Términos y Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Futuro sobre
Términos y Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Futuro sobre
Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija con Emisión Específica
(Liquidación en Especie)
I. OBJETO.
1. Activo Subyacente.
El Activo Subyacente es el Bono de Desarrollo del Gobierno Federal con Tasa de Interés Fija, emitido por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y colocado por el Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, a un valor nominal de 100 (cien pesos) con Emisión Especifica, cuyas características particulares se especificarán en el anexo correspondiente, denominado “Términos Específicos del Contrato”, mismo que MexDer publicará en el Boletín de Indicadores xx Xxxxxxx de Productos Derivados (en adelante “Boletín”) con cinco Días Hábiles de anticipación a su fecha de inicio de negociación.
2. Número de Unidades del Activo Subyacente o Valor Nominal que ampara un Contrato de Futuro.
Cada Contrato de Futuro xxx Xxxx con Emisión Específica ampara una cantidad de 1,000 (MIL) Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija, equivalentes a un valor nominal de 100,000 (cien mil pesos 00/100).
3. Series.
En términos de sus respectivos Reglamentos Interiores, MexDer y Asigna listarán y mantendrán disponibles para su negociación distintas Series del Contrato de Futuro xxx Xxxx con Emisión Específica sobre una base de vencimientos trimestrales hasta por un año.
En caso de que el mercado demande la disponibilidad de Contratos de Futuro xxx Xxxx con Emisión Específica con Fechas de Vencimiento distintas a las señaladas en el primer párrafo de este inciso I.3, MexDer podrá listar nuevas Series para su negociación.
II. MECÁNICA DE NEGOCIACIÓN.
1. Símbolo o clave de pizarra.
Las distintas Series del Contrato de Futuro sobre el Bono con Emisión Específica serán identificadas con un símbolo o clave de pizarra que MexDer deberá incluir en el Anexo “Términos Específicos del Contrato” y que publicará en el Boletín, a la que se agregarán la primera letra más la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos del año de vencimiento.
2. Unidad de cotización.
La celebración del Contrato de Futuro xxx Xxxx con Emisión Específica en MexDer se cotizará al precio futuro xxx Xxxx Especifico (se utilizará el precio sucio).
3. Puja.
La presentación de posturas para la celebración de Contratos de Futuro sobre el Bono con Emisión Específica se especificará en los “Términos Específicos del Contrato”
4. Medios de negociación.
Los Contratos de Futuro sobre el Bono con Emisión Específica se negociarán a través del Sistema Electrónico de Negociación de MexDer, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos en su Reglamento, sin perjuicio de la facultad de MexDer de establecer alguna mecánica distinta.
Las instituciones de crédito, casas de bolsa y demás personas xxxxxxx que operen como Formadores xx Xxxxxxx o bajo el amparo de los términos y condiciones de liquidez, podrán solicitar el servicio de operación vía telefónica, a través del cual podrán dictar instrucciones al personal del área de operaciones de MexDer para introducir, retirar, modificar y cerrar posturas.
III. CARACTERÍSTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE NEGOCIACIÓN.
1. Fluctuación diaria máxima del Precio Futuro.
No habrá fluctuación máxima del Precio Futuro durante una misma sesión de negociación.
2. Horario de negociación.
El horario de negociación de los Contratos de Futuro sobre el Bono con Emisión Específica será de las 7:30 horas a las 14:00 horas tiempo de la Ciudad de México.
Asimismo, se considerarán como parte del horario de negociación las subastas que convoque MexDer de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del numeral 7 en el Anexo “Términos Específicos del Contrato” y el periodo de negociación a Precio de Liquidación Diaria.
Lo anterior sin perjuicio de la facultad de MexDer para establecer algún horario distinto, mismo que será publicado en el Boletín con tres Días Hábiles de anticipación a su entrada en vigor.
