Contract
VIGENCIA: DEL 01 XX XXXXX DE 2012 AL
31 DE DICIEMBRE DE 2012
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PROTECCION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA POLICIA INDUSTRIAL BANCARIA DEL ESTADO XX XXXXXXX, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL CAP. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARA EL "PRESTADOR"; Y POR LA OTRA PARTE EL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL DEL ESTADO XX XXXXXXX, REPRESENTADA EN ESTE ACTO paR LA LIC. FLOR DE XXXXX XXXXX XXXXXXXX, A QUIEN EN La SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL CONTRATANTE", AMBAS PARTES MANIFIESTAN DE COMUN ACUERDO AJUSTARSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
1.- DECLARA EL "PRESTADOR" BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD A TRAVES DE SU REPRESENTANTE LEGAL, QUE:
XXXXXXX.- XX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX, XX UN ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, CON PERSONALIDAD JURIDICA Y PATRIMONIO PROPIO, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETa GUBERNAMENTAL, TOMO CXLV, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DE FECHA 00 XX XXXX XXX XXX 0000.
SEGUNDA.- QUE EL CAPITAN XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX ACREDITA SU PERSONALIDAD MEDIANTE EL NOMBRAMIENTO Y EL DECRETa EMITIDO POR EL LICENCIADO XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXX, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y XXXXXXXX XX XXXXXXX, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO, TOMO CXLV, NUMERO 20, EN TERMINOS DE LOS ARTIcULOS 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 18 Y 20 DEL CITADO DECRETO, PARA ACTUAR EN REPRESENTACION DE LA POLICIA INDUSTRIAL BANCARIA DEL ESTADO XX XXXXXXX.
TERCERA.- QUE ENTRE OTRAS ACTIVIDADES QUE LE SON ANALOGAS, DENTRO DE LAS FUN ClONES QUE LEGALMENTE TIENE ASIGNADAS Y QUE DESARROLLA POR DERIVACION DE LAS BASES LEGALES CITADAS EN LA DECLARACION PRIMERA, "EL PRESTADOR" SE ENCUENTRA LEGITIMAMENTE FACULTADO PARA BRINDAR SERVICIOS DE SEGURIDAD, VIGlLANCIA Y PROTECCION ESPECIALIZADA A EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS.
CUARTA.- CUENTA CON LA LICENCIA OFICIAL COLECTIVA NUMERO 123, CON LA CUAL ESTA FACULTADO PARA PORTAR LAS ARMAS DE FUEGO, QUE DICHA LICENCIA HA SIDO LEGALMENTE EXPEDIDA POR LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL, EN TERMINOS DE LA LEY FEDERAL XX XXXXX DE FUEGO Y EXPLOSIVOS Y SU REGLAMENTO; POR LO TANTO SU PERSONAL NO INCURRE EN DELITO U OMISION ALGUNA AL DISPONER DE ELLAS PARA CUMPLIR CON LAS FUNCIONES XX XXXXXXX DE SEGURIDAD.
QUINTA.- SE ENCUENTRA INSCRITA EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES BAJa EL REGISTRO "I •••••• ~iEMITIDO POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
SEXTA. - QUE TIENE SU DOMICILIO LEGAL EN LA CALLE DE •••••••••••••••••••••••••••
~I.- DECLARA "EL CONTRATANTE", BAJO PROTESTA DE DEcm VERDAD A TRAVES DE SU REPRESENTANTE LEGAL QUE: . C----.~ PRIMERA.- EL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL DEL ESTADO XX XXXXXXX, FUE CREADO
MEDIANTE EL DECRETO NUMERO 217, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO XX XXXXXXX, Y SE ENCUENTRA LEGALMENTE CONSTITUIDA EN ESTRICTA OBSERVANCIA A LAS LEYES MEXICANAS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA LIC. FLOR DE XXXXX XXXXX XXXXXXXX, EN SU CALI DAD DE REPRESENTANTE LEGAL.
