PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
“COMPRA DE REPUESTOS PARA BARRERAS AUTOMÁTICAS – LP 11-2016”
COMPULSA DE PRECIOS ADIF Nº 295/2019
CONTENIDOS
A. SECCIÓN 1- CONDICIONES PARTICULARES.
B. SECCIÓN 2- DATOS DEL LLAMADO.
C. SECCIÓN 3 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. PLANILLA DE COTIZACIÓN.
D. SECCIÓN 4 - DECLARACIÓN JURADA CONFLICTO DE INTERES DECRETO N° 202/2017 Y RESOLUCIÓN 11-E/2017.
E. SECCIÓN 5 – ANEXO MODELO DE GARANTÍAS.
F. SECCIÓN 6 – REQUISITOS DE GESTIÓN DE CALIDAD.
SECCIÓN 1. CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1°. Objeto.
1. La ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (en adelante ADIF) desarrolla una Compulsa de Precios con el objeto de “COMPRA DE REPUESTOS PARA BARRERAS AUTOMÁTICAS – LP 11-2016” la cual se regirá por el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación y Ejecución de Suministros, Servicios, Locaciones y Concesiones de Uso (PCG), el presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP), el Manual de Compras y Contrataciones de ADIF, y los demás documentos que integren la documentación.
2. La razón de este pedido se basa en la necesidad de disponer de los repuestos necesarios para los sistemas xx xxxxxxxx automáticas instalados en el marco de la Licitación Pública 11/2016 – denominada “BARRERAS AUTOMÁTICAS XXXXXXX - AGOTE”. Dicha licitación tuvo como objeto la provisión, instalación y puesta en servicio de DOS (2) sistemas xx xxxxxxxx automáticas en los pasos a nivel de la Calle 505 con el Ferrocarril Xxxxxxxxx xxxxx S4 (Km 90,395) cercano a la Estación xx Xxxxxxx y en el paso a nivel de la Calle 505 con el Ferrocarril San Xxxxxx, xxxxx 5MB (Km 102,951) cercano a la Estación de Agote, ambos en el Partido de Mercedes, Provincia de Buenos Aires.
3. Las líneas Operadoras, de los dos pasos a nivel mencionados anteriormente, posee la necesidad de disponer de diferentes repuestos y/o componentes de los mecanismos instalados.
Artículo 2°. Alcance.
1. La presente Compulsa tiene por objeto la provisión de repuestos conforme la ejecución de obra correspondiente a la LICITACIÓN PÚBLICA N° 11/2016 “BARRERAS AUTOMÁTICAS XXXXXXX - AGOTE”
Artículo 3°. Modalidad de Cotización.
1. La Oferta Económica deberá ser expresada exclusivamente en DOLARES ESTADOUNIDENSES, sin el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y se deberá cotizar utilizando como base la Planilla de Cotización adjunta en la SECCION 3.
2. No se aceptarán ofertas que no contemplen la totalidad de los repuestos solicitados.
3. Modalidad de cotización en virtud del insumo ofrecido:
3.1 En el caso de oferentes extranjeros, cuya fábrica se encuentre fuera del territorio de la República Argentina, bienes de origen no nacional, en los términos de la Ley N°
27.437 (LEY DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES) y
demás normativa dictada en consecuencia, deberán considerar como condición de entrega: CIF (Cost, Insurance and Freight) según definición INCOTERMS 2010 (International Commercial Terms). Puerto a definir por ADIF (o envío aéreo Aeropuerto de Ezeiza) según propuesta del oferente, sujeto a evaluación de ADIF.
3.1.1 Los Oferentes de bienes de origen no nacional, en todos los casos, deberán indicar expresamente en la oferta el Puerto de Embarque.
3.1.2 Los gastos asociados a los derechos de aduana e importación, serán
afrontados por ADIF.
3.2 En el caso de oferentes locales, bienes de origen nacional en los términos de la Ley N° 27.437 y demás normativa dictada en consecuencia, cuya fábrica se encuentre dentro del territorio de la República Argentina, deberán considerar como condición de entrega: EXW (Ex Works), puesto sobre camión según definición INCOTERMS 2010 (International Commercial Terms).
4. ADIF podrá realizar cualquier evaluación de la calidad en origen, no aceptando parcial o totalmente los insumos en destino, requiriendo el reemplazo y la cobertura de los daños emergentes y ejecutando las garantías, si fuera pertinente.
5. El Adjudicatario deberá contemplar todos los gastos asociados al control de calidad, inspección, y almacenamiento, indicados en el inciso 4 anterior, hasta su entrega en el lugar determinado.
6. La Oferta debe incluir todos los impuestos, contribuciones y tasas nacionales, provinciales y municipales, cargas sociales y previsionales y demás gastos asociados directos o indirectos (seguros, permisos, habilitaciones, utilidades, etcétera) que pudieren estar involucrados en la provisión de los insumos objeto de la presente, como así también costos directos e indirectos asociados para concretar la entrega de los bienes incluyendo tasas, impuestos y gastos en el país de origen. Resultarán inoponibles a ADIF cualquier tipo de reclamo posterior por adicionales basados en éstos u otros conceptos similares o asimilables.
Artículo 4°. Plazo.
1. El plazo máximo para la entrega y puesto a disposición de ADIF de los insumos, en Argentina, es de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la fecha de emisión de la orden de compra.
Artículo 5º. Clase. Presentación de Ofertas. Requisitos.
