CONDICIONES REGULADORAS DEL CONTRATO “ASISTENCIA TÉCNICA PARA DESARROLLO SOFTWARE” EXPEDIENTE 2017/SCON-AIU/000008”
CONDICIONES REGULADORAS DEL CONTRATO “ASISTENCIA TÉCNICA PARA DESARROLLO SOFTWARE” EXPEDIENTE 2017/SCON-AIU/000008”
Julio de 2017
A. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO 3
A.1. OBJETO Y DURACIÓN DEL CONTRATO 3
A.2. TIPO DE CONTRATO 3
A.3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 3
A.4. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 3
A.5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, UNIDAD GESTORA Y RESPONSABLE DEL CONTRATO . 4
A.6. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y UMBRALES DE SOLVENCIA EXIGIDOS 4
A.7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 5
A.8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 6
A.9. OFERTA ANORMALMENTE BAJA 8
A.10. DOCUMENTACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 8
A.11. SUBCONTRATACIÓN 9
A.12. REVISIÓN DE PRECIOS 9
A.13. FACTURACIÓN 9
A.14. PERSONAL 10
B. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 12
B.1. RÉGIMEN JURÍDICO 12
B.2. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL 12
B.3. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA 12
B.4. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 14
B.5. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN 14
B.6. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 15
B.7. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 17
B.8. GARANTÍAS 18
B.9. RIESGO Y XXXXXXX. DAÑOS Y PERJUICIOS 18
B.10. DATOS PARA LA HUELLA DE CARBONO Y BALANCE ENERGÉTICO 18
B.11. CONFIDENCIALIDAD Y SIGILO 18
B.12. PROTECCIÓN DE DATOS 19
B.13. APLICACIÓN DE PENALIDADES 19
B.14. PAGO 19
B.15. CESIÓN DEL CONTRATO 20
B.16. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 20
B.17. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 21
B.18. JURISDICCIÓN Y RECURSOS 21
B.19. INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO 21
ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE 22
ANEXO II. PROPOSICIÓN ECONÓMICA 23
ANEXO III. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 24
1. Alcance del contrato 24
2. Necesidades de Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A 24
3. Tareas a realizar 25
4. Productos a obtener 26
5. Organización del servicio 27
ANEXO IV. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD 29
CONDICIONES REGULADORAS DEL CONTRATO “ASISTENCIA TÉCNICA PARA DESARROLLO SOFTWARE” EXPEDIENTE 2017/SCON-AIU/000008”
A. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
A.1. OBJETO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
Objeto: Es objeto del contrato con Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx, S.A. (en adelante SCPSA) la asistencia técnica para desarrollo software de distintos sistemas de información de Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A. ( SCPSA), conforme al alcance y condiciones técnicas recogidas en el Anexo III de las presentes condiciones reguladoras.
CPV: 72211000-7 Servicios de programación de sistemas y software de usuario
Duración: La duración del contrato será de tres años contados a partir del día siguiente a la formalización del mismo.
El plazo máximo para el inicio del servicio será de 30 días naturales contados a partir de la fecha de formalización del contrato.
A.2. TIPO DE CONTRATO
Contrato de asistencia.
A.3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato asciende a 136.000,00 € IVA excluido. No será admitida ninguna oferta que supere dicho importe.
En dicho importe se entenderán incluidos todos los impuestos (excepto el IVA), tributos y tasas aplicables, así como los gastos de desplazamiento, dietas y cuantos gastos se produzcan hasta la finalización de la prestación del servicio.
A.4. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
De acuerdo a la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos (LFC) se utilizará el Procedimiento Abierto sin publicidad comunitaria recayendo la adjudicación en el licitador que haga la proposición más ventajosa de acuerdo a los criterios establecidos en el punto A.8 y sin perjuicio del derecho de SCPSA a declararlo desierto.
El anuncio de licitación se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxx.xx) y en la Sede Electrónica de la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/
Una vez publicado el anuncio de licitación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx, se recomienda la suscripción al mismo para conocer las futuras publicaciones que puedan derivarse de este procedimiento, tales como aclaraciones sobre las condiciones reguladoras o la fecha de apertura de las ofertas económicas.
A.5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, UNIDAD GESTORA Y RESPONSABLE DEL CONTRATO
El órgano de contratación es la Dirección - Gerencia de SCPSA y la Unidad Gestora estará formada por:
• Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx – Director de Tecnologías de la Información Suplente: Xxxxxxxx Xxxxxxx – Gestor de Proyectos de Aplicaciones.
• Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx – Economista Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx - Economista
• Xxxxx Moral Xxxxxx – Técnica de Asesoría Jurídica
Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx – Asesora Jurídica de MCP
• Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx – Jefa de Compras y Facturación a Terceros Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx – Técnico de Compras
El responsable del contrato será Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
A.6. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y UMBRALES DE SOLVENCIA EXIGIDOS
Criterios de solvencia económica: El cumplimiento de este requisito se hará constar en la Declaración Responsable (Anexo I), correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la presentación de una declaración en la que se especifique el volumen anual de negocios global de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles, que deberá ser, en cada uno de ellos, superior a 100.000 €.
Criterios de solvencia técnica: El cumplimiento de este requisito se hará constar en la Declaración Responsable (Anexo I), correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la presentación de los siguientes documentos:
a. Certificados de buena ejecución de 3 trabajos en relación con el desarrollo de software en entornos Java y .Net, efectuados durante los tres últimos años por un importe mínimo de
50.000 € cada trabajo, indicándose su importe, fecha de instalación, clientes y personal de contacto.
b. Currículum vitae del equipo técnico ofertado para el contrato, donde se detalle de forma contrastable la experiencia del equipo en desarrollo de software en entornos Java y .Net.
