PROYECTO: “CONTRATO DE SUMINISTRO DE ARRIENDO DE CAMIONES ALJIBES PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE AÑO 2010 2DO LLAMADO”
PROYECTO: “CONTRATO DE SUMINISTRO DE ARRIENDO DE CAMIONES ALJIBES PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE AÑO 2010 2DO LLAMADO”
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION
PROPUESTA PÚBLICA N º 31/2010
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE SECOPLAC
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES PROPUESTA PÚBLICA Nº 31/2010
PROYECTO : “CONTRATO DE SUMINISTRO DE ARRIENDO DE CAMIONES ALJIBES PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE AÑO 2010 2DO LLAMADO”
1. - REGULACION:
Las normas aplicables a las presentes bases administrativas serán la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº 19.575; Ley de Bases de Procedimientos Administrativos N º 19.880; Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº 19.886, Decreto Supremo Nº 250 Reglamento de la Ley N º 19.886; Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695, aclaraciones, consultas, Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, otras.
El orden de prelación que tendrá la normativa recién descrita, será la siguiente:
a) Aclaraciones posteriores al proceso de apertura
b) Aclaraciones, Consultas y respuestas.
c) Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas
d) Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº 19.886.
e) Decreto Supremo N º 250 Reglamento de la Ley N º 19.886. f ) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N º 18.695.
g) Ley de Bases de Procedimientos Administrativos N º 19.880.
h) Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº 19.575
i) Ley Nº 16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajo
j) Decreto Supremo N° 40 que aprueba reglamento sob re prevención de riesgos laborales
k) Reglamento Nº 594/2000 del Ministerio de Salud
l) Resoluciones Sanitarias respectivas.
k) Normativa Aplicable vigente
2. - EL MANDANTE
La presente propuesta es convocada por la I. Municipalidad de Iquique, quien actuará como mandante para los efectos del llamado, adjudicación, contratación, control, inspección y recepción de los bienes y servicios solicitados en la presente licitación, la Unidad Técnica será la Dirección de Aseo y Ornato.
3. - LA PROPUESTA
3.1. - Contrato de suministro de arriendo de camiones aljibes para la ilustre municipalidad de Iquique”, cuyas características, se indican en las Especificaciones Técnicas del caso.
Cabe destacar que la presente propuesta no considera anticipo.
3.2.- Por el solo hecho de la postulación, se entenderá que los oferentes aceptan, acatan y quedan sometidos sin cuestionamiento alguno a las presentes bases, y a la legislación chilena aplicable, quedando obligados a observarlas en todo, como asimismo, quedarán sujetos a la legislación chilena y se someten igualmente a los tribunales de la comuna de
Iquique, a los cuales le prorrogan expresamente competencia. Además deberán a cumplir las obligaciones que contraen desde de su participación en la Licitación como oferentes o adjudicatarios, en su caso, sin que motivo o razón alguna autorice desconocerlas, excusarse o desistirse de su cumplimiento. Del mismo modo aceptan y quedan obligados a someterse a las decisiones que, en el ejercicio de las facultades consignadas en estas Bases y en la legislación, emitan los organismos municipales correspondientes.
Del mismo modo, los oferentes, por el solo hecho de la postulación, aceptan el derecho irrestricto de la Municipalidad para hacer interpretación y aplicación de las Bases y suplir la falta de regulación de algún tema determinado, todo ello en la forma necesaria para cumplir efectivamente sus fines, para alcanzar el resultado deseado. Del mismo modo, aceptan y reconocen las facultades de las partes para regular, de común acuerdo, aquellas materias no comprendidas en las Bases y Especificaciones Técnicas y aquellas imposibles de prever.
3.3.- Esta propuesta pública consiste en definir la selección de un grupo de proponentes o proveedores, la cual, una vez adjudicada la presente propuesta en forma general y suscrito el/los contratos/s, el procedimiento de adjudicación a los proponentes seleccionados para realizar un servicio determinado, dentro del marco general de esta licitación, será a través de órdenes de compra emitidas por el Departamento de adquisiciones de acuerdo a las necesidades y requerimientos de la unidad que genere la nota de pedido correspondiente.
