PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE UNA RED INALÁMBRICA MUNICIPAL Y POSTERIOR CESIÓN DEL USO PARCIAL DE LA MISMA PARA SU EXPLOTACIÓN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE UNA RED INALÁMBRICA MUNICIPAL Y POSTERIOR CESIÓN DEL USO PARCIAL DE LA MISMA PARA SU EXPLOTACIÓN
1.- Objeto del contrato
Constituye el objeto del contrato el suministro de una red inalámbrica municipal y posterior cesión del uso parcial de la misma para su explotación, según el pliego de prescripciones técnicas que se incluye como Anexo a este pliego de cláusulas administrativas particulares.
El contrato comprende la adquisición por el Ayuntamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones, entendidos como el conjunto de dispositivos que permiten la transferencia, transporte e intercambio de información conforme a determinadas reglas técnicas y a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos, que permitan la posterior explotación de una red inalámbrica. Más allá, es objeto del contrato el mantenimiento, conservación, limpieza y reparación del sistema de telecomunicaciones adquirido por el Ayuntamiento. Asimismo, es objeto de este contrato la cesión del uso parcial de la red para la explotación de la misma, entre otros usos, para la prestación de servicios tanto al propio Ayuntamiento como a terceros, destacando el servicio de acceso a Internet xx xxxxx ancha.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 30/2007, el contrato, que tiene el carácter de contrato mixto (con prestaciones directamente vinculadas y complementarias), se califica de suministro, por ser la prestación que tiene más importancia desde el punto de vista económico.
Código CPV2003: 32510000.
Dicho Pliego de Prescripciones Técnicas, juntamente con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas tendrán carácter contractual.
2.- Procedimiento de adjudicación
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto. El contrato está sujeto a regulación armonizada, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
3.- Precio del contrato
El valor estimado del contrato es de 689.655,17 euros (sin incluir el IVA). En la oferta de los licitadores se entenderán comprendidos todos los gastos y tasas que graven la adquisición y que sean necesarios para la entrega e instalación de los equipos en las condiciones indicadas en el pliego de prescripciones técnicas.
Dado que el plazo máximo de realización del suministro es de seis meses, en este contrato se excluye expresamente la revisión de precios.
4.- Condiciones de la cesión de uso parcial de la red
El régimen de uso del bien se define en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El adjudicatario asume los siguientes compromisos:
1. Utilizar el bien según su naturaleza y de entregarlo en el estado en el que se
recibe.
2. La previa obtención a su xxxxx de cuantas licencias y permisos requiera el uso
del bien o la actividad a realizar sobre el mismo, en especial la notificación de
prestación de servicios a la Comisión xxx xxxxxxx de las Telecomunicaciones prevista en la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones.
3. La facultad de inspeccionar el bien objeto de autorización, para garantizar que el mismo es usado de acuerdo con los términos de la autorización
El adjudicatario deberá satisfacer un pago mensual por el uso parcial de la red inalámbrica patrimonio del Ayuntamiento de acuerdo con el uso de la red. El importe mensual será el que se indica a continuación y sobre el mismo se repercutirá el I.V.A. correspondiente:
Facturación del Adjudicatario al Ciudadano Retorno Mensual Garantizado al
Ayuntamiento
De 0,00 € a 12.000,00 € 3.000,00 €
De 12.001,00 € a 18.000,00 € 20% adicional al tramo anterior
Superior a 18.001,00 € 40% adicional al tramo anterior
La tabla de retornos indicada, solo contempla la facturación de los Servicios de acceso a Internet xx Xxxxx Ancha, la prestación a los ciudadanos de nuevos servicios no está contemplada y hará necesaria la revisión de los tramos e importes indicados.
5.- Criterios que han de servir de base para la adjudicación
El contrato se adjudicará a la oferta económicamente más ventajosa, atendiendo a los siguientes criterios:
1. Precio del suministro, con un máximo de 40 puntos. Por cada punto porcentual de baja o fracción sobre el valor estimado del contrato, que será el máximo admisible, se otorgarán 4 puntos o la cantidad proporcional que corresponda.
2. Tarifas de prestación del servicio a los ciudadanos. Reducción del precio medio por MB garantizado de la conexión más básica, sobre la cantidad de 13,80 euros (IVA excluido). Por cada punto porcentual de baja o fracción sobre dicho precio medio, se otorgará 1,25 puntos o la cantidad proporcional que corresponda, con un máximo de 12 puntos. Los licitadores detallarán en su oferta el porcentaje de conexión que garantizan para cada una de las conexiones que pretendan ofrecer a los ciudadanos.
