Contract
1 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
2 XXXXXXX
3 # CT XX.XX.XXXX-FL-GEF-XX
4 En la ciudad de Santa Xxxx, provincia de Galápagos, a los XX días del mes de XXX del 2020,
5 comparecen a la celebración del presente Contrato de servicios profesionales técnicos
6 especializados, por una parte la Organización No Gubernamental ISLAND CONSERVATION
7 debidamente representada por la señorita Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en su calidad de
8 Apoderada General, parte a la cual para efectos de este Contrato se denominará LA
9 CONTRATANTE y/o “ISLAND CONSERVATION”; y por otra parte, comparece la compañía
10 XXXXXX, debidamente representada por el señor XXXXXX, en su calidad e representante legal
11 , parte a la cual en adelante se denominará simplemente como el “CONTRATISTA O
12 CONSULTORA”.
13
14 Cuando en el presente contrato se refieran a ambas partes en conjunto se las denominará como
15 las “Partes”.
16
17 Los comparecientes son capaces para contratar y obligarse e intervienen en las calidades antes
18 señaladas, libre y voluntariamente, convienen en celebrar el presente Contrato de Prestación de
19 Servicios Profesionales contenido en las siguientes cláusulas:
20
21
22 PRIMERA: ANTECEDENTES.-
23
24 a) ISLAND CONSERVATION es una organización no gubernamental, sin fines de lucro,
25 con una meta científica, dedicada a prevenir extinciones y a proteger a los ecosistemas.
26 b) En busca del beneficio de su fin como organización de protección del medio ambiente,
27 en cumplimiento a la normativa legal, es voluntad de la organización Island Conservation,
28 facilitar el desarrollo e implementación de proyectos de restauración en islas, con un enfoque en
29 Galápagos y en especial en la isla Floreana.
30 c) El Ministerio de Ambiente del gobierno del Ecuador, a través de la Dirección del Parque
31 Nacional Galápagos, se encuentra implementando el proyecto “Salvaguardando la Biodiversidad
32 en las Islas Galápagos Fomentando la Bioseguridad y Creando las Condiciones Habilitantes para
33 la Restauración de los Ecosistemas de las Islas Galápagos”, mismo que ha sido aprobado por al
34 Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF) en su reposición sexta. La agencia
35 implementadora es Conservación Internacional (CI-GEF) y la agencia ejecutadora es Island
36 Conservation (IC).
37 d) Para el efecto, Island Conservation y Conservación Internacional (CI-GEF), firmaron un
38 acuerdo el 25 de febrero de 2019, para implementar el Proyecto: “Salvaguardando la
39 Biodiversidad en las Islas Galápagos Fomentando la Bioseguridad y Creando las Condiciones
40 Habilitantes para la Restauración de los Ecosistemas de las Islas Galápagos”
41 e) El financiamiento para la implementación del Acuerdo y proyecto en mención en el
42 numeral anterior, proviene de GEF bajo los términos establecidos entre CI y GEF en diferentes
43 acuerdos, y por el Banco Mundial como fiduciario del GEF. En tal virtud, IC está obligada a
44 mantener y trasladar ciertos términos y políticas referentes al manejo de fondos impuestos por
45 GEF, CI-GEF a cualquier beneficiario o receptor de fondos provenientes del GEF. Sin embargo,
46 el receptor de los fondos, entiende que ni el Banco Mundial ni GEF, son parte del presente
1 contrato y no asumen ninguna obligación vis-a-vis con el receptor de fondos. Como una agencia
2 del GEF, CI es responsable frente al Consejo del GEF por actividades financiadas por el GEF, y
3 para asegurar que dichas actividades se lleven a cabo en acuerdo con las políticas y criterios de
4 CI y GEF, IC como agencia ejecutora del proyecto, es responsable ante CI y ante el Consejo del
5 GEF de ejecutar las actividades de acuerdo a los términos, condiciones, procesos y políticas
6 establecidos por dichas entidades.
7 f) Individuos, organizaciones y compañías que brinden o presten servicios a IC para el
8 proyecto antes mencionado, acuerdan y aceptan cumplir con los términos contractuales y políticas
9 establecidos en el documento denominado “Contractual Terms for CI‐GEF Subcontract from
10 Island Conservation on GEF 9282” que se anexa al presente contrato.
11 g) El CONTRATISTA es una persona jurídica, que tiene pleno conocimiento de la materia
12 objeto del presente contrato y además declara que cumple con todos los requisitos legales y el
13 conocimiento suficiente para ofrecer sus servicios profesionales como CONSULTORA, dentro
14 de las actividades previstas a ser ejecutadas en bajo el objeto de la consultoría del presente
15 contrato.
16 h) El CONTRATISTA declara: (i) cuenta con la experiencia, autorizaciones y medios
17 adecuados para prestar el servicio profesional objeto de este Contrato; (ii) estar debidamente
18 habilitado, según las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas o municipales
19 respectivas, para la prestación de los servicios contratados; (iii) contar con los documentos o
20 permisos exigidos por las autoridades del Ecuador y de las Islas Galápagos para prestar los
21 servicios contratados; y, (iv) no haber sido condenado por el cometimiento de delitos relacionados
22 con lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el terrorismo.
23 i) Por los antecedentes expuesto, y por la naturaleza de las actividades que efectúa ISLAND
24 CONSERVATION, y en atención a la planificación y actividades relacionadas a la ejecución del
25 proyecto en mención, requiere contratar los servicios profesionales técnicos especializados en
26 base a la especificaciones de los términos de referencia de la contratación del presente contrato,
27 para la elaboración de XXXXXXX
28
29 De esta forma, ambas partes han decidido celebrar el presente Contrato de conformidad con los
30 términos contenidos a continuación.
31
32 SEGUNDA: GARANTÍAS Y DECLARACIONES.-
33
34 2.1 Garantías y Declaraciones del CONTRATANTE: El CONTRATANTE declara y
35 garantiza:
36
37 a) Que los servicios requeridos en este Contrato son ajenos a las actividades propias y
38 habituales de aquellas que realiza.
39 b) Que no es una entidad vinculada a el CONSULTOR, ni matriz, filial, sucursal o
40 subsidiaria, ni tienen entre sí participación o relación societaria de ningún tipo; y por lo
41 tanto, no está relacionada con el CONSULTOR bajo ningún presupuesto de control,
42 propiedad o administración.
43 c) Que no está inmersa en causal alguna que pudiera anular o invalidar este Contrato.
44
45 2.2 Garantías y Declaraciones de El CONSULTOR: El CONSULTOR por su parte declara y
46 garantiza:
47
48 a) Que tiene la capacidad técnica, experiencia suficiente para prestar los servicios objeto
49 de este Contrato;
1 b) Que los productos que se obtengan de la ejecución del presente contrato, tienen
2 normalmente un componente de propiedad intelectual. El CONSULTOR acepta y
3 reconoce que todos los productos que se generen del presente contrato y tengan derechos
4 de propiedad intelectual como parte de la ejecución del presente contrato, o por solicitud
5 de El CONSULTOR, o usando bienes del CONTRATANTE, constituyen propiedad
6 intelectual única y exclusiva del CONTRATANTE, salvo que las partes llegaren a un
7 acuerdo contrario por escrito.
8 c) Que ha obtenido todos los permisos legales y reglamentarios necesarios para suscribir
9 este Contrato y para prestar los servicios objeto del mismo;
10 d) Que no es matriz, filial, sucursal o subsidiaria de el CONTRATANTE, ni tienen entre
11 sí participación o relación societaria de ningún tipo; y,
12 e) Que no está inmerso en causal alguna que pudiera anular o invalidar este Contrato.
13 f) El CONSULTOR, declara expresamente no haber sido condenado por el cometimiento
14 de delitos relacionados con lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el
15 terrorismo.
16
17 2.3 Garantías y Declaraciones de las Partes: Las Partes conjuntamente declaran y garantizan
18 que:
19
20 a) Xxxxx suscribe el presente contrato a nombre y en representación de cada una de las
21 Partes, cuenta con las debidas facultades legales para hacerlo y que todas las
22 autorizaciones necesarias para suscribir y ejecutar este Contrato han sido debida y
23 correctamente obtenidas y adoptadas.
24 b) Los comparecientes tienen plena autoridad y capacidad para representar a cada una
25 de las Partes.
26 c) Son competentes para manejar contratos de este tipo en la República del Ecuador.
27 d) No están negociando o comerciando en insolvencia.
28 e) Que ninguna de las transacciones contenidas en este Contrato representa una
29 infracción respecto a cualquier otro contrato o convenio a los cuales está sometido,
30 ni a ninguna ley ni reglamento vigente.
31 f) Conocen que este es un Contrato “intuito personae” por lo cual los derechos y
32 obligaciones del mismo, el CONTRATISTA no podrá ceder sus derechos u
33 obligaciones bajo este Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la
34 CONTRATANTE.
35 g) Las partes reconocen que el presente contrato no determina ningún tipo de relación
36 laboral o de dependencia entre ellas.