Por lo tanto, los valores ofertados en esta propuesta pública serán referenciales para efectos de adjudicar y/o seleccionar a el/los proveedores. De acuerdo a lo anterior los valores a pagar serán en conformidad a los valores señalados en las órdenes de compra y facturas correspondientes, sin embargo, los valores a ofertar cada vez que se emita una nota de pedido no podrán superar en un 5% el valor ofertado originalmente en la propuesta y además estos valores deberán estar acordes a los valores xx xxxxxxx. En caso de que los valores superen este porcentaje, los proponentes deberán justificar el alza, teniendo el Municipio la facultad de aceptar o rechazar dicha justificación.
3.4.- La interpretación, aclaración o precisión referente a las presentes Bases se hará previo informe de la Dirección de Asesoría Jurídica, exclusivamente por el Municipio, que se reserva el derecho a ello, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contratación Pública.
4. - DE LOS PROPONENTES
4.1.- Podrán participar todas las empresas y/o personas naturales que presten el servicio requerido, que cumplan con los requisitos establecidos en los antecedentes de la presente propuesta y en las especificaciones técnicas
Nota: se recomienda a los interesados, someter a consulta cualquier duda o dificultad en torno a la documentación a acompañar, con el fin de evitar que situaciones de forma o interpretación afecten su postulación. Estas consultas deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público.
5. - PRESTACION DEL SERVICIO
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados dentro de las 24 hrs. de emitida la O. C. y su ubicación dentro de las mismas será proporcionada por la Unidad Técnica correspondiente a esta Propuesta. A sí mismo la Unidad Técnica será la encargada de entregar el Acta de Recepción Conforme.
Si existiesen elementos defectuosos al momento de la entrega, deberán ser reemplazados por el oferente en un plazo no superior a 4 horas, lo mismo se aplicara en caso que cualquiera de los vehículos sufriere una panne. Por lo tanto el o los oferentes deberán contar con los vehículos de reemplazo correspondientes.
La unidad técnica que requiera el servicio será la encargada, una vez terminado éste de emitir un acta de recepción conforme, indicando si el servicio se prestó tal como se solicitó.
El o los oferentes adjudicados deberán velar durante el período de duración del contrato, suministrar a los trabajadores los equipos e implementos de protección personal y tomar las medidas correspondientes para mantener en las instalaciones, en el traslado y en la entrega del servicio las condiciones óptimas de higiene y seguridad, en conformidad a las normas legales que regulen la materia, Ley Nº 16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajo y Decreto Supremo N ° 40 que aprueba reglam ento sobre prevención de riesgos laborales.
6.- FINANCIAMIENTO
La contratación del servicio en cuestión será financiada por la Ilustre Municipalidad de Iquique con cargo al Presupuesto Municipal 2010.
Cada vez que alguna unidad requiera la prestación del servicio, al momento de solicitar la nota de pedido deberá presentar la disponibilidad presupuestaria.
La I. Municipalidad de Iquique se reserva el derecho de descontar o aumentar partidas, disminuir o aumentar unidades en los ítems, al momento de la adjudicación, según lo estime conveniente a sus intereses.
7. - CONSULTAS, RESPUESTAS, ACLARACIONES 7.1.- CONSULTAS Y RESPUESTAS
Los oferentes podrán hacer consultas o solicitar aclaraciones a estas Bases de licitación, por medio del foro en el portal del sistema de información y contratación pública xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx hasta la fecha y hora indicada en el portal Mercado Público. Las respuestas serán emitidas en mismo foro por la Secretaría Comunal de Planificación a partir de la fecha y hora indicada en el portal Mercado Público.
El calendario de la licitación asociada a las consultas y respuestas será el detallado en la publicación del presente llamado en el portal del Sistema de Información y Contratación Pública xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
7.2.- ACLARACIONES
Los oferentes podrán hacer consultas o solicitar aclaraciones a estas Bases de licitación, por medio del foro en el portal del sistema de información y contratación pública xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx hasta la fecha y hora indicada en el portal Mercado Público. Las respuestas serán emitidas en mismo foro por la Secretaría Comunal de Planificación a partir de la fecha y hora indicada en el portal Mercado Público.