SEGUNDA.- EL XXXXXXXXX XX XXXXXX X XX XXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX TIENE SU DOMICILIO LEGAL EN LA CALLE DE MAGNOLIA NUMERO 700 FRACCIONAMIENTO LA HACIENDA, EN LA CIUDAD XX XXXXXXX ESTADO XX XXXXXXX, CODIGO POSTAL NUMERO 42090, Y SU ACTIVIDAD ES ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL EN GENERAL. .
TERCERA.-SE ENCUENTRA INSCRITA EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES BAJO EL NUMERO IAA071231BS8, EMITIDO POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
CUARTA.- REQUIERE DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y PROTECCION ESPECIALIZADA A EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS.
QUINTA.- QUE HA CONOCIDO Y ANALIZADO TOTALMENTE EL CONTENIDO DEL ESTUDIO PREVIO QUE ELABORO "EL PRESTADOR". EN EL CUAL CONSTAN LAS NECESIDADES INMEDIATAS QUE EN MATERIA DE SEGURIDAD REQUIERE Y QUE ES SU VOLUNTAD ADOPTARLAS Y SEGUIRLAS: Y DECIDIDO BAJO SU RESPONSABILIDAD AJUSTARLAS A SU CAPACIDAD FINANCIERA Y DE PAGO, RECONOCIENDO Y ACEPTANDO, QUE LA MODIFICACION A LA PROPUESTA TECNICA Y EL CAMBIO EFECTUADO EN EL NUMERO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD QUE LE PROPUSO "EL PRESTADOR" SIGNIFICA UNA DISMINUCION EN EL INDICE DE EFICIENCIA REAL Y UNA REDUCCION EN EL NIVEL DE SEGURIDAD PROPUESTO Y QUE LE HA RECOMENDADO "EL PRESTADOR", HECHO QUE ASUME DESDE HOY "EL CONTRATANTE" Y POR EL CUAL LIBERA A "EL PRESTADOR" DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD.
AMBAS PARTES ASIENTAN QUE DE CONFORMIDAD A LAS DECLARACIONES ANTERIORES, SE RECONOCEN LA PERSONALIDAD CON LA QUE SE OSTENTAN, YA QUE LOS PODERES QUE EXHIBEN NO HAN SIDO REVOCADOS, QUE ES SU VOLUNTAD CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, TODA VEZ QUE AL NO ENCONTRARSE INCAPACITADOS LEGALMENTE PARA CONTRATAR Y NO HABER IMPEDIMENTO LEGAL PARA ELLO FORMALIZAN SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES OTORGANDO LAS SIGUIENTES
PRIMERA.- "EL PRESTADOR" SE COMPROMETE A BRINDAR SERVICIOS DE VIGlLANCIA EN LAS INSTALACIONES QUE LE SENALA "EL CONTRATANTE" EN EL CUERPO DE ESTE INSTRUMENTO Y A EFECTUARLOS DURANTE TODO EL TIEMPO XX XXXXX CIA DE ESTE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS.
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"EL PRESTADOR" SE COMPROMETE PARA CON "EL CONTRATANTE" A DESEMPENAR FISICAMENTE LOS SERVICIOS DE VIGlLANCIA QUE EN ESTE CONTRATO PACTAN Y A LLEVARLOS A CABO CON TODA PROBIDAD Y HONRADEZ; COMPROMETIENDOSE A HACERLE SABER A "EL CONTRATANTE" LA DETECCION DE LAS NECESIDADES QUE SURJAN Y LAS PREVISIONES Y ACCIONES QUE DEBIEREN TOMARSE EN MATERIA DE SEGURIDAD, Y/O QUE DEBEN ADOPTARSE PARA VIGlLAR Y PROTEGER LOS BIENES CON QUE AQUEL CUENTA Y, CUANDO ASI LO AUTORICE "EL CONTRATANTE" A EJECUTARLAS FIEL Y CUMPLIDAMENTE EN LOS TERMINOS Y CON APEGO A LAS INDICACIONES ESCRITAS QUE DE "EL CONTRATANTE" RECIBA.