3. Horario de negociación a Precio de Liquidación Diaria.
El Precio de Liquidación Diaria será calculado por MexDer al cierre de cada sesión de negociación. El precio establecido permitirá la negociación del Contrato de Futuro sobre el Bono con Emisión Específica, mediante la presentación de Posturas en firme a dicho precio por parte de los Socios Liquidadores y Operadores de MexDer. El periodo en el que XxxXxx recibirá Posturas en firme para negociar a Precio de Liquidación Diario será de 14:25 a 14:35 horas tiempo de la Ciudad de México.
Lo anterior sin perjuicio de la facultad de MexDer para establecer algún horario distinto, mismo que será publicado en el Boletín con tres Días Hábiles de anticipación a su entrada en vigor.
4. Último día de negociación y Fecha de Vencimiento.
El último día de negociación y la Fecha de Vencimiento de una Serie de los Contratos de Futuro sobre Bonos del Gobierno Federal con Emisión Específica se especificará en el anexo “Términos Específicos del Contrato” de acuerdo a las características particulares xxx Xxxx que se trate y a las necesidades xxx xxxxxxx.
5. Negociación de Nuevas Series.
La negociación de Series, con vencimiento distinto al establecido en el inciso I.3 anterior, o bien, una nueva Serie del ciclo del Contrato de Futuro, se iniciará el Día Hábil siguiente al de la fecha de su anuncio a través del Boletín (Indicadores xxx Xxxxxxx de Productos Derivados.
6. Período de Entrega, Fecha de Liquidación y Liquidación en Especie.
Para efectos del cumplimiento de las obligaciones a cargo de Asigna y del Socio Liquidador con respecto al Cliente, se entenderá por Período de Entrega al comprendido entre el cuarto día hábil y el último día hábil del mes de vencimiento de la Serie. Durante el Período de Entrega las partes estarán facultadas para realizar la liquidación en Especie de los Contratos Abiertos, conforme al procedimiento descrito en la Sección IV siguiente.
Por Fecha de Liquidación, en términos de las presentes Condiciones Generales de Contratación, se entenderá al tercer día hábil posterior al Aviso de Entrega que efectúe
el Vendedor en términos del numeral 2 de la sección IV de este Contrato, durante el Período de Entrega.
Cualquier Contrato que permanezca Abierto al cierre de la sesión de negociación del último día de negociación deberá liquidarse mediante el procedimiento de Liquidación en Especie que se describe en la numeral 6 de los “Términos Específicos del Contrato”.
IV. LIQUIDACIÓN DIARIA Y LIQUIDACIÓN EN ESPECIE EN LA FECHA DE LIQUIDACION.
1. Liquidación Diaria.
Los Clientes realizarán la Liquidación Diaria de sus obligaciones derivadas de las operaciones celebradas en MexDer conforme lo hayan establecido en el Contrato de Intermediación.
2. Liquidación en Especie en la Fecha de Liquidación.
El Cliente efectuará la Liquidación sujeto a los procedimientos y términos en que se efectúa la Liquidación Diaria en la Fecha de Liquidación como se establece en los “Términos Específicos del Contrato”
3. Cálculo del Precio de Liquidación Diaria.
Finalizada una sesión de negociación, XxxXxx calculará el precio de Liquidación Diaria para cada Serie, de acuerdo con el orden de prelación y la metodología que se establecen la “Términos Específicos del Contrato”.
4. Precio de Liquidación al Vencimiento.
El Precio de Liquidación al Vencimiento para el Contrato de Futuro sobre el Bono será calculado en el orden y con la metodología que se establece en los “Términos Específicos del Contrato”
X. XXXX ENTREGABLE.
Para efectos del cumplimiento del Contrato de Futuro sobre el Bono con Emisión Específica, el Vendedor o Socio Liquidador con Posición Corta podrá liberarse de sus obligaciones según se especifica en los “Términos Específicos del Contrato”.