Las ofertas deben indicar el perfil, la titulación y experiencia profesional del personal responsable de la ejecución del contrato y estará integrado mínimo por 2 personas que acrediten los siguientes perfiles:
• 1 perfil especializado en coordinación de estos servicios
• 1 perfil especializado en desarrollo JAVA
• 1 perfil especializado en desarrollo .NET
Todos ellos deberán acreditar mínimo 3 años de experiencia en su área de conocimiento.
A.7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de esta condición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas que haya suscrito.
No se admitirá la presentación de variantes o alternativas.
Las solicitudes se presentarán en tres sobres cerrados en los que figurará la siguiente leyenda: “Asistencia técnica para desarrollo software. Expediente 2017/SCON-AIU/000008”, los datos del licitador (nombre, dirección, e-mail, teléfono) así como el título de cada sobre, que será, respectivamente:
SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA SOBRE 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
SOBRE 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
SOBRE 1 – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Contendrá:
a. Declaración responsable. Conforme al Anexo I y firmada por persona debidamente apoderada. Caso de ser empresas que concurran conjuntamente la declaración responsable deberá ser por cada una de las empresas.
b. Si se trata de empresas que concurren conjuntamente, deberá presentarse la documentación prevista en el art. 10.2 de la LFC.
SOBRE 2 – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Se aportará la documentación necesaria relativa a los aspectos técnicos de la oferta y cuantos documentos y compromisos considere precisos para una adecuada valoración de la oferta en relación con los criterios técnicos de adjudicación. Su estructura contendrá como mínimo los siguientes apartados y contenidos:
• Descripción detallada de los procesos tendentes a asegurar la capacidad del servicio.
• Descripción detallada de los procesos tendentes a asegurar la correcta ejecución de los trabajos.
• Descripción detallada de los procesos tendentes a asegurar una coordinación y transferencia del conocimiento óptima.
• Descripción detallada de las herramientas puestas a disposición del servicio que mejoren su prestación, control y seguimiento.
• Descripción detallada de los perfiles profesionales, responsabilidades y funciones de los recursos destinados al contrato incluyendo cualquier medio adicional propuesto.
• Cuanta otra información se considere relevante para la comprensión de la oferta presentada.
SOBRE 3 – PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Conforme al Anexo II y firmada por persona debidamente apoderada. En el caso de empresas que concurran conjuntamente, la proposición económica será única a nombre de todas las empresas.
La inclusión de cualquier referencia al importe de la oferta económica en los sobres 1 ó 2 dará lugar a la exclusión de la empresa en esta licitación.
A.8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la selección del adjudicatario se tendrán en cuenta los siguientes criterios y sus correspondientes ponderaciones, redondeando las valoraciones a dos decimales.
OFERTA ECONÓMICA: HASTA 70 PUNTOS
La puntuación de la oferta económica se obtendrá en base a la siguiente fórmula:
a) Si bm ≤ 25
Pe = (b/25) * P
b) Si bm > 25
Pe = (b/bm) * P
Se definen:
Plic: presupuesto de licitación (IVA excluido) O: oferta económica (O) (IVA excluido)
b: baja b = 100 * (Plic – O) / Plic bm: baja máxima en %
P: Puntuación máxima
Pe: Puntuación oferta económica
OFERTA TÉCNICA: HASTA 30 PUNTOS
Para su evaluación se analizará la documentación requerida en el sobre 2 – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Criterio | Puntuación |
Comprensión: Se valorará la calidad de la solución ofertada, la coherencia y proporcionalidad entre los diferentes aspectos de la propuesta y su adecuación a los objetivos generales de la propuesta. | Hasta 5 puntos |
Organización del servicio: se valorará cómo propone su organización y coordinación a lo largo del proyecto así como los mecanismos necesarios para su correcto seguimiento y control. | Hasta 7 puntos |
Calidad de los trabajos: Se valorarán aquellas herramientas, procedimientos y técnicas que optimicen la gestión del servicio, mediante la definición y seguimiento de métricas detectando posibles desviaciones e identificando acciones correctoras orientadas a eliminar incidencias y reducir las actuaciones de mantenimiento correctivo. | Hasta 9 puntos |
Gestión del conocimiento: Se valorarán las medidas propuestas dimensionamiento y nivel de detalle que mejor aseguren una transmisión efectiva y completa del conocimiento generado en el desarrollo del proyecto | Hasta 5 puntos |
Herramientas: Se valorará la aportación de un conjunto de herramientas accesibles, de fácil uso y que aporten valor y conocimiento para asegurar la calidad, gestión y seguimiento del servicio. | Hasta 4 puntos |
Resultarán automáticamente eliminadas las propuestas que no obtengan un mínimo de 15 puntos en la valoración técnica.
A.9. OFERTA ANORMALMENTE BAJA
Podrán considerarse anormalmente bajas las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
• Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
• Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
• Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
• Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
A.10. DOCUMENTACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Previamente a la formalización del contrato el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
a. Seguro de responsabilidad civil
El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que se puedan causar a terceros, incluyendo a MCP y a SCPSA, como consecuencia de la prestación del contrato.
El Adjudicatario contratará y mantendrá en vigor una póliza de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 600.000 € incluyendo la Responsabilidad Civil de Explotación, de Productos considerándose tanto a la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx como Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx, S.A. y los empleados de ambas, terceros frente al adjudicatario.
Para ello, deberá presentar antes de la prestación del servicio, y en cada uno de los vencimientos que se produzcan durante la realización de este contrato, un certificado de la compañía aseguradora que acredite la vigencia de dicha póliza y de estar al corriente de pago.