El calendario de la licitación asociada a la apertura, consultas y respuestas será el siguiente:
Fecha de publicación | : 27 xx Xxxx del 2010 | |
Fecha final de Consultas | : 04 xx Xxxxx del 2010 | a las 15:30 hrs. |
Fecha Publicación de Respuestas | : 08 xx Xxxxx del 2010 | a las 18:30 hrs. |
Fecha de Cierre de las Ofertas | : 11 xx Xxxxx del 2010 | a las 09:00 hrs. |
Acto de Apertura Administrativo | : 11 xx Xxxxx del 2010 | a las 12:30 hrs. |
Si el Municipio estima indispensable emitir una aclaración previa a la apertura de las ofertas, podrá postergar la fecha de apertura de las mismas y ampliar el plazo para consultas y respuestas, en caso de ser necesario, con el objeto de dar un plazo razonable a los oferentes para el estudio y preparación de las ofertas. Se comunicará este hecho y los nuevos plazos mediante el portal del sistema de información y contratación pública xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
De igual modo, el Municipio, a través de la Secretaría Comunal de Planificación podrá, a su propia iniciativa o en respuesta a consulta o solicitud de aclaración formulada por un licitante, enmendar, rectificar o complementar las presentes Bases de licitación, con la dictación del Decreto Alcaldicio correspondiente, el que será informado en el portal del sistema de información y contratación pública xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Será responsabilidad del los oferentes interiorizarse de:
- Consultas y respuestas asociadas a la licitación
- Aclaraciones que modifiquen las Bases Administrativas Especiales y/o Especificaciones Técnicas
Las respuestas a consultas y las aclaraciones emitidas por la Unidad Técnica, formarán parte integrante de las Bases Administrativas Especiales.
8. - RECEPCION DE LAS OFERTAS:
La apertura de las ofertas para la Licitación Pública, se realizará el día y hora indicado en la publicación del presente llamado en el portal del Sistema de Información y Contratación Pública xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en el Salón XXXX XXXXX XXXX Edificio Ex-Aduana, Xxxxxx Xxxxx Nº 50.
La Municipalidad podrá postergar la fecha de apertura de las Ofertas, mediante una aclaración que así lo disponga, la que será informada por el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
En tal caso, todos los derechos y obligaciones de la Municipalidad y de los oferentes se entenderán prorrogados hasta la nueva fecha de apertura de las Ofertas.
No se recibirán propuestas después de la hora del acto de apertura indicado en la publicación. A partir de dicha hora, los oferentes no podrán retirar ni modificar sus propuestas.
8.1.- OBLIGATORIAMENTE toda la documentación solicitada en el punto 9.4 letras a.1), a.2) y b) de las presentes bases se deben escanear de los documentos originales o de una fotocopia legalizada ante notario y se deben ingresar al portal Mercado Público, como “ARCHIVOS ADMINISTRATIVOS” o en su defecto, el oferente debe contar con el servicio contratado en Chileproveedores en cuanto a la documentación legal y financiera u otros servicios contratados.
El resto de la documentación solicitada en el punto 9.4 de las presentes bases, se podrá ingresar al portal Mercado Público tal como se indica en el párrafo anterior o en su defecto deberá presentarse en forma física en un sobre sellado caratulado como “DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS” en el cual se indique el nombre y número de la propuesta y el nombre del oferente. Los documentos deben presentarse en original o fotocopias legalizada ante notario más 5 copias simples, en Oficina de partes, Xxxxxx Xxxxx Nº 50, con al menos una hora de anticipación a la hora y fecha del acto de apertura de la propuesta o en su defecto, deberá ser presentada por quien asista a la propuesta al momento de la apertura.
8.2.- OBLIGATORIAMENTE los documentos solicitados en el punto 9.5 letras a) se deben escanear e ingresar al portal Mercado Público como “ANEXOS ECONOMICOS”
8.3.- La oferta económica NETA deberá ser presentada a través del Portal Mercado Público xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx con el nombre de la propuesta, hasta la hora de cierre que indique el Portal Mercado Público en su publicación, esta oferta deberá coincidir con el valor Neto de la Carta Oferta.
La vigencia de la oferta, será de 60 días corridos, a contar de la fecha de apertura de la oferta.
El Municipio podrá, si lo estimare necesario, prorrogar el plazo antes señalado y en este caso los licitantes, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la prórroga, deberán ampliar la vigencia de sus boletas de garantías de seriedad de la Oferta, por un plazo igual a la prorroga.
La Ilustre Municipalidad de Iquique no se hará responsable de los problemas técnicos que pueda presentar el portal Mercado Público al momento del ingreso de las ofertas por parte de los oferentes, por lo tanto, será responsabilidad única del oferente, ingresar la oferta y la documentación solicitada para la presenta propuesta en el tiempo que se estime conveniente.
