INDICE
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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO DE CERTIFICACIONES MEDICAS A DOMICILIO Y A CONSULTORIO, DESTINADO A TODOS LOS FUNCIONARIOS DE A.N.P. QUE PRESTEN SERVICIOS EN EL PUERTO DE MONTEVIDEO.
SECCIÓN X. XXXXX gENERAL…………………………………………………………….. 4
Artículo 1º OBJETO………………………………………………………………………………………………….. 4
Artículo 2º MARCO JURIDICO DE REFERENCIA. JURISDICCION……………………………. 4
Artículo 3º CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE………………………………………. 4
SECCIÓN II. CONDICIONES de la contratacion…………………………….. 5
Artículo 4º DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO……………………………………………………………….. 5
Artículo 5º PLAZO DEL CONTRATO…………………………………………………………………………. 6
Artículo 6º CONTRALOR DEL SERVICIO…………………………………………………………………… 7
Artículo 7º PAGO DEL SERVICIO………………………………………………………………............... 7
SECCIÓN III. PROCESO LICITATORIO……………………………………………..... 8
Artículo 8º ADQUISICION, VALOR XXX XXXXXX Y DOMICILIO……………………………… 8
Artículo 9º ACLARACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION……………….. 8
Artículo 10º MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION………......... 8
Artículo 11º PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA…………………………………………….. 9
Artículo 12º GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA………………………………………. 9
Artículo 13º PRESENTACIÓN DE LA OFERTA..…………………………………………………………. 11
Artículo 14º CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA…………………………………………. 12
Artículo 15º CONTENIDO DE LA OFERTA…….………………………………………………………….. 13
Artículo 16º ANTECEDENTES DEL OFERENTE………………………………………………………….. 15
Artículo 17º REPRESENTANTE TÉCNICO………………………………………………………………….. 15
Artículo 18º PRECIO…………………..……………………………………………………………………………. 15
Artículo 19º RECEPCIÓN Y ANÁLISIS DE LAS OFERTAS……………………………………………. 16
Artículo 20º RESERVA DE DERECHO Y CRITERIO DE ADJUDICACION……………………. 17
Artículo 21º NOTIFICACION…………………………………………………………………………………….. 18
SECCIÓN IV. FORMALIZACIÓN DELCONTRATO…………………………………….. 19
Artículo 22º GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO…………………………………… 19
Artículo 23º CONTRATO……………………………………………………………………………………………. 19
Artículo 24º DOCUMENTOS CONTRACTUALES……………………………………………………….. 20
Artículo 25º CESION DEL CONTRATO……………………………………………………………………… 20
SECCIÓN V. fiNAL DEL CONTRATo…………………………………………………….. 21
Artículo 26º EXTINCION DEL CONTRATO…………………………………………................... 21
Artículo 27º RESCISION POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO..………………………. 21
Artículo 28º LIQUIDACION DEL CONTRATO POR RESCISION……………………………….. 21
Artículo 29º XXXX………………………………………………………………………………………………….. 22
Artículo 30º MULTAS………………………………………………………………………………………………. 22
ANEXO i - MODELO DE AVAL……………………………………………………………. 23
ANEXO II - MODELO DE PROPUESTA………………………………………………….. 24
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO DE CERTIFICACIONES MÉDICAS A DOMICILIO Y A CONSULTORIO, DESTINADO A TODOS LOS FUNCIONARIOS DE A.N.P. QUE PRESTEN SERVICIOS EN EL PUERTO DE MONTEVIDEO.
SECCION X. XXXXX GENERAL.
Artículo 1º. Objeto.
La Administración Nacional de Puertos (ANP) convoca a interesados en participar de la Licitación Abreviada para la “prestación de un servicio de certificaciones médicas a domicilio y a consultorio, destinado a todos los funcionarios de A.N.P. que presten servicios en el Puerto de Montevideo”.
Artículo 2º. Xxxxx Xxxxxxxx de referencia. Jurisdicción.
Este llamado esta regido por la Leyes y Normas vigentes, en particular por la Ley Nº 17957 y su Decreto Reglamentario Nº 60/007, la Ley Nº 18083 y sus Decretos Reglamentarios, el Decreto Nº 194/997 - TOCAF 1996, Adaptación del Decreto Nº 500/991 de fecha 1/12/991 aprobado por Resolución de Directorio de la A.N.P. Nº 589/3.478 de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, "Xxxxxx Xxxxx de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales" (Parte III), "Pliego de Bases y Condiciones Particulares para Contratación de Suministros y Servicios no Personales de la Administración Nacional de Puertos" (Parte II), el presente Pliego de Condiciones Particulares (Parte I).
