en la calzada o acera, debe contar con la autorización previa del ente competente, debiendo colocarse antes del comienzo de las obras los dispositivos de advertencia establecidos en el Sistema Uniforme de Señalamiento.
Cuando por razones de urgencia en la reparación del servicio no pueda efectuarse el pedido de autorización correspondiente, la empresa que realiza las obras, también deberá instalar los dispositivos indicados en el Sistema Uniforme de Señalamiento Vial, conforme a la obra que se lleve a cabo.
Durante la ejecución de obras en la vía pública debe preverse paso supletorio que garantice el tránsito de vehículos y personas y no presente perjuicio o riesgo. Igualmente se deberá asegurar el acceso a los lugares sólo accesibles por la zona en obra.
El señalamiento necesario, los desvíos y las reparaciones no efectuadas en los plazos convenidos por los responsables, serán llevados a cabo por el organismo con competencia sobre la vía pública o la empresa que éste designe, con cargo a aquéllos, sin perjuicio de las sanciones que se establezcan en la reglamentación por los incumplimientos.”
Xxx xx Xxxxxxxx Nº 24449
NORMAS REFERIDAS A SISTEMAS DE SEGURIDAD EN TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN O CONSERVACIÓN DE OBRAS VIALES
ARTICULO 4: LIBERTAD DE TRÁNSITO
Cuando se trate de obras que se ejecuten en o a través de vías de comunicación, el constructor no podrá interrumpir el libre tránsito público de vehículos y personas, y toda vez que para la ejecución de los trabajos tuviera que ocupar la calzada, deberá construir desvíos provisorios, o lo derivará por caminos, alternativos previamente reacondicionados y aprobados por la inspección.
ARTICULO 5: CAMINOS AUXILIARES Y DESVIOS
Los caminos alternativos de carácter auxiliar, así como los desvíos, deberán responder a las características técnicas que hagan posible el paso en cualquier tiempo y circunstancia de toda clase de vehículos, brindando las condiciones de seguridad necesarias para lo cual es obligación del constructor, señalizar todo el tramo, para orientar el tránsito tanto de día como de noche. Siendo para este último caso absolutamente obligatorias las señales luminosas.
ARTICULO 6: PLAN DE PROPUESTA DE DESVIOS
Previo a la iniciación de los trabajos, la Contratista presentará al Municipio, un plan de construcción de caminos auxiliares y desvíos de tránsito, que contemple la distribución de señalamiento y dispositivos de seguridad, coherente con el plan de trabajos. No podrá iniciar éstos, hasta tanto dicho plan no cuente con aprobación escrita por parte de la Inspección.
ARTICULO 7: RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS
La empresa Contratista, deberá impedir que el público pueda transitar en la zona de construcción, a cuyos efectos colocará letreros de advertencia y barreras u otros dispositivos eficaces. La Contratista, será única
responsable de los eventuales accidentes, daños o perjuicios a terceros, que resulten atribuibles al estado del desvío o a deficiencia, roturas o sustracción del señalamiento o los dispositivos de seguridad de la obra.
ARTICULO 8: SANEAMIENTO FINAL
Concluida la obra, el Contratista removerá los terraplenes que haya ejecutado y retirará los elementos recuperables de las obras de Arte que hubiera construido, debiendo dejar el terreno limpio y nivelado, reponiendo cualquier elemento existente con anterioridad a la obra auxiliar, que haya sido removido o se hubiera deteriorado como consecuencia de los trabajos.
ARTICULO 9: AFECTACIÓN POR ANEGAMIENTOS
De construirse pasos provisorios que resulten parcial o totalmente afectados por anegamientos de agua, que comprometan la seguridad y continuidad del tránsito, se adoptarán las medidas precautorias necesarias mientras dure la situación que las motiva, siendo el Contratista único responsable por las contingencias que se deriven de la falta de adopción de aquellas.
ARTICULO 10: RESPONSABILIDAD POR LOS INCENDIOS
La Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendios en las obras durante su ejecución y conservación, debiendo a tal objeto disponer de los elementos apropiados según la naturaleza de las obras o trabajos. Siendo único responsable tanto de los perjuicios ocasionados a la obra como los que pudieren ocasionarse a la Repartición o a terceros, en caso de incendio, motivado por causas o personal de las obras.
ARTICULO 11: TRABAJOS DE CONSERVACIÓN
Tratándose de obras de Conservación Vial, destinadas a mantener y preservar un camino en condiciones estructurales y funcionales similares a las del proyecto, proveyendo al usuario comodidad y seguridad en el uso de la vía pública, las tareas que se realizan, se pueden clasificar en Mantenimiento rutinario, especial y extraordinario.
Mantenimiento rutinario
Comprende todas las tareas se deben programar para realizarlas periódicamente, y de manera que las demoras o molestias que causen a los usuarios se reduzcan a un mínimo. Entre las mismas se cuentan:
-Limpieza y sellado de pavimentos de hormigón.
-Conformación de banquinas.
-Control de vegetación.
-Limpieza de señalamiento vertical.
-Limpieza y repintado de señalamiento horizontal.
-Limpieza y ajuste de defensas.
-Limpieza de cunetas y pintado de alcantarillas.
-Limpieza de desagües y xxxxxxx xx xxxxxxx.
-Pintado de postes y reemplazo de luminarias en sistemas de iluminación.
-Limpieza xx xxxxxxx, desagües y mantenimiento de instalaciones electromecánicas en túneles. Mantenimiento de áreas de descanso y peaje, etc.
Mantenimiento especial
Se refiere a tareas que sin ser rutinarias o periódicas, pueden proyectarse con antelación y, por consiguiente, presupuestarse y programarse de manera que cause las menores demoras y riesgos posibles, se refiere a tareas de reparación:
-De calzadas de hormigón como de concreto asfáltico.
-De reparación o reemplazo de señales verticales.
-De las estructuras de hormigón.
-De terraplenes erosionados.
-De reemplazo y reparación de defensas, etc.
Mantenimiento extraordinario
Son todas aquellas tareas que es necesario realizar sin planificación previa y debidas a fenómenos imprevisibles, como tormentas, inundaciones, movimientos telúricos, etc., incluyen normalmente:
-Reparaciones especiales del pavimento y terraplén.
-Limpieza de calzadas.
-Reacondicionamiento de los dispositivos de seguridad y otras actividades, durante las cuales es necesario mantener tanto la seguridad de los usuarios como de los operarios.
ARTICULO 12: PLANIFICACIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO
En todo proyecto de construcción o mantenimiento, debe incluirse un Plan de Control de Tránsito, debiendo intervenir representantes de:
-Organismos encargados del Transporte.
-Organismo Policiales.
-Organismos Municipales.
-Otros organismos cuya participación sea necesaria.
Una vez confeccionado el Plan y aprobado, se debe hacer conocer, antes de comenzar la construcción, a las siguientes Instituciones:
-Organismos Oficiales locales.
-Comerciantes y Cámara de comercio locales.
-Instituciones públicas o privadas, cuya colaboración se considere necesaria.
-Medios de comunicación, a los efectos de llegar a los usuarios, previéndolos sobre peligros o invitándolos a usar rutas alternativas.
