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TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA MANTENCIÓN Y DESARROLLO DE SOFTWARE Y SERVICIOS PROFESIONALES TI CONVENIO MARCO ID 2239-1-LR22 PARA EL DISEÑO DE LAS HISTORIAS DE USUARIO E INTERFACES DEL SIMULADOR DE FINIQUITOS DE LA DT
1. DESCRIPCIÓN DEL REQUERIMIENTO
a) Introducción y Objetivo General
En el contexto del proceso de Modernización Institucional de la Dirección del Trabajo (DT), con foco en la calidad del servicio entregado a todos los ciudadanos, ha implementado una nueva plataforma digital para la realización de Trámites y Servicios en línea denominada MiDT, la que supone sea el medio de comunicación entre la Institución y sus usuarios, así como también, la vía de comunicación e integración con el resto del Estado.
En este portal transaccional se irán incorporando paulatinamente otros servicios y herramientas de apoyo a los participantes de la relación laboral, que les permitirá obtener información que vaya en la línea de procurar mantener un trabajo decente y en completo cumplimiento de la normativa vigente.
En este sentido, la DT necesita diseñar una nueva versión de su sistema denominado “Simulador de Finiquitos”, el que permitirá a todas las personas que lo requieran tener mediana claridad, en función de parámetros y datos ingresados, respecto de montos y deudas asociadas con ocasión de la terminación de la relación laboral.
b) Objetivos específicos
1. Crear junto a un equipo de la DT las historias de usuario del sistema Simulador de Finiquitos en virtud de lo establecido en la “ESPECIFICACIÓN DE NEGOCIO PARA EL SIMULADOR DE FINIQUITOS.” y sus complementos parte de estas bases.
2. Crear junto a la DT una propuesta de interfaces para el sistema Simulador de Finiquitos que dé cuenta de lo señalado en la “ESPECIFICACIÓN DE NEGOCIO PARA EL SIMULADOR DE FINIQUITOS.” y sus complementos parte de estas bases. Lo anterior, utilizando herramienta Figma.
c) Certificaciones
Dado el contexto del proyecto, el o los profesionales que desarrollen los productos requeridos, deben contar con las certificaciones/especialidad asociadas a las siguientes áreas:
Usabilidad: Obligatoria
Accesibilidad: Obligatoria
UX Design: Opcional
UX Writer: Opcional
Diseño de experiencia de usuario: Opcional
Las certificaciones de los profesionales indicados como obligatorias, serán requisito excluyente y deberán adjuntar en la propuesta todos los certificados o evidencias escaneadas en formato PDF y presentarlas como parte de la oferta presentada.
d) Experiencia en proyectos similares
Dado que lo que se busca con este proyecto es poder contar con la redacción de las historias de usuario y además de los diseños de las interfaces para el Simulador de Finiquitos, de manera de que con este instrumento posteriormente se puede abordar el desarrollo del sistema, lo que se requiere en términos de experiencia, es que los oferentes al menos tengan experiencia en algunos de los siguientes ámbitos de la consultoría, en el ámbito público y/o privado:
Participación en proyectos de arquitectura de información: al menos 3
Participación en proyectos de diseño de interfaces: al menos 3
Participación en proyectos de diseño de sitios web: al menos 2
Participación en proyectos de diseño de usabilidad y accesibilidad: al menos 2
La experiencia deberá ser acreditada con órdenes de compra (en estado aceptadas o recepción conforme), contratos o acuerdos complementarios (firmados por ambas partes) en los que se señale claramente el objeto de la contratación o descripción del proyecto.
Cualquiera que no tenga relación con lo que se señala precedentemente, será descartado de la contabilización para la determinación de admisibilidad según tipo de proyecto.