VI. POSICIONES LÍMITE EN CONTRATOS DE FUTUROS SOBRE EL BONO CON EMISIÓN ESPECÍFICA.
1. Posiciones Límite en Posiciones Cortas o Largas y en posición opuesta.
Las Posiciones Límite establecidas para el Contrato de Futuro sobre el Bono con Emisión Específica es el número máximo de Contratos Abiertos de una misma Clase que podrá tener un Cliente. Las Posiciones Límite serán establecidas por la Cámara de Compensación y serán dadas a conocer a través del Boletín (Indicadores xxx Xxxxxxx de Productos Derivados).
2. Posiciones Límite para las posiciones de cobertura.
Los Clientes podrán abrir Posiciones Largas y Posiciones Cortas que excedan las Posiciones Límite previstas y publicadas por la Cámara de Compensación, con el único fin de crear una posición de cobertura de riesgo.
Será responsabilidad del Socio Liquidador verificar la existencia de las condiciones necesarias para la realización de las operaciones y acreditar por cuenta de sus Clientes ante la Cámara de Compensación, la existencia de posiciones objeto de cobertura de riesgos a más tardar el Día Hábil siguiente en que excedan las Posiciones Límite, de conformidad con el procedimiento establecido en el Manual Operativo.
Conforme al Reglamento, se entenderá por posiciones de cobertura, la Posición Corta o Posición Larga que un Cliente mantenga en la Cámara de Compensación como posición que contribuya a cubrir riesgos de la posición que un Cliente mantenga en otros mercados distintos a la Bolsa y a la Cámara de Compensación, en Activos Subyacentes o valores del mismo tipo que el Activo Subyacente u otro tipo de activos sobre los cuales se esté tomando la posición de cobertura de riesgo.
La Cámara de Compensación aceptará o negará discrecionalmente el que un Cliente mantenga una posición de cobertura y, en caso de rechazo, el Socio Liquidador deberá asegurarse de que su Cliente cierre el número de Contratos necesarios para cumplir con las Posiciones Límite establecidas en el numeral VI.1 anterior, bajo el entendido de que el no realizar el cierre de los Contratos que excedan la Posición Límite, será objeto de sanción de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Cámara de Compensación.
VII. EVENTOS EXTRAORDINARIOS.
1. Caso fortuito o causas de fuerza mayor.
Cuando por caso fortuito o causas de fuerza mayor, resulte imposible continuar negociando el contrato xxx Xxxx de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija MexDer y Asigna podrán suspender o cancelar la negociación y la compensación y liquidación,
respectivamente, del Contrato y estarán facultadas en términos de sus respectivos Reglamentos Interiores para determinar la forma de liquidación de los Contratos vigentes hasta ese momento, procurando en todo caso salvaguardar los derechos adquiridos por los Clientes.
2. Situaciones de contingencia.
En caso de que XxxXxx declare una situación de contingencia, podrán ser modificados tanto el horario de remate como el mecanismo de operación de acuerdo con lo establecido en el Plan de Continuidad de Negocios de MexDer y de la Cámara de Compensación.
* * * * *
Términos Específicos del Contrato de Futuro sobre
Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija Emisión M 200611.
(Liquidación en Especie)
De acuerdo a las Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Futuro sobre Bonos del Gobierno Federal a Tasa Fija con Emisión Específica, MexDer da a conocer las características de los Contratos de Futuro sobre el Bono de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija Emisión M 200611.
1. Activo Subyacente.
El Activo Subyacente son los Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal con Tasa de Interés Fija, emitidos por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y colocados por el Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, a un valor nominal de 100 (cien pesos) con clave de emisión M 200611 (en adelante “Xxxx X 000000”).
2. Símbolo o clave de pizarra.
Las distintas Series del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611 serán identificadas con un símbolo o clave de pizarra que se integrará por la expresión “JN20” a la que se agregarán la primera letra más la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos del año de vencimiento conforme al ejemplo siguiente:
Símbolo o clave de pizarra del Contrato de Futuro | Clave del Activo Subyacente | Mes de Vencimiento | Año de Vencimiento |
JN20 DC17 JN20 MR18 JN20 JN18 JN20 SP18 | M 200611 M 200611 M 200611 M 200611 | DC = Diciembre MR = Marzo JN = Junio SP = Septiembre | 17 = 2017 18 = 2018 18 = 2018 18 = 2018 |
3. Puja.
La presentación de posturas para la celebración de Contratos de Futuro sobre el M 200611 tendrá como fluctuación mínima de (+ -) 0.025 pesos sobre el Precio Futuro xxx Xxxx Específico (precio sucio).
