MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA HEMEROTECA MUNICIPAL (C/ CONDE DUQUE Nº 11), MADRID
INFORME TÉCNICO
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA HEMEROTECA MUNICIPAL (C/ XXXXX XXXXX Nº 11), MADRID
En el transcurso de las obras de adopción de medidas de seguridad en la Hemeroteca Municipal (C/ Xxxxx Xxxxx nº 11), han concurrido las siguientes circunstancias que suponen una inadecuación de la prestación contratada debida a omisiones en la redacción del proyecto:
1. Durante la ejecución de las obras, y una vez que se ha procedido a colocar las vigas de refuerzo del forjado del techo del sótano -2, se ha comprobado que la reposición de los conductos y líneas para las instalaciones de electricidad, alumbrado y PCI, y la coexistencia de éstas con los nuevos conductos de ventilación, precisan de la puesta en obra de unas bandejas metálicas “portacables” de tipo perforado que no se contemplaban en el proyecto aprobado.
Sobre estás bandejas discurrirán las líneas de alumbrado, PCI y los circuitos eléctricos, y bajo ellas se dispondrán las nuevas luminarias para el alumbrado general de las dos salas de la Hemeroteca.
2. En cuanto a los conductos de la instalación de ventilación, se ha detectado la necesidad de incorporar al proyecto las rejillas de impulsión que han de ir dispuestas en las caras (laterales, superior o inferior) de los mismos, las cuales no habían sido tenidas en cuenta a la hora de confeccionar el presupuesto de la obra.
3. Tras retirar las láminas de plástico con las que puntualmente se han protegido las bases de los pilares (a fin de que la solera no se viera excesivamente dañada por la caída de la vermiculita que se retiró para reforzarlos), y una vez que se han rellenado los huecos abiertos en el apoyo de estos soportes (realizados para comprobar el estado de la cimentación y de los empotramientos en ésta de las bases de los pilares), se ha comprobado el deficiente estado de la solera existente, por lo que se hace necesario un tratamiento que dé homogeneidad a su aspecto exterior y que también sirva para sellar las fisuras existentes, buena parte de las cuales estaban ocultas por los módulos fijos que se retiraron.
Aunque las unidades de obra precisas para realizar estas medidas de seguridad no figuran en el presupuesto del proyecto, sí que lo están en los Cuadros de Precios utilizados para su elaboración (Específico, Ayuntamiento de Madrid 2016 y Guadalajara 2018), que forman parte del Acuerdo Marco para la realización de intervenciones en ejecución subsidiaria, actuaciones de emergencia, adopción de medidas de seguridad y obras de acondicionamiento, conservación y urbanización de los bienes integrados en el inventario del Patrimonio municipal del suelo del Ayuntamiento de Madrid. (Expte. 711/2017/10702).
En el apartado 1, letra a) del artículo 107 del TRLCSP (“Modificaciones no previstas en la documentación que rige la licitación”), puede leerse lo siguiente:
1. Las modificaciones no previstas en los pliegos o en el anuncio de licitación solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
a) Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas.
Además de lo anterior, en el apartado 2 del artículo 234 del TRLCSP (“Modificación del contrato de obras”), se establece que:
2. Cuando las modificaciones supongan la introducción de unidades de obra no previstas en el proyecto o cuyas características difieran de las fijadas en éste, los precios aplicables a las mismas serán fijados por la Administración, previa audiencia del contratista por plazo mínimo de tres días hábiles. Si éste no aceptase los precios fijados, el órgano de contratación podrá contratarlas con otro empresario en los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente.
Por otro lado, según el apartado 1 del artículo 158 (“Precio de las unidades de obra no previstas en el contrato”) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas:
1. Cuando se juzgue necesario emplear materiales o ejecutar unidades de obra que no figuren en el proyecto, la propuesta del director de la obra sobre los nuevos precios a fijar se basará en cuanto resulte de aplicación, en los costes elementales fijados en la descomposición de los precios unitarios integrados en el contrato y, en cualquier caso, en los costes que correspondiesen a la fecha en que tuvo lugar la adjudicación.
