CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA
CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA
-Ente Público No Estatal – Ley Pcia. Buenos Aires Nº 11.414 -
LICITACIÓN PRIVADA n°01-CGPBB/2022
“ADQUISICIÓN SISTEMA DE MONITOREO AMBIENTAL - PUERTO DE BAHÍA BLANCA”
Pliego de Bases y Condiciones Generales (PBCG)
NO-2022-00000239-CGPBB-JA#GAF
PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
En la sede del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, Avenida Xxxxx Xxxxx s/n del Puerto de Ingeniero Xxxxx, Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, Área Administrativa, Oficina de Compras, hasta el día 03 del mes xx xxxxx de 2022 a las 10.30 hs.
Los oferentes podrán presentar sus ofertas personalmente o bien enviarlas mediante correo postal. Para el caso en que se opte por la presentación personal los oferentes deberán tramitar, con la debida antelación, las autorizaciones correspondientes de acceso a Zona Portuaria. En caso de optar por su remisión postal se tendrán únicamente por presentadas aquellas que sean recibidas en la sede del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca con anterioridad a la fecha y hora fijadas en el párrafo precedente, independientemente la fecha su despacho por la oficina de correos.
APERTURA DE OFERTAS.
En la sede del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, Avenida Xxxxx Xxxxx s/n° del Puerto de Ingeniero Xxxxx, Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, el día 03 del mes xx xxxxx de 2022 a las 11.00hs.
VISITA OBLIGATORIA Y REUNIÓN INFORMATIVA
Visita obligatoria: Partiendo de la sede del CGPBB a las 10.00 hs., del día 08 del mes de febrero de 2022, con el alcance y condiciones establecidos en el 6° de estas Bases de Condiciones Generales.
Reunión informativa: Con carácter obligatorio y de modo posterior a la visita de obligatoria, en la sede del CGPBB, oficina de Seguridad y Medio Ambiente del CGPBB.
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ARTÍCULO 1° - OBJETO DE LA LICITACIÓN.
La presente Licitación tiene como objeto la adquisición de un ¨Sistema de Monitoreo Ambiental¨, en un todo de acuerdo a los requerimientos y especificaciones previstos en el Pliego de Especificaciones Técnicas (en adelante PET) y demás documentos que forman parte de la “documentación licitatoria”.
ARTÍCULO 2° - PLIEGOS. ENTREGA GRATUITA A LOS PARTICIPANTES.
Los interesados en participar de este proceso de selección podrán descargar en forma gratuita la documentación licitatoria del sitio xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx.xxxx.
El interesado que haya descargado la documentación licitatoria deberá comunicar vía e-mail a la casilla de correo xxxxxxxxxxxxxxxxx.00.0000@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx su intención de constituirse en participante. En tal comunicación deberá indicar indefectiblemente su domicilio real, legal y electrónico y constituir especial a los fines previstos en el artículo 10° de este PBCG, en el radio urbano de la ciudad de Bahía Blanca, de la localidad de Ingeniero Xxxxx o dentro de la jurisdicción portuaria del Puerto de Bahía Blanca.
El firmante deberá adjuntar el instrumento que acredite facultad suficiente para representar a la empresa que pretende constituirse en participante y para obrar en el sentido invocado. Dichos documentos deberán ser firmados y posteriormente escaneados para su inclusión como adjuntos del mail.
Cumplidos los extremos indicados anteriormente, el interesado adquirirá el carácter de participante, lo que será comunicado por parte del Área de Compras del CGPBB en la casilla de correo electrónica por él indicada.
El plazo máximo para constituirse en participante del presente proceso resulta el día y hora previsto para la realización de Vista Obligatoria.
ARTÍCULO 3°- SUBSISTENCIA DE LOS DOMICILIOS.
Serán válidas todas las notificaciones que sean cursadas por el contratante en el domicilio constituido o bien en la casilla de correo electrónico informada en oportunidad del art. 2°.
Todo cambio de domicilio en las condiciones que impone el artículo precedente deberá ser comunicado fehacientemente al CGPBB y surtirá efectos inmediatos desde su notificación.
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ARTÍCULO 4° - NATURALEZA JURÍDICA DEL ENTE LICITANTE.
El "CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA", en adelante denominado el CONSORCIO,
el CGPBB o el LICITANTE, indistintamente, es un Ente de Derecho Público no Estatal, creado por Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 11.414, en orden a lo establecido en la Ley Nacional de Puertos 24093, su decreto reglamentario DEC PEN 769/93, el cual se rige por su ESTATUTO (Anexo X Xxx Nº 11.414) y resoluciones dictadas en dicho marco.
ARTÍCULO 5° - REGIMEN LEGAL APLICABLE A LA CONTRATACIÓN.
La Contratación objeto del presente proceso licitatorio se regirá, en general, por el "Régimen de Contrataciones" del CGPBB (Resolución N° 15-CGPBB/2019, Anexos I y II), y en particular, por lo establecido en este Pliego de Bases y Condiciones Generales y en el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares y Anexos; las circulares que eventualmente se libren, por la Orden de Compra que se extiende al adjudicatario, (en adelante OC) o el Contrato que se firme en su defecto y demás documentación licitatoria.
ARTÍCULO 6° - VISITA OBLIGATORIA AL LUGAR AFECTADO AL PROYECTO
Todo participante deberá visitar obligatoriamente la zona en la cual se desarrollarán los trabajos y aquellas bajo las cuales se realizarán las tareas en el día y hora indicados anteriormente, a fin de tomar conocimiento del estado de las mismas, no pudiendo con posterioridad a la presentación de su oferta alegar ignorancia o falta de información sobre el espacio a intervenir, ámbito o estado de las áreas en las que se colocarán los equipos de monitoreo objeto de la presente licitación.
El ENTE LICITANTE extenderá una constancia que acredite que el participante ha cumplido con la misma, debiendo acompañar tal constancia cuando presente su oferta.
ARTÍCULO 7° - TERMINOLOGÍA
A los efectos de la aplicación de este Pliego y demás documentación licitatoria y/o contractual, se entenderá por:
ENTE LICITANTE o COMITENTE: El Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca (CGPBB), comitente del Sistema de Monitoreo Ambiental a contratar e implementar.
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PARTICIPANTE: La persona física o jurídica que hubiese cumplido con el procedimiento formal establecido en el art. 2 del presente pliego.
OFERENTE: El PARTICIPANTE que formule una oferta en la presente Licitación en las condiciones de admisibilidad requeridas en el presente pliego.
OFERENTE PRESELECCIONADO: El OFERENTE que haya superado la instancia de calificación prevista en el presente PBCG para el análisis de antecedentes correspondiente al SOBRE N° 1 y cuya OFERTA haya sido calificada por la autoridad competente del ENTE LICITANTE como admisible para avanzar a la etapa de apertura del SOBRE N° 2 y posterior análisis y valoración de su oferta económica.
ADJUDICATARIO: El OFERENTE cuya propuesta sea considerada por la autoridad competente, conforme Anexo II del Régimen de Contrataciones, como la más conveniente a los fines de adjudicar la presente Licitación y celebrar la contratación respectiva.
CONTRATISTA: El adjudicatario que haya suscrito con el ENTE LICITANTE el correspondiente Contrato o recibido la Orden de Compra, a criterio del ENTE.
SUBCONTRATISTA: Persona física o jurídica con la cual el contratista celebre un contrato para la ejecución de una parte de los trabajos.
TERCEROS: Persona física o jurídica, pública o privada que no resulte participante, oferente, adjudicatario o contratista y que acredite interés de manera concreta y precisa por medio de prueba útil en el desarrollo y ejecución de la obra a contratar.
DOCUMENTACIÓN: Está constituida por las presentes Bases y Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas Generales y Particulares y demás documentación y anexos complementarios y útiles para regir el procedimiento licitatorio, formular la oferta y regir la contratación.
CIRCULARES: Las notificaciones que el ENTE LICITANTE remita a los PARTICIPANTES para complementar o aclarar cualquier aspecto relacionado con la presente Licitación, ya sea emitida de oficio o a pedido de parte interesada.
COMISIÓN EVALUADORA: Es la integrada por los funcionarios del ENTE LICITANTE, nominados por el Gerente General del CGPBB, cuya misión será la prevista en el artículo 30 del presente pliego licitatorio.
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ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS: Período comprendido entre el día hábil posterior al día de apertura de ofertas hasta el día hábil posterior a la notificación de la adjudicación del presente proceso.
REPRESENTANTE LEGAL: La persona designada por el PARTICIPANTE, el OFERENTE, el ADJUDICATARIO o el CONTRATISTA, según la etapa del procedimiento en la que actúe, con facultades para obligar al PARTICIPANTE, OFERENTE, ADJUDICATARIO o CONTRATISTA, según corresponda.
REPRESENTANTE TÉCNICO: Profesional idóneo con título habilitante, con incumbencias relacionadas directamente a las tareas que impone la presente Licitación y posterior Contratación.
ARTÍCULO 8° - CÓMPUTO DE PLAZOS.
Todos los plazos establecidos en el presente Pliego y en la demás documentación licitatoria se computarán en días hábiles administrativos del CGPBB, salvo expresa indicación en contrario.
ARTÍCULO 9° - PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo máximo de ejecución de las tareas será de CIENTO VEINTE (120) días corridos. Dentro de los cinco
(5) días hábiles de la firma del Contrato, se firmará entre las partes contratantes el Acta de Replanteo, a partir de cuya fecha comenzará a correr el plazo de ejecución comprometido en la presente contratación.
ARTÍCULO 10° - COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.
Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicaciones que se realicen entre este Ente Licitante y los participantes, oferentes o adjudicatarios se realizarán, indistintamente, por carta certificada con aviso de retorno o carta documento, dirigida al domicilio legal o constituido en la oportunidad prevista en el artículo 2° del presente PBCG o en su presentación. Asimismo, serán válidas las comunicaciones cursadas a la casilla de correo electrónico informada por el participante, oferente o adjudicatario.
Constituirá plena prueba de la notificación y de su fecha de emisión y recepción, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte de recepción emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno.
La indicación del domicilio del CONSORCIO y/o casilla de correo electrónico informada en este Pliego de Bases y Condiciones a los fines del procedimiento de selección, determina que únicamente serán válidas
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las comunicaciones que los interesados, participantes, oferentes o adjudicatarios realicen en el domicilio o casilla de correo electrónico referidos.
ARTÍCULO 11°- VISTA DE LAS ACTUACIONES
Toda persona que acredite poseer interés legítimo relacionado con la encomienda a contratar podrá tomar vista de las actuaciones del presente trámite, incluso hasta la finalización del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas. Asimismo, no se podrá tomar vista de la documentación amparada por normas de confidencialidad o la declarada de acceso restringido por resolución fundada de autoridad no inferior a Gerente General del CGPBB.
ARTÍCULO 12° - ATRIBUCIONES DE LOS PARTICIPANTES.
Quienes hayan adquirido la condición de participantes de acuerdo al mecanismo establecido en el art. 2° del presente pliego, desde el momento de su constitución como tales y hasta el día efectivo de la presentación de ofertas, podrán:
a) Consultar el expediente licitatorio por sí o por representante debidamente acreditado.
b) Presentarse en el expediente solicitando información o formulando peticiones.
c) Formar parte de la Visita y de la Reunión Informativa.
d) Presentar ofertas.
e) Solicitar aclaraciones sobre los pliegos, formulando las consultas correspondientes.
El participante que no presentare oferta en los términos y condiciones establecidos en el presente Xxxxxx perderá automáticamente, desde el día de la apertura, sus facultades de realizar observaciones relativas a las ofertas presentadas o al procedimiento desarrollado. Ello sin perjuicio del derecho a vista que pudiera corresponderle en los términos y bajo las condiciones establecidas en el artículo precedente.
ARTÍCULO 13° - EFECTOS DE LA SOLICITUD DE ACLARACIONES Y CONSULTAS
La formulación por parte de los participantes de aclaraciones o consultas no suspenderá el trámite licitatorio, salvo que el ENTE LICITANTE por intermedio de autoridad no inferior a Gerente General, conforme su solo criterio, disponga lo contrario.
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ARTÍCULO 14° - ACLARACIONES Y CONSULTAS.
a) El ENTE LICITANTE podrá efectuar de oficio aclaraciones a los Pliegos, Anexos y toda otra documentación correspondiente a la licitación hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha establecida para la presentación de las ofertas.
b) El derecho de los participantes a solicitar aclaraciones o formular consultas caducará automáticamente, por el mero vencimiento del plazo, a los siete (7) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la apertura de ofertas. Las mismas deberán ser formuladas por correo electrónico a la casilla de correo electrónico indicada en el presente pliego, y ser remitidas desde la casilla de correo electrónica denunciada por el participante en la oportunidad del art. 2°, haciendo concreta referencia los puntos sobre los cuales solicita aclaraciones.
c) Las respuestas a los pedidos de aclaraciones o consultas formulados por los participantes deberán realizarse y comunicarse con una anterioridad no inferior a tres (3) días hábiles anteriores a la fecha de la apertura de sobres. Las aclaraciones que se emitan serán consideradas parte integrante de los pliegos y serán notificadas, mediante circulares, vía correo electrónico a todos los participantes y publicadas en el sitio web del Ente Licitante.
d) Las circulares formarán parte de los documentos de la licitación y deberán acompañarse con la oferta, debidamente firmadas por el representante legal y representante técnico del oferente.
A los efectos del cómputo de los plazos mencionados no se tendrá en cuenta, en ningún caso, el día de apertura de las ofertas.
En oportunidad de realizar una consulta, los consultantes que no lo hubieren hecho con anterioridad deberán constituirse como participantes en los términos exigidos en el art. 2°.
No se aceptarán consultas telefónicas y no será obligatorio contestar aquellas que se presenten fuera de término.
ARTÍCULO 15° - OFERENTES. REQUISITOS.
Podrán presentar ofertas personas humanas o jurídicas domiciliadas en el país que posean plena capacidad jurídica para participar de esta licitación y para obligarse, en forma individual o bajo la forma de contratos asociativos.