La experiencia en proyectos similares será requisito excluyente y sólo podrán ser considerados aquellos proyectos realizados en los últimos 4 años.
e) Propuesta Técnica
Los proveedores que presenten ofertas deberán enviar, como requisito técnico obligatorio, una propuesta técnica que debe considerar al menos los siguientes ítems:
1) Propuesta de solución:
a. Detalle de solución técnica
b. Etapas del proyecto
c. Definición de Entregables
2) Organización y planificación:
a. Equipo de trabajo
b. Certificaciones
c. Cronograma
3) Oferta comercial:
a. Oferta económica
b. Plazos de entrega de cada hito (los cuales no pueden superar lo indicado en la letra
h. del presente documento)
c. Experiencia en proyectos
e. Contacto comercial (nombre, correo, teléfono)
f) Mínimo técnico
En términos concretos, el proveedor deberá cumplir con el siguiente mínimo técnico, para poder pasar a la evaluación económica:
1) Experiencia en proyectos similares considerando lo que se indica en la letra d) “Experiencia en proyectos similares” precedente.
2) Alguna de las certificaciones técnicas considerando las posibilidades señaladas en la letra
c) “Certificaciones” precedente.
3) Presentación de la propuesta considerando la estructura señalada en la letra e)
“Propuesta técnica” precedente
4) Domicilio de Fábrica de Software en Chile y que sus operaciones sean realizadas en Territorio Nacional (deberá adjuntar como parte de su propuesta, un certificado con menos de 30 días de emisión del SII en el que se consigne el domicilio comercial de la empresa o bien de algún proveedor de información comercial)
g) Alcance de la Contratación
El servicio será realizado en dependencias de la DT ubicadas en Xxxxxxxxx #0000, Xxxxxxxx, o en modalidad de teletrabajo de acuerdo con los protocolos de la Institución, según se determine para el desempeño eficiente de los servicios de desarrollo.
Cabe señalar que, si bien se puede llevar el desarrollo mediante teletrabajo, es requisito que la fábrica de software tenga domicilio en Chile y que sus operaciones se realicen en territorio nacional, esto dado que se pueden requerir etapas de desarrollo o reuniones de forma presencial. El incumplimiento de este requisito será motivo de término anticipado de contrato. La acreditación del domicilio deberá llevarse a cabo con un certificado con menos de 30 días de emisión del SII en el que se consigne el domicilio comercial de la empresa o bien de algún proveedor de información comercial.
Para la gestión del proyecto la Dirección del Trabajo dispondrá de un equipo transversal que permita al proveedor acceder de forma oportuna a los sistemas u otros necesarios para el correcto desarrollo de los servicios a contratar.
El proyecto se podrá gestionar a través de la herramienta Azure Devops de la Dirección del Trabajo para la planificación y reporte a nivel de gestión de proyecto. Lo que será acordado con el proveedor en la reunión inicial de kick-off.
h) Servicios y/o productos entregables
El proveedor deberá hacer entrega de cada Hito a través de una presentación formal a la Dirección del Trabajo en conjunto con el entregable de cierre considerados en la siguiente tabla:
Hito | Descripción | Plazo de entrega a la DT | Entregable | Plazo de revisión por supervisor de la DT | % de pago |
Hito N°1 | Corresponde al diseño de las historias de usuario del Simulador de Finiquitos. | Hasta 20 días hábiles desde la comunicación de inicio por parte de la DT | Informe/recurso en línea con todas las historias de usuario. | Máximo 5 días hábiles. | 50% |
Hito N°2 | Corresponde al diseño de las interfaces del Simulador de Finiquitos (utilizando herramienta Figma). | Hasta 30 días hábiles desde la entrega conforme del primer Hito. | Informe/recurso en línea con el diseño de las interfaces para cada historia de usuario. | Máximo 5 días hábiles. | 50% |
i) Forma de Pago
El pago se realizará en dos cuotas, cada una asociada a los hitos del proyecto. El pago de cada uno se hará contra la entrega de un informe de Recepción Conforme y cuando el resultado indicado en ellos se disponga en un documento (formato PDF o recurso en línea en infraestructura de la DT como OneDrive) o bien en un ambiente (Sharepoint, Figma o similar) para poder verificarlo.
El informe será firmado en conjunto por las jefaturas de los Departamentos de Tecnologías de la Información y el Departamento de Atención de Usuarios, o quién se designe para tal fin.
j) Presupuesto máximo disponible CLP: $12.000.000 IVA incluido.
