CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCACIONALES
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCACIONALES
FOLIO
En Calama a….… de …....................... de 2021, entre la Sociedad Educativa Xxxxxxxx Xx Xxxxx S.A., RUT.:00.000.000-0, en representación del sostenedor de la misma, la Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx XXX.:00.000.000-0, chilena, Ingeniero Civil Industrial, casada. Siendo la Sociedad Educativa Xxxxxxxx Xx Xxxxx S.A. reconocida oficialmente por el Ministerio de Educación como cooperador a través del Decreto Nº 148, de 1992 del mismo Ministerio, en adelante “Colegio”, todos domiciliados para estos efectos en Xxxxxx Xxxxxxx Xx 000, xxxxxx xx Xxxxxx por una parte, y por la otra don (ña)
................................................................................................................,de nacionalidad ,
RUT..........................,de estado civil ..........................., de profesión ,domiciliada
(o) en…………………………………………………….................................................................., Nº ,
Mail………………………….………….……………………., fono Nº……………………………… que en adelante se denominará sostenedor(a), se ha celebrado el siguiente Contrato de Prestación de Servicios Educacionales:
PRIMERO: De la prestación del servicio: El Colegio se obliga a prestar el servicio educacional al o los estudiantes que se matriculan por este acto y que se indican más adelante, consistente en poner los medios que tenga a su disposición, con el fin de otorgar las herramientas necesarias para el proceso de aprendizaje a través de un sistema de enseñanza formal, esto es estructurada y entregada de manera sistemática y secuencial, poniendo a disposición de los estudiantes la infraestructura, física e informática (plataformas), con la que cuenta el Colegio, a través de profesores(as), paradocentes y asistentes de la educación, y de los programas educativos que correspondan.
Por su parte, el sostenedor(a), como contraparte, se obliga a colaborar en todo el proceso educativo, de los estudiantes que matrícula en este acto y que se indican más adelante, el que declara conocer, y desde ya, se compromete a ejercer los derechos y cumplir todas las obligaciones que se indican en el presente contrato, especialmente la de pagar el precio según se dirá. Los estudiantes que se matriculan por este acto son:
1. | Nivel: | |
2. | Nivel: | |
3. | Nivel: | |
4. | Nivel: |
Quienes tendrán la calidad de alumno(a)s regulares del Colegio Xxxxxxxx Xx Xxxxx, a partir xx xxxxx a Diciembre de 2021, en el/los nivel (es) indicados precedentemente para todo el año escolar.
SEGUNDO: Del precio: El sostenedor(a), se obliga a pagar oportunamente el precio por el servicio educacional de este contrato, que consiste en:
1.- Cuota de Incorporación: (Solo en caso de estudiantes nuevos, sin hermanos en el Colegio).
Todo estudiante que ingrese por primera vez al Colegio, y cuyo sostenedor(a) no sea accionista de la Sociedad, deberá pagar una Cuota de Incorporación, la que será pagada por familia al momento de matricular al estudiante. Esta cuota no es reembolsable, ni se devuelve en ningún caso.
a) Pago en efectivo o Pago Tarjeta de Débito Banco. Monto total $
b) Tarjeta crédito sin cuotas. $
2.- Valor Matrícula: Este pago se realiza:
a) Pago en efectivo o Pago Tarjeta de Débito Banco Monto total $
b) Tarjeta crédito sin cuotas.
• En caso de desistimiento de parte del sostenedor(a), o retiro del estudiante, NO se realizará devolución en ningún caso, del pago de Matrícula, ni del pago de la Cuota de incorporación.
• Los estudiantes nuevos que ingresen con posterioridad al inicio regular del año escolar deberán cancelar los valores totales de la Cuota de Incorporación y de la Matrícula.
• Si el sostenedor(a), tiene una deuda del año anterior, no será efectiva la matrícula.
• El sostenedor(a) antiguo, que no matricula en las fechas señaladas por el Colegio, perderá su cupo quedando en lista de espera, y la posterior matrícula dependerá de las vacantes para el curso que postula.