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ARTÍCULO 16º - INCOMPATIBILIDADES PARA SER OFERENTE
No serán admitidos como Oferentes, Adjudicatarios ni Contratistas:
a) Los miembros del Directorio y empleados del CGPBB, los miembros del Directorio y empleados de las empresas o sociedades en las cuales el CGPBB tuviere participación accionaria;
b) Las sociedades en las que alguno de los sujetos indicados en el inciso anterior hubiere tenido en el último año algún grado de participación como miembro del Directorio, del Consejo de Vigilancia, de la Sindicatura, de alguna Gerencia, o bien resulte ser socio, representante o apoderado, inhabilidad que se extenderá hasta un año después en que el sujeto indicado en el inciso anterior haya cesado en sus funciones en el CGPBB; excepto en los casos de Directores por su participación en sociedades cuya representación les corresponde en el ámbito del CGPBB, quienes deberán excusarse de tomar intervención tanto en el procedimiento de selección como en el contrato;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena;
d) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación;
e) Las personas humanas y las personas jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados de sociedades que sean cónyuges o tengan parentesco hasta dentro del tercer grado de consanguineidad, o segundo de afinidad con alguno de los miembros del Directorio del CGPBB, con los sujetos que ordenen el inicio del procedimiento y/o aprueben las respectivas contrataciones y los responsables del área requirente que formule las Especificaciones Técnicas de la contratación y todo otro sujeto integrante del CGPBB que tenga facultad de decidir o asesorar técnicamente sobre el proceso de selección.
Los impedimentos indicados en los puntos anteriores alcanzan a las sociedades y empresas integradas en la Oferta cuyos directores, socios mayoritarios, síndicos o representantes legales, se encuentren comprendidos en ellos.
ARTÍCULO 17° - REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas serán redactadas por el oferente en idioma nacional. Los sobres, cajas, o paquetes contenedores de los SOBRES N° 1 y N° 2, se presentarán perfectamente cerrados y contendrán en su cubierta la identificación del expediente de contratación al que corresponden, el día y hora de la apertura, y la identificación del oferente. En igual modo deberán identificarse en forma individual los SOBRES N° 1 y N° 2.
Las ofertas se admitirán, indefectiblemente, hasta el día y hora fijados para la presentación de ofertas y deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal o apoderado y representante técnico, con
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debida acreditación de identidad o personería, con sello de la empresa en todas sus hojas, foliadas en su totalidad en el centro del margen inferior.
La documentación requerida deberá presentarse en el orden dispuesto en el Artículo 21°, separada por indicadores donde conste el número de artículo e inciso al que corresponde. El oferente o su representante legal deberá salvar las enmiendas y raspaduras, si las hubiese.
Los oferentes deberán denunciar su domicilio real, legal y electrónico y constituir especial en los términos de los artículos 2° y 10° de este PBCG, en el radio urbano de la ciudad de Bahía Blanca, de la localidad de Ingeniero Xxxxx o del Puerto de Bahía Blanca. En caso de no hacerlo, se tendrán por subsistentes los constituidos en oportunidad del art. 2°.
ARTÍCULO 18° - OMISIÓN DE REQUISITOS FORMALES.
Cuando la oferta tuviera defectos de forma cuya subsanación no altere la igualdad entre los participantes del procedimiento de selección, el oferente será intimado por la Comisión Evaluadora, a través del Área de Compras, a corregirlos dentro del término de cinco (5) días hábiles administrativos.
La corrección de errores u omisiones no podrá ser utilizada por el oferente para alterar la sustancia de la oferta o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás oferentes.
ARTÍCULO 19° - EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA. INFORMACIÓN QUE DEBE OBTENER EL OFERENTE
La presentación de oferta importa por sí misma, que el oferente estudió y conoce toda la normativa que rige el presente llamado, las condiciones y documentación de esta Licitación, que realizó los estudios que fueran necesarios y obtuvo previamente todos los datos e informes para confeccionar su oferta y cumplir con la misma y con todas y cada una de las condiciones y obligaciones establecidas en las presentes Bases y el PET, que valoró todas las circunstancias y previó sus consecuencias y que las acepta en su totalidad. Que ha recogido en el ámbito en que deberá cumplirse la prestación a contratar toda la información necesaria para la confección del plan de trabajo propuesto, el encuadre convencional de sus trabajadores y cualquier otro antecedente que pueda permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo.
En consecuencia, no podrá alegar con posterioridad a la formulación de oferta y/o suscripción del contrato respectivo, desconocimiento o causa alguna de ignorancia en cuanto a condiciones y costo de ejecución de los trabajos a contratar. En este sentido la presentación de la oferta importa por sí misma la aceptación
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y verificación de la información suministrada por el Ente Licitante, siendo el Oferente único responsable por la oferta que realice no pudiendo alegar en el futuro desconocimiento de los datos de base para realizar su oferta y cualquier otra información que fuera necesaria para la elaboración de la misma.
ARTÍCULO 20° - INMODIFICABILIDAD
La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna de las propuestas después de esta circunstancia.
Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada en un mismo procedimiento de selección, se considerará como válida la última propuesta presentada en término. Si no se pudiera determinar cuál es la última oferta presentada en término, deberán desestimarse todas las presentadas por ese oferente.
ARTÍCULO 21° - SOBRE CONTENEDOR DE LA OFERTA
El Sobre contenedor de la oferta deberá incluir SOBRES N° 1 y N° 2 con la documentación que se detalla seguidamente, firmada en su totalidad por el Representante Legal y el Representante Técnico de la Oferente, en el orden consignado a continuación:
SOBRE N° 1
1. Documentación en soporte digital
La documentación que se detalla a continuación, correspondiente al sobre N° 1 de las ofertas presentadas, deberá estar firmada en todas sus fojas por el oferente o bien su representante legal o apoderado, y el Representante Técnico y se deberá presentar en soporte digital. A tal fin, el oferente deberá escanear y almacenar cada uno de los documentos en un PENDRIVE e incorporar este dispositivo al sobre N° 1.
Cuando se trate de documentos emitidos en formato digital y suscriptos con firma digital, se deberá incorporar, además de la copia escaneada, el archivo original contenedor del documento.
El oferente se constituye en depositario de los originales en papel, comprometiéndose a remitirlos a simple requerimiento del ENTE LICITANTE.
1.1 El presente Pliego de Bases Condiciones Generales Legales y el de Especificaciones Técnicas, incluyendo todos sus anexos y las circulares emitidas por el Ente licitante.
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1.2. La documentación que se detalla a continuación, con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar de acuerdo con las siguientes pautas:
1.2 a) Información general.
I. Personas humanas:
1. Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad.
2. Número de Código Único de Identificación Tributaria. (C.U.I.T.) y constancia de inscripción de orden nacional, provincial o municipal.
3. En el caso de apoderados, instrumento del cual surge la personería.
4. La documentación prevista en el art. 28° del presente pliego en caso de invocar el régimen preferencial de contratación de empresa local, a saber: Constancia de habilitación comercial, libre de deuda y nómina de trabajadores con indicación de su domicilio y copia de Constancia de Alta de Trabajador AFIP.
II. Personas Jurídicas:
1. Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral.
2. Número de Código Único de Identificación Tributaría. (C.U.I.T.) y constancia de inscripción.
3. Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de administración y fiscalización interna.
4. Ejemplar del Contrato Social o Estatuto Social actualizado debidamente certificado por notario público y con intervención del respectivo Colegio de Escribanos.
5. Copias de actas asamblearias u órgano equivalente con la designación de los miembros del Directorio, de los órganos de administración y fiscalización, así como Acta de Aceptación y distribución de cargos vigente.
6. Copia del Acta de Directorio o decisión social de donde surja la voluntad societaria de presentarse en esta Licitación y formular oferta con expresa mención a la decisión de suscribir el contrato respectivo en caso de resultar adjudicataria.
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7. La documentación prevista en el art. 28° del presente pliego en caso de invocar el régimen preferencial de contratación de empresa local, a saber: Constancia de habilitación comercial, libre de deuda y nómina de trabajadores con indicación de su domicilio y copia de Constancia de Alta de Trabajador AFIP.
III. Personas físicas y/o jurídicas bajo la forma de contratos asociativos:
Además de la documentación individualizada en los inc. I y II -según corresponda- deberá acompañarse:
1. Identificación de las personas que los integran.
2. Fecha de compromiso de constitución y objeto.
3. Fecha y número de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo en caso de poseerlos.
4. Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la Oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.
5. Todas las empresas que formen parte de la relación asociativa deberán presentar la documentación prevista en el art. 28° del presente pliego en caso de invocar el régimen preferencial de contratación de empresa local, a saber: Constancia de habilitación comercial, libre de deuda y nómina de trabajadores con indicación de su domicilio y copia de Constancia de Alta de Trabajador AFIP.
Además de la información detallada precedentemente, los oferentes deberán denunciar en todos los casos si mantienen o no juicios con el ENTE LICITANTE, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.
1.2 b) Capacidad económico-financiera.
1. Monto total anual de negocios expresado como volumen total de servicios prestados.
2. En el caso de Personas Jurídicas, Estados Contables auditados correspondientes al último ejercicio cerrado, con el pertinente dictamen profesional e intervención del Consejo Profesional correspondiente. Asimismo, deberán acompañarse las actas de Asamblea o de reunión de socios con la aprobación de los Estados Contables y distribución de utilidades.
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3. Presentar referencias bancarias, financieras y comerciales y la autorización para solicitar referencias, con indicación de los datos de contacto.
4. Constancia de Inscripción AFIP, Formulario 522/A DDJJ Ley 17250 y detalle de deuda consolidada/certificado fiscal para contratar emitido a través del Sistema de Cuentas Tributarias de la página WEB de la AFIP y Constancia de inscripción y Certificado de Cumplimiento Fiscal (A 404 W2), emitidos por ARBA.
1.2 c) Capacidad técnica
1. Propuesta Técnica, plan de trabajo, memoria descriptiva, indicando estrategia de implementación, secuencia de instalación, solución de software y servicios profesionales afectados al desarrollo de las tareas; como así también esquema de provisión de mantenimiento y servicios de soporte.
2. Antecedentes técnicos de la empresa y acreditar experiencia en obras similares a las que se pretende adjudicar mediante la presente licitación, con la debida constancia y número de contacto de los clientes a los que se ha prestado servicio.
4. Representante técnico, datos, currículum y constancia laboral. El mismo deberá poseer título habilitante de Ingeniero en Sistemas, o similar vinculados a áreas de sistemas de computación. El Representante Técnico deberá demostrar experiencia en ejecución y dirección de obras similares a la presente licitación.
El Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, se reserva el derecho de solicitar ampliación o información adicional respecto a los puntos que anteceden, como así también, requerir de terceros, elementos que hagan a la verificación de la veracidad y consistencia de las manifestaciones y antecedentes del oferente, como también, sobre la autenticidad de la documentación presentada por éste.
2. Documentación en papel impreso
Sin perjuicio de lo expuesto, y además de su incorporación al soporte digital, la documentación que se detalla a continuación deberá ser presentada sin excepción en papel impreso, firmada en su totalidad por el oferente o bien su Representante Legal o apoderado y el Representante Técnico de la Oferente, individualizada con separadores, en el orden consignado a continuación:
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2.1) Autorización a favor del CGPBB para solicitar a Organismos Oficiales, compañías de seguros, bancos, entidades financieras, organismos de control y a cualquier otra persona humana o jurídica, informaciones relacionadas con la Oferta presentada, junto con un detalle de entidades, personas y datos de contacto que puedan brindar referencias (teléfono y correo electrónico).
2.2) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, conforme el artículo 26° del presente Pliego.
2.3) Declaración Jurada suscrita por el Representante Legal, en la que manifieste no encontrarse el Oferente comprendido en los supuestos de incompatibilidades establecidos en el artículo 16° del presente pliego.
2.4) Constancia de visita y reunión informativa obligatoria expedida por el ente licitante.
SOBRE N° 2
La documentación requerida como parte integrante del Sobre N° 2, deberá presentarse firmada en todas sus fojas por el oferente o bien su representante legal o apoderado y representante técnico en formato papel y digital. A este último fin, el oferente deberá escanear y almacenar la oferta económica en un PENDRIVE e incorporar este dispositivo al Sobre N° 2.
1. La Oferta económica para la ejecución de las tareas a contratar, la que será presentada exclusivamente en la Planilla de Cotización, conforme Anexo 1 del PET, que forma parte de la documentación licitatoria.
En caso de ausencia o error en la cuantificación correcta de cada ítem a presupuestar, el Ente Licitante podrá solicitar aclaraciones a los Oferentes sobre el particular.
Los agregados ajenos a lo requerido en el Pliego se tendrán por no escritos.
ARTÍCULO 22°- COTIZACIÓN DE OFERTA
La cotización deberá efectuarse únicamente en dólares, utilizando la planilla de cotización que forma parte de la documentación licitatoria y en la forma prevista en el art. 11 y en el Anexo 1 del PET.
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Se prevé la entrega de un anticipo financiero por parte del Consorcio de hasta un 30% del valor de la oferta, debiéndose explicitar en la planilla de cotización si se hará uso de la opción de tomar el anticipo y en qué porcentaje.
ARTÍCULO 23° - CONSTITUCIÓN DE GARANTIAS.
La garantía de mantenimiento de la oferta, y en su caso la de cumplimiento del contrato o contragarantía por anticipo financiero deberá constituirse mediante seguro de caución de primera línea, a satisfacción del CGPBB y a través de pólizas autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Las pólizas de caución deberán reunir las siguientes condiciones:
a) Xxxxxx al asegurador en carácter de fiador solidario con renuncia a los beneficios de excusión y división.
b) Instituir al Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca como asegurado.
c) Expresar la suma asegurada en la misma moneda de la oferta.
d) Indicar el periodo de cobertura, siendo automáticamente renovable.
e) Determinar que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del tomador, incluida la falta de pago de la prima, no afectarán en ningún modo los derechos del asegurado frente al asegurador.
f) Disponer que cuando existan otros seguros cubriendo el mismo interés, riesgo y obligación, el asegurador participara a prorrata en concurrencia con los otros garantes hasta el importe total de la garantía.
g) Establecer que una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito interno del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, que establezca la responsabilidad del tomador por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir el pago al asegurador, luego de haber resultado infructuosa intimación extrajudicial de pago hecha a aquél, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes.
h) Instituir que el siniestro quedará configurado al cumplirse el plazo que el asegurado establezca en la intimación de pago hecha al tomador, sin que se haya satisfecho tal requerimiento, y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente dentro de los 15 días de serle requerida.
i) Mantener la vigencia de la garantía mientras no se extingan las obligaciones cuyo cumplimiento cubre, aun cuando ocurran ampliaciones o modificaciones respecto al objeto o condiciones de
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licitación, en la medida que estas se efectúen de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación.
j) Estipular que la prescripción de las acciones contra el asegurador se producirá cuando prescriban las acciones del asegurado contra el tomador.
La póliza se deberá acompañar en su versión original, sea en formato papel o digital, acompañada de sus condiciones generales, particulares y cualquier otro elemento que la integre.
En caso de que la póliza fuera emitida con firma ológrafa y/o electrónica deberá presentarse la certificación de la firma por ante escribano público, acreditando las facultades suficientes para suscribir la póliza y obligar a la aseguradora en los términos de su emisión.