Finalmente, el apartado 2 del artículo 162 (“Reajuste del plazo de ejecución por modificaciones”) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas establece:
2. Cuando sea necesaria la ejecución de unidades nuevas no previstas en el proyecto, el director de las obras elevará al órgano de contratación las propuestas de los precios nuevos y la repercusión sobre el plazo de ejecución del contrato. La conformidad por parte del contratista a los nuevos precios y a la variación del plazo total de la obra será condición necesaria para poder comenzar los trabajos correspondientes a las unidades nuevas.
Por todo lo anterior, las omisiones en la redacción del proyecto suponen una inadecuación de la prestación contratada, por lo que se considera necesario:
1. La introducción en el proyecto de unidades de obra no previstas. Todas las cuales están estarán incluidas en los vigentes cuadros de precios (Específico, Ayuntamiento de Madrid 2016 y Guadalajara 2018) que forman parte del Acuerdo Marco para la realización de intervenciones en ejecución subsidiaria, actuaciones de emergencia, adopción de medidas de seguridad y obras de acondicionamiento, conservación y urbanización de los bienes integrados en el inventario del Patrimonio municipal del suelo del Ayuntamiento de Madrid. (Expte. 711/2017/10702).
2. La ampliación del plazo de ejecución del contrato en un mes.
La introducción de las nuevas unidades de obra y la ampliación del plazo de ejecución no suponen una modificación del contrato en una cantidad igual o superior al 10 por ciento del precio de adjudicación del mismo.
Lo que se informa a los efectos oportunos.
La dirección facultativa Firmado electrónicamente Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
Firmado electrónicamente
Fdo.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx
VºBº
El Jefe del Departamento Técnico de Control y Conservación
Firmado electrónicamente
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx
Notificado el proyecto modificado para el “contrato de obra en la Hemeroteca Municipal existente en el edificio sito en la X/ Xxxxx Xxxxx 00, xx Xxxxxx” (expte. 711/2019/21119) en el día xx xxx, y dentro del plazo de audiencia de tres (3) días, mediante el presente escrito, en representación de ORTIZ CONSTRUCCIONES y PROYECTOS S.A., manifiesto expresamente mi conformidad al mismo.
Madrid,
El representante xx XXXXX CONSTRUCCIONES Y
PROYECTOS S.A.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Expediente nº: 711/2019/21119 ref. abv
ASUNTO: Informe Propuesta de modificación del contrato basado de las obras de actuación en edificios municipales por el procedimiento de emergencia en Xxxxx xxx Xxxxx Xxxxx nº 11, Centro Cultural Xxxxx Xxxxx, celebrado al amparo del “Acuerdo Marco para la realización de intervenciones en ejecución subsidiaria, actuaciones de emergencia, adopción de medidas de seguridad y obras de acondicionamiento, conservación y urbanización de los bienes integrados en el inventario del patrimonio municipal del suelo del Ayuntamiento de Madrid” (expediente 711/2017/10702).
Por Decreto de fecha 30 de diciembre de 2019 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, se adjudicó el contrato basado de las obras de actuación en edificios municipales por el procedimiento de emergencia en Xxxxx xxx Xxxxx Xxxxx nº 11, Centro Cultural Xxxxx Xxxxx, a la empresa XXXXX CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., por un importe de 424.900,48 euros, IVA incluido, formalizado en fecha 30 de diciembre de 2019 y con una duración xx xxxx (10) meses, ampliada en un mes, hasta el 22 xx xxxxx de 2020, por Decreto del Delegado del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano de fecha 13 xx xxxx de 2020.
Mediante informe suscrito por los Servicios Técnicos de la Subdirección General de Control de la Edificación de fecha 10 xx xxxxx de 2020, se propone la modificación del contrato basado por la introducción en el proyecto de unidades de obra no previstas, y por las razones que en el mismo se exponen, se hace necesaria su aprobación así como la ampliación del plazo de ejecución en un (1) mes.