Para todas las cuestiones relativas al cumplimiento o interpretación del contrato será aplicable la legislación y jurisdicción de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3º. Cumplimiento de la normativa vigente.
El Contratista deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias dictadas o a dictarse en materia portuaria, laboral, fiscal, aduanera, de seguridad en el trabajo, preservación del medio ambiente, sanidad y de seguridad social.
SECCION II. CONDICIONES DE LA CONTRATACION.
Artículo 4º. Descripción del servicio.
Certificaciones médicas.
En consultorio.- Se deberá cumplir en el horario mínimo 8 a 18 horas, de lunes a viernes. El adjudicatario informará diariamente a la División Recursos Humanos las certificaciones efectuadas, indicando su justificación, la patología identificada, los días certificados, así como el nombre del médico certificador.
A domicilio.- El servicio se deberá cumplir dentro de las 24 horas de solicitado el mismo, de lunes a domingos. El adjudicatario informará diariamente a la División Recursos Humanos las certificaciones efectuadas, indicando si no se justifica la solicitud de parte médico a domicilio, el código de patología identificada, días certificados, indicación de permanencia en domicilio o condiciones por las cuales puede ausentarse el funcionario del mismo, así como el nombre del médico certificador.
La empresa certificadora remitirá a la División Recursos Humanos mensualmente la copia de los talones que oportunamente se entrega a cada funcionario certificado.
Comunicaciones con el Contratista.
La División Recursos Humanos de la ANP recibirá en los días hábiles los partes médicos enviados por los sectores de donde depende el funcionario. Dicha División comunicará a la empresa certificadora las novedades producidas en el día (dentro del horario de labor), de lunes a viernes, vía fax o correo electrónico. Los días xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados, la solicitud de certificación médica la realizará el funcionario directamente a la empresa adjudicataria, la cual deberá proporcionar los medios para la recepción de llamadas y la consiguiente visita domiciliaria.
Comunicaciones Contratista – A.N.P.
Las comunicaciones de las certificaciones realizadas a domicilio/consultorio, se enviarán a la División Recursos Humanos de la ANP diariamente vía fax o correo electrónico. Los días feriados, sábados y domingos, las comunicaciones se realizarán el siguiente día hábil.
Junta Médica.
En aplicación de la legislación vigente (Art. 68 de la Ley 17.556), al funcionario público que en un período de 12 meses incurra en más de 30 inasistencias o por un período de 24 meses en más de 50 inasistencias, se le practicará una junta médica de aptitud laboral que evaluará los antecedentes médicos y el puesto de trabajo. Las juntas médicas se constituirán dentro de los 10 días calendario de haber recibido la empresa contratista la comunicación de la División Recursos Humanos, solicitando la evaluación de aptitud laboral. Las juntas médicas estarán integradas por dos profesionales médicos como mínimo por parte de la empresa contratista y un médico en representación de la A.N.P., el que será designado por la División Recursos Humanos. El costo de las mismas estará incluido en el precio de las certificaciones. Las juntas médicas se practicarán por sumario administrativo, según las reglamentaciones vigentes al respecto o a pedido expreso de la División Recursos Humanos. Los informes técnicos derivados de las juntas médicas deben ser remitidos a la División Recursos Humanos de la A.N.P dentro de los siguientes 5 días hábiles de efectuadas dichas juntas.
Límites territoriales.
El servicio se cumplirá en Montevideo y zonas adyacentes hasta el kilómetro 30, fijándose como límite superior el kilómetro 100.
Artículo 5º. Plazo del contrato.
El plazo del contrato tendrá un máximo de un año (1) renovable automáticamente por única vez y por igual período. Cualquiera de las partes podrá comunicar a la otra su voluntad de finalizar el mismo con noventa (90) días de antelación al vencimiento del plazo mediante telegrama colacionado.
Este plazo se contará a partir de la fecha de la firma del contrato respectivo.
Artículo 6º. Contralor del servicio.
