CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE AGENTE DE DESARROLLO LOCAL, MEDIANTE CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO A TIEMPO COMPLETO.
CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE AGENTE DE DESARROLLO LOCAL, MEDIANTE CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO A TIEMPO COMPLETO.
En cumplimiento de la resolución del Sr. Concejal Delegado de Personal de fecha 20 de noviembre de 2012, se redactan las presentes bases que han de regir la convocatoria de 1 plaza mediante contrato laboral eventual por obra o servicio determinado ( Art. 15.1.a) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx), con la categoría de AGENTE DE DESARROLLO LOCAL.
B A S E S:
Primera.- Objeto de la Convocatoria.- La presente convocatoria tiene por objeto seleccionar un/a aspirante para su contratación eventual y por el periodo de ejecución de la obra o servicio, correspondiente al desarrollo del proyecto Vivero de Empresa.
Segunda.- Naturaleza.- El personal seleccionado será contratado mediante contrato laboral por obra o servicio a tiempo completo, con la categoría de AGENTE DE DESARROLLO LOCAL, y se extenderá desde la formalización del contrato hasta la realización de la obra o servicio o, en su caso, la provisión de la plaza reglamentariamente.
Tercera.- Prestación de los servicios.- Las funciones inherentes al puesto de trabajo se desempeñarán conforme al vigente Convenio Colectivo de este Ayuntamiento.
Cuarta.- Condiciones de los aspirantes.- Las condiciones exigidas para participar en la presente convocatoria son las establecidas en el artículo 135 del R.D. 781/86, de 18 xx xxxxx y en concreto las siguientes:
a) Tener nacionalidad española o de un país miembro de la Comunidad Europea, de acuerdo con lo que establezca la ley que regule el acceso a la función pública española de los nacionales de los demás estados miembros de la Comunidad Económica Europea. Los aspirantes con nacionalidad distinta a la de los países miembros de la Comunidad Europea, deberán presentar con la solicitud el permiso de trabajo, salvo que se encuentren en situación de residencia permanente, en cuyo caso acreditarán dicha situación. Asimismo, aportarán copia compulsada del NIE y de la titulación homologada a la exigida en la convocatoria.
b) Tener cumplidos 16 años de edad.
c) Estar en posesión de la titulación establecida en el Anexo de esta convocatoria.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas mediante sentencia firme.
Estos requisitos deberán ponerse como fecha límite el último día del plazo de presentación de instancias, y mantenerse en el momento de tomar posesión, en su caso.
Quinta.- Forma y plazo de presentación de instancias.- Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria, deberán hacer constar en sus instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referida siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes para tomar parte en este proceso, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, y se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, dentro del plazo (5 días naturales) fijado en el anuncio de publicidad de estas bases.
También podrán presentarse las solicitudes en la forma que determina el artículo 38.4) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes que envíen sus instancias a través de los medios oficialmente establecidos (Oficinas de Correos, Subdelegación del Gobierno, ventanilla única, etc) deberán enviarlas además por FAX al número 987-44.66.30, con el objeto de que el Ayuntamiento tenga constancia de la presentación de las instancias dentro del plazo establecido.
A la instancia, cuyo modelo se facilitará en el Registro General del Ayuntamiento o a disposición del interesado en la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxx.xxx), se acompañará:
a) Resguardo acreditativo de haber abonado en la Tesorería del Ayuntamiento la cantidad de 10,00 €, en concepto de derecho de examen.
b) Copia compulsada del DNI
c) Copia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria: Título de Grado, Licenciado o Diplomado universitario o equivalente.
Sexta.- Admisión de los aspirantes.- Expirado el plazo de presentación de instancias, el Concejal Delegado de Personal, dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos motivando la exclusión y detallando los requisitos que no se reúnen y publicitándose en el Tablón de Anuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos, conforme determina el artículo 71 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
La no presentación de documentos, en el plazo indicado, supone la exclusión de los aspirantes.
Séptima.- Comisión de Selección.- Estará formada por los siguientes miembros:
Presidente: Sr. Coordinador de Desarrollo Local del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
Vocales: 3 Funcionarios Municipales.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran los supuestos del artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto. El Tribunal no quedará válidamente constituido sin la presencia de al menos, de 3 de sus miembros titulares o suplentes, debiendo estar, en todo caso el Presidente o el Secretario o quien legalmente le sustituya.