En ningún caso las tarifas podrán situarse por debajo del precio xx xxxxxxx. A estos efectos, los licitadores que no resulten adjudicatarios provisionales recibirán información sobre las tarifas propuestas por el adjudicatario
3. Valoración técnica del suministro y explotación de la red, con un máximo de 48 puntos. Se valorarán los siguientes aspectos:
- Infraestructura y funcionalidades de la red: solución general propuesta de red planificación, dimensionamiento, cobertura, seguridad y confidencialidad, parámetros de calidad técnica, justificación que asegure la garantía de los índices de calidad ofertados, oportunidades de evolución, innovaciones y mejoras
- Mantenimiento de la red y servicios: parámetros de calidad en el mantenimiento, innovaciones y mejoras
- Características técnicas del servicio: características técnicas del servicio, atención técnica al usuario
- Gestión comercial: aspectos legales y regulatorios, plan de marketing y ventas, gestión de altas y bajas, atención al usuario, call centres, administración (facturación, cobros, gestión contable, etc.)
6.- Financiación de los servicios
A cargo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. La adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en los correspondientes ejercicios.
7.- Plazo de duración del contrato.
El plazo de duración del contrato será de Ciento dos (102) meses, ajustándose a los siguientes plazos parciales:
A) Plazo de instalación:
Desde la formalización del contrato, y durante un periodo máximo de seis (6) meses, el adjudicatario realizará cuantas actividades de despliegue de red, instalación, adaptación, pruebas, cableados, conexiones, interconexiones, etc. sean necesarias para estar en disposición de prestar los servicios contratados.
Este plazo podrá acortarse de común acuerdo con cada uno de los adjudicatarios previa comunicación y autorización del/ de los Directores del Contrato. Durante este plazo cada adjudicatario no estará obligado a prestar los servicios adjudicados y por tanto no recibirán compensación económica alguna.
B) Plazo de Servicios y Cesión.
Finalizada la fase de instalación, se levantará el Acta de Inicio de los Servicios, que será suscrita por el/los Directo/es del contrato, dando comienzo la prestación de los servicios por parte de los adjudicatarios, por un período de hasta completar el periodo de Ciento dos (102) meses.
No obstante, el contrato podrá prever la modificación y prórroga del plazo de duración del Plazo de Servicios y Cesión, por mutuo acuerdo de las partes que deberá formalizarse por escrito antes de finalizar la vigencia de éste, sin que la duración del mismo, pueda exceder de siete años.
El adjudicatario estará obligado a comunicar en un plazo no inferior a seis (6) meses, el preaviso de solicitud de prórroga del contrato.
8.- Formalización del contrato
En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la notificación de la adjudicación definitiva, el Contratista deberá formalizar el contrato en documento administrativo.
La cantidad que resulte por los gastos de publicidad de esta contratación será detraída de la primera factura que se abone al Contratista.
9.- Pago y liquidación de los trabajos
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, del suministro que ejecute, mediante facturas comprensivas del mismo. Dichas facturas reflejarán el IVA repercutido y se ajustarán a lo exigido en Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
El precio del suministro será distribuido en 96 pagos mensuales iguales que coincidirán con la finalización de cada uno de los 96 meses del Plazo de Mantenimiento, Servicios y Cesión.
El Ayuntamiento tendrá obligación de abonar el precio dentro de los dos meses siguientes a la fecha de presentación de las correspondientes facturas.
El régimen de pago del precio del contratista al Ayuntamiento por el uso de la red se regirá por las siguientes reglas:
1. El adjudicatario tiene la obligación de abonar los precios determinados en el contrato por periodos mensuales.
2. El pago se efectuará en la Tesorería Municipal, en la forma que se determine por el Ayuntamiento
3. El adjudicatario estará obligado a abonar el precio dentro del mes siguiente a la finalización de cada mes natural.
10.- Plazo de garantía
Una vez finalizada la prestación de los servicios contratados y dentro del mes siguiente, se llevará a cabo la recepción de los suministros realizados.
Si la prestación de los servicios hubiera estado de acuerdo con las prescripciones previstas, y las instalaciones se encontrasen en el estado previsto, el técnico representante del órgano de contratación los dará por recibidos y levantará el acta de recepción y finalización de los servicios correspondiente.