Sólo se admitirán pólizas emitidas con firma digital, cuando esta sea susceptible de verificación por parte del ENTE LICITANTE, sin perjuicio de lo cual, se deberá acreditar, mediante intervención xx xxxxxxxxx público, el carácter del firmante y las facultades suficientes para suscribir la póliza y obligar a la aseguradora en los términos de su emisión.
Cuando la póliza solo contuviere firma facsimilar, además de incorporar el texto “la presente póliza se suscribe mediante firma facsimilar conforme lo previsto en el punto 7.8 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora” se deberá acompañar copia del Acta de Directorio y/o Acta del Consejo de Administración de la Compañía Aseguradora que apruebe la utilización de dicha firma en los términos del art. 7.8 del Reglamento de la Actividad Aseguradora, la que deberá estar certificada por escribano público.
El CGPBB se reserva el derecho de no aceptar a la empresa aseguradora propuesta por razón fundada. Asimismo, una vez presentada oferta y en desarrollo el proceso licitatorio o durante la ejecución del contrato, podrá requerir del oferente o del contratista el cambio de asegurador, si a su exclusivo criterio y bajo pautas de razonabilidad adecuadas la empresa que extiende la caución o aval a favor del CGPBB carece o ha perdido la habilitación gubernamental correspondiente, la solvencia técnica o económica/financiera que resultan adecuadas para la cobertura extendida.
En caso de intervención xx Xxxxxxxxx Público no matriculado en la Provincia de Buenos Aires, deberá acompañarse la constancia de legalización de su firma, expedida por el Colegio correspondiente a la inscripción y matrícula del profesional.
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ARTÍCULO 24° - SEGUROS.
En caso de ser requerida la constitución de seguros, la Contratista deberá seleccionar una empresa de seguros de reconocida solvencia y trayectoria, reservándose el CGPBB la posibilidad de requerir el cambio de aseguradora, si entendiera que los antecedentes que de la misma informa la Superintendencia de Seguros de la Nación, aconsejará dicha sustitución.
Sin perjuicio de lo expuesto, deberá hacerse constar en todas las pólizas asegurativas antes requeridas que el CGPBB es coasegurado de la contratista.
En caso de seguros patrimoniales deberá contratar cobertura a primer riesgo absoluto.
ARTÍCULO 25° - DEVOLUCIÓN DE GARANTIAS.
1. La garantía de mantenimiento de la oferta se restituirá a los oferentes que no superen la instancia de evaluación dispuesta para el Sobre N° 1, luego de transcurridos tres (3) días del acto de apertura del SOBRE N° 2, junto con este último debidamente cerrado.
2. En el supuesto de aquellos oferentes que hayan superado la instancia de evaluación correspondiente al Sobre N° 1, y se encuentren calificados para participar de la instancia correspondiente al análisis del Sobre N° 2, sea que resulten o no adjudicatarios, la garantía de mantenimiento de la oferta será restituida dentro de los DIEZ (10) días contados a partir del perfeccionamiento del contrato o de la emisión de la orden de compra.
3. La garantía de cumplimiento de contrato, o el saldo que hubiere de este importe, le serán devueltos al Contratista luego de transcurridos treinta (30) días corridos del vencimiento del plazo de TRES (3) años fijado para los servicios de mantenimiento y vigencia de la garantía de buen funcionamiento de los equipos, conforme lo estipulado en los art. 5.2 y 5.3 de las especificaciones técnicas, previo haber sido satisfechas las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquiera otra deuda o cargo que corresponda ser asumido por la Contratista, y siempre que se acredite haber dado cumplimiento total a las normas laborales y previsionales vigentes con relación al personal que fue contratado para la ejecución de la obra que se licita.
4. La contragarantía por el anticipo financiero le será devuelta al Contratista dentro de los treinta (30) días corridos a partir de la recepción provisoria de la obra, conforme lo regulado en el art. 6.9 del PET.
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ARTÍCULO 26° - PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. GARANTÍA
La oferta se deberá mantener vigente por el plazo mínimo de 120 (ciento veinte) días contados a partir del acto de apertura, renovables automáticamente por igual período, salvo que el oferente manifieste, en forma fehaciente, su voluntad de no renovar dicho plazo, con una antelación mínima xx xxxx (10) días corridos al vencimiento de cada período.
En garantía del cumplimiento del plazo, el oferente deberá contratar un seguro de caución en la forma indicada en el art. 23° del presente Pliego, por un monto mínimo de dólares dieciocho mil novecientos (U$S 18.900), con vigencia por un plazo de 120 (ciento veinte) días contados a partir del acto de apertura, renovable automáticamente.
Si el oferente manifestare su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento en la oportunidad prevista en el párr. 1°, la oferta perderá vigencia al término del plazo de mantenimiento y la garantía se devolverá al oferente dentro de los cinco (5) días posteriores al vencimiento.
Si el oferente retirare la oferta antes del vencimiento del plazo, o manifestare su voluntad de no renovar fuera de la oportunidad prevista en el párr. 1°, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta.
ARTÍCULO 27° - RECEPCION Y APERTURA DE LAS OFERTAS.
En el lugar, día y hora determinados en el llamado a licitación, con la intervención xx Xxxxxxxxx Público, se procederá a cerrar el período límite para presentación de ofertas y a abrir los contenedores de las ofertas en presencia de los Directivos y/o funcionarios del CGPBB designados y de los interesados que concurran, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos, labrándose un acta que será suscripta por los presentes.
A partir de la hora fijada como término límite para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
Si el día señalado como límite para la presentación y para la apertura de las ofertas deviniera inhábil para el CGPBB, el acto de cierre de período de presentación y de apertura tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora que el fijado originalmente para cada hito del procedimiento.
Ninguna oferta presentada en término y bajo las condiciones establecidas podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis por la comisión evaluadora.
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Los Sobres N° 2 de las ofertas presentadas serán introducidos en un bolsín debidamente cerrado con precinto de seguridad numerado y serán depositados en la caja de seguridad que a tal efecto disponga el CGPBB, la cual será cerrada y sellada con fajas de seguridad por ante el Escribano Público que se encuentre presente en el acto de apertura, quien certificará la regularidad del acto, tomándose todos los recaudos que se estimen necesarios, tendientes a asegurar su inviolabilidad y a evitar el deterioro o el extravío de los citados sobres.
ARTÍCULO 28° - REGIMEN PREFERENCIAL DE CONTRATACIÓN DE EMPRESA LOCAL
Será de aplicación en la presente Licitación, el régimen preferencial de contratación de empresa local, el que comprende a las personas físicas, jurídicas o agrupamiento empresario constituido bajo las modalidades previstas en la legislación vigente de la República Argentina, cuya actividad comercial, industrial o de servicios, se desarrolle dentro del Partido de Bahía Blanca, debiendo poseer alta de contribuyente en esta ciudad, acreditar habilitación comercial del Municipio de Bahía Blanca con una antigüedad no menor a 24 meses, no poseer deuda por ningún concepto con dicha administración comunal y poseer, al menos, un 70% de su planta de trabajadores domiciliados en la ciudad de Bahía Blanca.
También será de aplicación el mencionado régimen preferencial a aquellas empresas que posean capacidad legal, técnica y antecedentes para la ejecución del objeto de la presente licitación y cuenten con habilitación portuaria emitida por el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, la que será considerada equivalente a la habilitación municipal que se extiende por parte del Municipio de Bahía Blanca en el ejido urbano, conforme art. 7) incs. 1, 4 y 6 de la ley 11.414. Asimismo, deberán contar con una antigüedad no menor a 24 meses en el registro de habilitación concesional del Puerto de Bahía Blanca, no poseer deuda por ningún concepto con dicho ente y poseer, al menos, un 70% de su planta de trabajadores domiciliados en la ciudad de Bahía Blanca.
Las mencionadas condiciones serán de aplicación a todos los subcontratistas que se decida incorporar en la oferta y la Contratista estará obligada a informar sobre las subcontrataciones previstas, las que deberán cumplir con lo establecido en este artículo.
Quien invoque el presente régimen de preferencia deberá expresarlo formalmente y cumplir con lo establecido en el artículo 21.1, a) 4.
Todos los OFERENTES que cumplan con los requisitos indicados en el párrafo anterior gozarán de un beneficio adicional por este hecho, al solo efecto de la comparación de la oferta económica presentada. Dicho beneficio consistirá en lo siguiente: al momento de evaluarse las propuestas y decidirse la
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adjudicación, a cada una de las ofertas correspondientes a los OFERENTES que cumplan con la condición detallada en el párrafo anterior, se le descontará el 6 % (seis por ciento) del total de la misma, determinándose una “oferta de preferencia”, la que será tomada como referencia por el CGPBB como valor comparativo con el resto de las ofertas, integrándosela dentro del grupo de parámetros que se evalúen con la finalidad de proceder a la adjudicación definitiva de la presente licitación.
Se deja constancia que la “oferta de preferencia” es válida solamente y en forma exclusiva a los fines comparativos de las ofertas en el momento de operarse la adjudicación. Una vez adjudicados los trabajos, se toma, a todos los fines que la contratación implique, el monto original ofertado por el ADJUDICATARIO.
El Contrato adjudicado bajo la modalidad que establece la presente cláusula no podrá ser cedido total o parcialmente o subcontratado en violación a las previsiones y parámetros fijados para otorgar la preferencia de localía que determinó la adjudicación.
Para el caso de sujetos conformados bajo la forma de contratos asociativos, este beneficio podrá ser solicitado, únicamente en el caso que todas las empresas que la compongan cumplan en forma individual con todos los requisitos indispensables para su otorgamiento, debiendo esto acreditarse para cada una de ellas, conforme se dispone anteriormente en el presente artículo.
ARTÍCULO 29° - CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS.
Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes supuestos:
a) Si la Oferta no tuviera la firma del Oferente o su Representante Legal en ninguna de las hojas que integran el SOBRE N° 1 o el SOBRE N° 2;
b) Si tuviera tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del objeto de la licitación, plazo de ejecución o alguna otra parte de la Oferta que hiciere a la esencia de la misma y/o del contrato;
c) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o la constancia de haberla constituido;
d) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros;
e) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
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f) Si el oferente se encontrara inhabilitado para contratar con el CGPBB, conforme lo establecido en el art. 16 del presente pliego.
g) Si no se ajustara a lo estipulado en la documentación licitatoria o estableciera condiciones;
h) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio. La oferta será desestimada cuando de los informes técnicos de evaluación surja que no podrá ser cumplida en forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad económica del oferente;
i) Cuando pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con el CGPBB y de las controladas o controlantes de aquellas;
j) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección;
k) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia o concurrencia.
ARTÍCULO 30° - COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS.
El Gerente General designará una COMISION EVALUADORA, que estará conformada por tres (3) integrantes como miembros titulares y otros tres (3) como miembros suplentes. Estos últimos reemplazarán a aquellos en los supuestos de impedimentos definitivos o transitorios para actuar.
La integración de la Comisión Evaluadora, así como la información prevista en el art. 27 inc. g) y p) del Reglamento de Contrataciones, será comunicada a los participantes en la oportunidad en que se pongan a disposición de los interesados los pliegos correspondientes al presente proceso licitatorio.
La Comisión Evaluadora tendrá como función principal, evaluar y responder las consultas de trámite formuladas por los participantes y evaluar y elevar a consideración de la autoridad con competencia decisoria, conforme Anexo II del Régimen de Contrataciones del CGPBB, las consultas que se refieran a aspectos relacionados con el objeto de la contratación y condiciones de admisibilidad de ofertas u oferentes.
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Con relación a las ofertas presentadas, tendrán como función principal analizar la documentación acompañada por los oferentes y evaluar el cumplimiento por parte de los mismos de los requisitos legales, técnicos y económico-financieros exigidos en el presente Xxxxxx.
Antes de emitir el dictamen mencionado, la Comisión Evaluadora podrá requerir, a través de la Gerencia General, el asesoramiento que estime pertinente de las distintas asesorías o áreas del Consorcio de Gestión o bien contratar, con la autorización de la autoridad competente, asesoramiento externo.
La Comisión Evaluadora emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, conforme Anexo II del Régimen de Contrataciones del CGPBB, los fundamentos para el dictado de los actos de preselección y adjudicación correspondientes.
ARTÍCULO 31° - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
En tanto se ha dispuesto para la presente Licitación el sistema de etapa múltiple, la comparación y evaluación de antecedentes empresariales y técnicos, capacidad económico - financiera, garantías, características de la prestación y análisis de los componentes económicos de las ofertas se realizan mediante preselecciones o precalificaciones sucesivas, identificadas como etapa del SOBRE N° 1 y etapa del SOBRE N° 2.
Conforme prevé el Artículo 20 del Reglamento de Compras del CGPBB (Res 15-CGPBB/2019), con respecto al SOBRE N° 1 se realizará la comparación y evaluación de antecedentes empresariales y técnicos, capacidad económico-financiera, garantías, características de la prestación y demás antecedentes incluidos en el mencionado SOBRE. Con relación al SOBRE N° 2, se evaluarán y compararán los componentes de contenido económico de las ofertas que superen la instancia de preselección del SOBRE N° 1.
Serán contenidos mínimos del dictamen de la Comisión Evaluadora en cada instancia:
a) Examen de los aspectos formales: Evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y los respectivos pliegos.
b) Calidades de los oferentes.
c) Evaluación de las ofertas: Deberá tomar en consideración en forma objetiva todos los requisitos exigidos para la admisibilidad de las ofertas. Si existieran ofertas inadmisibles, explicitará los motivos,
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fundándolos en las disposiciones pertinentes. Si hubiera ofertas manifiestamente inconvenientes, deberá explicitar los fundamentos para excluirlas de la precalificación.
ARTÍCULO 32°- VISTA DE LAS PRESENTACIONES
A los fines de la toma de vista del contenido correspondiente al Sobre N° 1, se entregará al representante debidamente acreditado de cada oferente, una copia en soporte digital de cada uno de los Sobres N°1 de todas las ofertas presentadas, el que podrá ser retirado durante los dos (2) días hábiles siguientes al de la apertura de sobres.
ARTÍCULO 33° - IMPUGNACIÓN DEL SOBRE N° 1 DE LAS OFERTAS.