ARTICULO 13: PUNTOS A TENER EN CUENTA EN LA PLANIFICACIÓN
a) La seguridad es prioritaria, e involucra proteger a conductores, trabajadores y peatones.
b) No se debe cerrar más de un carril por vez.
los primeros días de los meses xx xxxxxx, en feriados o cuando esté previsto un evento importante que incremente el tránsito.
d) En aquellos casos en que la naturaleza de la tarea permita trabajar medio día sobre un sentido y medio día sobre otro, deberá tenerse en cuenta para determinar en que horas se trabajará en cada sentido, si el volumen de tránsito es notablemente superior alternativamente, en un y otro, a la mañana y a la tarde. De esta manera se elegirá siempre trabajar donde menores molestias se ocasionen.
e) Dentro de lo posible hay que mantener el tránsito de las personas que habitan la zona a clausurar, o de los comercios, y en caso de tener que proceder a clausurar el camino, debe avisárseles con suficiente anterioridad (salvo en reparaciones de emergencia).
f) Las indicaciones y los dispositivos deben ser vistos para ser obedecidos. Usar el número suficiente de los mismos, y en el tamaño más grande posible.
g) Si se prevé congestionamiento del tránsito, o si es un camino de alta velocidad, se debe aumentar el área de precaución.
h) Las áreas de trabajo deber ser tan cortas como sea razonable. Cuanto más largas son, más posibilidades hay de que los conductores dejen de respetar las señales.
i) Los dispositivos de canalización deben poder quebrarse, o voltearse, al ser golpeados. No debe usarse hormigón, u otros materiales que los conviertan en elementos peligrosos.
j) La forma de las señales de precaución deberán ser cuadrada, colocada con la diagonal vertical, apoyada en un vértice.
k) Todos los dispositivos usados por la noche deberán ser reflectantes o iluminados.
Recomendaciones para pequeños trabajos
Aún los trabajos pequeños, en cuanto a espacios y tiempo de ejecución, deben hacerse con un mínimo de seguridad, respetándose las siguientes reglas:
a) Los trabajos que tienen lugar en zonas de estacionamiento, o en el xxxxxxx o área central, pueden ser protegidos sólo con señales o dispositivos de precaución.
b) Los trabajos que tienen lugar en xxxxxxxx xx xxxxxxxx requieren: señales adelantadas de precaución, de desvío del tránsito, protección de los trabajadores con un vehículo y/o protección con banderilleros.
c) En todos estos trabajos es importantísima la visibilidad; si el conductor ve al trabajador o la zona de trabajo, tomará las precauciones necesarias.
ARTICULO 14: INSTALACIÓN DEL DISPOSITIVO DE CONTROL DE TRÁNSITO
La colocación de los carteles y dispositivos, en un área en que se van a realizar trabajos, es en sí una tarea vial más, y como tal deben tomarse las medidas de seguridad que correspondan.
Además, se debe empezar por colocar los carteles de precaución adelantada, y avanzar con todos los otros dispositivos hacia la zona final.
Antes de empezar los trabajos se debe verificar que todo el dispositivo esté montado de acuerdo a lo previsto; debiendo ser los elementos:
a) De tipo “standard” en cuanto a forma y color.
b) Estar en óptimas condiciones.
c) Ser del tipo correcto, con el mensaje que se necesite transmitir.
d) Ser reflectante si van a utilizarse en horas de penumbra.
También es conveniente contar con algunos elementos de repuesto para ir reemplazando los que durante el uso se van dañando.
Cuando se realizan tareas que demandarán largo tiempo. Es frecuente usar postes xx xxxxxx dura de 4” x 4” para sostener barreras u otros dispositivos. Se recomienda en esos casos hacer un par de agujeros en la base del poste, para que en caso de impacto se quiebre sin ocasionar grandes daños.
Tambores, barreras y conos, pueden ser convenientemente afirmados, en zonas de viento, con arena o bolsas de arena, pero debe siempre usarse la mínima cantidad posible para no hacerlos innecesariamente peligrosos. ARTICULO 15: MANTENIMIENTO DURANTE LOS TRABAJOS
Durante la ejecución de los trabajos en el área, es necesario mantener el mismo grado de seguridad, por lo tanto, todos los dispositivos y señales deben ser objeto de un mantenimiento adecuado.
El viento, los vehículos que pasan, el vandalismo y posibles cambios en las condiciones del tránsito pueden alterar la eficiencia del dispositivo; así también los accidentes suelen indicar la necesidad de introducir cambios y por eso es necesaria la supervisión de los trabajos.
Debe explicarse a los trabajadores cómo funciona el dispositivo, pues también ellos son responsables de su seguridad (de nada sirve señalizar un cruce debidamente si los operarios cruzan por donde les resulte más cómodo).
Hay que tratar de tener la menor cantidad posible de trabajadores expuestos, así, toda explicación o discusión sobre planos o que no requiera estar en el área de peligro, deberá hacerse en lugares seguros.
Inspecciones periódicas
Además de la inspección preliminar, deben hacerse inspecciones periódicas para verificar el funcionamiento del dispositivo, y la mejor manera de hacerlo es recorriendo el tramo de una punta a otra a distintas horas del día, en especial en horas de penumbra.
El inspector debe ser objetivo al recorrer el área; él conoce el lugar donde están ubicadas las señales, y qué es lo que se quiso que los conductores hicieran, además conoce perfectamente el significado de las señales y dispositivos, pero cuando recorre el área debe ser un conductor más, y ver sólo lo que está o expresa una señal y no lo que debiera estar o expresar.
Se debe tomar contacto con la policía, vecinos o quien corresponda, para que informen inmediatamente cuándo una señal fuera dañada, o cuándo ocurrió un accidente; de esa forma se puede revisar rápidamente el dispositivo y evitar nuevos accidentes.
Para emergencias es necesario contar siempre con un mínimo de dispositivos de control de tránsito, listos para transportar y usar.
Es importante el inventario que se lleve para tener estadísticamente una idea del consumo de elementos, y para que nunca falten.
ARTICULO 16: LEVANTAMIENTO DEL DISPOSITIVO
Tan pronto como los trabajos sean terminados y dejen de ser necesarios señales y dispositivos, deben irse levantando, siguiendo el orden inverso del indicado en la colocación.
También las señales que durante la noche se hacen innecesarias, es obligación del capataz ordenar su levantamiento, ya que pueden ser peligrosas.
Las señales horizontales en el pavimento deben ser borradas, ya que pueden motivar confusión.
ARTICULO 17: REGISTRO
Se recomienda llevar un registro de las tareas realizadas en ruta y su señalización en orden cronológico, por las siguientes razones:
a) Por razones legales; es frecuente que después de mucho tiempo surjan demandas de particulares por accidentes ocurridos en el área.
b) Porque la tarea de control de tránsito puede ser pagado como ítem separado en los contratos de construcción y mantenimiento.
c) Para relacionarlo con el inventario periódico y tener la idea de la duración del material.
En esos registros se deberá indicar también las inspecciones que se hayan realizado y las observaciones a que dieron lugar.
ARTICULO 18: SEGURIDAD DE LOS OPERARIOS
Las recomendaciones relativas a la seguridad de los mismos comprenden:
Equipo de protección personal
Los operarios que desarrollen las actividades en obra, deberán usar en todo momento el equipo de protección, el que deberá constar de:
-Casco, guantes y botines de seguridad.
-Vestimenta color anaranjada.
-Chalecos reflectantes en horas de penumbra.
-Antiparras, mascarilla y/o tapones auriculares según corresponda, todos los elementos elaborados según normas IRAM.
Capacitación del personal
En los trabajos que se realizan en vías de intenso y rápido tránsito, es conveniente contar con cuadrillas integradas por personal entrenado. Esto asegura la máxima protección de los mismos, así como reduce el tiempo de molestias al tránsito. Igualmente es importante el entrenamiento que se dé a los conductores de los vehículos afectados a las tareas y especial a los encargados de transportar al personal, ya que deben ser concientes que los trabajadores viales no gozan de privilegios respecto al uso de las vías.