Nota: Al ingresar la documentación al portal se deberá especificar en el nombre claramente cual es el documento que contiene, con el fin de hacer más expedito la revisión de éstos.
9. - ACTO DE APERTURA
9.1.- Se entiende por "APERTURA DE LA PROPUESTA", el acto público en la que los miembros de la Comisión de Apertura de Propuestas revisan, que la documentación subida al portal sea la que se solicita en las presentes bases en los puntos 9.4 y 9.5. Dicha revisión será proyectada para que tanto los miembros de la comisión como las personas que asistan al acto la puedan revisar.
La apertura de las ofertas se realizará con la presencia del Secretario Municipal, quien actuará como Ministro de Fe; un Abogado de la Dirección de Asesoría Jurídica; el Director de la Secretaría Comunal de Planificación, el Director de Obras Municipales, el Director de Administración y Finanzas y el Director de Control o quienes los directores antes mencionados designen. A este acto podrán asistir todos los interesados.
En este caso, sólo se “constatará la existencia y el cumplimiento en cuanto a su forma y plazos de la documentación exigida en estas Bases”.
En caso que al momento de la apertura de las ofertas, el portal Mercado Público o Chileproveedores presente problemas técnicos, que escapen de la competencia y responsabilidad de la Ilustre Municipalidad de Iquique, se levantará un acta indicando los problemas y una vez que el portal vuelva al normal funcionamiento se citará nuevamente a la comisión de apertura y a los oferentes que asistieron al acto original.
9.1.1.- En el momento de realizar la apertura, y por razones fundadas de buen servicio, la comisión de apertura podrá recepcionar las ofertas que contengan errores o fallas en los documentos requeridos o en el caso que algún oferente, ya sea por error u omisión, le faltase subir al portal, alguno de los documentos solicitados en los puntos 9.4 o 9.5 al momento de la apertura, y que a criterio de la misma comisión no se consideren relevantes en ese momento, a excepción de los señalados en el punto 9.1.2. Sin perjuicio de lo anterior, esto deberá quedar establecido como observación en el acta de apertura y el proponente deberá entregar la documentación corregida o la que falte en el plazo que la comisión estime conveniente, de lo contrario quedara fuera del proceso licitatorio.
9.1.2.- El punto anterior, sólo es aplicable a errores formales involuntarios de documentos exigidos en los puntos 9.4 y 9.5, pero en ningún caso a:
a) No ingresar al portal Mercado Público los documentos solicitados en la letra a.1), a.2) y
b) del punto 9.4 de las presentes bases
b) No ingresar al portal Mercado Público los documentos solicitados en las letras a) del punto 9.5 de las presentes bases
c) La falta física de la Boleta de Garantía
El incumplimiento a lo anterior será causal de eliminación inmediata del proceso de licitación. Si el oferente queda fuera de base durante el acto de apertura la boleta de garantía será devuelta en el acto solo si esta presente el oferente o alguna persona con el poder de reemplazarlo, en caso contrario, el oferente debe solicitar por escrito a Secretaría Municipal la devolución de dicho documento.
9.2. - Están facultados para efectuar observaciones durante el proceso de apertura y firmar el acta respectiva, aquellos proponentes que se presenten personalmente, o por medio de un representante o apoderado. En este caso, deberán acreditar la personería con que actúan, por medio de escritura pública, si fuere sociedad, o de una carta poder extendida ante Notario, si se trata de personas naturales. No es obligación presentarse al acto de apertura, es opcional.
9.3.- Todos los documentos, antecedentes comerciales, personales y demás datos subidos al portal, se presumirán fidedignos, por lo que la I. Municipalidad de Iquique, se basará en ello para analizar la propuesta, sin perjuicio de requerir mayor información cuando lo estime necesario. En consecuencia, cualquier falsedad en los datos y documentos proporcionados, falsificación de firmas, etc., será de exclusiva responsabilidad del proponente, sin perjuicio de las acciones legales a que diera lugar.