SEGUNDA.- "EL PRESTADOR" SERA EL UNICO Y DIRECTAMENTE FACULTADO PARA EL MANDO DEL PERSONAL DESTINADO PARA CUBRIR LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA QUE SE EJECUTARAN EN LAS INSTALACIONES DE "EL CONTRATANTE" Y, POR LO TANTO, "EL CONTRATANTE" NUNCA PODRA TENERSE COMO PATRON SUSTITUTO, ESTO YA QUE LA RELACION QUE SURGE POR ESTE CONTRATO ES UNICA Y EXCLUSIVAMENTE ENTRE "EL PRESTADOR" Y "EL CONTRATANTE" Y DICHA RELACION ES DE NATURALEZA PURAMENTE CIVIL Y SOLAMENTE DERIVADA DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE VIGlLANCIA.
TERCERA. - "EL PRESTADOR" SE OBLIGA A MANTENER DENTRO DEL LUGAR Y/O LUGARES CONTRATADOS, EN LOS HORARIOS ESTABLECIDOS Y DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO EXACTAMENTE EL NUMERO DE ELEMENTOS QUE HA PACTADO CON "EL CONTRATANTE" SEGUN EL ANEXO UNO, DONDE SE ESPECIFICAN INSTALACIONES, NUMERO DE ELEMENTOS, FRECUENCIA DE SERVICIO E IMPORTE A PAGAR.
EN CASO DE QUE EL PERSONAL DESTINADO POR "EL PRESTADOR" FALTE, SEA DADO DE BAJA, SE ENCUENTRE INCAPACITADO PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO QUE DEBE PRESTARSE A "EL CONTRATANTE" SERA SUSTITUIDO 0 REEMPLAZADO POR "EL PRESTADOR" UNILATERAL E INMEDIATAMENTE, SIN MAYOR D1LACION Y SIN QUE ELLO IMPLIQUE COSTO ADICIONAL ALGUNO PARA "EL CONTRATANTE".
EN EL SUPUESTO DE QUE EL PERSONAL OPERATIVO UNIFORMADO, QUE HAYA DESTINADO "EL PRESTADOR" PARA LA COBERTURA DEL SERVICIO DE SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES Y/O BIENES DE "EL CONTRATANTE" COMETA 0 INCURRA EN ACTOS 0 ACTITUDES CONTRARIAS A DERECHO 0 BIEN, QUE DICHO PERSONAL EN CUALQUIER FORMA INCUMPLA 0 VIOLE EL PLIEGO DE CONSIGNAS QUE DEBEN CUMPLIR, "EL CONTRATANTE" DEBERA REPORTARLOS INMEDIATAMENTE Y NO PODRA SANCIONARLOS EN FORMA DIRECTA, SINO QUE SE LIMITARA A REFERIR LOS HECHOS POR ESCRITO 0 TELEFONICAMENTE DETALLANDO EL MOTIVO DE SU QUEJA PARA QUE "EL PRESTADOR" LOS SANCIONE COMO CORRESPONDA Y DE ACUERDO A SU NORMATIVIDAD.
CUARTA.- ACUERDAN "EL PRESTADOR" Y "EL CONTRATANTE" QUE EL SERVICIO DE VIGlLANCIA MATERIA DE ESTE CONTRATO SE PRESTARA EN LAS INSTALACIONES DE "EL CONTRATANTE" QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO UNO, EL CUAL DEBIDAMENTE RUBRICADO POR LAS PARTES PASA A FORMAR PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO Y QUE SE TIENE POR TOTALMENTE INSERTO Y REPRODLJCIDO EN ESTA CLAUSULA COMO SI A LA LETRA ESTUVIERE. .
QUINTA. - EN CONTRAPRESTACION A LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGlLANCIA QUE A PARTIR DE LA FECHA LE BRINDA "EL PRESTADOR", "EL CONTRATANTE" SE OBLIGA Y COMPROMETE A PAGAR POR CADA MES DE SERVICIO A "EL PRESTADOR" LAS CANTIDt\DES ..QUE SE DETALLAN EN EL M.UO liND, EL CUAL SE TIENE POR INSERTO Y REPRODUCIDO EN ESTA CLAUSULA COMO SI A"OC"CETRA ESTUVIERE, CANTIDADES QUE ESTARAN SUJETAS AL PAGO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, PAGOS QUE SE REALIZARAN EN FORMA MENSUAL.