37
38
39 TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO.-
40
41 Con tales antecedentes, el CONTRATANTE contrata los servicios profesionales técnicos
42 especializados de la CONSULTORA para el desarrollo de la presente Consultoría, cuyo objeto
43 es: XXXXXXX.
44
45 Como objetivos específicos, la CONSULTORA, deberá:
46
47 1. XXXX
48 2. XXXX
49 3. XXXX
1 …
2
3 El objeto del contrato se encuentra sujeto a los términos y condiciones señalados en el Anexo
4 XXX incorporado en el presente Contrato, los mismos que la CONSULTORA, por medio de este
5 Contrato se obliga a prestar los servicios definidos en dicho anexo XXX, mismo que forma parte
6 integral del presente contrato.
7
8 Para la ejecución del presente contrato las partes acuerdan que LA CONSULTORA, deberá
9 realizar servicios para ISLAND CONSERVATION de acuerdo a las especificaciones descritos
10 en el anexo XXX y en estricto cumplimiento de la oferta técnica que fue aceptada y escogida por
11 LA CONTRATANTE. La oferta técnica se adjunta al presente contrato como Anexo XXX y
12 forma parte integral del presente contrato.
13
14 Los productos esperados de la presente consultoría y el tiempo de entrega de los mismos, se
15 detallan a continuación:
16
Entregable | Descripción | Formato | Tiempo |
Primer Producto | |||
Segundo producto | |||
Tercer producto | |||
Cuarto producto | |||
Quinto producto | |||
Sexto Producto |
17
18
19 CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO.-
20
21 El precio del honorario pactado de mutuo acuerdo y aceptado libremente por las partes
22 contratantes por los servicios objeto del presente contrato, es fijo, y asciende a un monto total de
23 XXXXXX ($XX.000,00) dólares de los Estados Unidos de América incluido IVA. Los pagos
24 parciales se realizarán contra entrega de los productos, verificación de calidad por parte de la
25 CONTRATANTE y entrega de garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo al siguiente
26 cronograma:
27
Entregable | Tiempo | Porcentaje | Monto incluído IVA |
Primer Producto |
Segundo producto | |||
Tercer producto | |||
Cuarto producto | |||
Quinto producto | |||
XXXX |
1
2 Los honorarios serán reconocidos y pagados por parte de la Contratante en la forma antes
3 establecida a la Consultora tras la entrega de la factura correspondiente, para su procesamiento
4 respectivo, con el fin de que sea cancelado el valor de acuerdo a lo establecido por la Ley. El pago
5 se realizará contra factura válida entregada por la Consultora por los valores correspondientes y
6 se procederá a las retenciones de impuestos aplicables de acuerdo a la ley.
7
8 El pago se realizará mediante transferencia internacional, por lo que el pago podrá ser efectivizado
9 en un plazo de 30 días desde la recepción y aprobación de la factura.
10
11 El CONTRATISTA, deberá cubrir todos los los costos de transporte nacional e inter-islas, así
12 como el hospedaje, alimentación y en sí cualquier gasto necesario para la plena ejecución del
13 presente contrato. OPCIÓN XXXX DE ACUERDO A LO NEGOCIADO
14
15 QUINTA: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO.-
16
17 EL CONTRATISTA, entregar a la CONTRATANTE a la suscripción del presente Contrato una
18 garantía económica de cobro inmediato o una póliza de garantía de fiel cumplimiento del contrato,
19 por un monto de XXXXX dólares de los Estados Unidos de América con sesenta y seis
20 centavos, para responder por el cumplimiento del mismo y las obligaciones contraídas en él. Esta
21 garantía podrá efectivizarse por parte del CONTRATANTE a la sola afirmación de ésta, sin
22 ningún trámite adicional.
23
24 SEXTA: OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES.-
25
26 5.1. En virtud del presente contrato, El CONSULTOR se obliga a lo siguiente:
27
28 • Garantizar el cumplimiento del objeto del presente Contrato y declara que se encuentra
29 debidamente calificado, capacitado y entrenado para las funciones que debe cumplir.
30 • Prestar los servicios objeto del presente Contrato en cumplimiento con el objeto y
31 objetivos específicos del contrato.
32 • Cumplir con los términos de referencia y anexos adheridos durante la prestación del
1 servicio, las mismas que serán obligatorias y en base del objeto del presente contrato.
2 • Señalar y alertar sobre cualquier información que crea pertinente a el CONTRATANTE.
3 • Entregar los productos detallados bajo el régimen del cronograma fijado en la cláusula
4 tercera del presente contrato.
5 • Reportar al administrador del contrato reportes de avance, información procesada y
6 realizar reuniones, inspecciones y supervisiones, respecto a los servicios o productos
7 elaborados o en proceso de elaboración.
8
9
10 5.2. En virtud del presente Contrato, el CONTRATANTE se obliga a lo siguiente:
11
12 • Pagar oportunamente por los servicios prestados, de conformidad con lo establecido en
13 el presente Contrato.
14 • Prestar las facilidades que requiera El CONSULTOR para la prestación de sus servicios.
15 • Entregar las políticas de la Organización para conocimiento de El CONSULTOR y que
16 éste pueda prestar el servicio objeto de este contrato de la mejor forma.
17 • Recomendar y aconsejar al CONSULTOR en caso de proceder de alguna forma que no
18 esté apegada a los objetivos del contrato.
19
20 SÉPTIMA: PLAZO.-
21
22 El plazo del presente contrato será de XXXX días contados a partir de la suscripción del presente
23 documento legal. Sin perjuicio del plazo estipulado en esta cláusula, las partes acuerdan que
24 podrán modificar el mismo, de acuerdo a sus intereses, siempre y cuando las dos partes se
25 encuentren de acuerdo.
26
27 El contrato no podrá ser renovado, sin embargo, en caso de necesitar tiempo adicional al pactado,
28 las partes podrán acordarlo por escrito mediante una adenda adherida al presente contrato.
29
30 OCTAVA: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.-
31
32 El administrador del contrato será XXXXX del proyecto GEF 9282, quien vigilará el correcto y
33 cabal cumplimiento de la presente consultoría. El administrador podrá solicitar reportes de
34 avance, información procesada y realizar reuniones, inspecciones y supervisiones, respecto a los
35 servicios o productos elaborados o en proceso de elaboración realizados por el consultor/a.
36
37 El/la administrador/a revisará los productos entregables junto con la oficina del proyecto GEF y
38 en coordinación con XXX y IC. De ser el caso, emitirán sus comentarios, los mismos que deberán
39 ser resueltos por el/la consultor/a para dar por aprobado cada producto. Los plazos para la entrega
40 y resolución de comentarios deberán estar dentro del plazo de entrega de cada uno de los
41 productos entregables.
42
43 NOVENA : PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS
44
45 8.1. Todos los documentos, correos electrónicos, diseños, mapas, fotografías, dibujos, bases
46 de datos, análisis, especificaciones y cualquier otra evidencia tangible del trabajo de Xx
47 CONSULTOR y en general, cualquier producto preparado por El CONSULTOR en conexión con
48 los servicios contratados mediante este instrumento se considerarán propiedad del
49 CONTRATANTE. Una vez finalizados los servicios, los documentos originales serán entregados
1 al CONTRATANTE.
2
3 DÉCIMA: CONFIDENCIALIDAD
4
5 Las Partes se comprometen a mantener en absoluta reserva y confidencialidad toda la información
6 que obtengan como consecuencia del presente contrato, incluso luego de terminada la relación
7 contractual. Las Partes se reservan el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes en caso
8 de divulgación de información privilegiada o cualquier incumplimiento a esta cláusula.
9
10 Por cuanto el CONTRATISTA tendrá acceso a información vinculada con las actividades de la
11 CONTRATANTE y del Proyecto en sí, el CONTRATISTA se compromete a reconocer que toda
12 información que llegue a su conocimiento como consecuencia de la ejecución del presente
13 Contrato, es información confidencial de exclusiva propiedad de la CONTRATANTE.
14
15 En consecuencia, y en virtud del carácter de confidencial de tal información, se compromete a
16 mantener tal información reservada y a causar que su personal igualmente mantenga dicha
17 información en reserva total.
18
19 Por lo tanto, no podrá entregar por ningún medio, ni parte ni toda esta información a un tercero.
20 En todo caso, cuando alguna persona requiera de tal información, deberá proceder a notificar de
21 tal requerimiento a la CONTRATANTE, quien será la única autorizada para darla a conocer, y
22 excepcionalmente otorgará una autorización expresa y específica con determinación del medio y
23 receptor.
24
25 Las disposiciones de esta Cláusula se aplicarán por toda la duración de este Contrato e incluso
26 hasta dos (2) años después de la terminación del mismo.
27
28 La violación de la confidencialidad por parte del CONTRATISTA o cualquiera de sus miembros
29 o empleados, dará derecho a la organización ISLAND CONSERVATION a la indemnización de
30 daños y perjuicios, y a cualquier otra acción civil y/o penal que considere la misma.