A partir de la fecha del acta de recepción empezará a contar el plazo de garantía.
El plazo de garantía, a contar desde la fecha del acta de finalización de los servicios, será de un año.
Transcurrido el plazo de garantía sin objeciones por parte de la Administración, quedará extinguida la responsabilidad del contratista y podrá devolverse la garantía definitiva.
11.- Ejecución del contrato
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dé al contratista la Administración.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
En el desarrollo de la ejecución del contrato la Administración podrá formular al contratista aquellas advertencias destinadas a la corrección de desajustes en el modo de prestación del servicio para su adecuación a las instrucciones recibidas y Pliego de Prescripciones Técnicas, todo ello con carácter previo y sin perjuicio de la tramitación del correspondiente expediente declarativo de los incumplimientos, con imposición de las penalidades a que se hace referencia.
El adjudicatario se compromete a tratar de forma confidencial y reservada tanto la información recibida como la derivada de la ejecución del contrato, no pudiendo ser objeto de difusión, publicación o utilización para fines distintos de los establecidos en el pliego. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o se haya resuelto.
El adjudicatario quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en la restante normativa sobre esta materia.
La prestación de los servicios se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados, sino en los casos de fuerza mayor.
12.- Garantía definitiva
El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 por 100 del precio de adjudicación, excluido el IVA, a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
Dicha garantía habrá de ser constituida en metálico, en aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito y Sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España o por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Título II del Libro I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
13.- Capacidad para contratar
Los licitadores tendrán plena capacidad de obrar y no se hallarán comprendidos en ninguna causa de incompatibilidad, de acuerdo con la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera mediante la presentación de informe de alguna entidad financiera.
La solvencia técnica se acreditará mediante relación de los suministros similares al objeto de este contrato ejecutados en los últimos cinco años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes. Asimismo se acreditará la autorización por parte de la Comisión xxx Xxxxxxx de la Telecomunicaciones, como operadores de redes inalámbricas, así como contar con las licencias administrativas para realizar las actividades del servicio.
Los licitadores podrán sustituir la presentación de los justificantes de la solvencia económica y técnica (excepto la acreditación de mediante la acreditación de la autorización por parte de la Comisión xxx Xxxxxxx de la Telecomunicaciones, como operadores de redes inalámbricas, así como contar con las licencias administrativas para realizar las actividades del servicio) por la siguiente clasificación de empresa contratista de servicios (grupo, subgrupo y categoría), vigente al final del plazo de admisión de ofertas: V 02 D, V 03 D y V 05 C.
14.- Cumplimiento de las obligaciones tributarias o de seguridad social.
El contratista se obliga a cumplir las obligaciones tributarias o de seguridad social, laborales y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx no mantendrá ninguna vinculación laboral con el personal del adjudicatario encargado de la prestación de los servicios.
15.- Sanciones y resolución del contrato.
El adjudicatario quedar obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración.
Si llegado al término del plazo de transición el adjudicatario hubiera incurrido en demora por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar indistintamente en la forma y condiciones establecidas en la Ley 30/2007, por la resolución del contrato, con pérdida de la fianza, o por la imposición de las penalidades siguientes: 0,20 euros
por cada 1.000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
El importe de la penalidad no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por la Administración un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor.
Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades en la proporción del 5 % del presupuesto del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
Las reiteradas deficiencias en la prestación del servicio así como la interrupción de la ejecución de la prestación del mismo serán consideradas como incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales del adjudicatario.
Las causas de resolución del contrato serán las previstas y con los efectos determinados en los artículos 206 y 275 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. También serán causa de resolución el incumplimiento del deber de confidencialidad recogido en la cláusula 11 de este pliego y las reiteradas deficiencias en la prestación del servicio recogidas en el párrafo anterior.
16.- Proposiciones y documentación complementaria.
Los licitadores solamente podrán presentar una única proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La proposición se presentará en la Secretaría del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, de 9 a 14 horas durante el plazo de durante el plazo de cuarenta días naturales, contados desde el siguiente al del envío del anuncio de la convocatoria de la contratación al Diario Oficial de las Comunidades Europeas. En los anuncios que se publiquen en el B.O.P., en el B.O.E. y en el perfiles de contratante del Ayuntamiento se hará constar la fecha final de presentación de solicitudes.