TODOS LOS PAGOS LOS HARA "EL CONTRATANTE" MEDIANTE CHEQUE BANCARIO NOMINATIVO EN EL DOMICILIO DE "EL PRESTADOR" MEDIANTE TRANSFERENCIAS Y/O DEPOSITOS BANCARIOS, YA VIA RED ELECTRONICA 0 FISICAMENTE, A LA CUENTA BANCARIA QUE LE SENALE Y EN LA QUE ASI LE AUTORICE A HACERLO "EL PRESTADOR". LAS PARTES ACUERDAN QUE TODO DEPOSITO 0 PAGO QUE EFECTUE "EL CONTRATANTE" EN FAVOR DE "EL PRESTADOR" DEBERA NOTIFlCARLO EN FORMA INDUBITABLE DENTRO DE LAS 12 HORAS SIGLJIENTES A SU REALIZACION, YA QUE EN CASO CONTRARIO SE TENDRA POR NO HECHO Y SE RECIBIRA EL MISMO, SALVO BUEN COBRO CORRIENDO X XXXXX DE "EL CONTRATANTE" EL PAGO DE CUALQUIER CARGO ECONOMICO POR CHEQUE NO PAGADO A "EL PRESTADOR".
SEXTA.- POR EL IMPORTE PACTA DO EN EL ANEXO UNO "EL CONTRATANTE" QUEDA LIBERADO DE TODA RESPONSABILIDAD DERIVADA 0 QUE SE DERIVE DEL PAGO DE SUELDOS, SERVICIO MEDICO, HOSPITALARIO. CAPACITACION. SUPERVISION. ARMAMENTO, SEGURO DE VIDA, VESTUARIO, EQUIPO Y EN GENERAL DE CUALQUIER OTRA PRESTACION QUE SEA CONEXA CON EL PERSONAL QUE PARA LA COBERTURA DEL SERVICIO LE PROPORCIONE "EL PRESTADOR".
SE~TIMA. - ACUERDAN EXPRESAMENTE "EL PRESTADOR" Y "EL CONTRATANTE" QUE ANUALMENTE SE REVISARAN LAS CANTIDADES SENALADAS EN EL ANEXO UNO DE ESTE CONTRATO, PARA LOS EFECTOS DE ESTA CLAUSULA, SE PROCEDERA A LA ACTUALIZACION DE LOS COSTOS DE LOS SERVICIOS DE VIGlLANCIA; LOS INCREMENTOS SERAN MOTIVO DE JUSTIFICACION PREVIA Y DE ACUERDO A LAS NECESIDADES OPERATIVAS DE "EL PRESTADOR", EN ESTA VIRTUD, LA FACTRACION SE MODIFICARA AUTOMATICAMENTE Y SE AJUSTARA EN IGUAL PORCENTAJE AL INCREMENTO DE QUE SE TRATE.
OCTAVA.- LA DURACION DEL PRESENTE CONTRATO SERA POR UN PERIODO DE SIETE MESES QUE SERAN DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA AMBAS PARTES Y QUE COMENZARAN A CORRER A PARTIR DEL DIA PRIMERO DEL MES XX XXXXX DEL ANO 2012, CONCLUYENDO EL DIA 00 XX XXXXXXXXX XXX XXX 0000.
NOVENA.- SI "EL CONTRATANTE" INCUMPLE Y/O NO EFECTUA Y/O SE RETRASA DE CUALQUIER FORMA CON LOS PAGOS QUE DEBE EFECTUAR A "EL PRESTADOR" ESTE QUEDA LIBERADO DE CUALQUIER OBLIGACION PARA CON EL Y PODRA RETIRAR EN EL MOMENTO EN QUE ASI LO DESEE A LOS ELEMENTOS DE VIGILANCIA CON LOS QUE HAYA VENIDO PRESTANDO SUS SERVICIOS EN FAVOR DE "EL CONTRATANTE" EN ESTE SUPUESTO, LAS CANTIDADES QUE "EL CONTRATANTE" ADEUDE A "EL PRESTADOR" Y QUE NO LE HAYAN SIDO PAGADAS POR CUALQUIER CIRCUNSTANCIA EN LAS FECHAS Y/O FORMA PACTADAS EN ESTE CONTRATO GENERARAN INTERESES MORATORIOS A RAZON DEL 10% (DIEZ) POR CIENTO MENSUAL Y SERAN AUTOMATICAMENTE EXIGIBLES
POR PARTE DE "EL PRESTADOR" EN FORMA INMEDIATA Y SIN NECESIDAD DE QUE MEDIE DECLARACION JUDICIAL ALGUNA AL RESPECTO.