El contralor del servicio estará a cargo de la División Recursos Humanos con el asesoramiento del Profesional que la División designe, la que entenderá de todas las cuestiones administrativas, contractuales y técnicas.
Artículo 7º. Pago del servicio.
Los pagos se harán en moneda nacional, por cada mes de servicio cumplido, por lo que las facturas serán presentadas por el contratista en la División Recursos Humanos, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de finalizado el mismo, la que dispondrá de 10 (diez) días hábiles para su conformación, a partir de la presentación de la factura.
El pago se realizará dentro de los 15 (quince) días hábiles de conformada la factura.
SECCION III. PROCESO LICITATORIO.
Artículo 8º. Adquisición, valor xxx xxxxxx y domicilio.
Las firmas interesadas podrán adquirir un juego completo xxx xxxxxx de la presente licitación en la División Recursos Materiales y Servicios - Unidad Licitaciones, 3er. Piso del Edificio Sede de la ANP, Oficina Nº 305, por la suma de $ 1.500 (Pesos Uruguayos mil quinientos).
Cada oferente deberá constituir un domicilio en Montevideo, a los efectos de la licitación y actos posteriores de la misma, debiendo comunicarlo formalmente a la ANP en el momento de retirar este pliego.
Artículo 9º. Aclaraciones de los documentos de la licitación.
Cualquier posible licitante que haya adquirido el pliego puede solicitar aclaraciones sobre los documentos de la licitación, mediante comunicación por carta a la ANP o fax dirigido a la División Recursos Materiales y Servicios – Unidad Licitaciones (Of. Nº 305 fax 0000 0000) a más tardar 10 (diez) días hábiles antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.
Se enviará copia escrita de las respuestas por carta o fax a todos quienes hayan adquirido los documentos de la licitación.
Artículo 10º. Modificación de los documentos de la licitación.
La Administración podrá, hasta tres (3) días antes de que venza el plazo de presentación de ofertas, modificar los documentos de la licitación mediante enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los eventuales oferentes.
Todos los que adquieran pliegos serán notificados por nota o fax de dichas enmiendas, las que tendrán el mismo valor que los términos de esta licitación y serán obligatorias para todos los oferentes. Estas comunicaciones serán canalizadas únicamente a través de la División Recursos Materiales y Servicios - Unidad Licitaciones de la A.N.P.
La simple constancia de recepción de la carta por parte del interesado o envío de fax por parte de la A.N.P., constituirá plena prueba de la notificación.
Artículo 11º. Plazo de mantenimiento de oferta.
Los oferentes establecerán un plazo de mantenimiento de la oferta en todos sus términos, que no podrá ser inferior a 90 (noventa días calendario), contados a partir del inmediato siguiente al de la apertura de las ofertas.
De no establecerse expresamente, se entenderá que el oferente se compromete a mantener su oferta durante el plazo mínimo exigido.
Dicho plazo se considerará tácitamente prorrogado mientras el oferente no solicite por escrito el retiro de la oferta y la devolución de la garantía de mantenimiento.
Artículo 12º. Garantía de mantenimiento de oferta.
Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta, si correspondiere, mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario o póliza de seguro de fianza, por un monto mínimo equivalente al 1% (uno por ciento) del valor de su oferta (Artículo 55º del TOCAF/1996).
Esta garantía deberá estar vigente hasta que se deposite la correspondiente al cumplimiento del contrato y firmado el mismo, aún cuando hubiera vencido el plazo de mantenimiento, salvo que el oferente desista de su oferta.
El procedimiento de constitución de garantía será el siguiente:
Garantía en efectivo
La Garantía en efectivo se depositará en la Tesorería de A.N.P. antes de la apertura de ofertas, previa apertura de cuenta en el Departamento Financiero Contable.
El recibo que expida la Unidad Tesorería, deberá contener el nombre del/los oferente/s y el número y objeto de la licitación.
Garantía en valores públicos
La garantía en valores públicos se depositará en la Sección Custodia de Valores del Banco de la República Oriental del Uruguay, a nombre del oferente y a la orden de la ANP antes de la hora de apertura de las ofertas.
El recibo en el que constará el nombre del/los oferente/s así como el número de la licitación deberá ser depositado en la Unidad Tesorería de A.N.P., quien extenderá la respectiva constancia.
Garantía mediante póliza de seguro de fianza.