31
32 DÉCIMA: PRIMERA: NATURALEZA DEL CONTRATO
33
34 Este contrato, por su naturaleza, es de índole estrictamente civil, por lo que las partes declaran
35 que no existe relación de carácter societario entre ellas, así como tampoco entre las partes y el
36 personal que la otra parte haya contratado o llegare a contratar para la ejecución del presente
37 contrato; sin que la otra parte tenga responsabilidad alguna sobre tales obligaciones, ni aún a título
38 de solidaridad. Las partes declaran expresamente que no existe relación de dependencia y/o
39 laboral alguna entre ellas mediante este contrato.
40
41 El CONTRATISTA prestará sus servicios como un contratista independiente; no podrá
42 considerarse como dependiente de la CONTRATANTE para ningún propósito.
43
44 Se acuerda expresamente que el CONTRATISTA no será ni se considerará a los empleados de
45 este parte de la nómina de trabajadores de la CONTRANTE, ni tendrán sus empleados derecho a
46 los beneficios que la CONTRATISTA conceda a sus trabajadores.
47
48 El presente es un Contrato de naturaleza civil por lo que se rige bajo las normas del Código Civil
49 Ecuatoriano y lo establecido por las normas del Mandato Constitucional No. 8 y su reglamento,
1 además las Partes aclaran y aceptan que, por su naturaleza, este es un tipo de contrato de servicios
2 ajenos a las actividades propios o habituales de la CONTRATANTE.
3
4 Este Contrato de ninguna manera pretende crear, ni crea, relación de dependencia o laboral entre
5 las Partes, más aún se aclara que nada en este Contrato podrá interpretarse como intención de
6 crear una relación laboral entre el CONTRATISTA y sus dependientes con la CONTRATANTE.
7 Para mayor abundancia y claridad, las Partes confirman, aceptan y garantizan que:
8 (a) Son contratistas independientes entre sí.
9 (b) En virtud de este Contrato no se genera ninguna responsabilidad laboral entre el
10 CONTRATISTA, CONTRATANTE y sus respectivos empleados.
11 (c) Xxxx en este Contrato confiere derecho para que el CONTRATISTA o algún empleado
12 o funcionario de esta pudiere reclamar o alegar derecho a algún beneficio social o laboral de parte
13 de la CONTRATANTE.
14 Por lo tanto, este Contrato es de naturaleza civil y se rige por las normas del Código Civil
15 Ecuatoriano y del Código de Comercio.
16
17 DÉCIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
18 Este Contrato podrá darse por terminado de manera anticipada, por alguna de las siguientes
19 causas:
20
21 • Por mutuo acuerdo de las Partes. En este caso las Partes procederán a extinguir las
22 obligaciones existentes y se procederá al pago de los servicios efectivamente prestados
23 por El CONSULTOR proporcionalmente.
24 • Por resolución del Contrato debido a incumplimientos injustificados a lo estipulado en el
25 mismo. Tales incumplimientos deberán ser notificados por escrito a la Parte incumplida
26 por lo menos quince (15) días contados a partir del incumplimiento y su consecuente
27 solicitud de enmienda dentro de dicho plazo. En caso de que la parte incumplida no
28 subsane la causal dentro del mencionado plazo, el Contrato quedará terminado en la fecha
29 indicada en la notificación y la parte que no incurrió en causal de terminación anticipada
30 podrá, a más de dar por terminado este Contrato, exigir la debida indemnización por
31 daños y perjuicios. Entendiéndose causas especiales de incumplimiento las siguientes:
32
33 a) Cuando una de las Partes haya entrado en proceso de quiebra, liquidación o se haya
34 llamado a concurso de acreedores o insolvencia en su contra o se haya iniciado un
35 proceso de disolución.
36 b) Violación a la confidencialidad en los términos establecidos en este contrato y sus
37 anexos.
38 c) Cuando la otra Parte en la ejecución de este Contrato no dé cumplimiento a sus
39 obligaciones del presente contrato, obligaciones legales.
40
41 DÉCIMA TERCERA: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
42 Las Partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus
43 obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo,
44 cuando tal incumplimiento sea consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente
45 comprobados en los términos de la Ley. Este escenario podrá ser evaluado por el
46 CONTRATANTE y determinar una solución al respecto de forma lógica y bajo principios reales
47 de acuerdo al escenario de la fuerza mayor o caso fortuito.
48
49 DÉCIMA CUARTA: PENALIZACIÓN.-
1 Ante el evento de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, se estipula una multa
2 equivalente al 15% del valor total de la obra detallada en la cláusula cuarta y el Anexo A, al
3 momento de producirse el evento. El incumplimiento se producirá por abandono de la obra, no
4 observar las disposiciones emanadas en este contrato y sus anexos, mala ejecución de la obra,
5 retraso en la ejecución.
6
7 DÉCIMA QUINTA: CESIÓN DE DERECHOS
8
9 15.1 El CONSULTOR no podrá ceder los derechos y obligaciones del presente contrato, salvo
10 autorización expresa por escrito o algún medio digital emitido por parte del CONTRATANTE
11 con la autorización respectiva.
12
13 DÉCIMA SEXTA: COMPROMISO ARBITRAL
14
15 Las Partes se comprometen a ejecutar de buena fe las obligaciones recíprocas que contraen
16 mediante este Contrato, y a realizar todos los esfuerzos requeridos para superar, de mutuo
17 acuerdo, ante cualquier controversia. Toda controversia o diferencia derivada de la aplicación,
18 validez, interpretación, nulidad o cumplimiento del presente Contrato, será resuelto con la
19 asistencia de un mediador del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de
20 Quito. En el evento que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes
21 declaran expresamente que someten sus controversias a la resolución de un Tribunal de Arbitraje,
22 que se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación, el Reglamento del Centro de
23 Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito, y las siguientes normas:
24
25 a) Un árbitro será designado por la organización ISLAND CONSERVATION y un árbitro será
26 designado por el CONTRATISTA y, el tercero por las dos previamente designado. Si alguna de
27 las partes que debe designar los árbitros, se niega o por cualquier razón está imposibilitada de
28 nombrar al árbitro, éste será designado por la Cámara de Comercio de Quito;
29
30 b) Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria, para someterse y cumplir el laudo arbitral,
31 renunciando a interponer recurso alguno con posterioridad;
32
33 c) Para la ejecución de medidas cautelares el Tribunal Arbitral está facultado para solicitar el
34 auxilio de los funcionarios públicos, judiciales y administrativos, sin que sea necesario recurrir a
35 un Juez ordinario;
36
37 d) El Tribunal estará integrado por TRES (3) árbitros;
38
39 e) El Arbitraje será conducido y resuelto en Derecho;
40
41 f) El Procedimiento Arbitral, será confidencial, y la parte que viole la obligación de
42 confidencialidad, deberá responder por los daños y perjuicios causados, los cuales serán
43 calculados y mandados a pagar por el Tribunal Arbitral; y,
44
45 g) El lugar de arbitraje será en las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara
46 de Comercio de Quito.
47
48 DÉCIMA SÉPTIMA: DECLARACIONES:
49 “El CONTRATISTA”, declara conocer el contenido del Anexo XXX denominado: “Términos
1 contractuales para el Subcontrato CI-GEF de Island Conservation GEF 9282” que forma parte
2 integral del presente contrato; así mismo declara no estar inmerso en ninguna de las prohibiciones
3 y circunstancias estipuladas en dicho anexo, que forma parte integral del presente contrato.
4
5 DÉCIMA OCTAVA: NOTIFICACIONES.
6 En caso que alguna de las Partes requiera realizar citaciones, notificaciones, peticiones o en
7 general cualquier comunicación a la otra, éstas fijan como su domicilio citandi et executandi las
8 direcciones físicas siguientes:
9
10 En el caso de la Contratante, a:
11 Atención: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
12 Dirección: Av. Xxxxxxx Xxxxxx S/N oficina Island Conservation Dirección del Xxxxxx
00 Xxxxxxxx Xxxxxxxxx.
14 Teléfono: x000000000000
15 Correo electrónico: xxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
16
17 En el caso de El Contratista, a:
18 En el caso de El Contratista, a:
19 Atención: XXX
20 Dirección: XXX
21 Teléfono: XXX
22 Correo electrónico: XXX
23
24 En el evento de cualquier cambio en la dirección prevista en este Contrato, la parte que lo realice
25 deberá notificar este hecho, inmediatamente a la otra parte, de acuerdo a lo previsto en esta
26 cláusula. Realizada tal notificación se entenderá modificada la presente cláusula, en la parte
27 pertinente, aún sin la aceptación expresa de la otra Parte.
28
29 Xxxx citación o notificación entregada a la dirección antes indicada se considerará que ha sido
30 legalmente realizada.
