REPUBLICA DEL PERU
REPUBLICA DEL PERU
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVÍAS DESCENTRALIZADO
GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
PROGRAMA DE CAMINOS DEPARTAMENTALES – PCD
PEDIDO DE PROPUESTAS
SELECCIÓN DE FIRMA CONSULTORA
CONVENIO INTERNACIONAL
CI N° 001-2011-GRAMAZONAS/CE-PCD
SUPERVISIÓN DE LA OBRA:
REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO
DEPARTAMENTO DE AMAZONAS
FINANCIADO POR:
Contratos xx Xxxxxxxx: BID Nº 1657/0C-PE, BIRF Nº 7322-PE y Recursos de Contrapartida Nacional
AMAZONAS - PERÚ 2011
INDICE
Sección 1. Carta de invitación 3
Sección 2. Instrucciones para los consultores 5
Sección 3. Propuesta Técnica – Formularios Estándar 25
Sección 4. Propuesta Financiera – Formularios Estándar 35
Sección 5. Terminos de Referencia 41
Sección 6. Formularios de Contrato Estandar 55
Sección 1. Carta de invitación
Chachapoyas, 30 xx Xxxxx del 2011
Señores (as)
(Nombre de la Firma Consultora) Dirección
Ciudad
Referencia: Invitación para presentar propuesta para la SUPERVISIÓN DE LA OBRA REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO.
Préstamo BID Nº 1657/OC-PE y BIRF Nº 7322-PE.
1. La República de Perú (en adelante denominado “el prestatario”) ha recibido del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) un préstamo (en adelante denominado “préstamo”) para financiar parcialmente el costo del Programa de Caminos Departamentales, y el Prestatario se propone utilizar parte de estos fondos para efectuar pagos elegibles en virtud del contrato para el cual se emite este Pedido de Propuesta (PP).
2. El Gobierno Regional de Amazonas invita a presentar propuestas para proveer los siguientes servicios de Consultoría para la SUPERVISIÓN DE LA OBRA REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO. En los términos de referencia adjuntos se proporcionan más detalles sobre los servicios.
3. Este Pedido de Propuesta (PP) se ha enviado a los siguientes consultores incluidos en la lista corta:
FIRMAS CONSULTORAS |
ACI PROYECTOS SA |
INCOYDESA INGENNYA SL |
INZAMAC ASISTENCIAS TECNICAS SA |
XXXXXXX XXXX’ ORTO SA |
CPS INGENIERIA |
CONSORCIO APPLUS CLOTHOS NOR CONTROL |
4. Una firma será seleccionada mediante el proceso de Selección Basado en Calidad y Costo (SBCC) y siguiendo los procedimientos descritos en este PP, de acuerdo con los procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) detallados en las Normas de Selección y Empleo de Consultores por los Prestatarios del Banco Mundial (Mayo 2004) y las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (Enero 2005). Las normas del BIRF se encuentran disponibles en la siguiente dirección en la Web: xxxxxxxxx.xxx./html/opr/consult.
5. El PP incluye los siguientes documentos: Sección 1 - Carta de invitación
Sección 2 - Instrucciones para los consultores (incluyendo la Hoja de Datos) Sección 3 - Propuesta técnica - Formularios estándar
Sección 4 - Propuesta financiera - Formularios estándar Sección 5 - Términos de referencia
Sección 6 - Formularios de contrato estándar
6. El Calendario Tentativo del PP es el siguiente:
- Carta de Invitación 30/03/2011
- Consultas 31/03/2011 al 05/04/2011 hasta las 17:30 horas del
día
- Absolución de consultas 12/04/2011
- Presentación de Propuestas Técnicas y Financieras, y Apertura de Propuesta Técnica a las 10:00 horas del 03/05/2011, en la sala de reuniones de la Presidencia del Gobierno Regional de Amazonas sito en el Jr. Xxxxx Xxxxxxx Nº 1250 Chachapoyas – Amazonas.
- Apertura de Propuestas Financieras a las 10:00 horas del 20/05/2011, en la sala de reuniones de la Presidencia del Gobierno Regional de Amazonas sito en el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xx 0000 Xxxxxxxxxxx – Amazonas.
7. Por favor alcanzar por escrito a la dirección anterior o por medio de correo electrónico a la dirección: xxxx000@xxxxxxx.xxx, xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx, y xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.
8. tan pronto hayan recibido esta carta, la siguiente información:
a) que han recibido la carta de invitación, y
b) si presentarán o no una propuesta en forma individual o en Asociación.
Atentamente,
Ing. XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXX
Presidente del Comité de Evaluación
Sección 2.
Instrucciones para los consultores
Definiciones (a) “Banco” significa el Banco Internacional de Reconstrucción y
Fomento, Washington, DC. EE.UU.; o el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Washington, DC. EE.UU.;
(b) “Contratante” significa la agencia con la cual el Consultor seleccionado firma el Contrato para proveer los servicios;
(c) “Consultor” significa cualquier entidad o persona que pueda prestar o preste servicios al Contratante bajo un Contrato;
(d) “Contrato” significa el Contrato firmado por las Partes, y todos los documentos adjuntos que se enumeran en la Cláusula 1 de dicho Contrato, que son las Condiciones Generales (CG), las Condiciones Especiales (CE), y los Apéndices;
(e) “Hoja de Datos” significa la sección de las Instrucciones para los Consultores que se debe utilizar para indicar condiciones específicas del país o de las actividades a realizar;
(f) “Día” significa día calendario.
(g) “Gobierno” significa el gobierno del país del Contratante;
(h) “Instrucciones para los Consultores” (Sección 2 del PP) significa el documento que proporciona a los Consultores de la Lista Corta toda la información necesaria para preparar sus Propuestas;
(i) “CI” (Sección 1 del PP) significa la Carta de Invitación que el Contratante envía a los Consultores de la Lista Corta;
(j) “Personal” significa los empleados profesionales o de apoyo contratados por el Consultor o por cualquier Subconsultor y asignados a la prestación de los Servicios o de una parte de los mismos; “Personal extranjero” significa las personas profesionales o de apoyo que al momento de ser contratadas tienen su domicilio fuera del país del Gobierno; “Personal Nacional” significa las personas profesionales o de apoyo que al momento de ser contratadas tienen su domicilio en el país del Gobierno;
(k) “Propuesta” significa la Propuesta Técnica y la Propuesta Financiera;
(l) “PP” significa el Pedido de Propuesta que prepara el Contratante para la selección de Consultores, de acuerdo con el PPE;
(m) “PPE” significa el Pedido de Propuesta Estándar, que deberá ser utilizado por el Contratante como guía para la preparación del PP;
(n) ”Servicios” significa el trabajo que deberá realizar el Consultor en virtud del Contrato;
(o) “Subconsultor” significa cualquier persona o entidad que el Consultor contrata a su vez para la prestación de una parte de los Servicios;
(p) “Términos de Referencia” (TDR) significa el documento incluido en el PP como Sección 5 que explica los objetivos, magnitud del trabajo, actividades, tareas a realizar, las responsabilidades respectivas del Contratante y el Consultor y los resultados esperados y productos de la tarea.
1. Introducción 1.1 El Contratante identificado en la Hoja de Datos seleccionará una
de las firmas / organizaciones incluidas en la carta de invitación, según el método de selección especificado en la Hoja de Datos.
1.2 Se invita a los Consultores de la Lista Corta, detallados en la Lista Corta, a presentar una Propuesta Técnica y una Propuesta Financiera, o una Propuesta Financiera solamente, según se indique en la Hoja de Datos, para prestar los servicios de consultoría requeridos para el trabajo especificado en la Hoja de Datos. La propuesta constituirá la base para las negociaciones y, eventualmente, la suscripción de un contrato con el Consultor seleccionado.
1.3 Los consultores deben familiarizarse con las condiciones locales y tenerlas en cuenta en la preparación de sus propuestas. Para obtener información directa sobre el trabajo y las condiciones locales, se recomienda que los consultores visiten al Contratante antes de presentar sus propuestas y que asistan a la reunión previa a la presentación de las propuestas, si en la Hoja de Datos se especifica dicha reunión. La asistencia a esta reunión es optativa. Los Consultores deberán comunicarse con los representantes del Contratante indicados en la Hoja de Datos para organizar la visita o para obtener información adicional sobre la reunión previa a la apertura de ofertas. Los consultores deberán asegurarse que estos funcionarios estén enterados de la visita con suficiente antelación para permitirles hacer los arreglos necesarios.
1.4 El Contratante oportunamente y sin costo para los Consultores proporcionará los insumos e instalaciones especificados en la Hoja de Datos, los asistirá en obtener las licencias y los permisos que sean necesarios para suministrar los servicios y les proporcionará antecedentes e informes pertinentes al proyecto.
1.5 Los Consultores asumirán todos los costos asociados con la preparación y presentación de sus propuestas y con la negociación del Contrato. El Contratante no está obligado a aceptar ninguna propuesta y se reserva el derecho de anular el proceso de selección en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que incurra en ninguna obligación con los Consultores.
Conflicto de Intereses
Actividades Conflictivas
1.6 La política del Banco exige que los Consultores deben dar asesoramiento profesional, objetivo e imparcial y que en todo momento deben otorgar máxima importancia a los intereses del Contratante y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de las instituciones a que pertenece y sin consideración alguna de cualquier labor futura.
1.6.1 Sin que ello constituya limitación alguna a la cláusula anterior, no se contratará a Consultores o cualquiera de sus afiliados, bajo ninguna de las circunstancias que se indican a continuación por considerarse que tienen conflicto de interés:
(i) Una firma o sus filiales contratadas por el Contratante para suministrar bienes, o construir obras o prestar servicios (fuera de servicios de consultoría) para un proyecto, estarán descalificadas para prestar servicios de consultoría relacionados con esos bienes, construcción de obras o servicios. Recíprocamente, una firma o sus filiales contratadas para prestar servicios de consultoría para la preparación o ejecución de un proyecto, quedarán descalificadas para posteriormente suministrar bienes, obras de construcción u otros servicios (fuera de servicios de consultoría) resultantes de, o directamente relacionados a los servicios de consultoría prestados por la firma para dicha preparación o ejecución de proyecto. Para los fines de este párrafo, se denominan servicios, aparte de los servicios de consultoría, aquellos servicios que conducen a un producto físico tangible, por ejemplo encuestas, perforaciones exploratorias, fotografía aérea e imágenes vía satélite.
Trabajos Conflictivos (ii) Un Consultor (incluyendo su personal y sub-
consultores) o cualquiera de sus afiliados no podrá ser contratado para realizar trabajos que por su naturaleza estén en conflicto con otros trabajos que el Consultor ejecute para el mismo Contratante. Por ejemplo, un Consultor que ha sido contratado para preparar un diseño de ingeniería para un proyecto de infraestructura no podrá comprometerse a preparar una evaluación ambiental independiente para el mismo proyecto, y un Consultor que esté asesorando a un Contratante sobre la privatización de bienes públicos, no podrá comprar, ni asesorar compradores sobre la compra de tales bienes. Igualmente, un Consultor contratado para preparar los Términos de Referencia de un trabajo, no podrá ser contratado para dicho trabajo.
Relaciones (iii) No se le podrá adjudicar el contrato a un Consultor
Conflictivas (incluyendo sus empleados y subconsultores) que tenga un negocio o relación familiar con un miembro del personal del Contratante que esté directa o indirectamente involucrado en: (i) la preparación de los Términos de Referencia del trabajo; (ii) el proceso de selección para dicho trabajo; o (iii) la supervisión del Contrato. No se podrá adjudicar el Contrato a menos el conflicto originado por esta relación haya sido resuelto a través del proceso de selección y ejecución del Contrato, de una manera aceptable al Banco.
1.6.2 Todos los Consultores tienen la obligación de revelar cualquier situación actual o potencial de conflicto que pudiera afectar su capacidad para servir en beneficio del Cliente, o que pudiera percibirse que tuviera este efecto. El no revelar dichas situaciones puede conducir a la descalificación del Consultor o a la terminación de su contrato.
16.3 Ninguna agencia o empleados vigentes del Contratante podrán trabajar como Consultores bajo sus propios ministerios, departamentos o agencias. Reclutar previos empleados gubernamentales del Contratante para trabajar para sus ministerios anteriores, departamentos o agencias es aceptable siempre que no exista conflicto de interés. Cuando el Consultor sugiere a cualquier empleado del gobierno como Personal en su propuesta técnica, dicho Personal deberá tener una certificación por escrito de su gobierno o empleador confirmando que goza de licencia sin sueldo de su posición oficial y cuenta con permiso para trabajar a tiempo completo fuera de esta posición. El Consultor deberá presentar dicha certificación como parte de su propuesta técnica al Contratante.
Ventajas Injustas 1.6.4 Si un Consultor de la Lista Corta pudiera tener ventaja
competitiva por haber prestado servicios de consultoría relacionados con el trabajo en cuestión, el Contratante deberá proporcionar a todos los Consultores de la Lista Corta, junto con este PP, toda la información sobre el aspecto que daría al Consultor tal ventaja competitiva sobre los otros consultores que están compitiendo.
Registros y Cuentas
Fraude y Corrupción
1.6.5 El Consultor deberá mantener un registro exacto y sistemático de las cuentas pertinentes a los servicios, en los que se identifique claramente todos los cargos y gastos. El contratante se reserva el derecho de verificar, o de designar a una firma de auditores acreditada para que revise los registros del consultor relativos a las sumas reclamadas en virtud de este contrato, durante periodo de vigencia del contrato y cualquier prorroga del mismo, y durante los cinco (5) años siguientes.
1.7 Es política del Banco exigir que todos los prestatarios (incluidos los beneficiarios de préstamos concedidos por la institución), así
como los consultores que participen en proyectos financiados por el Banco, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de ejecución del contrato. A efectos del cumplimiento de esta política, el Banco:
(a) Define, para efectos de esta disposición de la siguiente manera, las expresiones que se indican a continuación:
"Práctica corrupta" significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público con respecto al proceso de selección o a la ejecución de contratos;
"Práctica fraudulenta" significa una tergiversación o supresión de los hechos con el fin de influenciar un proceso de selección o la ejecución de un contrato;
“Prácticas colusorias” significa una manipulación o arreglo entre dos o más consultores con o sin el conocimiento del Prestatario, con el fin de establecer precios a niveles artificiales no competitivos;
“Practicas coercitivas” significa hacer daño o amenazar hacer daño, directa o indirectamente, a personas o a su propiedad para influenciar su participación en un proceso de adquisición, o para afectar la ejecución de un contrato.
“Practica obstructiva” es:
aa) Xxxxxxxx, falsificar, alterar, u ocultar en forma deliberada pruebas importantes respecto de su participación en un proceso de adquisición, o incidir en la investigación o formular declaraciones falsas a los investigadores con la intención de impedir sustancialmente una investigación del Banco referente a acusaciones sobre practicas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, y/o amenazar, acosar o intimidar a una parte con el propósito de impedir que dicha parte revele lo que sabe acerca de asuntos pertinentes a la investigación, o que lleve adelante la investigación, o la ejecución de un contrato.
bb) Toda acción con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar inspecciones y auditorias establecido en el párrafo 1.14 (e) de las normas del Banco sobre adquisiciones.
Medidas que deberán adoptarse
Comisiones y Gratificaciones
Origen de los bienes y de los Servicios de Consultoría
Solamente Una Propuesta
Validez de la Propuesta
a) Anulará la porción xxx xxxxxxxx asignada al contrato si determina en cualquier momento que los representantes del Prestatario o de un beneficiario xxx xxxxxxxx han participado en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas durante el proceso de selección o la ejecución de dicho contrato, y sin que el prestatario haya adoptado medidas oportunas y apropiadas que el Banco considere satisfactorias para corregir la situación;
b) Sancionará a un Consultor, inclusive declarándolo inelegible indefinidamente o por un periodo determinado, para adjudicarle un contrato financiado por el Banco si en cualquier momento determina que el Consultor ha participado directamente o a través de sus agentes, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas al competir o ejecutar un contrato financiado por el Banco;
c) Exigirá al Consultor favorecido que revele cualquier comisión o gratificación que pueda haber pagado o pagaderas a agentes, representantes, o agentes comisionistas en relación con el proceso de selección o ejecución del contrato. La información manifestada deberá incluir por lo menos el nombre y dirección del agente, representante, o agente comisionista, la cantidad y moneda, y el propósito de la comisión o gratificación.
d) Tendrá el derecho a exigir que, en la solicitud de propuestas y en los contratos financiados con un préstamo del Banco, se incluya una disposición que exija que los proveedores y contratistas deben permitir al Banco revisar las cuentas y archivos relacionados con el cumplimiento del contrato y someterlos a una verificación por auditores designados por el Banco.
1.8 Los bienes suministrados y los Servicios de Consultoría prestados bajo el contrato pueden tener su origen en cualquier país excepto si:
a) por cuestión xx xxx o regulaciones oficiales el país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país; o
b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del prestatario prohíbe las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país.
1.9 Los Consultores de la Lista Corta podrán presentar solamente una propuesta. Si un Consultor presenta o participa en más de una propuesta, tal propuesta será descalificada. Sin embargo, esto no limita la participación del mismo Subconsultor, incluso expertos individuales, a más de una propuesta.
1.10 La Hoja de Datos indica por cuanto tiempo deberán permanecer válidas las propuestas después de la fecha de presentación. Durante este período, los Consultores deberán disponer del personal nominado en su Propuesta. El Contratante hará todo lo que esté a su alcance para completar las negociaciones dentro de este plazo. Sin embargo, el
Elegibilidad de los Subconsultores
2. Aclaración y enmiendas a los documentos del PP
3. Preparación de las Propuestas
Contratante podrá pedirle a los consultores que extiendan el plazo de la validez de sus ofertas si fuera necesario. Los consultores que estén de acuerdo con dicha extensión deberán confirmar que mantienen disponible el personal indicado en la propuesta, o en su confirmación de la extensión de la validez de la oferta, los consultores pueden someter nuevo personal en reemplazo y éste será considerado en la evaluación final para la adjudicación del contrato. Los consultores que no estén de acuerdo tienen el derecho de rehusar a extender la validez de sus ofertas.
1.11 En caso de que un Consultor de la Lista Corta desee asociarse con un Consultor que no ha sido de la Lista Corta y/o un experto individual, esos otros Consultores y/o expertos individuales estarán sujetos al criterio de elegibilidad establecido en las Normas.
2.1 Los consultores pueden solicitar aclaraciones sobre cualquiera de los documentos del PP, dentro del plazo indicado en la Hoja de Datos y antes de la fecha de presentación de la propuesta. Todas las solicitudes de aclaración deberán enviarse por escrito o por correo electrónico a la dirección del Contratante indicada en la Hoja de Datos. El Contratante responderá por escrito o por correo electrónico a esas solicitudes y enviará una copia de su respuesta (incluyendo una explicación de la consulta pero sin identificar su procedencia) a todos los Consultores. Si el Contratante considera necesario enmendar el PP como resultado de las aclaraciones, lo hará siguiendo los procedimientos indicados en la cláusula 2.2 siguiente.
2.2 En cualquier momento antes de la presentación de las propuestas, el Contratante puede enmendar el PP emitiendo un addendum por escrito o por medio de correo electrónico. El addendum deberá ser enviado a todos los Consultores invitados y será obligatorio para ellos. El Contratante podrá prorrogar el plazo para la presentación de propuestas si la enmienda es considerable, con el fin de otorgar tiempo prudente a los Consultores para tenerla en cuenta en la preparación de sus propuestas.
3.1 La Propuesta (véase cláusula 1.2), así como toda la correspondencia intercambiada entre el Consultor y el Contratante, deberá estar escrita en el (los) idioma(s) indicado(s) en la Hoja de Datos.
3.2 Al preparar su Propuesta, los consultores deberán examinar detalladamente los documentos que conforman el PP. Cualquier deficiencia importante en el suministro de la información solicitada podría resultar en el rechazo de una propuesta.
3.3 En la preparación de la propuesta técnica, los Consultores deben prestar especial atención a lo siguiente:
(i) Si un Consultor de la Lista Corta considera que puede optimizar su especialidad para el trabajo asociándose con
otros Consultores en una agrupación temporal o subcontratando, lo puede hacer asociándose ya sea con
(a) consultores que no estén en la Lista Cortas, o (b) con consultores de la Lista Corta si así se indica en la Hoja de Datos. Un consultor de la Lista Corta primero debe obtener la aprobación del Contratante si desea entrar en una APCA (Consorcio) con consultores que estén o no estén en la Lista Corta. Si se asocia con un consultor que no esté en la Lista Corta, el consultor de la Lista Corta actuará como representante de la APCA.
(ii) En la Hoja de Datos se indicará el número estimado de meses-personal profesional así como el presupuesto para completar la tarea. Sin embargo, la propuesta se basará en el número de meses-personal profesional estimado por los Consultores. Para los trabajos con presupuesto fijo, el presupuesto disponible se presenta en la Hoja de Datos y la propuesta financiera no deberá exceder este presupuesto y el número de meses- personal profesional no deberá ser revelado.
(iii) No se deberá proponer personal profesional alternativo y solamente se presentará un currículo para cada cargo.
Idioma (iv) Los documentos que deban producir los Consultores como parte de estas tareas serán en el idioma que se especifique en el párrafo referencial 3.1 de la Hoja de Datos. Si el mencionado párrafo 3.1 indica dos idiomas, el idioma en que la propuesta del Consultor ganador será presentada gobernará para propósitos de interpretación. Es recomendable que el Personal de la firma tenga un conocimiento de trabajo del idioma nacional del Contratante.