Octava.- Procedimiento de Selección.- La selección de los aspirantes se llevará a cabo a través de 1 ejercicio:
Primer y único ejercicio.- Consistirá en una entrevista personal con el/la aspirante sobre materias relacionadas con el temario.
Con los aprobados/as con quienes no se hubiese formalizado contrato laboral se formará una bolsa de trabajo por una duración máxima de un año, para cubrir eventuales bajas que pudieran producirse en el desarrollo del contrato.
Novena.- Concluida la selección, la Comisión de Selección publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación el nombre del/a aspirante seleccionado/a y, en su caso, el nombre del resto de componentes de la bolsa de trabajo. Finalizado el proceso selectivo en su integridad, el Tribunal elevará la relación del personal seleccionado al órgano competente con el acta de la última sesión de las pruebas realizadas, en las que se habrá de hacer concreta referencia al aspirante seleccionado, con propuesta de su contratación.
Décima.- Presentación de la documentación.- El/la aspirante propuesto/a presentará en el plazo de 5 días siguientes, desde que se haga pública la relación de seleccionados en el Tablón de Edictos de la Corporación, los documentos acreditativos de las condiciones y requisitos exigidos en la base 4ª de la convocatoria y no exigidos en el momento de presentación de instancia.
Quien no presentase ni alegase justa causa no podrá ser contratado y quedarán anuladas todas las circunstancias, incurriendo en su caso en las responsabilidades que pudiera haber contraído por falsedad de documento privado.
Aprobada la documentación, se formalizará el correspondiente contrato, en modelo oficial, dentro de los 5 días hábiles siguientes, realizando la correspondiente alta en la Seguridad Social.
Quien no firmase el contrato en los plazos antedichos decaerá en todos los derechos al puesto.
Undécima: Incidencias.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos y decisiones precisas para el desarrollo del buen orden de la oposición.
Duodécima: Impugnaciones.- La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y formas establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 19992 y Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación de dicha ley.
Esta convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas bases, para lo dispuesto en:
* Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, Reguladora de la Bases de Régimen Local.
* Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
* Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquella.
* Real Xxxxxxx 000/00, xx 0 xx xxxxx.
* Ley 30/84, de 2 xx xxxxxx, reformada por la Ley 23/88, de 28 de julio, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
• Real Decreto 364/95, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios.
• Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx),
La presente convocatoria se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la sección correspondiente de la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxx.xxx) y, al menos, en un medio de comunicación de publicación diaria.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxx, en un plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la notificación del mismo, o potestativamente, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente a la notificación de la misma (art. 116 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
La no resolución y notificación en el plazo de un mes, abrirá el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo.
Ponferrada, 12 de noviembre de 2012 EL CONCEJAL DELEGADO DE PERSONAL FDO.: XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
A N E X O I
Denominación Plaza: AGENTE DE DESARROLLO LOCAL
Número de plazas: UNA
Titulación requerida: GRUPO A Subgrupo A2 (según artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx): Titulo Universitario de Grado, Diplomado, Licenciado o equivalente.
Jornada Laboral: SEGUN CONVENIO.
Duración: Hasta finalización de obra o servicio correspondiente al desarrollo del proyecto xx Xxxxxx de Empresas.
Retribuciones: SEGUN CONVENIO.
UNA PLAZA DE AGENTE DE DESARROLLO LOCAL
PROGRAMA
A) PARTE GENERICA
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Los principios constitucionales: El Estado Social y Democrático. Los valores superiores de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales.
Tema 2. La Corona. El Poder Legislativo: composición y funciones. El Poder Judicial.
Tema 3. El Poder Ejecutivo. La Administración Pública en el ordenamiento español: Administración territorial e institucional. La Administración General del Estado. La Administración Autonómica. La Administración Local. La Administración institucional y corporativa.
Tema 4. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
Tema 5. El acto administrativo: Concepto, clases, forma, eficacia, motivación, la invalidez del acto administrativo. La notificación y publicación de resoluciones y actos administrativos.
Cómputo de plazos.
Tema 6. El procedimiento administrativo común: concepto, fases. La obligación de resolver. El silencio administrativo. La revisión de actos administrativos en vía administrativa.
Tema 7. El municipio. Concepto y elementos del municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento. Formas de organización del municipio.
Tema 8. El Ayuntamiento: órganos de gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: constitución, convocatoria, sesiones, orden del día y votaciones. Competencias municipales.