31
00 XXXXXX XXXXXX: RATIFICACIÓN.
33 Las Partes acuerdan que los términos y condiciones de este Contrato han sido discutidos,
34 negociados y totalmente aceptados por ambas Partes. Además, para fines de interpretación, se
35 considerará que este Contrato ha sido preparado conjuntamente por las dos partes.
36
37 Para constancia de lo estipulado, las partes se ratifican en todas y cada una de las cláusulas
38 precedentes y suscriben el presente Contrato en tres ejemplares de igual tenor y valor, en XXX,
39 a los XXX días del mes de XXX del año 202 .XXX
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Apoderada General ISLAND CONSERVATION CONTRATANTE
40
XXX
LA CONSULTORA
1 ANEXO XXX
2
3 TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
4 XXX
5
6 ANEXO XXX
7 PROPUESTA TÉCNICA
8
9 ANEXO XXX
10
11 Términos contractuales para el Subcontrato CI-GEF
12 de Island Conservation en GEF 9282
13
14
15 Considerando que, Island Conservation (IC) y Conservation International Foundation (CI)
16 firmaron un acuerdo de subvención el 25 de febrero de 2019 para la implementación del proyecto:
17 "Protección de la biodiversidad en las Islas Galápagos mediante el mejoramiento de la
18 biodiversidad y la creación de un entorno propicio para la restauración del ecosistema de las
19 islas Galápagos GEF ID 9282”.
20
21 Considerando que el financiamiento para el apoyo del acuerdo de subvención mencionado
22 anteriormente es proporcionado por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF por sus
23 siglas en inglés) en virtud de los términos de acuerdos separados entre CI y el GEF, y entre CI y
24 el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (Banco Mundial) como Fideicomisario
25 del GEF, se requiere que IC, en virtud de los términos de los acuerdos firmados el 25 de febrero,
26 transfiera ciertos términos y políticas de financiamiento impuestos por GEF y por CI-GEF a los
27 destinatarios de dicho financiamiento, siempre y cuando el cesionario comprenda y acepte que ni
28 el Banco Mundial ni GEF son partes en este Acuerdo y no han asumido ninguna obligación con
29 respecto al cesionario. Como agencia de proyectos de GEF, CI es responsable ante el Consejo del
30 GEF por los activos financiados por GEF, así como de garantizar que las actividades se realicen
31 de acuerdo con los criterios y procedimientos de las políticas de CI y GEF. Como la Agencia
32 Ejecutora del Proyecto, IC es responsable ante CI y ante el Consejo del GEF de ejecutar las
33 actividades de acuerdo con los criterios y procedimientos de las políticas de CI y de GEF.
34
35 Las empresas, organizaciones o individuos que proveen de bienes y/o servicios a Island
36 Conservation para el trabajo del proyecto que se menciona anteriormente, se denominan
37 "subcontratistas", "consultores" y/o "contratistas" en el texto a continuación, y aceptan cumplir
38 con los siguientes términos y políticas contractuales. En el documento, "IC", "la Agencia
39 Ejecutora" y "la Compañía" se refieren a Island Conservation, "GEF" se refiere al Fondo para el
40 Medio Ambiente Mundial, y "CI" se refiere a Conservation Internacional.
41
42 1. USO DE FONDOS Y RECURSOS.
43 a. Esta es una Subvención con Reembolso de Gastos en virtud de la cual CI acuerda
44 reembolsar al Cesionario los gastos reales incurridos en el desempeño de las actividades
45 aprobadas del proyecto hasta el monto total especificado en la subvención. La rendición
46 de cuentas se basa en el progreso técnico, la contabilidad financiera y los informes
47 fiscales. Todos los fondos (incluidos los intereses correspondientes), los equipos, las
1 propiedades, y/o cualquier otra cosa de valor proporcionada en virtud de esta Subvención,
2 así como cualquier crédito o reembolso recibido de los sub-receptores, subcontratistas,
3 vendedores/proveedores en el marco del Proyecto, se deberán usar únicamente para las
4 actividades del Proyecto. Solo se permiten gastos por costos razonables, aprobados y
5 documentados según se identifican en el Presupuesto del Proyecto. Todos los gastos,
6 incluidos los gastos por xxxxxxxx, financiados por el Proyecto, deben tener el respaldo de
7 la documentación adecuada. El Subcontratista (XXXX) acuerda cobrar solo por los
8 gastos que han sido pre aprobados por Island Conservation, gastos que se estipulan en
9 el presupuesto y son permitidos.
10
11 b. El Cesionario y el subcontratista son responsables de la implementación y el monitoreo
12 de cualquier instrumento de salvaguardia requerido o de otras medidas que se requieran
13 para abordar el Marco de Gestión Ambiental y Social publicado en la página web de la
14 Agencia de Proyectos CI-GEF
15 xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxxx/xxxxx.xxxx#xxxxxxxx. El subcontratista (XXXX)
16 se obliga expresamente a cumplir con los términos de este marco que se incluyen en
17 este documento.
18
19 c. El Cesionario deberá solicitar y recibir la aprobación por escrito de CI-GEF antes de
20 realizar cambios en el Presupuesto que sean: (i) una variación superior al 10% entre las
21 categorías de presupuesto dentro de un componente; (ii) reasignaciones presupuestarias
22 entre los componentes del proyecto que superen el 10% de la subvención total del
23 proyecto; (iii) cualquier cambio en los objetivos, áreas meta, metodología o cronograma
24 del Proyecto. Todo Gasto de Administración de Proyecto que exceda la cantidad
25 aprobada será rechazado. En consecuencia, el contratista acuerda no cobrar a Island
26 Conservation más de lo que ha cotizado a Island Conservation que ha sido aprobado.
27 Si Island Conservation requiere una variación en los servicios del contratista, las
28 partes negociarán de buena fe una variación de los servicios, tarifas y plazos para su
29 finalización.
30
31 d. Todos los Fondos (incluidos los intereses correspondientes) que se encuentren en manos
32 del Cesionario al término o vencimiento del Período de Ejecución se devolverán a CI y
33 el Cesionario reembolsará a CI por cualquier gasto no permitido. CI puede tomar todas
34 las medidas necesarias para recuperar dichos Fondos y gastos no permitidos, a expensas
35 del Cesionario. En consecuencia, Island Conservation no pagará por adelantado
36 ningún subcontrato, y en caso de que lo haga, cualquier dinero que no se haya gastado
37 se deberá devolver a Island Conservation
38
39 e. Todos los fondos estipulados en la presente subvención en dólares estadounidenses que
40 se cambien a la moneda local, se deben cambiar a la mejor tarifa disponible a través de
41 los canales autorizados por las leyes y regulaciones aplicables. Las transacciones deben
42 ser verificadas a través de recibos bancarios u otros documentos o publicaciones
43 suficientes para demostrar la legalidad de tales transacciones. Por consiguiente, Island
1 Conservation solicita los registros que muestren la documentación adecuada
2 correspondiente para cualquier transacción bancaria que demuestre que se realizaron
3 a tasas competitivas.
4
5 f. Los Fondos de Subvención (incluidos los intereses sobre los mismos) no se gastarán en
6 propaganda ni para tratar de influir en la legislación o en ninguna elección pública. Los
7 fondos solo se pueden utilizar para participar en actividades con fines caritativos,
8 científicos, literarios o educativos. El subcontratista (XXXX) acepta cumplir con esta
9 disposición.
10
11 g. Los fondos de subvención no se gastarán en ninguna actividad que contravenga el Marco
12 de Gestión Ambiental y Social de la Agencia del Proyecto CI-GEF. El subcontratista
13 (XXXX) acepta cumplir con esta disposición.
14
15 h. Los Fondos de subvención (incluidos los intereses correspondientes) no se gastarán en
16 pagos que sean, o parezcan ser, un conflicto de intereses. Un conflicto de intereses se
17 define como una transacción en la que los intereses personales o financieros de un
18 empleado entran en conflicto o parecen estar en conflicto con su responsabilidad oficial.
19 Los ejemplos incluyen, pero no se limitan, a transacciones tales como pagos a socios
20 comerciales del director del proyecto, del co-director del proyecto o a miembros de sus
21 familias inmediatas por concepto de salarios, reembolso de gastos o cualquier otro tipo
22 de compensación, o pagos a organizaciones en las que el director del proyecto, el co-
23 director del proyecto o miembros de sus familias inmediatas tengan un interés. El
24 Cesionario es responsable de identificar y divulgar cualquier conflicto de interés real o
25 potencial para CI, y deberá sugerir medidas de mitigación de acuerdo con la propia
26 política de conflicto de intereses del Cesionario. Dichas medidas de mitigación están
27 sujetas a la aprobación de CI y se requiere que el Cesionario siga las instrucciones de
28 mitigación proporcionadas por CI. El subcontratista (XXXX) acepta cumplir con esta
29 disposición.