Propuesta técnica Forma y Contenido
3.4 Dependiendo de la naturaleza de la tarea, los Consultores deberán presentar una Propuesta Técnica Extensa (PTE), o una Propuesta Técnica Simplificada (PTS). La Hoja de Datos indica la forma de Propuesta Técnica que deberá presentarse. La presentación del tipo de propuesta técnica equivocado resultará en que la propuesta sea considerada inadmisible. La Propuesta Técnica deberá proporcionar la información indicada en los siguientes párrafos desde (i) a (ii) utilizando los formularios estándares adjuntos (Sección 3). El Párrafo (iii) (b) indica el número recomendado de páginas para la descripción del enfoque, metodología y plan de trabajo de PTS. Se entiende por una página una cara impresa de papel tamaño A4 o tamaño carta.
(a) (i) Para la PTE solamente: una breve descripción de la organización del Consultor y una sinopsis de la experiencia reciente del Consultor y, en el caso de grupos temporales, para cada socio, en actividades de una naturaleza similar deberá presentarse en el Formulario TEC-2 de la Sección 3. Para cada actividad, la sinopsis deberá indicar los nombres de Subconsultores / personal profesional que participó, duración de la tarea, monto del contrato, y la implicación del Consultor. La información deberá ser proporcionada
solamente para esas tareas para los cuales el Consultor fue legalmente contratado por el Contratante como una corporación o una de las firmas principales dentro de un grupo temporal. Las tareas completadas por personal profesional individual trabajando privadamente o a través de otras firmas consultoras no puede ser presentadas como experiencia del Consultor o de los asociados del Consultor, pero puede ser presentada por el personal profesional en sus currículos. Los consultores deberán estar preparados para comprobar la experiencia presentada si así lo exigiera el Contratante.
(ii) Para la PTS no se requiere la información anterior y el formulario TEC-2 de la sección 3 no será utilizado.
(b) (i) Para la PTS solamente: comentarios y sugerencias a los Términos de Referencia incluyendo sugerencias factibles que pudieran mejorar la calidad y efectividad de la tarea, y sobre los requerimientos del personal de contrapartida y las instalaciones incluyendo: apoyo administrativo, espacio de oficina, transporte local, equipos, información, etc. a ser proporcionado por el Contratante (Formulario TEC-3 de la Sección 3).
(ii) El Formulario TEC-3 de la Sección 3 no se utilizará para la PTS; los comentarios anteriores y sugerencias, si las hubiera, deberán incorporarse en la descripción del enfoque y metodología (véase el siguiente subpárrafo 3.4 (iii)(b)).
(c) (i) Para la PTE, y la PTS: una descripción del enfoque, metodología y plan de trabajo para ejecutar el trabajo que cubra los siguientes temas: enfoque técnico y metodología; plan de trabajo y organización, y horario del personal. Una guía del contenido de esta sección de las Propuestas Técnicas se provee en el Formulario TEC-4 de la Sección 3. El plan de trabajo deberá ser consistente con el Calendario de Trabajo (Formulario TEC-8 de la Sección 3) el cual deberá mostrar en un gráfico xx xxxxxx el tiempo propuesto para cada actividad.
(ii) Para la PTS solamente: la descripción del enfoque, metodología y plan de trabajo deberá consistir normalmente de 10 páginas que incluyan gráficos, diagramas, y comentarios y sugerencias si la hubiera, sobre los Términos de Referencia y el personal de contrapartida y las instalaciones.
(d) La lista del equipo de personal o profesional propuesto por área de especialidad, cargo que será asignado a cada miembro del equipo de personal y sus tareas (Formulario TEC-5 de la Sección 3).
(e) Estimado del aporte de personal (meses-personal profesional extranjero y nacional) necesario para ejecutar el trabajo (Formulario TEC-7 de la Sección 3). El aporte de los
meses-personal deberá indicarse separadamente para actividades en la oficina sede y actividades en el campo, y para personal profesional extranjero y nacional.
(f) Los currículos del personal profesional firmados por el personal mismo, o por el representante autorizado del personal profesional (Formulario TEC-6 de la Sección 3).
(g) Para la PTE solamente: una descripción detallada de la metodología y personal para capacitación, si la Hoja de Datos especifica capacitación como un componente específico del trabajo.
3.5 La Propuesta Técnica no deberá incluir ninguna información financiera. Una Propuesta Técnica que contenga información financiera será declarada inadmisible.
Propuestas Financieras
3.6 Las Propuestas Financieras deberán ser preparadas utilizando los Formularios Estándar (Sección 4) adjuntos. Deberá listar todos los costos asociados con las tareas, incluyendo (a) remuneraciones del personal (extranjero y nacional, en el campo y en la oficina del Consultor), y (b) los gastos reembolsables indicados en la Hoja de Datos. Si corresponde, estos costos deberán ser desglosados por actividad y de ser necesario por gastos extranjeros y nacionales. Todas las actividades deberán ser costeadas separadamente; las actividades y productos descritos en la Propuesta Técnica pero no costeadas, deberán ser tenidas en cuenta para incluirlas en los precios de otras actividades o productos.
Impuestos 3.7 El Consultor podrá estar sujeto a impuestos nacionales (tales
como: valor agregado o impuesto sobre las ventas, cargos sociales o impuestos sobre la renta a personal extranjero no residente, derechos, tasas, gravámenes) sobre los montos pagaderos por el Contratante bajo el Contrato. El Contratante declarará en la Hoja de Datos si el Consultor está sujeto a pago de algún impuesto nacional. Los montos de dichos impuestos no deberán ser incluidos en la propuesta financiera puesto que no serán evaluados, pero serán tratados durante las negociaciones del contrato, y las cantidades correspondientes serán incluidas en el Contrato.
3.8 Los Consultores pueden expresar el precio por sus servicios hasta en tres monedas de libre convertibilidad, por separado o en combinación. El Contratante podrá exigirle al Consultor que declare la porción de su precio que representa costo en moneda nacional y así lo indicaría en la Hoja de Datos.
3.9 Las comisiones y gratificaciones, si las hay, pagadas o a ser pagadas por los Consultores y relacionadas con la tarea, estarán detalladas en el Formulario de Propuesta Financiera FIN-1 de la Sección 4.
4. Presentación, recepción y apertura de las propuestas
4.1 La propuesta original (la propuesta técnica y, si así se exige, la propuesta financiera; véase el párrafo 1.2) no deberá contener escritos entre líneas ni sobre el texto mismo, excepto cuando ello sea necesario para corregir errores cometidos por los propios Consultores. La persona que firmó la propuesta deberá rubricar esas correcciones con sus iniciales. Las cartas de presentación tanto de la propuesta técnica como de la financiera, deberán estar en el Formulario TEC-1 de la Sección 3, y el formulario FIN-1 de la Sección 4, respectivamente.
4.2 El representante autorizado de la firma debe poner sus iniciales en todas las páginas del original de las propuestas técnica y financiera. La autorización del representante debe respaldarse mediante un poder otorgado por escrito incluido en la propuesta o en cualquier otra forma que demuestre que el representante ha sido debidamente autorizado para firmar. Las propuestas técnica y financiera firmadas deberán estar marcadas como “ORIGINAL”.
4.3 La propuesta técnica deberá marcarse como “ORIGINAL” o “COPIA”, según el caso. La propuesta técnica debe enviarse a las direcciones indicadas en el párrafo 4.5 y con el número de copias que se indica en la Hoja de Datos. Todas las copias requeridas de la propuesta técnica deben hacerse del original. Si hay discrepancias entre el original y las copias de la propuesta técnica, prevalecerá el original.
4.4 El original y todas las copias de la propuesta técnica deberán ponerse en un sobre sellado, marcado claramente como “PROPUESTA TÉCNICA”. Así mismo, el original de la propuesta financiera (si se requiere bajo el método de selección indicado en la Hoja de Datos) deberá ponerse en un sobre sellado marcado claramente como “PROPUESTA FINANCIERA”, seguido del número xx xxxxxxxx/AT y el nombre del trabajo, y con la siguiente advertencia: “NO ABRIR AL MISMO TIEMPO QUE LA PROPUESTA TÉCNICA” Los sobres conteniendo la propuesta técnica y la propuesta financiera deberán ponerse en un sobre exterior, que también deberá estar sellado. En este sobre exterior deberá figurar la dirección donde se deben presentar las propuestas, número de referencia y título xxx xxxxxxxx, y la siguiente advertencia marcada con claridad: “ABRIR SOLAMENTE EN PRESENCIA DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN ANTES DE [insertar la hora y fecha límite para la presentación indicada en la Hoja de Datos].” El Contratante no asumirá responsabilidad alguna en caso de que la oferta se traspapele, se pierda o sea abierta prematuramente si el sobre exterior no está sellado y/o marcado como se ha estipulado. Esta circunstancia puede ser causa de rechazo de la oferta. Si la propuesta financiera no se presenta en un sobre separado, sellado y debidamente marcado como se ha indicado anteriormente, esto constituirá motivo para declarar la propuesta como inadmisible.
4.5 Las propuestas deben enviarse a la dirección / direcciones indicada(s) en la Hoja de Datos y recibidas a más tardar a la hora y en la fecha señaladas en las Hoja de Datos, o en la hora y fecha de prórroga de acuerdo a lo estipulado en párrafo 2.2.
5. Evaluación de las Propuestas
Cualquier propuesta que se reciba después de vencido el plazo para la presentación de las propuestas será devuelta sin abrir.
4.6 El Contratante abrirá la propuesta técnica inmediatamente después de la fecha y hora límite para su presentación. Los sobres con la propuesta financiera permanecerán sellados y archivados bajo estricta seguridad.
5.1 Desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del Contrato, los Consultores no deberán comunicarse con el Contratante sobre ningún tema relacionado con su propuesta técnica o financiera. Cualquier intento de los Consultores de influir al Contratante en el examen, evaluación, clasificación de las propuestas y la recomendación de adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de la propuesta de los consultores. Los evaluadores de las propuestas técnicas no tendrán acceso a las propuestas financieras hasta que se haya completado la evaluación técnica, y el Banco haya emitido su “no objeción”.
Evaluación de las propuestas técnicas
Propuestas financieras para SBC
Apertura pública y evaluación de las propuestas financieras (solamente para SBCC, SPF, SMC)
5.2 El Comité de Evaluación evaluará las propuestas técnicas sobre la base de su conformidad con los términos de referencia, aplicando los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos que indicados en la Hoja de Datos. A cada propuesta aceptable se le asignará un puntaje técnico (St). Una propuesta que en esta etapa no responda a aspectos importantes del PP, y particularmente a los términos de referencia o no logra obtener el puntaje técnico mínimo indicado en la Hoja de Datos, será rechazada.
5.3 Siguiendo la clasificación de las propuestas técnicas, cuando la selección es basada solamente en la calidad (SBC), el Consultor clasificado en el primer lugar es invitado a negociar su propuesta y el Contrato de acuerdo con las instrucciones enunciadas en el párrafo 6 de estas Instrucciones.
5.4 Una vez finalizada la evaluación de la calidad y el Banco haya emitido su no-objeción (si corresponde), el Contratante notificará a los consultores que presentaron propuestas el puntaje obtenido en sus propuestas técnicas, y notificará a los Consultores cuyas propuestas no obtuvieron la calificación mínima o fueron consideradas inadmisibles porque no se ajustaron al PP o a los términos de referencia, con la indicación de que sus propuestas financieras les serán devueltas sin abrir después de terminado el proceso de selección. El Contratante deberá notificar simultáneamente por escrito a los Consultores que hayan obtenido la calificación mínima necesaria sobre la fecha, hora y lugar para abrir las propuestas financieras. La fecha de apertura deberá permitir a los Consultores tiempo suficiente para hacer los arreglos necesarios para atender la apertura. La asistencia a la apertura de las propuestas financieras es optativa.
5.5 Las propuestas financieras serán abiertas en público en presencia de los representantes de los consultores que decidan
asistir. Se leerá en voz alta el nombre de los consultores y los puntajes técnicos obtenidos. Las propuestas financieras de los consultores que alcanzaron la mínima calificación aceptable serán inspeccionadas para confirmar que los sobres han permanecidos sellados y sin abrir. Estas propuestas financieras serán abiertas seguidamente, y los precios totales serán leídos en alta voz y registrados. Una copia del registro será enviada a todos los Consultores y al Banco.
5.6 El Comité de Evaluación corregirá los errores de cálculo. Al corregir los errores de cálculo, en caso de alguna discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total, o entre palabras y cifras, los primeros prevalecerán. Además de las correcciones enunciadas, como se anotó en el párrafo 3.6, las actividades y productos descritos en la propuesta técnica pero no costeadas, serán asumidas para ser incluidas en los precios de otras actividades o productos. En caso de que una actividad o rubro en la Propuesta financiera se declare diferente que en la propuesta técnica: (i) si el formulario de contrato basado en tiempo trabajado ha sido incluido en el PP, el Comité de Evaluación corregirá la cantidad indicada en la propuesta financiera y la hará consistente con la indicada en la propuesta técnica, aplicará el precio unitario pertinente incluido en la propuesta financiera a la cantidad corregida y corregirá el costo total de la propuesta; o (ii) si se ha incluido el formulario de contrato por Suma Global en el PP, ninguna corrección aplicará a la propuesta financiera en este aspecto. Los precios se convertirán a una sola moneda utilizando las tasas de cambio, fuente y fecha indicadas en la Hoja de Datos.
5.7 En el caso de la SBCC, se asignará un puntaje financiero (Sf) de 100 puntos a la propuesta financiera más baja (Fm). Los puntajes financieros (Sf) de las demás propuestas financieras se calcularán como se indica en la Hoja de Datos. Las propuestas se clasificarán de acuerdo con sus puntajes técnicos (St) y financieros (Sf) combinados, utilizando las ponderaciones (T=ponderación asignada a la propuesta técnica; P=ponderación asignada a la propuesta financiera; T+P=1) indicadas en la Hoja de Datos: S=St x T% + Sf x P%. La firma que obtenga el puntaje técnico y financiero combinado más alto será invitada a negociar.
5.8 En el caso de selección cuando el presupuesto es fijo (SPF), el Contratante seleccionará a la firma que presente la propuesta técnica con el puntaje más alto dentro del presupuesto. Las propuestas que excedan el presupuesto indicado serán rechazadas. En el caso de Selección Basada en el Menor Costo (SMC), el Contratante seleccionará la propuesta con el precio más bajo entre las que hayan obtenido el puntaje técnico mínimo. En ambos casos el precio evaluado propuesto según el párrafo 5.6 será considerado, y la firma seleccionada será invitada a negociar.
6. Negociaciones 6.1 Las negociaciones se realizarán en la fecha y en la dirección
indicada en la Hoja de Datos. El Consultor invitado, como pre- requisito para atender a las negociaciones, deberá confirmar la disponibilidad de todo el personal profesional. De no cumplir con este requisito, el Contratante podría proceder a negociar con el próximo Consultor clasificado. Los representantes que negocian en nombre del Consultor deberán tener autorización por escrito para negociar y concertar el Contrato.
Negociaciones técnicas
Negociaciones financieras
Disponibilidad del personal profesional / expertos
6.2 Las negociaciones incluirán un análisis de la propuesta técnica, el enfoque y la metodología propuesta, el plan de trabajo, la organización y dotación de personal y las sugerencias formuladas por el Consultor para mejorar los términos de referencia. El Contratante y el Consultor finalizarán los términos de referencia, la planta de personal, el plan de trabajo, la logística y la presentación de informes. Estos documentos serán incorporados en el Contrato como “la Descripción de los Servicios”. Se prestará especial atención a la definición precisa de los recursos e instalaciones que el Contratante debe suministrar para asegurar la ejecución satisfactoria del trabajo. El Contratante preparará un acta de las negociaciones que la firmarán el Contratante y el Consultor.
6.3 Si corresponde, es obligación del Consultor, antes de iniciar las negociaciones, comunicarse con las autoridades locales tributarias para determinar el monto de los impuestos nacionales que el Consultor deba pagar bajo el contrato. Las negociaciones financieras incluirán una aclaración (si corresponde) de las obligaciones tributarias de la firma en el país del Contratante y la forma en que dichas obligaciones se incorporarán en el contrato; y reflejarán las modificaciones técnicas convenidas en el costo de los servicios. En los casos de SBCC, Selección cuando el Presupuesto es Fijo y la Selección basada en el Menor Costo, las tarifas de remuneración del personal y otras tarifas unitarias propuestas no serán objeto de las negociaciones financieras, a menos que existan motivos excepcionales para ello. Para todos los demás métodos, los Consultores proporcionarán al Contratante la información sobre las tarifas de remuneración descrita en el Apéndice adjunto en la Sección 4 – Propuesta Financiera – Formularios Estándar de este PP.
6.4 Al haber seleccionado el Consultor sobre la base de una evaluación del personal profesional propuesto, entre otras cosas, el Contratante espera negociar un contrato basándose en el personal profesional detallado en la Propuesta. Antes de iniciar las negociaciones del contrato, el Contratante exigirá una confirmación de que el personal profesional estará realmente disponible. El Contratante no aceptará sustituciones durante las negociaciones del contrato a menos que ambas partes convengan en que las demoras excesivas en el proceso de selección hacen inevitable tal sustitución o por razones de muerte o incapacidad médica. Si éste no fuera el caso, y si se determinara que en la propuesta se ofrecieron los servicios del personal profesional sin confirmar su disponibilidad, el
Conclusión de las negociaciones
Consultor podrá ser descalificado. Cualquier suplente propuesto deberá tener calificaciones y experiencia equivalentes o mejores que el candidato original y ser presentado por el Consultor dentro del plazo especificado en la carta de invitación a negociar.
6.5 Las negociaciones concluirán con una revisión del contrato preliminar. Para completar las negociaciones, el Contratante y el Consultor deberán rubricar el contrato convenido con sus iniciales. Si las negociaciones fracasan, el Contratante invitará a negociar un contrato con el Consultor cuya propuesta haya recibido el segundo puntaje más alto.
7. Adjudicación del contrato
7.1 Al concluir las negociaciones, el Contratante adjudicará el Contrato al Consultor seleccionado, publicará la adjudicación del contrato en el United Nations Develpment Business (UNDB) en línea y en el Development Gateway del Banco, y notificará prontamente a los demás consultores que presentaron propuestas. Después de la firma, el Contratante devolverá las propuestas financieras sin abrir a los Consultores que no calificaron.
7.2 Se espera que el Consultor inicie el trabajo en la fecha y en el lugar especificado en la Hoja de Datos.
8.Confidencialidad 8.1 La información relativa a la evaluación de las propuestas y a
las recomendaciones sobre adjudicaciones no se dará a conocer a los consultores que presentaron las propuestas ni a otras personas que no tengan participación oficial en el proceso hasta que se haya publicado la adjudicación del contrato. El uso indebido por algún Consultor de la información confidencial relacionada con el proceso puede resultar en el rechazo de su propuesta y sujeto a las previsiones de la política del Banco contra el fraude y corrupción.