Ficha EvalTIC: 2023.15.001502.05
En este sentido, las ofertas que sobrepasen el presupuesto máximo disponible serán declaradas inadmisibles
La presente contratación se regirá por la evaluación técnica (Modalidad N°1); Cumplimiento de requerimientos técnicos mínimos. 2239-1-LR22. Una vez que se verifique el cumplimiento de los mínimos requeridos con sus respectivos medios de verificación adjuntos, se procederá a la evaluación económica (Ranking) para las empresas que hayan pasado la etapa de evaluación técnica.
2. EVALUACIÓN ECONÓMICA, SELECCIÓN Y RE-SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
Sólo serán evaluadas económicamente aquellas ofertas que hayan superado la evaluación técnica, cumpliendo a cabalidad con los requerimientos técnicos mínimos solicitados.
Aquellas ofertas que no hayan superado la evaluación técnica se descartarán del proceso y no serán evaluadas económicamente. La DT requiere que la oferta económica que realicen los proveedores interesados considere el valor total a cobrar por los servicios a contratar. Este monto será el que se pagará al proveedor, no procediendo cargos adicionales bajo ningún concepto.
En la oferta económica que realice el proveedor se deberá detallar el valor total del servicio a través del precio base a cobrar (precio basal), el porcentaje de descuento a aplicar (según tramo) y el precio final de la adquisición correspondiente al precio base menos el monto de descuento efectuado en razón de su oferta comercial vigente en convenio marco.
Las cotizaciones no podrán considerar un precio basal superior a $ 12.000.000. Dada esta situación la oferta será declarada inadmisible.
Se utilizará como único criterio económico de evaluación el precio final ofertado, esto es el valor obtenido posterior a la aplicación del porcentaje de descuento por orden de compra que se encuentre vigente al momento del cierre de recepción de las cotizaciones, ya sea el descuento adjudicado por el proveedor o una oferta especial, al precio basal ofertado por el proveedor.
La DT confeccionará un ranking ascendente con el precio final de las ofertas validadas técnicamente para luego seleccionar aquella que presente el menor precio total por los servicios que son objeto de la contratación. En caso de empate, se aplicarán las reglas de desempate dispuestas en el presente documento.
a) Criterios de desempate.
En caso de producirse un empate entre dos o más propuestas, los criterios para desempate serán los siguientes:
Mayor número de perfiles certificados debidamente acreditados.
Mayor número de proyectos realizados debidamente acreditados.
En caso de que el proveedor seleccionado desista de su oferta, se niegue a suscribir el acuerdo complementario, o no entregue los documentos requeridos para la suscripción del mismo, la DT podrá seleccionar al proveedor situado en el segundo lugar del ranking económico, sin perjuicio de que se apliquen las medidas de incumplimiento dispuestas en Bases de Licitación de Convenio Xxxxx ante la falta cometida por dicho proveedor.
3. OTRAS CLÁUSULAS
a) Plazo de publicación: 5 días hábiles desde publicada la solicitud en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
b) Plazo de evaluación: 7 días hábiles desde finalizado el periodo de cotización.
c) Acuerdo complementario
Se suscribirá un Acuerdo Complementario entre la Dirección del Trabajo y el proveedor seleccionado, en el cual se consignará la respectiva garantía de fiel cumplimiento, cuyo monto será de un 5% del monto total de la contratación, según lo establecido en artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886, y se especificarán en ella, las condiciones particulares de la adquisición, tales como, oportunidad y forma de entrega, precio y forma de pago, características específicas de los productos, vigencia, efectos derivados del incumplimiento, entre otros, según lo indicado en la letra d) del presente documento.
Los montos ofertados en el sistema deberán ser por el precio total de la oferta, considerando todos los cargos e impuestos asociados y a dicho monto ofertado, se le aplicará el descuento correspondiente a la condición comercial de cada proveedor automáticamente por sistema.
La suscripción del respectivo Acuerdo Complementario será realizada dentro de los próximos 20 días hábiles contados a partir de la notificación de la selección. Dicho acuerdo deberá ser aprobado por el respectivo acto administrativo emanado por la Autoridad Competente de la Dirección del Trabajo.