El documento en caso de ser expedido por el Banco de Seguros del Estado será entregado directamente sin certificación notarial de firmas en la Unidad Tesorería de A.N.P., que extenderá la respectiva constancia antes de la hora de apertura de las ofertas.
Si se expidiera por Instituciones Aseguradoras Privadas, el documento deberá presentarse con certificación notarial de firmas con por lo menos dos (2) días hábiles de antelación a la apertura de la licitación ante Escribanía, la que dispondrá de un (1) día hábil para su aprobación o rechazo.
Una vez aprobado el documento por Escribanía, el oferente lo depositará antes de la hora de apertura de las ofertas en la Unidad Tesorería de A.N.P., la que expedirá recibo.
Fianza o aval bancario.
La garantía deberá establecer que el avalista renuncia al beneficio de excusión.
Si fuera expedida por Instituciones Bancarias Estatales, se entregará el documento directamente sin certificación notarial de firmas, en la Unidad Tesorería de la A.N.P., antes de la hora de apertura de las ofertas, que extenderá la respectiva constancia.
Si se tratara de documentos expedidos por Instituciones Bancarias Privadas, se presentarán con certificación notarial de firmas, con lo por lo menos dos (2) días hábiles de antelación a la apertura de la licitación ante Escribanía de la A.N.P., la que dispondrá de un (1) día hábil para su aprobación o rechazo.
Una vez aprobado el documento por Escribanía, el oferente lo depositará en la Unidad Tesorería de la A.N.P., antes de la hora de apertura de las ofertas, la que le expedirá recibo.
La garantía que se constituya mediante aval bancario, deberá remitirse de acuerdo al modelo que se presenta en el ANEXO I – MODELO DE AVAL.
La garantía de mantenimiento de la oferta que resulte adjudicataria, será cancelada una vez que el adjudicatario haya suministrado la garantía de fiel cumplimiento de contrato y firmado el mismo.
Las garantías de mantenimiento de oferta para las ofertas no adjudicadas serán devueltas, en todos los casos a solicitud del oferente, transcurrido el plazo de mantenimiento o la adjudicación a otro oferente.
La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada, cuando:
El oferente retire o desista de su oferta durante el plazo de mantenimiento.
En caso de que la oferta sea aceptada, si el adjudicatario no constituye en tiempo y forma la garantía de fiel cumplimiento de contrato de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases.
Si se hubiera vencido el plazo de mantenimiento de oferta y la A.N.P. no hubiera adoptado aún resolución respecto de la aceptación o rechazo de las ofertas, igualmente se devolverá la correspondiente garantía a aquellos oferentes que lo soliciten, en cuyo caso estará desistiendo de la oferta.
Artículo 13º. Presentación de la oferta.
Las ofertas serán recibidas por A.N.P. en el lugar, día y hora establecidos en la carátula de este Pliego.
La A.N.P. podrá, por causa justificada, prorrogarla, en cuyo caso comunicará la nueva fecha y hora utilizando los mismos mecanismos detallados en el Artículo 10º a todos los adquirentes xxx xxxxxx.
Artículo 14º. Condiciones generales de la oferta.
14.1. Idioma.
La oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella deberán redactarse en idioma español.
Cualquier material impreso que refiera a información específica de la oferta podrá estar en otro idioma a condición de que vaya acompañado de una traducción en español firmada por el oferente, la cual prevalecerá a los efectos de la interpretación de la oferta.
Los folletos u otro material preimpreso de información general de la empresa podrán presentarse en idioma inglés.
14.2. Formato y firma de la oferta.
Cada oferente podrá presentar una sola oferta de conformidad con lo establecido en este pliego; la misma se incluirá en un solo sobre, en cuatro (4) ejemplares, identificando claramente, el "original”, y las "copias" del documento, escrito en formato A4. El material preimpreso podrá presentarse en su formato original. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
El original y todas las copias de la oferta serán escritos en tinta indeleble y firmados por el oferente o por una o más personas debidamente autorizadas para obligarlo. Esta autorización deberá constar en un poder debidamente certificado adjunto a la oferta.
La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del oferente, en cuyo caso las correcciones deberán salvarse con la firma del oferente o una de las personas debidamente autorizadas para obligarlas.