A la vista de cuanto antecede, mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano de fecha 27 de julio de 2020, se inicia expediente para la modificación del contrato basado, y se da traslado con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xxx Xxxxxxx xx xxxxxxxxxxxxx, XXXXX CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., a fin de dar audiencia para que proceda a emitir las alegaciones que estime procedentes hasta el 4 xx xxxxxx de 2020.
A este respecto, de conformidad con lo anterior, una vez cumplido el plazo con fecha 4 xx xxxxxx de 2020 para la formulación de alegaciones y la presentación de los documentos y justificaciones que estimasen pertinentes sin que se tenga constancia de su presentación, se da por realizado el trámite.
Respecto a la normativa de aplicación en materia de procedimiento de modificación, será la vigente al tiempo de incoarse el expediente de modificación contractual, de conformidad con la doctrina de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad Madrid (Dictámenes 256/17, de 22 xx xxxxx y 157/18, de 5 xx xxxxx, entre otros, por lo que será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) en lo referente al procedimiento de Modificación, todo ello en base a la Disposición Transitoria Primera.
De conformidad con la cláusula 43 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el Acuerdo Marco, procede la modificación del contrato “en los términos previstos en el artículo 106 del TRLCSP, cuando así se haya previsto en el
apartado 21 del anexo I al presente pliego y se haya detallado en los pliegos de forma clara, precisa e inequívocas las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como su alcance y límites”.
Al tratarse de una modificación no prevista en los pliegos, se han expuesto las circunstancias que manifiestan que hay una inadecuación del proyecto por causas objetivas que determinan su falta de idoneidad, y que no fuesen previsibles con anterioridad, todo ello de acuerdo con el artículo 107 del TRLCSP.
Ha de señalarse, además, que la modificación contempla un presupuesto de 428.488,04 euros, IVA incluido, lo que supone un aumento de 3.587,56 euros (tres mil quinientos ochenta y siete euros con cincuenta y seis céntimos) y un incremento del 0,84 % (cero con ochenta y cuatro por ciento) con respecto al importe inicialmente adjudicado, (424.900,48 euros, IVA incluido, y un aumento en el plazo de ejecución de un (1) mes.
La variación con respecto al precio inicial supone que procede reajustar la garantía definitiva depositada con fecha 18 de diciembre de 2019 (Carta de Pago número Registro de Fianza 2019013461), por un importe de 148,25 euros que deberá realizarse en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
El artículo 207 de la LCSP dispone que los órganos de contratación que hubieren modificado un contrato durante su vigencia, deberá de publicarse dicha modificación en el Perfil del Contratante en el plazo de cinco días desde la aprobación de la misma.
Con carácter previo a la adopción de la correspondiente resolución por el Órgano competente, deberán emitir informe la Asesoría Jurídica, de conformidad con el artículo 191.2 y la Disposición Adicional Tercera, Apartado 8º de la LSCP, el artículo
57.1.c) del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, y la Intervención General, conforme al artículo 214 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La propuesta que se eleva para su aprobación, se adecúa a la normativa
aplicable.
En consecuencia, en virtud del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad
de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano de 11 de julio de 2019 (BOCM de fecha 25 de julio de 2019), previo informe de la Asesoría Jurídica y de Intervención Delegada, procede elevar las siguientes propuestas:
AL DELEGADO DEL ÁREA DE GOBIERNO DE DESARROLLO URBANO
“De conformidad con lo establecido en el artículo 191.4 de la Ley 9/2017, de
8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, del artículo 97.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y del apartado 21 del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el Acuerdo Marco y de los informes que anteceden,
PRIMERO.- Aprobar la modificación del contrato basado de las obras de actuación en edificios municipales por el procedimiento de emergencia en Xxxxx xxx Xxxxx Xxxxx nº 11, Centro Cultural Xxxxx Xxxxx, celebrado al amparo del “Acuerdo Marco para la realización de intervenciones en ejecución subsidiaria, actuaciones de emergencia, adopción de medidas de seguridad y obras de acondicionamiento, conservación y urbanización de los bienes integrados en el inventario del patrimonio municipal del suelo del Ayuntamiento de Madrid” (expediente 711/2017/10702)”, con un presupuesto total de 428.488,04 euros, lo que supone un aumento de 3.587,56 euros y un incremento del 0,84 % con respecto al importe inicialmente adjudicado a la empresa XXXXX CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. de 424.900,48 euros, IVA
incluido, en base a la propuesta formulada por la Subdirección General de Control de la Edificación de fecha 10 xx xxxxx de 2020, basada en la introducción en el proyecto de unidades de obra no previstas.