• El Colegio procede a la matrícula de los estudiantes antiguos en las fechas publicadas. De no matricular en estas fechas se aplicará un interés de 2 UF por matrícula, y 2 UF por colegiatura, es decir, deberá pagar 4 UF por estudiante.
3.- Colegiatura: El pago de la Colegiatura se puede realizar de la siguiente manera:
a) Pago Contado puede ser en efectivo, Vale Vista, Cheque al día perteneciente al sostenedor, Tarjeta de Crédito sin cuotas o Pago Tarjeta de Débito: Banco .
Monto total $ . En este caso opera un 8% de descuento, sobre la Colegiatura.
b) Descuento accionistas: 10% de descuento en Colegiatura y Matrícula.
c) Pago con Tarjeta de crédito Transbak, (10 cuotas precio contado independiente del Banco). En este caso aplica un 3,5% de descuento, sobre la Colegiatura.
Tarjeta de Crédito Banco , monto total $ por concepto de mensualidad, cantidad que se pagará en cuotas (máximo de 10 cuotas ) de $ cada una.
d) Pago con Xxxxxx en 10 cuotas que se documenta en este acto por el sostenedor, completando pagaré a su nombre. El pago de cada una de estas cuotas se hará vía WebPay Plus, Transbank y Transferencia, dentro de los primeros 05 días de cada mes a contar del mes xx xxxxx a diciembre de 2021, de acuerdo a Protocolo pagos anexo Pagaré.
• La Colegiatura para estudiantes antiguos deberá pagarse en su totalidad, es decir no es proporcional a la fecha de ingreso, salvo para el caso de un estudiante nuevo.
• Si durante la vigencia del contrato del respectivo año escolar o académico, no se realizase oportunamente el pago de las obligaciones contraídas en este instrumento por parte del sostenedor(a), no se podrá cancelar la matrícula, ni suspender o expulsar al estudiante por este motivo. Pero, será causal suficiente para NO renovar el contrato al año escolar o académico siguiente, a mero arbitrio del Colegio.
• Sin perjuicio de lo anterior, El Colegio se reserva el derecho al ejercicio de todas las acciones que le otorgue la ley, para obtener el pago de lo que se le adeude, en particular, los referidos al cobro de arancel colegiatura o matrícula, o ambos, que el sostenedor hubiere comprometido.
• El no pago oportuno de una o más de las cuotas mencionadas en esta Cláusula, facultará al Colegio para exigir anticipadamente el saldo total adeudado, como si fuere de plazo vencido. En caso de no pago, el Colegio aplicará el Procedimiento de Cobranza y en caso de proceder cada caso será llevado por empresa externa de cobranza y se aplicará un interés diario de 0,5 % más costas judiciales. El Colegio queda liberado xx xxxxxx de cobranza, las que serán de cargo del Sostenedor(a).
• Si antes de iniciado el año escolar, sostenedor(a), comunica al Colegio, el retiro del estudiante, éste procederá a hacer devolución sólo de los documentos suscritos por concepto de Colegiatura, considerando que en el evento que se haya iniciado el año escolar, y por cualquier causa o motivo, el sostenedor(a) requiera realizar el retiro del estudiante, éste deberá cancelar la colegiatura total correspondiente a dicho semestre y se le hará devolución de las cuotas correspondientes sólo al 2do. Semestre. En caso de retiro del estudiante, trascurrido el segundo semestre, el sostenedor deberá cancelar la colegiatura correspondiente al año completo.
4.- Seguro de vida: La colegiatura anual incluye un Seguro de Vida e Invalidez, en caso que el Sostenedor(a) fallezca o tenga un accidente que le produzca invalidez o incapacidad en su fuerza física o intelectual. El beneficiario es El Colegio, y la cobertura será informada anualmente.