Todas las páginas de la oferta, excepto las que contengan material preimpreso no modificado, llevarán las iniciales de la persona o personas que firmen la oferta. Sus hojas deberán estar numeradas correlativamente.
14.3. Costo de la oferta.
El oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, no siendo la A.N.P. responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la licitación.
14.4. Aceptación de las condiciones de estas Bases.
La mera presentación de la oferta significará la aceptación por parte del oferente de la totalidad de los términos, cautelas, plazos y condiciones de la licitación.
Artículo 15º. Contenido de la oferta.
15.1. Comprobantes.
Los comprobantes originales que se enumeran a continuación, deben presentarse fuera del sobre de la oferta respectiva, dentro del mismo se agregará una copia por cada ejemplar de la oferta:
Recibo, expedido por la Unidad Tesorería de la ANP que acredite la compra de las Bases de la licitación, extendido a nombre del oferente o de alguno de sus integrantes, en caso de que el mismo esté integrado por varias personas físicas o jurídicas, el número y objeto de esta licitación.
Recibo expedido por la Unidad Tesorería de la A.N.P. que acredite haber depositado la garantía de mantenimiento de oferta, si correspondiere, extendido a nombre del oferente o de TODOS sus integrantes en caso de que el mismo esté integrado por varias personas físicas o jurídicas, el número y objeto de esta licitación.
Constancia expedida por el Banco de Seguros del Estado respecto al Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (Artículo 61° de la Ley Nº 16.074), extendido a nombre del oferente o de cada integrante del mismo.
Certificado notarial que acredite la constitución, naturaleza y representación de la firma oferente.
Certificado habilitante para prestar el servicio que se licita, expedido por el Ministerio de Salud Pública.
Constancia de estar inscriptos en el Registro de Proveedores de ANP.
15.2. Del oferente.
Identificación del oferente y carta de presentación de la oferta, con nombre, fax, teléfono y domicilio del oferente, en la ciudad de Montevideo a los efectos de la licitación y actos posteriores a la misma.
Certificado notarial que acredite la representación de la o las personas que firman la oferta, que la sociedad oferente es persona jurídica hábil y vigente, trámite de constitución, objeto y razón social, forma en que se ejerce la representación, facultades de los representantes legales, designación de los respectivos cargos y vigencia de los mismos, designación e identificación de los Directores o Administradores, cumplimiento de la Ley Nº 16.060 en su modificación dada por los Artículos 13º a 16º de la Ley Nº 17.904, domicilio, lugar de constitución, indicación de si la misma es filial o sucursal de otra persona jurídica, o si constituye con otras personas jurídicas un grupo de interés económico.
En caso de que el oferente sea persona física, el certificado deberá contener sus datos identificatorios completos, domicilio, nacionalidad y además, inscripción en DGI y BPS como empresa unipersonal.
Poder especial con firmas certificadas notarialmente (original o testimonio por exhibición) y en caso de provenir del extranjero debidamente legalizado y traducido si correspondiere y protocolizado, en el que el oferente conferirá al representante técnico facultades para actuar, obligarse y asumir responsabilidades durante todo el procedimiento de esta licitación y hasta que terminen todas las obligaciones contractuales derivadas de las presentes bases.
Antecedentes del oferente de acuerdo a lo establecido en el Artículo 16º.
La propuesta de acuerdo a lo previsto en el ANEXO II.
Artículo 16º. Antecedentes del oferente.
El oferente deberá acreditar experiencia en servicios de naturaleza similar en los últimos tres años especificando el nombre de la entidad comitente, el promedio de las certificaciones a consultorio y a domicilio expedidas mensualmente y todo otro dato ampliatorio que estime pertinente.
Artículo 17º. Representante técnico.
El oferente deberá ser representado por un Doctor en Medicina con título expedido o revalidado por la Universidad de la República, autorizado para tratar con la División a cargo, los problemas técnicos que puedan suscitarse desde la presentación de la oferta hasta la finalización del contrato. Este representante deberá firmar la propuesta conjuntamente con el oferente.
Los funcionarios o los colaboradores de la ANP por vía de contratos de arrendamiento de servicios u obra, no podrán ser el representante técnico del oferente, ni contratar con la ANP de acuerdo a lo previsto por el Art. 43º del TOCAF que fuera modificado por el numeral 1 del Art. 524º de la Ley Nº 16.736 del 5 de enero de 1996.
Artículo 18º. Precio.
El precio a abonar por ANP será cotizado en moneda nacional incluyendo impuestos y deberá contener los siguientes ítems:
Hasta veinticinco (25) certificaciones mensuales a consultorio.
Hasta 100 (cien) certificaciones mensuales a domicilio dentro del límite territorial inferior (30 Km.), incluyendo el costo de locomoción.
Las certificaciones que excedan de las 25 a consultorio o 100 a domicilio deberán cotizarse por precio unitario por separado y el costo por certificación a domicilio dentro del límite territorial superior (entre los kilómetros 30 y 100), incluyendo el costo de locomoción.
Se deberá establecer el valor vigente del Timbre Profesional y la fuente de información utilizada para su actualización.
El precio global de la oferta comprende el importe de todos los servicios, suministros y gastos que por cualquier concepto, sean requeridos para la completa realización de los servicios licitados.
El precio cotizado se ajustará al inicio del contrato, operando luego en forma semestral, de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística, tomando como base de cálculo el índice del mes anterior a la fecha de apertura y el del mes anterior al ajuste.
Artículo 19º. Recepción y análisis de las ofertas.
19.1. Recepción y apertura.
En el lugar, día y hora fijados con los funcionarios actuantes que la ANP designe, se procederá a la apertura de los sobres cerrados que contengan las ofertas, en presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir.
Previamente a la apertura se verificará la correcta presentación de los comprobantes exigidos en el Artículo 15º.1. Comprobantes.
Abierto el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las ofertas, pudiendo los representantes de los oferentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen, previa presentación al funcionario actuante, de carta poder con firma certificada notarialmente o primera copia de escritura de mandato, en ambos casos con facultades suficientes. Estos documentos pueden presentarse en testimonio por exhibición.
En caso de haberse detectado defectos formales o haberse omitido la presentación de la documentación requerida por el presente o en la legislación vigente, los oferentes tendrán un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la apertura para subsanarlos. Los demás oferentes podrán comprobar que esos defectos han sido subsanados, Artículo 56º del TOCAF.
En dicho acto se controlará si las ofertas contienen defectos o carencias formales, si han adjuntado la documentación exigida en el presente, así como la constitución o no de garantía de mantenimiento de oferta.
Finalizado el acto se labrará acta circunstanciada del mismo, la que será firmada por los funcionarios que haya designado ANP y por los representantes de los oferentes que lo deseen.
19.2. Estudio de las ofertas.
Luego del acto de apertura de ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones, analizará en primer lugar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos formales exigidos en el Pliego.
Si se observaren defectos formales en la documentación presentada, cuyo análisis no correspondía ser efectuado en el Acto de Apertura o que fue controlado en dicha instancia pero el defecto no fue advertido, se notificará a los oferentes de los mismos y podrán subsanarlos en un plazo de dos (2) días hábiles siguientes al Acto de notificación. Los demás oferentes podrán comprobar que esos defectos han sido subsanados.
Luego de esta instancia no se brindará a los oferentes ni a persona alguna que no esté vinculada con el proceso de estudio y evaluación, información concerniente a dicho proceso.
Se considerará que una oferta se ajusta esencialmente al los documentos de la licitación cuando concuerde con las estipulaciones y condiciones de dichos documentos.
Si la A.N.P. determina que la oferta no se ajusta en lo esencial a los documentos de la licitación, la rechazará y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente.
19.3. Discrepancias.
Cuando exista discrepancia entre la cantidad escrita en números y en letras, valdrá la escrita en letras.
Toda cláusula imprecisa, ambigua y contradictoria, se interpretará en el sentido más favorable para la A.N.P.
Artículo 20º. Reserva de derecho y criterio de adjudicación.
La ANP se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, si entiende que los precios ofertados son claramente inconvenientes para la Administración o por cualquier otra causa al amparo de resolución fundada que así lo establezca.
Ningún oferente podrá participar directa ni indirectamente en la oferta de otro. De comprobarse estos hechos las ofertas involucradas serán rechazadas.
El hecho de figurar suspendido en el Registro de Proveedores de la A.N.P. será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada por la incumplidora.
La selección de la oferta recaerá sobre la más conveniente para la ANP.