Los OFERENTES, dentro de los dos (2) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo establecido por el artículo anterior para recibir la copia de los Sobres N° 1 de las ofertas presentadas, podrán formular impugnaciones a los citados SOBRES N° 1 de las ofertas presentadas, cumpliendo con los siguientes requisitos:
a) Que sean formuladas por escrito, en original y adjuntando una copia digital.
b) Que hayan depositado a favor del ENTE LICITANTE en la cuenta corriente N° 531/9 del Banco de la Provincia de Buenos Aires de titularidad del CGPBB (CBU: 01404696-01623200053196), en efectivo, transferencia o cheque certificado a la fecha, la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) por cada punto impugnado a cada oferta, aunque las impugnaciones hayan sido formuladas en un mismo escrito. En el supuesto de que las mismas prosperen, estos importes les serán reintegrados con posterioridad a la resolución de las impugnaciones, por su monto nominal, no devengando a favor del impugnante interés alguno. En caso contrario, los OFERENTES perderán a favor del CGPBB las sumas depositadas, salvo que el CGPBB entendiera que existió una razonable duda que ameritaba la impugnación.
De las impugnaciones articuladas, se correrá debido traslado a los OFERENTES impugnados, por medio digital y por el plazo de dos (2) días hábiles, para que procedan a efectuar la contestación que estimen corresponda a las impugnaciones que se le hubiesen formulado, la que deberá hacerse por escrito y con copia digital de la misma. Vencido este plazo sin haber contestado las impugnaciones, se tendrá por decaído el derecho que han dejado de usar. Una copia digital de la contestación le será entregada bajo la debida constancia a la OFERENTE impugnante, sin que esta pueda presentar escrito alguno sobre el particular.
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ARTÍCULO 34° – CALIFICACIÓN DE LOS OFERENTES
La autoridad competente del CGPBB, previo informe de la Comisión Evaluadora procederá a resolver las impugnaciones previstas en el artículo anterior y a la calificación de los Oferentes, determinando cuáles de ellos han cumplido satisfactoriamente los requisitos exigidos para el SOBRE N° 1 y pasan a la instancia de evaluación correspondiente al SOBRE N° 2. La decisión será debidamente notificada a todos los Oferentes, citando a aquellos que han calificado a concurrir, mediante su representante designado y acreditado, a la sede del CGPBB el día y hora que se hubiese establecido a los efectos de la apertura simultánea de los SOBRES N° 2.
ARTÍCULO 35° – APERTURA DE LOS SOBRES N° 2.
El acto será presidido por el Presidente del CGPBB o por el funcionario del Ente Licitante que haya designado al efecto, con la presencia de los Oferentes que asistiesen y demás directivos, funcionarios y empleados del CGPBB presentes, previa extracción de los SOBRES N° 2 de la caja de seguridad con la intervención xx Xxxxxxxxx Público.
Luego de verificado el correcto estado de los mismos, se procederá a su apertura.
La persona que invoque la representación de cada Oferente, deberá acreditarla debidamente.
Solamente se abrirán los SOBRES N° 2 de quienes hubiesen calificado para participar en dicha instancia conforme lo indicado en el artículo precedente. Los restantes SOBRES N° 2 serán puestos a disposición de los respectivos Oferentes dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de apertura, junto con cada garantía de mantenimiento de oferta oportunamente presentada tal lo indicado en el Artículo 26 del presente PBCG.
Del Acto de Apertura de los SOBRES N° 2 se labrará un Acta con intervención notarial, dejándose constancia en la misma de la diligencia cumplida. El acta será firmada por los funcionarios que presidan la reunión y demás directivos, funcionarios y empleados del Ente Licitante presentes y por los representantes de los Oferentes que hubiesen concurrido, si así lo desearen.
En el Acta se hará constar la identificación de la titularidad de los SOBRES N° 2 abiertos y el valor en Pesos ofertado por cada oferente.
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ARTÍCULO 36°- VISTA DE LAS PRESENTACIONES CORRESPONDIENTES AL SOBRE N° 2.
A los fines de la toma de vista del contenido correspondiente al SOBRE N° 2, se entregará al representante debidamente acreditado de cada oferente, una copia en soporte digital de cada uno de los SOBRES N°2 abiertos, la que podrá ser retirada durante los dos (2) días hábiles siguientes al de la apertura de SOBRES N° 2.
ARTÍCULO 37° - IMPUGNACIÓN DEL SOBRE N° 2 DE LAS OFERTAS.
Los OFERENTES, dentro de los dos (2) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo establecido por el artículo anterior, podrán formular impugnaciones a los SOBRES N° 2 de las ofertas presentadas, cumpliendo con los siguientes requisitos:
a) Que sean formuladas por escrito, en original y adjuntando una copia digital.
b) Que hayan depositado a favor del ENTE LICITANTE en la cuenta corriente N° 531/9 del Banco de la Provincia de Buenos Aires de titularidad del CGPBB (CBU: 01404696-01623200053196), en efectivo, transferencia o cheque certificado a la fecha, la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) por cada punto impugnado a cada oferta, aunque las impugnaciones hayan sido formuladas en un mismo escrito. En el supuesto de que las mismas prosperen, estos importes les serán reintegrados con posterioridad a la resolución de las impugnaciones, por su monto nominal, no devengando a favor del impugnante interés alguno. En caso contrario, los OFERENTES perderán a favor del ENTE LICITANTE las sumas depositadas, salvo que el ENTE LICITANTE entendiera que existió una razonable duda que ameritaba la impugnación.
De las impugnaciones articuladas, se correrá debido traslado a los OFERENTES impugnados, por medio digital y por el plazo de dos (2) días hábiles, para que procedan a efectuar la contestación que estimen corresponda a las impugnaciones que se le hubiesen formulado, la que deberá hacerse por escrito y con copia digital de la misma. Vencido este plazo sin haber contestado las impugnaciones, se tendrá por decaído el derecho que han dejado de usar. Una copia digital de la contestación le será entregada bajo la debida constancia a la OFERENTE impugnante, sin que esta pueda presentar escrito alguno sobre el particular.
ARTÍCULO 38° - DICTAMEN DE COMISIÓN EVALUADORA
La Comisión evaluadora procederá a emitir un segundo dictamen en el que evaluará las impugnaciones relativas al sobre dos, así como el aspecto económico de las ofertas preseleccionadas, determinando la admisibilidad de cada una de ellas. Asimismo, deberá considerar los factores previstos en la
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documentación licitatoria para la comparación de las ofertas y la incidencia de cada uno de ellos a efectos de sugerir cuál es, a su criterio, la oferta más conveniente.
ARTÍCULO 39° - DESEMPATE DE OFERTAS.
Superada la instancia de admisibilidad correspondiente al SOBRE N° 2, en caso de ofertas que sean similares técnicamente, presenten equivalencia de precios y plazo de ejecución, la autoridad competente, a sugerencia de la comisión evaluadora, podrá optar por solicitar a los oferentes que por escrito y dentro del plazo común que al efecto se fije, formulen una mejora de precios y/o plazos o ratifiquen los propuestos, a fin de elaborar el orden de mérito definitivo. Las nuevas cotizaciones, de existir, serán realizadas bajo las indicaciones que realice el ente y abiertas en la misma forma prevista para el acto de apertura de las ofertas. Se considerará que existe equivalencia de ofertas cuando entre las mejores propuestas admisibles exista una diferencia del CINCO PORCIENTO (5%) o menos, respecto de la de menor precio cotizado y/ o menor plazo estimado de ejecución.
El silencio por parte del oferente invitado a mejorar se considerará como que ratifica y mantiene su oferta original.
ARTÍCULO 40° - MEJORA DE PRECIOS.
Previo a resolver la declaración de adjudicación, la autoridad competente del CGPBB a su solo criterio, podrá solicitar una mejora de precio al oferente de la propuesta calificada en primer término como más conveniente por la Comisión Evaluadora o a la única oferta presentada y que resulte adjudicable.
Ante la negativa del oferente de mejorar el precio o si hiciese silencio transcurrido el plazo otorgado, se proseguirá con el trámite de adjudicación o con la declaración de inconveniencia de la o las propuestas presentadas.
ARTÍCULO 41° - ADJUDICACIÓN.
La adjudicación deberá recaer sobre la oferta más conveniente, teniendo en cuenta para ello el grado de complejidad, el monto, el tipo de contratación y la idoneidad de los oferentes.
La adjudicación será dispuesta por la autoridad competente, conforme Anexo II del Régimen de Contrataciones del CGPBB, a la oferta que resulte a su criterio la oferta más conveniente, mediante el dictado de una Resolución fundada, la cual será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes.
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El acto jurídico de adjudicación deberá dictarse de conformidad con lo establecido en el art. 42, del ANEXO I REGIMEN DE CONTRATACIONES, de las Res. N° 15-CGPBB/2019.
ARTÍCULO 42° - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato, equivalente al 10% del monto total de la contratación, dentro del término de TRES (3) días de notificado el acto de adjudicación. Dicha garantía deberá ser evaluada y aprobada por el CONSORCIO previo a la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra y se mantendrá vigente durante todo el plazo de vigencia del contrato y de garantía previsto en el art. 6.10 del PET, es decir hasta su recepción definitiva (art. 6.11 del PET).
ARTÍCULO 43 ° - RESPONSABILIDAD ANTE RECLAMOS DE TERCEROS
LA CONTRATISTA será exclusivamente responsable por los daños y perjuicios que como consecuencia de su actividad e imputables a la misma, haya ocasionado a terceros, y que estos le reclamasen al Comitente por no haber sido satisfechos en tiempo oportuno.
En caso de que se dirigieran contra el Comitente reclamos de dependientes, proveedores, empresas de seguro, empresas subcontratistas o de servicios públicos, relacionadas con la Contratista y con el objeto del presente Contrato, la Contratista presta expreso consentimiento para que el Comitente retenga preventivamente hasta el 50% de los montos reclamados, sobre los pagos que debiera realizarle por trabajos cumplidos, hasta tanto ésta acredite fehacientemente haber satisfecho los requerimientos mencionados o bien que los mismos resultan irrazonables, dejando indemne al Comitente.
Cumplidas las prestaciones que motivaron la suspensión de los pagos, el Comitente procederá a abonar las facturas respectivas conforme el avance, haciéndose constar que la postergación del pago no devengará interés alguno a favor de la Contratista.
ARTÍCULO 44° – DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. CESIÓN DEL CONTRATO. REPRESENTATE TÉCNICO. SUBCONTRATISTAS.
El Contrato no podrá transferirse, total o parcialmente, sin autorización previa y expresa de EL COMITENTE.
EL CONTRATISTA se obliga a mantener permanentemente informado a EL COMITENTE sobre todo cambio en la titularidad de sus acciones. La autorización aludida en el ítem anterior será necesaria para cualquier modificación del Contrato o estatuto societario que implique:
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a) La transferencia de una participación mayor del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del total de las acciones, o cualquiera fuese el porcentaje, si modificase el cómputo de las mayorías o las atribuciones de control de la formación de la voluntad social.
b) La transformación, fusión, escisión, disolución o liquidación total o parcial de la sociedad.
c) La modificación del objeto social.
d) La incorporación de nuevos socios o accionistas en cualquier modalidad que altere el control societario.
e) Cualquier otra acción que pueda modificar el control de la formación de la voluntad social.
Si por cualquier causa fuera necesario que EL CONTRATISTA debiera reemplazar al REPRESENTANTE TECNICO, lo informará a EL COMITENTE por medio fehaciente, adjuntando para su consideración, la correspondiente documentación relacionada con los antecedentes del profesional postulado para cubrir esa instancia técnica y su concreción deberá contar con la conformidad expresa de EL COMITENTE.
EL CONTRATISTA deberá cumplir con la legislación laboral vigente con relación al ejercicio de la actividad objeto de la licitación y respetar los regímenes reglamentarios, convencionales y/o de prácticas, usos y costumbres gremiales, empresarios y de las organizaciones sindicales, ya sea en general o en particular, vigentes en el Puerto Bahía Blanca.
La subcontratación de parte de los trabajos encomendados a EL CONTRATISTA sólo será permitida previa comunicación al Comitente y luego de su autorización expresa. La subcontratación no exime al contratista de sus obligaciones para con el CGPBB. El CGPBB podrá denegar la autorización de subcontratación de modo razonablemente fundado, sin que tal negativa otorgue derecho alguno al Contratista ni pueda ser utilizado como justificación en atrasos en el plan de trabajo o imposibilidad de ejecución.
ARTÍCULO 45° - DERECHOS DEL ENTE LICITANTE.
El ENTE LICITANTE podrá suspender o dejar sin efecto fundadamente, el trámite licitatorio en cualquier estado anterior a la firma del Contrato o la emisión de la orden de compra. Asimismo, podrá declarar fracasada la licitación, por no considerar conveniente ninguna de las ofertas presentadas. En ningún caso, la decisión de suspender, dejar sin efecto o de declarar desierta o fracasada la presente licitación generará derecho alguno a los Oferentes y/o terceros interesados, para ser reembolsados de los gastos en que hubiesen incurrido para participar en la licitación, y/o a ser indemnizados y/o compensados por cualquier otro concepto y/o motivo relacionado con el costo de elaboración y/o presentación de ofertas.
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ARTÍCULO 46° - DOMICILIOS ESPECIALES. JURISDICCIÓN.
A todos los efectos que deriven del cumplimiento y/o interpretación del presente pliego y del contrato que se celebre entre EL CONTRATISTA y EL COMITENTE, las partes fijarán y constituirán domicilios especiales en la ciudad de Bahía Blanca o en la localidad de Ingeniero Xxxxx o el Puerto de Bahía Blanca, a saber, EL CONSORCIO en la Avenida Xxxxx Xxxxx X/N° del Puerto de Ingeniero Xxxxx, Puerto de Bahía Blanca y la Contratista en el que indique en su oferta, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales y/o extrajudiciales que se practiquen. Dichos domicilios se presumirán subsistentes en tanto no se constituyan nuevos y se notifique esta circunstancia por medio fehaciente a la otra parte.
Los oferentes, y una vez adjudicada la licitación, la Contratista, se someten expresamente a la jurisdicción de los TRIBUNALES ORDINARIOS del Departamento Judicial Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
ARTÍCULO 47° - IMPUESTOS A PAGAR
Serán a cargo de la Contratista, en su totalidad, los impuestos, tasas, aranceles y contribuciones que deban tributarse según las normas vigentes existentes, ya sea en el orden nacional, provincial y/o municipal. Con respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), atento la condición de responsable inscripto del CONSORCIO, deberá estarse a la metodología de la ley del gravamen.
El impuesto de sellos que corresponda abonar con relación al precio de contratación será cancelado por mitades por cada una de las partes, haciéndose constar que el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca se encuentra exento de su pago, conforme lo previsto en el artículo 2 de la Ley Nro. 11.414 según modificación de la Ley Nro. 14.059.