Se deja expresa constancia que el presente acuerdo tendrá una vigencia igual a la ofertada por el proveedor seleccionado en su propuesta, no pudiendo superar los plazos estipulados en el acápite “Servicios y/o productos entregables”.
Para la firma del Acuerdo Complementario, la Dirección del Trabajo, exigirá al proveedor una declaración jurada simple que acredite que no se encuentra afecto a las inhabilidades contempladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley 19.886, que no ha sido condenado con la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, conforme lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica y que no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d), del artículo 26 del Decreto con Fuerza xx Xxx N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
En conformidad con el artículo 4, inciso 2°, de la ley N° 19.886, durante la vigencia del acuerdo complementario, el proveedor deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta circunstancia deberá acreditarse a la mitad del período de ejecución del acuerdo complementario, con un máximo de seis meses.
Una vez firmado el acuerdo complementario, La Dirección del Trabajo deberá adjuntar el mencionado acuerdo a la Orden de Compra respectiva.
d) Garantía de Fiel Cumplimiento del Acuerdo Complementario
De acuerdo con lo estipulado en las Bases de la Licitación ID 2239-1-LR22 del Convenio Marco de Desarrollo y Mantención de Software y Servicios Profesionales TI los acuerdos complementarios se caucionarán mediante una Garantía de Fiel Cumplimiento la que deberá ajustarse a las condiciones dispuestas en el Artículo N°68 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886, de acuerdo con el siguiente detalle:
Beneficiario | Dirección del Trabajo, RUT Nº 00.000.000-0 |
Vigencia de la Garantía | La vigencia de dicha garantía deberá comprender el plazo total del acuerdo complementario más 60 días hábiles contados desde la fecha de término de este. |
Monto | 5% del monto del contrato |
Moneda | Peso Chileno |
Glosa | “Para garantizar a la Dirección del Trabajo el fiel y oportuno cumplimiento del servicio de DISEÑO DE LAS HISTORIAS DE USUARIO E INTERFACES DEL SIMULADOR DE FINIQUITOS DE LA DT y/o el pago de saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años” |
Descripción | Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el acuerdo complementario, como asimismo, el pago de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante, el proveedor seleccionado deberá entregar en la Oficina de Partes de la Dirección del Trabajo, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxx Xx0000, 0x Xxxx, Xxxxxxxx, con anterioridad a la suscripción del acuerdo complementario, una garantía contenida en cualquier instrumento que revista las características de irrevocable, pagadero a la vista y que sea cobrable de forma rápida y efectiva. En caso de que un tercero sea el tomador de la garantía, deberá señalar en dicho documento la individualización del tomador y del proveedor respecto del cual se está presentando la garantía. |
Restitución | La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor. |
e) Medidas aplicables:
Multas
El proveedor seleccionado podrá ser objeto de la aplicación de multas por atrasos o incumplimientos derivados de su responsabilidad en los siguientes casos:
Incumplimiento de Hitos: La DT aplicará una multa por el incumplimiento de los hitos definidos y establecidos en el acuerdo complementario, salvo que dichos atrasos no le sean imputables al proveedor. Las multas se aplicarán por un monto de 1% por día de retraso respecto del pago del hito
comprometido, con un tope de un 10%. Si el incumplimiento corresponde al hito final del proyecto el tope de la multa podrá ser el 20% del pago del último hito. En caso de que se supere los 30 días de atraso, se entenderá que se ha incurrido en un incumplimiento grave, por lo que procederá por parte de la DT, la aplicación de la medida de término anticipado del respectivo contrato o acuerdo complementario suscrito con el proveedor incumplidor.
Consideraciones para la aplicación de las multas:
El monto de las multas se cobrará directamente al proveedor, quien deberá pagar en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado. En caso de que no se pague dentro de ese plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se aproximará al número entero más cercano. Se utilizará el factor de conversión correspondiente al día en que se le haya notificado al proveedor la aplicación de la respectiva multa. Se deja constancia que, el valor resultante de la aplicación de la(s) multa(s) no podrá superar el 30% del monto total de la contratación, en cuyo caso procederá el término anticipado del acuerdo complementario.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DT de recurrir a los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor en todos los casos.
f) Otras medidas
Además de las multas, la DT podrá aplicar la medida de cobro de la garantía de fiel complimiento del acuerdo complementario y de término anticipado del acuerdo complementario, cuando concurran las causales establecidas en la cláusula 10.2 del Convenio Marco, en lo que resulten aplicables.