1. Los oferentes deberán presentar su propuesta en UN (1) sobre en la fecha indicada para la recepción y apertura.
2. La presentación de Ofertas implica el pleno conocimiento y aceptación por parte del Oferente xxx Xxxxxx y de las aclaraciones, por lo que no podrá con posterioridad a la presentación de la Oferta, invocar desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables.
3. Las propuestas deberán ser presentadas, foliadas y debidamente firmadas y selladas por representante legal del oferente en todas sus hojas, en “ORIGINAL” y “DUPLICADO” (separados entre sí, pero en un mismo paquete) en un tamaño de hoja no mayor a A4 de más de 70 gramos y una copia en formato digital (cd/dvd/memoria USB).
4. En el Sobre Único el Oferente incluirá la totalidad de la documentación e información requerida en los pliegos que rigen la convocatoria, incluyendo, pero no limitado a la Oferta Económica para cada uno de los ítems previstos en la Planilla de Cotización de la SECCIÓN 3 del presente PCP.
5. Este sobre único estará cerrado y llevará como únicas leyendas las siguientes:
Compulsa de Precios Nº 295-ADIF-2019
“Compra de Repuestos para barreras automáticas – LP 11-2016”
Identificación del Oferente Día y hora fijados para la apertura.
6. El Oferente deberá constituir un domicilio en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
7. Además, el Oferente deberá acompañar en el Sobre Único la siguiente documentación:
a. En la primer foja de la propuesta, se deberá adjuntar un índice detallando
número de fojas, y respetando el siguiente orden de la información que el oferente deberá adjuntar a su propuesta:
b. Apartado 1: Original de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, mediante
póliza de seguro de caución o fianza bancaria, de acuerdo a lo establecido en la Sección 2 – Datos del Llamado del PCP y Sección 5, a satisfacción de ADIF. Los Oferentes deberán mantener firmes las Ofertas por el término de SESENTA (60) días, contados a partir de la fecha del acto de apertura. Al término del plazo referido, las
Ofertas serán renovadas automáticamente por el plazo de SESENTA (60) días, de no mediar notificación fehaciente en contrario de los Oferentes con una antelación xx XXXX (10) días a la fecha de vencimiento de las mismas. El desistimiento de la Oferta antes del vencimiento del plazo señalado como obligatorio o el incumplimiento de las obligaciones inherentes a la misma importará la pérdida o será causal de la ejecución de la garantía de Oferta.
c. Apartado 2: Oferta Económica: Deberá adjuntarse la Planilla de Cotización indicada en la SECCIÓN 3, del presente PCP.
d. Apartado 3: Información requerida en el artículo 13 del PCG junto con la totalidad de la documentación de respaldo correspondiente. Para empresas extranjeras se aceptará la documentación equivalente de origen debidamente certificada, legalizada y traducida, si es que existe la equivalencia o, en caso de que no existiera, se analizará cada caso en particular para determinar si corresponde la excepción a la presentación.
(vii) Constitución de dirección de correo electrónico aceptando expresamente que serán válidas las notificaciones cursadas en dicha dirección. ADIF podrá difundir las comunicaciones que considere mediante publicación en el sitio web de ADIF (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx o el que lo reemplace en el futuro) y (viii) Constancia de libre deuda frente a la AFIP en relación a su aptitud para contratar (el oferente podrá presentar impresión de pantalla mediante constancia de consulta por modulo web services AFIP de comprobante de deuda consultado por n° de cuit ), o documento equivalente a evaluación de ADIF.
f. Apartado 5: En carácter de declaración jurada se deberá incluir junto a la presentación de la Oferta, el formulario “Declaración Jurada de Intereses” en virtud de
lo establecido en el Decreto 202/2017 y Resolución 11-E/2017, adjuntos en la SECCION 4 del presente Pliego.
g. Apartado 6: Presentación y descripción técnica del insumo ofertado en
cumplimiento de los requisitos técnicos, enunciados en la SECCION 3 y SECCION 6.
Artículo 6. Requisitos de Admisibilidad
1. Para que la oferta pueda considerarse admisible, el Oferente o su Representante deberán no incurrir en ninguno de los impedimentos establecidos en la documentación; ni encontrarse en situación de litigio con ADIF; el Estado Nacional o sus organismos descentralizados.
2. Además, la Oferta deberá estar firmada en todas sus hojas, de manera de constituirse realmente en una obligación para quienes la hayan formulado, haber integrado las correspondientes garantías y presentado la totalidad de la información y documentación establecida a satisfacción de ADIF.
3. Es también condición necesaria para alcanzar la admisibilidad, que la Oferta se ajuste a las condiciones establecidas en la documentación sin presentar desviaciones, condicionamientos o reservas que restrinjan los derechos de ADIF o las obligaciones del Oferente o que impidan comparar esa oferta en condiciones de igualdad con otras o que no permitan asegurar fehacientemente el cumplimiento del alcance con los costos, plazos y calidad previstos.
Artículo 7. Procedimiento de selección.
1. En la fecha y hora establecidas en el llamado, se procederá a la apertura del SOBRE UNICO de cada oferta presentada.
2. Dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes a la fecha de Apertura del SOBRE
UNICO se otorgará vista del SOBRE ÚNICO a los proponentes cuyas ofertas hayan sido abiertas, quienes podrán observar cualquiera de las restantes. Las observaciones se fundamentarán en forma clara y precisa dentro del plazo indicado y deberán ser presentadas por ante la Mesa de Entrada, Salida y Archivo de ADIF en el horario de 10 a 16 horas.