9.4. - APERTURA ADMINISTRATIVA
a) Solo en el caso de que el oferente sea persona jurídica, deberá adjuntar:
a.1) Escritura de constitución de la sociedad, donde conste la personería de sus representantes, la cual deberá estar destacada para su mejor ubicación y sus modificaciones cuando procediere de dicha sociedad en fotocopia legalizada ante notario o que éste se encuentre vigente en los registros de Chileproveedores.
a.2) Certificado de Vigencia de la Sociedad, con una antigüedad no mayor de 30 días a la fecha de apertura de la presente propuesta o que éste se encuentre vigente en los registros de Chileproveedores.
b) Certificado de antecedentes personales para fines especiales si es persona natural o del representante legal si es persona jurídica emitido por el Servicio de Registro Civil e identificación, antigüedad no mayor a 30 días a la apertura de la presente propuesta.
c) Certificado de antecedentes comerciales, emitido por la Cámara de Comercio y/o DICOM con una antigüedad no mayor a 30 días a la apertura de la presente propuesta, el cual también puede ser emitido electrónicamente vía Internet o contar con el servicio contratado en Chileproveedores.
d) Boleta de Garantía de Seriedad de la Propuesta, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique, por la suma de $ 200.000.- (doscientos mil pesos), con vigencia de 30 días o más a contar de la fecha de apertura de la presente propuesta; debidamente individualizada con nombre y número de la propuesta que se garantiza.
e) Patente Comercial al día, otorgada por el Municipio correspondiente.
f) Carta de compromiso ante notario que señale el buen funcionamiento y mantenimiento de los bienes ofertados durante el período de requerimiento de los mismos.
9.5. - APERTURA ECONOMICA
a) Carta Oferta, según formato tipo, en cuya oferta se señalará el valor unitario por hora expresada en pesos chilenos, con todos los impuestos incluidos, con una validez de 60 días, a contar del Acta de Apertura de la propuesta.
No obstante lo requerido en los puntos 9.4 y 9.5 de las presentes bases, los licitantes podrán adjuntar a sus propuestas todos los antecedentes adicionales que estimen pertinentes.
Posteriormente, se dará lectura al Acta de Apertura. Si no existen observaciones por parte de los proponentes o de la Comisión, procederán a firmar el acta solo aquellas personas que cumplan con lo establecido en el punto 9.2 de la presente propuesta, para luego entregar una copia del acta a cada uno de los proponentes.
10.- ADJUDICACION
De acuerdo al punto N ° 6 de las presentes Bases Ad ministrativas Especiales.
La I. Municipalidad de Iquique, se reserva el derecho de adjudicar la propuesta, de acuerdo a lo que más convenga a sus intereses.
Sin perjuicio de lo anterior, la I. Municipalidad de Iquique podrá declarar no adjudicada la presente propuesta, con expresión de causa.
El o los adjudicatarios de la presente licitación se elegirá de entre los proponentes que, habiendo cumplido todos los requisitos señalados, presenten la oferta más conveniente para la Ilustre Municipalidad de Iquique, reservándose ésta el derecho de aceptar cualquier propuesta, aunque no sea la económicamente más baja, o de rechazarlas todas.
La Comisión evaluará cada una de las ofertas de acuerdo a criterios específicos, ventajas económicas, plazo de entrega, debiendo el Municipio emitir resolución o circunstancias de la adjudicación a uno o más oferentes.
Con respecto a los criterios de evaluación y sus ponderaciones, se procederá de la siguiente forma para asignarle su puntaje.
11.- CRITERIOS DE EVALUACION
11.1.- ASIGNACION DE PUNTAJE POR EL PRECIO TOTAL DE LA OFERTA (40%)
• Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos.
• Decrecerá el puntaje a medida que el producto ofertado sea de mayor valor.
• El puntaje obtenido se calcula por oferta realizada
PUNTAJE OBTENIDO = 100 – ((PXI – PE)/PXI) x100
Donde PXI: precio ofertado a evaluar
PE: Precio ofertado más económico
11.2.- ASIGNACION DE PUNTAJE POR PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS (30%)
• Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos.
• Decrecerá el puntaje a medida que el plazo de entrega sea mayor.
• El puntaje obtenido se calcula por oferta realizada
PUNTAJE OBTENIDO = 100 - ((Te – Ti)/Te) x 100
Donde Ti: Plazo de entrega mínimo.
Te: Plazo de entrega a evaluar
11.3.- ASIGNACION DE PUNTAJE POR CALIDAD DEL BIEN A OFERTAR (30%)
• Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos.