La responsabilidad del Adjudicatario en ningún caso quedará condicionada por el límite máximo de indemnización, de las franquicias, exclusiones o limitaciones que establezca el contrato suscrito por el adjudicatario con su compañía de seguros.
b. Garantía definitiva:
4% del importe de adjudicación del contrato.
Esta garantía podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 95 de la LFC y responderá de las obligaciones que para el contratista se derivan de este contrato, incluidas las penalizaciones en que pudiera incurrir o cualesquiera otros incumplimientos.
A.11. SUBCONTRATACIÓN
En el caso de que la subcontratación no se haya anunciado en el momento de acreditar la solvencia técnica, el contrato deberá ser ejecutado directamente por el adjudicatario, sin que éste pueda concertar con terceros la realización parcial del mismo, salvo que SCPSA lo autorice expresamente con carácter previo y por escrito, respetando los requisitos establecidos en el artículo 110 de la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos.
En este caso, los subcontratistas no podrán estar incursos en causa de exclusión para contratar con la administración y deberán reunir los requisitos de solvencia económica y técnica adecuados a la prestación objeto de subcontratación.
El adjudicatario será el único responsable del correcto cumplimiento del contrato ante SCPSA, siendo el único obligado ante los subcontratistas.
A.12. REVISIÓN DE PRECIOS
El contrato no está sujeto a revisión de precios.
A.13. FACTURACIÓN
El adjudicatario emitirá factura mensualmente con relación a las horas de dedicación en la ejecución de las tareas encargadas, previa declaración de conformidad emitida por la Dirección Tecnologías de la Información, al precio hora resultante de dividir el importe ofertado para el desarrollo software entre 4.000 horas.
A.14. PERSONAL
Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en las condiciones reguladoras, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de SCPSA del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a SCPSA.
Si el adjudicatario propusiera el cambio de una de las personas del equipo de trabajo, se deberá solicitar por escrito con quince días de antelación y requerirá de las siguientes condiciones:
▪ Justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio.
▪ Presentación de posibles candidatos con un perfil de cualificación técnica y conocimientos acreditados iguales o superiores al de la persona que se pretende sustituir.
▪ Aceptación de alguno de los candidatos por parte de SCPSA.
Los posibles inconvenientes de adaptación al entorno de trabajo y al proyecto debidos a las sustituciones de personal, deberán subsanarse mediante periodos de solapamiento sin coste adicional, durante el tiempo necesario.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante de su equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista velará especialmente porque sus trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto a la actividad delimitada en las condiciones reguladoras como objeto del contrato.
El lugar de trabajo inicialmente será las propias instalaciones de SCPSA en Pamplona.
No obstante, si así lo decidiera SCPSA, el adjudicatario deberá alojar a todo o parte del equipo en sus propias instalaciones, sin ningún coste para la SCPSA.
Por razones de servicio, se podrá exigir cualquier asistencia a otras sedes de SCPSA, sin que ningún coste (transporte, parking, etc.) pueda ser repercutido o requerido.
Si por algún motivo excepcional, alguna tarea dentro del proyecto requiere una ejecución fuera de horarios típicos de oficina, el adjudicatario se compromete a llevar a cabo dichas tareas, sin que esto suponga un sobrecoste para el proyecto.
El adjudicatario proveerá a todo su personal de todo el equipamiento necesario para poder desarrollar los trabajos contenidos dentro del alcance del presente pliego. Entre este equipamiento se encuentran los equipos informáticos portátiles, con todas las licencias de software ofimática y de gestión de proyectos instalado, y los teléfonos móviles con acceso a correo, mensajería, etc. Además, todos los costes de la mencionada infraestructura serán a cargo del adjudicatario, estando incluidos en el precio de la oferta. No obstante, tras la adjudicación del contrato, y antes del inicio del proyecto, SCPSA y el adjudicatario podrán establecer otra forma de relación diferente, siempre cumpliendo la normativa legal vigente en esta materia.
Igualmente deberá proveer, distribuir, instalar y facilitar cualquier sistema de información que proponga, así como la infraestructura de base para su alojamiento.
El contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable, quien integrado en su propia plantilla tendrá las siguientes obligaciones:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a SCPSA, canalizando la comunicación entre SCPSA y el personal adscrito a la ejecución del contrato, respecto a las cuestiones derivadas de dicha ejecución
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato e impartirles las órdenes e instrucciones de trabajo necesarias para la ejecución del contrato.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante de equipo adscrito al contrato de las funciones que tienen desempeñadas, así como el control de la asistencia a su puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo coordinarse para ello con SCPSA, a los efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
Informar a SCPSA sobre las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
B. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
B.1. RÉGIMEN JURÍDICO
Por tratarse de un contrato a celebrar por entidad señalada en el apartado e) del artículo 2.1, de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos (LFC), a este contrato le es de aplicación el Libro II de dicha ley en lo que se refiere a su preparación y adjudicación, siendo sus efectos y extinción regidos por el Derecho civil o mercantil, sin perjuicio del régimen de modificaciones y de reclamaciones previsto en el Libro I y en el Libro III de la Ley Xxxxx citada.
La participación en la presente licitación implica la aceptación voluntaria de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución hasta la finalización.
B.2. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL.
Este contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
En caso de incumplimiento por parte del contratista de lo dispuesto en este punto, el órgano de contratación podrá optar por:
a) Resolver el contrato e inhabilitar al contratista para contratar con las entidades sometidas a la presente ley xxxxx por un periodo de 5 años.
b) Continuar con la ejecución del contrato por el mismo contratista con la imposición de una penalidad del 35 por ciento del precio del contrato.