30
31 i. Por medio de la presente, el Cesionario certifica que ninguna ayuda, pagos o cualquier
32 cosa de valor (monetaria o no monetaria) debe ser realizada, prometida, ofrecida o
33 aceptada por parte de cualquier empleado o funcionario del gobierno (1) en contravención
34 de cualquier ley de los Estados Unidos u otra ley aplicable (incluyendo, pero no limitado
35 a, la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los EE.UU.) o reglamento; (2) sin el
36 consentimiento expreso del gobierno para el cual trabaja el empleado o funcionario; y (3)
37 que no sea razonable, de buena fe, y esté directamente relacionada con las actividades
38 financiadas en virtud de esta Subvención. Es responsabilidad de Cesionario garantizar el
39 cumplimiento de esta cláusula y mantener y proporcionar, a solicitud de CI, la
40 documentación que demuestre dicho cumplimiento. Por medio de la presente, el
41 Cesionario certifica que ningún pago u otra forma de ayuda será aceptado o realizado por
42 ningún empleado o funcionario del gobierno, incluido el Cesionario, (a) para influir en
43 cualquier acto o decisión oficial del gobierno, (b) para inducir a ningún empleado o
1 funcionario del gobierno a hacer u omitir hacer cualquier acto en violación de su deber
2 legal, o (c) para obtener o retener negocios, o para orientar un negocio hacia cualquier
3 individuo o entidad. Si el Cesionario es un funcionario o empleado del gobierno, el
4 Cesionario se recusará de cualquier acto o decisión gubernamental que afecte a CI, y no
5 influirá en ningún acto o decisión gubernamental que afecte a CI. Bajo ninguna
6 circunstancia se deberán realizar, prometer u ofrecer pagos ni nada de valor a ningún
7 empleado o funcionario federal, estatal o local de los EE.UU. El subcontratista (XXXX)
8 acepta cumplir con esta disposición.
9
10 j. El Cesionario hará sus mejores esfuerzos para reducir al mínimo la financiación de
11 impuestos sobre bienes y servicios, o para la importación, fabricación, adquisición o
12 suministro de los mismos. Si el Cesionario es elegible para solicitar el reembolso de los
13 impuestos pagados, el Cesionario deberá hacerlo. Todos los reembolsos recibidos por el
14 Cesionario por los impuestos pagados en virtud de esta Subvención se utilizarán para
15 fines del Proyecto. El subcontratista (XXXX) acepta cumplir con esta disposición.
16
17 k. El Cesionario es responsable de la implementación y el seguimiento del Código de ética
18 publicado en la página web de la Agencia de Proyectos CI-GEF que se adjunta.
19 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxx/Xxxxx/xxxxxxx.xxxx. Las quejas relacionadas con
20 las violaciones del Código de ética se tratarán de acuerdo con el mecanismo de quejas
21 descrito en el Marco de gestión ambiental y social. El subcontratista (XXXX) acepta
22 cumplir con esta disposición.
23
24 2. ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
25 a. El Cesionario deberá cumplir con las Directrices de Adquisiciones de la Agencia del
26 Proyecto CI-GEF que se adjuntan.
27 b. A menos que CI acuerde lo contrario por escrito, los trabajos, bienes y servicios se
28 dedicarán exclusivamente a lograr los objetivos que las partes indican a continuación.
29 c. El subcontratista (XXXX) acepta cumplir con estas disposiciones.
30
31 3. Informes y Evaluación final: Dentro de los noventa (90) días previos a la fecha de finalización
32 del Período de Ejecución, CI encargará que la evaluación final sea realizada por un revisor
33 externo independiente contratado por CI de acuerdo con los términos de referencia redactados
34 por CI. CI se asegurará de que el informe por escrito de dicho revisor externo independiente
35 sea enviado directamente a CI. El Cesionario presentará la respuesta de la administración al
36 Informe de evaluación final dentro de los treinta (30) días posteriores a su recepción por parte
37 del Cesionario. CI pagará los costos de la evaluación directamente a los Proveedores de
38 servicios utilizando los fondos de la subvención del Presupuesto del proyecto que se
39 encuentra en el Adjunto 2. El subcontratista (XXXX) se compromete a proporcionar una
40 facturación detallada cada mes para que IC pueda realizar informes oportunos y, por lo
41 tanto, cumplir con esta disposición.
42
43 4. CUMPLIMIENTO Cualquier información recopilada por el Cesionario y los subcontratistas
44 (XXXX), y el trabajo creativo desarrollado por el Cesionario en virtud de esta subvención
1 incluyendo, sin limitación, todos los datos, conjuntos de datos, investigaciones,
2 conocimientos, y todos los materiales escritos, gráficos, de audio, visuales y de cualquier otro
3 tipo, contribuciones, productos de trabajo aplicables y elementos de producción contenidos
4 en ellos, ya sea en papel, disco, cinta, archivo digital o cualquier otro medio (el "Trabajo"),
5 seguirá siendo propiedad intelectual de CI, a menos que, por medio de la presente, CI otorgue
6 irrevocablemente al Cesionario un derecho perpetuo, sin regalías, y no exclusivo, de copiar,
7 distribuir, publicar, usar y preparar trabajos derivados del Trabajo para cualquier propósito,
8 en cualquier medio y en cualquier territorio para usos que sean coherentes con su misión
9 caritativa.
10
11 a. El Cesionario y los subcontratistas (XXXX) declaran y garantizan el cumplimiento hoy
12 y durante todo el Período de Ejecución, de las sanciones económicas de los EE.UU., las
13 leyes contra el terrorismo y las leyes contra el lavado de dinero, que incluyen, entre otras,
14 la Ley PATRIOT de EE.UU., las leyes administradas por la Oficina de Control de Activos
15 Extranjeros del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos, Orden Ejecutiva 13224,
16 como si dichas leyes y reglamentos alcanzaran directamente las actividades del
17 Cesionario. El Cesionario no tomará ninguna medida que pueda causar que CI infrinja
18 las leyes y regulaciones mencionadas anteriormente.
19
20 b. El Cesionario y los subcontratistas (XXXX) declaran y garantizan el cumplimiento hoy
21 y durante todo el Período de Ejecución, de las leyes locales que se aplican en la
22 jurisdicción en la que el Cesionario opera o realiza actividades relacionadas con el
23 Proyecto, que incluyen, pero no se limitan a, las leyes contra el soborno, las leyes
24 laborales, las leyes fiscales, protección de datos, ética, protección de pueblos indígenas e
25 investigación de datos de sujetos humanos.
26
27 c. El Cesionario y los subcontratistas (XXXX) declaran y garantizan que están legalmente
28 registrados, autorizados para hacer negocios, y que han obtenido los permisos o licencias
29 necesarios para llevar a cabo actividades relacionadas con el Proyecto en la jurisdicción
30 de la implementación del Proyecto y para otorgar a CI derechos a la propiedad intelectual
31 producida.
32
33 d. Ni el cesionario ni el subcontratista (XXXX) realizarán investigaciones científicas
34 sobre ningún sujeto humano como parte de cualquier contrato.
35
36 e. El Cesionario y los subcontratistas (XXXX) declaran y garantizan que todas las
37 actividades relacionadas con el Proyecto se llevarán a cabo de acuerdo con los Términos
38 y Condiciones de Financiamiento.
39
40 f. El subcontratista (XXXX) acepta cumplir con estas disposiciones.
41
42 5. LOGO Y RECONOCIMIENTO DE GEF: El contratista (XXXX) acepta no utilizar los
43 logotipos de GEF y CI, y no mencionar sus nombres en ningún material promocional o
1 en otros materiales sin obtener primero la aprobación por escrito de Island
2 Conservation.
3
4 6. SEGURO: El contratista (XXXX) deberá mantener el seguro de compensación de
5 trabajadores y responsabilidad del empleador para sus empleados según lo exija la ley
6 aplicable, el seguro de responsabilidad comercial general y el seguro de responsabilidad
7 civil para automóviles, el seguro de negligencia profesional y el seguro de
8 responsabilidad civil por contaminación, cada uno de ellos con un límite de no menos de
9 USD 1.000.000 y con agencias, deducibles y otros términos aceptables para IC. El
10 consultor deberá además proporcionar una póliza adicional por USD 1.000.000 sobre la
11 responsabilidad general comercial, la responsabilidad de la automoción y la cobertura
12 de responsabilidad del empleador. El consultor deberá proporcionar a IC los
13 certificados de dichos seguros que acrediten dicha cobertura. Las pólizas especificadas
14 se endosarán para nombrar a IC como asegurado adicional utilizando el Certificado
15 Estándar de Seguro del Consultor. El consultor deberá presentar certificados para
16 cada una de las políticas anteriores a IC antes de realizar el trabajo.