Cuando la proposición se presente en una oficina de registro distinta de la Secretaría General del Ayuntamiento, deberá anunciarse esta circunstancia antes de finalizar el plazo indicado en el párrafo anterior mediante fax (número 000 000 000) o correo electrónico (xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx) enviado al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
Los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas podrán obtenerse en el perfil de contratante xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.xxx.
Con carácter previo a la presentación de ofertas, los licitadores podrán visitar las instalaciones municipales al objeto de conocer detalladamente las mismas y poder formular sus ofertas. Los licitadores interesados pondrán de manifiesto al Ayuntamiento, con una antelación mínima de veinte días a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, mediante comunicación con el Coordinador del Servicio Técnico, D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx (teléfono 000 000 000), su interés en realizar la visita. El Ayuntamiento organizará la visita o visitas necesarias al Centro, que se realizarán en compañía de personal técnico del Ayuntamiento, con antelación suficiente. Las visitas se realizarán obligatoriamente en las fechas que se determinen por el órgano de contratación
La proposición se presentará en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción "Proposición para tomar parte en la contratación por procedimiento abierto del suministro de una red inalámbrica municipal y posterior cesión del uso parcial de la misma para su explotación”.
Dentro de este sobre mayor se contendrán dos sobres A) y B), cerrados, con la misma inscripción referida en el apartado anterior y un subtítulo.
El sobre A) se subtitulará "Documentación acreditativa de la personalidad y características del contratista" y contendrá los siguientes documentos:
a)Documento Nacional de Identidad o fotocopia compulsada.
b)Escritura de poder, declarada bastante por la Secretaría General y legalizada, en su caso, si se actúa en representación de otra persona física o jurídica.
c) Escritura de constitución de la sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil, cuando concurra una sociedad de esta naturaleza.
d) Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
e)Declaración responsable ante Notario, autoridad judicial o administrativa de no estar incurso en prohibiciones de contratar, conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que incluirá mención expresa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
f) Los que acrediten la solvencia técnica y económica del contratista en los términos definidos en la cláusula 13 de este pliego.
g) Para el caso de agrupación temporal de empresas deberá cumplimentarse lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
h) Otra documentación:
1º Compromiso de suministro y mantenimiento de acuerdo con el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2º Compromiso explícito de puesta en marcha del sistema ofertado.
3º Compromiso de utilizar el bien según su naturaleza y de entregarlo en el estado en el que se recibe.
4º Compromiso de previa obtención a su xxxxx de cuantas licencias y permisos requiera el uso del bien o la actividad a realizar sobre el mismo, en especial la notificación de prestación de servicios a la Comisión xxx xxxxxxx de las Telecomunicaciones prevista en la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones.
5º Reconocimiento de la facultad del Ayuntamiento de inspeccionar el bien objeto de cesión, para garantizar que el mismo es usado de acuerdo con los términos de la cesión 6º Acreditar de la inscripción en el Registro de Operadores de Redes y Servicios de Comunicaciones Electrónicas, por parte de la Comisión xxx Xxxxxxx de las Telecomunicaciones.
El sobre B) se subtitulará "Oferta" e incluirá:
a) La proposición económica, de acuerdo con el siguiente modelo:
D...., con domicilio en..., Municipio..., CP... y DNI núm...., expedido en. con fecha
...., en nombre propio (o en representación de.... como acredito por. ) enterado del
expediente de contratación ordinaria por procedimiento abierto del suministro de una red inalámbrica municipal y posterior cesión del uso parcial de la misma para su explotación, anunciada en el BOP núm.... de fecha...., tomo parte en el mismo comprometiéndome a realizarlos en el siguiente precio: euros (letra y número) + 16% de IVA con sujeción al pliego de prescripciones técnicas y pliego de cláusulas administrativas que acepto íntegramente y no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Lugar, fecha y firma.
En caso de discrepancia entre las cantidades indicadas en número y letra prevalecerá la cantidad indicada en letra.
b) Los documentos que acrediten los méritos que se alegan de acuerdo con la cláusula 5 de este Pliego.
17-. Constitución de la Mesa y apertura de plicas.
La Mesa de contratación estará integrada del siguiente modo:
- El Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, como Presidente.
- Dos Vocales designados por la Alcaldía
- El Secretario y el Interventor del Ayuntamiento.
- Un funcionario del Ayuntamiento que actuará como secretario, con voz pero sin voto.
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, se procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A) en acto privado, rechazándose las proposiciones que contuviesen defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables. Si existiesen defectos materiales, se podrá conceder un plazo no superior a tres días para que el licitador los subsane.