Igualmente es importante la capacitación de los banderilleros, seleccionando al personal de acuerdo a las siguientes condiciones:
-Sentido común.
-Buenas condiciones físicas (vista y oído).
-Personalidad firme (pero xxxxxx).
-Sentido de responsabilidad.
-Paciencia (no debe discutir con el público).
ARTICULO 19: SEÑALAMIENTO DE LAS AREAS DE TRABAJO
El mismo tiene por objeto proveer seguridad al usuario y a los trabajadores, advirtiendo sobre la existencia de una zona peligrosa y paralelamente, ordenar el tránsito de manera tal que se eliminen las demoras, permitiendo mantener el normal flujo vehicular.
Las señales que se deben utilizar para las operaciones de mantenimiento, tienen un propósito definido y deben usarse de una manera uniforme. El exceso de señales puede originar confusión o provocar la pérdida de su propósito, haciendo que los usuarios no les presten atención.
Generalmente las señales a utilizar indican:
-Advertencia anticipada de zona de velocidad reducida.
-Razones de la reducción de velocidad.
-Dirección que debe tomar el tránsito.
-Velocidad recomendada en la zona de trabajo.
-Finalización de la zona de velocidad reducida.
ARTICULO 20: ZONA DE TRÁNSITO CONTROLADA
Es el área comprendida entre la primera señal de advertencia al usuario y la señal que indica la finalización del área de trabajo.
ARTICULO 21: ÁREA ADELANTADA DE PRECAUCIÓN
Cuando el sector de trabajo está fuera de la calzada o banquina, y las tareas no se interfieren con el normal tránsito, no es necesaria el área adelantada de precaución.
La longitud prevista para esta área, depende de la velocidad y el volumen de tránsito y de la zona de que se trate (en curva o en recta, etc.), recomendándose: de 750 a 1000 metros para autopistas y de 450 a 500 metros para otras rutas. Para implantaciones urbanas: una cuadra.
Deberá tenerse en cuenta, que en zonas de alta velocidad, si no hay un dispositivo policial que colabore para lograr la reducción de velocidad, o algún otro dispositivo que obligue a los conductores a hacerlo, el señalamiento solamente no resulta efectivo para reducir el número de accidentes.
ARTICULO 22: ÁREA DE TRANSICIÓN
Es aquella en la cual se reduce el ancho de un carril, o de una calzada, o donde se reduce el número xx xxxxxxxx habilitados.
deberá circular.
Es imprescindible que el desvío esté perfectamente señalizado y canalizado para que los conductores no tengan dudas sobre el recorrido xxx xxxxxx de transición.
La longitud de la transición, está determinada por la velocidad del tránsito y por el ancho xxx xxxxxx de transición, determinándose de acuerdo a la siguiente fórmula:
L= A x V 1,6
Dónde: L= Longitud de la transición.
A= Ancho del, o de los carriles de transición. V= Velocidad adoptada para la zona.
Como regla general, esta longitud debe ser aumentada, si se quiere hacer más efectiva al área de transición. Cuando se utilizan banderilleros, la longitud mínima del tramo de transición debe ser de 10 metros.
ARTICULO 23: ÁREA DE PREVENCIÓN
Es el área desocupada que se deja entre el área de transición y el área de trabajo. La misma, actúa como amortiguadora, brindando la posibilidad de corregir la trayectoria o detener a los vehículos que por error u otra causa no respetaron las indicaciones precedentes, brindando de este modo una mayor seguridad tanto a los conductores y pasajeros como al personal de obra. Deberá constituirse siempre un área preventiva, aún en los casos que no exista área de transición, tal es el caso de los trabajos en banquina.
En cuanto a su longitud, es igual a la del área de transición. Podrá emplearse igualmente, como recurso para se parar tránsitos contrarios, previniendo de este modo choques frontales.
ARTICULO 23: ÁREA DE TRABAJO
Es considerado el sector donde se realizan las tareas. Las mismas podrán ser fijas o de carácter móvil a medida que el trabajo avance.
Tipología de trabajos: Los mismos podrán ser netamente localizados, es decir en un punto fijo, con un dispositivo de control de tránsito, que se monte previo a la iniciación de las tareas y que se mantenga durante todo el tiempo que éstas duren.
O bien de operaciones móviles, donde el área de trabajo cambia frecuentemente de un lugar a otro, muchas veces de tipo progresivo, tal como el señalamiento horizontal el cual avanza constantemente al igual que el conjunto de sistema de información y precaución, los que irán avanzando conjuntamente con el área de trabajo. Para estos últimos casos se recomienda la utilización de vehículos guía.
ARTICULO 24: ÁREA FINAL
Se trata del sector donde finaliza el tránsito controlado, a partir de la cual los conductores pueden retomar la circulación normal. Los requerimientos son mínimos, siendo en circunstancias suficiente, la colocación de una placa que indique “Fin de zona de trabajos”.
En determinados casos, será necesario disponer de los recursos para retomar nuevamente el carril original, empleándose consecuentemente un sistema similar al de transición, a los efectos de canalizar nuevamente el tránsito. Debiéndose dejar en este último caso un sector de transición, factiblemente más reducido que el inicial. ARTICULO 25: RECURSOS TÉCNICOS A EMPLEAR
A los efectos de orientar a los usuarios de la vía pública y lograr paralelamente un alto nivel de seguridad vial, se emplearán de mínima, los dispositivos, señales y elementos que a continuación se mencionan, sin perjuicio de poder mejorar e integrar a los sistemas de control, elementos tecnológicos más avanzados, los que no obstante, deberán ser propuestos previamente a la Inspección para su eventual utilización.
ARTICULO 26: SEÑALAMIENTO VERTICAL
La tipología de señales a incorporar en las zonas de tránsito controlado serán:
De Reglamentación. De Precaución.
De Orientación.
• Señales para regular el tránsito
Imponen una restricción legal y no pueden ser utilizadas sin permiso de la autoridad bajo cuya jurisdicción está el camino. Estas señales (como las de alto, mano única, velocidades máximas, etc.) deben responder a las especificaciones generales en lo que a forma, contenido y color se refiere.
• Señales de precaución ó prevención
Las mismas deberán tener forma de rombo, leyenda o símbolo color negro y fondo anaranjado. Podrá aceptarse para ciertas señales la forma rectangular.
• Señales de orientación
Informan sobre el trabajo que se está realizando y para desviar y guiar el tránsito hacia otra vía o camino alternativo. Estas serán rectangulares.
Implantación de las señales
Estas, que deberán ser de tipo “standard” (caso contrario pueden causar confusión), deben ser ejecutadas con material retrorreflectivo o bien iluminadas, a los efectos de ser correctamente vistas para poder ser obedecidas, por lo tanto su ubicación es muy importante. Consecuentemente ante obstáculos o factibles obstrucciones visuales, deberá preverse zonas de información de precaución más larga, o soportes más altos, o menor espaciamiento entre ellas; todas estas circunstancias deberán tenerse en cuenta al planificar la zona de tránsito controlado. Los filos inferiores de las placas a instalar, deberán estar ubicados a una distancia mínima del suelo de 1,50 metros en zonas rurales y de 2,00 metros en zonas urbanas, para el caso de obras localizadas con tiempo de ejecución prolongado.