3. Cumplido el plazo del párrafo anterior, ADIF se abocará al análisis de las ofertas con el objetivo de determinar el cumplimiento de los requisitos de la Compulsa, la integración de las correspondientes garantías y la acreditación de encontrarse en condiciones de cumplimentar con el objeto del llamado en tiempo y forma, Y efectuará su recomendación teniendo en consideración la oferta de menor precio que cumple razonablemente las
exigencias de la documentación. En caso que dicha oferta no resulte admisible se continuará el análisis, evaluación y calificación en orden creciente. Sin perjuicio de ello, a los fines de llevar adelante el proceso de mejora de ofertas, ADIF podrá evaluar las ofertas que se encuentren dentro del rango previsto para el proceso de mejora.
4. A los efectos de determinar la admisibilidad de cada oferta, si resultase pertinente, a instancias de las diferentes Gerencias de ADIF, se podrá considerar el grado de cumplimiento exhibido por el respectivo Oferente en otras obligaciones contraídas con esta Sociedad y/o con otros actores del sistema ferroviario como así también ponderar la capacidad técnica para ejecutar en tiempo y forma la obra objeto del llamado.
5. Además, ADIF podrá requerir todas las aclaraciones, ratificaciones, rectificaciones e información complementaria que considere necesarias para determinar la admisibilidad. Asimismo, ADIF podrá realizar comprobaciones, ensayos, requerir estudios o análisis complementarios, solicitar referencias o realizar visitas e inspecciones a plantas y/o almacenes y/o equipamiento. Los gastos en todos los casos correrán por cuenta del Oferente.
6. Los respectivos Oferentes deberán dar cumplimiento al pedido de aclaraciones, ratificaciones, rectificaciones e información complementaria dentro del plazo de TRES (3) días hábiles de notificado por ante la Mesa de Entrada, Salidas y Archivo de ADIF en el horario de 10 a 16 horas y si no se cumpliera en término con dicho pedido, se tendrá por retirada la propuesta con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta a criterio de ADIF.
7. No se requerirá o aceptará aclaración o información complementaria por parte de un Oferente que implique una alteración de la igualdad en la evaluación de las ofertas o que represente una ventaja para quien formula la aclaración o complementación de la información dado el tiempo transcurrido con posterioridad a la fecha de apertura, el conocimiento adquirido de las demás ofertas o cualquier otra condición.
8. ADIF, a través de sus Gerencias intervinientes, designará la Oferta Admisible de menor precio que cumplan razonablemente las exigencias de la documentación licitatoria. En caso de corresponder, podrá aplicarse el régimen de comparación entre ofertas de bienes de origen nacional y bienes de origen no nacional; y/o de preferencia para bienes de origen nacional; todo ello en los términos y condiciones previstos en la Ley 27.437 y su normativa complementaria.
9. Luego de ello y con anterioridad a la Adjudicación, de conformidad a lo previsto en el Art. 25 del Manual de Compras y Contrataciones, ADIF a su solo criterio, podrá llevar
adelante un proceso de mejora de ofertas entre (i) la Oferta Admisible de menor precio y (ii) las Ofertas Admisibles que superen a la Oferta Admisible de menor precio hasta un CINCO POR CIENTO (5%). El proceso de mejora de ofertas se realizará por una única vez, luego de invitados aquellos oferentes indicados en los puntos (i) y (ii) del presente párrafo.
10. La adjudicación recaerá en la oferta admisible de menor precio. El acto por el cual recaiga la Adjudicación será notificado a todos los Oferentes.
11. Dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación, los
Oferentes podrán formular las observaciones y/o impugnaciones que estimen pertinentes.
12. Estas impugnaciones deberán presentarse por escrito por ante la Mesa de Entrada, Salida y Archivo de ADIF en el horario de 10 a 16 horas y se deberá adjuntar una Garantía de Impugnación por un monto equivalente al indicado en la Sección 2 -Datos del Llamado- del PCP. La garantía de impugnación podrá ser ejecutada al primer requerimiento de ADIF, de no proceder la impugnación.
13. ADIF responderá prontamente por escrito a cada Oferente que hubiere formulado impugnaciones. ADIF no se encontrará obligada a brindar respuesta al Oferente que hubiese formulado observaciones.
14. Dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles contados a partir de la Notificación de la Adjudicación, el Adjudicatario deberá acompañar la siguiente información y documentación:
a. Original de la Garantía de Cumplimiento de Contrato constituida mediante seguro de caución o fianza bancaria, con los siguientes requisitos:
1. Las garantías deben ser extendidas a favor de ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO sita en Av. Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xx 0000, Xxxx 0x, CUIT Nº 30-71069599-3.
2. El monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato será xxx XXXX POR CIENTO (10%) del importe total del Contrato IVA incluido.
3. Firma inserta de representantes y/o responsables y/o apoderados de la compañía aseguradora y/o entidad bancaria autenticadas por Escribano Público y, en su caso, con la respectiva legalización.
4. El asegurador o avalista deberá constituirse el fiador en liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división, identificando detalladamente los datos de la Licitación Pública y, en su caso, el Contrato, consignar corresponsalía, sucursal y/o constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5. El asegurador o avalista deberá constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
6. El asegurador o avalista deberá someterse expresamente al Fuero Nacional en lo
Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 8. Obligaciones del Adjudicatario.