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ARTICULO 1°- OBJETO
La presente licitación tiene por objeto adquirir un “Sistema de Monitoreo Ambiental” basado en la plataforma Wonderware System Platform. El sistema de monitoreo ambiental comprende:
la provisión, instalación -hardware, software, licencias, etc.- y puesta en funcionamiento de la plataforma
la provisión, instalación y puesta en funcionamiento de estaciones de medición de calidad de aire, de ruido ambiental, de datos meteorológicos y de detección de gases tóxicos,
la integración total de las partes que comprenden el sistema para su correcto y óptimo funcionamiento
que serán instalados dentro de jurisdicción del puerto de Bahía Blanca. El Objetivo del Sistema será:
- Recopilar y analizar distintos indicadores medioambientales.
- Complementar el sistema de seguridad en las operaciones portuarias
- Alertar de manera temprana a la comunidad en base al control de alarmas y eventos provisto por el Sistema Ambiental.
ARTICULO 2°- CARACTERÍSTICAS GENERALES.
El Sistema de Monitoreo Ambiental constará de una cabina de monitoreo de calidad de aire que será montada en el paseo del puerto, la misma será provista con equipamiento de laboratorio para monitoreo continuo de material particulado (PM10 y PM2.5) según estándares internacionales; También contempla la provisión, instalación y puesta en marcha de
dos (02) estaciones remotas de medición continua de gases tóxicos (preparadas para detectar amoníaco en aire),
dos (02) estaciones remotas de medición continua de ruido ambiental y
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dos (02) estaciones con mediciones meteorológicas.
El Sistema se desarrollará en la plataforma denominada “Wonderware System Platform” será hospedada en al menos dos (02) servidores redundantes, que deberán ser provistos, y que recibirán constantemente toda la información proporcionada por las estaciones de calidad medioambiental. Los mismos deberán tener un usuario administrador general que será transferido al área de IT de CGPBB quedando solamente un perfil de usuario que pueda tener funciones de mantenimiento del sistema en general.
Toda la información se centralizará en la mencionada plataforma y será visualizada a través de un sistema SCADA1 desde donde se podrán ver las mediciones en tiempo real de cada uno de los instrumentos conectados y también analizar los valores históricos, generar eventos y alarmas en función de las necesidades del puerto.
A su vez contempla la provisión, montaje y puesta en marcha de un puesto de control (Workstation) para la visualización y control del sistema SCADA, que será ubicado dentro del Centro de Monitoreo del puerto; como así también la incorporación de servidor/es rackeables que correrá/n en la plataforma dicha y que estarán ubicado/s en la sala de servidores del CGPBB. Los datos ambientales deberán poder visualizarse en forma directa desde el sitio web del CGPBB, ya sea utilizando servicios web o que su información pueda inyectarse en dicho sitio.
El sistema deberá ser totalmente escalable preparado para futuras ampliaciones, permitiendo la conexión con la mayoría de los dispositivos de medición ambiental e industrial.
ARTICULO 3°- DESCRIPCIÓN DE LA PROVISIÓN
3.1. ESTACIÓN DE MEDICIÓN DE MATERIAL PARTICULADO
1 Se deberá consignar el protocolo a utilizarse
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Figura modelo Estación Medición material particulado
3.1.1. CARACTERÍSTICAS FUNCIONALES
La estación de medición de calidad de aire deberá contar de una cabina refrigerada, con su propio sistema de respaldo de energía, con alarma en su puerta de acceso y con un rack que albergará un analizador de material particulado con tecnologías de medición del tipo TEOM (Tapered Element Oscillating Microbalance) (PM10 y PM2.5).
Toda la información, ya sea de mediciones o de alarmas de la cabina, será transmitida en tiempo real a la plataforma por medio de enlaces de radio y de fibra óptica hasta la oficina del Centro de Monitoreo del CGPBB.
La estación deberá ser totalmente escalable, es decir, que a futuro se podrá agregar más equipamiento de medición ambiental.
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3.1.2. UBICACIÓN
La estación de medición de calidad de aire se ubicará en el paseo portuario del Puerto de Bahía Blanca.
Ubicación Estación medición calidad de aire
3.1.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La cabina se deberá instalar en un lugar plano sin necesidad de armar una base de hormigón previa, ya que debe contar con dos trineos de UPN. La cabina debe tener las siguientes características constructivas:
Medidas mínimas solicitadas:
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Largo: 2.5mts
Ancho: 2.5mts
Alto: 2.5mts.
Estructura mínima solicitada:
Trineo de UPN de 100mm. Estructura de perfiles plegados xx xxxxx galvanizada de al menos 2.5mm de espesor deberá ser la composición de la estructura primaria. Con travesaños de perfil C galvanizados para fijación de placas de madera del piso.
Paredes y techo:
Panel tipo sándwich 50mm chapa prepintada blanca de 0.5mm en ambas caras con alma de poliestireno expandido de 15kg*m3 de densidad. Con una capacidad térmica se compara a la de una pared de mampostería de 760 mm de espesor con esto realizará el techo y los cerramientos laterales.
Piso:
Piso de compensado marítimo fenólico de 18mm fijado a la estructura con tornillos
galvanizados. Juntas selladas para evitar filtraciones y sobre este se aplica una laca poliuretánica brillante de alto tránsito. Por debajo del piso se deberá aplicar una Pintura de tipo “Protex” para evitar el contacto con la humedad de la madera.
Aberturas:
Puerta compuesta por placa de similares características que las paredes, con xxxxx xx xxxxx y herraje antipánico.
Instalación eléctrica:
Tablero central con:
Disyuntor y térmica generales.
Termomagnética para cada circuito.
Protector contra sobretensiones transitorias de 10 Ka.
Puesta a tierra propia con jabalina de ½ pulgada.
Protector de red ethernet para absorber daños de descargas electrostáticas.
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UPS estabilizador de al menos 1100 Va. administrable que será efectuado en forma remota exclusivamente por el equipo de IT de CGPBB, y deberá ser de primera marca, reconocida internacionalmente (Ej. Xxxxxxx Xxxxxxx)
Fuente 24 Vdc de 2 Amp.
Switch industrial ethernet
administrable que será administrado exclusivamente por el equipo de IT de CGPBB,
de al menos 5 puertos con montaje en riel din
de primera marca y reconocida internacionalmente
Controlador lógico programable (PLC) con puerto ethernet incorporado, 12 entradas discretas de 24 Vcc/Vac y 7 salidas relé como mínimo.
Radio antena marca Ubiquiti tipo CPE norma AC exterior inalámbrico, frecuencia 5.8 GHz, velocidad 300 MB/s mínimo.
Cableado eléctrico:
El cableado primario deberá estar realizado con cables de 4 mm2.
La línea de tomacorrientes generales con cables de 2.5 mm2.
La línea de iluminación con cables de 2.5 mm2. Retorno con cables de 1.5 mm2.
Líneas de climatización con cables de 2.5 mm2.
Cableado de red:
El cableado, patcheras, patchcords y bocas de red que sean necesario instalar en la cabina deberán ser categoría 6A o superior, de primera marca y reconocida internacionalmente (ej. AMP).
El tendido del cableado estructurado que sea necesario instalar se hará por ducto independiente al que conduce la distribución eléctrica a través de ductos y/o bandejas que deberán ser montados a tal efecto.
Las patcheras (categoría 6A o superior) que sean necesarias instalar deberán ser rackeadas en un gabinete acorde a las necesidades (que deberá ser provisto), con sus elementos de conexión eléctrica, su puesta a tierra y con cerradura.
Los racks o gabinetes que sean necesario instalar deberán estar protegidos con UPS monitoreables y administrables en forma remota gestionados exclusivamente por el equipo de IT de CGPBB, de marca reconocida internacionalmente (Ej. Xxxxxxx Xxxxxxx), con potencia acordes a las capacidades del equipamiento al que brinde servicio y con una
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autonomía no inferior a 2hs.
Las bocas de red que sean necesarias instalar (categoría 6A o superior) deberán estar embutidas en la pared o en periscopio de piso embutido según sea el caso respetando y cumpliendo todas las normas nacionales e internacionales al respecto (EIA/TIA-568B).
Todas las bocas de red deberán ser etiquetadas con indicación de número de puesto y se deberá realizar codificación de cables y demás elementos a utilizar, de forma de facilitar el mantenimiento de obra
Comunicación:
La estación deberá transmitir a la plataforma, a través de conexión inalámbrica del tipo WiFi al nodo más próximo que tenga CGPBB para sus comunicaciones inalámbricas, las siguientes señales:
Todas las señales y alarmas del analizador ambiental.
Alarma de detección de caída de tensión.
Alarma de intrusión o puerta abierta.
Registros de estado de la cabina
Alarma de perdida de comunicación.
Iluminación Interior:
Deberá contar con al menos 2 artefactos tubo led estanco de 36W en espacios de trabajo.
Iluminación Exterior:
Artefacto tipo tortuga, con lámpara de bajo consumo. En puerta de acceso.
Adicionales (no opcionales):
Escalera para acceso al techo.
Deberá contar con aire acondicionado del tipo inverter frio/calor con las frigorías necesarias para el sostenimiento del sistema completo.
3.1.4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MEDICIÓN MATERIAL PARTICULADO
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El equipo de medición de material particulado debe contar con un monitor continuo dicótomo ambiental 1405-DF TEOM deberá realizar mediciones de masa directas continuas de partículas con una excelente precisión a corto plazo.
El monitor 1405-DF TEOM deberá medir simultáneamente concentraciones de masa de partículas finas (PM-2.5) y gruesas (PM-10). Debe constar de dos sistemas de medición dinámica de filtro (FDMS), dos sensores de masa TEOM alojados en una sola cámara y una configuración preparada para el funcionamiento en red con un sistema de control y una interfaz de usuario con pantalla táctil.
Características Principales que debe cumplir y contar con:
Cumplir las normas estadounidenses e internacionales sobre monitorización de partículas.
Unidad autónoma compacta preparada para el funcionamiento en red con un impactador virtual para medir concentraciones de partículas finas (PM-2.5) y gruesas con capacidad para salida de PM-10.
Contar con una interfaz gráfica de usuario con pantalla táctil que permita el acceso rápido e intuitivo al estado del sistema, los datos de TEOM, la configuración y las condiciones del instrumento.
Una pantalla de servicio que permita acceder a asistentes de software que guían al usuario durante los procedimientos de calibración y mantenimiento con instrucciones detalladas e imágenes.
Sensor y unidad de control TEOM alojados en una única carcasa compacta.
Software controlado por menús para la interacción del usuario mediante una pantalla táctil.
Control de flujo ActiVol con uno o varios controladores de flujo de masa automáticos y sensores de temperatura ambiente y presión suministrados.
Software ePort para comunicación local o remota, puerto USB para descarga automatizada.
Las configuraciones del sistema deberán incluir PM-10, PM-2.5 y PM-1.
Sistema de control de flujo ActiVol para que los sensores de flujos de masas y las mediciones de temperatura ambiente y presión mantengan caudales volumétricos constantes.
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Media de concentración de masa en tiempo real: media móvil de una hora actualizada cada seis minutos.
Cálculo de medias a largo plazo: 1, 8 y 24 horas.
3.2. ESTACIONES DE MEDICIÓN DE RUIDO AMBIENTAL
Modelo Estación Medición Ruido
3.2.1. CARACTERÍSTICAS FUNCIONALES
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Las estaciones remotas de medición de ruido ambiental deberán estar conformadas por una RTU (Remote Terminal Unit) que deberán transmitir en tiempo real a la plataforma toda la información suministrada por un analizador portátil y medidor de nivel sonoro clase 1 la cual deberá estar anexado a la misma por medio de una conexión directa de fibra óptica al Centro de Monitoreo del CGPBB.
Las estaciones contarán con su propio sistema de respaldo de energía y estarán provistas con alarma por intrusión al gabinete y por caída de tensión. Cada una de estas deberá ser totalmente escalable, es decir que a futuro se pueden agregar más instrumentos de medición en las mismas.
3.2.2. UBICACIONES
RTU N°1: Acceso Puerto por Avenida Xxxxx Xxxxxxxxx.
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RTU N°2: Acceso puerto por calle Xxxxxxxxx Xxxxxx.
3.2.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las estaciones de transmisión remota (RTU) deberán tener las siguientes características:
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1 x Gabinete metálico estanco de al menos 450x600x225 mm con llave.
1 x Termomagnética bipolar de 6 Amp.
1 x Disyuntor diferencial bipolar de 25 Amp.
1 x Protector contra sobretensiones transitorias de 10 Ka.
1 x Puesta a tierra propia con jabalina de ½.
1 x Protector de red ethernet para absorber daños de descargas electrostáticas.
1 x UPS estabilizador de al menos 800 Va. administrable en forma remota que será gestionado exclusivamente por el equipo de IT de CGPBB, de primera marca y reconocida internacionalmente (Ej. Xxxxxxx Xxxxxxx)
1 x Fuente 24 Vdc de 2 Amp.
Switch industrial ethernet administrable de al menos 5 puertos con montaje en riel din de primera marca y reconocida internacionalmente
Controlador lógico programable (PLC) con puerto ethernet incorporado, 12 entradas discretas de 24 Vcc/Vac y 7 salidas relé como mínimo.
Analizador portátil y medidor de nivel sonoro clase 1 en tiempo real con las siguientes características:
Dos canales de medición con un micrófono y preamplificador.
Rango dinámico de 123 dB.
Rango de frecuencia lineal entre 0,5 Hz y 20 kHz.
Comunicación mediante USB y LAN.
Medición simultánea de los datos de parámetros climáticas y acústicas.
Coordenadas GPS almacenada con los datos de medición.
Almacenamiento de datos en tarjetas de memoria de gran capacidad, o en memoria interna.
Reporte de datos en tiempo real a la Plataforma Wonderware de:
Niveles de ruido y alarmas del analizador sonoro.
Alarma de detección de caída de tensión.
Alarma de intrusión o puerta abierta.
Registros de estado de la RTU.
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Alarma de perdida de comunicación.
Coordenadas GPS almacenada con los datos de medición.
Las RTU transmitirán todas sus señales por fibra óptica existente en los sectores donde se solicita ubicar hacia la plataforma para poder visualizar y dejar datos históricos en el sistema SCADA.
3.3. ESTACIONES DE DETECCIÓN DE GASES TÓXICOS EN AIRE
Modelo Estación Detección de Gases Tóxicos
3.3.1. CARACTERÍSTICAS FUNCIONALES
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Las estaciones remotas de detección de gases tóxicos en aire deberán estar compuestas por una RTU (Remote Terminal Unit) que estará transmitiendo en tiempo real al servidor la información suministrada por un detector de gases tóxicos industrial (IP66) con tecnología electroquímica adosado a la misma, por medio de enlaces de radio y de fibra óptica hasta el Centro de Monitoreo del CGPBB.