Soporte de las señales
Se pueden utilizar postes o soportes portátiles, elaborados en madera dura, caños metálicos, trípodes, cualquiera de ellos involcables por vientos o succión, dependiendo la elección de la duración del trabajo a realizar. Las señales con soportes portátiles, deberán estar como mínimo a 0,30m. del nivel de la calzada. Se
recomienda este tipo de soporte para trabajos de corta duración y en especial en implantaciones urbanas. Las señales se abulonarán convenientemente.
Materiales y dimensiones
Las placas serán de base de aleación de aluminio 5052-II-36, espesor 2 mm con lámina frontal adherida reflectiva N.I. 10033, color naranja y símbolos y leyendas en color negro. Respecto a las dimensiones, estas serán: placas de prevención de forma cuadrada de 700 mm por lado apoyada sobre un vértice; placas de reglamentación forma circular de 707 mm de diámetro y placas de información rectangulares medida mínima 600mm. por 1200 mm ampliándose según la leyenda a colocar.
ARTICULO 27: SEÑALAMIENTO HORIZONTAL
Este tipo de señalamiento sobre pavimento, en sus diferentes versiones, es de suma importancia para guiar el tránsito, particularmente en horas de penumbra. Se lo emplea cuando el período de ejecución de obra lo justifica, es decir para las de mayor duración y siempre que la superficie del pavimento sea luego cubierta por otra capa.
En estos casos se recomienda la aplicación de pintura reflectante o tachas cerámicas o plásticas direccionales o bidireccionales de acuerdo a las circunstancias. Cuando los trabajos previstos son de menor duración o de cambios frecuentes de la zona de trabajo, es conveniente emplear láminas reflectantes adhesivas. Se recomienda en ambos casos, el uso de flechas orientativas o símbolos demarcados en el pavimento a los efectos de guiar mejor a los usuarios.
ARTICULO 28: DISPOSITIVOS DE CANALIZACIÓN
Estos son recursos que permiten dirigir o canalizar el tránsito a través de la zona de trabajo, siguiendo la senda prevista.
En función a la tipología del trabajo, a la duración del mismo y al grado de riesgos, se adoptará el dispositivo adecuado. Ninguno de estos sistemas, está diseñado para detener físicamente a los vehículos, salvo las barreras semifijas.
Los dispositivos a emplear, podrán ser:
Conos o cilindros
Elaborados en materiales sintéticos livianos e indeformables – tal como resinas epóxis, fáciles de transportar y almacenar, de no contar con contrapeso inferior, podrá incorporarse para una mayor estabilidad un collar conteniendo arena.
Para una mejor visualización su alzada no será inferior a 0,45 m en zonas urbanas y de 0.60 m en zonas rurales. Pudiéndose adicionar banderas en la parte superior, o bien balizas intermitentes para neutralizaciones nocturnas, alimentadas por batería o sistema eléctrico con transformador.
Asimismo, deberán tener una terminación con material reflectante en bandas de 150 mm de ancho, a partir de 75 mm. del extremo superior, caso contrario se usará con dispositivo luminoso.
En zonas urbanas, se instalarán a una distancia máxima uno de otro de 3,00 metros, mientras que en zonas rurales no podrá exceder la distancia de 5,00 metros.
Tambores
Podrá emplearse para aquellas obras que demanden mayor extensión y consecuentemente mayor tiempo. Los mismos, podrán ser metálicos o de plástico reforzado, de similares características a los utilizados habitualmente como contenedores de lubricantes, alistados mediante el pintado fondo blanco con bandas horizontales de color anaranjado, de 0,10m a 0,20m de ancho en un mínimo de dos bandas por tambor.
Se utilizarán para canalizar el tránsito, como para advertir a los usuarios sobre al presencia de algún riesgo, empleándose en forma lineal y grupal.
En zonas de vientos o heladas, puede adicióneseles una pequeña cantidad de grava, debiéndose hacer algunos orificios en el fondo para permitir el drenaje de agua. Durante las horas de penumbra, se deberá instalar sobre los mismos, luz intermitente cuando se trate de tambores solos o individuales, o balizas fijas o interconectadas sobre los tambores colocados en grupos.
Delineadores
Los delineadores no deberán ser usados como señales de precaución, sino como dispositivos de canalización para indicar a los usuarios el borde de la trayectoria que debe seguir a través de la zona de trabajo. Particularmente en las curvas, deberán ser colocados en suficiente cantidad para dar una idea clara del sentido de la trayectoria.
Serán constituidos, por medio de parantes metálicos o plásticos de diámetro reducido
aproximadamente 2” de diámetro, con una alzada mínima de 75 mm instalados sobre bases metálicas, plásticas o de goma, a ubicar a 1,20m de los bordes de los caminos alternativos.
En el extremo superior de estos postes, se aplicará un elemento retroreflectivo u “ojo de gato”, color blanco los ubicados del lado derecho y rojo los del margen izquierdo.
Asimismo, podrá reemplazarse dicho elemento retroreflectantes, por una xxxxx xx xxxxx metálica o plástica con aplicación de laminado reflectivo, en colores blanco y anaranjado, mediante rayado alternado de 0,10m de ancho inclinado a 45° indicando el lado hacia el cual baja el rayado por donde circulará el tránsito.
Vallas
Responderán en cuanto a la conformación y contenido, a lo expresado en plano tipo correspondiente, pudiendo ser fijas o portátiles y debiéndose emplear para clausurar, restringir o encauzar el tránsito.
Tal se aprecia en las ilustraciones, cuando las mismas empleen durante las horas de penumbra para derivar tránsito, estas deberán llevar un soporte en la parte superior, a los efectos de portar balizas intermitentes a batería o sistemas de balizas con alimentación eléctrica directa.
Defensas
Cuando los trabajos a realizar signifiquen un alto riesgo para los usuarios o los trabajadores, (tal es el caso de las excavaciones, tránsitos bidireccionales en autopistas, etc.), se deberá instalar barreras de protección de
Beam”, barandas tubulares corridas, o bien módulos del tipo “New –Jersey” de hormigón armado de 1,50 m. de longitud cada uno, con dos cavidades inferiores para calce de las uñas del tractoelevador y consecuente desagüe transversal. Estas últimas podrán ser de plástico reforzado, cuando se garantice velocidades reducidas.
ARTICULO 29: DISPOSITIVOS DE PRECAUCIÓN
Son los que indican a los conductores, la proximidad de algún riesgo. Nunca deben usarse como elementos de canalización, pues no orientan el tránsito. Pueden suplementar, pero no reemplazar la acción de los dispositivos de canalización.
Algunos dispositivos de canalización, como las barreras o tambores, pueden servir como dispositivos de precaución, cuando se usan solos, o cuando se les coloca una luz intermitente en la parte superior.
Señales de precaución
Montadas sobre dispositivos portátiles, consistentes en un soporte de no menos de 2,50 m. de altura, portando tres banderas cuadradas de 40 cm de lado color naranja. Puede adicionárseles una luz intermitente, o pueden incorporarse a vehículos u otros dispositivos de control. Se usan especialmente en carreteras urbanas de alta densidad de tránsito, o en áreas residenciales.
Balizas intermitentes que indican peligro
Se usan en puntos peligrosos, para prevenir a los conductores sobre la presencia de los mismos, tales como cruces, desvíos, etc. Tienen el mismo significado que las montadas en forma permanente y se recomiendan para trabajos de larga duración. Deben ser más grandes que las de canalización y más brillantes, con un diámetro mínimo de 20 cm y de color amarillo.
