ACUERDO DE INCORPORACIÓN
ACUERDO DE INCORPORACIÓN
REUNIDOS
De una parte, Seniors Españoles para la Cooperación Técnica, en adelante SECOT, Asociación privada de voluntariado social, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 87456, CIF X-00000000 y domicilio en Xxxxxx, xxxxx Xxxxxxx Xxxx 00, xxxxxxxxxxxx por D……………………………….…..con DNI………………….…………..en su condición de y
De otra parte D………………………………………………………con DNI….………….………y domicilio en………………………,Calle… ,en su condición de Senior voluntario.
MANIFIESTAN
1. Que es deseo de ambas partes firmar el presente acuerdo, según lo previsto en la Ley 45/2015, de 14 de octubre de 2015 de Voluntariado (en adelante Ley 45/2015) (Art.12.1;12.2;14.2.b).
2. Que D…………………………………………………………………………..……..…conoce los fines, actividades y Normativa interna de SECOT, está de acuerdo con ellos y con los medios para llevar a cabo su actuación como voluntario
3. Ambas partes conocen el contenido de las disposiciones a las que se hace referencia en este Acuerdo de Incorporación, que figuran recogidas en el Anexo al mismo.
ACUERDAN
Primero. Principios.
La incorporación de D………………………………………………………………...a SECOT como Senior voluntario, en adelante Senior, se lleva a cabo en las siguientes condiciones:
1. La incorporación tiene como finalidad contribuir al logro del objeto social de SECOT, desarrollando su actividad con carácter altruista y sin que su relación con SECOT tenga carácter laboral.
2. Sus funciones están dirigidas a colaborar con los emprendedores, pequeñas y medianas empresas que soliciten los servicios de SECOT para el inicio de sus actividades o para mejorar su funcionamiento. Art:12.2. b)
3. Para el desarrollo de las mismas el Senior podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades: Art.12.2. b)
a. Asesorar a las personas, empresas y entidades que soliciten los servicios de SECOT sobre materias relacionadas con el ámbito empresarial y social.
b. Impartir formación, capacitación empresarial y profesional, mediante cursos, seminarios, jornadas, etc.
c. Participar en proyectos de cooperación.Art.12.2. b)
4. La puesta a disposición de SECOT por parte del Senior será, al menos, de… horas
mensuales. El Senior podrá no cumplir dicho cómputo horario por causas justificadas, que pondrá en conocimiento de la Asociación.Art.12.2. b)
5. La duración del compromiso es ilimitada siempre que alguna de las partes no manifieste lo contrario. Art. 12.2.b); 12.2. f)
Para el cumplimiento de sus funciones, SECOT proporcionará al Senior la formación adecuada, bien por si misma o a través de terceros.Art.14.2. f)
Segundo. Derechos del Senior: Ley 45/2015. Art.10. Además:
1. Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad y salud.
2. Ser asegurado por los daños y perjuicios que pudiera causar a terceros como consecuencia del desarrollo de actividades encomendadas por SECOT
Tercero. Deberes del Senior: Ley 45/2015. Art.11 Además:
1. No estar vinculado profesionalmente a ninguna empresa que desarrolle actividades de asesoramiento empresarial.
2. Trabajar en equipo con otros Seniors y con los empleados.
3. Informar de las actuaciones desarrolladas en su condición de voluntario
Cuarto. Deberes de SECOT: Ley 45/2015. Art.14 Además:
1. Cumplir los compromisos adquiridos con el Senior en el presente Acuerdo, respetar sus derechos y facilitar su ejercicio.
2. Defender al Senior en aquellas situaciones derivadas del cumplimiento de sus obligaciones.
Quinto. Causas de rescisión de este Acuerdo de incorporación: Ley 45/2015. Art.12.2. f) y Art.14.2. b) Además:
Por parte de SECOT:
El acuerdo de rescisión será adoptado por la Junta Directiva de SECOT. De existir disconformidad por parte del Senior se atendrá a lo previsto en el acuerdo sexto.
La rescisión del Acuerdo de incorporación solo afectará al Senior en su condición de “voluntario”. Por lo que se refiere a la pérdida de condición de “socio” de SECOT se aplicará lo dispuesto en los Estatutos.
Por parte del Senior:
1. El incumplimiento de SECOT de alguna de las obligaciones establecidas en este Acuerdo. Art.14.2. b)
2. La enfermedad u otras circunstancias personales o familiares que impidan el cumplimiento de su compromiso.
Sexto. Los conflictos que surjan entre el voluntario y SECOT en el ejercicio de las actividades propias de voluntario se dirimirán por la vía arbitral, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 60/ 2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.Art.12.2. g); Art.12,4.
Séptimo. La relación entre SECOT y el Senior queda sujeta a lo dispuesto en la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado y en las disposiciones que la desarrollen.Art.1 y 2
En.………………………………..….., a……………………….de…………………………..……de……………….….
SECOT Senior Voluntario