Tema 9. Dominio público de las Administraciones Locales: concepto, elementos y clasificación, afectación, potestades administrativas, uso y utilización. El patrimonio privado de las Administraciones Locales: potestades, adquisición y enajenación.
Tema 10. El personal al servicio de la Administración Local: clasificación y organización. El personal funcionario: Requisitos para el acceso a la función pública. Causas de la pérdida de la condición de funcionario. Sistemas de acceso a la función pública. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional interna.
Tema 11. Derechos y deberes del personal funcionario de las Administraciones Locales. Régimen retributivo. Régimen de Seguridad Social. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades.
Tema 12. Las haciendas locales. Los ingresos: clasificación. El gasto público: fases del gasto. El presupuesto general de las Administraciones Locales: elaboración y aprobación. Prórroga del presupuesto. Las modificaciones de crédito.
B) PARTE ESPECIFICA
Tema 1.– El Desarrollo Económico Local. Desarrollo exógeno y desarrollo endógeno. Tema 2.– El desarrollo local. Las iniciativas locales. El papel de los Ayuntamientos. Tema 3.– El Desarrollo Económico Local en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
Tema 4.– Factores de la promoción económica local.
Tema 5.– Los Agentes de Desarrollo Económico Local. Características, funciones y perfil profesional.
Tema 6.– Los agentes socioeconómicos. Su papel en el Desarrollo Económico Local. Tema 7.– Normativa en la que se inscribe el Desarrollo Económico Local.
Tema 8.– La Planificación Estratégica en la empresa privada y en el sector público. La Planificación Estratégica del Territorio y Planificación Estratégica del Desarrollo Económico Local.
Tema 9.– El Plan Estratégico de una ciudad. Objetivos. Metodología, la diagnosis, la recogida de información. La participación. La comunicación. Riesgos y beneficios.
Tema 10.– La concertación, la cooperación y el partenariado. Características y funciones de cada uno de ellos.
Tema 11.– Proyectos de Desarrollo Económico Local: planificación y gestión. Tema 12.– Los diferentes modelos de gestión del Desarrollo Económico Local.
Tema 13.– Experiencias de Planificación Estratégica en el Desarrollo Económico Local en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, en España y en Europa.
Tema 14.– Los AEDL (Agentes de Empleo y Desarrollo Local). Regulación y programa. Tema 15.– El fomento de la ocupación a nivel local. Programas y recursos públicos.
Tema 16.– Los planes de ocupación como dinamizadores de la economía local.
Tema 17.– La formación ocupacional. El papel de los Ayuntamientos en el fomento de la ocupación. Tema 18.– La autoocupación. Medios de fomento de la autoocupación.
Tema 19.– El tejido empresarial en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. Peso de la Pequeña y Mediana Empresa (PYME).
Tema 20.– El proceso de creación de una nueva empresa. Detección de oportunidades. Recursos necesarios.
Tema 21.– El fomento de la creación de empresas. Programas y recursos públicos. Tema 22.– Los nuevos emprendedores. Motivaciones y perfil.
Tema 23.– Subvenciones y ayudas específicas sectoriales para la creación de empresas en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
Tema 24.– Los viveros de empresas. Concepto y definición.
Tema 25.– Los viveros de empresas en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. Experiencias. Evolución. Resultados.
Tema 26.– El papel del conocimiento técnico en la creación de empresas: trabajos técnicos con los emprendedores.
Tema 29.– La empresa de nueva creación. Seguimiento y apoyo desde la administración local. Tema 30.– El apoyo a las empresas ya existentes desde la administración local. Especial referencia al apoyo a la PYMES.
Tema 31.– Los fondos europeos de financiación.
Tema 32 .– El funcionamiento de la Unión Europea. Sus Instituciones y Organismos.
Tema 33.– Acceso a la financiación de programas de Desarrollo Económico Local a través del Fondo Social Europeo.
Tema 34.– Iniciativas y programas comunitarios aplicables al Desarrollo Económico Local.
Tema 35.– Diferentes formas organizativas para gestionar la promoción económica de un municipio. Tema 36.– La Agencia de Desarrollo Económico Local. Organización. Objetivos. Forma Jurídica. Funciones.
Tema 37.– Identificación de necesidades a cubrir por los servicios municipales de Desarrollo Económico Local
Ponferrada, 20 de noviembre de 2012
EL CONCEJAL DELEGADO DE PERSONAL FDO XXXX XXXXXXX XXXXXX