Instrucciones para los Consultores
Hoja de Datos
Párrafo de referencia | |
1.1 | Nombre del Contratante: Gobierno Regional de Amazonas Método de Selección: Basado en Calidad y Xxxxx. Los Consultores que integren más de una lista corta dentro del mismo Gobierno Regional o en otro, no podrán ser adjudicados en más de un proceso con el mismo equipo de profesionales, bajo pena de perder la adjudicación, en caso ésta se Hubiera producido, teniendo el contrato ya adjudicado. |
1.2 | La Propuesta Financiera deberá ser presentada junto con la Propuesta Técnica: Si X No El nombre del trabajo es: SUPERVISIÓN DE LA OBRA REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO. Los Servicios están dirigidos a alcanzar una eficiente supervisión y control de las obras a ejecutarse conforme a los documentos del Expediente Técnico de obra, el Contrato de Supervisión, el Contrato de Obra suscrito con el Contratista, dispositivos legales y reglamentarios vigentes sobre la materia. |
1.3 | Se realizará una reunión previa a la presentación de las propuestas: Sí No _X El representante del Contratante es: Ing. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX Gobierno Regional de Amazonas. Dirección: Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 0000 Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxxx Teléfono: 000-000000 |
1.4 | El Contratante proporcionará los siguientes insumos e instalaciones: ➢ Información Técnica existente del proyecto materia del contrato ➢ Realizará coordinaciones permanentes con el Adjudicatario para llegar al objetivo. ➢ Los permisos y licencias que se requieran para la oportuna y correcta prestación del servicio son de absoluta responsabilidad del Adjudicatario. ➢ Expediente Técnico de la obra, que comprende: Resumen Ejecutivo, Memoria Descriptiva, Estudios Básicos, Estudio de Impacto Ambiental, Informe de Mantenimiento Vial, Especificaciones Técnicas, Metrados, Planos. ➢ Contrato de Obra. |
1.12 | Las propuestas deberán permanecer válidas durante (90) días después de la fecha de presentación, es decir, hasta el: 01-08-2011 |
2.1 | Pueden pedirse aclaraciones a más tardar hasta 20 días antes de la fecha de presentación de las propuestas. La dirección para solicitar aclaraciones, adjuntando la versión electrónica de las mismas, es: Gerencia General del Gobierno Regional de de Amazonas, Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 0000 Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxxx. Teléfono: 000-000000 E mail: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
3.1 | Las propuestas deberán presentarse en el siguiente idioma: Español |
3.3 (i) | Son aceptables los Consorcios con empresas que estén comprendidas o no en la Lista Corta: SI _X No . Un consultor de la Lista Corta primero debe obtener la aprobación del Contratante si desea entrar en una APCA (Consorcio) con consultores que estén o no estén en la Lista Corta. Si se asocia con un consultor que no esté en la Lista Corta, el consultor de la Lista Corta actuará como representante de la APCA. |
3.3 (ii) | El número estimado de meses-personal profesional requerido para el trabajo es: 4 meses – profesional: El contrato es bajo la modalidad: Sobre la base del tiempo trabajado. De acuerdo a las normas y procedimientos que rigen las adquisiciones y contrataciones de este Programa, NO SE DA CONOCER EL VALOR REFERENCIAL |
3.4 | La forma de Propuesta Técnica que deberá presentarse es: PTE _X_, o PTS |
3.4 (c)y (g) | Capacitación es un componente de esta tarea: Si No _X |
3.6 | La propuesta financiera deberá considerar los siguientes gastos reembolsables: (1) asignaciones de viáticos para el personal profesional y de apoyo técnico del Consultor por cada día que el personal esté ausente de la oficina sede y, según corresponda, fuera del país del Contratante a causa de los servicios; (2) costo por viajes necesarios, incluyendo transporte del personal por el medio de transporte más apropiado y ruta prácticamente directa; (3) Muestreo y análisis de laboratorio para suelos incluyendo personal de campo y transporte de material; (4) ……………………………………………………… (5) costo de comunicaciones internacionales o nacionales pertinentes, tales como el uso del teléfono, facsímile, necesarios a causa de los servicios. (6) costo por alquiler de camioneta y equipo de topografía (GPS con precisión submétrica), flete de instrumentos o equipo que el Consultor deba suministrar a causa de los servicios. (7) costo de impresión y envío de los informes que deben ser presentados como parte de los servicios. Así como aquellos que considere necesarios para brindar satisfactoriamente los mismos; en forma aparte señalará los impuestos correspondientes. La omisión de cualquier ítem o componente no obligan al contratante a reajustar su propuesta. |
Nº | CARGO | PROFESION | TIEMPO DE TRABAJO (Días Calendario) |
1 | Jefe de la Supervisión | Ing. Civil especializado en supervisión de carreteras | 150 |
Profesionales Especialistas | |||
1 | Especialista 1 | Ingeniero Civil - Especialista en trazo y topografía | 90 |
2 | Especialista 2 | Ingeniero Civil – Especialista en suelos y pavimentos | 90 |
3 | Especialista 3 | Ingeniero Civil – Especialista en obras de arte | 90 |
4 | Especialista 4 | Ingeniero Civil - Especialista en metrados y valorizaciones | 180 |
5 | Especialista 5 | Ingeniero Ambiental, Civil ú otro - Especialista Ambiental | 120 |
3.7 | El Consultor podrá estar sujeto a impuestos nacionales (tales como: valor agregado o impuesto sobre las ventas, cargos sociales o impuestos sobre la renta a personal extranjero no residente, derechos, tasas, gravámenes) sobre los montos pagaderos por el Contratante bajo el Contrato. El Contratante declarará en la Hoja de Datos si el Consultor está sujeto a pago de algún impuesto nacional. Los montos de dichos impuestos no deberán ser incluidos en la propuesta financiera puesto que no serán evaluados, pero serán tratados durante las negociaciones del contrato, y las cantidades correspondientes serán incluidas en el Contrato. | ||
3.8 | El Consultor deberá declarar los costos locales en moneda del país contratante SI_X_ NO . | ||
4.3 | El Consultor deberá presentar el original y dos copias tanto de la propuesta técnica como de la propuesta financiera; cada propuesta debe ser entregada en un sobre cerrado, la copia será tomada del original. | ||
4.5 | Las propuestas deberán ser presentadas en sobre cerrado, con el texto siguiente: Pedido de Propuestas a Empresas Consultoras. CI N° 001-2011-GRAMAZONAS/CE-PCD Contratos de Préstamos BID Nº 1657/OC-PE y BIRF Nº 7322-PE SUPERVISIÓN DE LA OBRA DE REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO. Las propuestas deberán presentarse el 00 xx xxxx 0000 horas, en Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 0000 Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxxx; las propuestas técnicas serán abiertas en acto público con presencia xx xxxxxxx y de los oferentes. | ||
5.2(i) | Los criterios y subcriterios, y el sistema de puntos que se asignarán a la evaluación de las Propuestas Técnicas Extensas son: • CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN | ||
a) Calificación de la Firma Consultora (máximo 10 puntos) • Tiempo en la Actividad de Consultoría (máximo 2 puntos) - Más de 10 años… 2 puntos - Más de 5 años, hasta 10 años. 1.5 puntos - Más de 3 años, hasta 5 años 1 puntos - Hasta 3 años 0.5 puntos No se aceptaran prestaciones que compartan el mismo lapso de tiempo, en caso de presentarse, solo se contara el primero presentado, también encaso de que una tenga mayor plazo de prestación se contara el saldo superior no compartido. |
FACTOR | PUNTAJE |
a) Calificación de la experiencia de la firma consultora | 10.0 |
b) Calificación del personal asignado al servicio | 60.0 |
c) Metodología y plan de trabajo para la ejecución del servicio | 30.0 |
• Experiencia en la Actividad de la Consultoría: Supervisión de obras de infraestructura en general (máximo 3 puntos) | |||
- Por 06 o más Supervisiones 3 puntos - Por 03 o más Supervisiones 1.5 puntos - Por menos de 3 Supervisiones 0.5 puntos | |||
• Experiencia en trabajos similares: Supervisión de construcción, rehabilitación y mantenimiento de vías y caminos (máximo 5 puntos) - Por 06 o más Supervisiones similares 5 puntos - Por 04 o más Supervisiones similares 3 puntos - Por 02 o más Supervisiones similares 1.5 puntos - Por 01 Supervisión similar 0.5 puntos | |||
b) Calificación del personal asignado al servicio (máximo 60 puntos) | |||
El Postor deberá proporcionar el Currículum Vitae del Jefe de Supervisión y los cuatro especialistas propuestos, según la relación y por el tiempo fijado por el Contratante en el numeral 5.9 de los Términos de Referencia. El requerimiento mínimo del personal profesional clave es de carácter obligatorio. Su incumplimiento descalifica al Postor. | |||
b.1) Jefe de Supervisión (20 puntos máximo) Se evaluará a un Ingeniero Civil, con experiencia profesional mínima de 10 años • Formación académica (2 puntos) - Con maestría o postgrado en Ingeniería Vial o Transportes 02 puntos - Con titulo profesional de Xxxxxxxxx Xxxxx 00 puntos | |||
• Experiencia profesional (máximo 3 puntos) - 10 años o más 3.0 puntos - Más de 5 años 1.5 puntos - Más de 3 años, hasta 5 años 1.0 puntos - Hasta 3 años 0.5 puntos | |||
• Experiencia en Supervisión de obras civiles en general (máximo 5 puntos) - 01 punto por cada supervisión en general acreditada hasta un máximo de 05 puntos • Experiencia como Jefe de Supervisión o Residente de obras similares (máximo 10 puntos) - 01 punto por cada supervisión similar acreditada hasta un máximo de 10 puntos | |||
Las experiencias de obras civiles en general deberán ser distintas a las obras similares. Se considera a las supervisiones de rehabilitación, construcción o mantenimiento de obras viales. Para cada una de las otras posiciones clave: | |||
b.2) Especialistas de Supervisión (8 puntos) Se evaluará a cada integrante propuesto de las 05 posiciones clave con base en los siguientes sub-criterios: • Formación académica, Ingeniero Civil… 1.0 punto • Experiencia profesional (máximo 1 punto) - 5 años o más… 1.0 punto - Entre 3 y 5 años 0.5 punto |
• Experiencia específica en Supervisión de obras civiles en general (máximo 2 puntos) 0.40 punto por cada supervisión en general acreditada hasta un máximo de 2 puntos | ||||
• Experiencia como Jefe de Supervisión o Residente de obras similares (máximo 4 puntos) 01 punto por cada supervisión o residencia en obras similares acreditada hasta un máximo de 4 puntos | ||||
La experiencia del personal asignado al servicio, se acreditará adjuntando al Currículum Vitae correspondiente, copia del título del profesional y copia de Certificados o contratos o actas de recepción de los servicios de supervisión o residencia de obras realizados. Los años de experiencia profesional se calificarán desde la fecha de obtención del título profesional pero en el ejercicio de la profesión. | ||||
c) Lógica de la metodología y plan de trabajo propuestos en respuesta a los términos de referencia: (30 ptos.) | ||||
a) Enfoque técnico y metodología 12.5 b) Plan de trabajo 12.5 c) Organización y dotación de personal 5 | ||||
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos | |||
PUNTAJE MÍNIMO REQUERIDO | 70 puntos | |||
Los postores obligatoriamente deben adjuntar copia simple de los certificados de conformidad emitidos por las empresas contratantes que acrediten las características técnicas solicitadas | ||||
5.6 | La moneda única para la conversión de precios es: Nuevos Soles La fuente oficial de las tasas vendedoras es: Banco Central de Reserva del Perú La fecha del tipo de cambio es: 14 días antes de la fecha de presentación de propuestas. | |||
5.7 | La fórmula para determinar los puntajes financieros es la siguiente: Sf = 100 x Fm / F Donde: Sf es el puntaje financiero, Fm es el precio más bajo y F el precio de la propuesta en consideración. Las ponderaciones asignadas a las propuestas técnicas y financieras son: T = 0.8 P = 0.2 | |||
6.1 | Se prevé que la fecha y dirección para las negociaciones del contrato sean: El 03/06/2011, en la Sala de Reuniones de la Presidencia del Gobierno Regional de Amazonas, sito en Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 0000 Xxxxxxxxxxx – Amazonas | |||
7.2 | Se prevé que la fecha y lugar para iniciar los servicios de consultoría sean: Julio 2011 en el lugar de la obra. Todas las coordinaciones previas se realizarán en las oficinas de la Sala de Reuniones de la Presidencia del Gobierno Regional de Amazonas sito Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 0000 Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxxx. |
Sección 3.
Propuesta Técnica – Formularios Estándar
[Los comentarios en corchetes [ ] proporcionan orientación a los consultores de la Lista Corta para la preparación de sus Propuestas Técnicas y no deberán aparecer en las Propuestas Técnicas que presenten]
Véase el párrafo de referencia 3.4 de la Hoja de Datos para la forma de presentar la propuesta técnica, y el párrafo 3.4 de la Sección 2 del PP para los formularios estándar requeridos y el número de páginas recomendadas.
TEC-1 Formulario de presentación de la propuesta técnica TEC-2 Experiencia y organización del consultor
A. Organización del consultor
B. Experiencia del consultor
TEC-3 Observaciones y sugerencias con respecto a los términos de referencia, al personal de contra partida e instalaciones que proporcionará el contratante
A. Sobre los términos de referencia
B. Sobre el personal de contra partida y los servicios e instalaciones
TEC-4 Descripción del enfoque, la metodología y el plan de actividades para la ejecución del trabajo
TEC-5 Composición del equipo y asignación de responsabilidades TEC-6 Hoja de vida del personal profesional propuesto
TEC-7 Calendario de actividades del personal TEC-8 Plan de trabajo
FORMULARIO TEC-1
FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA TÉCNICA
[Lugar, fecha]
Señores
Gobierno Regional de Amazonas
Dirección: Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 0000 Xxxxxxxxxxx – Amazonas. Departamento de Amazonas
Ciudad.-
Señoras / señores:
Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría para los Servicios de SUPERVISIÓN DE LA OBRA DE REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO –
CAMPORREDONDO., de conformidad con su Carta de Invitación del 30-03-2011 y con nuestra propuesta.
Presentamos a continuación nuestra propuesta técnica y financiera, que se presenta por separado en sobre cerrado en forma inviolable.
Si las negociaciones se llevan a cabo durante el período de validez de la propuesta, es decir, antes de la fecha indicada en párrafo referencial 1.12 de la Hoja de Datos, nos comprometemos a negociar sobre la base del personal propuesto. Esta propuesta es de carácter obligatorio para nosotros y está sujeta a las modificaciones que resulten de las negociaciones del contrato.
Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna de las propuestas que reciban.
Atentamente,
Firma autorizada [completa e iniciales]: Nombre y cargo del signatario: Nombre de la firma: Dirección:
FORMULARIO TEC-2 ORGANIZACIÓN Y EXPERIENCIA DEL CONSULTOR
A – Organización del Consultor
[Proporcione aquí una descripción breve de los antecedentes y organización de su firma entidad y de cada uno de los asociados con este trabajo]
B – Experiencia del Consultor
[En el siguiente formato, proporcione información sobre cada uno de los trabajos para los cuales su firma y cada uno de los asociados con este trabajo fueron contratados legalmente, como individuos o como persona jurídica, o como una de las principales firmas integrantes de una asociación, para prestar servicios de consultoría similares a los solicitados bajo este trabajo. Use 20 páginas]
Nombre del trabajo: | Valor aproximado del contrato (en nuevos soles o en US$ actuales): |
País: Lugar dentro del país: | Duración del trabajo (meses): |
Nombre del Contratante: | Número total de meses-personal: Número de individuos: |
Dirección: | Valor aproximado de los servicios prestados por su firma bajo el contrato (en nuevos soles o US$ actuales) |
Fecha de iniciación (mes / año): Fecha de terminación (mes / año): | Número de meses de personal profesional proporcionado por consultores asociados: |
Nombre de los consultores asociados, si los hubo: | Nombre de funcionarios de nivel superior de su empresa involucrado y funciones desempeñadas (indique los perfiles más significativos tales como Director/ Coordinador de Proyecto, Jefe del equipo): |
Descripción narrativa del trabajo: | |
Descripción de los servicios efectivamente provistos por el personal de la firma para el proyecto: |
Nombre de la firma:
FORMULARIO TEC-3
OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS SOBRE LOS TERMINOS DE REFERENCIA, AL PERSONAL DE CONTRAPARTIDA Y LAS INSTALACIONES A SER PROPORCIONADOS POR EL CONTRATANTE
A – SOBRE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
[Presentar y justificar aquí cualquier observación o mejora a los términos de referencia que usted propone para mejorar el desempeño en la ejecución del contrato (tales como eliminar alguna actividad que usted no considere necesaria, o agregar otra, o proponer diferentes etapas de las actividades). Tales sugerencias deberán ser concisas y puntuales, y estar incorporadas en su propuesta.]
B – Sobre el personal de contrapartida y las Instalaciones
[Comentar aquí sobre el personal y las instalaciones que serán suministradas por el Contratante de acuerdo al párrafo referencial 1.4 del la Hoja de Datos incluyendo: apoyo administrativo, espacios de oficinas, transporte local, equipo, información, etc.]
FORMULARIO TEC-4
DESCRIPCIÓN DEL ENFOQUE, LA METODOLOGÍA Y EL PLAN DE ACTIVIDADES PARA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO
[El enfoque técnico, la metodología y el plan de trabajo son componentes claves de la propuesta técnica. Se le sugiere que presente su propuesta técnica (50 páginas incluyendo gráficos y diagramas) dividida en las tres partes siguientes:
a) Enfoque técnico y metodología
b) Plan de trabajo, y
c) Organización y dotación de personal
a) Enfoque técnico y metodología. En este capítulo Usted deberá explicar su comprensión de los objetivos del trabajo, enfoque de los servicios, metodología para llevar a cabo las actividades y obtener el producto esperado, y el grado de detalle de dicho producto. Usted deberá destacar los problemas que se están tratando y su importancia, y explicar el enfoque técnico que adoptaría para tratarlos. Usted deberá explicar la metodología que propone adoptar y resaltar la concurrencia de esa metodología con el enfoque propuesto.
b) Plan de Trabajo. En este capítulo deberá proponer las actividades principales del trabajo, su contenido y duración, fases y relaciones entre sí, etapas (incluyendo las aprobaciones provisionales del Contratante), y las fechas de entrega de los informes. El plan de trabajo propuesto deberá ser consistente con el enfoque técnico y la metodología, demostrando una comprensión de los TdR y habilidad para traducirlos en un plan de trabajo factible. Aquí se deberá incluir una lista de los documentos finales, incluyendo informes, dibujos y tablas que deberán ser presentadas como producto final. El plan de trabajo deberá ser consistente con el Programa de Trabajo en el Formulario TEC – 8.
c) Organización y Dotación de Personal. En este capítulo deberá proponer la estructura y composición de su equipo. Deberá detallar las disciplinas principales del trabajo, el experto clave responsable, y el personal técnico y de apoyo designado.]
Sección 3. Propuesta Técnica – Formularios Estándar
FORMULARIO TEC-5
COMPOSICIÓN DEL EQUIPO Y ASIGNACIÓN DE RESPONSABILIDADES
1. Personal Profesional | ||||
Nombre del personal | Firma | Area de Especialidad | Cargo | Actividad asignada |
Proceso de Selección N° CI-001-2011-GRAMAZONAS-CE/PCD
SUPERVISION DE LA OBRA: REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO 30
FORMULARIO TEC-6
CURRÍCULO DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO
1. Cargo propuesto [solamente un candidato deberá ser nominado para cada posición]
2. Nombre de la firma: [inserte el nombre de la firma que propone al candidato]
3. Nombre del individuo: [inserte el nombre completo]
4. Fecha de nacimiento: Nacionalidad:
5. Educación: [Indicar los nombres de las universidades y otros estudios especializados del individuo, dando los nombres de las instituciones. Grados obtenidos y las fechas en que los obtuvo]
6. Asociaciones profesionales a las que pertenece:
7. Otras especialidades [Indicar otros estudios significativos desde los grados indicados bajo el 5 – Dónde obtuvo la educación]
8. Países donde tiene experiencia de trabajo: [Enumere los países donde el individuo ha trabajado en los últimos diez años]
9. Idiomas [Para cada idioma indique el grado de competencia: bueno, regular, pobre en hablarlo, leerlo y escribirlo]:
10. Historia de Trabajo [Empezando con el cargo actual, enumere en orden inverso cada cargo que ha desempeñado desde que se graduó, indicando para cada empleo (véase el formulario siguiente): fechas de empleo, nombre de la organización, cargos desempeñados]
Desde [Año]: Hasta [Año]
Empresa:
Cargos desempeñados:
11. Detalle de las actividades asignadas
[Enumere todas las tareas que desempañará bajo este trabajo]
12. Trabajos que ha realizado que mejor demuestran la capacidad para ejecutar las tareas asignadas
[Entre todos los trabajos que el individuo ha desempeñado, complete la siguiente información para aquellos que mejor demuestran su capacidad para ejecutar las tareas enumeradas bajo el punto 11.]
Nombre de la tarea o proyecto: Año:
Lugar: Contratante:
Principales características del proyecto:
Actividades desempeñadas:
13. Certificación:
Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi conocimiento y mi entender, este currículo describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia. Entiendo que cualquier declaración voluntariamente falsa aquí incluida puede conducir a mi descalificación o destitución, si ya estoy contratado.
Fecha:
[Firma del individuo o del representante autorizado del individuo] Día / Mes / Año
Nombre completo del representante autorizado:
FORMULARIO TEC-7 CALENDARIO DE ACTIVIDADES DEL PERSONAL1
N° | Nombre del Empleado | Contribución del personal (en un gráfico xx xxxxxx)2 | Total de la contribución meses-personal | ||||||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | n | Sede | Campo3 | Total | ||
Extranjero | |||||||||||||||||
1 | [Sede] [Campo] | ||||||||||||||||
2 | |||||||||||||||||
3 | |||||||||||||||||
n | |||||||||||||||||
Subtotal | |||||||||||||||||
Local | |||||||||||||||||
1 | [Sede] [Campo] | ||||||||||||||||
2 | |||||||||||||||||
n | |||||||||||||||||
Subtotal | |||||||||||||||||
Total |
1 Para el personal profesional el aporte debe ser indicado individualmente; para el personal de apoyo, deberá ser indicado por categoría (por ejemplo, dibujante, empleado de oficina; etc.)
2 Los meses se cuentan desde el inicio del trabajo. Para cada empleado indique separadamente el aporte en la sede y en el campo.
3 Trabajo en el campo significa el trabajo realizado fuera en un lugar que no es la oficina sede del Consultor. Tiempo completo
Tiempo parcial
FORMULARIO TEC-8 PLAN DE TRABAJO
N° | Actividad1 | Meses2 | ||||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | N | ||
1 | ||||||||||||||
2 | ||||||||||||||
3 | ||||||||||||||
4 | ||||||||||||||
5 | ||||||||||||||
N |
1 Indique todas las actividades principales del trabajo, incluyendo entrega de informes (por ejemplo, inicial, provisional, informes finales), y otras etapas tales como aprobaciones por parte del Contratante. Para tareas en varias fases, indique separadamente las actividades, entrega de informes y etapas para cada fase.
2 La duración de las actividades deberán ser indicadas en un gráfico xx xxxxxx.
Sección 4.
Propuesta Financiera – Formularios Estándar
Los comentarios en corchetes [ ] proporcionan orientación a los Consultores de la Lista Corta para la preparación de sus Propuestas Financieras y no deberán aparecer en las Propuestas Financieras que presenten.]
Los formularios estándar para las propuestas financieras deberán ser utilizados para la preparación de éstas de acuerdo con las instrucciones proporcionadas en el párrafo 3.6 de la Sección 2. Dichos formularios deberán usarse según el método de selección indicado en el párrafo 4. de la Carta de Invitación.
Formulario FIN-1 Presentación de la propuesta financiera
Formulario FIN-2 Resumen de costos
Formulario FIN-3 Desglose de costos por actividad
Formulario FIN-4 Desglose por remuneraciones
Formulario FIN-5 Desglose por gastos reembolsables – No Aplica
FORMULARIO FIN –1
Formulario de presentación de la propuesta financiera
[Lugar, fecha]
Señores
Gobierno Regional de Amazonas
Dirección: Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 0000 Xxxxxxxxxxx – Amazonas. Departamento: Amazonas
Chachapoyas.