4. Último día de negociación y Fecha de Vencimiento.
a) El último día de negociación de cada Serie del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611 será el tercer día hábil previo a la Fecha de Vencimiento de la Serie.
b) La Fecha de Vencimiento será el último día hábil del mes de vencimiento de la Serie.
5. Liquidación Diaria.
Los Clientes realizarán la Liquidación Diaria de sus obligaciones derivadas de las operaciones celebradas en MexDer conforme lo hayan establecido en el Contrato de Intermediación.
6. Liquidación en Especie en la Fecha de Liquidación.
El Cliente efectuará la Liquidación sujeto a los procedimientos y términos en que se efectúa la Liquidación Diaria en la Fecha de Liquidación considerando los siguientes puntos:
a) El Cliente con Posición Corta deberá notificar a su Socio Liquidador, entre las 15:45 y 16:00 horas tiempo de la Ciudad de México, con tres días hábiles de anticipación a la Fecha de Liquidación y su intención de entregar los títulos durante el Período de Entrega.
b) El Socio Liquidador deberá notificar al Cliente con Posición Larga con tres días hábiles de anticipación a la Fecha de Liquidación, entre las 18:00 horas y a más tardar a las 7:00 horas previo al inicio de la sesión de negociación del día hábil siguiente de la asignación, la obligación de pagar el Saldo de Liquidación (“Aviso de Asignación”), teniendo derecho a recibir los títulos xxx Xxxx M 200611.
Para efectos de los presentes Términos Específicos se entenderá por Saldo de Liquidación, al Saldo de Liquidación al Vencimiento definido en el Reglamento.
c) En la Fecha de Liquidación el Cliente con Posición Corta deberá entregar a más tardar a las 13:00 horas tiempo de la Ciudad de México, contra el pago del Saldo de Liquidación, el número de títulos xxx Xxxx M 200611 que corresponda al número de Contratos ofrecidos, a la cuenta de valores indicada por su Socio Liquidador.
d) En la Fecha de Liquidación el Comprador deberá entregar a más tardar a las 13:00 horas tiempo de la Ciudad de México, el Saldo de Liquidación, a la cuenta concentradora de efectivo indicada por el Socio Liquidador de Posición Larga.
e) En la Fecha de Liquidación el Socio Liquidador del Cliente con Posición Corta deberá entregar al Vendedor a más tardar a las 14:30 horas, tiempo de la Ciudad de México, el Saldo de Liquidación.
f) En la Fecha de Liquidación, el Socio Liquidador deberá entregar al Comprador con Posición Larga, a más tardar a las 14:30 horas, tiempo de la Ciudad de México, los títulos xxx Xxxx M 200611 correspondientes al número de Contratos asignados.
La Cámara de Compensación realizará la transferencia de efectivo y la entrega de los títulos xxx Xxxx M 200611 correspondientes a la Liquidación a que se refiere este numeral exclusivamente frente a los Socios Liquidadores con Posiciones Cortas o Largas, respectivamente, mismos que serán responsables de cumplir con la Liquidación frente a sus Clientes, Compradores o Vendedores.
En caso que el Socio Liquidador de Posición Corta o Larga incumpla con efectuar las notificaciones a que se refiere este inciso al Comprador o Vendedor, el mismo será responsable ante la Cámara de Compensación por la entrega del Saldo de Liquidación o títulos xxx Xxxx M 200611 correspondientes al número de Contratos asignados.