1. El Adjudicatario será responsable de encuadrar al personal dentro de la actividad correspondiente de conformidad a la normativa aplicable en materia laboral, declarando que los empleados que contrate para la ejecución del mismo serán dependientes suyos y no tendrán relación de dependencia alguna con ADIF. El Adjudicatario mantendrá indemne a ADIF de cualquier reclamo de terceros sobre la materia.
2. El Adjudicatario se obliga de manera irrevocable a mantener indemne a ADIF frente a acciones judiciales y/o extrajudiciales y/o reclamos de terceros vinculados con la provisión de los repuestos objeto del presente llamado.
3. Serán a cargo del Adjudicatario todo impuesto, tasa o contribución nacional, provincial o municipal, creada o a crearse, que graven su servicio y/o trámites que resulten necesarios para obtener las habilitaciones y/o autorizaciones que pudieren corresponder, directa o indirectamente, objeto de la presente. En tal sentido queda expresamente establecido que no se admitirá la prolongación del plazo fijado para el cumplimiento del contrato como consecuencia de eventuales demoras incurridas en la realización de los trámites antedichos, quedando a facultad de ADIF ejecutar la correspondiente garantía y relanzar el proceso de adjudicación.
4. En caso que corresponda abonar el impuesto de sellos el mismo deberá ser afrontado íntegramente por el Adjudicatario.
Artículo 9. Forma de pago.
1. No se contempla el pago de anticipo financiero.
2. Forma de pago: CIEN POR CIENTO (100%) contra entrega y disponibilidad del insumo en Argentina para ADIF.
3. Condición de pago:
3.1 Adjudicatarios con fabricación no local, bienes de origen no nacional:
Cumplida la disponibilidad del insumo en Argentina para ADIF, el Adjudicatario podrá presentar la Factura ante la Mesa de Entradas Salidas y Archivo de la ADIF (Av. Xxxxx Xxxxx 0000 XX, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx, en el horario de lunes a
viernes 10 a 16hs). Adjuntos a la factura, se deberán incluir los correspondientes documentos de embarque y la documentación respaldatoria del repuesto aprobada por el área requirente (Gerencia de Construcciones). ADIF abonará las facturas presentadas por el Fabricante, en dólares estadounidenses, mediante transferencia bancaria, dentro del plazo de TREINTA (30) días a partir de la conformidad de la documentación presentada.
3.2 Adjudicatarios con fabricación local, bienes de origen nacional:
3.2.1. La factura debe ser realizada en Pesos Argentinos convertidos al tipo de cambio vendedor informado por el Banco de la Nación Argentina, del día anterior de la fecha de emisión de la factura (en este caso cotización xxx xxxxx estadounidense tipo vendedor "cotización divisas").
3.2.2. En carácter de leyenda, el proveedor debe informar en la factura el tipo de cambio utilizado (cotización xxx xxxxx estadounidense, tipo vendedor "cotización divisas"). También debe informar la fecha del tipo de cambio (día anterior a la fecha de emisión de la factura).
3.2.3. Además, el proveedor deberá informar en carácter de leyenda el monto en dólar estadounidense.
3.2.4. Los puntos 3.2.2 y 3.3.3 deben ser incluidos e impresos en la factura. En caso de que sean agregados a mano, la factura debe estar sellada y firmada por un apoderado del proveedor.
3.2.5. Cumplida la disponibilidad del insumo puesto sobre en camión para ADIF, el Adjudicatario podrá presentar la Factura ante la Mesa de Entradas Salidas y Archivo de la ADIF (Av. Xxxxx Xxxxx 0000 XX, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx, en el horario de lunes a viernes 10 a 16hs). Adjuntos a la factura, se deberán incluir la documentación respaldatoria del repuesto aprobada por el área requirente (Gerencia de Construcciones). ADIF abonará las facturas presentadas por el Fabricante, en pesos argentinos, mediante transferencia bancaria, dentro del plazo de TREINTA (30) días a partir de la conformidad de la documentación presentada.
Artículo 10. Multas
1. Se remite a lo previsto en los art. 25 y 26 del PCG.
Artículo 11. Garantía Técnica
1. El insumo será garantizado por el Proveedor contra todo defecto imputable a la fabricación y no detectado en las pruebas de recepción, por un plazo de DOS (2) años contados desde la
marca N del mes de fabricación, posterior a la Orden de Compra, y hasta el 31 de diciembre del año DOS (N + 2 al 31/12 inclusive).
2. El fabricante deberá adjuntar junto con la oferta y al momento de entregar la factura por
Mesa de Entradas Salidas y Archivo, un certificado de garantía por el periodo indicado en el párrafo anterior, más la documentación requerida en la SECCIÓN 6, debidamente suscripto por apoderado de la empresa.
3. Quedarán x xxxxx del Proveedor todos los gastos asociados al reemplazo del insumo defectuoso durante el periodo de garantía. Por ejemplo pero no limitado a los gastos incurridos en flete y/o nacionalización del suministro de los materiales o equipos a reemplazar, entre otros.
Artículo 12. Solución de Controversias. Domicilios y comunicaciones.
1. Toda controversia que surgiere entre las Partes será solucionada mediante negociaciones directas, y, si ellas fracasaren, habrá de ser sometida a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal, con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Adjudicatario hace renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción nacional o internacional, ya sea ésta judicial o arbitral, que pudiere corresponder.