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DECIMA. - SI "EL CONTRATANTE" DESEA DISMINUIR Y/O RETIRAR POR CUALQUIER RAZON EL NUMERO DE ELEMENTOS CONTRATADOS, XXXXXX MANIFESTARLO POR ESCRITO Y CON 15 DIAS DE ANTICIPACION A "EL PRESTADOR" QUIEN A SU VEZ, EN LA VIA ESCRITA, LE MANIFESTARA SU ACUERDO 0 LAS MEDIDAS CON QUE PUEDE APOYARLE. SI "EL CONTRATANTE" NO MANIFIESTA SU SOLICITUD EN LA FORMA sENALADA, LA FACTURACION Y EL COBRO CORREsPONDIENTE AL PERIODO SE EFECTUARA CON FORME SE PRECIsA EN LA CLAUsULA QUINTA SIN RESPONsABILIDAD ALGUNA PARA "EL PRESTADOR".
51 "EL CONTRATANTE" DESEA AUMENTAR POR CUALQUIER RAZON EL NUMERO DE ELEMENTOS CON QUE CUENTA 0 BIEN DEsEA SERVICIOs ESPORADICOS 0 ESPECIALES DE CUALQUIER INDOLE LO HARA SABER CON 72 HORAS DE ANTICIPACION A "EL PRESTADOR" QUIEN ANALIZAR SI ESTA EN POSIBILIDAD DE PROPORCIONARLE EL SERVICIO sOLICITADO; LA MATERIALIZACION DE CUALQUIERA DE ESTOS sUPUESTOS GENERARA EL AUMENTO REsPECTIVO EN LA FACTURACION DE CADA PERIODO Y TENDRA LOS COsTOS QUE AL EFECTO SENALE "EL PRESTADOR", LOS CUALES SE HARAN CONSTAR Y SE INCLUIRAN EN LA FACTURA CORRESPONDIENTE AL PERIODO MENSUAL DE QUE SE TRATE 0 BIEN, EN SU CASO, SE MANEJARAN EN FACTURACION POR SEPARADO EN CASO DE sERVICIOS ESPORADICOS, ESPECIALEs 0 EVENTUALEs.
LAS PARTES OTORGANTES ACUERDAN QUE TODO INCREMENTO Y/O DISMINUCION EN EL NUMERO DE LOS ELEMENTOS DE VIGILANCIA CON LOS QUE SE PREsTARA EL SERVICIO QUE CONSTAN EN EL ANEXO UNO DE EsTE CONTRATO DEBERA sER EsTIPULADO EN CONVENIO MODIFICATORIO Y QUE ELLO SEA POR SEPARADO EN CADA OCASION EN QUE ASI SUCEDA, LOS CUALES PASARAN A FORMAR PARTE DE EsTE CONTRATO.