17
18 7. COMPENSACIÓN: El contratista (XXXX) será responsable de cualquiera y todas
19 las lesiones o daños a cualquier persona o propiedad, incluida la pérdida de vidas, que
20 surja directamente de, o en relación con, la ejecución de los Servicios por parte del
21 Consultor o el incumplimiento de este Acuerdo, y eximirá de responsabilidad,
22 indemnizará, protegerá y defenderá a IC de y contra cualquiera y todas las pérdidas,
23 daños, demandas, reclamos, juicios, gastos (incluidos los honorarios de abogados) y
24 otras responsabilidades derivadas de cualquier lesión, daño o muerte, excepto si fuera
25 el resultado de negligencia grave por parte de IC . Esta compensación sobrevivirá a la
26 terminación de este Acuerdo.
27
28 8. DERECHOS DE TERMINACIÓN:
29 a) IC puede rescindir este Acuerdo en cualquier momento sin causa, mediante
30 notificación por escrito al Consultor ("Aviso"). Al recibir un Aviso (a menos que
31 se especifique lo contrario en el mismo), el Consultor detendrá de inmediato todo el
32 trabajo, interrumpirá todos los Servicios y entregará a IC un informe por escrito
33 que describa los resultados del desempeño del Consultor hasta ese momento. A
34 menos que se especifique lo contrario en el Aviso, el Consultor deberá seguir
35 protegiendo y manteniendo el trabajo realizado hasta ese momento, incluidas
36 aquellas partes en las que los Servicios han sido suspendidos o terminados, por un
37 período de tiempo acordado mutuamente por las Partes. En lugar de rescindir este
38 Acuerdo, IC puede dar por terminado cualquier trabajo específico relacionado con
39 cualquier propuesta específica sin causa, y el Consultor deberá actuar de
40 conformidad con este párrafo para interrumpir dicho trabajo específico.
41 b) Después de entregar a IC una notificación por escrito con al menos quince (15) días
42 de anticipación, el Consultor puede rescindir este Acuerdo tras el incumplimiento
43 reiterado y sustancial de IC en la ejecución de conformidad con este Acuerdo,
44 siempre que el incumplimiento de IC no sea culpa del Consultor.
45 c) En caso de terminación de conformidad con esta Sección, IC reembolsará al
46 Consultor el costo razonable de los Servicios hasta la fecha efectiva de la
47 terminación, y por los gastos razonables, según se acuerde mutuamente.
1 9. CONTRATISTA INDEPENDIENTE: El contratista (XXXX) está contratado como,
2 y se le considerará un contratista independiente. Si el Consultor es una entidad, todas
3 las personas que prestan los Servicios son empleados o agentes del Consultor. Ni este
4 acuerdo ni la ejecución de los Servicios por parte del Consultor crean ninguna relación
5 de empleador-empleado. El Consultor es el único responsable del pago de todos los
6 impuestos y beneficios exigidos por las leyes y regulaciones aplicables para sí mismo o
7 para sus empleados y agentes, según corresponda, sin responsabilidad para IC. El
8 consultor deberá cumplir con todas las leyes, normas y regulaciones laborales
9 aplicables, incluidas, entre otras, las relacionadas con la salud y seguridad de los
10 trabajadores, la no discriminación, la no segregación, la acción afirmativa, el empleo de
11 veteranos y el empleo de personas con discapacidad.
12 10. INEXISTENCIA DE MANDATO. El Contratista (XXXX) no se presentará a sí mismo
13 ni se permitirá ser presentado como un empleado o agente de IC o, en virtud de este
14 acuerdo, ser o convertirse en un empleado o agente de IC.
15 11. NO EXISTE UNA SOCIEDAD O EMPRESA CONJUNTA. Nada de lo contenido en
16 este acuerdo debe interpretarse como que crea entre las partes una relación de socios,
17 de principal y agente, o una empresa conjunta.
18 12. RENUNCIA. Ninguna acción o falta de acción por parte de IC o del Consultor
19 constituirá una renuncia a cualquier derecho u obligación en virtud de este Acuerdo, ni
20 tal acción o falta de acción constituirá la aprobación o aceptación de cualquier
21 incumplimiento del presente, a menos que se lo acuerde específicamente por escrito. Si
22 IC o el consultor no insisten en el cumplimiento estricto de cualquier disposición de este
23 Acuerdo, no se lo considerará como una renuncia a los derechos o recursos de IC o del
24 Consultor, o como una renuncia de cualquier incumplimiento posterior por parte del
25 Consultor en la ejecución o cumplimiento de cualquiera de los términos de este Acuerdo.
26 13. ACUERDO COMPLETO. Este Acuerdo y cualquier propuesta por escrito de Servicios
27 debidamente autorizada y ejecutada representan el acuerdo integrado completo entre
28 IC y el Consultor y sustituyen todas las negociaciones, declaraciones o acuerdos
29 anteriores, ya sean escritos u orales. Ninguna modificación o renuncia de cualquier
30 disposición de este Acuerdo será vinculante para ninguna de las Partes a menos que se
31 realice por escrito y sea ejecutada por el Consultor y por un agente de IC debidamente
32 autorizado. Cuando los términos o disposiciones de una propuesta son inconsistentes
33 con este Acuerdo, los términos y disposiciones de este Acuerdo regirán, a menos que la
34 propuesta escrita del Consultor indique expresamente que un término específico o una
35 disposición de la propuesta pretende reemplazar un término específico o una disposición
36 de este Acuerdo. Si el Consultor está procediendo con el trabajo basado en una
37 autorización verbal, dicha autorización no se interpretará de manera que modifique o
38 renuncie a ninguna disposición de este Acuerdo.
39 14. SEPARABILIDAD. Las disposiciones de este Acuerdo son divisibles; la invalidez de
40 cualquier parte de este Acuerdo no invalidará el resto del mismo.
41 15. INFORMACIÓN DEL PROPIETARIO.
42 a) Excepto lo que se autorice a través del consentimiento de IC o según lo exija la ley,
43 el Consultor no proporcionará, divulgará ni permitirá el acceso a (ni autorizará a
44 ninguna otra persona que suministre, divulgue o permita el acceso a) ninguna
1 información sobre o relacionada de manera alguna con IC o cualquier aspecto de
2 sus negocios, de lo cual el Consultor puede llegar a conocer en el curso de la
3 prestación de los Servicios.
4 b) El consultor acuerda que no aceptará un empleo adverso a IC, ahora o en el futuro,
5 relacionado con el tema de los Servicios, sin el consentimiento por escrito de IC. El
6 consultor acuerda además que no tomará ninguna posición en ninguna publicación
7 o procedimiento contrario a los intereses de IC.
8 c) Esta Sección sobrevivirá a la terminación de este Acuerdo.
9
10 CÓDIGO DE ÉTICA CI-GEF
11
12 1. Alcance de aplicabilidad
13 Las siguientes normas de ética se aplican a todas las personas y entidades, incluidos los
14 subcontratistas, que reciben, son responsables del depósito o la transferencia, o toman
15 decisiones o influyen en las decisiones relacionadas con el uso de los Fondos de Subvención
16 recibidos de CI (denominados conjuntamente los “Receptores del Fondo de Subvención”).
17 Los receptores del fondo de subvención incluyen empleados, agentes, subcontratistas y sub-
18 receptores de las personas y entidades mencionadas anteriormente.
19
20 2. Normas de ética
21 Se espera que los beneficiarios de los fondos de subvención observen los estándares más altos
22 de ética profesional y personal en la implementación de proyectos financiados por CI.
23
24 Cualquier violación del Código de ética se debe informar a CI a través de su línea directa
25 de ética en xxx.xx.xxxxxxxxxxx.xxx.
26
27 Los beneficiarios de fondos de subvención, incluidos los subcontratistas, están obligados a
28 implementar, monitorear y hacer cumplir un Código de Ética que refleje sustancialmente los
29 siguientes estándares de ética:
30
31 Integridad:
32 • Actuar de buena fe, con responsabilidad, con el debido cuidado, competencia y
33 diligencia, y mantener los más altos estándares profesionales en todo momento.
34 • Cumplir con los Términos y Condiciones de Financiamiento, las políticas internas
35 del Beneficiario, así como con todas las leyes, normas y regulaciones aplicables,
36 nacionales e internacionales, en todos los países en los que el Beneficiario realice
37 negocios y donde se realicen actividades relacionadas con el Proyecto.
38 • Reflejar los gastos reales o el trabajo realizado en informes de gastos, hojas de tiempo
39 y otros registros.
40 • No participar nunca en ninguno de los siguientes actos: falsificación de documentos
41 comerciales, robo, malversación de fondos, desvío de fondos, soborno o fraude.
42
43 Transparencia:
44 • Realizar las tareas, ejercer la autoridad y utilizar los fondos de la subvención y los
45 activos adquiridos con fondos de la subvención para fines del proyecto y nunca para
46 beneficio personal.
1 • Evitar los conflictos de intereses y no permitir que el juicio independiente se vea
2 comprometido.
3 • No aceptar regalos o favores de vendedores/proveedores, sub-receptores o
4 subcontratistas del Proyecto que excedan los regalos simbólicos.