Señoras / Señores:
Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría para la SUPERVISIÓN DE LA OBRA DE REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO, de
conformidad con su pedido de propuestas de fecha y con nuestra propuesta técnica. La propuesta financiera que se adjunta es por la suma de [monto en palabras y en cifras1]. ESTA CIFRA NO INCLUYE LOS IMPUESTOS LOCALES QUE SERÁN IDENTIFICADOS DURANTE LAS NEGOCIACIONES Y SERÁN AGREGADOS A LA CIFRA ANTERIOR.
Nuestra propuesta financiera será obligatoria para todos nosotros, con sujeción a las modificaciones que resulten de las negociaciones del contrato, hasta la expiración del período de validez de la propuesta, es decir, antes de la fecha indicada en el párrafo referencial 1.12 de la Hoja de Datos. .
A continuación se enumeran las comisiones y bonificaciones, si las hubiere, pagadas o pagaderas por nosotros a agentes en relación con esta propuesta y con la ejecución del contrato, en el caso de que el contrato nos sea adjudicado: 2
Nombre y dirección de los agentes
Monto y moneda Objetivo de la comisión O de la bonificación
Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna de las propuestas que reciban.
Atentamente,
Firma autorizada: [nombre completo e iniciales]: Nombre y cargo del signatario: Nombre de la firma: Dirección:
1 Las cifras deberán coincidir con las indicadas bajo el Costo Total de la Propuesta Financiera, Formulario FIN-2
2 Si corresponde, reemplace este párrafo con el siguiente texto: Ni nosotros ni nuestros agentes han pagado ni pagaran comisiones o gratificaciones relacionadas con esta propuesta o la ejecución del contrato.
Sección 4. Propuesta Financiera – Formularios Estándar
FORMULARIO FIN-2
Resumen de costos
CONCEPTO | Cantidad | Tiempo (Meses) | Costo Unitario S/. | Dedicación al Servicio % | Monto en nuevos soles S/. | |
Subtotal | TOTAL | |||||
I.- PERSONAL A. PERSONAL CLAVE | ||||||
B. PERSONAL TECNICO DE APOYO II.- BIENES Y SERVICIOS III.- MOVILIZACION Y VIATICOS | ||||||
IV.- MATERIALES FUNGIBLES | ||||||
COSTO DIRECTO COSTOS GENERALES UTILIDAD TOTAL COSTO DIRECTO + INDIRECTOS |
NOTA:
✓ La presente estructura es referencial, pudiendo los postores adecuarla o completarla de acuerdo a las necesidades de su propuesta
✓ El Postor presupuestará todos los items que considere convenientes de acuerdo a su Propuesta Técnica y concepción del servicio a desarrollar.
✓ En este formulario no se incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV).
Proceso de Selección N° CI-001-2011-GRAMAZONAS-CE/PCD
SUPERVISION DE LA OBRA: REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO 37
Sección 4. Propuesta Financiera – Formularios Estándar
FORMULARIO FIN-3 DESGLOSE DE COSTO POR ACTIVIDAD1
Grupo de Actividades (Fase):2 | Descripción:3 | |||
Componente del Costo | Costos | |||
[Indicar moneda extranjera # 1]4 | [Indicar moneda extranjera # 2]4 | [Indicar moneda extranjera # 3]4 | [Indicar moneda local] | |
Remuneración5 | ||||
Gastos reembolsables 5 | ||||
Subtotales |
1 El Formulario FIN-3 deberá ser completado para el trabajo completo. En caso de que algunas actividades requieran una manera diferente de facturar y de pago (por ejemplo: el trabajo tiene etapas y cada etapa tiene un plan de pago diferente), el Consultor deberá llenar un formulario FIN-3 separado para cada grupo de actividades. Para cada moneda, la suma de los subtotales relevantes de todos los formularios FIN-3 presentados deberán coincidir con el Costo total de la propuesta financiera indicado en el Formulario FIN-2.
2 El nombre de las actividades (fases) deberá ser igual o corresponder a los indicados en la segunda columna del Formulario TEC-8
3 Breve descripción de las actividades cuyo desglose de costo se proporciona en este formulario.
4 Indicar entre corchetes el nombre de la moneda extranjera. Usar las mismas columnas y monedas que el Formulario FIN-2.
5 Los gastos de remuneración y reembolsables en cada moneda, deberán coincidir respectivamente con los costos totales relevantes indicados en los Formularios FIN-4 y FIN-5.
Proceso de Selección N° CI-001-2011-GRAMAZONAS-CE/PCD
SUPERVISION DE LA OBRA: REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO 38
Sección 4. Propuesta Financiera – Formularios Estándar
FORMULARIO FIN-4 DESGLOSE POR REMUNERACIONES1
[Este formulario FIN-4 será utilizado solamente cuando el formulario de Contrato por Suma Global ha sido incluido en el PP. La información que debe presentarse en este formulario será utilizada únicamente para establecer los pagos al Consultor por posibles servicios adicionales solicitados por el Contratante]
Nombre2 | Cargo3 | Tarifa mes- empleado4 |
Personal extranjero | ||
[Sede] [Campo] | ||
Personal local | ||
[Sede] [Campo] | ||
1 El formulario FIN-4 deberá ser completado para el mismo personal profesional y de apoyo enumerado el formulario TEC-7.
2. El personal profesional deberá ser indicado individualmente; el personal de apoyo será indicado por categoría (por ejemplo: dibujante, personal de oficina).
3. Los cargos del personal profesional deberán coincidir con los indicados en el Formulario TEC-5.
4 Indique separadamente la tarifa por mes-empleado y la moneda por trabajo en la sede y en el campo.
Proceso de Selección N° CI-001-2011-GRAMAZONAS-CE/PCD
SUPERVISION DE LA OBRA: REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO 39
FORMULARIO FIN-5
DESGLOSE POR GASTOS REEMBOLSABLES
[Este Formulario FIN-5 solamente deberá completarse cuando el formulario de Contrato por Xxxx Global ha sido incluido en el PP. La información presentada en este formulario será utilizada únicamente para establecer pagos al Consultor por posibles servicios adicionales que le solicite el Contratante]
N° | Descripción1 | Unidad | Costo Uniterio2 |
Viáticos | Día | ||
Vuelos internacionales3 | Viaje | ||
Otros gastos de viaje | Viaje | ||
Comunicación entre [indicar el lugar] y [indicar el lugar ] | |||
Preparación y reproducción de informes | |||
Equipo, instrumentos, materiales, suministros, etc. | |||
Flete de efectos personales | Viaje | ||
Uso de computadores, programas | |||
Exámenes de laboratorio | |||
Subcontratos | |||
Costo de transporte local | |||
Arriendo de oficina, Personal de apoyo | |||
Capacitación del personal del Contratante 4 |
1. Elimine rubros que no corresponden y agregue otros si fuera necesario según lo dispuesto en el Párrafo Referencial 3.6 de la Hoja de Datos.
2 Indique el costo unitario y la moneda.
3 Indique la ruta de cada vuelo y si el viaje es una vía o ida y regreso.
4 Solamente si la capacitación es un componente importante del trabajo y definido como tal en los TDR.
Sección 5. Términos de Referencia
1.00. ALCANCES DE LOS SERVICIOS
La SUPERVISIÓN DE LA OBRA DE REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – CUMBA – OCALLI, TRAMO II: PORTACHUELO – CAMPORREDONDO, será
convocada y contratada por el Gobierno Regional de Amazonas, en el marco del Programa de Caminos Departamentales con arreglo a los contratos xx Xxxxxxxx: BID Nº 1657/OC-PE y BIRF Nº 7322-PE y supletoriamente a lo estipulado en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, consecuentemente el SUPERVISOR velará fundamentalmente por el estricto cumplimiento del referido reglamento, otras disposiciones legales aplicables y lo dispuesto en los términos de referencia.
EL SUPERVISOR, suministrará los servicios de Ingeniería o auxiliares necesarios para la supervisión y control de la obra.
Estos servicios comprenderán todo lo relacionado con la Supervisión, Inspección, Control Técnico y Administrativo de las actividades a ejecutarse.
Los servicios incluyen gastos de sueldos, salarios, leyes sociales, seguros, pasajes, viáticos y mantenimiento de vehículos, equipos, herramientas, mantenimiento de oficinas, útiles de escritorio, y cualquier otro gasto necesario para la correcta prestación de los servicios, dejando expresamente aclarado que lo mencionado tiene únicamente fin enunciativo mas no limitativo.
Sin exclusión de las obligaciones que corresponden a EL SUPERVISOR, conforme a los dispositivos legales vigentes y que son inherentes como tal, entre otros, la supervisión y control de la obra obliga a:
1.1. Revisar los Estudios Definitivos y en caso sea necesario, formular oportunamente las recomendaciones.
1.2. Ejecución integral del control de la obra verificando constante y oportunamente que los trabajos se ejecuten estrictamente de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas y en general con toda la documentación que conforma el Expediente Técnico, cumpliendo con las Normas de Construcción y reglamentación vigente, así como la calidad de los materiales que intervienen en la obra.
1.3. El control de avances e inversiones de la Obra deberá efectuarse con paquetes informáticos de control de Proyectos basados en los métodos del PERT ó CPM.
1.4. Revisar y verificar el equipo propuesto por EL CONTRATISTA para la ejecución de la obra.
1.5. Revisar y aprobar los calendarios de movilización de equipo y ejecución de obra, adquisición y disponibilidad de materiales e insumos.
1.6. Verificar las instalaciones de EL CONTRATISTA y todo el apoyo logístico que implemente, compatibilizando con el Presupuesto Ofertado de Costos Indirectos del Contratista.
1.7. Verificar la instalación de todo el personal administrativo y técnico de EL CONTRATISTA.
1.8. Exigir a EL CONTRATISTA el cuaderno de obra y que éste sea utilizado
exclusivamente por personal autorizado.
1.9. Exigir al Contratista a retirar en forma inmediata, a cualquier sub-Contratista o trabajador a su cargo, cuando a juicio del Supervisor, sea necesario adoptar tal medida, para una correcta ejecución de la obra.
1.10. Autorizar a EL CONTRATISTA cada vez que deba dar inicio a cada una de las etapas de la obra.
1.11. Ejecutar el control físico, económico y contable de la obra, efectuando detallada y oportunamente la medición y valorización de la cantidad de obra ejecutada.
1.12 Vigilar y disponer que EL CONTRATISTA cumpla con las normas de seguridad tanto del tráfico como del personal involucrado en las obras.
1.13. Asesoramiento técnico y servicios profesionales especializados, cuando las condiciones de la obra lo requieran, contribuyendo eficazmente a la mejor ejecución de la misma.
1.14. Inspeccionar permanentemente los materiales y equipos así como efectuar el control físico de los mismos, presentando en los informes correspondientes el inventario detallado y actualizado de la misma.
1.15. Mantener la estadística general de la obra y presentar las fichas semanales, los informes mensuales, y otros, los cuales deberán indicar detalladamente los avances físicos y económicos.
1.16. Informar oportunamente sobre los resultados de los ensayos de laboratorio, tomando las medidas correctivas en caso de obtener resultados que no cumplan con las Especificaciones Técnicas.
1.17. Revisar los estudios de suelos, canteras, diseños de pavimentos, dando su conformidad, en caso sea necesario proponer alternativas y/o soluciones.
1.18. Revisar y verificar los trazos y niveles topográficos, BENCH MARKS y levantamientos topográficos en general.
1.19. Recomendar y asesorar en lo referente a sistemas constructivos.
1.20. Informar oportunamente sobre los resultados de los ensayos de laboratorio para tomar las medidas correctivas en caso de resultados que no cumplan las especificaciones Técnicas.
1.21. Revisar los diseños de las dosificaciones de concreto, y en caso sea necesario, proponer alternativas y soluciones.
1.22. Verificar que la profundidad de las excavaciones para cimentaciones llegue a las cotas establecidas en los planos, y establecer la conformidad de los materiales, a ese nivel, con los previstos de acuerdo al Estudio de Suelos.
1.23. Controlar la colocación de la armadura de refuerzo, de acuerdo a los planos de las obras de arte.
1.24. Controlar el diseño y colocación de encofrados y falsos puentes, para las obras de arte del tramo.
1.25. Controlar los vaciados de concreto obteniendo briquetas para las pruebas de rotura,
de acuerdo al A.C.I.
1.26. Controlar el adecuado curado del concreto.
1.27. Elaborar los informes y presentar oportunamente, los informes y/o expedientes sobre adicionales, deductivos, ampliaciones de plazo, dentro del periodo previsto en la normatividad que rige los contratos.
1.28. Efectuar el control del pavimento terminado a nivel de afirmado, para la Recepción de la Obra.
2.00. ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL SUPERVISOR
2.1. ACTIVIDADES PREVIAS A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Revisión y verificación en campo del diseño de EL PROYECTO, incluyendo condiciones especiales, verificación de niveles, P.I., BENCH MARK, y participar en la entrega del terreno. Verificación de la existencia de permisos y documentación necesaria para el inicio de la obra.
Como resultado de la evaluación in situ y la verificación de la concordancia del Expediente Técnico con la obra a ejecutar, presentará un Informe Técnico, y en caso de ser necesario, EL SUPERVISOR deberá complementar los Estudios Definitivos y proponer las modificaciones del proyecto original.
2.2 ACTIVIDADES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
2.2.1. Supervisión y control de instalaciones, equipo de construcción, laboratorio, materiales y personal del Contratista, en concordancia con los documentos contractuales y complementarios de la obra.
2.2.2. Revisión y aprobación de diseños de ejecución y métodos de Construcción propuestos por el Contratista, sobre trabajos de Ingeniería no previstos en el proyecto; verificando si cumplen con las condiciones y especificaciones de construcción.
2.2.3. Supervisión de la ejecución de los trabajos de conformidad con EL PROYECTO, especificaciones técnicas generales y reglamentación vigente.
2.2.4. Asistencia durante el replanteo general de la obra y efectuar el control topográfico durante la construcción.
2.2.5. Presentar recomendaciones sobre cambios y modificaciones de EL PROYECTO original, así como los diseños complementarios necesarios que generen adicionales o deductivos de obra, incluyendo la sustentación técnica y administrativa para su aprobación resolutiva.
2.2.6. Controlar la programación y avance de obra, informando al GOBIERNO REGIONAL con precisión los motivos que generen atrasos de ser el caso, así como sus implicancias cuantificando el tiempo de desfase. Asesoramiento técnico - administrativo en controversias con EL CONTRATISTA y/o terceros por daños y perjuicios ocasionados por la ejecución de la obra, así como expropiaciones urbanas y rural no contempladas en EL PROYECTO original.
2.2.7. Programar y coordinar reuniones periódicas en la obra con el representante de EL CONTRATISTA para revisar su avance; tramitar con su opinión y en el más breve plazo sus reclamos y/o planteamientos que excedan de su nivel de decisión y que a juicio merezcan la organización de un expediente destinado a culminar en una Resolución.
2.2.8. Efectuar pruebas de control de calidad de materiales.
2.2.9. Efectuar e interpretar los ensayos de laboratorio que indique el expediente acorde con las Especificaciones Técnicas de EL PROYECTO.
2.2.10. Efectuar pruebas de Control de Calidad de los trabajos que sean requeridos durante la ejecución de la obra, así como pruebas que acrediten la capacidad portante del terreno según diseño.
2.2.11. Sostener con los funcionarios del GOBIERNO REGIONAL una permanente comunicación sobre el estado de la obra y el desarrollo del contrato.
2.2.12. Valorizar mensualmente las obras ejecutadas según Presupuesto Contratado, así como los adicionales generados sustentándolos con la documentación técnica y administrativa que las respalde.
2.2.13 Controlar el cumplimiento por parte del Contratista, de la seguridad de la obra y mantenimiento del tránsito durante la construcción.
2.2.14. Presentación de informes de avances mensuales y trimestrales así como una ficha informativa semanal de los avances y situación del proyecto.
2.2.15. Presentación de Informes Especiales cuando lo requiera EL GOBIERNO REGIONAL o las circunstancias lo determinen.
2.2.16. Remisión al GOBIERNO REGIONAL de los planos de Post-Construcción, metrados y memoria descriptiva de la obra terminada.
2.2.17. Mantenimiento del archivo general del proyecto objeto de contrato que permita sustentar cualquier discusión relacionada con:
- Interpretación de los documentos de la Licitación de Obra
- Reclamos de costos adicionales por obras o cambios de condiciones
- Solicitudes de prórroga en los plazos de terminación de obra
- Reconocimiento de Mayores Gastos Generales
- Sustentos ante el Órgano de Control.
2.2.18. Vigilar que la obra se mantenga bien iluminada durante los posibles trabajos nocturnos.
2.2.19. Asesoramiento y participación en las Recepciones parciales o totales de la obra.
2.2.20 Cumplimiento de las Normas Técnicas de Control del GOBIERNO REGIONAL y PROVIAS DESCENTRALIZADO en lo concerniente a la construcción de carreteras y la ejecución de obras públicas.
2.2.21. Control y coordinación en la eliminación de interferencias, durante la ejecución de la obra.
3.00. RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR
1. EL SUPERVISOR será directamente responsable de la calidad de los servicios que preste y de la idoneidad del personal a su cargo.
2. EL SUPERVISOR utilizará el personal calificado estrictamente concordante con la Propuesta Técnica, no estando permitido cambio alguno, salvo razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, las mismas que no podrán alterar la calidad del servicio.
3. EL SUPERVISOR será responsable de la entrega de valorizaciones y/o Informe final de obra en los plazos y condiciones fijados en el Contrato de Obra y la reglamentación vigente.
4. Es responsabilidad de EL SUPERVISOR controlar el cumplimiento de los programas de Avance de Obra y exigir a EL CONTRATISTA que adopte las medidas necesarias para lograr su cumplimiento; asimismo exigir el fiel cumplimiento de las Normas de Seguridad e higiene industrial.
5. Mantener y ejercer un control permanente sobre la vigencia de las Cartas Fianzas de EL CONTRATISTA.
6. Es responsabilidad de EL SUPERVISOR la elaboración y presentación oportuna de los proyectos y presupuestos adicionales, que se originen por modificaciones del proyecto de Obra Contratada.
7. Vigilar que la señalización de tránsito cumpla con lo requerido por el GOBIERNO REGIONAL y las autoridades de tránsito
8. El SUPERVISOR dentro de los alcances del rol contractual, será legalmente responsable de los actos provenientes de la supervisión por el período de 7 años en concordancia con las normas legales vigente.
9. En el caso de Empresas Asociadas, al término de la obra el Asociante en primer término y los asociados por solidaridad, son sucesores en la responsabilidad de la Empresa asociada.
4.00 PROCEDIMIENTO DE CONTROL
4.1 El Supervisor adoptará los procedimientos necesarios para realizar un efectivo control técnico de las actividades del Contratista, relacionadas con la ejecución del Proyecto.
4.2 En su Propuesta Técnica, el Consultor, con pleno conocimiento del Proyecto, propondrá las pruebas y ensayos que juzgue necesarios, sin que ello impida la adopción de nuevas pruebas, según el desarrollo de la construcción.
4.3 RELACION Y FRECUENCIA MÍNIMA DE MUESTREO Y ENSAYOS DE LABORATORIO PARA EL CONTROL DE CALIDAD DE OBRA.
El control de calidad de la Obra se efectuará de acuerdo a lo indicado en el presente numeral y las Especificaciones Técnicas, en lo no especificado en ambos el Supervisor se ceñirá a las normas AASHTO.
Sin ser limitativos, a continuación se enumeran de manera breve, los muestreos y ensayos principales que efectuará el Supervisor, para el control de calidad de las obras del movimiento de tierras y de cada componente del pavimento a nivel de afirmado. El Supervisor efectuará la debida compatibilización de los mencionados vocablos con los expresados en el Proyecto particularmente.
El Supervisor será el Responsable de obtener muestras representativas de los materiales a analizar, a fin de que la información obtenida en el laboratorio sea aquella que permita la toma de decisiones adecuadas y no resultados dudosos o perjudiciales para el desarrollo de las obras.
4.3.1. TERRAPLENES
Antes del inicio de la Construcción de los Terraplenes, se efectuarán sondeos de Línea de verificación y complementación en aquellos sitios de dudosa calidad, con una profundidad mínima de 1.50 m., a fin de determinar las propiedades de los suelos y confirmar los estudios realizados en la fase de diseño.
4.3.1.1 RELACION DE ENSAYOS AASHTO
1. Ensayos de Graduación según AASHTO T-88
2. Ensayos de % No 200 según AASHTO T-11.
3. Ensayo de agregados según AASHTO T-27.
4. Ensayos de Consistencia según AASHTO T-89,T-90
5. Ensayo Densidad - Humedad según AASHTO T-99.
6. Ensayo de Densidad de Campo según AASHTO T-191.
7. Ensayo de Valor CBR según AASHTO T-193.
4.3.1.2 FRECUENCIAS DE CONTROL EN SITU:
1. Cada kilómetro y por cada tres capas como máximo de terraplén se efectuará una prueba de graduación, según lo especificado en AASHTO T27 y T88.
2. Cada kilómetro y por cada tres capas como máximo se efectuarán pruebas para determinar los límites de consistencia de los suelos del terraplén según el procedimiento de la AASHTO T89 y T90.
3. Cada kilómetro y por cada tres capas como máximo se efectuará una prueba de CBR, según el procedimiento AASHTO T193.
4. Cada tres capas de suelo compactado o por un volumen no mayor de 1500 m3 (1cxcapaxkm) de terraplén o por material diferenciado, se efectuará como mínimo una prueba de Densidad-Humedad, según lo especificado en la prueba AASHTO-T99 método D.