5.- Pago complementario por Talleres extracurriculares: El Colegio imparte Talleres Internos cuyo costo está incluido en la Colegiatura y depende de la disponibilidad de cargas horarias de los docentes. Además, se imparten Talleres Anuales Extracurriculares, con monitores externos, los cuales deben ser pagados al inicio del año escolar, una vez recibida la información del nombre del Taller, monitor, horarios y los cupos disponibles. El Colegio se reserva el derecho de no impartir algún Taller, en caso de haber una contingencia social, pandemia u otro, que implique el cierre de clases presenciales durante algún periodo del año escolar y/o no completar un número mínimo de inscritos, por lo que se devolverá el monto total de este concepto.
6.- Pago Pruebas KET Y PET: El Colegio en su programa curricular xx xxxxxx incluye obligatoriamente en 8vo. y 2do. Año Medio, el Programa de Certificación xx Xxxxxx PET y KET, para lo cual se pagará el valor del examen externo. El pago total se realizará al momento de la matrícula, de acuerdo a:
Nombre de la Prueba: , ,
Medio de pago:
7.- Unión de cursos: El Colegio, se reserva el derecho de unir cursos del mismo nivel, en caso que tengan pocos estudiantes, considerando que en su totalidad se genere un curso no mayor a 28 estudiantes.
TERCERO: De otros pagos: Adicionalmente, la permanencia del estudiante en el Colegio implica por parte del sostenedor o apoderado asumir los siguientes pagos:
1.- Materiales, textos y útiles escolares: Para efectos del desarrollo de las actividades de las asignaturas o actividades de aprendizajes, el sostenedor(a), por cada estudiante, deberá procurar a su costo los materiales escolares, textos y útiles que le sean solicitados por el Colegio, como elementos complementarios al proceso de enseñanza. Los listados serán informados en la página Web del Colegio. 2.- Uniforme escolar: El Sostenedor(a) deberá procurar a su costo el uniforme escolar de cada estudiante (incluyendo el pertinente a actividades deportivas y ceremoniales), entre los distribuidores disponibles en el mercado o que ponga a disposición el Colegio.
3.- Servicio de Transporte Escolar: La contratación de servicio de transporte entre el domicilio del estudiante y el Colegio será de exclusiva responsabilidad del Sostenedor(a).
CUARTO: Vigencia del contrato: El contrato de prestación de servicio educacional, comenzará a regir desde la fecha de suscripción del mismo y hasta el 31 de diciembre del año 2021. En caso de término anticipado del contrato por las causales indicadas en la cláusula siguiente, sostenedor(a), mantendrá las obligaciones contraídas en la cláusula segunda, en su totalidad y hasta el pago íntegro y efectivo de la colegiatura anual indicada en la misma.
QUINTO: Del término del contrato: Se podrá poner término anticipado al presente contrato, y en cualquier momento, en las siguientes circunstancias:
1. En caso de falta gravísima explicitada en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, la que será calificada por la Rectoría del Colegio Xxxxxxxx Xx Xxxxx.
2. En el caso que la matrícula del estudiante esté condicionada y este no cumple con los lineamientos del Colegio y no presenta un avance significativo en su proceso de desarrollo socio - personal, su permanencia será evaluada por la Rectoría del Colegio Xxxxxxxx Xx Xxxxx.
3. Si hay, por parte del sostenedor(a) o apoderado (en caso de no ser la misma persona), incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el artículo OCTAVO de este contrato. En este caso el colegio, al término del año escolar, procederá a la entrega de toda la documentación pertinente, para que el estudiante pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional.
4. Por retiro voluntario del estudiante realizado formalmente por el sostenedor(a).
SEXTO: De la no renovación: Sin perjuicio de lo anterior, será causal suficiente para no renovar el contrato por parte del Colegio, en las siguientes circunstancias:
1. Si el estudiante no es promovido de curso por segunda vez y además presenta condicionalidad de matrícula, durante el año escolar de acuerdo al Reglamento Interno de Convivencia Escolar.