DECIMA PRIMERA.- EXPRESAMENTE ACUERDAN "EL CONTRATANTE" Y "EL PREsTADOR" QUE EL PERSONAL COMISIONADO POR EL \.. SEGUNDO NO PODRA NI DEBERA SER DEsTINADO POR EL PRIMERO PARA DEsEMPENAR NINGUNA OTRA CLASE DE TRABAJO QUE
NO SEA EL PACTADO EN ESTE CONTRATO; paR LO TANTO, SI DICHOS ELEMENTOS DE VIGILANCIA SON DESTINADOs U OCUPADOs
UNILATERALMENTE POR "EL CONTRATANTE" Y ELLO TIENE POR FINALIDAD LA REALIZACION DE UNA ACTIVlDAD DISTINTA A LA sENALADA EN ESTE INsTRUMENTO Y AL EJECUTARLA sUFREN Y/O CAUsAN Y/O sE CAUsAN ALGUNA LESION Y/O PERCANCE Y/O DANO Y/O INCURREN EN ALGUN ILICITO Y/O AFECTAN BIENES DE "EL CONTRATANTE" Y/O DE SUS CLIENTES Y/O DE CUALQUIER TERCERO, SU COOTORGANTE "EL PRESTADOR" NO TENDRA RESPONSABILIDAD ALGUNA POR ELLO, AsUMIENDO "EL CONTRATANTE"
LA TOTALIDAD DE LAS RESPONSABILIDADES QUE DE ELLO SE DERIVEN.
POR LO ANTERIOR "EL PREsTADOR" NO AUTORIZA A SUS ELEMENTOS COMIsIONADOS; LA OPERACION DE XXXXXXXXx Y/O MAQUINARIA PROPIEDAD DE "EL CONTRATANTE", DE sUS CLIENTEs Y/O DE CUALQUIER TERCERO, POR LO TANTO "EL PRESTADOR" NO RECONOCERA REsPONSABILIDAD ALGUNA, ASI MISMO "EL CONTRATANTE" A LOS ELEMENTOS ASIGNADOS NO XXxX PROPORCIONARA LLAVES DE VEHICULOS AUTOMOTORES, MAQUINARIA Y/O LLAVES DE OFICINAs EN DONDE SE ENCUENTRE DINERO EN EFECTIVO Y/O COSAS DE VALOR.
ACUERDAN LAS PARTES QUE "EL CONTRATANTE" PROPORCIONARA SIN COSTO ALGUNO PARA "EL PRESTADOR" UN LUGAR INDEPENDIENTE DENTRO DE SUS INsTALACIONEs PARA QUE SE INSTALE EL PUESTO DE MANDO Y/O DE CONTROL QUE DEBE OCUPAR EL PERSONAL QUE EsTE ULTIMO DESTINE PARA LA PREsTACION DEL sERVICIO Y DICHO LOCAL CONTARA CON UNA LINEA TELEFONICA REsTRINGlDA A usa DE LLAMADAs LOCALES Y DE LARGA DISTANCIA.
SI LA LINEA CON QUE sE DOTE AL LOCAL TIENE LIBERTAD Y/O FACILIDAD DE ACCESO PARA LLAMADAs DE LARGA DIsTANCIA U OTRAs NO RELACIONADAs CON EL sERVICIO DE VIGILANCIA, AsI COMO DEL SISTEMA DE COMPUTO E INTERNET, "EL PREsTADOR" NO SERA REsPONsABLE DE CUALQUIER MAL usa QUE sE LE DE Y, EN EsTE sUPUEsTO, "EL PREsTADOR" QUEDA LIBERADO DE TODA REsPONsABILIDAD CIVIL Y/O PENAL QUE POR EL MAL USO sE LE DE AL APARATO TELEFONICO V/O A LA LINEA Y LOS COsTOs DEL sERVICIO TELEFONICO GENERADOs Y/O CAUSADOs NO LE SERAN REPRODUCIBLEs Y/O RECLAMABLES EN FORMA
LGUNA A "EL PRESTADOR" sITUACION CON LA QUE ESTA DE ACUERDO DESDE HOY "EL CONTRATANTE".