Las estaciones deberán contar con su propio sistema de respaldo de energía y estarán provistas con alarma por intrusión al gabinete y por caída de tensión. Cada una de estas es totalmente escalable, es decir que a futuro se pueden agregar más instrumentos de medición en cada una de ellas.
3.3.2. UBICACIONES
RTU N°1: intersección muelle nacional y calle Xxxxx Xxxxxxxxx (Cabecera sitio 19 Ing. Xxxxx).
RTU N°2: Frente al club náutico de puerto Xxxxxx – sector Sub zona xxxxxx Xxxxxx.
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3.3.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las estaciones de transmisión remota deberán tener las siguientes características:
1 x Gabinete metálico estanco de 450x600x225 mm con llave.
1 x Termomagnética bipolar de 6 Amp.
1 x Disyuntor diferencial bipolar de 25 Amp.
1 x Protector contra sobretensiones transitorias de 10 Ka.
1 x Puesta a tierra propia con jabalina de ½.
1 x Protector de red ethernet para absorber daños de descargas electrostáticas.
1 x UPS estabilizador de al menos 800 Va. administrable en forma remota que será gestionado exclusivamente por el equipo de IT de CGPBB, de primera marca y reconocida internacionalmente (Ej. Xxxxxxx Xxxxxxx)
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1 x Fuente 24 Vdc de 2 Amp.
1 x Switch industrial ethernet
administrable que será gestionado exclusivamente por el equipo de IT de CGPBB,
de al menos 5 puertos con montaje en riel din.
de primera marca y reconocida internacionalmente
1 x Controlador lógico programable (PLC) con puerto ethernet incorporado, 12 entradas discretas de 24 Vcc/Vac y 7 salidas relé como mínimo. Para estas estaciones se le agrega una tarjeta de entradas analógicas de 4 a 20 mA para poder leer los valores de amoniaco del transmisor.
1 x Detector continuo de gases tóxicos industrial (IP66) con tecnología electroquímica y salida de 4 a 20 mA, con un sensor y una celda electroquímica para detectar amoniaco (NH3) con un rango de 0 a 200 ppm.
1 x Radio antena tipo LTU de primera marca (Ej. Ubiquiti) exterior inalámbrico, frecuencia
5.8 GHz, velocidad 300 MB/s mínimo.
Reporte de Datos en tiempo real a la Plataforma Wonderware de las siguientes señales2:
Niveles de amoniaco en aire y alarmas del detector de gases.
Alarma de detección de caída de tensión.
Alarma de intrusión o puerta abierta.
Registros de estado de la RTU.
Alarma de pérdida de comunicación.
La RTU transmitirá todas sus señales por un enlace de radio y luego por fibra óptica hacia la plataforma para poder visualizar y guardar los datos históricos en el sistema SCADA.
3.4. ESTACIONES REMOTAS DE METEOROLOGÍA
2 Consignar protocolo a utilizarse
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3.4.1. CARACTERÍSTICAS FUNCIONALES
Las estaciones remotas de meteorología deberán constar de una RTU anexada a una estación meteorológica de última generación compacta, sin partes móviles, para mayor resistencia a las inclemencias del tiempo ya que van a estar colocadas frente al mar en ambos casos.
Transmitirán en tiempo real a la plataforma la información meteorológica por medio de enlaces de radio y de fibra óptica hasta el Centro de Monitoreo del CGPBB.
Deberá contar con su propio sistema de respaldo de energía y estarán provistas con alarma por intrusión al gabinete y por caída de tensión. Cada una de estas deberá ser totalmente escalable, es decir que a futuro se pueden agregar más instrumentos de medición las mismas.
3.4.2. UBICACIONES
RTU N°1: Torre de iluminación sitio 21 Ing. Xxxxx - muelle terminal de servicios portuarios Patagonia Norte.
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RTU N°2: Torre de Iluminación extremo Sitio N° 5 Puerto Xxxxxx.
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3.4.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las estaciones de transmisión remota tendrán las siguientes características:
1 x Gabinete metálico estanco de 450x600x225 mm con llave.
1 x Termomagnética bipolar de 6 Amp.
1 x Disyuntor diferencial bipolar de 25 Amp.
1 x Protector contra sobretensiones transitorias de 10 Ka.
1 x Puesta a tierra propia con jabalina de ½.
1 x Protector de red ethernet para absorber daños de descargas electrostáticas.
1 x UPS estabilizador de al menos 800 Va. administrable en forma remota que será gestionado exclusivamente por el equipo de IT de CGPBB, de primera marca y reconocida internacionalmente (Ej. Xxxxxxx Xxxxxxx)
1 x Fuente 24 Vdc de 2 Amp.
1 x Switch industrial ethernet
administrable que será gestionado exclusivamente por el equipo de IT de
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CGPBB,
de al menos 5 puertos con montaje en riel din.
de primera marca y reconocida internacionalmente
1 x Controlador lógico programable (PLC) con puerto ethernet y serie RS485 incorporado, 12 entradas discretas de 24 Vcc/Vac y 7 salidas relé como mínimo.
1 x Radio antena tipo LTU exterior inalámbrico, de primera marca (Ej. Ubiquiti) frecuencia
5.8 GHz, velocidad 300 MB/s mínimo.
1 x Estación meteorológica de diseño compacto, ultrasónica y sin partes móviles con las siguientes mediciones meteorológicas:
Velocidad y dirección del viento.
Temperatura
Humedad relativa.
Presión barométrica.
Precipitación.
Radiación Solar.
Reporte de datos en tiempo real a la plataforma Wonderware de las siguientes señales:
Mediciones meteorológicas y alarmas de la estación meteorológica.
Alarma de detección de caída de tensión.
Alarma de intrusión o puerta abierta.
Registros de estado de la RTU.
Alarma de pérdida de comunicación.
La RTU transmite todas sus señales por un enlace de radio y luego por fibra óptica hacia la plataforma para poder visualizar guardar los datos históricos en el sistema SCADA.
ARTICULO 4°- PROVISIÓN DEL SOFTWARE Y HARDWARE DEL SISTEMA
0.0.XXXXXXXX
4.1.1. Licencias
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Siguiendo la política del área de IT, para la instalación, puesta en marcha y funcionamiento del Sistema de Monitoreo ambiental se deberán proveer todas las licencias de todo software que sea necesario instalar, en la medida de lo posible a perpetuidad3 y a nombre del CGPBB, por ejemplo:
Licencia Plataforma Wonderware y Sistema SCADA:
AVEVA System Platform 2020 Starter 1 Client 5K IO/500 History - Application Server 5K IO, Historian Standard 500 Tag, 1 Communication Drivers Standard, 1 Supervisory Client with Historian Client Desktop, 1 Historian Client Web.
AVEVA Development Studio 2020 Large 5K/3K/500.
Customer FIRST - Standard - WW HMI SCADA.
Licencias Windows Server (última versión disponible) por cada servidor instalado, las que sean necesarias.
Licencias Windows 10 Professional, (última versión disponible), las que sean necesarias.
4.1.2. Desarrollo de la Plataforma
Utilizando las tecnologías de plataforma abierta “Wonderware System Platform” y bajo una arquitectura Windows se implementarán todos los objetos y clases que conforman la galaxia (objetos de comunicación, alarmado, historización, objetos gráficos, de tendencias, de análisis de datos y motores de aplicación SCADA, entre otros).
Todos los objetos de la galaxia se hospedarán en el servidor principal denominado GR (Galaxy Repository). Sobre el mismo servidor GR se debe instalar el servidor de Licencias de Wonderware para el control de los aplicativos.
La plataforma debe estar provista de redundancia y permitir un doble acceso a la información ya que va a estar hospedada simultáneamente en dos servidores, mejorando la seguridad del sistema y la disponibilidad de la información simplificando el mantenimiento del mismo.
3 En caso de existir licencias con renovación periódica, se requerirá que las mismas sean provistas con un plazo de renovación de no menos de 2 años a partir del momento de la puesta en marcha del sistema
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Para esto se debe designar dos AOS (Automation Object Server), uno en cada servidor. En ambos estarán corriendo en simultaneo todos los servicios de Engine encargados de recopilar la información de los distintos dispositivos de campo y sistemas externos, y guardar datos históricos en el motor de base de datos del Historian.
El servidor secundario no solo deberá cumplir el rol de AOS2 o Backup, sino que también correrá los servicios del Wonderware Historian Server, encargado de recopilar en su base de datos toda la información histórica del sistema. Sobre el mismo servidor se instalará el WW Archestra IDE, que proporciona el entorno desde donde se pueden diseñar, crear, configurar y probar los diferentes objetos y pantallas de la galaxia.
Para la visualización y control de todas las variables integradas se debe contemplar la creación de un tercer nodo en la galaxia (Client node) que hospedará el motor de visualización o ViewEngine encargado de correr la aplicación SCADA.
4.1.3. Desarrollo aplicación SCADA
Utilizando las tecnologías Wonderware Intouch, sobre la plataforma “Archestra Wonderware System Platform” previamente detallada, se deberá desarrollar una aplicación SCADA para el monitoreo y control de todas las variables de sistema.
La aplicación deberá constar de un overview principal con las mediciones más importantes recopiladas en tiempo real y ubicadas sobre un mapa interactivo del puerto, desde el cual se podrá acceder a cada una de las pantallas de detalle de los dispositivos y sistemas conectados a la plataforma.
Para cada dispositivo conectado, se programará una pantalla de detalles con toda la información a mostrar.
Se deberá contemplar la creación de las siguientes pantallas de detalle:
Una pantalla de “Calidad de Aire” desde la cual se podrán visualizar toda la información recopilada por la cabina ambiental.
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Dos pantallas de “Ruido Ambiental” desde las cuales se podrá visualizar la información recolectada por las estaciones remotas de ruido.
Dos pantallas de “Gases Tóxicos en Aire”, en las cuales se podrán visualizar la información de las estaciones remotas de mediciones de gases tóxicos.
Dos pantallas de “Valores Meteorológicos”, en las cuales se podrán visualizar la información sensada por las estaciones meteorológicas.
La aplicación deberá contar con tres pantallas para el manejo de alarmas y eventos:
Un alarmero general siempre visible situado en overview principal desde el cual se podrá ver el resumen de las alarmas activas más importantes.
Una pantalla de detalles de alarmas y eventos actuales en la cual se podrá encontrar información más detallada sobre cada evento.
Una pantalla de alarmas y eventos históricos sobre la cual se podrán aplicar filtros y generar reportes para el análisis de los datos históricos del sistema.
Utilizando las herramientas de “Wonderware Historian Client” se deberá desarrollar distintas pantallas de tendencias para la visualización grafica de cada una de las mediciones históricas. Desde las mismas se podrán exportar datos a Excel, aplicar filtros y reglas entre otras herramientas para procesar la información.
Para el manejo de usuarios, se debe utilizar el modelo de seguridad Archestra permitiendo gestionar fácilmente distintos niveles de acceso para distintos usuarios del sistema. Los usuarios se configurarán a pedido del consorcio del puerto.
4.1.4. Desarrollo aplicación Web
Utilizando las herramientas de Wonderware Intouch Web se debe programar una aplicación SCADA web con la misma información y pantallas del aplicativo principal. La misma podrá ser embebida en el sitio web del CGPBB o algún otro sitio para ser visualizada y comandada a través de cualquier dispositivo con conexión a internet.
4.2.HARDWARE
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4.2.1. Equipamiento Plataforma Wonderware
Para la implementación del motor de la plataforma se deberán utilizar servidores físicos. En caso que la propuesta sea utilizar servidores virtuales, se utilizarán las mismas tecnologías de virtualización que el área de sistemas del CGPBB actualmente utiliza para el resto de sus servidores virtuales: VMWare.
Se necesitarán instalar dos (02) servidores (físicos o virtuales, según corresponda) con Windows Server (última versión) que hospedarán tanto el GR como el Historian, el Servidor de Licencias, el Archestra IDE, y los dos AOS. En el caso de optar por la solución virtualizada, las máquinas virtuales podrán ser hospedadas en cualquiera de los servidores existentes del consorcio del puerto (servidores físicos o en la nube).
Por este motivo y para evitar quitarle poder de cómputo a los servidores actuales del CGPBB, es que se debe contemplar la provisión de servidor/es rackeable/s, y una UPS rackeable online, que serán puestos a disponibilidad del área de Sistemas del CGPBB.
Se debe proveer de servidor/es físicos, deberán ser marca Lenovo4 con las siguientes características técnicas:
2 x Procesadores Xeon Silver 4208 de 8 Cores o superior.
64 GB Memoria RAM como mínimo.
2 x Discos Rígidos SSD de 480GB.
3 x Discos Rígidos Mecánicos de 2TB SATA.
Fuente Redundante de 550W.
Ethernet 4 x 1Gbps.
Sistema operativo Windows Server en su última versión disponible.
A su vez se deberá proveer una UPS xxxxx Xxxxxxx Liebert5 administrable remotamente que debe ser Online de al menos 2000 VA como mínimo con kit de rieles para montar en rack.
4.2.2. Equipamiento Puesto de Control Sistema SCADA
4 A efectos de mantener uniformidad de infraestructura de IT
5 A efectos de mantener uniformidad de infraestructura de IT
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La estación de control del sistema SCADA deberá ir montada dentro de la sala de control de monitoreo y deberá constar de un servidor pequeño o Workstation de la marca Lenovo6 con su licencia de Windows 10 Profesional y una UPS de al menos 1000 VA xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx como mínimo.
Las características técnicas de la estación son las siguientes:
Procesador Xeon E-2224 G o superior.
8 GB Memoria RAM como mínimo.
Disco Rígido de 1TB SATA.
Disco Rígido SSD de 250GB.
4.2.3. Comunicaciones
Todas las comunicaciones del sistema de monitoreo ambiental se realizarán utilizando la infraestructura existente del CGPBB (enlaces de radio y fibra óptica) y la administración y configuración de la red corresponde al área de IT de CGPBB.
El CGPBB brindará una subred lógica exclusiva para el sistema de monitoreo en donde solo estén los instrumentos, PLC´s, máquinas virtuales y Workstation mencionados en el documento.
En caso que sea necesario, y en coordinación con el área de IT de CGPBB, CGPBB agregará nuevos enlaces en los puntos en donde no haya infraestructura de red, pero siempre utilizando la infraestructura actual de redes del CGPBB.
5. DESCRIPCIÓN DE LA PROVISIÓN DE LOS SERVICIOS
5.1.INGENIERÍA COMPLETA DEL PROYECTO
6 A efectos de mantener uniformidad de infraestructura de IT
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Ingeniería de proyecto llave en mano.