Calificados previamente los documentos presentados en tiempo y forma, la Mesa procederá en acto público a la apertura de las ofertas admitidas. Este acto tendrá lugar en el Salón de actos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx a las 13,00 horas xxx xxxxxx día hábil siguiente al en que termine el plazo señalado en el apartado primero de la cláusula anterior. Si éste fuera sábado se realizará este acto el día siguiente hábil, a la misma hora. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. La Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación que adjudique el contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta económica de acuerdo con la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 5 de este Pliego, sin que la propuesta de adjudicación que realice la Mesa cree derecho alguno en favor del empresario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya adjudicado el contrato.
18-. Adjudicación.
En el plazo máximo de dos meses desde la apertura de las ofertas, el Pleno del Ayuntamiento adjudicará provisionalmente el contrato. Esta adjudicación provisional se
publicará según lo previsto en el artículo 135 xxx Xxx 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en el B.O.P. el adjudicatario constituirá la garantía definitiva prevista en la cláusula 11 de este Pliego. Asimismo acreditará la situación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social, para lo cual presentará los siguientes documentos:
- Declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en epígrafe y tipo de cuotas (nacionales, provinciales o municipales) que le habilite para la ejecución de la obra o justificación de la exención del impuesto.
- Certificado de la Agencia Tributaria de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Estado.
- Certificado de la Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones con
ella.
Estos documentos podrán sustituirse por las autorizaciones al Ayuntamiento xx
Xxxxxxxxxx para obtener estos datos de la Agencia Tributaria, según los modelos anexos a este Pliego.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva, mediante Decreto de la Alcaldía, dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula, cuando se hayan cumplido las condiciones impuestas en dicho párrafo.
19.- Régimen jurídico.
El presente contrato tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones Técnicas, ambos con carácter contractual.
Para lo no previsto en los pliegos, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Ley 7/85 de 2 xx xxxxx y demás normativa aplicable..
Se aplicará supletoriamente la legislación aplicable en materia de telecomunicaciones, y en particular el Real Decreto 541/2.001, de 18 xx xxxx, por el que se establecen determinadas especialidades para la contratación de servicios de telecomunicación y el Real Decreto 1.066/2.001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a las emisiones radioeléctricas.
Supletoriamente serán de aplicación las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto las normas de derecho privado.
En caso de discordancia entre cualquier documento contractual y el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, prevalecerá este último.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la única competente para conocer los litigios que pudieran plantearse en la ejecución del contrato.
Xxxxxxxxxx, 21 de septiembre de 2009
Informado favorablemente,
EL ALCALDE, EL SECRETARIO GENERAL,
DATOS TRIBUTARIOS
La persona abajo firmante autoriza al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (Ciudad Real) a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2000 y demás normativa de desarrollo, en el procedimiento de contratación del suministro de una red inalámbrica municipal y posterior cesión del uso parcial de la misma para su explotación.
La presente autorización se otorga para el procedimiento mencionado anteriormente, y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones.
A. DATOS DEL CONTRATISTA
APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL: | |
NIF FÍSICAS) | FIRMA (SÓLO EN EL CASO DE PERSONAS |
B. DATOS DEL AUTORIZADOR (SÓLO EN CASO DE QUE SEA UNA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 33 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA)
APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL | |
NIF | ACTÚA EN CALIDAD DE |
FIRMA |
…………………………………. a …………. de de 2008
NOTA: La Autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (Ciudad Real)
SEGURIDAD SOCIAL
La persona abajo firmante autoriza al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (Ciudad Real) a solicitar de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones de seguridad social para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2000 y demás normativa de desarrollo, en el procedimiento de contratación del suministro de una red inalámbrica municipal y posterior cesión del uso parcial de la misma para su explotación.
La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado anteriormente, y en aplicación de lo dispuesto en la autorización concedida a este Ayuntamiento por la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos de Seguridad Social que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones.
C. DATOS DEL CONTRATISTA
APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL: | |
NIF FÍSICAS) | FIRMA (SÓLO EN EL CASO DE PERSONAS |
D. DATOS DEL AUTORIZADOR (SÓLO EN CASO DE QUE SEA UNA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 33 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA)
APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL | |
NIF | ACTÚA EN CALIDAD DE |
FIRMA |
……………………………………. a …………. de de 2008
NOTA: La Autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (Ciudad Real)