Procedimiento para aplicación de multas y otras medidas:
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas sanciones:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato (por alguna causal distinta de la establecida en la presente cláusula, letra E, numeral 1, de las Bases de Licitación del respectivo Convenio Marco), la Dirección del Trabajo notificará al proveedor seleccionado informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada la que deberá ser notificada al proveedor del modo indicado en el literal siguiente.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos el organismo comprador tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada e informarse en el módulo de sanciones del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Recurso de Reposición: El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en las letras c y d anteriores de las Bases de Licitación del respectivo Convenio Marco, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DT tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, debiendo el proveedor pagar en un plazo de hasta 10 días una vez notificado la resolución que acoja o rechace el recurso, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
g) Pacto de Integridad
El proveedor declara que, por el sólo hecho de participar en la presente contratación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el proveedor acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida en el presente documento, asumiendo expresamente los siguientes compromisos durante la contratación:
I. El proveedor se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el proveedor se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
II. El proveedor se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
III. El proveedor se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
IV. El proveedor se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
V. El proveedor se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso.
VI. El proveedor el presente proceso, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
VII. El proveedor se obliga y acepta asumir las consecuencias y medidas previstas en el presente documento, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
VIII. El proveedor reconoce y declara que la oferta presentada es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
IX. El proveedor se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
X. El proveedor se obliga a no utilizar, durante la ejecución del servicio, información privilegiada obtenida con ocasión de éste o con ocasión de cualquier servicio que haya o se encuentre prestando a algún organismo regido por la Ley N° 19.886.
XI. El proveedor deberá abstenerse de participar en cualquier proceso de compras ejecutado a través del presente Convenio Xxxxx en el cual tenga algún conflicto de interés.
h) Confidencialidad
El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El proveedor, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo del contrato.
El proveedor debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la DT entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
i) Acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales
Durante la vigencia del respectivo Acuerdo Complementario, el proveedor deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para efectos de acreditar el cumplimiento de lo indicado precedentemente, el adjudicatario deberá entregar durante la vigencia del contrato cada 6 meses, el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo o, en su defecto, una Declaración Jurada en los cuales se indique que “no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años” de acuerdo con el formato del Anexo N°1, del Convenio Marco respectivo.
Asimismo, la DT exigirá al proveedor, antes de proceder al pago respectivo en virtud de la contraprestación de los servicios contratados, el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente contratación.
La DT podrá exigir al proveedor seleccionado durante la vigencia del contrato, a simple requerimiento, y sin perjuicio de lo señalado anteriormente, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Cabe indicar que, dicha obligación emana de lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°19.886 y el artículo 183-C del Código del Trabajo, con el propósito de hacer efectivo, por parte del organismo contratante, su derecho de ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del citado
Código, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, señaladas en el artículo 183-D de éste.
j) Cumplimiento de la Normativa laboral
Durante la vigencia del acuerdo suscrito, la Dirección ChileCompra también podrá solicitar al proveedor, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
En el caso de que la adjudicada sea una UTP, cada integrante de la misma deberá presentar dicho anexo.
Lo anterior es sin perjuicio de la documentación exigida para cursar cada pago asociado al contrato. El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Asimismo, si corresponde la DCCP exigirá al adjudicatario, antes de proceder al pago, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, Formulario F30-1, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.
En consecuencia, el proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Proveedor para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.
La Dirección se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código
del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Lo anterior, bajo apercibimiento de multa del 2% del valor total del contrato. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el proveedor, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.
El Adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
k) Continuidad del personal
La DT exigirá que durante el desarrollo y vigencia del contrato exista continuidad del personal designado para la prestación de cada servicio.