Al menos 6 pruebas aleatorias de densidad según AASHTO T191 por capa deberá efectuarse por kilómetro, pero esto no limitará al Supervisor a efectuar las pruebas de compactación necesarias, cuando considere que existen sitios de dudosa calidad.
En el caso de que los materiales se caracterizaran como pedraplenes o compuestos de una gran proporción por gravas mayores a 6" la prueba de compactación será sustituida por pozos de inspección siendo el grado de compacidad obtenido, calificado visualmente por el Supervisor especialista siempre que se haya relacionado el Nº de pasadas de rodillo con el espesor de capa y la densidad obtenida; para estas condiciones podrá aceptarse 3 pozos de inspección por capa y por kilómetro.
4.3.2 SUBRASANTE
4.3.2.1 RELACION DE ENSAYOS AASHTO
1. Ensayos de Graduación según AASHTO T-88
2. Ensayos de % No 200 AASHTO T-11.
3. Ensayo de agregados según AASHTO T-27.
4. Ensayos de Consistencia según AASHTO T-89,T-90
5. Ensayo Densidad - Humedad según AASHTO T-99.
6. Ensayo de Densidad de Campo según AASHTO T-191.
7. Ensayo de Valor CBR según AASHTO T-193.
4.3.2.2 FRECUENCIAS DE CONTROL IN SITU
1. Cada kilómetro y por capa de subrasante se efectuarán dos pruebas de graduación, según los especificado en AASHTO T27 y T88.
2. Cada kilómetro y por capa se efectuarán dos pruebas para determinar los límites de consistencia de los suelos según el procedimiento AASHTO T89 y T90.
3. Cada kilómetro y por capa se efectuará una prueba de CBR, según el procedimiento AASHTO T193.
4. Cada kilómetro o cuando el tipo de material cambie se efectuará bajo la Designación AASHTO T99 método D un ensayo de Densidad-Humedad.
5. Al menos 10 pruebas aleatorias de densidad según lo especificado en la prueba AASHTO T191 deberán efectuarse por kilómetro y por capa, pero esto no limitará al Supervisor a efectuar las pruebas de compactación necesarias, cuando considere que existen sitios de dudosa calidad.
4.3.3 MATERIAL AFIRMADO
4.3.3.1 DESCRIPCION
Consiste en la remoción, extracción y apilamiento del material en las canteras autorizadas y aprobadas, para obtener material seleccionado para relleno, compactado y lastrado de la plataforma:
1. Ensayos de Graduación según AASHTO M-147
2. Ensayo Densidad - Humedad ( MTC E 117, MTC E 124)
3. Limite líquido ( MTC E 110).
4. Ensayo de Valor CBR ( MTC E132)
5. Desgaste en la prueba de los Ángeles (MTC E 207)
6. Ensayo de Equivalente de Arena (MTC E 114).
7. Índice de plasticidad (MTC E 111)
4.3.3.2 FRECUENCIAS DE CONTROL IN SITU
1. La densidad de compactación de las capas se realizara de acuerdo a MTC E 117, MTC E 124 y los tramos por aprobar se definirán sobre la base de un mínimo de seis (06) determinaciones de densidad en sitios elegidos al azar con una frecuencia de una (1) cada 250 m2 de plataforma terminada y compactada. Las densidades individuales (Di) deben ser como mínimo el 100% de la obtenida en el ensayo xxxxxxx modificado de referencia (MTC E 115).
2. La humedad de trabajo no debe variar en + - 2% respecto del optimo contenido de humedad obtenido con el xxxxxxx modificado, para el afirmado se admite como máximo + - 1.5%.
3. Cada kilómetro y por capa se efectuará una prueba de CBR, según el procedimiento AASHTO T193.
4. Bajo la Designación AASHTO T180 método D, se efectuará un ensayo Densidad- Humedad cada kilómetro o cuando el tipo de material cambie.
5. Al menos 10 pruebas aleatorias de densidad según lo especificado en la prueba AASHTO T191 deberán efectuarse por kilómetro y por capa, pero esto no limitará al Supervisor a efectuar las pruebas de compactación necesarias, cuando considere que existen sitios de dudosa calidad.
6. Cada 2 kilómetros se efectuará un ensayo de control de Abrasión.
7. Cada kilómetro se efectuará un ensayo de determinación de impurezas orgánicas.
4.3.5 CANTERAS DE PRÉSTAMOS.
Antes de apertura o descapote de cada banco, el Supervisor efectuará las pruebas de campo y de laboratorio necesarias para verificar y confirmar el uso y volumen del material a explotar.
De ser necesario efectuará prospecciones a cielo abierto, con las profundidades que permitan efectuar una evaluación óptima del material, de no ser posible métodos manuales utilizará máquinas perforadoras, a fin de conocer la calidad de los suelos y entregar al Contratista bancos de préstamos suficientemente analizados, que permitan con toda certeza conocer los volúmenes de suelos a explotar y la calidad que de ellos se esperan.
4.3.5.1 CONTROL EN CANTERAS XX XXXXXXXX
1. Se efectuarán como mínimo 5 prospecciones por hectárea con fines de verificación del volumen y al menos 10 pruebas de graduación según método AASHTO T-88 y T-27.
2. Se efectuarán al menos 10 pruebas en materiales representativos para determinar los límites de consistencia de los suelos del banco, según el procedimiento AASHTO T89 y T90.
3. Se efectuarán al menos 4 pruebas en materiales representativos, para determinar ensayos CBR según el procedimiento AASHTO T193.
4.3.5.2 CONTROL DE ACOPIOS DE PRODUCCIÓN O STOCKS EN CANTERAS
1. Iniciado el proceso de explotación de Banco y por cada 1000 m3 de material explotado y seleccionado o como se indicó en ítems anteriores para el caso del afirmado, se tomarán muestras del material acopiado o stockeado y se efectuarán los ensayos de suelos anteriormente enumerados para su uso, con el objetivo de confirmar el tipo de material a ser utilizado y efectuar las correcciones de Diseño necesarias para el caso de terraplenes, subrasante, materiales granulares o superficie de rodamiento a nivel de afirmado.
4.3.6 CORTES
1. Una vez realizado el corte, el Supervisor determinará si la superficie donde se colocaran los materiales del pavimento a nivel de afirmado cumple con los requisitos de calidad establecidos y ordenará las acciones a seguir cuando el material existente sea indeseable, ya sea ordenando sub-excavaciones según indique el Proyecto o según su criterio profesional o escarificación y compactación de la capa superficial hasta que ésta alcance el valor soporte requerido.
En todo caso el valor soporte CBR obtenido deberá ser al menos el que exija el diseño de espesor de pavimentos.
2. Todos los taludes xx xxxxxx en laderas y cerros, con una altura mayor de 10.0 m., serán analizados por el Supervisor, mediante cualquier método de estabilidad de taludes y determinará las acciones a seguir en el caso de que los taludes propuestos no guarden la seguridad necesaria para la circulación vehicular, peatonal y flujo de agua.
4.3.7 SOCIO AMBIENTALES
El Supervisor verificará que la ejecución de las partidas del rubro Socio – Ambiental, se realicen de acuerdo a las especificaciones técnicas del proyecto. La conformidad de su ejecución debe contar con el informe del Especialista Ambiental.
4.3.8 RELACIÓN DE FORMATOS DE CONTROL DE OBRA.
El Supervisor coordinará con la oficina técnica de la Región, a fin de establecer los formatos que se usarán para el Control de las Obras.
4.4 Los laboratorios en los cuales se ejecutarán los ensayos no rutinarios, deberán contar con la aprobación del GOBIERNO REGIONAL y el Supervisor realizará las gestiones y pagos pertinentes para este fin.
4.5 La Entidad podrá requerir, durante la ejecución de la obra, la remisión de formatos o informes especiales sobre control de calidad de la obra.
4.6 Control de calidad de afirmado terminado para la Recepción de Obra.
El objetivo de los controles que se exigen es certificar la calidad del afirmado terminado; determinándose los parámetros característicos del afirmado después de concluidas las obras o al inicio de la vida útil. La Supervisión de la Obra será la responsable de la ejecución de los controles correspondientes.
A. . Evaluación de la Superficie de Rodadura
4.6.1 El Supervisor debe controlar permanentemente la calidad del afirmado, aceros estructurales y los concretos en las obras de Arte, ejecutado por el Contratista, en tal sentido los resultados finales del control deben estar dentro de los parámetros exigidos.
En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas, la Supervisión definirá los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, siendo estos trabajos por cuenta del Contratista, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna por dichos trabajos, toda vez que el Contratista está en la obligación de terminar correctamente el trabajo hasta la colocación de la capa de afirmado y terminación de obras de arte.
4.6.2 Informe Técnico
La Supervisión de Obra es la obligada a realizar los controles antes mencionados y descritos. Deberá elaborar un Informe Técnico que señale la metodología empleada en cada ensayo, sus correcciones, resultados, recomendaciones y conclusiones.
El Informe incluirá además el análisis y/o resultado estadístico de los ensayos de afirmado y obras de arte realizados durante la ejecución de la obra, comparando con los parámetros o requisitos exigidos en las especificaciones técnicas.
El Informe Técnico será presentado al GOBIERNO REGIONAL y se incluirá en el Informe de Situación de la Obra, que presenta el Supervisor anticipadamente a la Comisión de Recepción y será requisito indispensable para la Recepción de la Obra.
5.0 RECURSOS HUMANOS Y FÍSICOS QUE PROPORCIONARÁ EL CONSULTOR
5.1 El Supervisor deberá contar con la organización necesaria para cumplir eficientemente las obligaciones descritas en los presentes Términos de Referencia y en su Propuesta Técnica.
5.2 El Supervisor proporcionará y dispondrá adecuadamente una organización de profesionales, técnicos, administrativos y personal de apoyo, los cuales contarán con todas las instalaciones necesarias, así como los medios de transporte y comunicación para cumplir eficientemente sus obligaciones. El Contratista proporcionará un área de 100 m2 para la Supervisión.
5.3 Los profesionales y técnicos que conformen el equipo del Supervisor, deberán acreditar los títulos profesionales correspondientes y ofrecer pruebas documentadas de la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el Proyecto, así como la habilidad para el ejercicio profesional en el caso de profesionales peruanos, mediante los Certificados otorgados por el Colegio de Ingenieros del Perú.
Podrán presentarse copias simples de los documentos requeridos.
El Postor que obtenga la Buena Pro, deberá presentar a la firma del Contrato las copias certificadas notarialmente de dichos documentos.
5.4 El personal técnico-administrativo del Consultor que trabaje para el Proyecto, será específicamente indicado. Debiendo considerarse el eventual trabajo en días domingos, festivos y jornadas nocturnas, cuando así lo requiera el Proyecto, sin que esto signifique costo adicional al pactado en el Contrato para el GOBIERNO REGIONAL.
5.5 Para la prestación de los servicios de Supervisión y Control, EL SUPERVISOR utilizará el personal calificado especificado en su Propuesta Técnica, no estando permitido cambios, salvo por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas. Para este efecto, EL SUPERVISOR deberá proponer al GOBIERNO REGIONAL con diez (10) días útiles de anticipación, el cambio de personal a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio.
El cambio solicitado por EL SUPERVISOR dentro del plazo contractual y aceptados por el GOBIERNO REGIONAL, para efecto de la valorización de la participación de los nuevos profesionales se aplicara por única vez la penalidad del 20 %.de UIT por cada cambio.
El nuevo personal profesional propuesto deberá reunir similar o mejor calificación que el profesional ofertado inicialmente.
5.6 El Supervisor con relación al Contratista, se considerará como representante del GOBIERNO REGIONAL.
5.7 El GOBIERNO REGIONAL, podrá solicitar cambios del personal del Supervisor, en cualquier momento, cuando considere conveniente en beneficio del Proyecto.
5.8 El personal del Supervisor deberá observar en todo momento las normas de seguridad vigentes en la obra, debiendo todo el personal estar provistos de cascos, chalecos, botas, guantes, etc.
5.9 El personal mínimo que el Supervisor dispondrá en obra es el siguiente:
Nº | CARGO | PROFESION |
1 | Jefe de la Supervisión | Ing. Civil especializado en supervisión de carreteras |
Profesionales Especialistas | ||
1 | Especialista 1 | Ingeniero Civil - Especialista en trazo y topografía |
2 | Especialista 2 | Ingeniero Civil – Especialista en suelos y pavimentos |
3 | Especialista 3 | Ingeniero Civil – Especialista en obras de arte |
4 | Especialista 4 | Ingeniero Civil - Especialista en metrados y valorizaciones |
5 | Especialista 5 | Ingeniero Ambiental o Ing. Civil, Ing. Geógrafo, Ing. Forestal, Biólogo - Especialista Ambiental |
Personal técnico | ||
Topógrafo | Técnico en topografía | |
Técnico laboratorista | Técnico en laboratorio | |
Personal Auxiliar | ||
Asistente de Topografía | ||
Asistente de Laboratorio |
Todo el personal de la supervisión, deberá estar debidamente uniformado, manteniendo uniformidad en el color de la vestimenta, sólo el color del caso diferenciara a profesionales y técnicos.
5.13 El supervisor, en su propuesta técnica presentará el uniforme que su personal usará durante la prestación del servicio.
6.0 RECURSOS QUE PROPORCIONARÁ LA ENTIDAD
El GOBIERNO REGIONAL proporcionará apoyo al Supervisor en las coordinaciones que realice éste con otros sectores, para la ejecución de la obra.
7.0 DOCUMENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR EL SUPERVISOR COMO RESULTADO DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS
El Supervisor deberá presentar al GOBIERNO REGIONAL la siguiente documentación, como resultado de la prestación de servicios:
7.1 Informe Inicial
Revisión y verificación del Proyecto de carretera, formulando las conclusiones, recomendaciones, y de ser necesario, las complementaciones y/o modificaciones, indicando los adicionales y/o Deductivos que se formularán dentro del período de ejecución, en un plazo màximo de 15 dìas
7.2 Las valorizaciones mensuales por avances y reintegros del Contratista.
7.3 Informes Mensuales de las actividades Técnico - Económico - Administrativo de las Obras, los cuales deberán ser entregados dentro de los 10 primeros días calendarios siguientes al mes que corresponde, debiendo contener lo siguiente:
a. AREA SUPERVISIÓN
a.1- Actividades desarrolladas por el Supervisor, memoria explicativa de los avances de obra y asuntos más saltantes, justificaciones de retrasos en caso que los hubiese, proponiendo soluciones para su corrección.
a.2- Relación de todos los ensayos realizados en la obra y controles efectuados por el Supervisor, indicando ubicación, fecha en que fueron realizados, resultados e interpretación estadística. Asimismo, deberán indicar las medidas correctivas y responsabilidades si las hubiere.
a.3- Informe de las actividades de Supervisión ambiental realizadas durante el mes. a.4- Programa de sus actividades para el mes siguiente.
a.5- Personal empleado por el Supervisor, durante el período comprendido en el informe. a.6- Estado contable del contrato de supervisión discriminado por partidas.
a.7- Gráficos que se requieran para la correcta interpretación de los informes.
a.8- Fotografías y cintas de vídeo, sistema VHS, que mostrarán el estado de avance de las obras.
a.9- Copias de las comunicaciones más importantes intercambiadas con el contratista o con terceros.
a.10- Dará cuenta del trámite que con su opinión haya dado a los reclamos a planteamientos que el Contratista hubiera formulado, pero cuya decisión excediendo a sus facultades deberá resolverse a un nivel superior.
a.11- Control de los vehículos asignados.
b. AREA CONTRATISTA DE OBRA
b.1- Informe acerca de los avances físicos y valorizados del contratista, cuadros y gráficos que muestren el programa real en comparación con el programado.
b.2- Presentar la documentación por la cual se certifique que los materiales y equipos cumplen con las especificaciones técnicas.
b.3- Pronosticar los "avances" para el siguiente mes, tanto físico como valorizado.
b.4- Lista de personal y equipo empleado por el contratista durante el período respectivo, indicando variaciones con lo programado, si las hubiese.
b.5- Llevar récord de índices de seguridad y accidentes de obra.
b.6- Comparará entre el avance programado y el realmente ejecutado, explicando las causas que hayan motivado atrasos, si las hubiera, y de las disposiciones tomadas en orden para superarlos.
b.7- Previsibles dificultades futuras y las soluciones que se propone adoptar o que ya adoptó, sugiriendo la intervención, si lo considera indispensable.
b.8- Juicio crítico sobre la actuación del contratista en su conjunto.
7.4 Informes Especiales: A solicitud del Gobierno Regional deberán ser presentados dentro del plazo de tres días hábiles, pudiéndose presentar:
7.4.1 Informes solicitados por el GOBIERNO REGIONAL dentro del plazo antes indicado. Si el Informe Especial amerita un plazo mayor, por razones justificadas, el GOBIERNO REGIONAL establecerá el nuevo plazo de presentación del Informe.
7.4.2 Informe de oficio sin que lo pida el GOBIERNO REGIONAL cuando se trata de asuntos que requieran decisión o resolución del GOBIERNO REGIONAL promoviendo un Expediente Administrativo; o se trate de hacer conocer importantes acciones administrativas que haya tomado en el ejercicio de sus atribuciones; y que serán cursadas dentro del término de la distancia.
En los informes mensuales que tienen carácter de reporte, hará un recuento de la acción tomada.
7.4.3 El Supervisor presentará el informe de situación de obra para su recepción, tal como se indica y exige en el numeral 7.6 los Términos de Referencia.
7.5 Informe Final
7.5.1 Incluirá la medición final de la obra, distinguiendo los trabajos ejecutados por el sistema de precios unitarios, y los ejecutados excepcionalmente por el sistema de administración controlada.
7.5.2 Revisión y conformidad a la memoria valorizada presentada por el contratista y de los planos "Conforme a Obra" que aquel haya presentado.
7.5.3 El Informe Final incluirá el Estudio de Tránsito y de velocidades post-obra.
7.5.4 El Informe Final incluirá las recomendaciones para la conservación de las obras de la carretera y estructuras.
7.5.5 El Informe Final incluirá una cinta de vídeo, editada profesionalmente, en la cual se muestre todo el proceso constructivo desde el inicio hasta la finalización de las obras.
7.6 Liquidaciones de Obra y Liquidaciones de Contrato.
El Supervisor presentará las Liquidaciones del contrato de la supervisión y revisará y dará conformidad a la Liquidación presentada por el contratista de la obra para su trámite de aprobación respectivo.
8.0 INFORMACION QUE PROPORCIONARÁ LA ENTIDAD LICITANTE
El GOBIERNO REGIONAL proporcionará al Supervisor toda la información necesaria disponible con relación al Proyecto.
9.0 FACULTADES DEL SUPERVISOR
9.1 El Supervisor tendrá la obligación y el deber de hacer cumplir las Especificaciones Técnicas de Construcción, para lo que dictará las medidas adecuadas en el momento oportuno exigiendo su cumplimiento al Contratista.
9.2 El Supervisor no podrá dictar ninguna orden que sobrepase las atribuciones que se señalan en las presentes Bases, Términos de Referencia y Contrato, debiendo en caso de eventualidades inevitables justificadas, bajo responsabilidad, recabar autorización expresa del GOBIERNO REGIONAL.
9.3 Poderes de excepción del Supervisor.
No obstante lo anterior, si durante el proceso de construcción se produjeran contingencias que pudieran poner en peligro la vida de personas, o la propiedad pública o privada, o que amenacen causar u ocasionen interrupciones en el tránsito vehicular comercial por la obra en ejecución, el Supervisor por excepción, podrá disponer las medidas que tiendan a mitigar y/o superar dichas situaciones, debiendo dar cuenta al GOBIERNO REGIONAL en el más breve plazo.
10.0 CONDICIONES GENERALES
10.1 La provisión de oficinas, mobiliario, transporte, equipo, sistema de comunicación, copiado, informática, topografía y laboratorio que requiera el Supervisor para la Obra, será responsabilidad de éste.
10.2 EL GOBIERNO REGIONAL podrá destacar personal en un número adecuado para trabajar con los equipos de la supervisión y recibir entrenamiento en las labores de campo.
El personal que pudiera destacar el GOBIERNO REGIONAL sólo requerirá que el Supervisor le provea el alojamiento, en condiciones similares al que provea a su personal.
Los viáticos y sueldos del personal destacado estarán a cargo del GOBIERNO REGIONAL.
10.3 Toda información empleada o preparada durante el desarrollo del Proyecto es de carácter reservada y no podrá ser entregado a terceros sin el previo consentimiento escrito del GOBIERNO REGIONAL.
10.4 El Supervisor podrá ser llamado en cualquier momento para informar o asesorar en asuntos concernientes al Proyecto.
10.5 El Supervisor deberá absolver las consultas del contratista relacionadas al Proyecto con conocimiento del GOBIERNO REGIONAL.
10.6 El Supervisor efectuará una revisión detallada de las Especificaciones de Construcción, para verificar si estas cubren todos los aspectos especiales de diseño. En caso contrario, el Supervisor está obligado a informar y recomendar las modificaciones y/o correcciones necesarias.
10.7 El Supervisor hará una revisión detallada de la suficiencia de los diseños considerados para la protección de la obra. En los casos que sean necesarios, el Supervisor recomendará y complementará la modificación de los diseños considerados.
Asimismo, revisará los ensayos y resultados de las pruebas de laboratorio tomados durante el desarrollo del Proyecto, debiendo en caso necesario, ampliar dichos estudios, previa autorización del GOBIERNO REGIONAL.
10.8 El Supervisor revisará y evaluará las pruebas y ensayos de materiales realizados por el Contratista. Tanto el Supervisor como el Contratista utilizarán sus propios Laboratorios, quedando terminantemente prohibido que el Supervisor utilice el Laboratorio del Contratista y/o que los ensayos los haga en forma conjunta.