• Decrecerá el puntaje a medida que las características de las especificaciones técnicas indicadas, en el año de fabricación de los vehículos y demás solicitudes de la presente propuesta de los producto y/o servicios a ofertar no sean acordes a las especificaciones técnicas solicitadas.
• El puntaje obtenido se calcula por oferta realizada
CRITERIOS | PUNTAJE |
EXCELENTE | 100 |
BUENO | 75 |
REGULAR | 50 |
MALO | 25 |
Secoplac comunicará a través del Portal Mercado Público xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx a los señores oferentes, el resultado de la adjudicación.
12. - CONTRATO
12.1.- El contrato, se entenderá perfeccionado con la firma de la Municipalidad de Iquique y el o los oferentes adjudicados de la presente propuesta pública, lo que deberá efectuarse dentro de 5 días corridos a contar de la notificación del Decreto Alcaldicio de Adjudicación y siempre que previamente haga entrega de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, so pena de dejar sin efecto el decreto respectivo y proceder adjudicar al oferente que obtenga el segundo mejor puntaje y así sucesivamente si es que no se cumple con los requisitos estipulados anteriormente.
Se entenderá que forman parte del contrato las presentes bases, las consultas y sus respuestas, las aclaraciones y las propuestas económicas y otros del o los oferentes adjudicados.
12.2.- La municipalidad podrá poner término anticipado al contrato sin forma de juicio en los siguientes casos:
a) Si el adjudicado es declarado en quiebra o tuviere documentos impagos por más de 60 días o incurriere en incumplimiento tributario.
b) Si el adjudicado o alguno de sus socios administradores fuese formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva, o si fuese una sociedad anónima lo fuese uno de sus directores.
c) Si el contratista fuera demandado por deudas previsionales o laborales por sus trabajadores y, existiendo sentencia ejecutoriada en su contra, éste no se allane a dar cumplimiento a lo ordenado, siempre que la Municipalidad también hubiese sido demandada en forma subsidiaria.
d) Por incumplimiento de las obligaciones del contrato, de las bases administrativas especiales, de las especificaciones técnicas o de instrucciones de la Unidad Técnica.
e) Por mutuo acuerdo entre la Municipalidad y el o los oferentes adjudicados. En este evento, la forma y condiciones del término anticipado se establecerán en el finiquito que se suscriba entre las partes, y se devolverá al contratista la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
El término anticipado del contrato será declarado por Decreto Alcaldicio, reservándose la Municipalidad de Iquique, el derecho a demandar las indemnizaciones que procedan, así
como hacer efectivas las garantías constituidas por el oferente adjudicado, exceptuando la causal descrita en la letra e del presente punto.
En ningún caso la liquidación del contrato por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a una indemnización ni generará algún tipo de derecho al prestador del servicio sobre los pagos no devengados.
12.3- El contrato tendrá un período de duración de que va desde la firma del contrato y hasta el 31 de diciembre del 2010, renovable automáticamente previo acuerdo entre las partes hasta 1000 UTM para el próximo año.
12.4.- AUMENTOS Y DISMINUCIONES AL CONTRATO.
La Municipalidad de Iquique se reserva el derecho a solicitar al/los adjudicatario/s en el marco del contrato a que de origen la presente licitación, si así lo estimare conveniente, el suministro de productos/servicios de similar naturaleza a los requeridos mediante estas bases, que no se hayan incluido actualmente en ellas. Lo anterior, en atención a que los productos/servicios requeridos en las “Especificaciones técnicas” de las presentes bases son referenciales.
12.5.- SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Unidad técnica correspondiente a cargo del contrato, será el representante de la Municipalidad ante el o los oferentes adjudicados.
En términos generales, la unidad técnica, será la encargada de velar por el cumplimiento de las obligaciones del contratista, de tal forma de garantizar de la mejor manera posible la consecución de los objetivos definidos para el contrato.
Para ello, deberá supervisar a los adjudicatarios del servicio y contará con las atribuciones que se señalan a continuación:
a) Velar por el buen y oportuno cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, para lo cual designará uno o más funcionarios municipales, quienes desempeñarán el rol de inspectores de acuerdo a lo establecido en el contrato.
b) Podrá exigir al contratista la realización de acciones tendientes a lograr que la prestación del servicio se ajuste a lo estipulado en las bases y/o especificaciones técnicas en términos de calidad, cantidad u oportunidad.
c) Cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad laboral en función del servicio a prestar.
d) Aplicar multas y sanciones de acuerdo a lo estipulado en el punto 14 de las presentes bases.