B.3. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA
Podrán tomar parte en la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y cuenten con la capacidad y los niveles de solvencia económica, financiera y técnica que se hayan exigido en el punto A.6 de las condiciones particulares del contrato.
a. Solvencia económica y financiera:
Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero.
El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 de las condiciones particulares del contrato, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 de las condiciones particulares del contrato.
b. Solvencia técnica:
Se entiende por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes.
El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 de las condiciones particulares del contrato, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 de las condiciones particulares del contrato.
Conforme al artículo 15 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquéllas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, el licitador deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 13 y 14 de la LFC, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato.
Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.
B.4. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las empresas que deseen participar en el procedimiento presentarán sus ofertas en el plazo que se indicará en el anuncio de licitación publicado en el Portal de contratación xx Xxxxxxx.
Las ofertas se presentarán en el Registro General de MCP, calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) de las 9:00 a las 14:00 horas.
Podrán enviarse proposiciones a través de Oficinas de Correos, dentro del plazo establecido, en cuyo caso el interesado deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío, remitiendo en el mismo día por correo electrónico: xxx@xxx.xx, o Fax 000000000, el resguardo correspondiente. No obstante, transcurridos 10 días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Las ofertas tendrán un plazo de vigencia de tres meses desde la finalización del plazo de su presentación. Trascurrido dicho plazo sin que el órgano de contratación haya adjudicado el contrato, los licitadores podrán retirar su oferta sin penalidad alguna.
Los interesados podrán solicitar aclaraciones sobre el contenido del contrato, con una antelación mínima de 6 días naturales a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, en el email: xxxxxxxxxxxx@xxx.xx. Las contestaciones serán enviadas al interesado directamente y publicadas en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en la Sede Electrónica de la MCP.
B.5. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá, en acto interno, a la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre 1 y, en el caso de que así se haya exigido en el punto A.7 de las condiciones particulares del contrato, en el sobre 2.
Si la Mesa de Contratación/Unidad Gestora observara que la documentación fuera incompleta u ofreciese alguna duda, podrá conceder un plazo de entre 5 y 10 días naturales para que el licitador lo subsane.
La solicitud de subsanación de documentación se comunicará al correo electrónico indicado por los licitadores en la declaración responsable o en el DEUC.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias no subsanables, se rechazará la proposición.
La Mesa de Contratación/Unidad Gestora podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
B.6. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación/Unidad Gestora, en acto público a celebrar en el lugar y día que se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en la Sede Electrónica de MCP, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre 1 y, en su caso, en el sobre 2 indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión.
A continuación, se procederá a la apertura y lectura del sobre que contenga la proposición económica/valoración automática, salvo el de aquéllas ofertas que hayan sido excluidas tanto por deficiencias en la documentación correspondiente al sobre 1 como en la documentación correspondiente al sobre 2.
A continuación, en acto interno, se procederá a la apreciación del carácter desproporcionado o anormal de las mismas, tomando como referencia únicamente las ofertas admitidas.
Cuando se identifique alguna oferta anormalmente baja que haga presumir que no va a ser cumplida regularmente, antes de rechazar la oferta la Mesa de Contratación/Unidad Gestora comunicará dicha circunstancia a los licitadores que la hubiere presentado, conforme a lo previsto en el artículo 91 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
Si se considera finalmente que la oferta presenta valores anormales que no garantizan la correcta ejecución o viabilidad del contrato, deberá ser excluida de la licitación. La exclusión de la oferta anormalmente baja no dará lugar a un nuevo cálculo de ofertas anormales, ni se tomará en consideración a la hora de asignar la puntuación económica.
En consecuencia, la puntuación de la oferta económica se realizará tomando como referencia todas las proposiciones económicas admitidas y se levantará el Acta correspondiente con la propuesta de adjudicación.
Si se produjera empate en la puntuación entre dos o más licitadores, tal y como establece el art. 51.3 de la LFC, éste se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que éste no sea inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género.
A tal efecto, la Mesa de Contratación/Unidad Gestora requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días naturales para su aportación.
En los casos en que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
En el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la propuesta de adjudicación, el licitador propuesto deberá presentar los siguientes documentos:
a. Documentación acreditativa de la personalidad:
• Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad.
• Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica de la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
• Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
• De conformidad con el D.F. 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Xxxxx, podrá sustituirse la documentación de este apartado por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, sin perjuicio de recabar del Registro la exhibición de dicha documentación, suponiendo la presentación a ésta licitación autorización suficiente para que se solicite de oficio esta documentación.
Quienes hubiesen concurrido a anteriores y recientes licitaciones convocadas por SCPSA, quedarán eximidos de presentar la documentación administrativa exigida en este apartado, por obrar ésta en dicho expediente (siempre que no hubiese sido retirada dicha documentación, y permaneciesen invariables las circunstancias empresariales), debiendo cumplimentar una declaración sobre tal extremo.
b. Obligaciones tributarias
• Alta y último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
• Certificado del Departamento de Economía y Hacienda de los órganos competentes de las Administraciones Públicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente de las mismas, expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
c. Certificado expedido por la seguridad social
Acreditativo de estar inscritas en el sistema de Seguridad Social, estar afiliados o haber afiliado y dado de alta a los trabajadores, haber presentado los documentos de cotización correspondientes y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad
Social que le imponen las disposiciones vigentes (salvo el supuesto de que el licitador no esté comprendido obligatoriamente dentro de su ámbito de aplicación), expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
d. Solvencia:
El licitador deberá aportar la documentación detallada en el punto A.6 de las condiciones particulares del contrato.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento, con abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5 por 100 del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje.
En este supuesto, la Mesa de Contratación/Unidad Gestora propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación prevista en este punto en el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la propuesta de adjudicación.