P L A N I L L A D E C O T I Z A C I Ó N
Ítem | Designación | Unidad de medida |
A - MATERIALES | |||||
Nº | Descripción del material o insumo (1) | Unid. | Rend (2) | $ unit | $ total |
01 | |||||
02 | |||||
03 | |||||
04 | |||||
SUBTOTAL A) |
B – MANO DE OBRA | |||||
Nº | Descripción | Unid. | Rend (5) | $ unit | $ total |
01 | |||||
02 | |||||
03 | |||||
SUBTOTAL B) |
C - EQUIPO | ||||||
Nº | Descripción del equipo (6) | Nac. o Import. | Unid. | Rend (7) | $ unit | $ total |
01 | ||||||
02 | ||||||
03 | ||||||
SUBTOTAL C) |
I - COSTO-COSTO 1 (A+B+C)
Gastos generales directos (sobre I) | % sobre | = | |||
Gastos generales indirectos (sobre I) | % sobre | = | |||
SUBTOTAL II |
Beneficio (sobre II) | % sobre | = | |||
SUBTOTAL III |
IVA (sobre III) I.B. (sobre III). | % sobre | = |
Precio final del item $
P R E S U P U E S T O O F I C I A L
TOTAL: PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 40/100 ($2.993.480,40).-
Nº | Descripción | Un. | Cant. | Unit. $ | Monto $ | Item $ | % incid. | ||
TOTAL | $2.993.480,40 | 100% |
FÓRMULAS PARA LA CONTRATACIÓN QUE INTEGRAN LA PROPUESTA
DECLARACIÓN JURADA JURISDICCIÓN – ORIGINAL
PUERTO MADRYN, de 2019
Señor Intendente
Municipalidad de Puerto Madryn
S / D
Quienes suscriben, declaran bajo juramento para todos los efectos jurídicos de la Concurso Privado de Precios para la obra “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN” que
se someten a los Tribunales de Justicia Ordinaria de la Provincia del Chubut con asiento en la ciudad de Puerto Madryn, fijando como domicilio legal el siguiente:
Xxxxx | Xx | ||
Xxxxxx | XXX | ||
Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx | |||
Representante Técnico Firma y sello aclaratorio | Proponente Firma y sello aclaratorio |
DECLARACIÓN JURADA LIBRE DEUDA – ORIGINAL
PUERTO MADRYN, de 2019
Señor Intendente
Municipalidad de Puerto Madryn
S / D
Quienes suscriben declaran bajo juramento para los fines de la presente Concurso Privado de Precios para la obra “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXXX”, xx tener deuda
con la Municipalidad de Puerto Madryn, el Fisco de la Provincia del Chubut, el Banco del Chubut S.A. ni el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Productivo.
Representante Técnico Firma y sello aclaratorio | Proponente Firma y sello aclaratorio |
DESIGNACIÓN DEL REPRESENTANTE TÉCNICO – ORIGINAL
PUERTO MADRYN, de 2019
Señor Intendente
Municipalidad de Puerto Madryn
S / D
Hacemos saber a Usted que para los fines la presente Concurso Privado de Precios para la obra “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN”, hemos designado como Representante Técnico al Sr. ................................................................., de
profesión………………………………..con domicilio en ................................ , Ciudad de Matricula
Profesional Nº del C.P.I.A. de la Provincia del Chubut.
Adjuntamos a la presente los antecedentes profesionales del mismo, y Certificado de Habilitación extendida por el Colegio Provincial de Ingeniería y Agrimensura, Ley X Nº 2, de la Provincia.
Representante Técnico Firma y sello aclaratorio | Proponente Firma y sello aclaratorio |
DECLARACIÓN JURADA DATOS DEL OFERENTE Y NÚMEROS DE INSCRIPCIÓN
PUERTO MADRYN,… de 2019
Señor Intendente
Municipalidad de Puerto Madryn
S / D
Quienes suscriben, a los fines de la presente Concurso Privado de Precios para la obra “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL
SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN”, declaran bajo juramento que los datos empresarios y de inscripciones legales actualizados de nuestra Empresa son los que se detallan seguidamente, en un todo de acuerdo con la documentación obrante en el Registro Provincial de Constructores de Obras Públicas:
Nombre o razón social | ||||||||
Domicilio real : Xxxxx | Xx | |||||||
Xxxxxx | XXX | Xxxxxxxxx | ||||||
Domicilio legal: Xxxxx | Xx | |||||||
Xxxxxx | XXX | Xxxxxxxxx | XXXXXX | |||||
Tipo de Sociedad | Fecha de Constitución | |||||||
Nº de Inscripción en el Registro Público de Comercio | ||||||||
Integrantes responsables, socios, apoderados | ||||||||
Nombre y Apellido | Cargo /Función | D.N.I. | Domicilio / Ciudad | |||||
CUIT Nº | Ingresos Brutos Nº | Jurisdicción | ||||||
IERIC Nº | Habilitación Municipal Nº | Jurisdicción |
Representante Técnico Firma y sello aclaratorio | Proponente Firma y sello aclaratorio |
NÓMINA DE EQUIPOS – ORIGINAL
PUERTO MADRYN… de 2019.-
Item | Designa ción | Cantid ad | Xxxx a | Tipo / Model o | Característ icas (Potencia, capacidad, etc.) | Esta do de Con serv ació n | Valuació n ($) | Situación dominial del equipo | ||
Prop io | A adquiri r | A alqui lar | ||||||||
01 | ||||||||||
02 | ||||||||||
03 | ||||||||||
04 | ||||||||||
05 | ||||||||||
06 | ||||||||||
07 | ||||||||||
08 | ||||||||||
09 | ||||||||||
10 | ||||||||||
11 | ||||||||||
12 | ||||||||||
13 | ||||||||||
14 | ||||||||||
15 | ||||||||||
16 | ||||||||||
17 | ||||||||||
18 |
NOTA IMPORTANTE: El Oferente y posterior Contratista deberá tener perfectamente en cuenta al realizar su oferta que el equipo que declare para la ejecución de la obra no podrá ser retirado de la misma sin la autorización de la Inspección de la Obra. Los vehículos que el Contratista utilice como movilidad del personal obrero técnico o de conducción así como también para el transporte de materiales entre distintas localidades de la provincia y/o la región y que no permanezcan en forma permanente en la obra serán considerados gastos indirectos de obra declarados por la Oferente y/o Contratista. | Representante Proponente Técnico Firma y Firma y sello sello aclaratorio aclaratorio |
AUTORIZACIÓN PARA LA INSPECCIÓN DE LOS EQUIPOS – ORIGINAL
PUERTO MADRYN… de 2019.-
Señor Intendente
Municipalidad de Puerto Madryn
S / D
Por la presente autorizamos a la Inspección que esa Secretaría designe para verificar el equipo propuesto en nuestra Oferta en los lugares, días y horas que a continuación se indican, a cuyo efecto el representante de la empresa que coordinará y acompañará en las visitas será el Sr …-
Te/Celular Nº…………………………………………..:
(1) Domicilio (Calle, Nº, ciudad) | (2) Días | Horario de atención | ||
Desde | Hasta | |||
1 | ||||
2 | ||||
3 |
(1) Domicilio completo del lugar donde se encuentren los equipos a la fecha, y número de teléfono si poseyera.
(2) Días: días hábiles, lunes a viernes, o determinados días de la semana según corresponda.
La presentación de esta autorización, o copia intervenida por el Organismo licitante será el único requisito para permitir el acceso de la Inspección.