10.9 El Supervisor obtendrá todos los seguros necesarios para su personal, según la Legislación Nacional aplicable, debiendo mantener la vigencia de dichos seguros en su capacidad total, durante el período de tiempo del Contrato de Supervisión y posibles ampliaciones del plazo.
10.10 El Supervisor, al término de la Obra, deberá entregar todo el acerbo documental Técnico y Administrativo de la Obra, conjuntamente con la Liquidación Final y Cuadernos de Obra. Esto no exime al Supervisor que pudiera ser requerido posteriormente para cualquier absolución de consultas en relación con la Obra.
10.11 El Supervisor deberá prestar todas las facilidades a los funcionarios del GOBIERNO REGIONAL para la revisión del Avance de las Obras bajo su supervisión y proporcionará la información que sea requerida.
10.12 El Supervisor estará sujeto a fiscalización por los funcionarios que designe el GOBIERNO REGIONAL quienes verificarán la permanencia en la Obra del personal del Supervisor asignado al Proyecto; así como de la totalidad de los equipos de laboratorio, topografía y otros incluidos en su Contrato, y a la efectiva utilización de los vehículos sujetos a pago. Los Informes Mensuales de estos funcionarios respaldarán el pago de las Valorizaciones Mensuales del Supervisor.
11.0 VALOR REFERENCIAL DE LOS SERVICIOS
Los servicios no tienen valor referencial definido, deben ser establecidos por cada Consultor, el monto de la propuesta no deberá incluir IGV y referidos al mes de Diciembre 2009.
12.0 MODALIDAD DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DE LOS SERVICIOS
La obra se ejecutará bajo la modalidad de sistema de precios unitarios. Los servicios de Supervisión tendrán una duración de 180 días calendario (150 días para la supervisión de la obra y 30 días para revisión de la liquidación).
13.0 INICIO DEL SERVICIO
El inicio de los servicios de Supervisión se da con el inicio del plazo contractual de la obra y/o con la firma del contrato, según sea el caso, previa notificación de la entidad y culminan con la aprobación de la liquidación.
Sección 6.
Formularios de contrato estándar
CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
Sobre la base del tiempo trabajado
Entre
Gobierno Regional de Amazonas, en el marco del Programa de Caminos Departamentales
y
[nombre del Consultor]
Fechado: [indicar fecha suscripción]
Indice
I. Formulario de Contrato 58
II. Condiciones Generales del Contrato 60
1. Disposiciones Generales
1.1 Definiciones
1.2 Relación entre las Partes
1.3 Ley que rige el Contrato
1.4 Idioma
1.5 Encabezamientos
1.6 Notificaciones
1.7 Lugar donde se prestarán los Servicios
1.8 Facultades del Integrante a cargo
1.9 Representantes autorizados
1.10 Impuestos y derechos
1.11 Fraude y Corrupción
2. Inicio, cumplimiento, modificación y rescisión del Contrato
2.1 Entrada en vigor del Contrato
2.2 Rescisión del Contrato por no haber entrado en vigor
2.3 Comienzo de la prestación de los Servicios
2.4 Expiración del Contrato
2.5 Totalidad del Acuerdo
2.6 Modificaciones o cambios
2.7 Fuerza mayor
2.8 Suspensión
2.9 Rescisión
3. Obligaciones del Consultor
3.1 Generalidades
3.2 Conflicto de intereses
3.3 Confidencialidad
3.4 Responsabilidad del Consultor
3.5 Seguros que deberá contratar el Consultor
3.6 Contabilidad, inspección y auditoria
3.7 Acciones del Consultor que requieren la aprobación previa del Contratante
3.8 Obligación de presentar informes
3.9 Propiedad del Contratante de los documentos preparados por el Consultor
3.10 Equipo, vehículos y materiales suministrados por el Contratante
3.11 Equipo y materiales suministrados por los consultores
4. Personal del Consultor y Subconsultores
4.1 Generalidades
4.2 Descripción del Personal
4.3 Aprobación del Personal
4.4 Horas laborables y extraordinarias, licencias, etc.
4.5 Remoción y/o sustitución del Personal
4.6 Administrador residente del Proyecto
5. Obligaciones del Contratante
5.1 Colaboración y exenciones
5.2 Acceso al territorio nacional
5.3 Modificación de la ley aplicable a los impuestos y derechos
5.4 Servicios, instalaciones y bienes del Contratante
5.5 Pagos
5.6 Personal de contrapartida
6. Pagos al Consultor
6.1 Estimación de costos; monto máximo
6.2 Remuneraciones y gastos reembolsables
6.3 Moneda de Pago
6.4 Modalidad de facturación y pago
7. Equidad y buena fe
7.1 Buena fe
8. Solución de controversias
8.1 Solución amigable
8.2 Solución de controversias
III. Condiciones Especiales del Contrato 77
IV. Apéndices 80
Apéndice A - Descripción de los servicios
Apéndice B - Requisitos para la presentación de informes Apéndice C - Personal clave y Subconsultores – Horario de trabajo Apéndice D - Estimación de costos en moneda extranjera Apéndice E - Estimación de costos en moneda nacional
Apéndice F - Obligaciones del Contratante
Apéndice G - Formulario de garantía bancaria por anticipo
I. Contrato
SOBRE LA BASE DEL TIEMPO TRABAJADO
(El texto en corchetes [ ] es opcional; todas las notas al final del texto deberán ser eliminadas)
Este CONTRATO (en adelante denominado el “Contrato”) está celebrado el [día] del mes de [mes], [año], entre, por una parte, [nombre del contratante] (en adelante denominado el “Contratante”) y, por la otra, [insertar nombre del consultor] (en adelante denominado el “Consultor”).
[Nota: Si el Consultor consiste de más de una firma, el texto que precede deberá modificarse parcialmente para que diga lo siguiente: “…(en adelante denominado el “Contratante”) y, por la otra, la asociación temporal (joint venture)/consorcio o grupo formado por las siguientes empresas, cada una de las cuales serán responsables mancomunada y solidariamente responsable ante el Contratante por todas las obligaciones del Consultor bajo este contrato, a saber, [insertar nombre] y [insertar nombre] (en adelante denominadas el “Consultor”).
CONSIDERANDO
(a) Que el Contratante ha solicitado al Consultor la prestación de determinados servicios de consultoría definidos en este Contrato (en lo sucesivo denominados los “Servicios”);
b) Que el Consultor, habiendo declarado al Contratante que posee las aptitudes profesionales requeridas y que cuenta con el personal y los recursos técnicos necesarios, ha convenido en prestar los Servicios en los términos y condiciones estipulados en este Contrato;
c) Que el Contratante ha recibido [o ha solicitado] un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (en adelante denominado el “Banco”) [o un crédito de la Asociación Internacional de Fomento (en adelante denominada la “Asociación”)] para sufragar parcialmente el costo de los Servicios. El Contratante se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo [o crédito] para efectuar pagos elegibles bajo este Contrato, quedando entendido que (i) el Banco [o la Asociación] sólo efectuará pagos a pedido del Contratante y previa aprobación por el Banco [o la Asociación], (ii) dichos pagos estarán sujetos, en todos sus aspectos, a los términos y condiciones del convenio xx xxxxxxxx [o de crédito], y (iii) nadie más que el Contratante podrá tener derecho alguno en virtud del convenio xx xxxxxxxx [o de crédito] ni tendrá ningún derecho a los fondos xxx xxxxxxxx [o del crédito];
POR LO TANTO, las Partes por este medio convienen en lo siguiente:
1. Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerarán parte integral del mismo:
a) Condiciones Generales del Contrato;
b) Condiciones Especiales del Contrato;
c) Los siguientes Apéndices: [Nota: En el caso de que no se utilice alguno de los Apéndices de la lista, ello se deberá indicar con la expresión “No utilizado” junto al título del Apéndice.]
Apéndice A: Descripción de los Servicios
Apéndice B: Requisitos para la presentación de informes Apéndice C: Personal clave y Subconsultores - Horario de
Trabajo del personal clave
Apéndice D: Estimación de costos en moneda extranjera Apéndice E: Estimación de costos en moneda nacional Apéndice F: Obligaciones del Contratante
Apéndice G: Modelo de garantía por anticipo
No utilizado
2. Los derechos y obligaciones mutuos del Contratante y del Consultor serán los estipulados en el Contrato, en particular, los siguientes:
a) El Consultor prestará los Servicios de conformidad con las disposiciones del Contrato, y
b) El Contratante efectuará los pagos al Consultor de conformidad con las disposiciones del Contrato.
EN FE DE LO CUAL, las Partes han dispuesto que se firme este Contrato en sus nombres respectivos en la fecha antes consignada.
Por y en representación de [Contratante]
[Representante autorizado]
Por y en representación de [Consultor]
[Representante autorizado]
[Nota: Si el Consultor consiste en más de una firma, todas las entidades deberán figurar como signatarias, por ejemplo, de la siguiente manera:]
Por y en representación de cada Integrante del Consultor
[Integrante]
[Representante autorizado] [Integrante]
[Representante autorizado]
II. Condiciones Generales del Contrato
1. Disposiciones Generales
1.1 Definiciones A menos que el contexto exija otra cosa, cuando se utilicen en este Contrato, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación:
(a) “Ley aplicable” significa las leyes y cualesquiera otras disposiciones que tengan fuerza xx xxx en el país del Gobierno o en el país que se especifique en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y que de cuando en cuando puedan dictarse y estar en vigencia;
(b) “Banco” significa el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, Washington, DC., EE.UU.; o la Asociación Internacional de Fomento, Washington, DC., EE.UU.;
(c) “Consultor” significa cualquier entidad pública o privada que prestará los servicios al Contratante bajo el contrato;
(d) “Contrato” significa el Contrato firmado por las Partes y todos los documentos enumerados en su cláusula 1, que son estas Condiciones Generales (CGC), las Condiciones Especiales (CEC) y los Apéndices.;
(e) “Día” significa día calendario.
(f) “Fecha de entrada en vigor” significa la fecha en la que el presente Contrato entre en vigor y efecto conforme a la subcláusula 2.1 de las CGC del mismo;
(g) “Moneda extranjera” significa cualquier moneda que no sea la del país del Contratante;
(h) “CGC” significa estas Condiciones Generales del Contrato;
(i) “Gobierno” significa el gobierno del país del Contratante;
(j) “Moneda nacional” significa la moneda del país del Contratante;
(k) “Integrante” significa cualquiera de las entidades que conforman una asociación en participación o grupos (joint venture); e “Integrantes” significa todas estas firmas;
(l) “Parte” significa el Contratante o el Consultor, según el caso, y “Partes” significa el Contratante y el Consultor;
(m) “Personal” significa los empleados profesional y de apoyo contratados por el Consultor o por cualquier SubConsultor para la prestación de los Servicios o de una parte de los mismos; “Personal extranjero” significa el personal profesional y de apoyo que en el momento de ser contratados tenían su domicilio fuera del país del Gobierno; “Personal nacional” significa los empleados profesionales o de apoyo que en el momento de ser contratados tenían su domicilio en el país del Gobierno, y “Personal clave” significa el personal a que se hace referencia en la subcláusula 4.2 (a) de las CGC.
(n) “Gastos reembolsables” significa todos los gastos relacionados con el trabajo fuera de la remuneración del Consultor.
(o) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato por las cuales pueden modificarse o complementarse las CGC;
1.2 Relación entre las Partes
1.3 Ley que rige el Contrato
(p) “Servicios” significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.
(q) “Subconsultor” significa cualquier persona o firma con la que el Consultor subcontrata la prestación de una parte de los Servicios.
(r) “Tercero” significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.
(s) “Por escrito” significa cualquier medio de comunicación en forma escrita con prueba de recibo.
Ninguna estipulación del presente Contrato podrá interpretarse en el sentido de que entre el Contratante y el Consultor existe una relación de empleador y empleado o de mandante y agente. Conforme a este Contrato, el Personal y todo Subconsultor, si lo hubiere, que presten los Servicios estarán exclusivamente a cargo del Consultor, quien será plenamente responsable de los Servicios prestados por ellos o en su nombre.
Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por la ley aplicable.
1.4 Idioma Este Contrato se ha firmado en el idioma indicado en las CEC, por el que se regirán obligatoriamente todos los asuntos relacionados con el mismo o con su significado o interpretación.
1.5 Encabezamientos El contenido de este Contrato no se verá restringido, modificado o afectado por los encabezamientos.
1.6 Notificaciones 1.6.1 Cualquier notificación, solicitud o aprobación que deba o
pueda cursarse o darse en virtud de este Contrato se hará por escrito. Se considerará que se ha cursado o dado tal notificación, solicitud o aprobación cuando haya sido entregada por mano a un representante autorizado de la Parte a la que esté dirigida, o cuando se haya enviado a dicha Parte a la dirección indicada en las CEC.
1.6.2 Una Parte puede cambiar su dirección para estos avisos informando por escrito a la otra Parte sobre dicho cambio de la dirección indicada en las CEC.
1.7 Lugar donde se prestarán los Servicios
1.8 Facultades del Integrante
a cargo
1.9 Representantes autorizados
Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en el Apéndice A y cuando no esté indicado en dónde habrá de cumplirse una tarea específica, se cumplirá en el lugar que el Contratante apruebe, ya sea en el país del Gobierno o en otro lugar.
Si el Consultor es una asociación en participación o grupo formados por varias firmas, los Integrantes autorizan a la firma indicada en las CEC para que ejerza en su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones del Consultor frente al Contratante en virtud de este Contrato, inclusive y sin limitación, para recibir instrucciones y percibir pagos del Contratante.
Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Consultor deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podrán firmar en nombre de éstos cualquier documento que conforme a este Contrato deba o pueda firmarse.
1.10 Impuestos
y derechos
1.11 Registros y cuentas
El Consultor, el Subconsultor y el Personal pagarán los impuestos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la ley aplicable según se indica en las CEC.
El Consultor deberá mantener un registro exacto y sistemático de las cuentas pertinentes a los Servicios, en los que se identifique claramente todos los cargos y gastos. El Contratante se reserva el derecho de verificar, o de designar a una firma de auditores acreditada para que revise los registros del Consultor relativos a las sumas reclamadas en virtud de este Contrato, durante el período de vigencia del Contrato y cualquier prórroga del mismo, y durante los cinco (5) años siguientes.
1.12 Fraude y Corrupción
Es política del Banco exigir que todos los prestatarios (incluidos los beneficiarios de préstamos concedidos por la institución), así como los consultores que participen en proyectos financiados por el Banco, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de ejecución del contrato. A efectos del cumplimiento de esta política, el Banco:
(a) Define, para efectos de esta disposición de la siguiente manera, las expresiones que se indican a continuación:
"Práctica corrupta" significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público con respecto al proceso de selección o a la ejecución de contratos;
“Práctica fraudulenta" significa una tergiversación o supresión de los hechos con el fin de influenciar un proceso de selección o la ejecución de un contrato;
“Prácticas colusorias” significa una manipulación o arreglo entre dos o más consultores con o sin el conocimiento del Prestatario, con el fin de establecer precios a niveles artificiales no competitivos;
“Practicas coercitivas” significa hacer daño o amenazar hacer daño, directa o indirectamente, a personas o a su propiedad para influenciar su participación en un proceso de adquisición, o para afectar la ejecución de un contrato.
“Práctica obstructiva” es:
aa) Destruir, falsificar, alterar u ocultar en forma deliberada pruebas importantes respecto de su participación en un proceso de adquisición, o incidir en la investigación o formular declaraciones falsas a los investigadores con la intención de impedir sustancialmente una investigación del Banco referente a acusaciones sobre prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, y/o amenazar, acosar o intimidar a una parte con el propósito de impedir que dicha parte revele lo que sabe acerca de asuntos pertinentes a la investigación, o que lleve adelante la investigación, o la ejecución de un contrato.
bb) Toda acción con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar inspecciones y auditorías establecido en el párrafo 1.14 (e) de las normas del Banco sobre adquisiciones.
1.13 Medidas que deberán adoptarse | (b) Anulará la porción xxx xxxxxxxx asignada al contrato si determina en cualquier momento que los representantes del Prestatario o de un beneficiario xxx xxxxxxxx han participado en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas durante el proceso de selección o la ejecución de dicho contrato, y sin que el Prestatario haya adoptado medidas oportunas y apropiadas que el Banco considere satisfactorias para corregir la situación; (c) Sancionará a un Consultor, inclusive declarándolo inelegible, indefinidamente o por un período determinado, para adjudicarle un contrato financiado por el Banco si en cualquier momento determina que el Consultor ha participado directamente o a través de sus agentes, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas al competir o ejecutar un contrato financiado por el Banco; |
1.14 Comisiones y Gratificaciones | (d) Exigirá al Consultor favorecido que revele cualquier comisión o gratificación que pueda haber pagado o pagaderas a agentes, representantes, o agentes comisionistas en relación con el proceso de selección o ejecución del contrato. La información manifestada deberá incluir por lo menos el nombre y dirección del agente, representante, o agente comisionista, la cantidad y moneda, y el propósito de la comisión o gratificación. (e) Tendrá el derecho a exigir que, en la solicitud de propuestas y en los contratos financiados con un préstamo del Banco, se incluya una disposición que exija que los proveedores y contratistas deben permitir al Banco revisar las cuentas y archivos relacionados con el cumplimiento del contrato y someterlos a una verificación por auditores designados por el Banco. |
2. Inicio, cumplimiento, modificación y rescisión del Contrato
2.1 Entrada en vigor del Contrato
2.2 Rescisión del Contrato por no haber entrado en vigor
2.3 Comienzo de la prestación de los Servicios
Este Contrato entrará en vigor y tendrá efecto desde la fecha (la “fecha de entrada en vigor”) de la notificación en que el Contratante instruya al Consultor para que comience a prestar los Servicios. En dicha notificación deberá confirmarse que se han cumplido todas las condiciones para la entrada en vigor del Contrato, si las hubiera, indicadas en las CEC.
Si este Contrato no entrara en vigor dentro del plazo especificado en las CEC, contado a partir de la fecha en que haya sido firmado por las Partes, cualquiera de las Partes, mediante comunicación escrita notificará a la otra por lo menos con veintiún días de anticipación, que declara este contrato nulo y sin valor, en cuyo caso ninguna de las Partes tendrá ningún reclamo sobre la otra con respecto a dicha decisión.
El Consultor comenzará a prestar los Servicios no más tarde del número de días después de la fecha de entrada en efectividad, indicado en las CEC.
2.4 Expiración del Contrato
2.5 Totalidad del Acuerdo
2.6 Modificaciones o cambios
2.7 Fuerza mayor
A menos que se rescinda con anterioridad, conforme a lo dispuesto en la subcláusula 2.9 de estas CGC, este Contrato expirará al término del plazo especificado en las CEC, contado a partir de la fecha de entrada en vigor.
Este Contrato contiene todos los acuerdos, las estipulaciones, y las disposiciones convenidas entre las Partes. Ningún agente o representante de ninguna de las Partes tiene facultades para hacer, ni las Partes serán responsables o estarán sujetas a ninguna declaración, representación, promesa o acuerdo que no esté estipulado en el Contrato.
(a) Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios, mediante acuerdo por escrito entre las Partes. No obstante, de acuerdo con lo estipulado en la subcláusula 7.2 de estas CGC, cada una de las Partes deberá dar la debida consideración a cualquier modificación propuesta por la otra Parte.
(b) Cuando las modificaciones o los cambios sean substanciales se requiere el previo consentimiento del Banco por escrito.
2.7.1Definición (a) Para los efectos de este Contrato, “fuerza mayor” significa un
acontecimiento que escapa al control razonable de una de las Partes, no es previsible, es inevitable, y que hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa Parte resulte imposible o tan poco viable que puede considerarse razonablemente imposible en tales circunstancias. Se consideran eventos de fuerza mayor, sin que la enumeración sea exhaustiva: guerra, motines, disturbios civiles, terremoto, incendio, explosión, tormenta, inundación u otras condiciones climáticas adversas, huelgas, paros provocados por las empresas u otras acciones de carácter industrial (excepto si la Parte que invoca la fuerza mayor tiene facultades para impedir tales huelgas, cierres o acciones industriales), confiscación o cualquier otra medida adoptada por organismos gubernamentales.
(b) No se considerará fuerza mayor (i) ningún evento causado por la negligencia o intención de una de las Partes o del Subconsultor, de agentes o de empleados de esa Parte; (ii) ningún evento que una Parte diligente pudiera razonablemente haber prevenido en el momento de celebrarse este Contrato o, evitado o superado durante el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.
(c) No se considerará fuerza mayor la insuficiencia de fondos o el incumplimiento de cualquier pago requerido en virtud del presente Contrato.
2.7.2 No
violación del Contrato
El incumplimiento por una de las Partes de alguna de sus obligaciones en virtud del Contrato, no se considerará como violación del mismo ni como negligencia, cuando dicho incumplimiento se deba a un evento de fuerza mayor, y siempre
2.7.3 Medidas que deberán adoptarse
cuando la Parte afectada por tal evento haya tomado todas las precauciones razonables, puesto la debida atención y tomado medidas alternativas procedentes con el fin de cumplir con los términos y condiciones de este Contrato.
(a) La Parte afectada por un evento de fuerza mayor deberá continuar ejerciendo sus obligaciones bajo el presente contrato siempre que sea razonablemente práctico y deberá tomar todas las medidas que sean razonables para atenuar las consecuencias de un evento de fuerza mayor.