2. Si durante la vigencia del contrato o respectivo año escolar o académico, no se realizase oportunamente el pago de obligaciones contraídas por este instrumento, indicadas en la cláusula SEGUNDA.
SÉPTIMO: De las obligaciones del colegio: Son obligaciones de El Colegio las siguientes:
1. Entregar una enseñanza, acorde con las directrices de la comunidad educativa.
2. Cumplir con los planes y programas de estudio, según lo establecido por las Bases Curriculares del Ministerio de Educación.
3. Promover la integración y participación activa de los distintos estamentos en las actividades del Colegio.
4. Incentivar en los estudiantes los valores institucionales del PEI, como el respeto, creatividad, autonomía, honestidad, solidaridad, igualdad, justicia.
5. Disponer del personal idóneo, equipo técnico pedagógico y mantener en adecuadas condiciones las dependencias en que se entrega el servicio educacional.
6. Prestar los servicios de enseñanza a los estudiantes matriculados por su sostenedor(a), durante el año lectivo, salvo término anticipado del presente contrato.
7. Informar periódicamente al sostenedor(a) o apoderado (en caso de no ser la misma persona), del desarrollo del proceso de enseñanza- aprendizaje de los estudiantes.
8. Son obligaciones del Colegio las señaladas en el Artículo Nro. 10, de la Ley General de Educación Nro. 20.370.
9. El Colegio se obliga a denunciar todo hecho que constituye delito, de acuerdo a lo señalado con el artículo Nro. 175, del Código Procesal Penal.
10. El Colegio, declara no contar con PIE, por lo cual el sostenedor(a), deberá informar diagnóstico y tratamiento del NEE, previo a la matrícula, de lo contrario el Colegio se reserva el derecho de no renovar matrícula el año siguiente.
11. Otorgar los servicios educacionales en modalidad online, ejecutando y cumpliendo los contenidos priorizados por el MINEDUC. Lo anterior regirá, en caso de ordenarse por la autoridad de Gobierno respectiva, la suspensión de las actividades presenciales en el Colegio.
OCTAVO: De las obligaciones del sostenedor(a) o apoderado (en caso de no ser la misma persona): El sostenedor o apoderado se obligan a:
1. Aceptar y cumplir los principios educacionales establecidos en el Proyecto Educativo Institucional del Colegio Xxxxxxxx Xx Xxxxx.
2. Conocer y respetar el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, el Reglamento de Evaluación y Promoción vigentes y los manuales de procedimientos, inspirado en la misión del Proyecto Educativo, y sus modificaciones.
3. Asumir una actitud respetuosa y de colaboración con el personal del Colegio, especialmente, al tratar la problemática de su pupilo(a).
4. Velar para que su pupilo(a) respete y cumpla el Reglamento Interno de Convivencia Escolar el cual declara conocer y aceptar.
5. Seguir y participar activamente en el proceso educacional, colaborando en la labor de los docentes, haciéndose responsable de todas las acciones de refuerzo, tratamiento y/o atención especial que se recomiende para el beneficio de su pupilo(a).
6. Informar dentro de los quince días siguientes su cambio de domicilio y el de su pupilo(a).
7. Aceptar la participación y asistencia “obligatoria” de su pupilo durante el año lectivo, en Programas Curriculares Internos y de Mediciones Internas y Externas (SIMCE, PSU, PET y KET).
8. Cancelar la certificación de los Programas KET Y PET anualmente en los niveles de 8vo, y 2do Año Medio. (Este pago se debe hacer efectivo junto con la matrícula).
9. Aceptar la fusión de cursos, de acuerdo a la cantidad de estudiantes por nivel.
10. Responder y cancelar los costos de reparación y/o reposición ocasionado por la pérdida y/o deterioro de libros, instrumentos, equipos o parte de ellos, vidrios, mobiliario, ornamentación interna o externa y demás implementos de propiedad del Colegio, y/o daños a la propiedad de algún funcionario del Colegio, ocasionados individualmente o por participación de su pupilo(a).