Representante Técnico Firma y sello aclaratorio | Proponente Firma y sello aclaratorio |
FORMULARIOS DENTRO DEL SOBRE OFERTA
FÓRMULA DE LA PROPUESTA – ORIGINAL Y DOS COPIAS
PUERTO MADRYN… de 2019.-
Señor Intendente
Municipalidad de Puerto Madryn
S / D
Quienes abajo firmamos, después de estudiar detenidamente la documentación la presente Concurso Privado de Precios para la obra “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN”, y
de recoger en el lugar de emplazamiento de la obra los elementos de juicio y la información necesaria en relación con las condiciones locales que pueden influir sobre la determinación de los precios y el Plan de Trabajos Garantizado en la Oferta, no quedándonos duda alguna sobre la interpretación de los Pliegos la presente Compulsa de Precios para la obra “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO
MADRYN”, y demás condiciones, proponemos realizar la Obra por UNIDAD DE MEDIDA por el monto y el término que a continuación indicamos:
Obra | Plazo de ejecución (días corridos) | Monto ($) |
$ |
Plazo de ejecución (en letras) días corridos.
Son pesos (en letras)…………………………………………………………………………
El monto total de la obra es resultado del Presupuesto de la Oferta que adjuntamos a la
presente.
Todos los valores corresponden al mes básico:.................del año.......... correspondiente al
mes anterior a la fecha de apertura de la Licitación.
La presente oferta la presentamos acompañada de toda la documentación establecida en el Art. 14° de las Cláusulas Generales y en el Art. 12° de las Cláusulas Particulares xxx Xxxxxx de la Licitación.
Sin otro particular, saludamos al Sr. Secretario con nuestra mayor consideración.
Proponente: | |||
Domicilio Real: | |||
Domicilio legal: | |||
Repr. técnico | |||
Profesión | Matricula CPIA | ||
Domicilio | |||
Representante Técnico Firma y sello aclaratorio | Proponente Firma y sello aclaratorio |
ANÁLISIS DE PRECIOS – ORIGINAL Y DOS COPIAS
Ítem | Designación | Unidad de medida |
A - MATERIALES | |||||
Nº | Descripción del material o insumo (1) | Unid. | Rend (2) | $ unit | $ total |
01 | |||||
02 | |||||
03 | |||||
04 | |||||
SUBTOTAL A) |
B – MANO DE OBRA | |||||
Nº | Descripción | Unid. | Rend (5) | $ unit | $ total |
01 | |||||
02 | |||||
03 | |||||
SUBTOTAL B) |
C - EQUIPO | ||||||
Nº | Descripción del equipo (6) | Nac. o Impo rt. | Un id. | Rend (7) | $ unit | $ total |
01 | ||||||
02 | ||||||
03 | ||||||
SUBTOTAL C) |
I - COSTO-COSTO 1 (A+B+C)
Gastos generales directos (sobre I) | % sobre | = | |||
Gastos generales indirectos (sobre I) | % sobre | = | |||
SUBTOTAL II |
Beneficio (sobre II) | % sobre | = | |||
SUBTOTAL III |
IVA (sobre III) I.B. (sobre III). | % sobre | = |
Precio final del item $
1) Discriminar todos los materiales intervinientes en el presupuesto por Xxxx y en cada Ítem los mas significativos, ya sea su cotización expresada como unidad de medida o globalmente.
2) Consumo de materiales en la unidad.
3) Precio de cada material en unidad de medida o porcentaje de incidencia del material en los ítems de cotización de manera global.
4) Valor de la mano de obra adoptada o porcentaje de Incidencia en los ítems de cotización de manera global
5) Rendimiento de la Mano de Obra, tiempo en horas por cada unidad.
6) Discriminar los Equipos que intervienen en la ejecución del Ítem y su procedencia nacional o importado. Para la rederterminación de precios todo aquel equipo de origen importado que pueda ser reemplazado por maquinaria de origen Nacional se considerará como tal.
7) Rendimientos diario de los Equipos intervinientes
8) No se reconocerán Gastos Financieros ni su variación
ACLARACIÓN SOBRE LOS ANÁLISIS DE PRECIOS
Se detallarán en planilla separada los siguientes elementos intervinientes en los análisis de precios:
✓ Mano de Obra: Jornal horario, Cargas sociales, Asistencia;
✓ Gastos Generales Indirectos: discriminar en porcentuales todos los gastos que a juicio del Oferente conforman este gasto;
✓ Gastos Generales Directos: Ídem anterior.
Gastos Financieros: No se reconocerá gasto financiero ni su variación.
No se reconocerá para la determinación del precio final ninguna tasa y/o impuesto que no sean el correspondiente al I.V.A. vigente a consumidor final.
Los Gastos debidos a la compra y/ó construcción de las comodidades y equipamiento para la inspección (ARTICULO 19-Cap. IV), deberán aparecer expresamente dentro de los Gastos Generales Directos.
Las tasas, sellados impuestos que deba afrontar el Oferente con excepción del I.V.A. y de INGRESOS BRUTOS deberán ser consideradas en los Gastos Generales Indirectos.
NÓMINA DE ESPECIFICACIONES – ORIGINAL Y DOS COPIAS
En cumplimiento de lo establecido en las Cláusulas Generales, el Oferente con carácter de obligación deberá presentar una nómina de especificaciones definiendo cada uno de los elementos que integran cada uno de los ítems del presupuesto oferta confeccionada con el encabezamiento siguiente.
NOMINA DE ESPECIFICACIONES DE MATERIALES E INSUMOS
OBRA: “ ”.
Nº Ord. | Descripción del insumo o material | A utilizar en ítem | Fabricante | Marca | Modelo | Observaciones |
01 | ||||||
02 | ||||||
03 | ||||||
04 | ||||||
05 | ||||||
06 | ||||||
07 | ||||||
08 | ||||||
09…. |
Representante Técnico Firma y sello aclaratorio | Proponente Firma y sello aclaratorio |
El proponente deberá presentar la nómina de especificaciones con indicación de los fabricantes, procedencia, marca, modelo, características, etc. que definan perfectamente todos los materiales, equipos y elementos que quedarán incorporados a la obra.
Con tal objeto el proponente no podrá definirlos con expresiones como las siguientes: "o similar", "conforme x xxxxxx", "a criterio de la Repartición", etc.
En todos los casos el proponente acompañará folletos, ilustraciones o fotos, etc. que permitan la correcta definición de las especificaciones pertinentes.
Queda expresamente establecido que la mencionada nómina tendrá carácter de Declaración Jurada y su presentación incompleta será razón de rechazo de la oferta al solo juicio de la Comisión de Preadjudicación.
DECLARACIÓN JURADA DE CONOCIMIENTO DEL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA – ORIGINAL Y DOS COPIAS
PUERTO MADRYN… de 2018.-
Señor Intendente
Municipalidad de Puerto Madryn
S / D
A los fines de la la presente Compulsa de Precios para la obra “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD
DE PUERTO MADRYN”, declaramos bajo juramento conocer la configuración, naturaleza del terreno, edificios existentes y condiciones en que se realizará la obra” asumiendo la responsabilidad inherente a la actividad comercial en lo que respecta a la determinación de los costos que surgen de mi propuesta.