7. Cálculo del Precio de Liquidación Diaria.
Finalizada una sesión de negociación, XxxXxx calculará el Precio de Liquidación Diaria para cada Serie, de acuerdo con el orden de prelación y la metodología que se establecen a continuación:
a) El Cálculo del Precio de Liquidación Diaria en primera instancia, será el precio que resulte del promedio ponderado de los precios pactados en las operaciones de cada Serie celebradas entre las 13:00 horas y hasta un horario que será determinado de forma aleatoria y podrá estar entre las 13:45 y las 14:00 horas (en adelante “Periodo Aleatorio”), conforme a la fórmula siguiente:
n ∑ PiVi PL = i =1 t n ∑Vi i =1 | Donde: PLt = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611 en el día t, redondeado a la puja más cercana. n = número de hechos ocurridos en el Periodo Aleatorio. Pi = Precio negociado en el i-ésimo hecho. Vi = Volumen negociado en el i-ésimo hecho. |
Si al término del periodo de Cálculo de Precio de Liquidación Diaria queda vigente alguna postura de compra con mayor o igual volumen que la suma del volumen de las operaciones pactadas durante éste y el precio de dicha postura es mayor que el promedio ponderado de los precios pactados, entonces, el Precio de Liquidación Diaria será el promedio ponderado resultante entre los precios pactados desde el inicio del Cálculo del Precio de Liquidación Diaria hasta la hora en que termine el Periodo Aleatorio, y la postura de compra.
Si al término del periodo de Cálculo de Precios de Liquidación Diaria queda vigente alguna postura de venta con mayor o igual volumen que la suma del volumen de las operaciones pactadas durante éste y el precio de dicha postura es menor que el promedio ponderado de los precios pactados, entonces, el Precio de Liquidación Diaria será el promedio ponderado resultante entre los precios pactados desde el inicio del Cálculo del Precio de Liquidación Diaria hasta la hora en que termine el Periodo Aleatorio, y la postura de venta.
b) En caso de que no se hayan concertado operaciones durante el periodo que se establece en el inciso a) anterior, el Precio de Liquidación Diaria para cada Serie será el precio promedio ponderado por volumen de las Posturas y/o Cotizaciones en firme vigentes al final del Periodo Aleatorio; conforme a la fórmula siguiente:
PL = PcVv + PvVc t Vc + Vv | Donde: PLt = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611 en el día t, redondeado a la puja más cercana. PC = Precio de la(s) mayor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de compra vigente(s) al cierre. PV = Precio de la(s) menor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de venta vigente(s) al cierre. VC = Volumen de la(s) mayor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de compra vigente(s) al cierre. VV = Volumen de la(s) menor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de venta vigente(s) al cierre. |
c) Si al cierre de la Sesión de Negociación no existiera al menos una postura de compra y una de venta para una Fecha de Vencimiento de un Contrato de Futuro y si existiera interés abierto para dicha Serie en particular, el Precio de Liquidación Diaria será el que resulte de la subasta convocada por MexDer en términos de su Reglamento.
Si en la subasta señalada en el párrafo anterior no se generan hechos derivados de las posturas ingresadas al Sistema Electrónico de Negociación, el Precio de
Liquidación Diaria será el precio promedio ponderado por volumen de las Posturas y/o Cotizaciones en firme vigentes al final de la subasta realizada; conforme a la fórmula expuesta en el inciso b) anterior.
d) En caso de que no se hayan recibido posturas de compra y venta en firme para la realización de la subasta, señalada en el inciso c) anterior, el Precio de Liquidación Diaria será el que resulte conforme a la fórmula siguiente:
Donde:
PLt = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611 en el día t, redondeado a la puja más cercana.
t = Día de la valuación.
PSt = Precio sucio xxx xxxx en el día t.
VPC = Valor presente de los cupones cortados entre el día t y la fecha de vencimiento del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611.
T = Tasa de fondeo.
DxV = Número de días por vencer del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611.
Los insumos utilizados por MexDer para el cálculo de los precios teóricos, serán aquellas curvas de reporto gubernamental (G2), la curva de reporto gubernamental con impuesto (G2i), así como la curva de Bonos M y la curva de Bonos Mi que sean proporcionadas por la empresa de valuación que contrate MexDer.
