FORMATO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL
FORMATO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL
CONVENIO (ESPECÍFICO SOLO EN CASO DE SER PROCEDENTE) DE COLABORACIÓN QUE EN MATERIA DE SERVICIO SOCIAL, CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REPRESENTADO POR SU COORDINADOR DE VINCULACIÓN, M. EN C. XXXXXXX XXXX XXXXXX, CON LA PARTICIPACIÓN DEL DIRECTOR DE EGRESADOS Y SERVICIO SOCIAL, BIÓLOGO XXXX XXXXXX XXXXXX XXXX, Y POR LA OTRA (ASENTAR EL NOMBRE DE LA CONTRAPARTE), REPRESENTADA POR (ASENTAR EL NOMBRE DEL REPRESENTANTE Y SU CARGO), PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO EL "IPN" Y "(NOMBRE DE LA CONTRAPARTE)", RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES (ASENTAR LOS ANTECEDENTES EN EL CASO DE QUE ESTE CONVENIO ESTE AL AMPARO DE UN GENERAL), DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- Con fecha , el “IPN” y “ ” suscribieron un Convenio General de Colaboración, cuyo objeto consiste en (ASENTAR EL OBJETO DEL CONVENIO), con una vigencia de años, contados a partir de la fecha de su firma.
SEGUNDO.- En la Cláusula (ASENTAR EL NÚMERO DE LA CLÁUSULA QUE HACE REFERENCIA A
CONVENIOS ESPECÍFICOS) se estableció que las partes podrán celebrar Convenios Específicos de Colaboración, por cada uno de los proyectos que sean aprobados derivados de la ejecución de las actividades descritas en dicho Convenio.
TERCERO.- En consecuencia, el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte del Convenio General de Colaboración antes mencionado.
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara el “IPN” por conducto de su representante legal que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1,2,6,12 y 14 de su Ley Orgánica y 2 de su reglamento interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propios.
I.2. Tiene como finalidades, entre otras, realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación se formulen de acuerdo con la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país.
I.3. Entre sus atribuciones, entre otras, se encuentra organizar el servicio social que deben prestar sus alumnos y pasantes, mediante el establecimiento de un sistema integral y permanente, con programas unidisciplinarios y multidisciplinarios, así como contribuir por medio del servicio social al mejoramiento de los ejidos, comunidades agrarias y zonas marginadas, y mantener en forma permanente una brigada interdisciplinaria de servicio social, que le permita coadyuvar en el auxilio a la población de las regiones declaradas zonas de desastre de acuerdo a la dispuesto por el artículo 4 fracciones XIX y XX de la Ley Orgánica del Instituto.
1
I.4 Según lo dispuesto en los artículos 12 y 14 fracciones XIV y XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5° del Reglamento Orgánico del Instituto, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Director General, el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.
I.5. El M. en C. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, en su carácter de Coordinador de Vinculación, se encuentra facultado para suscribir los presentes Lineamientos en representación del “IPN”, xx xxxxxxx xx Xxxxxx Xx. 0000–1305–1–1, de fecha 01 de febrero de 2006, otorgado a su favor por el Director General del Instituto.
I.6. Dentro de su estructura orgánica - administrativa se encuentra la Dirección de Egresados y Servicio Social, la cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento, a cargo del Instituto.
I.7. El Biólogo Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, es el Director de Egresados y Servicio Social, de conformidad con su nombramiento de fecha (Asentar la fecha de emisión del nombramiento), expedido a su favor por el Director General del propio Instituto.
I.8. Señala como su domicilio el edificio de la Dirección General, ubicado en Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxx sin número, Unidad Profesional "Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx", colonia Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx X. Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000.
II.- Declara (ASENTAR NOMBRE DE LA CONTRAPARTE) por conducto de su representante legal que:
EN ESTE APARTADO, SE DEBEN ASENTAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONTRAPARTE, OBJETO, LOS DATOS DEL PODER NOTARIAL DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y SU DOMICILIO.
II.1. Es
II.2. Tiene como objeto
II.3. El C. es su Representante, como lo acredita con
II.4. Señala como su domicilio legal el ubicado en
II.5. Es su voluntad celebrar el presente Convenio en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
II.6. Tiene interés en celebrar el presente Convenio para la prestación de Prácticas Profesionales de alumnos del “IPN”.