Representante Técnico Firma y sello aclaratorio | Proponente Firma y sello aclaratorio |
SECCIÓN X
Entre los suscriptos por una parte, la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN, representada en este acto por el Sr. Intendente Xxx XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, DNI 00.000.000, con domicilio real en calle Belgrano Nº 250, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” y, por otra parte, ……………………………....., con domicilio en
…………………………..., en adelante “EL CONTRATISTA”, ambos de esta ciudad de Puerto Madryn, Departamento Biedma, Provincia del Chubut, convienen en celebrar el presente Contrato de Obra Pública DENOMINADA: “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN”. Por lo mencionado
precedentemente, las partes celebran el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: ------
CLÁUSULA 1º: OBJETO DEL CONTRATO. El OBJETO del contrato es la ejecución de la obra denominada “CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPOSICIÓN, DE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA SEMAFÓRICO DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN”, que consiste en
………………………………………………………………………………………………………., conforme los términos, planos, planillas y características técnicas previamente establecidas en el procedimiento de licitación y que EL CONTRATISTA declara conocer, aceptar y queda sujeto al contralor municipal.---------------------------------
CLÁUSULA 2º: PLAZO DE EJECUCIÓN Y PENALIDADES. El PLAZO de ejecución de la obra contratada se establece en un máximo de 360 días corridos, contados a partir de la fecha de la firma del acta de inicio de obra. EL CONTRATISTA se obliga a entregar la Obra, objeto del presente Contrato, completamente terminada a los ............ (...) días corridos, contados a partir de la fecha de iniciación de los trabajos. La falta de cumplimiento del plazo precedentemente fijado hará pasible al CONTRATISTA de la multa establecida en las Cláusulas Generales y Particulares, la cual será aplicada por mero vencimiento del plazo, sin necesidad de interpelación Judicial o extrajudicial alguna.
CLÁUSULA 3º: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio total de ejecución de la obra, objeto del presente contrato asciende a la suma de PESOS ……………………………………………… con IVA incluido. Se establece el pago en cuotas contra la presentación de los respectivos certificados de obra en los plazos establecidos en las cláusulas generales y particulares en el Pliego de Licitación. ------------------------------------------
CLÁUSULA 4°: DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Regirán la interpretación y alcance del Contrato en el orden de prelación que se mencionan las siguientes: a) Todas y cada una de la Cláusulas del presente Contrato, b) La legislación vigente, c) Toda la Documentación de los Pliegos de la Licitación atendiendo al orden siguiente de Secciones: (IV Cláusulas Particulares, VI Cláusulas Técnicas Particulares, X Planos y Planillas, V Régimen de Redeterminación de Precios, III Memoria Descriptiva, II Cláusulas Generales), incluyendo la Documentación que pueda haberse originado como consecuencia del Artículo 11º de las Cláusulas Particulares, d) La Oferta del Contratista de fecha......., e) La Resolución Municipal Nº ..../18 mediante el cual se adjudicó la Obra, f) Notificación fehaciente al contratista de la adjudicación de la obra, g) Los documentos que se confeccionan en Obra y se incorporarán oportunamente, tales como Ordenes de Servicio, Actas, Pedidos de Empresa, etc.--------
CLÁUSULA 5°: SISTEMA DE CONTRATACIÓN: La Obra objeto del presente Contrato se realizará bajo el sistema de AJUSTE ALZADO, y de conformidad a lo establecido en el Pliego de Licitación.-------------------------
CLÁUSULA 6º: GARANTÍA DE CONTRATO Y FONDO DE REPARO. En Garantía del cumplimiento del presente Contrato EL CONTRATISTA entrega en este acto ........................... por la suma de PESOS
......................... ($. ) importe equivalente al CINCO POR CIENTO (5 %) del monto del Contrato. Del importe
de cada Certificado de Obra se deducirá el CINCO POR CIENTO (5 %) con el que se formara el FONDO DE REPARO. La Garantía presentada por EL CONTRATISTA para el cumplimiento del presente Contrato, se devolverá en el Plazo establecido en el Artículo 52 de la Ley Provincial I-11.------------------------------------------------
CLÁUSULA 7º: RESPONSABILIDAD. EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a LA MUNICIPALIDAD contratante de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado. EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA MUNICIPALIDAD contratante por cualquier obligación de caracteres laborales o relacionados que se originen en el cumplimiento de sus obligaciones laborales que EL CONTRATISTA asume frente a su personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del presente contrato. EL CONTRATISTA asumirá en forme única y espontánea todos los gastos de reparación integral a los afectados que pudieran sufrir algún evento dañoso, eximiendo a LA MUNICIPALIDAD de toda causa administrativa y/o judicial en el que sea parte durante la ejecución del presente contrato. Bajo las prescripciones del art. 958° CCCN, las partes convienen de común acuerdo que el CONTRATISTA queda sujeto a las disposiciones de los art.1273°,1274°, 1275°, 1277° del CCCN y el plazo de garantía de construcción se extenderá según lo previsto en el art.1055°CCCN a los diez (10) años contados a partir de la recepción definitiva de la obra.
CLÁUSULA 8º: SEGUROS. EL CONTRATISTA además de los seguros obligatorios que debe tomar para el pedido de ejecución de obra deberá contratar con idénticas características otros seguros a favor de LA MUNICIPALIDAD. Los seguros establecidos en el artículo 39º de la Sección II y el Artículo 22º de la Sección IV
deberán ampliarse de acuerdo al avance de obra y por el tiempo allí dispuesto, vigente en todo el periodo pacto para la obra y hasta su efectiva finalización.
CLÁUSULA 9º: TRANSFERENCIA. La calidad asumida por EL CONTRATISTA es transferible, atendiendo los requisitos y en un todo de conformidad de las disposiciones del Artículo 85º de la Sección II – Cláusulas Generales -, previstas en el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas. ----------------------------------------------------------
CLÁUSULA 10°: RECEPCIÓN DE LA OBRA. La Recepción Provisional, Total o Parcial de la obra deberá ser requerida por EL CONTRATISTA, por escrito, cuando se encuentre terminado los trabajos contratados; debiéndose labrar el acta respectiva dentro de los TREINTAS (30) días solicitada por EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA entregara los planos conforme a obra de acuerdo en lo establecido dentro de los sesenta (60) días posteriores a la fecha de la última acta de recepción Provisional. Rigiendo para los demás efectos de la Recepción Definitiva las prescripciones de las Cláusulas Generales y Particulares xxx Xxxxxx de Licitación y de los artículos 50 y 51 de la Ley de Obras Públicas I-11. El Plazo de Garantía se contará a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisional Parcial/Total de la Obra y será de ............ ( ) días corridos luego de los cuales
y siempre que no se observen deficiencias o vicios en los Trabajos imputables a EL CONTRATISTA, se procederá a extender el Acta de Recepción Definitiva. En el Acta de Recepción Definitiva se considerarán las actuaciones y expedientes en trámite, con indicación del asunto de que se trata y el monto de la obra certificada. EL CONTRATISTA entregará los Planos y Planillas conforme a Obra de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas Particulares, dentro de los SESENTA (60) días posteriores a la fecha de la última Acta de Recepción Provisional.-
CLÁUSULA 11º: RESCISIÓN. LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir el contrato por los incumplimientos y violaciones a lo dispuesto en el presente acuerdo; por los incumplimientos graves de las disposiciones de las Cláusulas Particulares y Generales; y las dispuestas en los artículos 56 a 62 de la ley de Obras Públicas (Ley I N° 11). EL CONTRATISTA podrá rescindir el contrato cuando se susciten las causales previstas en el artículo 60 de la LEY.
CLÁUSULA 12º: MULTAS. En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por EL CONTRATISTA y que se deriven del presente contrato, se impondrá para la aplicación de la multa que corresponda lo dispuesto en el artículo 77° de la Sección II – Cláusulas Generales - y artículo 33° de la Sección IV – Cláusulas Particulares.
CLÁUSULA 13°: RESARCIMIENTO: LA MUNICIPALIDAD se reserva el ejercicio del Derecho al reclamo por los resarcimientos previstos en los artículos 46°, 82.2 y concordantes de las Cláusulas Generales xxx xxxxxx licitatorio.