2. El domicilio constituido por ADIF es Av. Dr. J. M. Xxxxx Xxxxx Xx 0000 - Xxxxxx Xxxx - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Las presentaciones, notificaciones y demás comunicaciones que se cursen a ADIF deberán efectuarse de lunes a viernes de 10 a 16 horas por ante la Mesa de Entrada, Salida y Archivo de ADIF (Planta Baja).
3. El Oferente deberá denunciar con carácter jurada y en forma escrita una dirección de correo electrónico mediante sistema de inscripción de participación en la compulsa y/o en la oferta. Asimismo, el Oferente presta conformidad sin condicionamiento alguno para que ADIF pueda formalizar por ese medio todas las notificaciones que se realicen durante la tramitación del presente proceso.
Artículo 13.- Efectos del Llamado.
1. El Oferente o Adjudicatario reconoce el derecho de ADIF de dejar sin efecto la presente Compulsa en cualquier etapa del proceso, sin expresión de causa, ya sea en forma total o parcial y que involucre alguno de los ítems, sin que ello de derecho a reclamo ni reembolso alguno de cualquier naturaleza contra ADIF y/o FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO y/o el ESTADO NACIONAL.
SECCIÓN 2 - DATOS DEL LLAMADO COMPULSA DE PRECIOS Nº 699-ADIF-2018
“COMPRA DE REPUESTOS PARA BARRERAS AUTOMÁTICAS – LP 11-2016”
Plazo de entrega desde Notificada la Orden de Compra.
NOVENTA -90- DÍAS
Fecha de Apertura y Lugar de Apertura
Fecha/ Lugar de Apertura: La indicada en la invitación.
Garantía de Mantenimiento de Oferta
Monto de la Garantía de Oferta: MIL QUINIENTOS DOLARES ESTADOUNIDENSES (USD 1.500)
Monto de la Garantía de Impugnación
UNO POR CIENTO (1%) del total de la Oferta Económica presentada. Se ejecutará de no prosperar la impugnación.
Garantía de Cumplimiento de Contrato
Monto de la Garantía: DIEZ POR CIENTO (10 %) del valor total de la oferta adjudicado, IVA incluido.
Requisitos comunes para las garantías requeridas en la documentación licitatoria
Las garantías deben ser extendidas a favor de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) sita en Av.
Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xx 0000, Xxxx 0x , CUIT Nº 30-71069599-3 debiendo el asegurador o
avalista constituirse el fiador en liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división, identificar detalladamente los datos de la Licitación y, en su caso, el Contrato, consignar corresponsalía, sucursal y/o constituir domicilio especial en CABA y someterse al Fuero Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, la firma inserta de representantes y/o responsables y/o apoderados de la compañía aseguradora y/o entidad bancaria deberá contar con su respectiva certificación y legalización por Escribano Público, en caso de corresponder. Las garantías quedan sujetas a la revisión de ADIF quien podrá devolverlas a su solo juicio en caso de no considerarlas satisfactorias, sin derecho a reclamo y/o reembolso alguno a favor del Oferente y/o Adjudicatario.
Domicilio de ADIF para recibir notificaciones.
El domicilio constituido por ADIF es Av. Dr. J. M. Xxxxx Xxxxx Xx 0000 – Xxxxxx Xxxx - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Las presentaciones, notificaciones y demás
comunicaciones que se cursen a ADIF deberán efectuarse los días hábiles de 10 a 16 horas por ante la Mesa de Entrada, Salida y Archivo de ADIF (Planta Baja).
El Oferente deberá denunciar con carácter de declaración jurada y en forma escrita una
dirección de correo electrónico dentro del plazo de TRES (3) días hábiles de adquiridos los Pliegos que rigen el llamado. Asimismo, el Oferente presta conformidad sin condicionamiento alguno para que ADIF pueda formalizar por ese medio todas las notificaciones que se realicen durante la tramitación de la presente.
SECCIÓN 3. ESPECIFICACION TÉCNICA. PLANILLA DE COTIZACIÓN
El oferente deberá presentar su propuesta en sobre cerrado conforme en las fechas y horarios indicados en el llamado.
Deberá presentar y cumplimentar taxativamente lo indicado a continuación:
3.1. PLANILLA DE COTIZACIÓN OFERENTES CON BIENES LOCALES (Condición “EXW”)
En el caso de oferentes locales, con fabricación local en los términos de la Ley N° 27.437 y demás normativa dictada en consecuencia, cuya fábrica se encuentre dentro del territorio de la República Argentina, deberán considerar como condición de entrega: EXW (Ex Works), puesto sobre camión.
INSUMO | CANTIDAD | CONDICIÓN | PRECIO UNITARIO (USD sin IVA) | IVA (Indicar % aplicable) | PRECIO TOTAL (USD sin IVA) | PRECIO TOTAL (USD con IVA) |
A- Punto de detección de | ||||||
contador de ejes ECE95, | ||||||
con cabezas detectoras, | ||||||
dispositivo de protección mecánica y unidad de vía | 2 | |||||
multifunción UVCE95 24- | ||||||
70 Vcc y 110 Vca. | ||||||
B- Semibarrera de paso a nivel | 2 | EXW | ||||
C- Xxxxx xx xxxxxxx BEF – | ||||||
80, en fibra xx xxxxxx de 4- 6 mts. | 2 | |||||
D- Conjunto doble foco | ||||||
rojo para carretera DCL200, con soporte | 2 | |||||
doble y sonora electrónica | ||||||
MONTO USD TOTAL = |
MONTO TOTAL USD CONDICIÓN EXW -sin IVA- (Indicar en números) =
………………………………………………………………………………………………………..