De acuerdo con lo anterior, en caso de requerirlo durante la vigencia del contrato, el adjudicatario podrá solicitar a la DT, a través de su contraparte, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no descontinuar el servicio y de acuerdo con lo establecido en este artículo.
Si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor seleccionado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, el proveedor deberá proponer oportunamente un cambio en la nómina de personal.
Para la solicitud y aprobación de cambio de personal la DT considerará, a lo menos, los siguientes elementos:
La criticidad del proyecto y de la etapa de este en la que esté involucrado el personal.
El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir, al menos, con los mismos requisitos y competencias que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.
La solicitud de cambio de personal debe ser aprobada por el organismo comprador, quien se reserva el derecho de aceptar o rechazar la petición. En caso de rechazo, el adjudicatario podrá proponer a otras personas, hasta que sea aceptado por el comprador, siempre y cuando el tiempo involucrado en esta gestión no perjudique el cumplimiento de plazos del contrato. En todo caso, si la institución contratante considera que estos cambios afectan la integridad y oportunidad del cumplimiento del contrato, le podrá poner término anticipado.
El adjudicatario debe informar y entregar a la DT, junto con la solicitud de cambio de nómina de personal, todos los antecedentes solicitados en las presentes bases para que el órgano
comprador evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo.
El adjudicatario debe esperar la aprobación de la solicitud, por correo electrónico, de parte del organismo comprador, antes de ejecutar el contrato con el o los nuevos trabajadores.
l) Tratamiento de datos personales
Si, con ocasión del presente Xxxxxxxx Xxxxx, el órgano comprador contrata los servicios de un proveedor para que éste le preste un servicio de tratamiento de datos personales, de conformidad con la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, deberá suscribir un contrato escrito de mandato, específico para tales fines. Dicho contrato de mandato es obligatorio, independiente de que la adquisición cuente o no con un acuerdo complementario.
En dicho mandato debe especificar, a lo menos, la finalidad del tratamiento, los datos personales que se utilizarán, la prohibición de uso para otras materias por parte del mandatario y de comunicación a terceros, las obligaciones de cuidado de los datos exigidas al mandatario, las causales de término del mandato y las obligaciones de devolución y eliminación de datos al terminar el encargo.
Asimismo, el mandatario deberá cumplir las demás obligaciones que se establecen en la ley N°19.628 y, en especial, facilitar el ejercicio de los derechos que se le reconocen a los titulares respecto de sus propios datos personales.
El mandato de tratamiento de datos no exime de responsabilidad al órgano comprador, en especial, respecto de la utilización de los datos solo en materias propias de su competencia legal y de las obligaciones de cuidado de dicha información.
De manera complementaria, el proveedor deberá tener siempre en consideración lo establecido en la ley 21.459 que establece normas sobre delitos informáticos.
m) Variación de servicios contratados
La Dirección del Trabajo, por medio de comunicación escrita a la empresa, podrá aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto total del contrato en la eventualidad de que el servicio lo requiera, caso en el cual la empresa deberá mantener los mismos valores unitarios indicados en su oferta económica. En caso de aumentar, la empresa deberá presentar una nueva garantía contenida en cualquier instrumento que revista las características de irrevocable, pagadera a la vista y que sea cobrable de forma rápida y efectiva, en la Oficina de Partes de la Dirección del Trabajo, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxx Xx0000, Xxxx 0x, Xxxxxxx Xx000, Xxxxxxxx, tomada en favor de la Dirección del Trabajo, RUT N° 00.000.000-0, por la suma equivalente al 5% del monto total del aumento del servicio contratado, impuestos incluidos. En caso de que un tercero sea el tomador de la Garantía, deberá señalar en dicho documento la individualización del tomador y del proveedor respecto del cual se está prestando la garantía.
La garantía deberá contener la siguiente glosa: "Para garantizar a la Dirección del Trabajo el fiel y oportuno cumplimiento del aumento del contrato para la adquisición servicio de DISEÑO DE LAS HISTORIAS DE USUARIO E INTERFACES DEL SIMULADOR DE FINIQUITOS DE LA DT.