13. - FORMA DE PAGO
La Municipalidad emitirá directamente la o las Órdenes de Compra una vez vigente el contrato de suministro que genere este llamado a Licitación, al o los Adjudicatarios, quienes entregaran el servicio solicitado según lo requerido.
El pago del servicio prestado se cancelará en forma mensual siempre y cuando se haya presentado la siguiente documentación correctamente:
- Facturas en original y 3 copias debidamente detalladas, las cuales serán entregadas en la Dirección de Administración y Finanzas de la I. Municipalidad de Iquique
- Acta de Recepción del servicio emitido con calificación “Conforme” extendido por la Unidad Técnica.
La factura deberá extenderse a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique, Xxxxxx Xxxxx Nº 50, Edificio Ex-Aduana, RUT 69.010.300-1.
Nota: Para el caso de los servicios esporádicos, estos se cancelarán a más tardar 30 días después de terminado el evento, previa presentación de la factura y del acta de recepción conforme del servicio tal como se indica en el presente punto.
14.- MULTAS
14.1.- La multa por concepto de atraso en los plazos de entrega, será de 0.5 UTM diaria por vez.
14.2.- PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS.
El supervisor municipal al detectar la falla la deberá notificar al Director de la Unidad Técnica quién deberá emitir un oficio, en el cual se deberá indicar la falta detalladamente y hará referencia, al lugar, día y hora de detección para luego indicar el monto de la(s) multa(s) que se aplicará.
El/los oferentes sancionados podrán apelar al Alcalde. Para ello, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha en que fue notificado mediante oficio.
La apelación deberá presentarse por escrito en la Oficina de Partes de la Municipalidad. La resolución de la Municipalidad se le comunicará por oficio dentro del plazo de 15 días hábiles desde la presentación de la apelación. Si transcurrido dicho plazo no se recibiera respuesta por parte de la Municipalidad, la apelación se entenderá por aceptada. En cualquier evento, esta resolución será inapelable.
El monto de las multas aplicadas, se descontará del siguiente estado de pago considerando el valor de la U. T. M. del mes en que se produjo la causal de sanción, y si este no fuese suficiente, de los siguientes estados de pago hasta cubrir su valor en forma íntegra.
15. - GARANTIAS:
15.1 SERIEDAD DE LA OFERTA
Se deberá presentar una Boleta de Garantía Bancaria de seriedad de la oferta, con vigencia de 30 días corridos o mas, contados desde la fecha de apertura de la presente propuesta, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique, por la suma de $200.000.- e individualizada con nombre y número de propuesta.
La Boleta de garantía además de ser escaneada y subida al portal, se deberá presentar físicamente en Oficina de parte, Xxxxxx Xxxxx N º 50, con al menos una hora de anticipación a la hora y fecha del acto de apertura de la propuesta o en su defecto, deberá ser presentada por quien asista a la propuesta al momento de la apertura.
Esta garantía se hará efectiva cobrando íntegramente su monto, a título de cláusula penal, en los términos del art. 1542 del Código Civil, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el proponente se desiste de la oferta;
b) Si el proponente no suscribe el contrato en el plazo y forma estipulada;
c) Si el proponente no entregare las garantías del contrato en el plazo, forma y condiciones establecidas;
d) Si no entregare los antecedentes solicitados por la Comisión Evaluadora, como complemento o aclaración de su oferta.
15.2. - FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
Al momento de firmar el contrato en la Dirección de Asesoría Jurídica, la o las empresas adjudicadas deberán entregar una Boleta de Garantía Bancario, para caucionar el fiel cumplimiento del contrato, por un monto de $500.000.-, de validez superior en 60 días, al plazo total del contrato, a nombre de la I. Municipalidad de Iquique. La Boleta de Garantía Bancaria exigida en dicho punto deberá individualizarse con número y nombre de la propuesta, en caso contrario se podrá dejarse sin efecto la adjudicación por simple resolución Administrativa y se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
En caso de aumento de plazo y/o valor que se genere en el transcurso de la ejecución del contrato, se deberá entregar al momento de firmar la modificación y/o ampliación del contrato, una Boleta de Garantía por un monto de $1.000.000.-, en el evento que la garantía original estuviere vencida o faltase más de 15 días para su vencimiento, en caso contrario debe acompañarse sólo la Boleta de Garantía con una validez superior en 60 días, al plazo final del contrato.