No obstante lo previsto en los incisos anteriores, en caso de que algún participante xxx xxxxxxx presente a la Bolsa, en tiempo y forma la impugnación sobre el Precio de Liquidación Diaria de alguna Serie, MexDer revisará el proceso de cálculo de éste y en caso de que no refleje adecuadamente los niveles que prevalecían durante el “Periodo Aleatorio”, la Bolsa dará respuesta siguiendo los procedimientos establecidos en su reglamento.
8. Precio de Liquidación al Vencimiento.
El Precio de Liquidación al Vencimiento para el Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611 será calculado en el orden y con la metodología siguiente:
El Precio de Liquidación al Vencimiento será igual al Precio que resulte de llevar a cabo el procedimiento descrito en el numeral anterior a través del cual la Bolsa determina el Precio de Liquidación Diaria.
Considerando que el Precio de Liquidación al Vencimiento del Contrato de Futuro sobre Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija con Emisión Específica todos los días está valuado al último Día Hábil de cada vencimiento, cuando se realice una liquidación durante el periodo de entrega y previo a la Fecha de Vencimiento, la Cámara de Compensación deberá calcular el precio de liquidación en especie o precio sucio, de conformidad con lo siguiente:
El Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611 en la fecha de notificación de entrega, enviado por la Bolsa a la Cámara de Compensación, será dividido por ésta entre la cantidad que resulta de dividir el número de días comprendidos entre el día de entrega y la Fecha de Vencimiento del Contrato de Futuro entre 36000, multiplicada por la tasa de fondeo gubernamental G2i (Préstamos de Bonos M con impuesto) en la fecha de notificación de entrega, redondeada ésta a ocho decimales y sumadas a 1.
A este resultado le sumará el valor presente del cupón vigente si es cortado entre la fecha de entrega y la Fecha de Vencimiento del Contrato de Futuro, redondeado a ocho decimales, pues en otro caso el valor presente del cupón vigente valdrá cero.
Formalmente esto se expresa de la siguiente manera:
Donde:
36000
𝑃𝑆𝑡 =
𝑃𝐿
(1 + 𝑇 × 𝐷𝑥𝑉𝑡 )
+ 𝑉𝑃𝐶
PL = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611 en la fecha de notificación de entrega.
t = Día de entrega.
PSt = Precio sucio xxx Xxxx en el día t redondeado a cinco decimales.
T = Tasa de fondeo gubernamental G2i (Préstamo de Bonos M con impuesto) en la fecha de notificación de entrega, para el plazo DxVt redondeada ésta a ocho decimales.
DxVt = Número de días por vencer del día t a la Fecha de Vencimiento del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611.
𝐶
⎛ 𝐹𝐶 − 𝑡
𝑠𝑖 𝑡 < 𝐹𝐶 < 𝐹𝑉
Donde:
⎪
𝑉𝑃𝐶 =
⎨
⎪
{
(1 + 𝑇1 × 36000 )
𝑟𝑒𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒𝑎𝑑𝑜 𝑎 𝑜𝑐ℎ𝑜 𝑑𝑒𝑐𝑖𝑚𝑎𝑙𝑒𝑠.
0 𝑒𝑛 𝑜𝑡𝑟𝑜 𝑐𝑎𝑠𝑜.
C = Cupón semianual xxx Xxxx M redondeado a ocho decimales.
FC = Fecha xxx Xxxxx de cupón.
FV = Fecha de Vencimiento del Contrato de Futuro.
T1 = Tasa de fondeo gubernamental G2i (Préstamo de Bonos M con impuesto) en la fecha de notificación de entrega, para el plazo (FC – t) redondeada ésta a ocho decimales.
9. XXXX ENTREGABLE M 200611.
Para efectos del cumplimiento del Contrato de Futuro sobre el Bono M 200611, el Vendedor o Socio Liquidador con Posición Corta podrá liberarse de sus obligaciones mediante la entrega xxx Xxxx M 200611.
* * * * *