11. Apoyar todas las tareas educativas, programas complementarios y actividades formativas que conciba y desarrolle el Colegio, en beneficio del estudiante.
12. Asumir la responsabilidad de las opiniones que emita respecto a los problemas institucionales del Colegio que provoque perjuicio a su imagen pública.
13. Acudir al Colegio cada vez que sea citado a entrevista por los distintos estamentos, además de asistir a las Reuniones de Apoderados programadas por el Colegio.
14. En caso de ordenarse la suspensión de las actividades presenciales en el Colegio, por parte de la autoridad de Gobierno respectiva, el sostenedor y/o apoderado por este acto consiente en recibir el servicio educacional en la modalidad on-line, asumiendo las condiciones regidas por el MINEDUC y los protocolos de Convivencia virtual que forman parte integrante del Reglamento Interno del colegio.
NOVENO: El Colegio tiene diversos espacios de difusión de contenido en diferentes plataformas, las que permiten una conexión con todos quienes integran nuestra comunidad educativa. Ellos son: Sitio web: xxx.xxxx.xx, Facebook: xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx, Instagram:@cldv_calama, Twitter:@ColegioDavinciC, Canal Youtube: Colegio Xxxxxxxx Xx Xxxxx Calama. Para nuestra Institución es un deber proteger la imagen de cada uno de quienes aparecen en nuestras plataformas. Cada fotografía, video o imagen que es publicada, es utilizada exclusivamente para mostrar las diferentes actividades, actos y eventos realizados o patrocinados por nuestro Colegio, y se analizan apropiadamente a fin de resguardar la protección de la vida privada de cada uno de los integrantes de nuestra comunidad educativa. Al respecto, debemos contar con la debida autorización del apoderado, para la exhibición de dichos contenidos. Si usted NO desea que la imagen de su hijo/hija se publique en nuestras plataformas debe comunicarlo expresamente a la Dirección de Mediación apoyo y convivencia escolar al correo convivencia:@xxxx.xx, y su decisión será respetada.
DECIMO: Exención de responsabilidad: Las partes declaran expresamente que se libera al sostenedor del Colegio Xxxxxxxx Xx Xxxxx de toda responsabilidad por daños ocasionados a los alumnos, apoderados o terceros, cuando éstos provengan de un caso fortuito o de fuerza mayor, siempre cuando éste se produzca en dependencias del Colegio o fuera de ellas en actividades escolares y extraescolares, vinculadas con el Colegio.
DÉCIMO PRIMERO: Normativa aplicable: Se deja constancia que es parte integrante del presente contrato:
1. El Reglamento de Pagos Año Escolar 2021 de la Sociedad Educativa Xxxxxxxx xx Xxxxx S.A. (el Colegio), informado durante este proceso de matrícula, junto con la suscripción del presente contrato que se encuentra disponible en la Página Web del Colegio.
2. Los Reglamentos Internos de Convivencia Escolar y de Evaluación y Promoción; sus Anexos y Manuales de Procedimientos, informados durante este proceso de matrícula, junto con la suscripción del presente contrato que se encuentran disponibles en la Página Web del Colegio.
3. Cualquier normativa o instructivo de carácter general o especial que la Dirección del Colegio imparta, la que será debidamente comunicada al sostenedor(a) o apoderado(a) (en caso de no ser la misma persona).
4. Las disposiciones pertinentes de la Ley General de Educación 20.370, que se entiende conocida por las partes.
DÉCIMO SEGUNDO: Domicilio del contrato: Para los efectos de este contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Calama.
DÉCIMO TERCERO: Suscripción: El presente contrato se suscribe en dos ejemplares, quedando uno en poder del sostenedor(a), y otro en poder del Colegio en señal de acuerdo. Para constancia de su conformidad con el contenido de las cláusulas que anteceden, firman a continuación las partes.
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