III. Declaran ambas partes que:
III.1. La prestación del servicio social a que se refiere el presente Convenio, se rige por lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal y su Reglamento, (EN EL SUPUESTO DE PRESTAR EL SERVICIO EN OTRA ENTIDAD QUE NO SEA EL DISTRITO FEDERAL SE DEBERÁ AJUSTAR A LA LEGISLACIÓN APLICABLE YA SEA ESTATAL O MUNICIPAL) así como el artículo 24 de la Ley General de Educación, artículo 4, fracciones XIX y XX de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, así como por los artículos 1, 2 fracción IX, 3, 7,10, 16 fracción III, 23 y demás relativos del Reglamento de Servicio Social del Instituto Politécnico Nacional.
III.2. De conformidad con las anteriores declaraciones, las partes reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, así mismo conocen el alcance y contenido de este Convenio y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA: OBJETO.- El presente Convenio establece las bases y mecanismos operativos de colaboración entre el "IPN" y “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”, respecto a la organización y desarrollo de programas para la prestación del servicio social de alumnos del "IPN".
SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL "IPN".- El "IPN" se obliga a:
a) Xxxxxxx y en su caso aprobar los programas de servicio social que le presente para tal efecto “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”, otorgando vigencia de un año para el desarrollo del mismo;
b) Proporcionar la información que por escrito le solicite “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”, respecto de los aspirantes aptos para realizar el servicio social que cumplan con los perfiles profesionales que la “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE” defina;
c) Promover entre la comunidad estudiantil del "IPN" que esté en posibilidad de realizar su servicio social, su incorporación a los programas convenidos con “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”;
d) Establecer comunicación con “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”, a efecto de dar a conocer las regulaciones institucionales a que deberá sujetarse el ejercicio del servicio social, mismas que no afectarán los intereses, necesidades o estructuras de la misma;
e) Supervisar y evaluar periódicamente el desarrollo del servicio social;
f) Abstenerse de divulgar institucionalmente o por conducto de su personal o alumnos del "IPN", cualquier información que sea de su conocimiento relacionada con las operaciones u organización de “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”, sin contar para ello con autorización escrita de la misma; y
g) Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Convenio.
TERCERA: OBLIGACIONES DE “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”.- Serán obligaciones de “NOMBRE
DE LA CONTRAPARTE”, las siguientes:
a) Presentar por escrito a la Dirección de Egresados y Servicio Social del "IPN", las propuestas de programas de servicio social a realizar por los alumnos;
b) Establecer el calendario y programa de actividades para el cumplimiento de las acciones objeto de este Convenio;
c) Definir el número de alumnos del "IPN" que prestarán su servicio social estableciendo los perfiles con los que deberán cumplir, de acuerdo con las necesidades de los programas a desarrollar;
d) Determinar el monto de la beca económica que otorgará a los alumnos del "IPN", durante su servicio social, en los términos de los artículos 53 y 59 de la Ley Reglamentaria del artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones;
e) Dar facilidades así como proporcionar la información necesaria a los supervisores de servicio social del "IPN".
f) Solicitar por escrito a la Dirección de Egresados y Servicio Social prórroga de vigencia del programa, si el caso lo amerita, anexando el avance del mismo;
g) Determinar el área responsable para la captación de alumnos del "IPN", dentro de la cual se llevarán a cabo las acciones referentes al servicio social; y
h) Las demás que sean necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente instrumento.
CUARTA: OBLIGACIONES CONJUNTAS.- Serán obligaciones de ambas partes:
a) Presentar por escrito a la otra parte los programas de trabajo que se propongan en los que se describirán las actividades a desarrollar, el personal y presupuesto requeridos, los procedimientos de evaluación y seguimiento de las actividades programadas, así como todos los datos necesarios para establecer los fines y alcances de cada uno de los programas;
b) Considerar como anexos del presente Convenio los programas específicos que se generen. Para la ejecución de esta cláusula, será necesaria la designación de un responsable por cada programa de que se trate; y
c) Otorgar las constancias a los alumnos del "IPN", que acrediten su servicio social al amparo de este Convenio.