A efectos de comparar ofertas se aplicará la siguiente fórmula:
12 * (PMC + PMD) + 190 * PUC + 50 * PUD30 + 150 * PUD100 + 1890 * PUTP
PMC = Precio mensual de las certificaciones a consultorio hasta un máximo de 25 visitas.
PUC = Precio unitario de las certificaciones a consultorio, por encima de las 25 visitas.
PMD = Precio mensual de las certificaciones a domicilio hasta un máximo de 100 visitas y un máximo de 30 kilómetros.
PUD30 = Precio unitario de las certificaciones a domicilio, por encima de las 100 visitas y un máximo de 30 kilómetros.
PUD100 = Precio unitario de las certificaciones a domicilio, por encima de los 30 kilómetros y hasta 100 kilómetros.
PUTP = Precio unitario del Timbre Profesional.
Artículo 21º. Notificación.
El acto administrativo que disponga la adjudicación o el rechazo de las ofertas, será notificado personalmente a los oferentes.
SECCION IV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Artículo 22º. Garantía de cumplimiento de Contrato.
El adjudicatario deberá garantizar, si correspondiere, el cumplimiento del contrato mediante la constitución de una garantía por una suma no menor al cinco por ciento (5%) del monto de la oferta (Artículo 55º del TOCAF/1996)
.
Esta garantía se constituirá dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la notificación de la resolución de adjudicación de esta licitación.
El depósito se efectuará en cualquiera de las modalidades y siguiendo los procedimientos indicados para la garantía de mantenimiento de oferta (Artículo 12º).
Si el oferente que resulte adjudicatario, no depositara la garantía de cumplimiento de contrato dentro del término establecido, perderá la garantía de mantenimiento de oferta, quedando la ANP en libertad de aceptar otra propuesta o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.
La garantía de cumplimiento del contrato, será devuelta al adjudicatario una vez finalizado el mismo.
Artículo 23º. Contrato.
La ANP notificará al adjudicatario, el día y hora para suscribir el contrato respectivo luego de constituida la garantía (Artículo 22º).
La no concurrencia, será motivo suficiente para que se le considere incurso en xxxx y pierda la garantía depositada, caducando todos sus derechos.
En dicho caso, la A.N.P. podrá proponer la adjudicación a favor del oferente que siguiera en el orden correlativo que haya resultado del estudio previo o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.
Si éste no mantuviera su oferta seguirá el mismo procedimiento con los restantes oferentes o declarará frustrada la licitación.
Artículo 24º. Documentos contractuales.
Serán documentos contractuales, todos los documentos de esta licitación contenidos en el expediente administrativo licitatorio, entre los que se destacan:
El Pliego de Condiciones con las aclaraciones y respuestas a las consultas, si las hubiere.
La oferta y propuesta aceptada.
La resolución de la A.N.P. disponiendo la Adjudicación.
Las comunicaciones escritas de la A.N.P.
Artículo 25º. Cesión del Contrato.
El adjudicatario no podrá ceder el contrato, salvo a solicitud fundada y escrita, y siempre que el órgano contratante lo consienta expresamente. El cesionario deberá reunir las mismas condiciones que el cedente. En todo de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 64º del TOCAF/96.
SECCION V. FIN DEL CONTRATO.
Artículo 26º. Extinción del Contrato.
El contrato se extinguirá por las causas siguientes:
El cumplimiento del objeto señalado (Artículo 1º)
La rescisión por incumplimiento de alguna de sus obligaciones (Artículo 27º).
Liquidación judicial o disolución de la persona jurídica Adjudicataria.
Mutuo acuerdo entre la ANP y el contratista.
Artículo 27º. Rescisión por incumplimiento del contrato.
El contrato podrá ser rescindido por incumplimiento del adjudicatario en los siguientes supuestos:
Si el contratista incurre en actitudes negligentes, en tanto no se correspondan con lo estipulado contractualmente de acuerdo con la oferta presentada y los niveles de servicio estipulados.
Si se produce reiterados atrasos, debidamente constatados.
Si el Contratista incumple alguna de las cláusulas contractuales.
Artículo 28º. Liquidación del contrato por rescisión.
La rescisión del contrato, derivada del incumplimiento del Contratista comporta en calidad de multa la ejecución inmediata, a favor de la ANP del 100% de la garantía de cumplimiento del contrato.
Sin embargo, la ejecución de esta garantía no impedirá que la ANP recupere el valor total de los daños y perjuicios que hubiese sufrido como consecuencia del incumplimiento por parte del Contratista.