La vigencia de dicha garantía deberá comprender el plazo total del aumento de los servicios más 60 días hábiles desde la fecha de término de estas.
N° de archivo | Nombre de archivo adjunto | Explicación |
1 | 1 BENEFICIOS A CALCULAR, ingreso de antecedentes.docx | Contiene un esquema de la pantalla principal y los atributos básicos que se deben considerar en el ingreso por parte del usuario. Dentro de cada campo en este documento, aparece un número, este corresponde al atributo que se debe utilizar en el cálculo o que se detalla en las validaciones en el resto de los documentos, particularmente el Archivo número 12. |
2 | 2 BENEFICIOS A CALCULAR, remuneraciones adeudadas.docx | Complementario al archivo N°1, en este se detallan cuáles son los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación de las remuneraciones adeudadas. La forma de cálculo se detalla en el archivo N°12. |
3 | 3 BENEFICIOS A CALCULAR, feriado anual pendiente.docx | Complementario al archivo N°1, en este se detallan cuáles son los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación del feriado anual pendiente. La forma de cálculo se detalla en el archivo N°12 |
4 | 4 BENEFICIOS A CALCULAR, feriado proporcional primera pantalla.docx | Complementario al archivo N°1, en este se detalla la primera parte de los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación del feriado proporcional. La forma de cálculo se detalla en el archivo N°12. |
5 | 5 BENEFICIOS A CALCULAR, feriado proporcional.docx | Complementario al archivo N°1, en este se detalla la segunda parte de los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación del feriado proporcional. La forma de cálculo se detalla en el archivo N° 12. |
6 | 6 BENEFICIOS A CALCULAR, feriado proporcional diferido.docx | Complementario al archivo N°1, en este se detallan los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación del feriado diferido en el caso de contratos por obras/faenas. La forma de cálculo se detalla en el archivo N°12. |
ESPECIFICACIÓN DE NEGOCIO PARA EL SIMULADOR DE FINIQUITOS.
7 | 7 BENEFICIOS A CALCULAR, indemnización sustitutiva del aviso, pantalla inicial.docx | Complementario al archivo N°1, en este se detalla la primera parte de los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación de la indemnización sustitutiva del aviso previo. La forma de cálculo se detalla en el archivo N°12. |
8 | 8 BENEFICIOS A CALCULAR, indemnización sustitutiva del aviso.docx | Complementario al archivo N°1 y al N°7, en este se detalla la segunda parte de los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación de la indemnización sustitutiva del aviso previo. La forma de cálculo se detalla en el archivo N°12. |
9 | 9 BENEFICIOS A CALCULAR, indemnización por años de servicio.docx | Complementario al archivo N°1, en este se detallan los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación de la indemnización por años de servicio. La forma de cálculo se detalla en el archivo N°12. |
10 | 10 BENEFICIOS A CALCULAR, indemnización contrato por obra.docx | Complementario al archivo N°1, en este se detallan los datos que se deben ingresar para poder hacer la simulación de la indemnización de contrato por obra. La forma de cálculo se detalla en el archivo N°12. |
11 | 11 BENEFICIOS A CALCULAR, resultado final.docx | Corresponde a una propuesta de salida de los resultados de las simulaciones. |
12 | VALIDACIONES DEL SIMULADOR DE FINIQUITO.docx | Contiene el detalle de las operaciones, cálculos y variables que intervienen en cada uno de los submódulos del simulador |
13 | Conjuntos de anexos (1 al 11) | Tablas de parámetros de cálculo utilizados en el simulador. |
14 | Anexo 12 – Descripción de los campos.docx | Descripción completa de los atributos referenciados numéricamente en los archivos 1 al 12 mencionados en esta tabla. |
ANEXO N°1 – OFERTA ECONÓMICA
xxxx | Xxxxxx Xxxx ($) | IVA ($) | Precio total con IVA ($) |
Valor por hito 1 (historias de usuario) | |||
Valor por hito 2 (diseño de interfaces) Valor por el desarrollo de las personalizaciones | |||
TOTALES |
<Ciudad>, <fecha>
Nombre, firma y timbre Representante Legal
SANTIAGO; de de 2023