MONTO TOTAL USD CONDICIÓN EXW -sin IVA - (Indicar en letras) =
………………………………………………………………………………………………………..
En caso de discrepancia entre lo indicado en números respecto a lo manifestado en letras, prevalecerá lo presentado en letras.
3.2. PLANILLA DE COTIZACIÓN OFERENTES CON BIENES NO LOCALES (CONDICIÓN CIF)
En los términos del art. 3 Sección I, en el caso de oferentes extranjeros, cuya fábrica se encuentre fuera del territorio de la República Argentina, en los términos de la Ley N° 27.437 (LEY DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES) y demás normativa
dictada en consecuencia, deberán considerar únicamente como condición de entrega: CIF. Puerto a definir por ADIF(o envío aéreo –CIF- Aeropuerto de Ezeiza) según propuesta del
oferente, sujeto a evaluación de ADIF.
INSUMO | CANTIDAD | CONDICIÓN | PRECIO UNITARIO (USD) | PRECIO TOTAL (USD) |
A- Punto de detección de contador de | ||||
ejes ECE95, con cabezas detectoras, | ||||
dispositivo de protección mecánica y unidad de vía multifunción UVCE95 | 2 | |||
24-70 Vcc y 110 Vca. | ||||
B- Semibarrera de paso a nivel | 2 | CIF | ||
C- Xxxxx xx xxxxxxx BEF – 80, en fibra xx xxxxxx de 4-6 mts. | 2 | |||
D- Conjunto doble foco rojo para | ||||
carretera DCL200, con soporte doble y sonora electrónica | 2 | |||
MONTO USD TOTAL = |
MONTO TOTAL USD CONDICIÓN CIF (Indicar en números) =
…………………………………………………………………………………………………… MONTO TOTAL USD CONDICIÓN CIF (Indicar en letras) =
……………………………………………………………………………………………………
En caso de discrepancia entre lo indicado en números respecto a lo manifestado en letras, prevalecerá lo presentado en letras.
SECCION 3 - ANEXO A - DECLARACION JURADA COMPRE ARGENTINO SEGÚN LEY 27.437
En los casos que corresponda y a fines de aplicar las previsiones del régimen de comparación de ofertas (bienes de origen nacional y bienes de origen no nacional) y/o de preferencias previstos en la Ley 27.437 y normativa complementaria, el oferente deberá adjuntar a la oferta el siguiente FORMULARIO: DECLARACIÓN JURADA DE CONTENIDO NACIONAL IF-2018-43982739-APN-
SSCAYDP#MP, debidamente completo y firmado. Código NCM del Producto:
Producto (incluir descripción técnica):
TOTAL (en pesos) | ||
Concepto Nacional Importado | ||
1. Materia Prima | ||
1.1 | ||
1.2 | ||
1.3 | ||
1.4 | ||
1.5 | ||
1.6 Resto de Materias Primas | ||
2. Mano de Obra (Directa e Indirecta, incl. Cargas Sociales) | ||
3. Otros costos indirectos de Fabricación (Carga Fabril) | ||
4. Costo de Producción de Fábrica -CPF- (1+2+3) | ||
5. Costos Administrativos y Comerciales | ||
6. Impuestos y Xxxxx (excl. IVA) | ||
7. Costos Totales (4+5+6) | ||
8. Margen de Rentabilidad | ||
7. Precio Final (7+8) |
Tipo de Cambio de Referencia Comunicación "A" 3500 del ……………….
(Indicar fecha dd/mm/aaaa)
Declaración de Contenido Nacional | Nacional | Importado |
Porcentaje sobre el Precio Final | % | % |
Firma: Aclaración:
Aclaración:
1. Materia prima: incluye insumos, partes, piezas, conjuntos y subconjuntos que se incorporen al bien final.
3. Otros costos indirectos de Fabricación (Carga Fabril Fija y Variable): incluye los siguientes componentes:
3.1. Materia Prima Indirecta: Elementos necesarios e inherentes a la elaboración de artículos terminados, que no están incorporados físicamente en los mismos o cuya cuantificación es difícil (por ej: ensayos de materiales, etiquetas, aceites para máquinas, cajas para empaque, etc).
3.2. Otros Costos Indirectos de Producción: Cualquier costo empleado para la transformación de materias primas en bienes de consumo final, que no puedan clasificarse como materia prima directa o indirecta, ni como mano de obra directa o indirecta. Tales como: Servicios básicos (agua, luz, teléfono y otros –Bepeers, Internet, celulares, etc.), depreciación de activos fijos de la Planta, mantenimiento y reparación, Seguros, etc.
SECCIÓN 4. DECRETO N° 202/2017 Y RESOLUCIÓN 11-E/2017 – CONFLICTO DE INTERES
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 202/17 y la Resolución Nº 11-E/17 de la Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, los oferentes deberán presentar una "Declaración Jurada de Intereses" en la cual se manifieste si se encuentran o no alcanzados por alguno de los supuestos de vinculación contemplados en el referido decreto, respecto del Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros y demás Ministros y autoridades de igual rango en el Poder Ejecutivo Nacional, aunque estos no tuvieran competencia para decidir sobre la contratación o acto de que se trata.