CLÁUSULA 14º: CLÁUSULA PENAL. En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial que se considere grave y/o, abandono y/o, incumplimiento de las obligaciones del presente contrato, EL CONTRATISTA deberá pagar a título de indemnización a LA MUNICIPALIDAD, una suma equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la suma total del contrato suscripto. Reservándose LA MUNICIPALIDAD la potestad de ejercer las vías judiciales cuando el perjuicio del erario público sea cuantioso.------------------------------
CLÁUSULA 15º: JURISDICCIÓN Y DOMICILIO. Para todos los efectos de este Contrato las partes constituyen domicilio especial LA MUNICIPALIDAD en Belgrano 206 (PUERTO MADRYN - CHUBUT) y EL CONTRATISTA en...................................., dónde se tendrán por válidas todas las notificaciones y cuantas diligencias tuvieran lugar, aceptando desde ya la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia del Chubut con asiento en la Ciudad de Puerto Madryn, haciendo expresa renuncia a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.
En prueba de conformidad con lo precedentemente estipulado, se suscribe el presente contrato con cuatro ejemplares del mismo tenor a un solo efecto en la ciudad de Puerto Madryn, Departamento Biedma, Provincia del Chubut a los ……………… días……………del mes de ……………..del año…………………------------------------
……………....................... ……........................
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA
………………………
REPRESENTANTE TÉCNICO
SECCIÓN XI
PLANOS
1.- ANEXO I: PLANILLA - RED DE SEMÁFOROS DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN - RELEVAMIENTO DE INTERSECCIONES EXISTENTES.
2.- ANEXO II: PLANO SISTEMA DE SEMAFORIZACION - CRUCES EXISTENTES. (DVD)
ANEXO I
RED DE SEMÁFOROS DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN. RELEVAMIENTO DE INTERSECCIONES EXISTENTES – PLANILLA.
Nº | Intersección | Sem Peatonal | Sem Vehicular | Controlador | ||
Un | Un | Un | ||||
1 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x Xxxxx Xxxxx Xxxx | 6 | 6 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
2 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x 00 de Julio | 8 | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
3 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x Xxxxxxxx | 0 | 0 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
4 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x 0 xx Xxxxx | 0 | 6 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
5 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x Xxxxxxxxx | 0 | 6 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
6 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x Xx. Xxxxx | 00 | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
7 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x Xxxxxx | 0 | 0 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
8 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x Xxxxxxxxxx | 0 | 0 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
9 | X. Xxxxx y Xxxxxxx | s/p | 6 | AUTOTROL | ||
00 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x Xxxxxxxxx | 16 | 12 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
00 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx y Xxxxx Xxxxx | s/p | 10 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
00 | Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx x Xxxxxxx | 00 | 12 | AUTOTROL AÑO 1995 | ||
13 | 25 xx Xxxx y 28 de Julio | 8 | 4 | MICRO ELECTRONICA | ||
14 | 25 xx Xxxx y Belgrano | 7 | 4 | MICRO VIEJO | ||
15 | Gales y 25 xx Xxxx | s/p | 6 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
16 | Mitre y Xxxxxxxx | s/p | 7 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
17 | Mitre y Xxxxx Xxxxx Xxxx | s/p | 4 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
18 | Mitre y 00 xx xxxxx | 0 | 4 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
19 | Mitre y Belgrano | 8 | 4 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
20 | Mitre y 9 de Xxxxx | s/p | 4 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
21 | Mitre y Xxxxxxxxx | s/p | 4 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
22 | Gales y Mitre | s/p | 7 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
23 | Xxxxxx X Xxx y Xxxxxxxx | s/p | 7 | AUTOTROL AÑO 1995 | ||
24 | Gales y Xxxxxx X Xxx | s/p | 7 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
25 | Gales y San Xxxxxx | s/p | 7 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
26 | Maiz y Xxxxxxxxx | s/p | 4 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
27 | Gales y Maiz | s/p | 6 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
28 | Gales y Xxxxxx | s/p | 6 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
29 | Gales y Xxxx X Xxxxx | s/p | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
30 | Gales y Reconquista | s/p | 6 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
31 | Gales y Xxxxxxxx | s/p | 6 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
32 | Gales y Xxxxxxx | s/p | 8 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
33 | 9 de Julio y Colon | 8 | 5 | MICRO ELECTRONICA "GPS" | ||
34 | Gales y Colon | s/p | 6 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
35 | 9 de Julio y Xxxxxxxx | s/p | 12 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
36 | Xxxxxxxxx y Xxxxxxxx | 2 | 6 | MICRO ELECTRONICA | ||
37 | Gales y Xxxxxxxx | s/p | 12 | SIEMMENS AÑO 1995 | ||
38 | España y Xxxxxxxx | s/p | 12 | MICRO ELECTRONICA "GPS" | ||
39 | Gales y Piedrabuena | s/p | 8 | MICRO ELECTRONICA "GPS" | ||
40 | Gales y Corrientes | s/p | 8 | MICRO ELECTRONICA "GPS" | ||
41 | 0 XX Xxxxx x 00 xx Xxxxx | s/p | 10 | MICRO ELECTRONICA | ||
42 | Xxxx X Xxxxx y España | s/p | 10 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
00 | Xxxx X Xxxxx x Xxxxxxxxxx | s/p | 6 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
44 | Xxxx X Xxxxx y Xxxxxxxxx | s/p | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
00 | Xxxx X Xxxxx x Xxxxxx | s/p | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
00 | Xxxx X Xxxxx x Xxxxxxxxx | s/p | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
47 | Xxxx X Xxxxx y Xxxxxxxx | s/p | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
00 | Xxxx X Xxxxx x X Xxxxx | s/p | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
00 | X Xxxxxxxx x Xxx Xxx Xxxx (5 esquinas) | s/p | 10 | MICRO ELECTRONICA | ||
50 | Xxxxx Xxxxxx y X.Xxxxxx | 2 | 6 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | ||
00 | Xxxxx Xxxxxx x Xxxx Xxxxxx | 0 | 3 | AUTOTROL AÑO 1995 |
52 | Xxxxx Xxxxxx y X.Xxxxx | s/p | 3 | AUTOTROL AÑO 1995 | |
53 | Xxxxx Xxxxxx y X.X.Xxx | s/p | 3 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | |
54 | Barrio Roca | s/p | 6 | MICRO ELECTRONICA | |
55 | Av del Trabajo y Las Plumas | 2 | 6 | MICRO ELECTRONICA | |
56 | Xx xxx Xxxxxxx x Xxxxxxxx | 0 | 0 | MICRO ELECTRONICA | |
57 | Barrio 630 Viviendas | 6 | 8 | MICRO ELECTRONICA | |
58 | Xxxxxx Xxxxxxx y Salta | 4 | 9 | AUTOTROL | |
59 | xxxxxx Xxxxxxx y Liniers | 4 | 7 | AUTOTROL | |
60 | Xxxxxx Xxxxxxx y Yamanas | 4 | 8 | MICRO ELECTRONICA " GPS " | |
61 | Xxxxxx Xxxxxxx y Paso de los libres | 8 | 8 | AUTOTROL | |
62 | Xxxxxx Xxxxxxx y Club Madryn | s/p | 6 | Placas Intermitentes | |
63 | Ruta A010 (Aluar Infa) | 8 | 8 | AUTOTROL | |
64 | Acceso Xx 00 xx Xxxxx | 0 | Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx | ||
00 | Xxxxxx y Xxxxxx x Xxx | 4 | 4 | MICRO ELECTRONICA " GPS " |