5
6 Responsabilidad:
7 • Revelar a CI, a la mayor brevedad posible, cualquier información que tenga o de la
8 que tenga conocimiento, que pueda resultar en un conflicto de intereses real o
9 percibido o en una incorrección.
10 • Ejercer la administración responsable de los fondos de la subvención y de los activos
11 adquiridos con los fondos de la subvención; gastar los fondos sabiamente en la
12 promoción del proyecto.
13 • Administrar los programas, las actividades, el personal y las operaciones de manera
14 profesional, con conocimiento y sabiduría, y con el objetivo de lograr el resultado
15 exitoso del Proyecto.
16
17 Confidencialidad
18 • No divulgar información confidencial o sensible obtenida durante el curso del
19 Proyecto.
20
21 Respeto mutuo y colaboración:
22 • Ayudar a CI, a los socios del proyecto y a los beneficiarios, a desarrollar la capacidad
23 necesaria para llevar a cabo el proyecto de manera eficiente y efectiva y para
24 administrar los fondos con prudencia, tanto a nivel fiscal como operativo.
25
26
27 POLÍTICA ANTI SOBORNOS Y ANTICORRUPCIÓN DE CI-GEF
28
29 CI no tolera los sobornos, las coimas, los actos corruptos de ningún tipo ni en ningún caso por
30 parte del personal de CI, o sus agentes, consultores, cesionarios, vendedores o representantes de
31 ningún tipo.
32 La corrupción es el mal uso del poder para obtener ganancias o beneficios privados. El soborno
33 se define en términos generales como ofrecer o realizar un pago, ofrecer entregar o entregar algo
34 de valor, influir en una decisión o crear una ventaja indebida. Esta prohibición incluye realizar u
35 ofrecer realizar pagos a través de intermediarios o de terceros, y no requiere que los pagos se
36 realicen realmente.
37 El personal debe cumplir con todas las leyes contra el soborno y la corrupción aplicables. Todo
38 el personal de CI en todos los países está sujeto a la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero
39 de los Estados Unidos ("FCPA"). La FCPA prohíbe los pagos indebidos a funcionarios
40 gubernamentales y funcionarios de organizaciones internacionales públicas. El personal de CI
41 que vive o trabaja en países que no sean los EE.UU., también puede estar sujeto a las leyes
42 nacionales contra la corrupción. Todo el personal está obligado a plantear estos temas potenciales
43 antes de que den lugar a problemas y a buscar orientación adicional cuando sea necesario.
44 CI considera que el cumplimiento de las leyes anticorrupción y las políticas internas de CI
45 relacionadas con anticorrupción es un asunto serio e investigará a fondo cualquier denuncia de
46 soborno. Los empleados de CI, y otros que trabajan en nombre de CI o para su beneficio, que no
1 cumplan con dichas leyes y políticas, pueden estar sujetos a medidas disciplinarias hasta e
2 incluyendo la terminación de su empleo u otra relación. Además, las personas que violen las leyes
3 anticorrupción aplicables pueden estar sujetas a una serie de sanciones, que podrían incluir multas
4 y encarcelamiento.
5 Conflicto de Interés y Relaciones Personales
6
7 Introducción y Propósito
8 CI se compromete a garantizar que sus transacciones, compromisos y relaciones sean
9 transparentes y que no aparente que beneficia de manera inapropiada a sus directivos,
10 funcionarios, empleados y otras partes interesadas. La Política de Conflictos de Interés está
11 diseñada para ayudar a CI, sus directivos, funcionarios y empleados a identificar situaciones que
12 presenten Conflictos de Interés reales, aparentes o potenciales. Proporciona un proceso para
13 determinar si existe un Conflicto de Interés real y el procedimiento para gestionar o mitigar el
14 conflicto. Se anima a todo el personal a ver un breve vídeo, de descripción general, que ilustra
15 un conflicto de interés en un escenario de CI del mundo real y ofrece una guía directa sobre las
16 opciones y el proceso para resolver estas situaciones. El video está disponible en inglés,
17 español, portugués e indonesio.
18
19 I. Conflictos de Interés que Involucran a los Empleados
20 Cada empleado es responsable de reconocer un posible conflicto de interés y de dar a conocer
21 las Transacciones con Conflictos de Interés de conformidad con los procedimientos que se
22 describen a continuación.
23
24 Definiciones
25 • Conflicto de Interés – una situación que perjudica, tiene la apariencia de perjudicar o la
26 posibilidad de perjudicar la imparcialidad de un empleado de CI debido a la probabilidad de un
27 conflicto entre el interés personal y el interés profesional del empleado.
28 • Transacción con Conflictos de Interés o Transacción - cualquier participación, interés o
29 relación de un empleado o Miembro de la Familia, directa o indirectamente, en una transacción
30 propuesta con CI de la cual el empleado o su Miembro de la Familia recibe, o puede aparentar
31 que recibe, un beneficio financiero u otro beneficio personal.
32 • Miembro de Familia: cónyuge o pareja de hecho, hijos y sus cónyuges, padres,
33 hermanos y sus cónyuges, abuelos, nietos y sus cónyuges, tía, tío, primo hermano, sobrinas,
34 sobrinos, xxxxxxx, sus respectivos parientes allegados y las relaciones "adoptivas" de un
35 empleado de CI.
36
37 Ejemplos de Transacciones con Conflictos de Interés que Requieren Declaración
1 • Un empleado o Miembro de Familia de CI tiene una participación en la propiedad, es
2 empleado o forma parte de la junta directiva de una empresa que proporciona bienes o servicios
3 a CI.
4 • Un empleado o Miembro de Familia de CI que forma parte de la junta
5 directiva/fiduciario de una organización financiada por CI.
6
7 • Un Miembro de Familia solicita un puesto de trabajo en CI.
8 • Se considera a un Miembro de Familia para una consultoría de CI.
9 • A un empleado de CI, Miembro de Familia, o una entidad en la que el empleado o su
10 familiar tenga una participación en la propiedad, se le ofrece cualquier incentivo, pago,
11 préstamo u obsequio de cualquier tipo con un valor monetario superior a $ 150 dólares
12 americanos (o un valor inferior vigente para la división respectiva), de parte o en nombre de
13 cualquier persona u organización involucrada en cualquier transacción con CI.
14 • Un empleado de CI participa en actividades de consultoría o emprende una relación
15 laboral con una entidad cuyas actividades están en conflicto con las actividades o la misión de
16 CI. (Nota: Cualquier actividad de este tipo también requiere la aprobación previa del supervisor
17 (y del jefe de la división, consulte Trabajo Externo o Negocios externos a continuación).
18 El hecho de que un empleado esté involucrado en una Transacción con Conflictos de Interés no
19 significa necesariamente que exista un conflicto o que sea necesariamente adverso a los
20 intereses de CI. Sin embargo, los empleados deben informar todas las Transacciones con
21 Conflictos de Interés tan pronto como se proponga dicha transacción e independientemente de si
22 otras transacciones similares hayan sido revisadas y aprobadas previamente.
23
24 Declaración de Transacciones con Conflictos de Interés
25 Todos los empleados de CI deben completar y firmar formularios anuales de declaración de
26 Conflictos de Interés.
27 Además de estas comunicaciones anuales, siempre que se realice una Transacción con
28 Conflictos de Interés, el empleado debe hacer una divulgación inmediata a su supervisor
29 inmediato y al GCO, utilizando el formulario de declaración de Conflictos de Interés disponible
30 en la Intranet. Esta declaración debe hacerse antes de cualquier consideración o ejecución de la
31 Transacción con Conflictos de Interés propuesta.
32
33 Proceso para Resolver Conflictos de Intereses
34 Tras la divulgación de los hechos materiales relacionados con una Transacción con Conflictos
35 de Interés, el GCO determinará si existe un Conflicto de Interés y, en colaboración con el
36 supervisor o el jefe de división, podrá solicitar que se tomen las medidas adecuadas para mitigar
37 o gestionar el Conflicto de Interés. El GCO mantendrá registros de todas las Transacciones con
38 Conflictos de Interés informadas, incluso si dichas Transacciones alcanzan el nivel de un
1 Conflicto de Interés y, de ser así, cómo se debe mitigar o gestionar dicho Conflicto de Interés.
2 En algunos casos, estos Conflictos pueden informarse en presentaciones públicas.
3
4 Si un Conflicto de Interés real no se puede mitigar o gestionar de manera satisfactoria, pero el
5 supervisor del empleado y/o el jefe de división respectivo opinan que la Transacción con
6 Conflictos de Interés es, no obstante, beneficiosa para los intereses generales de CI, el Jefe de
7 División respectivo y el GCO le harán conocer sobre el asunto al Director Ejecutivo, quien
8 tomará la determinación final de continuar con la Transacción con Conflictos de Interés; sin
9 embargo, siempre que el empleado también sea un funcionario o esté en una posición donde
10 pueda ejercer una influencia sustancial sobre los asuntos de la organización, este asunto se
11 remitirá al Subcomité de Compensación de la Junta Directiva de CI de acuerdo con sus
12 procedimientos para abordar Conflictos de Interés.