Ingeniería de software: desarrollo de plataforma e integración de dispositivos.
Ingeniería de software: desarrollo de aplicación SCADA.
Ingeniería de software: desarrollo de aplicación SCADA WEB Client.
Fabricación, montaje y puesta en marcha de estación de medición de material particulado.
Fabricación, montaje y puesta en marcha de estaciones de medición de ruido ambiental.
Fabricación, montaje y puesta en marcha de estaciones de medición de gases tóxicos (NH3).
Fabricación, montaje y puesta en marcha de estaciones de medición meteorológica.
Montajes y puesta en marcha de servidor y estación de control en las instalaciones del CGPBB.
Puesta en marcha completa del sistema.
Desarrollo plan de mantenimiento.
5.2.MANTENIMIENTO - DURACION
El sistema de monitoreo ambiental será un sistema autónomo, complejo y de última generación, pero requerirá un mantenimiento preventivo, correctivo y adaptativo para su correcto funcionamiento y desarrollo de futuras ampliaciones.
Se deberá incluir en la oferta el mantenimiento de todo el sistema por el termino de 3 años, el que incluirá las siguientes tareas y tiempos:
Detectores de gases tóxicos NH3:
Calibración transmisores. [semestral]
Estimulación sensores. [mensual]
Reemplazo de celda electroquímica. [anual]
Verificar limpieza e integridad del housing del sensor. [mensual]
Sistema SCADA y Plataforma Wonderware:
Instalación de actualizaciones de sistema operativo previa validación con proveedor de sistema SCADA. [semestral]
Backup de máquinas virtuales [semestral y ante cualquier cambio]
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Backup de aplicación SCADA. [mensual y ante cualquier cambio]
Backup de lógicas de programación de PLC’s. [mensual y ante cualquier cambio]
Backup de alarmas y eventos sistema SCADA. [semestral]
Backup de tendencias e históricos SCADA. [semestral]
Estaciones remotas:
Verificación de tensiones. [mensual]
Verificación batería de respaldo UPS. [mensual]
Reemplazo de baterías. [anual y ante fallos]
x Xxxxxx batería PLC. [anual y ante fallos]
Prueba de alarmas varias. [mensual]
Medidor de material particulado:
Cambio de filtros. [mensual]
Cambios o-ring. [anual y ante fallos]
Verificaciones Funcionamiento Medidor Ambiental. [mensual y ante fallas]
Calibración. [semestral y ante fallas]
Verificación de tensiones. [mensual]
Verificación batería de respaldo UPS. [mensual]
Reemplazo de baterías. [anual y ante fallos]
x Xxxxxx batería PLC. [anual y ante fallos]
Prueba de alarmas varias. [mensual]
El gas patrón para calibración y prueba de sensores de amoniaco debe tener las siguientes características:
Cilindro de gas patrón certificado: Amoníaco 40 ppm.
Nitrógeno Balance.
Tolerancia de preparación: +/- 10%.
Incerteza relativa de análisis +/- 4%.
Certificado de estabilidad garantizada en vigencia.
5.3.REPUESTOS
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Se deberá contar con los repuestos esenciales para el correcto funcionamiento de los equipos por un
periodo de 3 años (periodo de mantenimiento preventivo).
A continuación, se detallan los repuestos por equipo y cantidad:
EQUIPO | REPUESTO | CANTIDAD |
Detector de gases tóxicos | Celda electroquímica (NH3) | 4 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | Filtros TEOM TX-40 (57-007225-0020) | 4 cajas de 20 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | By pass flow large In-line filter element (332- 010755) | 12 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | Teom flow small In-line filter element (332- 010745) | 6 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | 47mm TX40 Filters (10-002387-0025) | 4 cajas de 25 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | TEOM V seal (22-009863) | 2 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | PM10 Inlet Lg O-ring (22-000485-1036) | 2 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | PM10 Inlet Sm O-ring (22-002853-3026) | 4 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | Virtual impactor O-ring kit (109773-00) | 1 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | Pump re-build kit (111754-00) | 2 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | Dryer Assembly for TEOM 1405 DF (56-009872) | 4 |
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Thermo Scientific TEOM TX-40 | Mass Calibration verification kit (59-008299) | 1 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | 1405DF Consumables PKG (59-010993) | 1 |
Thermo Scientific TEOM TX-40 | Compact flash card with program (15-011185- 00DF) | 1 |
5.4.DOCUMENTACIÓN Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA
La presente licitación del Sistema de Monitoreo ambiental calidad de aire, se entregará al CGPBB toda la documentación correspondiente a la arquitectura de la red con sus dispositivos adjuntos, listados de IP´s, usuarios y contraseñas, backup´s completos de todas las aplicaciones y configuraciones de los dispositivos.
Además, la empresa adjudicada deberá efectuar en forma planificada la transferencia tecnológica7 de la administración de todo el equipamiento instalado al personal del área de IT de CGPBB.
6. CONDICIONES GENERALES
6.1. PLAN DE TRABAJO Y MEMORIA DESCRIPTIVA
Juntamente con la documentación requerida para la presentación de la oferta, los proponentes deberán presentar el Plan de Trabajo a que se ajustará la presente licitación, acompañada por una Memoria Descriptiva, todo ello de acuerdo con las especificaciones técnicas particulares que integran el presente Pliego.
7 Proceso que implica la transferencia de habilidades, tecnología, así como conocimientos en el uso y la gestión del sistema.
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El plan de trabajo deberá ser aprobado por el CONSORCIO dentro del procedimiento de evaluación de la oferta. El mismo se ejecutará en copia impresa sobre papel o fotocopia y soporte magnético, refiriéndose los tiempos a días corridos del calendario, debiendo indicar lo siguiente:
a) Nombre completo de la obra.
b) Nombre de la Empresa oferente.
c) Plazo total de ejecución de la obra.
En el Plan de Trabajo se representará gráficamente, mediante diagrama xx xxxxxx horizontales, los períodos de ejecución de cada tarea, indicando numéricamente las cantidades físicas y porcentajes a ejecutar para cada una de ellas por cada período de treinta (30) días corridos.
El listado mínimo de ítems a incluir será el siguiente:
Item 1 - Ingeniería de Detalle.
Item 2 - Ingeniería de software: desarrollo de plataforma e integración de dispositivos. Item 3 Ingeniería de software: desarrollo de aplicación SCADA
Item 4 - Ingeniería de software: desarrollo de aplicación SCADA WEB Client.
Item 5 - Fabricación, montaje y puesta en marcha de estación de medición de material particulado. Item 6 – Fabricación, montaje y puesta en marcha de estaciones de medición de ruido ambiental. Item 7 – Fabricación, montaje y puesta en marcha de estaciones de medición de gases tóxicos (NH3). Item 8 - Fabricación, montaje y puesta en marcha de estaciones de medición meteorológica.
Item 9 - Montajes y puesta en marcha de servidor/es y estación/es de control en las instalaciones del CGPBB. Item 10 - Puesta en marcha completa del sistema.
Item 11 – Plan de transferencia tecnológica
Juntamente con el Plan de Trabajo deberá presentarse una Memoria Descriptiva que exponga la metodología constructiva y equipos a utilizar, justificando, además, fehacientemente, el plan correspondiente a la propuesta.
La falta del estricto cumplimiento de lo precedentemente establecido (presentación del Plan de Trabajo y Memoria Descriptiva), será motivo para la eliminación de la oferta.
Dentro de los dos (02) días posteriores a la firma del correspondiente Contrato, la Contratista presentará tres
(3) copias del Plan de Trabajo en papel, más el archivo electrónico, adaptado a la fecha concreta de iniciación
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de la obra, el cual será confeccionado en forma idéntica al de la oferta (salvando las eventuales observaciones que se le hubieran formulado durante el trámite de adjudicación) y lo indicado precedentemente.
6.2. PLAZO DE ENTREGA - ACTA REPLANTEO
La Contratista tendrá un plazo total de ciento veinte días (120) días corridos, para la entrega y el funcionamiento total del Sistema de monitoreo ambiental.
Dentro de los cinco (5) días hábiles de la firma del Contrato de Locación, se firmará entre las partes contratantes el Acta de Replanteo, a partir de cuya fecha comenzará a correr el plazo de ejecución de la misma.
6.3. MULTAS
A los efectos de asegurar el fiel cumplimiento del contrato -en caso de producirse demoras en los plazos establecidos para el comienzo, ejecución de las tareas y/o terminación de la obra- la Contratista se hará pasible de las siguientes multas:
a) Por atraso en el comienzo de la obra: $ 0.40 * M, diarios.
b) Por atraso en la terminación de la obra: $ 0.50 * M, diarios.
A los efectos de la aplicación de las multas, se establece para la fijación del coeficiente "M" la siguiente fórmula:
M = C/P
Donde:
M: coeficiente de multa.
C: importe del Contrato considerando recomposiciones.
P: plazo de ejecución de obra en días según Contrato, más ampliaciones concedidas.
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El coeficiente "M" multiplicado por el factor que se indica en cada inciso dará el importe en Pesos de la multa a aplicar en cada caso.
En el caso que las multas aplicadas por atraso en la terminación de los trabajos supere el diez por ciento (10%) del monto del contrato, el CONSORCIO podrá optar a su sólo criterio y en forma unilateral, por su rescisión por culpa de la Contratista o por la continuación de la obra. Para el caso que opte por rescindir el contrato de obra el CONSORCIO será acreedor del monto correspondiente a la multa impuesta más el monto que corresponda de la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato, no resultando excluyentes ambos conceptos entre sí. Si, por el contrario, el CONSORCIO se decide por la opción de continuar con la relación contractual, no podrá por el período restante hasta la terminación de los trabajos imponer nuevas penalidades en virtud de la demora, quedando sujeto la Contratista al pago de la multa antes citada.
Este límite en la sanción por retardo no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios emergentes de la demora correspondiente al lapso sin multa.
El importe de las multas será deducido del primer certificado de pago que la Contratista deba cobrar después de aplicada la penalidad. En caso de no ser ello suficiente, se afectará la Garantía de Cumplimiento de Contrato. En este último caso, la Contratista queda obligada a completar inmediatamente el importe original de dicha Garantía dentro de los dos (2) días hábiles de requerido esto en forma fehaciente por el CONSORCIO.
6.4. INSPECCION DE OBRA
El cumplimiento de las obligaciones de la Contratista será fiscalizado a través de la INSPECCION, que tendrá a su cargo la supervisión técnica y estará integrada por dos (2) miembros, designados por el CONSORCIO.
La Contratista será notificada por escrito sobre la designación de los integrantes de la INSPECCIÓN, antes de la iniciación de las obras.
A través de dicha INSPECCION, se desarrollarán las relaciones entre la Contratista y el CONSORCIO.
La INSPECCION, podrá requerir al Contratista, información complementaria de la exigida en el presente pliego.
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Ordenes de Servicio: Todas las directivas dadas por la INSPECCION a la Contratista deben emitirse mediante Ordenes de Servicio, las que serán firmadas, como mínimo por un (1) de los miembros integrantes de la INSPECCION.
Las Órdenes de Servicio que la INSPECCION imparta durante la ejecución de los trabajos, serán cronológicamente consignadas en un libro foliado que la INSPECCION guardará en la obra. Las enmiendas y raspaduras deberán ser salvadas. Toda Orden de Servicio deberá ser firmada por la Contratista dentro de los tres (3) días hábiles del requerimiento de la INSPECCION.
Se considerará que toda Orden de Servicio está comprendida dentro de las estipulaciones xxx Xxxxxx y no importa modificación de lo pactado, ni la encomienda de trabajos adicionales, ni demoras en la ejecución de las obras, ni gastos adicionales, tanto para el CONSORCIO como para la Contratista, salvo el caso que en el Pliego se hiciera manifestación explícita de lo contrario.
Aún cuando la Contratista considere que en una Orden de Servicio se exceden los términos xxx Xxxxxx, deberá notificarse de ella y dar cumplimiento a la misma, sin perjuicio de presentar al CONSORCIO por intermedio de la INSPECCION y en el término de cinco (5) días hábiles administrativos, un reclamo claro y terminante, explicando al CONSORCIO detalladamente, las razones que motivan la observación a la orden emitida.
Si la Contratista no compartiera una decisión de la INSPECCION, tendrá derecho a referir la cuestión al CONSORCIO, quien estudiará la misma y la resolverá de acuerdo a las condiciones xxx Xxxxxx.
Todas las aprobaciones, indicaciones, acuerdos, rectificaciones, etc. hechos y entregados por la INSPECCION a la Contratista, se considerarán hechos y entregados por el CONSORCIO.
Pedidos de la Contratista: Los pedidos que la Contratista efectúe a la INSPECCION durante la ejecución de la obra serán cronológicamente consignados en un libro foliado que la Contratista mantendrá en su poder. Las enmiendas y raspaduras deberán ser salvadas. Todo pedido de la Contratista deberá ser firmado por la INSPECCION dentro de los tres (3) días hábiles del requerimiento de la Contratista. Si la INSPECCION no está de acuerdo con el pedido de la Contratista, en el término de quince (15) días hábiles dejará sentado su rechazo claro, terminante y fundado detalladamente, de las razones que le asistan.
Si la Contratista no compartiera una decisión de la INSPECCION, con respecto a un pedido interpuesto, tendrá derecho a referir la cuestión al CONSORCIO quien la estudiará y, de acuerdo con las condiciones del contrato,
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la resolverá por vía del Directorio. En el supuesto de que la Contratista no comparta la decisión tomada, quedará para él expedita la vía judicial correspondiente.
6.5. REPRESENTANTE TÉCNICO
El Representante Técnico que a los efectos de la presente obra designará la Contratista, deberá poseer título habilitante de Ingeniero en Sistemas, o similar vinculados a áreas de sistemas de computación.
El Representante Técnico deberá demostrar experiencia anterior en este tipo de tareas, a los fines de suscribir toda la documentación técnica necesaria para el desarrollo de la obra.
6.6. SUBCONTRATISTAS
La empresa Contratista podrá celebrar subcontrataciones con terceras partes para la ejecución de alguna o algunas de las tareas que correspondan a la construcción de la obra objeto de la presente licitación.
La empresa Contratista será responsable en forma solidaria y como principal pagadora, de las obligaciones contractuales, laborales y previsionales de las Subcontratistas y que tengan origen o relación directa o indirecta con la ejecución de los trabajos que se le contraten en el marco de la contratación principal. La empresa Contratista deberá presentar al CONSORCIO, con carácter previo al inicio de tareas por parte de un Subcontratista, un ejemplar debidamente firmado y con la reposición fiscal correspondiente, del contrato celebrado. El CONSORCIO en su carácter de Comitente se reserva el derecho de no aceptar la subcontratación con una persona o empresa determinada a su sólo criterio.