La Garantía indicada anteriormente, correspondiente al contrato primitivo, se devolverá 10 días después de haberse recepcionado la nueva caución que quedará en su reemplazo.
Si sólo se tratase de un aumento de plazo y las garantías primitivas de fiel cumplimiento de contrato, quedan dentro de la fecha de vigencia del mismo, incluido el aumento de plazo no será necesario presentar una nueva caución.
16. - DEVOLUCION DE GARANTIAS:
16.1.- SERIEDAD DE LA OFERTA
La garantía de los proponentes no adjudicados, será devuelta 10 días después de notificada la adjudicación, previa solicitud por escrito del proponente.
Al proponente adjudicado se le devolverá después de entregada la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa solicitud por escrito del proponente.
16.2. - FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Al proponente adjudicado se le devolverá 10 días después del término del contrato, previo informe de la Unidad Técnica de la I. Municipalidad de Iquique, y previa solicitud por escrito del proponente.
En el caso que se aumente el plazo y/o monto contrato y se deba presentar una nueva boleta, la garantía original por fiel cumplimiento del contrato se le devolverá 10 días después entregada la nueva caución, previo informe de la Unidad Técnica de la I. Municipalidad de Iquique, y previa solicitud por escrito del proponente.
17. - SANCIONES:
17.1. - El oferente adjudicado, que se desista de una oferta presentada, no suscriba un contrato por causas imputables a él, o no presente la garantía dentro de los plazos establecidos, por estos hechos, se dejará sin efecto la adjudicación y se le hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta por simple resolución administrativa.
17.2. - El oferente adjudicado que renuncie anticipadamente, es decir, sin cumplir totalmente el contrato, será multado con un 10 % del monto total contratado y se harán efectivas las garantías de fiel cumplimiento de contrato por simple resolución administrativa.
17.3. - Cualquier incumplimiento al contrato por causas imputables al oferente adjudicado, facultará al mandante para poner término anticipado a éste, por simple resolución administrativa, sin forma de juicio, no obstante cualquier otra medida que el caso requiera.
18.- La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar información adicional una vez abierta la propuesta a las empresas participantes, lo anterior para los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información o por que la comisión de evaluación estime que la o las ofertas presentadas no son lo suficientemente claras para realizar un buen análisis.
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE
SECOPLAC
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Las presentes especificaciones técnicas, están destinadas a complementar las Bases Administrativas Especiales e indicar normas y características de los servicios que la Ilustre Municipalidad de Iquique desea contratar.
OBJETIVO.- Adjudicar y/o seleccionar a una o varias empresas o personas naturales, especializadas del rubro, del servicio de arriendo de camiones aljibes, bajo la modalidad de Contrato de Suministros, para lo cual una vez suscrito el o los contratos se generarán órdenes de compra (de trabajo) a la(s) empresas(s) adjudicada(s)/seleccionadas a medida que las unidades que generen las notas de pedido correspondientes que requieran el servicio detallado anteriormente. En relación a la prestación de los servicios y de la forma en como operará este, remítase al punto 5 de las presentes Bases Administrativas Especiales y las Especificaciones Técnicas.
CONSIDERACIONES DE LA LICITACION:
1.- La provisión de arriendo será en conformidad a vehículos en buen estado, y que sean del año 1999 en adelante, con capacidad mínima de 10.000 litros y máxima de 18.000, con toda la documentación al día, tanto del vehículo como del chofer.
1. La Mantención (cambio de aceite, filtros, etc.) de los vehículos será a titulo del oferente, no obstante, si es necesario llevar el vehículo a un taller mecánico o de otra índole por motivos de funcionamiento, en los horarios en que éste sea ocupado por la I.M.I., el oferente deberá reemplazarlo por otro vehículo (en los plazos que se indican en el punto 5 de las presentes bases) de las mismas características, sin costo adicional.
2. El arriendo de los vehículos deberá incluir chofer y combustible.
3. En relación al chofer, éste deberá estar uniformado, buena presentación, tener buena disposición al trabajo y buen trato con el personal municipal, además que, el conductor
debe acreditar antecedentes intachable, no figurando en sus papeles condenas de ningún tipo (Se exigirá en la recepción del servicio).