(b) La Parte afectada por un evento de fuerza mayor notificará a la otra Parte sobre dicho evento, con la mayor brevedad posible, y en todo caso a más tardar catorce (14) días después de ocurrido el suceso, y proporcionará pruebas de la naturaleza y el origen del mismo; igualmente, notificará por escrito sobre la normalización de la situación tan pronto como sea posible.
(c) El plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato se prorrogará por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de fuerza mayor.
(d) Durante el período de su incapacidad para prestar los servicios como consecuencia de un evento de fuerza mayor, el Consultor bajo instrucciones del Contratante deberá, ya sea:
(i) retirarse, en cuyo caso el Consultor será reembolsado por costos adicionales razonables y necesarios en que haya incurrido, y si así lo requiere el Contratante, en reactivar los servicios; o
(ii) continuar prestando los servicios dentro de lo posible, en cuyo caso el Consultor será remunerado de acuerdo con los términos del este contrato y reembolsado por los costos adicionales razonables y necesarios que haya incurrido.
(e) Cuando haya desacuerdo entre las Partes sobre la existencia o envergadura del evento de fuerza mayor, éste deberá ser solucionado según lo estipulado en la cláusula 8 de las CGC.
2.8 Suspensión El Contratante podrá suspender todos los pagos estipulados en este contrato mediante una notificación de suspensión por escrito al Consultor si éste no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones en virtud del mismo. En dicha notificación, el Contratante deberá (i) especificar la naturaleza del incumplimiento y (ii) solicitar al Consultor que subsane dicho incumplimiento dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de dicha notificación.
2.9 Rescisión
2.9.1 Por el
Contra- tante
2.9.2 Por el
Consultor
El Contratante podrá dar por terminado este Contrato si sucede cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (g) de esta subcláusula 2.9.1 de las CGC. En dicha circunstancia, el Contratante enviará una notificación de rescisión por escrito al Consultor por lo menos con (30) días de anticipación a la fecha de terminación, y con sesenta (60) días de anticipación en el caso referido en la subcláusula (g).
(a) Si el Consultor no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, según lo estipulado en la notificación de suspensión emitida conforme a la subcláusula 2.8 precedente de estas CGC, dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de dicha notificación, o dentro de otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito;
(b) Si el Consultor (o, en el caso de que el Consultor fuera más de una firma, o cualquiera de sus Integrantes) llegara a declararse insolvente o fuera declarado en quiebra; o celebrara algún acuerdo con sus acreedores a fin de lograr el alivio de sus deudas; o se acogiera a alguna ley que beneficia a los deudores; o entrara en liquidación o administración judicial, ya sea de carácter forzoso o voluntario;
(c) Si el Consultor no cumple cualquier resolución definitiva adoptada como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a la cláusula 8 de estas CGC;
(d) Si el Contratante determina que el Consultor ha participado en prácticas corruptas o fraudulentas durante la competencia o la ejecución del contrato.
(e) Si el Consultor presenta al Contratante una declaración falsa que afecta sustancialmente a los derechos, obligaciones o intereses del Contratante;
(f) Si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta (60) días; o
(g) Si el Contratante, a su sola discreción y por cualquier razón, decidiera rescindir este Contrato.
El Consultor podrá rescindir este contrato, mediante una notificación por escrito al Contratante con no menos de treinta (30) días de anticipación, en caso de que suceda cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (d) de esta subcláusula
2.9.2 de las CGC:
(a) Si el Contratante deja de pagar una suma debida al Consultor en virtud de este Contrato, y dicha suma no es objeto de controversia conforme a la cláusula 8 de estas CGC, dentro de cuarenta y cinco (45) días después de haber recibido la notificación escrita del Consultor con a respecto de la xxxx en el pago.
2.9.3 Cese
de los derechos y obligacion es
2.9.4 Cese de los Servicios
2.9.5 Pagos al
rescindir el Contrato
(b) Si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período no menor de sesenta (60) días.
(c) Si el Contratante no cumpliera cualquier decisión definitiva adoptada como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a la cláusula 8 de estas CGC.
(d) Si el Contratante incurriera en una violación sustancial de sus obligaciones en virtud de este Contrato y no la subsanara dentro de los cuarenta y cinco (45) días (u otro plazo mayor que el Consultor pudiera haber aceptado posteriormente por escrito) siguientes a la recepción de la notificación del Consultor respecto de dicha violación.
Al rescindirse el presente Contrato conforme a lo dispuesto en las subcláusulas 2.2 o 2.9 de estas CGC, o al expirar este Contrato conforme a lo dispuesto en la subcláusula 2.4 de estas CGC, todos los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato cesarán, a excepción de (i) los derechos y obligaciones que pudieran haberse acumulado hasta la fecha de la rescisión o de expiración, (ii) la obligación de confidencialidad estipulada en la subcláusula 3.3 de estas CGC, (iii) la obligación del Consultor de permitir la inspección, copia y auditoria de sus cuentas y registros según lo estipulado en la subcláusula 3.6 de estas CGC, y (iv) cualquier derecho que las Partes pudieran tener de conformidad con la ley aplicable.
Tras terminado este contrato por la notificación de cualquiera de una Parte a la otra, de conformidad con lo dispuesto en las subcláusulas 2.9.1 ó 2.9.2 de estas CGC, inmediatamente después del envío o de la recepción de dicha notificación, el Consultor suspenderá los Servicios rápida y ordenadamente, y procurará que los gastos para este propósito sean mínimos. Respecto de los documentos preparados por el Consultor y de los equipos y materiales suministrados por el Contratante, el Consultor procederá conforme a lo estipulado en las subcláusulas 3.9 ó 3.10 de las CGC, respectivamente.
Al rescindirse este Contrato conforme a lo estipulado en las subcláusulas 2.9.1 ó 2.9.2 de estas CGC, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Consultor:
a) Las remuneraciones en virtud de la cláusula 6 de estas CGC por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la rescisión y los gastos reembolsables en virtud de la cláusula 6 de estas CGC y otros gastos realmente incurridos antes de la fecha de entrada en vigor la rescisión; y
b) Salvo en el caso de rescisión conforme a los párrafos (a) a (d) de la subcláusula 2.9.1 de estas CGC, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la rescisión rápida y ordenada del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso del Personal y de sus familiares dependientes elegibles.
2.9.6 Controver-
sias acerca de la rescisión del Contrato
Si cualquiera de las Partes pusiera en duda la ocurrencia de alguno de los eventos indicados en los párrafos (a) a (f) de la subcláusula 2.9.1 o en la subcláusula 2.9.2 de estas CGC, dicha Parte, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la recepción de la notificación de rescisión emitida por la otra Parte, podrá someter la controversia a arbitraje conforme a lo estipulado en la cláusula 8 de estas CGC. Este Contrato no podrá rescindirse a causa de tal evento, excepto de conformidad con los términos xxx xxxxx arbitral que se emita.
3. Obligaciones del Consultor
3.1 Generalidades
3.1.1 Calidad de los Servicios
El Consultor prestará los Servicios y cumplirá con sus obligaciones en virtud del presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con normas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración prudentes y empleará tecnología apropiada y equipos, maquinaria, materiales y métodos eficaces y seguros. El Consultor actuará siempre como asesor xxxx del Contratante en todos los asuntos relacionados con este Contrato o con los Servicios, y siempre deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante en todas sus negociaciones con Subconsultores o con terceros.
3.1.2 Ley que rige los Servicios
El Consultor prestará los Servicios de acuerdo a la ley aplicable y tomará todas las medidas posibles para asegurar que tanto los Subconsultores, como el Personal del Consultor y el de cualquier Subconsultor, cumplan con la ley aplicable. El Contratante informará por escrito al Consultor sobre los usos y costumbres relevantes del lugar, y el Consultor, una vez notificado, deberá respetarlos.
3.2 Conflicto de intereses
Los Consultores deben otorgar máxima importancia a los intereses del contratante, sin consideración alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su firma.
3.2.1 Prohibición al
Consultor de aceptar comisiones, descuentos, etc.
(a) La remuneración del Consultor en virtud de la Cláusula 6 de estas CGC constituirá el único pago en conexión con este contrato y sujeto a lo dispuesto la subcláusula 3.2.2 de las mismas, el Consultor no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades estipuladas en este Contrato, o en el cumplimiento de sus obligaciones; además, el Consultor hará todo lo posible por prevenir que ningún Subconsultor, ni el Personal ni los agentes del Consultor o del Subconsultor, reciban alguno de dichos pagos adicionales.
(b) Además, si el Consultor como parte de sus servicios tiene la responsabilidad de asesorar al Contratante en materia de adquisición de bienes, contratación de obras o prestación de servicios, el Consultor deberá cumplir con las normas de adquisiciones del Banco que correspondan, y en todo momento deberá ejercer responsabilidad en beneficio de los intereses del
3.2.2 Prohibición al
Consultor y a sus filiales de participar en ciertas actividades
3.2.3 Prohibición
de desarrollar actividades conflictivas
Contratante. Cualquier descuento o comisión que obtenga el Consultor en el ejercicio de esa responsabilidad en las adquisiciones deberá ser en beneficio del Contratante.
El Consultor conviene en que, tanto durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni el Consultor ni ninguna de sus filiales como tampoco ningún Subconsultor ni ninguna filial del mismo, podrá suministrar bienes, construir obras o prestar servicios (distintos de Servicios de consultoría) como resultado de o directamente relacionado con los servicios del Consultor para la preparación o ejecución del proyecto.
El Consultor no podrá participar, ni podrá hacer que su personal ni sus Subconsultores o su personal participen, directa o indirectamente en cualquier negocio o actividad profesional que entre en conflicto con las actividades asignadas a ellos bajo este contrato.
3.3 Confidencialidad El Consultor y su Personal, excepto previo consentimiento por escrito del Contratante, no podrán revelar en ningún momento a cualquier persona o entidad ninguna información confidencial adquirida en el curso de la prestación de los servicios; ni el Consultor ni su personal podrán publicar las recomendaciones formuladas en el curso de, o como resultado de la prestación de los servicios.
3.4 Responsabilidad del Consultor
3.5 Seguros que deberá contratar el Consultor
3.6 Contabilidad, inspección y auditoria
3.7 Acciones del Consultor que requieren la aprobación previa del Contratante
Sujeto a disposiciones adicionales establecidas en las CEC, si las hay, la responsabilidad de los consultores bajo este contrato será regida por la ley aplicable.
El Consultor (a) contratará y mantendrá, y hará que todos los Subconsultores contraten y mantengan seguros contra los riesgos y por las coberturas que se indican en las CEC, y en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, con sus propios recursos (o los del Subconsultor, según el caso); y (ii) a petición del Contratante, presentará evidencia que demuestre que dichos seguros han sido contratados y son mantenidos y que las primas vigentes han sido pagadas.
El Consultor (i) mantendrá cuentas y registros precisos y sistemáticos de acuerdo con principios contables aceptados internacionalmente, en tal forma y detalle que identifique claramente todos los costos y cargos por unidad de tiempo pertinentes, y el fundamento de los mismos; y (ii) periódicamente permitirá que el Contratante, o su representante designado y/o el Banco, hasta dos años después de la expiración o la rescisión de este Contrato, los inspeccione, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los auditores nombrados por el Contratante o el Banco si así lo exigiera el Contratante o el Banco según sea el caso.
El Consultor deberá obtener por escrito aprobación previa del Contratante antes de tomar cualquiera de las siguientes acciones:
(a) cualquier cambio o nombramiento al personal detallado en el Apéndice C,
(b) Subcontratos: El Consultor podrá subcontratar trabajo relacionado a la prestación de los servicios hasta cierto punto y con los expertos y entidades que hayan sido previamente aprobados por el Contratante. A pesar de dicha aprobación, el Consultor tiene la responsabilidad total por la prestación de los servicios. En el caso que el Contratante considere a un Subconsultor incompetente o incapaz de desempeñar las tareas asignadas, el Contratante podrá solicitar al Consultor que nombre un reemplazo con calificaciones y experiencia aceptables al Contratante o que resuma la prestación de los servicios él mismo.
(c) cualquier otra acción que pueda estar estipulada en las CEC.
3.8 Obligación de presentar informes
3.9 Propiedad del Contratante de los documentos preparados por el Consultor
3.10 Equipo, vehículos y materiales suministrados por el Contratante
3.11 Equipo y materiales suministrados por los consultores
(a) El Consultor presentará al Contratante los informes y documentos que se especifican en el Apéndice B, en la forma, la cantidad y dentro de los plazo establecidos en dicho apéndice.
(b) Los informes finales deberán presentarse en disco compacto (CD ROM) además de las copias impresas indicadas en el apéndice.
Todos los planos, dibujos, especificaciones, diseños, informes otros documentos y programas de computación preparados por el Consultor para el Contratante en virtud de este Contrato, pasarán a ser de propiedad del Contratante, y el Consultor entregará al Contratante dichos documentos junto con un inventario detallado, a más tardar en la fecha de expiración del Contrato. El Consultor podrá conservar una copia de dichos documentos y de los programas de computación y utilizar dichos programas para su propio uso con la aprobación previa del Contratante. Si fuera necesario o apropiado establecer acuerdos de licencias entre el Consultor y terceros para fomentar cualquiera de esos programas, el Consultor deberá obtener del Contratante previamente y por escrito aprobación a dichos acuerdos, y el contratante, a su discreción, tendrá derecho de exigir gastos de recuperación relacionados con el desarrollo del programa en cuestión. Cualquier restricción acerca del futuro uso de dichos documentos y programas de computación se indicará en las CEC.
Los equipos, vehículos y materiales que el Contratante facilite al Consultor, o que éste compre con fondos suministrados total o parcialmente por el Contratante, serán de propiedad de este último y deberán marcarse como corresponda. Al término o expiración de este Contrato, el Consultor entregará al Contratante un inventario de dichos equipos, vehículos y materiales, y dispondrá de los mismos de acuerdo con las instrucciones del Contratante. Durante el tiempo en que los mencionados equipos y materiales estén en posesión del Consultor, éste los asegurará, con cargo al Contratante, por una suma equivalente al total del valor de reposición, salvo que el Contratante imparta instrucciones contrarias por escrito.
El equipo o materiales introducidos en el país del Gobierno por el Consultor o el personal ya sea para uso del proyecto o uso personal, serán propiedad del Consultor o del personal según corresponda.
4. Personal del Consultor y Subconsultores
4.1 Generalidades El Consultor contratará y asignará Personal y Subconsultores con el nivel de competencia y experiencia necesarias para prestar los Servicios.
4.2 Descripción del Personal
4.3 Aprobación del Personal
4.4 Horas laborables y extraordinarias, licencias, etc.
(a) En el Apéndice C se describen los cargos, funciones convenidas y calificaciones mínimas individuales de todo el Personal clave del Consultor, así como el tiempo estimado durante el que prestarán los Servicios. Si el Contratante ya hubiera aprobado la inclusión de algún integrante del Personal clave, también figurará el nombre de dicha persona.
(b) Si a fin de cumplir con las disposiciones de la subcláusula 3.1.1 de estas CGC fuera necesario ajustar los períodos estimados de contratación del Personal clave que figuran en el Apéndice C, el Consultor podrá hacerlo notificando dicha circunstancia por escrito al Contratante. Se deberá tener en cuenta (i) que dichos ajustes no modifiquen el período originalmente estimado de contratación de cualquier persona en más de un 10% o en una semana, según el que resulte mayor; y (ii) que el total de dichos ajustes no supere el límite máximo del total de pagos que deban efectuarse en virtud de este Contrato establecido en la subcláusula 6.1 b) de las CGC de este Contrato. Cualquier otro ajuste de esa naturaleza sólo podrá hacerse con el consentimiento por escrito del Contratante.
(c) Si se requirieran otros trabajos adicionales no comprendidos en el alcance de los Servicios especificados en el Apéndice A, se podrán extender los períodos estimados de contratación del Personal clave que figuran en el Apéndice C mediante acuerdo por escrito entre el Contratante y el Consultor. Cuando los pagos bajo este contrato superen los techos establecidos en la cláusula 6.1(b) de las CGC, ello deberá mencionarse explícitamente en el acuerdo.
El Contratante, en virtud de este Contrato, aprueba la nómina del Personal clave y los Subconsultores enumerados por cargo y por nombre en el Apéndice C. Con respecto a otro Personal que el Consultor se proponga utilizar en la prestación de los Servicios, el Consultor presentará al Contratante una copia de los datos personales para su examen y aprobación. Si el Contratante no expresa objeciones por escrito (expresando los motivos de la objeción) dentro de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recepción de dichos datos personales se considerará que el mencionado Personal ha sido aceptado por el Contratante.
a) Las horas laborables y los feriados que tendrá el Personal clave se indican en el Apéndice C adjunto. A fin de tomar en cuenta el tiempo de viaje, se considerará que el Personal extranjero que preste los Servicios dentro del país del Gobierno ha iniciado, o terminado, sus funciones en relación con los mismos el número de días antes de su llegada al país del Gobierno o después de su salida del mismo establecido en dicho Apéndice C.
b) Salvo lo establecido en el Apéndice C, el Personal clave no tendrá derecho a cobrar horas extraordinarias ni a tomar licencia pagada por enfermedad o por vacaciones, y excepto según lo estipulado en el apéndice C, la remuneración del Consultor considera cubiertos estos rubros. Todas las licencias permitidas al Personal están incluidas en los meses-personal de servicio establecidas en el Apéndice C. Cualquier uso de licencia por el Personal estará sujeto a la aprobación previa del Consultor, quien se cerciorará de que dichas ausencias no causen demoras en la marcha y en la adecuada supervisión de los Servicios.
4.5 Remoción y/o sustitución del Personal
(a) Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuarán cambios en la composición del personal clave. Si por cualquier motivo fuera del alcance del Consultor, como jubilación, muerte, incapacidad médica, entre otros, fuere necesario sustituir a algún integrante del Personal, el Consultor lo reemplazará por otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada.
(b) Si el Contratante descubre que cualquier integrante del personal: (i) ha cometido un acto serio inaceptable o ha sido acusado de haber cometido un acto criminal, o (ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeño de cualquier integrante del Personal, el Consultor, a petición por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, deberá reemplazarlo por otra persona cuyas calificaciones y experiencia sean aceptables para el Contratante.
c) Cualquiera de las personas nombradas como reemplazo bajo las cláusulas (a) y (b) arriba, así como cualquier gasto reembolsable (incluyendo gastos ocasionados por el número de familiares a cargo elegibles) que los consultores quisieran reclamar como resultado de dicha sustitución, estarán sujetos a la aprobación previa escrita del Contratante. La tasa de remuneración aplicable a la persona de reemplazo se obtendrá al multiplicar la tasa de remuneración aplicable a la persona reemplazada por la relación entre el salario mensual a pagar a la persona de reemplazo y el salario promedio efectivamente pagado a la persona reemplazada durante los seis meses anteriores a la fecha del reemplazo. Salvo que el Contratante acuerde otra cosa, (i) el Consultor sufragará todos los gastos adicionales de viaje y otros costos incidentales originados por la remoción o reemplazo y (ii) no podrá pagarse a ningún reemplazante una remuneración superior a la que hubiera correspondido a la persona reemplazada.
4.6 Administrador residente del Proyecto
Si así se exige en las CEC, el Consultor se asegurará que durante todo el tiempo de la prestación de los Servicios en el país del Gobierno un administrador residente aceptable para el Contratante esté a cargo del desempeño de dichos servicios.
5. Obligaciones del Contratante
5.1 Colaboración y exenciones
Salvo que en las CEC se especifique otra cosa, el Contratante hará todo lo posible a fin de lograr que el Gobierno:
(a) Otorgue al Consultor, el Subconsultor y el Personal los permisos de trabajo y demás documentos necesarios para poder prestar los Servicios;
(b) Facilitar prontamente al personal y si corresponde, a sus familiares a cargo elegibles, la provisión de visas de entrada y salida, permisos de residencia, autorizaciones de cambio de moneda y otros documentos requeridos para su permanencia en el país del Gobierno;
(c) Facilite el pronto despacho de aduana de todos los bienes que requeridos para prestar los Servicios y de los efectos personales del Personal y de sus familiares a cargo elegibles;
(d) Imparta a los funcionarios, agentes y representantes del Gobierno todas las instrucciones que sean necesarias o pertinentes para la pronta y eficaz ejecución de los Servicios;
(e) Exima al Consultor, al Personal y a todo Subconsultor empleado por el Consultor para los fines de los Servicios de cualquier requisito de
5.2 Acceso al
territorio nacional
5.3 Modificación de la ley aplicable a los impuestos y derechos
5.4 Servicios,
instalaciones y bienes del Contratante
registro o de obtención de un permiso para poder ejercer la profesión o para establecerse en forma independiente o como entidad corporativa de acuerdo con la ley aplicable;
(f) Autorice, conforme a la ley aplicable, al Consultor, los Subconsultores y al Personal de cualquiera de ellos el privilegio, de acuerdo a la ley aplicable, de ingresar al país del Gobierno sumas razonables de moneda extranjera para los fines de los Servicios o para gastos personales del Personal y de sus familiares a cargo, así como a retirar de dicho país las sumas que el Personal pueda haber ganado allí por la prestación de los Servicios.
(g) Proporcione al Consultor, al Subconsultor y al Personal cualquier otra asistencia que se especifique en las CEC.
El Contratante garantiza que el Consultor tendrá acceso libre y gratuito a todo el territorio del país del Gobierno cuando así lo requiera la prestación de los Servicios. El Contratante será responsable de los daños que el mencionado acceso pueda ocasionar a dicho territorio o a cualquier bien del mismo, y liberará de responsabilidad por dichos daños al Consultor y a todos los integrantes del Personal, a menos que esos daños sean causados por el incumplimiento de las obligaciones o por negligencia del Consultor, o de cualquier Subconsultor o del Personal de cualquiera de ellos.
Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la ley aplicable en relación con los impuestos y los derechos que resultara en el aumento o la reducción de los gastos en que incurra el Consultor en la prestación de los Servicios, entonces la remuneración y los gastos reembolsables pagaderos al Consultor en virtud de este contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos estipulados en la subcláusula 6.1 (b) de estas CGC.
(a) El Contratante facilitará al Consultor y al Personal, para los fines de los Servicios y libres de todo cargo, los servicios, instalaciones y bienes indicados en el Apéndice F, en el momento y en las formas allí especificadas.
(b) En caso de que dichos servicios, instalaciones y bienes no estuvieran disponibles al Consultor como y cuando se especifica en el Apéndice F, las Partes convendrán en (i) una prórroga del plazo que sea apropiado conceder al Consultor para proporcionar los Servicios, (ii) la forma en que el Consultor habrá de obtener dichos Servicios, instalaciones y bienes de otras fuentes, y (iii) si corresponde, los pagos adicionales que en consecuencia deban efectuarse al Consultor de conformidad con la subcláusula 6.1(c) de estas CGC.
5.5 Pagos En consideración de los Servicios prestados por el Consultor en virtud de este Contrato, el Contratante hará los pagos estipulados en la cláusula 6 de estas CGC y en la forma allí indicada.
5.6 Personal de contrapartida
(a) El Contratante facilitará al Consultor, libre de todo cargo, el personal profesional y de apoyo de contrapartida, seleccionado por el Contratante con el asesoramiento del Consultor, si así se dispone en el Apéndice F de este Contrato.
(b) Si el Contratante no facilitara al Consultor personal de contrapartida en el momento y en la forma estipulados en el Apéndice F, el Contratante y el Consultor convendrán en (i) la forma en que se cumplirá con la parte afectada de los Servicios y (ii) si corresponde, los pagos adicionales que en consecuencia deba efectuar el Contratante al Consultor de conformidad con la subcláusula 6.1 (c) de estas CGC.
(c) El personal profesional y de apoyo de contrapartida, excepto el personal de enlace del Contratante, trabajará bajo la dirección exclusiva del Consultor. En caso de que cualquier integrante del personal de contrapartida no cumpliera satisfactoriamente el trabajo inherente a sus funciones que le hubiera asignado el Consultor, éste podrá pedir su reemplazo, y el Contratante no podrá negarse sin razón a tomar las medidas pertinentes frente a tal petición.
6. Pagos al Consultor
6.1 Estimación de costos; monto máximo
6.2 Remuneraciones y gastos reembolsables
(a) En el Apéndice D figura una estimación del costo de los Servicios pagaderos en moneda extranjera. En el Apéndice E figura una estimación del costo de los Servicios pagaderos en moneda nacional.
(b) A menos que se haya acordado lo contrario en la subcláusula 2.6 de estas CGC y con sujeción a la subcláusula 6.1 (c) de las mismas, el monto de los pagos que deban efectuarse en virtud de este Contrato no superará el monto máximo en moneda extranjera y en moneda nacional que figura en las CEC.
(c) No obstante lo dispuesto en la subcláusula 6.1 (b) de estas CGC, cuando las Partes convengan, conforme a las subcláusulas 5.3, 5.4 o
5.6 de las mismas, en que se harán pagos adicionales al Consultor en moneda nacional y/o extranjera, según el caso, para cubrir cualquier gasto adicional necesario que no se hubiera contemplado en las estimaciones de costos mencionadas en la subcláusula 6.1 (a) de estas CGC, se elevará el monto máximo o los montos máximos establecidos en la subcláusula 6.1 (b) precedente en la suma o las sumas, a que asciendan los mencionados pagos adicionales, según corresponda.
(a) Con sujeción a los montos máximos establecidos en la subcláusula
6.1 (b) de estas CGC, el Contratante pagará al Consultor (i) la remuneración estipulada en la subcláusula 6.2 (b) de estas CGC, y (ii) los gastos reembolsables establecidos en la subcláusula 6.2 (c) de las mismas. Si así se indica en las CEC, dicha remuneración será fija por la duración del contrato.
(b) La remuneración del Personal se determinará según el tiempo efectivamente utilizado por éste en la prestación de los Servicios a partir de la fecha establecida conforme a la subcláusula 2.3 de las CGC y la subcláusula 2.3 de las CEC (u otra fecha que las Partes acordarán por escrito), por las tarifas especificados en la Cláusula 6.2(b), y con sujeción a ajustes de precios, si los hubiera, especificados en la cláusula 6.2(a) de las CEC.
(c) Los gastos reembolsables en que haya incurrido efectiva y razonablemente el Consultor durante la prestación de los Servicios, especificados en la subcláusula 6.2 (c)
(d) Las tarifas de remuneración bajo el párrafo (b) anterior cubrirán: (i) los salarios y prestaciones que el Consultor haya acordado pagar al personal así como los rubros por cargas sociales y gastos generales (bonos y otros medios de participación de beneficios no será permitido como un elemento de gastos generales), (ii) el costo de servicios de apoyo por personal de la oficina sede no incluidos en el personal enumerado en el Apéndice C, y (iii) los honorarios del consultor.
(e) Las tarifas especificadas para personal que todavía ha sido nombrado serán provisionales y supeditas a revisión, una vez que los salarios correspondientes y las prestaciones estén establecidas, con la aprobación escrita del Contratante.
(f) Los pagos por períodos inferiores a un mes serán calculados sobre la base de horas por el tiempo realmente trabajado en la oficina sede del Consultor y directamente atribuible a los Servicios (una hora siendo el equivalente a 1/176 de un mes) y sobre la base de día calendario por el tiempo fuera de la oficina sede (un día siendo el equivalente de 1/30 de un mes).
6.3 Moneda de Pago Los pagos en moneda extranjera se harán en la moneda o monedas indicadas como moneda extranjera en las CEC, y los pagos en moneda nacional se harán en la moneda del Gobierno.
6.4 Modalidad de facturación y pago
Las facturaciones y los pagos con respecto a los Servicios se realizarán de la siguiente manera:
(a) Dentro del número de días después de la fecha de entrada en vigor del contrato especificada en las CEC el Contratante dispondrá el pago anticipado en moneda extrajera y en moneda nacional al Consultor según lo indicado en las CEC. Cuando las CEC indican pago de anticipo éste será abonable una vez que el Consultor haya suministrado al Contratante una garantía otorgada por un banco satisfactorio para el Contratante, por un monto (o montos) y en la moneda (o monedas) indicada en las CEC. Dicha garantía (i) permanecerá en vigencia hasta que el anticipo haya sido compensado totalmente en la forma indicada en las CEC, y (ii) se presentará en el formulario adjunto en el Apéndice H, o en otro que el Contratante hubiera aprobado por escrito. El Contratante recuperará el pago del anticipo en cuotas iguales contra las facturas por el número de meses de los servicios especificados en las CEC hasta que dichos pagos por anticipo hayan sido totalmente recuperados.
(b) Tan pronto como sea prácticamente posible y a más tardar quince (15) días después del fin de cada mes calendario durante el período de los Servicios, o después de terminar cada intervalo si se ha indicado en las CEC, el Consultor entregará al Contratante, por duplicado, cuentas detalladas acompañadas de copias de facturas, comprobantes y demás documentos apropiados que respalden las sumas pagaderas en ese mes u otro período indicado en las CEC, de conformidad con las subcláusulas 6.3 y 6.4 de las CGC. Se deberán presentar cuentas separados para las cantidades pagaderas en moneda extranjera y en moneda nacional. En cada cuenta se deberá hacer distinción entre la porción de los gastos elegibles correspondientes a remuneraciones y los que se refieren a gastos reembolsables.
(c) El Contratante procesará el pago de las declaraciones de gastos mensuales del Consultor dentro de los sesenta (60) días siguientes a la recepción de las mismas y de los documentos probatorios. Sólo se podrá retener el pago de las porciones de las declaraciones de gastos mensuales que no estén satisfactoriamente sustentadas. En caso de haber alguna discrepancia entre lo pagado efectivamente por el Consultor y los gastos que éste estaba autorizado a realizar, el Contratante podrá hacer el ajuste por la diferencia en cualquier pago posterior. Se deberán pagar intereses, a la tasa anual indicada en las CEC, desde la fecha de vencimiento antes mencionada, sobre cualquier monto adeudado pero no pagado en dicha fecha de vencimiento.
(d) El pago final dispuesto en esta cláusula sólo se efectuará solamente después de que el Consultor presente el informe final y una declaración de gastos final e identificados como tal, y sean aprobados
y considerados satisfactorios por el Contratante. Se considerará que todos los Servicios han sido completados y aceptados en forma definitiva por el Contratante y que el informe y la declaración de gastos finales han sido aprobados y considerados satisfactorios por el Contratante noventa (90) días calendario después de que el Contratante haya recibido el informe y la declaración de gastos finales, a menos que, dentro del mencionado período de noventa (90) días, el Contratante comunique por escrito al Consultor y especifique en detalle las deficiencias halladas en los Servicios, en el informe final o en la declaración de gastos final. En ese caso, el Consultor efectuará con prontitud las correcciones necesarias, después de lo cual se repetirá el procedimiento antes indicado. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de una notificación al respecto el Consultor reembolsará al Contratante cualquier suma que el Contratante haya pagado, u ordenado pagar de conformidad con esta cláusula, en exceso de los montos que debían pagarse de acuerdo con las disposiciones de este Contrato. El Contratante deberá efectuar dicha solicitud de reembolso dentro de los doce (12) meses calendario siguiente a la recepción del informe y la declaración de gastos finales que él hubiera aprobado de conformidad con lo expuesto anteriormente.
(e) Todos los pagos a efectuarse en virtud de este Contrato se depositarán en la cuenta del Consultor especificada en las CEC.
(f) Los pagos por remuneración o gastos reembolsables que excedan el costo estimado para estos rubros según se establece en los Apéndices D y E deberán ser cargados a las respectivas contingencias establecidas para monedas extranjera y local solamente si dichos gastos fueron aprobados por el Contratante antes de ser incurridos.
(g) Excepto por el pago final bajo la subcláusula (d) anterior, los pagos no constituyen aceptación de los servicios ni eximen al Consultor de ninguna de sus obligaciones en virtud de este contrato.
7. Equidad y buena fe
7.1 Buena fe Las Partes se comprometen a actuar de buena fe en cuanto a los derechos de ambas partes en virtud de este Contrato y a adoptar todas las medidas razonables para asegurar el cumplimiento de los objetivos del mismo.
8. Solución de controversias
8.1 Solución
amigable
8.2 Solución de controversias
Si cualquiera de las Partes objeta a una acción o falta de acción de la otra Parte, la Parte que objeta puede presentar por escrito una Notificación de Controversia a la otra Parte indicando en detalle la base de la controversia. La parte que recibe la Notificación de Controversia la considerará y responderá dentro de catorce (14) días a partir de la fecha que la recibió. Si esa Parte no responde dentro de los catorce (14) días, o la controversia no puede ser resuelta amigablemente dentro de los 14 días siguientes a la respuesta esa Parte, aplicará la Cláusula 8.2 de las CEC.
Toda controversia entre las Partes relativa a cuestiones que surjan en virtud de este Contrato que no haya podido solucionarse en forma amigable de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 8.1 de las CGC pueden ser presentadas por cualquiera de las partes para su solución conforme a lo dispuesto en las CEC.
III. Condiciones Especiales del Contrato
[Las notas en corchetes [] son opcionales; todas las notas deberán ser eliminadas en el texto final]
Número de cláusula de las CEC
Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato
{1.1 (a)} “Ley aplicable” significa las leyes y cualquiera otra disposición que tenga fuerza xx Xxx en Perú y que de cuando en cuando puedan dictarse y estar vigentes.
1.3 El idioma es el Español.
1.4 Las direcciones son:
Contratante:
Facsímile:
Consultor:
Atención:
Facsímile:
{1.6}
1.7 Los representantes autorizados son:
En el caso del Contratante: En el caso del Consultor:
1.8 El Consultor, el Subconsultor y el Personal pagarán los impuestos indirectos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la ley aplicable.
{2.1} La entrada en vigor del contrato es a partir de la fecha en que sea firmado por ambas partes.
2.2 La prestación de los servicios comenzará a contarse a partir de la fecha en que el GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS notifique el inicio de sus actividades.
2.3 El plazo será de …. días calendario.
3.4 Los riesgos y las coberturas serán las siguientes:
(a) Seguro de responsabilidad civil hacia terceros respecto de los vehículos motorizados utilizados por el Consultor, o por el Personal de cualquiera de ellos en el país del Gobierno, con una cobertura mínima equivalente al valor comercial de cada vehiculo.
(b) Seguro de responsabilidad civil profesional, con una cobertura mínima equivalente al precio del presente contrato
(c) Seguro de responsabilidad de empleador y seguro de compensación contra accidentes del Personal del Consultor, de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la ley aplicable, así como los seguros de vida, de salud, de accidentes, de viajes u otros que sean apropiados para el Personal mencionado.
{3.5 (c)} El Consultor no podrá utilizar estos documentos ni programas de computación (software) para fines ajenos a este Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Contratante.
6.2 (a) El monto máximo en moneda extranjera es de: NO APLICABLE
6.2 (b) El monto máximo en moneda nacional es de: S/………………….
(………………………………..Y …./100 NUEVOS SOLES)
6.4 (a) Los pagos se efectuaran a la aprobación de los informes de acuerdo a las metas o actividades terminadas satisfactoriamente, valorizándose según lo establecido en los Términos de Referencia Generales, así como en los plazos establecidos en los Términos de Referencia Específicos.
El Consultor podrá solicitar hasta un 20% del monto del contrato como adelanto, previa presentación de un plan de utilización del adelanto, el cual se hará efectivo previa entrega al contratante de una garantía bancaria por el monto solicitado, con un periodo de vigencia de cuatro meses
Amortización del Adelanto.- Será amortizado proporcionalmente, de cada uno de los pagos que se efectúen por la aprobación de informes. La garantía bancaria podrá ser reducida de acuerdo a los saldos pendientes de amortizar del adelanto.
6.5 El pago deberá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a la recepción de la factura y de la documentación pertinente que se indica en la subcláusula 6.4 y dentro de los 45 días en el caso del pago final.
8.2 Las controversias deberán solucionarse mediante arbitraje de conformidad con las siguientes estipulaciones:
CONVENIO ARBITRAL PARA ARBITRAJES AD HOC1
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado y en la Ley General de Arbitraje.
Sin perjuicio de lo anterior y de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, se establece que el arbitraje no resulta aplicable a las controversias surgidas en la ejecución mayores prestaciones de servicios de consultoría, respecto de las cuales la Contraloría General, ejerce el control previo, debiendo dichas materias ser resueltas de acuerdo a los procedimientos establecidos por la normativa. Tampoco son arbitrables las controversias derivadas de otras fuentes de obligaciones distintas al presente contrato.
El Arbitraje se desarrollará en la ciudad xx Xxxxxxxx, debiendo iniciarse dentro de los plazos de caducidad establecidos en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado vigente. Será resuelto por Tribunal Arbitral Colegiado, compuesto por tres árbitros. Cada parte podrá designar a un árbitro y ambas partes designarán de común acuerdo al tercer árbitro, quien presidirá el Tribunal.
Las designaciones de árbitro en defecto de las partes o de los árbitros designados por estas, estarán a cargo de OSCE. Asimismo, las recusaciones que se formulen contra los árbitros serán resueltas por el OSCE, sujetándose el procedimiento a lo dispuesto por la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.
El laudo es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. En consecuencia, solo procede interponer, cuando corresponda, el recurso de anulación por las causales previstas en la Ley General de Arbitraje, dejando claramente establecido que no se requiere de la presentación de la garantía establecida en el artículo 72 inciso 4 de la Ley General de Arbitraje.
Cuando se interponga el recurso de anulación contra el Laudo Arbitral, la parte que lo haya hecho deberá cumplir con comunicar y acreditar ante el Tribunal Arbitral la interposición de dicho recurso dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de vencido el plazo que corresponda. En caso contrario, el Tribunal Arbitral a pedido de la otra parte, podrá declarar el laudo consentido y ejecutoriado.
Los costos del arbitraje referidos a los honorarios de los árbitros y los del secretario arbitral y/o gastos administrativos, serán fijados por los propios árbitros, pero no podrán ser mayores a los establecidos en la Tabla de Aranceles del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje de OSCE.
1 El arbitraje ad hoc es aquel en el que son las propias partes las que regulan el arbitraje y, en su defecto, los árbitros.
IV. Apéndices
Apéndice A – Descripción de los servicios
Nota: Proporcione descripciones detalladas de los servicios a prestar, fechas de conclusión de varias tareas, lugar de ejecución para diferentes tareas, tareas específicas a ser aprobadas por el contratante, etc.
Apéndice B - Requisitos para la presentación de informes
Nota: Indicar el formato, frecuencia y contenido de los informes; las personas que deberán recibirlos; las fechas para su presentación; etc.
Apéndice C
Personal clave – Xxxxxxx de trabajo del personal clave
Nota: Indicar aquí:
C-1 Cargos [y nombres, si ya se conocen], una descripción detallada de funciones y las calificaciones mínimas del Personal clave extranjero que se ha de asignar para trabajar en el país del Gobierno, así como los meses-personal para cada persona.
C-2 La misma información de C-1 correspondiente al personal clave que se ha de asignar para trabajar fuera del país del contratante.
C-3 Lista de Subconsultores aprobados (si ya se conocen); la misma información correspondiente al Personal de dichos Subconsultores como en C-1 o C-2.
C-4 La misma información para personal clave nacional como en C1.
Apéndice D
Desglose del precio del contrato en moneda extranjera No Aplicable
Nota: Indicar aquí los elementos de costo utilizados para llegar a la porción del precio de la suma global en moneda extranjera:
1. Tarifas mensuales del Personal extranjero (Personal clave y de otra índole)
2. Gastos reembolsables.
Este apéndice se utilizará exclusivamente para determinar la remuneración de servicios adicionales.
Apéndice E
Desglose del precio del contrato en moneda nacional
Nota: Indicar aquí los elementos de costo utilizados para llegar a la porción del precio en moneda nacional:
1. Tarifas mensuales del Personal nacional (Personal clave y de otra índole)
2. Gastos reembolsables.
Este apéndice se utilizará exclusivamente para determinar la remuneración de servicios adicionales.
Apéndice F
Servicios e Instalaciones proporcionadas por el Contratante
Nota: Detallar aquí los servicios e instalaciones que el Contratante deberá proporcionar al Consultor.
Apéndice G
Formulario de garantía bancaria por anticipo
Nota: Véase la cláusula 6.4(a) de las CGC y 6.4(a) de las CEC.
Garantía bancaria por anticipo
[Nombre del banco o institución financiera, y dirección
de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 0000 Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxxx
Fecha:
GARANTIA POR PAGO DE ANTICIPO No.:
Se nos ha informado que [nombre de la firma consultora] (en adelante denominado “los Consultores”) ha celebrado el contrato No. [número de referencia del contrato] de fecha
con ustedes, para elaborar la SUPERVISIÓN DE LA OBRA DE REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PUENTE 24 DE JULIO – XXXXX – OCALLI, TRAMO II:
PORTACHUELO – CAMPORREDONDO,(en adelante denominado “el Contrato”).
Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se deberá hacer un
pago de anticipo por la suma de
palabras] contra una garantía por anticipo.
[cifra en números] ( )[cifra en
A solicitud de los Consultores, nosotros [nombre del Banco] por medio de la presente garantía nos obligamos irrevocablemente a pagarles a usted una suma o sumas, que no excedan la suma total de [cifra en números] ( ) [cifra en palabras]1 contra su primera solicitud por escrito, acompañada de una declaración escrita, manifestando que los Consultores están en violación de sus obligaciones en virtud del contrato porque los consultores han utilizado el pago de anticipo por otros fines que los estipulados para la prestación de los servicios bajo el contrato.
Para hacer cualquier reclamo y pago bajo esta garantía es una condición, que el referido pago mencionado arriba deber haber sido recibido por los Consultores en su cuenta número
en [nombre y dirección del Banco].
El monto máximo de esta garantía será reducido progresivamente por el monto del pago por anticipo devuelto por los consultores según se indica en las copias de pagos mensuales certificados que nos deberán presentar. Esta garantía expirará, a más tardar, tan pronto recibamos certificación del pago mensual indicando que los consultores han devuelto totalmente la cantidad del anticipo, o el día de , 2 2, lo que sea primero. Consecuentemente, debemos recibir en esta oficina cualquier reclamo de pago bajo esta garantía en o antes de esa fecha.
Esta garantía está sujeta a los Reglamentos Uniformes para Garantías por Demanda (Uniform Rules for Demand Guarantees), ICC Publicación No. 458.
[firma(s)]
Nota: Todo el texto en itálicas es solamente con el propósito de asistir en la preparación de este formulario y deberá ser eliminado del producto final.
1 El Garante deberá insertar una cantidad que represente la cantidad del pago por anticipo y denominada o en la(s) moneda(s) del pago por anticipo según se estipula en el Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al contratante.
2 Insertar la fecha de expiración prevista. Si hubiera una extensión del plazo para la terminación del Contrato, el Contratante tendrá que solicitar al Garante una extensión de esta garantía. Dicha solicitud deberá ser por escrito y deberá ser anterior en la fecha de expiración establecida en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante pudiera considerar agregar el siguiente texto al formulario al final del penúltimo párrafo: “El Garante conviene en una sola extensión de esta garantía por un plazo no superior a [seis meses [ [ un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Contratante a dicha extensión, la que será presentada al Garante antes de que expire la garantía.”