DECIMA SEGUNDA. - ACUERDAN EXPRESAMENTE "EL CONTRATANTE" Y "EL PRESTADOR" QUE EN CAsO DE SUCEDER UN HECHO VIOLENTO EN EL CUAL AGENTEs EXTERNOS Y/O INTERNOS Y/O FUERZAs NATURALES UTILICEN V/OEJERZAN Y/O PRACTIQUEN CONDUCTAS VIOLENTAS Y/O DELICTIVAS Y/O DEsTRUCTIVAS CON EL PROPOSITO DE APODERARSE Y/O SUSTRAER Y/O DANAR EL PATRIMONIO Y/O BIENES Y/O VALORES DE "EL CONTRATANTE" CONFlADOS A VIGILANCIA DE "EL PRESTADOR" EL PERSONAL DE VIGILANCIA EJECUTARA Y/O HARA USO DE LAS MEDIDAS DISPONIBLES PARA DISUADIR Y/O REPELER Y/O SOMETER V/O CONTROLAR DICHAS CONDUCTAS Y/O SITUACIONES; SIN EMBARGO. ACUERDAN LAS PARTES QUE "EL PRESTADOR" Y/O SU PERSONAL NO sERAN REsPONsABLEs EN FORMA ALGUNA DE LOS DANOS Y/O PERDIDAs v/O QUEBRANTOs Y/O FALTANTEs QUE DE ELLO sE DE RIVEN Y POR LO TANTO NO ESTAN NI EsTARAN OBLIGADOS A RESPONDER NI CIVIL NI PENALMENTE ANTE "EL CONTRATANTE" POR LAS PERDIDAS Y/O DANOS Y/O QUEBRANTOS Y/O FALTANTES QUE SU.RJAN 0 SE DERIVEN DE DICt-IAS CONDUCTAS VIOLENTAS Y/O DELICTIVAS Y/O SINIESTROS.
DECIMA TERCERA.- LOS OTORGANTES MANIFIESTAN QUE RENUNCIAN EXPREsAMENTE Y DEsDE HOY A CUALQUIER FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES EN RAZON A SUS DOMICILIOS PRESENTEs 0 FUTUROS, AL DERIVADO DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA; Y EN CASO DE QUE EXISTA CONTROVERSIA 0 DUDAS RELATIVAS A LA INTERPRETACION DE ESTE CONTRATO, SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LA JURISDICCION V COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES CIVILES DEL FUERO COMUN, DE LA CIUDAD DE XXXXXXX XX xXXX, EsTADO XX XXXXXXX.
DECIMA CUARTA. - LOS OTORGANTEs MANIFIESTAN QUE EN LA CELEBRACION DEL PREsENTE CONTRATO NO EXISTE ERROR, DOLO, MALA FE. VICIOS DEL 0 EN EL CONSENTIMIENTO, VIOLENCIA DE NINGUNA INDOLE Y QUE NINGUNO DE ELLOS SE ENRIQUECE INDEBIDAMENTE X XXXXX DEL PATRIMONIO DE SU COOTORGANTE; POR LO QUE DE COMUN ACUERDO.RATIFICAN TODAS Y CADA UNA DE LAS DECLARACIONEs Y CLAUSULAS DEL MISMO QUE ELEVAN ESTE CONTRATO, SUS ANEXOS Y TODOS SUS EFECTOS A LOS DE LA COSA JUZGADA Y EJECUTORIADA.
DECIMA QUINTA. - LAS PARTES ACUERDAN QUE SI EN UN PLAZO NO MAYOR DE CINCO DIAS NATURALES, A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA DEL PRESENTE CONTRATO DE PREsTACION DE SERVICIOs, ESTE NO ES DEVUELTO DEBIDAMENTE RUBRICADO POR "EL CONTRATANTE" A "EL PRESTADOR", EL SIMPLE ACUSE DE RECIBlDO ES SUFICIENTE PARA TENERLO COMO ACEPTADO, EN TODAS Y CADA UNA DE SUS CLAUSULAS POR "EL CONTRATANTE".
LEIDO Y RATIFICADO EN LA TOTALIDAD DE SU CONTENIDO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SUS ALCANCES, VALOR Y FUERZA LEGAL, SE PROCEDE A SUSCRIBIR ESTE CONTRATO EN LA ClUDAD DE XXXXXXX XX XXXX, CAPITAL DEL ESTADO XX XXXXXXX A PRIMERO
XX XXXXX DEL ANO DOS MIL DOCE, POR DUPLICADO, QUEDANDO UN TANTO EN PODER DE LAS PARTES CONTRATANTES, EN PRESENCIA DE LOS TESTIGOS QUE LES AS STEN Y QUE DAN FE.
C. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX ~IN DEL CAMPO DIRECTOR DE AD INISTRACION Y FINANZAS