La solicitud de la documentación necesaria para efectuar la propuesta de adjudicación al órgano de contratación se comunicará al correo electrónico indicado por los licitadores en la declaración responsable o en el DEUC.
B.7. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación resolverá la adjudicación, pudiendo declarar el procedimiento desierto si ninguna de las proposiciones se estima adecuada.
La adjudicación del contrato quedará suspendida durante el plazo de 15 días naturales desde la remisión de la comunicación de adjudicación, o en su caso, desde la publicación de la adjudicación, cuando el procedimiento de adjudicación utilizado e indicado en el punto A.4 de las condiciones particulares del contrato, sea el abierto superior al umbral comunitario.
En el caso de que el procedimiento de adjudicación utilizado sea el inferior al umbral comunitario, la adjudicación del contrato quedará suspendida durante el plazo de 10 días naturales desde la remisión de la comunicación de adjudicación, o en su caso, desde la publicación de la adjudicación.
Transcurrido el plazo de suspensión y en el plazo máximo de 15 días naturales se formalizará el contrato previa presentación por el adjudicatario de la documentación que se indica en el punto A. 10 de las condiciones particulares del contrato.
B.8. GARANTÍAS
Las garantías que se exijan en el presente procedimiento podrán constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 95 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos xx Xxxxxxx.
En el caso de que se exija garantía provisional estará afecta a la obligación de formalizar el contrato en el plazo establecido.
La garantía definitiva quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta el momento de finalización del plazo de garantía y, en particular, al pago de las penalidades así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
B.9. RIESGO Y XXXXXXX. DAÑOS Y PERJUICIOS
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y serán por cuenta de éste las pérdidas, xxxxxxx o perjuicios que experimente durante la ejecución del contrato, sin perjuicio de su aseguramiento por el interesado.
Serán imputables al adjudicatario los daños y perjuicios que se causen con motivo de la ejecución de este contrato, con excepción de los que sean consecuencia de una orden inmediata y directa de SCPSA.
B.10. DATOS PARA LA HUELLA DE CARBONO Y BALANCE ENERGÉTICO
Si así se lo solicita SCPSA, la empresa adjudicataria de este contrato deberá proporcionar, en los plazos y sistema que establezca SCPSA, los datos correspondientes a consumos energéticos (electricidad, combustibles, etc,...) así como otras posibles fuentes de emisiones de gases de efecto invernadero (gases refrigerantes, etc...) que se correspondan con la prestación de este contrato, de forma que sirva de base para el cálculo del Balance Energético y Huella de Carbono de MCP/SCPSA. Igualmente, la empresa objeto de este contrato deberá permitir el acceso a la información documental y contable que respalde los datos facilitados, así como cooperar en su caso con las labores de auditoría tanto interna (de SCPSA) como externa que se pudieran realizar en esta materia.
Si el contratista dispone de su propio cálculo verificado de emisiones, lo podrá aportar a SCPSA en la parte correspondiente a este contrato sin que ello sustituya, salvo criterio de SCPSA, lo previsto en el párrafo anterior.
B.11. CONFIDENCIALIDAD Y SIGILO
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 de la LFC, se informa a las empresas licitadoras que la documentación que aporten a la licitación tendrá “carácter de confidencial” en el caso de que la hayan designado como tal. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente
(sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal, adjuntando un índice con los apartados de la documentación que se consideran confidenciales, sin que sean admisibles declaraciones genéricas que afecten a la totalidad de la oferta.
Igualmente, al amparo del artículo 23, SCPSA exigirá a la empresa adjudicataria obligación de guardar sigilo respecto a datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato.
B.12. PROTECCIÓN DE DATOS
El adjudicatario deberá contemplar todos los aspectos legales e implicaciones relacionados con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos (LOPD), así como con el Reglamento de Desarrollo de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, o cualquier otra disposición que viniera a sustituir o complementar a las anteriores y que pudiera afectar a los trabajos contratados.
B.13. APLICACIÓN DE PENALIDADES
Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante deducción de los pagos pendientes al contratista, así como de las garantías en los casos en que excedieran del importe de aquellos.
La imposición de estas penalidades no excluye la eventual indemnización a SCPSA como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la demora culpable del contratista.
Si el contratista incurriera en el incumplimiento de obligaciones que conlleve la aplicación de penalidades, SCPSA, previa motivación en la que conste el incumplimiento detectado, y una vez ofrecida audiencia al interesado durante un plazo mínimo de 10 días naturales, podrá imponer las penalizaciones que se hayan indicado en las condiciones particulares del contrato.
B.14. PAGO
El pago se efectuará a 40 días desde la fecha de factura, mediante transferencia.
Las facturas deberán contemplar únicamente las prestaciones correspondientes a este contrato y deberán indicar el número de expediente que se indicará a la formalización del mismo.
La factura será remitida por correo ordinario a la dirección calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) o al correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xx.
B.15. CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato solo podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la entidad contratante, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 111 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, y siempre que ello no implique otras modificaciones sustanciales del contrato o tenga por objeto eludir la aplicación de la Ley Xxxxx o restringir de forma efectiva la competencia en el mercado.