13
14 Empleo de Miembros de la Familia
15 El empleo de Miembros de la Familia puede constituir un Conflicto de Interés (por ejemplo, si
16 existe o existirá una relación de trabajo directa entre dichos Miembros de Familia). Los
17 empleados deben revelar todas estas relaciones a su supervisor y al GCO utilizando el
18 formulario de declaración de Conflictos de Interés disponible en la Intranet, o el formulario de
19 declaración anual, según corresponda. Esta declaración debe realizarse antes de emplear a
20 cualquier Miembro de Familia.
21 Los empleados que se casan mientras son empleados o pasan a formar parte del mismo hogar
22 serán tratados de acuerdo con la política sobre relaciones personales.
23
24 Relaciones Personales
25 CI no prohíbe las Relaciones Personales consensuales de naturaleza romántica a menos que
26 tales relaciones ocurran entre supervisores y personal subordinado. Esta prohibición se aplica al
27 personal que es supervisado directamente, así como a aquellos en la cadena de mando general.
28 En tales casos, la persona de mayor rango en la relación debe revelar la relación a su supervisor
29 y al gerente de recursos humanos local tan pronto como comience la relación romántica. Se
30 realizarán cambios inmediatos y apropiados de personal y de supervisión para garantizar que no
31 exista ninguna influencia en los salarios, las horas, los beneficios, el progreso profesional y
32 otros términos y condiciones de empleo. Si tal relación afecta negativamente las operaciones de
33 CI, CI se reserva el derecho de tomar las medidas adecuadas.
34
35 Trabajo o Negocio Externo
36 Los empleados deben cumplir con las responsabilidades de su puesto, y el trabajo o la actividad
37 comercial externa no deben competir, entrar en conflicto ni comprometer los intereses de CI, ni
38 afectar negativamente el desempeño laboral y la capacidad de cumplir con todas las
39 responsabilidades de CI. Esta prohibición también se extiende al uso no autorizado de cualquier
1 recurso o equipo de CI y al uso o aplicación no autorizados de cualquier Información
2 Confidencial de CI. Además, los empleados no pueden solicitar ni realizar negocios externos
3 durante el horario laboral normal de CI. Los empleados deben obtener la aprobación por escrito
4 de su supervisor y del jefe de división antes de participar en cualquier trabajo o actividad
5 comercial externa.
6 Regalos y Otras Retribuciones
7 Ningún empleado, Miembro de Familia, o entidad en la que el empleado o su Miembro de
8 Familia tenga una participación en la propiedad, aceptará un incentivo, pago, préstamo u
9 obsequio de ningún tipo con un valor monetario superior a 150 dólares americanos (a menos
10 que se establezca un valor inferior en la división del empleado), de parte o en nombre de
11 cualquier concesionario, consultor, proveedor o cualquier otra persona involucrada en cualquier
12 transacción con CI, o en nombre de cualquier otra persona que pueda beneficiarse de una
13 decisión tomada por XX.
14
15
1 Anexo 1:
2 Representación del Ofertante en cuanto a Transparencia, Integridad, Responsabilidad
3 Ambiental y Social [Este documento debe ser firmado por los Ofertantes (o representante
4 de los Oferentes) y debe ser presentado con la propuesta a CI. No se pueden hacer
5 revisiones a esta sección.]
6
7
8 Número de Solicitud: Número de Solicitud de Propuestas - RFP (Si lo tiene disponible)
9
10 Número D-U-N-S (Sistema Universal de Numeración de Datos , si lo tiene disponible): XXX-
11 XXX-XXX
12
13 Se espera que todos los Ofertantes ejerzan los más altos estándares de conducta al preparar,
14 presentar y, si son seleccionados, eventualmente llevar a cabo el trabajo especificado de acuerdo
15 con el Código de Ética de CI. El Código de Ética de CI brinda orientación a los empleados,
16 proveedores de servicios, expertos, pasantes y voluntarios de CI sobre cómo respetar los valores
17 fundamentales de CI, y describe los estándares mínimos de conducta ética que todas las partes
18 deben cumplir. Cualquier violación del Código de Ética debe informarse a CI a través de su
19 Línea Directa de Ética en la página xxx.xx.xxxxxxxxxxx.xxx.
20
21 CI confía en la integridad personal, el buen juicio, y el sentido común de todos los terceros que
22 actúan en nombre de la organización o que prestan servicios a la misma para tratar asuntos que
23 no se abordan expresamente en el Código o que se indican a continuación.
24
25 I. Con respecto al Código de Ética de CI, certificamos que:
26 a. Entendemos y aceptamos que CI, sus socios contractuales, beneficiarios y otras
27 partes con las que trabajamos se comprometen con los más altos estándares de
28 transparencia, equidad e integridad en las adquisiciones.
29
30 II. Con respecto a los estándares sociales y ambientales, certificamos que:
31
32 a. Estamos comprometidos con los más altos estándares de ética e integridad y
33 con el cumplimiento de todas las leyes aplicables en nuestras operaciones,
34 incluyendo la prohibición de acciones que faciliten la trata de personas, el
35 trabajo infantil, el trabajo forzoso, el abuso sexual, la explotación o el acoso.
36 Respetamos los derechos humanos proclamados internacionalmente y no
37 tomamos ninguna medida que contribuya a la violación de los derechos
38 humanos. Protegemos a quienes son más vulnerables a las violaciones de sus
1 derechos y los ecosistemas que los sustentan.
2
3 b. Respetamos y hacemos cumplir plenamente los estándares ambientales y
4 sociales reconocidos por la comunidad internacional, incluyendo los convenios
5 fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los
6 convenios internacionales para la protección del medio ambiente, de
7 conformidad con la legislación y regulaciones aplicables al país donde se va a
8 realizar el contrato.
9
10 III. Con respecto a nuestra elegibilidad y conducta profesional, certificamos que:
11
12 a. Ni nosotros ni ninguno de nuestros afiliados [miembros, empleados,
13 contratistas, subcontratistas y consultores] nos encontramos en estado de
14 quiebra, liquidación, arreglo legal, terminación de actividad o culpables de mala
15 conducta profesional grave según lo determina la entidad reguladora
16 responsable de otorgar licencias y/o regular el negocio del oferente.
17 b. No hemos participado ni participaremos en actos delictivos o fraudulentos.
18 Mediante sentencia firme, no hemos sido condenados en los últimos cinco años
19 por delitos como fraude o corrupción, lavado de capitales, o mala conducta
20 profesional.
21 c. No hemos sido partícipes en la redacción ni en la recomendación del alcance
22 del trabajo de este documento de solicitud.
23 d. No nos hemos involucrado en ninguna colusión o fijación de precios con otros
24 oferentes.
25 e. No hemos realizado promesas, ofertas o subvenciones, de manera directa o
26 indirectamente, a ningún empleado de CI involucrado en esta adquisición, ni a
27 ningún funcionario del gobierno en relación con el contrato a ejecutar, con la
28 intención de influir indebidamente en una decisión o recibir una ventaja
29 inapropiada.
30 f. No hemos tomado ninguna medida ni haremos ninguna acción para limitar o
31 restringir el acceso de otras empresas, organizaciones, o personas a participar
32 en el proceso competitivo de licitación emprendido por CI.
33 g. Nosotros hemos cumplido con nuestras obligaciones concernientes al pago de
34 impuestos o contribuciones a la seguridad social de acuerdo con las
35 disposiciones legales del país donde se va a ejecutar el contrato.
36 h. No hemos proporcionado, y tomaremos todas las medidas razonables para
37 asegurarnos de que deliberadamente no proporcionemos ni proporcionaremos,
38 asistencia material o recursos a ninguna persona o entidad que cometa, intente
39 cometer, defienda, facilite o participe en actos terroristas, o que haya cometido,
1 intentado cometer, facilitar o participar en actos terroristas, y cumplimos con
2 todas las leyes aplicables Contra el Financiamiento del Terrorismo y el Lavado
3 de Dinero (incluyendo la Ley Patriota - USA PATRIOT Act y el Xxxxxxx
0 Xxxxxxxxx 00000 xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx).
5 i. Certificamos que ni nosotros ni nuestros directivos, funcionarios, empleados
6 clave o beneficiarios finales estamos incluidos en ninguna lista de sanciones
7 financieras o económicas, inhabilitación o suspensión adoptada por los Estados
8 Unidos, las Naciones Unidas, la Unión Europea, el Banco Mundial, o la Lista
9 de Participantes Excluidos de los Programas Federales de Adquisición y de No
10 Adquisición de la Administración General de Servicios de acuerdo con los
11 Decretos Ejecutivos EO 12549 y 12689, “Inhabilitación y Suspensión”.
12 [Incluir listas de sanciones adicionales del país de un donante público, si así
13 lo requiere el donante.]
14
15
16 Nombre:_
17 Firma:
18 Título:
19 Fecha:
20