CONTRATO DE ALQUILER
CONTRATO DE ALQUILER
Contrato nº: Fecha:
EL ARRENDADOR COMERCIAL RITASIA, S.L. Con domicilio en Ontinyent, C/ Migjorn 12, CIF X00000000 alquila al
ARRENDATARIO:
Nombre y Apellidos:
Domicilio:
DNI/NIF:
Teléfonos:
PATRÓN:
Nombre y Apellidos:
Domicilio:
DNI/CIF:
Teléfonos:
Título de Navegación: Nº: Fecha Exp: Edad:
EMBARCACIÓN OBJETO DE ALQUILER: SARÁMIA – JEANNEAU SUN ODYSSEY 52.2 – 6ª VA-2-1-16 OTROS DATOS:
Entrega de la embarcación en GANDIA el a las
Devolución de la embarcación en GANDIA el a las Zona de Navegación Prevista:
Numero de personas a embarcar: (hasta un máximo de 8 personas)
PRECIOS Y SERVICIOS ACORDADOS:
Precio del alquiler de la embarcación por los dias indicados: Euros
Otros Servicios: Euros
NOMBRE Y APELLIDOS | D.N.I. / PASAPORTE |
IMPORTE TOTAL CONTRATADO (IVA Incluido): Euros NOMBRE DE LOS TRIPULANTES:
El arrendatario deberá ingresar, en concepto de reserva y pago a cuenta, el 30% del importe total contrato en la cuenta a nombre del arrendador en el numero de cuenta: XX00 0000 0000 0000 0000 0000 (CAIXABANK Titular: Comercial Ritasia, S.L.); y el 70% restante, 40 días antes de la fecha de embarque acordada.
FIANZA: 1250 euros, a depositar antes del embarque.
La firma del arrendador y del arrendatario en el presente documento supone la aceptación por ambas partes de los precios y condiciones particulares y generales establecidos en el mismo y en especial, el arrendador se obliga a entregar la embarcación objeto del alquiler en el lugar, fecha y hora especificados en perfecto estado de funcionamiento y el arrendatario a recibirla en el mismo momento, a cuidarla durante el tiempo que dure el alquiler y a devolverla en el lugar, fecha y hora acordados.
El arrendatario declara expresamente que ha leído, entendido y que acepta todas las condiciones generales del alquiler descritas al dorso así como que conoce la reglamentación marítima general y local vigente.
Firmado por duplicado en Gandia el día | de | de |
EL ARRENDADOR Comercial Ritasia, S.L. p.p. | EL ARRENDATARIO D./Dña |
Se adjunta fotocopia del DNI del arrendador y del título de navegación del patrón.
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER
1. EL CLIENTE asegura que el patrón xxx xxxxx designado en este contrato es poseedor del título legalmente exigible en España y que lo tendrá durante la duración de este contrato a disposición de las autoridades pertinentes.
2. La empresa COMERCIAL RITASIA, S.L. Es propietaria y arrendador de la embarcación de recreo descrita en las Condiciones Particulares, por el periodo y el precio anteriormente descritos, con sujeción a las cláusulas de este contrato.
3. El presente contrato no tendrá validez alguna, hasta que el arrendador haya recibido el pago en concepto de reserva pactado y siempre que dicho pago se haga antes de la fecha que se especifica en este documento. Antes de la entrega de la embarcación, el arrendador debe haber recibido la totalidad del precio establecido, así como la fianza correspondiente. El pago se podrá realizar mediante transferencia a la cuenta del arrendador especificada en las condiciones particulares.
4. EL CLIENTE entregará en el momento del embarque, en concepto de FIANZA, la cantidad descrita en las Condiciones Particulares, la cual le será devuelta en el momento en que finalice este contrato y se haya comprobado por parte del arrendador el estado de la embarcación. EL CLIENTE se obliga a devolver la embarcación a EL ARRENDADOR con el depósito de combustible lleno o a pagar la diferencia consumida, mas 50 € por el servicio de repostado.