B.16. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Este contrato podrá ser objeto de resolución cuando concurra alguna de las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, salvo que se acuerde la continuación del contrato con sus herederos o sucesores. En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de la empresa se entenderá subrogada en los derechos y deberes del contratista la entidad resultante o beneficiaria siempre que conserve la solvencia requerida para la formalización del contrato.
b) La declaración de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, salvo que, en este último caso, el contratista prestare las garantías suficientes a juicio de SCPSA para la ejecución del mismo.
c) El mutuo acuerdo entre SCPSA y el contratista, siempre que no concurra otra causa de resolución imputable al contratista y razones de interés público hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
d) La falta de ejecución en plazo cuando éste tenga carácter esencial.
e) Cuando las penalidades por demora alcancen el 20 por 100 del importe del contrato.
f) La falta de formalización del contrato en el plazo establecido.
g) El incumplimiento de los requerimientos de carácter social o medioambiental para la ejecución del contrato.
h) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
El contrato se resolverá automáticamente cuando las modificaciones en el mismo, aunque fueran sucesivas, impliquen aislada o conjuntamente alteraciones en el precio en cuantía superior, en más o en menos, al 20 por 100 del precio de adjudicación con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido.
B.17. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cuando la resolución del contrato obedezca a mutuo acuerdo los derechos de las partes se acomodarán a lo estipulado.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a SCPSA, lo que se determinará en resolución motivada atendiendo a la existencia, entre otros factores, de un retraso en la inversión proyectada o en la prestación del servicio a terceros o al público en general y los mayores gastos que se imputen a los fondos públicos. Cuando se hayan constituido garantías para el cumplimiento de obligaciones, éstas serán incautadas en la cuantía necesaria para cubrir los daños y perjuicios que se hayan acreditado. Si éstas resultasen insuficientes SCPSA podrá detraer los importes correspondientes de las cantidades de pago pendientes al contratista.
B.18. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
Contra los actos que se aprueben en relación con la licitación y, en su caso, con la modificación de este contrato podrá interponerse, la reclamación en materia de contratación pública establecida en el Libro III de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, cuando concurran los requisitos establecidos en el mismo o el recurso ante el Presidente de la Mancomunidad regulado en el artículo 4 del Reglamento de relaciones entre Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx y Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos podrán ser recurridos ante el Presidente de la Mancomunidad, mediante el recurso citado en el apartado anterior o, directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con las normas procesales de esta jurisdicción.
B.19. INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO
Los datos facilitados se recogen y tratan en ficheros responsabilidad de SCPSA, con la única finalidad del mantenimiento de la relación contractual derivada de la adjudicación de este contrato. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos, dirigiendo un escrito al “Registro” de SCPSA, sito en la calle Gral. Xxxxxxxxxx, 7 31002-Pamplona, en el e-mail xxx@xxx.xx, o en la sede electrónica de la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, manifestando su petición al efecto.
ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Nombre:
NIF:
en representación de la empresa
Nombre: NIF:
Domicilio:
E-mail para notificaciones:
Teléfono de contacto:
enterado de las condiciones reguladoras para la contratación de la “Asistencia técnica para el desarrollo de software. Expediente 2017/SCON-AIU/000008”
DECLARA
Que reúne las condiciones para contratar exigidas en la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos y en las presentes Condiciones reguladoras.
Que no presenta a licitación más de una oferta, ni en su nombre ni mediante empresas vinculadas, de acuerdo con la definición recogida en el artículo 16 de la Ley Xxxxx de Contratos.
Que cumple con las obligaciones que establece la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Que cumple con las obligaciones que establece la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
Que cumple los criterios de solvencia exigidos en las condiciones reguladoras.
a de de 2017
Firma
ANEXO II. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Nombre:
NIF:
en representación de la empresa
Nombre: NIF:
Domicilio:
enterado de las condiciones reguladoras para la contratación de la “Asistencia técnica para el desarrollo de software. Expediente 2017/SCON-AIU/000008” se compromete a su prestación de acuerdo a las condiciones reguladoras, a su oferta y a lo establecido en el contrato, al siguiente importe IVA excluido:
Importe IVA excluido (4.000 horas) (en cifra y letra)
a de de 2017
Firma
En caso de discrepancia de las cantidades recogidas en esta proposición prevalecerá la cantidad en letra respecto de la cantidad en cifra.
ANEXO III. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
1. Alcance del contrato
Se requiere asistencia técnica para el desarrollo software para asegurar el mantenimiento correctivo y evolutivo de distintos sistemas de información de Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A. (SCPSA)
El servicio se concreta en la puesta a disposición de SCPSA de un equipo de trabajo compuesto de profesionales cualificados acorde a la solvencia técnica exigida y por un máximo estimado de 4.000 horas a realizar durante la vigencia del contrato.
2. Necesidades de Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A.
Desde el punto de vista funcional o de negocio, Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A. requiere atención al mantenimiento y evolución de las aplicaciones de las siguientes áreas:
• Aplicaciones Desarrollos propios en Java EE con servicios web SOAP, en algunos casos aplicaciones independientes y en otros desplegados sobre servidor JBoss, utilizando bases de datos Oracle denominados en su conjunto como Sistema Central de Medio de pago (de aquí en adelante, SCM) del Transporte Urbano Comarcal (TUC).
• Plataforma A. L. SIGM con módulos INVESICRES, INVESITE, INVESFORM y desarrollos específicos en Java EE sobre ella, utilizando servidores web apache, servidor de aplicaciones Tomcat utilizando bases de datos SQL Server.
• Plataformas Sharepoint.
• Aplicaciones Desarrollos propios en .NET:
• Plataformas web sobre HTML, CSS, y tecnologías javascript.
Desde el punto de vista técnico, Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S. A. requiere asistencia para realizar las siguientes funciones:
Desarrollo:
o Desarrollo o evolución de las soluciones aprobadas, y prueba de las mismas.
o Despliegue en las distintas plataformas de Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A.
o Elaboración de documentación final.
Soporte:
o Recepción de incidencias, consultas y peticiones, y tratamiento de las mismas mediante los canales y procedimientos aprobados por SCPSA.
o Corrección de bugs que se presenten en las aplicaciones.