Seguidamente se liquidarán todas las obligaciones pendientes del Contratista, derivadas del contrato.
En la liquidación se incluirán, entre otros conceptos, los importes de todos los créditos que tuviese la ANP contra el Contratista, relacionados directa e indirectamente con el objeto de la licitación.
Practicada la liquidación y una vez notificado el Contratista del monto de la misma, deberá satisfacer su importe en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación.
Transcurrido dicho plazo la ANP podrá hacer efectivo su crédito por la vía judicial.
Artículo 29º. Xxxx.
La xxxx se operará de pleno derecho para el Contratista por no cumplir con las obligaciones a su cargo o por hacer algo contrario a lo estipulado o por no hacer algo a lo que se esté obligado, luego que haya sido intimado por telegrama colacionado, con plazo de tres (3) días.
Artículo 30º. Multas.
En caso de incumplir en el tiempo de respuesta comprometido, (Art. 4º “Descripción del Servicio”) la empresa será pasible de multas que irán de 5 a 50 UR (cinco a cincuenta Unidades Reajustables), bajo apercibimiento de que en caso de reiterarse el incumplimiento será objeto de rescisión del contrato. Ello sin perjuicio de acumularse a la multa los daños y perjuicios que tal hecho provocó a la Administración.
A N E X O I - MODELO DE AVAL
Montevideo, de de 200…-
Señores
Administración Nacional de Puertos
De nuestra mayor consideración:
Por el presente documento (1)…………………………….., se constituye en fiador solidario por la suma de U$S, ............(...............…………dólares estadounidenses), amparando las obligaciones de (2)….......................................por concepto de (3)……………………………en la Licitación (4)……………………,para (5)......………..………………..,renunciando al beneficio de excusión.
La presente garantía tendrá vigencia hasta el día……………………. El fiador se compromete a entregar a la Administración Nacional de Puertos el importe garantizado sin necesidad de ningún trámite judicial, siendo suficiente la intimación de entrega.
Dicho pago se efectuará en Rambla 25 xx Xxxxxx de 1825 número 160 de esta ciudad.
El fiador constituye domicilio especial a todos los efectos que de lugar este documento en la calle…………………. Nro………..de esta ciudad.
Se solicita al Escribano....…………. que certifique las firmas de este documento.
Saluda a ustedes atentamente.-
(1) Razón social del fiador
(2) Nombre (persona física) o Razón Social (persona jurídica) del oferente
(3) Opciones: a) mantenimiento de oferta; b) cumplimiento de contrato; c) órden de compra
(4) Opciones: a) Licitación Abreviada Nro……; b) Licitación Pública Nro..........c) Licitación Pública Inter. Nro. d) Llamado Nro......
(5) Objeto de la licitación (Artículo 1º)
La certificación notarial deberá ser hecha en papel notarial con sello, signo y firma xxx Xxxxxxxxx interviniente y con los timbres correspondientes según el Arancel Notarial y estar ligada al documento de fianza. En caso de tratarse de personas jurídica, el Escribano actuante deberá efectuar un control completo de la misma, (lugar y fecha de constitución, objeto, plazo, representación de los firmantes, vigencia en los cargos, aprobación de los Estatutos, inscripción en el Registro de Comercio, publicaciones). Si los firmantes actúan en calidad de apoderados el Escribano deberá certificar que el poder está vigente y que los firmantes tienen facultades bastantes para el acto realizado.
A N E X O II - MODELO DE PROPUESTA
El que suscribe.................. (o bien XX, en representación de ZZ) constituyendo domicilio en la calle.................... Nº..….. de esta ciudad de Montevideo, a todos los efectos de la Licitación................ Nº…...... de esa A.N.P., en conocimiento de las condiciones generales y particulares que rigen dicha licitación se compromete a realizar los suministros y/o servicios no personales de acuerdo con:
Indicar descripción del objeto; cotización; forma de pago; entrega; integración nacional; variaciones; y todo otro dato que haga al objeto del contrato.
Declaro que en todas las cuestiones relativas a este suministro, me someteré a la legislación y a la jurisdicción de los Tribunales de la República Oriental del Uruguay con exclusión de todo otro procedimiento.
Montevideo,..............................
FIRMAS (aclaración).......................
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