5. El ARRENDADOR se compromete a entregar la embarcación en perfecto estado de funcionamiento y limpieza, en el lugar, fecha y hora acordados. En el caso de que, por fuerza mayor, entre las que puede estar la avería de la embarcación, no se pueda hacer entrega de la misma, el arrendador se compromete a ponerlo en conocimiento del arrendatario de inmediato, así como de poner todos los medios humanamente posibles para solucionar el problema. En el caso de que definitivamente no se pueda cumplir con las condiciones pactadas, EL CLIENTE podrá solicitar la rescisión del presente contrato y la devolución de la totalidad de las cantidades entregadas hasta la fecha no pudiendo hacer uso de la embarcación. El arrendatario se compromete a no realizar ninguna reclamación adicional.
6. EL CLIENTE se obliga a utilizar la embarcación arrendada como si fuera de su propiedad, según las normas del buen navegante, y respetando la legalidad vigente. Será obligación de EL CLIENTE mantener en buen estado de uso la embarcación arrendada, así como todas las instalaciones en ella existentes.EL CLIENTE no superará el número autorizado de personas. La embarcación objeto de este contrato será destinada a la navegación de recreo, no pudiendo ser utilizada ésta para llevar a cabo operaciones comerciales o lucrativas así como el subarriendo.
7. EL CLIENTE se compromete a no participar con la embarcación objeto de este contrato en ninguna regata, ni en ninguna competición deportiva. La embarcación deberá navegar únicamente dentro de las aguas jurisdiccionales españolas y sujeto a las limitaciones de la zona de navegación descrita en las Condiciones Particulares.
8. EL CLIENTE se compromete a no dejar la embarcación amarrada o anclada, sin ninguna persona a bordo, en rada, o aguas no protegidas y que no requiera pago de derecho de amarre. SE ADVIERTE QUE ESTA CIRCUNSTANCIA ESTÁ EXCLUIDA DE COBERTURA EN EL SEGURO DE LA EMBARCACIÓN.
9. EL CLIENTE se compromete a no gobernar la embarcación objeto de este contrato bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o estupefacientes, ni embarcar armas o sustancias ilegales.
10. La embarcación dispone de una póliza de seguros contratada con la compañía GENERALI Poliza 7Y-G-462.000.078 con coberturas por accidentes tanto de la propia embarcación como por responsabilidad civil y de ocupantes con las limitaciones que se especifican, en las condiciones generales y particulares de la póliza.
11. En caso de accidente o avería, el arrendatario deberá ponerse en contacto telefónico con el arrendador en el plazo más breve posible, y en el caso de no poder hacerlo y requerirse una acción inmediata, hará lo que recomienden en ese momento las buenas prácticas marineras, pensando en la seguridad de las personas a su cargo y de la embarcación. En el caso de accidente se deberá formalizar un parte de accidente por escrito, las causas, circunstancias y consecuencias de lo ocurrido, así como, de ser conocidos, nombre, apellidos y domicilio del causante del hecho y de los testigos e igualmente los nombres y direcciones de los perjudicados si los hubiera. Se entenderá por accidente, a efectos del presente contrato, cualquier hecho fortuito, espontáneo, exterior o violento.
En el caso de que proceda a contratar la reparación, deberá solicitar una factura a nombre del arrendador, para que éste proceda a reembolsarla al desembarcar. Si la avería no es debida al mal uso de la embarcación realizado por el arrendatario y no puede ser solucionada en breve plazo, el arrendador devolverá al arrendatario la parte proporcional del alquiler no disfrutado, sin que el arrendatario pueda realizar ninguna reclamación por daños y perjuicios.
12. La fianza recibida por el arrendador antes de realizarse el embarque, sirve para responder de cualquier desperfecto, pérdida, robo o hurto de cualquier objeto no cubierto por la compañía aseguradora, o el retraso en la devolución de la embarcación. No obstante, si la cantidad resultante de cualquiera de los casos indicados fuera superior al importe de la fianza, el arrendatario estará obligado a pagar la diferencia. La fianza será devuelta al arrendatario, una vez comprobado el estado de la embarcación y que se haya hecho el inventario y la reparación en su caso.