De igual manera, los oferentes deberán declarar si tienen o no vinculación con las autoridades de ADIF SE con competencia o capacidad para decidir sobre contrataciones (adjudicación) y/o sobre el otorgamiento de licencias, permisos, autorización, habilitación o derecho real sobre un bien de dominio del Estado llevado a cabo por ADIF SE.
En cualquiera de los casos, las declaraciones juradas de intereses siempre deberán estar firmadas por un Representante Legal y/o Apoderado del interesado.
A tal fin, se detallan a continuación la nómina de autoridades de ADIF SE alcanzadas por la normativa:
Nombre y Apellido CUIT Cargo | ||
Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx | 20-17888108-7 | Director Titular | Presidente | Gerente Ejecutivo |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx | 20-04686656-9 | Director Titular | Vicepresidente |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | 20-04552948-8 | Director Titular |
Xxxx Xxxxxxxx | 20-14026473-4 | Director Suplente |
Xxxxxx Xxxxx | 20-18108597-6 | Director Suplente |
Xxxxx Xxxxx Xxxxx | 20-27308540-9 | Director Suplente |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | 20-21921847-9 | Gerente Planeamiento Estratégico |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx | 20-21924875-0 | Gerente Recursos Humanos y Relaciones Laborales |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx | 20-14927699-9 | Gerente Ingeniería |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | 20-22651100-9 | Gerente Construcciones |
Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx | 20-18615894-7 | Gerente Control de Proyectos |
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | 20-14770132-3 | Gerente Abastecimiento y Logística |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | 20-20861417-8 | Gerente Asuntos Legales, Ética y Transparencia |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | 27-18426337-3 | Gerente Administración y Finanzas |
Xxxxxxx Xxxxxxx | 20-14872490-4 | Gerente Calidad, Seguridad e Higiene y Medio Ambiente |
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx | 20-21484136-4 | Gerente Tecnología, Innovación y Procesos |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx Xxxxxx | 20-17285917-9 | Gerente Auditoría Interna y Gestión de Riesgos |
Xxxxxx Xxxxxxx | 20-28799795-8 | Gerente Comunicaciones y Relaciones Institucionales |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | 20-13964389-6 | Gerente Seguridad Patrimonial y Servicios Generales |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | 20-23292228-2 | Subgerente Compras |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | 27-29409326-0 | Subgerente Contrataciones |
Los alcances del Decreto 202/2017 se encuentran disponibles en: xxxxx://xxx.xx/xXXx0X o pueden obtenerse en los documentos adjuntos:
Decreto 202 2017.pdf
Resolución 11-E 2017.pdf
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
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CDP-295-19
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SECCIÓN 5. ANEXO MODELO DE GARANTÍAS
GARANTÍA BANCARIA POR MANTENIMIENTO DE OFERTA (MODELO)
Sres.: Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF)
Av. Xx. Xxxxx Xxxxx 0000, Xxxx 0 (X0000XXX) XXXX, Xxxxxxxxx
Buenos Aires, MM/DD/YYYY
OFFER MAINTENANCE GUARANTEE N° XXXX
Pursuant to the contract (“Contract”) entered into by and between
ADIF (“Beneficiary”) and (“Principal”) according to
, Principal is required to provide an Offer Maintenance Guarantee in favor of the Beneficiary in the amount of
(“Down Payment” or “Advanced Payment”)
equal to
For account and on behalf acting at request of
), hereby irrevocably and unconditionally guarantee from the date hereof the timely and punctual performance in full of the obligations of Principal under the Contract and agree to pay to, or to the order of Beneficiary, upon first written demand, the amount of up to -
(“ Guaranteed Amount”) if Principal shall fail to timely and punctually perform in full any of its obligations under the Contract.
In case of demand (“Demand for Payment”), we shall make the payment hereunder at first demand without set-off, counterclaim, restriction or any other condition of any kind and notwithstanding any objection by Principal against a written statement from Beneficiary with its signatures and faculties duly certified by Notary Public stating that Principal has failed to perform any of its obligations under the Contract, and describing the type of failure occurred and the calculation for claimed amount in currency of the Guaranteed Amount based on the conditions of the Contract.
All payments made to Beneficiary under this guarantee will be effected in ten (10) working days after receiving the Demand for Payment, in Argentine pesos applying the bid exchange rate of the market at the time of payment, and at its simple request as described above up to the Guaranteed Amount. The provision of funds to the Beneficiary will be made by transfer to a local financial institution designated by the Beneficiary, the amount claimed in order to comply with the current exchange regulations. Once the amount transferred, the financial institution to which the funds were transferred will be the only responsible to credit the funds to the Beneficiary in compliance with the current foreign exchange regulations.
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
Accordingly, the Bank is obliged to give effect to the Beneficiary, in ten (10) working days after receiving the Demand for Payment and your simple request in writing via letter signed with the respective signatures and authority duly certified by National Notary Public, any amount up to the amount above which the same claim under this warranty.
Communications with respect to this Advanced Payment Guarantee should be addressed to us at
(
Guarantee.
making specific reference to this Advance Payment
This Advanced Payment Guarantee shall enter into full force and effect as of the date the Principal receives the Down Payment amount of ) from the Beneficiary.
The Advanced Payment shall be deemed received by the Principal when: (i) the Principal notifies the Beneficiary the reception of it or (ii) within seventy two (72) hours from notification issued by the Beneficiary to the Principal of the Wire transfer of the payment enclosing a copy of the SWIFT, whichever occurs first.