3. Tareas a realizar
A continuación se enumeran una serie de tareas específicas, que con mayor o menor intensidad será necesario realizar:
• Coordinación con SCPSA en las distintas fases de los desarrollos.
• Adquirir el conocimiento funcional y técnico de las aplicaciones existentes en los diversos entornos.
• Valoración de esfuerzos necesarios para los mantenimientos correctivos y evoluciones de las aplicaciones.
• Desarrollo de componentes de los sistemas.
• Mantenimiento de los sistemas en funcionamiento para dar respuesta a nuevas necesidades correctivas, funcionales, etc. realizando el análisis de solicitudes, programación de cambios, pruebas e implantación.
• Desarrollo en los lenguajes y plataformas de los distintos escenarios tecnológicos de SCPSA.
• Pruebas de los sistemas desarrollados.
• Traspaso a Explotación en las condiciones que el Servicio responsable determine para la implantación y futura operación y soporte de las aplicaciones.
• Elaboración de manuales de usuario y documentación técnica de los proyectos.
• Recepción y resolución de las incidencias escaladas desde el 1º nivel de soporte.
• Anotación en los registros y herramientas correspondientes de los pasos dados y operaciones realizadas para las resoluciones de los distintos tipos de incidencias.
• Realización de procedimientos y documentaciones, en base a la experiencia de las incidencias resueltas.
• Realización de informes de actividad y seguimiento para su control por parte del departamento de Sistemas de Información.
• Otras tareas propias del trabajo desarrollo informático y/o derivadas naturalmente de las anteriormente relacionadas.
4. Productos a obtener
Como resultado de los servicios prestados, Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A. dispondrá de los siguientes productos:
• Documentos de valoración de esfuerzos de desarrollo, planificaciones de trabajos.
• Documentación técnica del desarrollo realizado, diseño lógico y físico, modelo E/R, diseño de tablas.
• Fuentes del software desarrollado.
• Aplicaciones informáticas en funcionamiento.
• Componentes de software reutilizables para el desarrollo de aplicaciones en plataforma web.
• Documentación sobre la aplicación para sistemas: procedimiento de instalación, requisitos de hardware y software de la aplicación, manual de explotación/operación (copias de datos, reorganización, seguridad, etc.)
• Documentación de usuario de forma que cualquier duda de uso o funcionamiento que se pueda plantear el usuario respecto a la funcionalidad desarrollada y su operativa pueda ser resuelta a través de la misma.
• Documentación para el servicio de atención a usuarios y los catálogos de servicios.
• La documentación se entregará en soporte magnético.
• En general, cualquier producto o documentación que pudiera ser demandado de acuerdo al Modelo establecido.
El escenario tecnológico de Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A. será el punto xx xxxxxxx para los nuevos sistemas a mantener y desarrollar.
Ha de tenerse en cuenta que el escenario tecnológico puede sufrir modificaciones motivadas por la incorporación de nuevos productos o por la migración a versiones superiores de aquellos que lo componen. Lo mismo puede suceder con las plantillas estándar de documentación, y con la plataforma de desarrollo de software, que deben usarse en los trabajos desarrollados para Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A. No obstante, a la empresa adjudicataria se le informará adecuadamente del escenario tecnológico vigente que deberá utilizar para la realización de los trabajos.
5. Organización del servicio
Coordinación y aspectos generales:
• En la fase de lanzamiento de cada proyecto se concretarán las estimaciones de perfiles, dedicaciones y fechas asociadas necesarias para la realización de los trabajos encomendados.
• Dichas estimaciones y una vez consensuadas con el adjudicatario serán la base para el establecimiento de los procedimientos de seguimiento y control que deberá cumplir la empresa adjudicataria.
• Estas asignaciones podrán ser cambiadas a lo largo del tiempo en atención a las necesidades de SCPSA y en coordinación con el adjudicatario.
• El coordinador realizara un seguimiento del trabajo, donde se indicará diariamente las horas realizadas, junto con explicación del trabajo realizado.
• Los perfiles técnicos solicitados para cubrir esta asistencia técnica, son los descritos en el punto de solvencia técnica y profesional xxx xxxxxx de condiciones administrativas, y en principio desempeñarán su trabajo ubicados en las instalaciones de Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A. (SCPSA), de la X/ Xxxxxx Xxxxxxx 0 (Xxxxxxxx, Xxxxxxx).
• Todo trabajo relacionado con el contrato de asistencia técnica, se desarrollará observando los procedimientos definidos en todo momento en la Política de Seguridad de la Información de SCPSA, sin perjuicio de otras consideraciones incluidas a lo largo de los pliegos o indicadas a la empresa adjudicataria en tiempo de ejecución del contrato.
Equipo de trabajo:
Todos los desarrolladores propuestos para prestar el servicio deberán contar con los siguientes conocimientos:
o Desarrollo de aplicaciones basadas en arquitectura de 3 capas con acceso a base de datos. Programación orientada a objetos en el lenguaje que sea requerido cada tarea.
o Desarrollo web sobre los siguientes lenguajes: HTML,Javascript, jquery, CSS
o Software de control de versiones
o Bases de datos, Oracle, SQLServer o MySQL.
Requisito 1
Al menos una de las personas propuestas para prestar el servicio deberá contar con los siguientes conocimientos:
o Desarrollo de aplicaciones JAVA EE, servicios web. Hibernate, Spring, Maven
o Entornos de desarrollo: eclipse o similar.
o Servidores de aplicaciones
Requisito 2
Al menos una de las personas propuestas para prestar el servicio deberá contar con los siguientes conocimientos:
o Desarrollo de aplicaciones .Net, desarrollo contra Microsoft SQL Server y, en general, dominio de todas aquellas utilidades y componentes habituales del escenario de desarrollo Microsoft para intranet / internet.
o Desarrollo en plataforma Sharepoint.