6.7. SEGURIDAD E HIGIENE
El cumplimiento de las condiciones básicas de Higiene y Seguridad en el Trabajo para las distintas actividades estarán regidas por el “Anexo II – HIGIENE, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE“ y se tomará como base normativa el Manual de Seguridad para Contratistas el que podrá ser visualizado y descargado la última versión vigente, en la página del Puerto de Bahia Blanca . xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/X0%00X- SST%207.5%20Anexo%20II%20%20Higiene,%20Seguridad%20y%20Medio%20Ambiente%20%20-R1.pdf
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Conforme el tipo de tareas a efectuar se requerirá de la presencia de Técnico en Seguridad con experiencia comprobable para la supervisión, quién deberá tener la matrícula correspondiente para el ejercicio de las tareas al día.
El Contratista tomará todas las medidas de seguridad que sean necesarias a fin de garantizar la integridad de las personas y los bienes propios, del Consorcio y de terceros, haciéndose responsable por cualquier perjuicio que por falta de dichas medidas de seguridad pudiera ocasionarle a los mismos.
La adopción de las medidas aludidas no eximirá a la Contratista de las consecuencias ocasionadas por los hechos que se tratan de prevenir y por lo tanto será responsable de las averías o daños que puedan producirse a bienes del Consorcio y/o terceros por causa de la obra. Las tareas para desarrollar deberán llevarse a cabo en un marco de adecuada protección del medio ambiente afectado
6.8. CONDICIONES DE PAGO. LIQUIDACION DE LOS TRABAJOS
Los pagos se harán por certificados mensuales proporcionales al valor del trabajo ejecutado, de acuerdo con la medición que se realizará conjuntamente por la Contratista y la INSPECCION entre el día 1 y el 5 del mes posterior a la ejecución de las tareas.
El pago de los certificados por avance mensual de obra se efectuará dentro de los quince (15) días corridos contados a partir de la recepción del respectivo certificado.
La confección de los certificados será realizada por la Contratista, la que deberá presentarlos ante el CONSORCIO, dentro de los cinco (5) días corridos de confeccionada la medición.
En caso de exceder dicho plazo, el pago del certificado quedará prorrogado por un lapso igual a la demora incurrida por la Contratista.
Los pagos se efectuarán en el horario y día o días vigentes al efecto en la oficina de pagos del Área Administrativa del CONSORCIO, sita en la Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx X/Xx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxx. Dichos pagos quedarán supeditados a la acreditación fehaciente que demuestre el haber abonado los salarios, aportes al sistema previsional y pago de seguros requeridos, correspondiente al personal a cargo de la
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Contratista y eventualmente sus Subcontratistas que operen en el área. La no satisfacción del requisito mencionado facultará al CONSORCIO a la retención de tales importes y a efectuar los pagos por su cuenta.
6.9. RECEPCION PROVISORIA
La obra será recibida provisionalmente por la INSPECCION "ad-referéndum" del CONSORCIO, cuando se encuentre terminada y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas establecidas en las especificaciones técnicas.
Se labrará un Acta de Recepción Provisoria en presencia de la Contratista o de su representante debidamente autorizado, a menos que declare por escrito que renuncia a este derecho y que se conforma de antemano con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el período de garantía, como asimismo las observaciones menores, si entregó documentación técnica requerida en el pliego, fotográfica, fílmica, etc.
En caso de que la Contratista se negase a presenciar el acto o que no contestara la invitación por escrito que se le cursará, el CONSORCIO efectuará por sí y ante sí, esa diligencia dejando constancia de la citación y ausencia de la Contratista.
6.10. PLAZO DE GARANTIA
La Contratista garantizará por tres (03) años el buen funcionamiento del sistema.
Esta garantía se entiende por buen funcionamiento del SISTEMA DE MONITOREO AMBIENTAL. Presentándose deficiencias en este concepto durante el período de garantía, la Contratista deberá realizar las reparaciones necesarias. Caso contrario, se deberá resarcir al CONSORCIO por los gastos incurridos. Si durante el plazo de garantía fuera necesaria la intervención de la Contratista para remediar vicio, error o falla en la provisión contratada, el plazo de garantía respecto a dicho ítem se interrumpirá, reiniciándose el mismo una vez subsanado el problema por parte de la Contratista.
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El hecho que el SISTEMA DE MONITOREO AMBIENTAL haya sido aceptado de conformidad, no liberan al Contratista de la responsabilidad por vicios ocultos, aún más allá del plazo de garantía, y según lo establecen las disposiciones del Código Civil aplicables al caso.
En el caso que no se pudiera efectuar la Recepción Definitiva por el incumplimiento de las obligaciones de la Contratista durante el período de garantía -según lo establecido anteriormente- dicho período se entenderá extendido en la medida que corresponda, hasta tanto no se concrete la mencionada Recepción Definitiva.
6.11. RECEPCION DEFINITIVA
Transcurrido el plazo de garantía establecido en las presentes cláusulas, tendrá lugar la Recepción Definitiva, la que se efectuará con las mismas formalidades que la Provisoria, previa comprobación del buen estado de las obras y cumplimiento de las observaciones efectuadas al momento de labrarse el Acta de Recepción Provisoria, como así también de las entregas de la documentación técnica conforme a obra respectiva y las obligaciones fílmicas y fotográficas especificadas anteriormente.
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ANEXO 1 PLANILLA DE COTIZACIÓN
ITEMS | CARACTERÍSTICAS | CANT | PRECIO TOTAL U$S O $ + IVA |
Estación de medición de material particulado. | Estación de transmisión remota tipo Shelter 2.5 x 2.5 x 2.5 m, con instrumental de laboratorio para medición continua de PM 2.5 y PM 10. (montajes y puesta en marcha incluidos). | 1 | |
Estación de medición de Ruido Ambiental | Estación de transmisión remota tipo RTU con instrumental para medición continua de ruido ambiental (montajes y puesta en marcha incluidos). | 2 | |
Estación de medición de Gases Tóxicos | Estación de transmisión remota tipo RTU con instrumental para detección de amoniaco en aire (montajes y puesta en marcha incluidos). | 2 | |
Estación de medición de datos meteorológicos | Estación de transmisión remota tipo RTU con instrumental para mediciones meteorológicas (montajes y puesta en marcha incluidos). | 2 | |
Hardware Plataforma Servidor y Estación de Trabajo | Servidor/es rackeable/s de acuerdo a lo especificado en 4.2 con UPSde acuerdo a lo especificado en 4.2. Estación de control tipo Workstationde acuerdo a lo especificado en 4.2. | 1 |
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(montajes y puesta en marcha incluidos). | |||
Licencias de Software | Licencias AVEVA Wonderware. Licencias Microsoft Windows. | ||
Servicio de Ingeniería de Software | Ingeniería completa del proyecto. Desarrollo plataforma Wonderware. Desarrollo aplicación SCADA. Desarrollo aplicación SCADA Web. Integración de valores de cada estación remota al sistema. Puesta en marcha por etapas del sistema. Transferencia tecnológica planificada al área de IT de CGPBB | ||
Servicio de Mantenimiento | Mantenimiento preventivo por 3 años de todos los sistemas según inciso 5.2 de este documento. (Incluye todos los insumos y/o repuestos detallados en el inciso 5.3 de este documento) | 3 años | |
Total de obra + 3 años de mantenimiento: U$S + IVA |
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Documentación que deberá disponer el contratista ante el C.G.P.B.B, en forma previa al inicio de los trabajos y dentro de los siete días hábiles de la notificación de la adjudicación.
1. Listado del personal: de producción y de inspección involucrado en los trabajos, emitido por el contratista.
2. Seguros:
A) Personal en relación de dependencia.
• Certificado de cobertura de la A.R.T. contratada, con las siguientes cláusulas:
1. Cláusula de no repetición sobre el comitente (Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca C.U.I.T.30-66414911-3). Incluir la nómina del personal asegurado
2. Comunicación de la A.R.T. al comitente, sobre cualquier forma de incumplimiento en que incurra el asegurado.
3. Compromiso de la A.R.T. de no modificar, rescindir, cancelar ni alterar de manera alguna las condiciones de la póliza, sin previo aviso al comitente por un plazo inferior a 10 días.
• Certificado de cobertura de Seguro de Vida Obligatorio - Decreto 1567/74 - con nómina del personal.
• Seguro Adicional de Accidentes Personales del personal incluido en ART por la suma asegurada de $ 2.000.000 por persona y sin límite por evento. Beneficiario en primer término CGPBB, cobertura de riesgos acorde a los trabajos e in–itinere).
B) Para contratistas u operarios autónomos:
• Seguro de accidentes personales, con las siguientes características. Cobertura: Muerte
Incapacidad parcial permanente Incapacidad total permanente
Cobertura acorde a riesgos expuestos e in-itinere, sin restricciones de medios o modos de transporte.
Suma asegurada $ 2.500.000 por persona y sin límite por evento. Asistencia médica y/o farmacia. Suma asegurada $ 500.000.
Beneficiario en primer término: Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca. Condiciones generales y particulares, y cláusulas anexas que forman parte de la póliza contratada.
C) Personal Extranjero:
• Todo personal extranjero que ingrese a realizar actividades laborales, deberá presentar en este CGPBB, el certificado de realización de tramite Migratorio correspondiente.
D) Vehículos automotores y maquinarias:
• Todo vehículo, equipo o máquina que ingresa al sector de obra, deberá poseer una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil por daños a personas y bienes.
• RC automotor para vehículos y maquinarias con cláusula de subrogación, cláusula de notificación y con endoso a favor del CGPBB.
• RC por daños causados por equipos de contratistas, también llamado RC operaciones de maquinarias, que cubra: daños corporales, daños a cosas totales o parciales, con cláusula de subrogación, cláusula de notificación y con endoso a favor del CGPBB
E) Requisitos de seguridad e higiene:
• Programa de seguridad aprobado por la A.R.T. visado por el Colegio Profesional
correspondiente.
• Aviso de inicio de obra.
• Registro único de aptitud medica de todos sus empleados
• RIESGO COVID – 19
• Se deberá incorporar a los Programas de Seguridad, Plan de Trabajo Seguro, el “Riesgo COVID-19” dentro de los riesgos generales de la tarea/ obra, y las medidas de seguridad que se van a adoptar en relación con el mismo.
Aquellas obras que ya se encuentren en ejecución, con Programas de Seguridad ya aprobados y que no hayan contemplado este riesgo oportunamente, deberán presentar un Anexo para cada uno que deberá contener lo anteriormente indicado.
• El contenido mínimo de los anexos a programas deberán ajustarse a lo dispuesto por la SRT (Disp. 5/20 GG SRT, Anexos 1 al 4 (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxXxxxx/xxxxxxx/000000/00000000 ).
Anexo I: RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA TRABAJOS EXCEPTUADOS DEL CUMPLIMIENTO DE LA CUARENTENA
Anexo II: RECOMENDACIONES PARA DESPLAZAMIENTOS HACIA Y DESDE TU TRABAJO
Anexo III: ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Anexo IV: CORRECTA COLOCACIÓN Y RETIRO DE PROTECTOR RESPIRATORIO
• Deberán enviar la declaración de salud de sus trabajadores pudiendo ser esta una planilla única que integre todo el plantel de trabajadores.
• Plan de emergencia y atención del accidentado (centros de atención y medios de traslado) especifico ante accidente visado por ART
• Comunicación inmediata al CGPBB ante la detección de caso sospechoso COVID-19
• Mensualmente deberá presentar estadística de Accidentes de la empresa, proporcionada por su ART. La misma deberá ser incluida en el Portal Certronic
EL CONTRATISTA:
1. Deberá cumplir con lo establecido en la Ley 24.557 (LRT), Ley 19.587 (Seguridad e Higiene) y Dto. Reg. 351-79, Dto. Reg. 911-96 y cualquier otra Norma de Seguridad y Protección Ambiental, que sea de aplicación en el momento de realizar los trabajos, como así también toda norma de seguridad vigente que pueda ser aplicable al tipo de tarea que desarrollen.
2. Deberá disponer de Técnico en Seguridad e Higiene durante el desarrollo de los trabajos en la obra, el mismo deberá tener experiencia comprobable para la supervisión del tipo de tareas encomendadas, y con la matricula habilitante al día.
3. Informará inmediatamente al Departamento xx XxXX, sobre cualquier accidente que ocurra al personal a su cargo, y realizará la correspondiente investigación inicial del hecho.
4. Mantendrá vigente y actualizada toda la documentación especificada en este anexo.
5. Presentará la siguiente información:
►Planillas de análisis y evaluación de riesgos:
Documento de Inicio de Tareas (DIT) - R4 P SySO 4.3.1 - antes del inicio de cada obra y/o cambio de tareas o acorde lo sugerido por XxXX. El mismo deberá ser visado por área contratante
Asignación de Xxxxxx Xxxxxxx (ATS) - R6 P SySO 4.3.1 - cada jornada laboral.
► Planilla de capacitaciones, Planilla de entrega de Elementos de Protección Personal acorde resolución 299/11
Se encuentra disponible en las oficinas del C.G.P.B.B., el "Manual de Seguridad para Contratistas", para realizar cualquier consulta. El mismo también se puede visualizar en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Ante cualquier emergencia en el área portuaria, (incendio, caída de personas al agua, etc.), llamar a Emergencias de Prefectura Naval Argentina 106.
……………………………………………………………. ….………………………………………………
Firma y aclaración del oferente Revisó
Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca
2022
Nota
Hoja Adicional de Firmas
Número: NO-2022-00000239-CGPBB-JA#GAF
INGENIERO WHITE, BUENOS AIRES
Viernes 7 de Enero de 2022
Referencia: Pliego firmado
A: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx (JA#GAF),
Con Copia A:
De mi mayor consideración:
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 72 pagina/s.
Sin otro particular saluda atte.
Digitally signed by GDE PUERTO BAHIA BLANCA
DN: cn=GDE PUERTO BAHIA BLANCA, c=AR, o=CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, ou=AREA CONTROL DE GESTION Y PRESUPUESTO, serialNumber=CUIT 30664149113
Date: 2022.01.07 09:53:17 -03'00'
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx
Jefatura de Área Administrativa Gerencia de Administración y Finanzas
Digitally signed by GDE PUERTO BAHIA BLANCA DN: cn=GDE PUERTO BAHIA BLANCA, c=AR,
o=CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, ou=AREA CONTROL DE GESTION Y PRESUPUESTO, serialNumber=CUIT 30664149113
Date: 2022.01.07 09:53:18 -03'00'