SEGUNDO.- Ampliar en un (1) mes el plazo de ejecución de las obras.
TERCERO.- Aprobar el nuevo Programa de Trabajo.
CUARTO.- Reajustar la garantía definitiva por un importe de 148,25 euros, debiendo constituirse en el plazo de 15 días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
AL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL DE LA EDIFICACIÓN
ÚNICO.- Autorizar y disponer a favor de la empresa XXXXX, CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., con N.I.F. A-19001205, un gasto de 3.587,56
euros, de los que 2.964,93 euros corresponden a la base imponible y 622,63 al 21% de IVA, por el aumento de precio en la modificación del contrato basado de las obras de actuación en edificios municipales por el procedimiento de emergencia en Xxxxx xxx Xxxxx Xxxxx nº 11, Centro Cultural Xxxxx Xxxxx, celebrado al amparo del Lote 3 (Distritos: Centro, Arganzuela, Retiro, Latina, Carabanchel, Usera y Xxxxxxxxxx) del “Acuerdo Marco para la realización de intervenciones en ejecución subsidiaria, actuaciones de emergencia, adopción de medidas de seguridad y obras de acondicionamiento, conservación y urbanización de los bienes integrados en el inventario del patrimonio municipal del suelo del Ayuntamiento de Madrid” (Expediente nº 711/2017/10702), con cargo a la aplicación presupuestaria 001/160/151.03/632.00 del presupuesto municipal de 2020.
(Fecha: según firma)
LA ADJUNTA AL DEPARTAMENTO
Xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE CONTRATACIÓN Y ASUNTOS GENERALES
Xxxxx Xxxx Xxxxxx-Xxxxxxxx
Nº Expediente: 711/2019/21119
DECRETO
En uso de las atribuciones que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano de 11 de julio de 2019 (BOCM de 25 de julio de 2019),
DISPONGO
“De conformidad con lo establecido en el artículo 191.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, del artículo 97.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y del apartado 21 del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el Acuerdo Xxxxx y de los informes que anteceden,
PRIMERO.- Aprobar la modificación del contrato basado de las obras de actuación en edificios municipales por el procedimiento de emergencia en Xxxxx xxx Xxxxx Xxxxx nº 11, Centro Cultural Xxxxx Xxxxx, celebrado al amparo del “Acuerdo Marco para la realización de intervenciones en ejecución subsidiaria, actuaciones de emergencia, adopción de medidas de seguridad y obras de acondicionamiento, conservación y urbanización de los bienes integrados en el inventario del patrimonio municipal del suelo del Ayuntamiento de Madrid” (expediente 711/2017/10702)”, con un presupuesto total de 428.488,04 euros, lo que supone un aumento de 3.587,56 euros y un incremento del 0,84
% con respecto al importe inicialmente adjudicado a la empresa XXXXX CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. de 424.900,48 euros, IVA incluido, en base a la propuesta formulada por la Subdirección General de Control de la Edificación de fecha 10 xx xxxxx de 2020, basada en la introducción en el proyecto de unidades de obra no previstas.
SEGUNDO.- Ampliar en un (1) mes el plazo de ejecución de las obras.
TERCERO.- Aprobar el nuevo Programa de Trabajo.
CUARTO.- Reajustar la garantía definitiva por un importe de 148,25 euros, debiendo constituirse en el plazo de 15 días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
EL DELEGADO DEL ÁREA DE GOBIERNO DE DESARROLLO XXXXXX
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Información de Firmantes del Documento
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX - DELEGADO AG DESARROLLO URBANO Fecha Firma: 16/10/2020 18:09:39
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