13. El cliente deberá tener especial cuidado en el uso y manejo del inodoro para evitar cualquier avería o atasco del mismo. No podrá tirar, papel higiénico, elementos de higiene intima, algodones, papel tisúes o de manos, ni cualquier otro elemento que pueda atascar el mismo. Cualquier inobservancia de estas reglas que produzca un atasco de cualquier naturaleza en el WC, durante el periodo de alquiler xxx xxxxx, el cliente deberá abonar el importe de 200 € por los daños ocasionados a la empresa de charter. En caso de no hacer frente de dicho pago, la empresa de charter podrá descontarlo de la fianza o pasar el cargo a la tarjeta de crédito del cliente.
14. En el caso de que el arrendatario desee prorrogar el periodo de alquiler, podrá hacerlo con el consentimiento previo del arrendador y pactando nuevas condiciones para el periodo de la prórroga. El retraso en la entrega de la embarcación en el día y hora señalados tendrá una penalización, que el CLIENTE pagará al arrendador, de 50 euros por cada hora de retraso. En el caso de que se deje la embarcación en un lugar diferente al pactado, el arrendatario deberá pagar al arrendador todos los gastos, daños y perjuicios que ésto le ocasione.
15. En el caso de que vayan a embarcar niños, deberán avisar con tiempo al arrendador para que sustituya los chalecos salvavidas de adultos, por los adecuados para su tamaño.
16. A la hora que se fija en este contrato para la devolución de la embarcación, el personal y su equipaje, deberán estar desembarcados, dejando la embarcación lista para su revisión por parte del arrendador. Ambas partes procederán a la firma del documento de revisión con la conformidad o reparos que puedan existir. En el caso de que existan discrepancias, el arrendador retendrá el importe de la fianza, hasta que el asunto se resuelva definitivamente.
17. Si el presente contrato fuese resuelto por causa imputable a EL CLIENTE, el coste de la anulación de reserva sería del total de lo entregado a cuenta hasta la fecha de la anulación. En el caso de que se pueda alquilar la embarcación durante las fechas reservadas por EL CLIENTE a un tercero se le devolvería el importe de la reserva con una penalización del 30%.
18. En el momento del embarque, se hará entrega a EL CLIENTE de un inventario con los enseres que se le entregan, que formara parte de este contrato y se detalla en el Anexo I como parte de este contrato, para su comprobación y aceptación. Posteriormente en el momento del desembarque, se procederá a revisar el inventario y a compensar con la fianza cualquier falta o deterioro fruto de un mal uso.
19. En el caso de incumplimiento de las normas establecidas por las autoridades marítimas y/o de aduanas, el responsable será el patrón de la embarcación y subsidiariamente el arrendatario, liberando expresamente al arrendador de cualquier responsabilidad.
En el caso de que por causas imputables al arrendatario, al patrón o a la tripulación, el barco sea retenido o precintado por cualquier tipo de Autoridad y que en consecuencia el arrendatario no devuelva al arrendador el barco en la fecha prevista en el contrato, serán de aplicación las cantidades que el arrendatario debe pagar al arrendador por demora que se especifican en la cláusula 14ª.
Serán por cuenta del arrendatario cualquier multa o sanción recibida por el arrendador y referida a la utilización de la embarcación alquilada para el periodo que dure el arrendamiento.
20. Las partes intervinientes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente contrato o relacionado con el alquiler que en él se especifica, se resolverán definitivamente mediante arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de Valencia de la Cámara Oficial de Comercio a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de árbitros, de acuerdo con su reglamento y estatutos. Igualmente las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte.
En este acto, EL CLIENTE presta su consentimiento para que sus datos de carácter personal sean integrados por COMERCIAL RITASIA, S.L. en ficheros automatizados con los límites previstos en la legislación sobre protección de datos y bajo su responsabilidad. Los datos podrán ser tratados de forma automatizada y conservarlos, de acuerdo con los términos de la ley, teniendo EL CLIENTE derecho de acceso a los datos y, en su caso, de pedir su rectificación o cancelación.
Fdo: Fdo:
EL ARRENDADOR EL CLIENTE
COMERCIAL RITASIA, S.L.