Based on Beneficiary’s PCP Article 5.1.3, this guarantee shall be reduced proportionally and
automatically at the date when the documents of each partial shipment.
receives a copy of shipping
This Guarantee is subject to the Uniform Rules for Demand Guarantees (URDG) 2010 Revision, International chamber of Commerce Publication 758 and all matters not governed by these Rules shall be governed by and construe in accordance with the substantive Laws of Argentina. The courts of Buenos Aires, Argentina, shall have exclusive jurisdiction for any and all claims made against the guarantor arising out of or related to this guarantee.
This Guarantee expires latest on automatically become null and void even without return of this document.
after which date it will
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
GARANTÍA BANCARIA POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (MODELO)
Sres.: Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF)
Av. Xx. Xxxxx Xxxxx 0000, Xxxx 0 (X0000XXX) XXXX, Xxxxxxxxx
Buenos Aires, MM/DD/YYYY
PERFORMANCE GUARANTEE N° XXXX
Pursuant to the contract (“Contract”) entered into by and between ADIF
(“Beneficiary”) and (“Principal”) according to
, Principal is required to provide a Performance Guarantee in favor of the Beneficiary in the amount of
(“Guarantee Amount”) equal to TEN
PERCENT (10%) of the total Contract Amount.
For account and on behalf of acting at
request of , hereby irrevocably and unconditionally guarantee from the date hereof the timely and punctual performance in full of the obligations of Principal under the Contract and agree to pay to, or to the order of Beneficiary, upon first written demand, the amount of up to
if Principal shall fail to timely
and punctually perform in full any of its obligations under the Contract.
In case of demand (“Demand for Payment”), we shall make the payment hereunder at first demand without set-off, counterclaim, restriction or any other condition of any kind and notwithstanding any objection by Principal against a written statement from Beneficiary with its signatures and faculties duly certified by Notary Public stating that Principal has failed to perform any of its obligations under the Contract, and describing the type of failure occurred and the calculation for claimed amount proportionate to the failure of the Principal, in the currency of the Guaranteed Amount based on the conditions of the Contract.
All payments made to Beneficiary under this guarantee will be effected in ten (10) working days after receiving the Demand for Payment, in Argentine pesos applying the bid exchange rate of the market at the time of payment, and at its simple request as described above up to the Guaranteed Amount. The provision of funds to the Beneficiary will be made by transfer to a local financial institution designated by the Beneficiary, the amount claimed in order to comply with the current exchange regulations. Once the amount transferred, the financial institution to which the funds were transferred will be the only responsible to credit the funds to the Beneficiary in compliance with the current foreign exchange regulations.
Accordingly, the Bank is obliged to give effect to the Beneficiary, in ten (10) working days after receiving the Demand for Payment and your simple request in writing via letter signed with the
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
respective signatures and authority duly certified by National Notary Public, any amount up to the amount above which the same claim under this warranty.
Communications with respect to this Guarantee should be addressed to us at
making specific reference to this Guarantee.
This Guarantee is subject to the Uniform Rules for Demand Guarantees (URDG) 2010 Revision, International chamber of Commerce Publication 758 and all matters not governed by these Rules shall be governed by and construe in accordance with the substantive Laws of Argentina. The courts of Buenos Aires, Argentina, shall have exclusive jurisdiction for any and all claims made against the guarantor arising out of or related to this guarantee.
This Guarantee expires latest on after which date it will automatically become null and void even without return of this document.
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
SECCIÓN 6 - REQUISITOS DE GESTIÓN DE CALIDAD.
GESTIÓN Y CONTROL DE CALIDAD
El adjudicatario deberá presentar los certificados de calidad de los insumos a suministrar al momento de la entrega de los materiales o en su defecto un certificado de conformidad o de garantía el cual acredite que se cumple con las normas de fabricación y/o especificaciones.
En cualquiera de los certificados a entregar deberá estar aclarado el tiempo el cual aplica la garantía de el/los productos.
• Especificaciones técnicas de cada uno de los materiales ofertados.
• Esquemas de conexionado indicando todos los materiales incluidos en la oferta.
• Certificados de homologación en país de origen y certificado de cumplimiento de las Normas.
Se deberá entregar adicionalmente la siguiente documentación:
• Manual de instalación.
• Manual de manipuleo y almacenamiento.
• Manuales de uso, mantenimiento y configuración, notas de aplicación y otra documentación pertinente para los dispositivos electrónicos programables, circuitos de vía y otros elementos que lo ameriten.
• Softwares de programación, diagnóstico y configuración para los equipos que lo requieran para su integración en distintos sistemas.
• Las licencias de uso ilimitadas para el uso de dichos softwares.
• Certificados de garantía de los materiales entregados.
• Manual de mantenimiento.
Estos documentos deberán confeccionarse y ser entregados con cada componente a suministrar.
PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2019 - Año de la Exportación
Hoja Adicional de Firmas Pliego Bases Condic. Part.
Número: PLIEG-2019-52072927-APN-GALO#ADIFSE
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 4 xx Xxxxx de 2019
Referencia: PCP- CP 295/2019 - “COMPRA DE REPUESTOS PARA BARRERAS AUTOMÁTICAS – LP 11-2016”
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DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR, o=SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION, ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serialNumber=CUIT 30715117564
Date: 2019.06.04 11:36:32 -03'00'
XXXXXXX XXXXXXX
Gerente
Gerencia de Abastecimiento y Logística
Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR, o=SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION, ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA,
serialNumber=CUIT 30715117564
Date: 2019.06.04 11:36:34 -03'00'