Estos 2 requisitos no podrán recaer únicamente en una sola persona de las propuestas para prestar el servicio.
ANEXO IV. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD
El Adjudicatario se responsabilizará de cumplir y hacer cumplir tanto a su personal como a sus Subcontratas (incluidos trabajadores autónomos):
• Disposiciones legales vigentes en materia de Prevención de Riesgos Laborales a la firma del Contrato y durante el desarrollo de los trabajos contratados.
• Disposiciones específicas de la Unidad Contratante, aplicables al desarrollo de la actividad, recogidas en estas condiciones, documentos complementarios y demás normativa interna.
Condiciones de Seguridad y Salud
El Adjudicatario deberá cooperar en la aplicación de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, y en concreto con lo establecido en el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de Actividades Empresariales.
El Adjudicatario estará obligado a:
• Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Disponer de un Plan de Prevención, según lo establecido en la normativa vigente, en el que se incluya la definición y funciones de su Organización preventiva. Esta Organización será acorde a lo establecido en la Ley de Prevención y el Reglamento de los Servicios de Prevención.
• Antes del inicio de la actividad, introducir en una plataforma web a la que se dará acceso, toda la documentación de Prevención de Riesgos Laborales que le sea requerida por SCPSA. Además se compromete a mantener actualizada la documentación en la plataforma.
• Informar a SCPSA de los riesgos de su actividad.
• Deberá tener a disposición de SCPSA la Evaluación de los riesgos asociados a los trabajos contratados, así como la planificación de la actividad preventiva derivada de la misma.
• Designar expresamente Recursos Preventivos para todos los trabajos realizados en instalaciones de SCPSA, que estén englobados en los supuestos contemplados en el artículo 22 bis del RD 604/2006 que modifica el RD 39/1997 y el RD 1627/1997 y de conformidad con el artículo 32 bis de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, normativa en vigor o cuando se especifique en su evaluación de riesgos.
• Respecto de los trabajadores especialmente sensibles, el Adjudicatario cumplirá las obligaciones de protección específica recogidas en el artículo 25 de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales o Normativa de aplicación.
• Formar e informar a sus trabajadores sobre los riesgos que conlleva la realización de los trabajos contratados, así como en las medidas de prevención y protección a aplicar y en las medidas a aplicar en caso de emergencia. Este personal mantendrá a disposición de SCPSA la formación, la experiencia y el nivel profesional adecuado a los trabajos a realizar y a la normativa en vigor, manteniendo la documentación acreditativa a disposición de SCPSA.
• Disponer de la Declaración de Conformidad, marcado CE o cumplimiento del RD 1215/1997 de los equipos de trabajo que pondrá a disposición de los trabajos contratados para SCPSA. La acreditación del RD 1215/97 será firmada por un Organismo de Control Autorizado. La maquinaria, equipos y herramientas han de estar en perfecto estado de uso y conservación y serán acordes con los modernos sistemas y tecnologías, de tal manera que eliminen, en la medida de lo posible, la realización de trabajos manuales y fallos o errores humanos que puedan afectar a la seguridad de las personas y a la calidad y comportamiento de los materiales e instalaciones. Dicha maquinaria, equipos o herramientas, deberán cumplir las exigencias legales de industria y laborales vigentes en cada momento.
• Entregar a sus trabajadores y mantener en buen estado de conservación, los equipos de protección individual necesarios para los trabajos a realizar. Además, el adjudicatario velará por que su personal utilice los equipos de protección adecuados a la naturaleza de los trabajos a desarrollar y así mismo dará la formación necesaria para su correcta utilización.
• Los equipos de protección tanto individual como colectiva que se utilicen, deberán reunir los requisitos establecidos en las disposiciones legales o reglamentarias que les sean de aplicación y en particular relativos a su diseño, fabricación, uso y mantenimiento.
• Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a las contratas, subcontratas y los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en el centro u obra.
• En general, para todas aquellas actividades que estén reguladas por normativa específica, cumplir con la legislación que les aplica (Trabajos con riesgo eléctrico, Trabajos temporales en altura, etc.
• En general, el Adjudicatario participará en cuantas reuniones, visitas y/o inspecciones le sean requeridos en temas de seguridad por SCPSA y tendrá a disposición del Servicio de Prevención de SCPSA durante toda la obra o prestación del Servicio, toda la documentación exigida en estas condiciones.
• Todas las empresas adjudicatarias, sus contratas y subcontratas, llevarán a cabo la investigación de todos sus accidentes y los comunicará a SCPSA.
• El Adjudicatario tendrá a disposición de SCPSA sus procedimientos de evacuación y conciertos de atención médica en los trabajos para el supuesto de accidente laboral, así como la relación de su material de primeros auxilios.
• El adjudicatario no podrá subcontratar los trabajos sin la autorización de SCPSA. En este supuesto, las exigencias a la empresa subcontratada o autónomos serán idénticas a las recogidas en este documento, siendo el Adjudicatario, ante SCPSA, la responsable de la exigencia y de los incumplimientos.
• SCPSA, por sí misma o por empresa contratada, podrá inspeccionar la realización de los trabajos, tanto en sus contenidos materiales como de seguridad.
• El Adjudicatario concertará operaciones de seguro que cubran la previsión de riesgos derivados del trabajo respecto a sus trabajadores. A tal efecto, suscribirá una póliza de responsabilidad civil. Dichas pólizas se acreditarán con carácter previo a la realización de los trabajos y estarán en todo momento a disposición de SCPSA.