QUINTA: COMITÉ COORDINADOR.- Las partes acuerdan constituir un Comité Coordinador integrado por cuatro miembros de los cuales, dos serán designados por cada una, el cual coadyuvará a la instrumentación técnica y evaluación de los alcances del presente Convenio, así como de los programas específicos que de él se deriven. Deberá quedar integrado dentro de un plazo no mayor de 30 días calendario, a partir de la fecha de firma del presente Convenio.
Dicho Comité, será presidido por la persona que designen las partes, y se reunirá por lo menos cada seis meses en el lugar que al efecto se determine y sólo podrá sesionar estando por lo menos un representante de cada parte.
SEXTA: SEGURIDAD Y USO DE EQUIPO.- Los alumnos del "IPN" que deseen prestar su servicio social, participando en cualesquiera de los programas amparados por este Convenio, deberán asumir por escrito el compromiso de respetar las condiciones que las partes establezcan para el desarrollo de los trabajos, así como cumplir con las normas vigentes en materia de seguridad y uso de equipo, acatando en todo momento las indicaciones del personal de “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE” a cargo del área en la que se lleve a cabo el programa.
SÉPTIMA: RELACIÓN LABORAL.- El "IPN" y “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”, establecen que el
servicio social que presten los alumnos del "IPN" no originará relación de carácter laboral ni con el “IPN” ni con “NOMBRE DE LA CONTRAPARTE”, en virtud de tratarse de un requisito de titulación de acuerdo a la Ley General de Educación, mediante retribución en interés de la sociedad y del Estado.
OCTAVA: VIGENCIA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de (ASENTAR LA VIGENCIA DE ACUERDO AL PERÍODO CONVENIDO ENTRE LAS PARTES)
NOVENA: TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio sólo podrá darse por terminado de manera anticipada, mediante aviso escrito que proporcione a la contraparte con 60 días naturales de anticipación. En este supuesto, las partes determinarán conjuntamente la suerte que seguirán los trabajos que se estén realizando, a fin de lograr su adecuada terminación.
DÉCIMA: MODIFICACIONES.- El presente Convenio sólo podrá ser modificado y/o adicionado mediante la firma del Convenio Modificatorio o Addendum correspondiente.
DÉCIMA PRIMERA: RESPONSABILIDAD.- Ambas partes estarán exentas de toda responsabilidad en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose por ello todo acontecimiento presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que este fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse, o que siendo previsible no se pueda evitar, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas y administrativas.
En tales casos, las partes revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación.
DÉCIMA SEGUNDA: PROPIEDAD INTELECTUAL.-Las partes convienen que la propiedad intelectual derivada de la ejecución del trabajo conjunto que sea susceptible de protección, corresponderá a la parte cuyo personal lo haya realizado, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
Así mismo, las publicaciones resultantes del trabajo conjunto, así como las coproducciones y la difusión del objeto del presente Convenio, se realizarán de común acuerdo, independientemente de quien sea el titular de los derechos patrimoniales.
DÉCIMA TERCERA: CONFIDENCIALIDAD.- Las partes guardarán confidencialidad respecto de las actividades materia de este Convenio en los casos que se considere necesario o las que expresamente se comuniquen una a otra.
DÉCIMA CUARTA: ENCABEZADOS Y DEFINICIONES.-Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados o definiciones limitan o alteran el acuerdo de las partes contenido en el clausulado del presente Convenio.
DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- Las partes manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; pero en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o ejecución, la resolverá de mutuo acuerdo y por escrito el Comité Coordinador establecido en la Cláusula Quinta del presente instrumento.
Leído que fue el presente Convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por
triplicado en la Ciudad de
del dos mil .
a los
días del mes de
POR EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL M. EN C. XXXXXXX XXXX XXXXXX COORDINADOR DE VINCULACIÓN BIÓL. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXX DIRECTOR DE EGRESADOS Y SERVICIO SOCIAL REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA LIC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR DE NORMATIVIDAD, CONSULTA Y DICTAMINACIÓN (NOTA: Procede únicamente cuando los documentos a firmar sean antes del 30 xx xxxxxx de 2006, a partir del 16 de septiembre deberá asentarse al Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx) | POR ASENTAR NOMBRE DE LA CONTRAPARTE ASENTAR EL NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE |