CONTRATO DE ALQUILER
CONTRATO DE ALQUILER
De una parte:
D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx, con DNI 00000000X, con domicilio en Parque Ind. Xx Xxxxx C/ D Nave 4-6, actuando en nombre propio, en adelante EL ARRENDADOR,
Y de la otra parte:
D./Xx. con DNI , con domicilio
en _ , Provincia en adelante EL ARRENDATARIO
Ambos contratantes se comprometen al cumplimiento de las condiciones recogidas en la ficha de especificaciones y en las generales del presente contrato:
CONDICIONES GENERALES
LA FIRMA DE LA RESERVA DE ALQUILER SUPONE LA ACEPTACIÓN DE TODAS Y CADA UNA DE LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
PRIMERA.- El ARRENDADOR cede en arrendamiento la autocaravana modelo matrícula _ _autorizada para un número de plazas de_ _, con una lectura del cuentakilómetros de Kms. Del día
_al día _por el precio de €uros.
SEGUNDA.- . La reserva del vehículo incluye el pago del 30% del total del alquiler como señal por un importe de €uros.
En caso de que el cliente anule la reserva solicitada, sobre el anticipo se aplicarán las siguientes penalizaciones:
- Si se comunica la anulación antes de 30 días del inicio del alquiler 50%
- Si se comunica entre 30 y 16 días antes del inicio del alquiler 80%
- Si se comunica con menos de 16 días hasta el inicio del alquiler 100%
TERCERA.- El importe total del alquiler contratado deberá ser abonado antes de la salida. Así mismo se depositará una fianza para garantizar el buen uso y correcta devolución del vehículo, por un importe de 600,00 €uros.
La fianza por importe de 600,00 €uros se carga en la siguiente tarjeta bancaria:
□ VISA □ MASTERCARD □ Otras (especificar) número
Siempre y cuando el importe de las reparaciones que haya que realizar al vehículo superen la cantidad de la franquicia se dará parte al seguro y se perderá la franquicia. De lo contrario se descontará el importe de las reparaciones de la fianza.
CUARTA.- No procederá por parte del ARRENDATARIO exigir indemnización alguna si, por motivo de fuerza mayor o por causa fortuita, el vehículo no pudiera entregarse el día convenido. Entre las causas de fuerza mayor se encuentran las averías o siniestros no reparables para la fecha prevista de entrega de la autocaravana.
QUINTA.- En caso de que el ARRENDATARIO, por propia decisión unilateral, inicie con retraso o termine anticipadamente el alquiler, no tendrá derecho a reembolso alguno.
SEXTA.- La entrega del vehículo se produce previa exhaustiva y detallada revisión e inspección del vehículo por parte del ARRENDADOR, interior y exteriormente, debidamente conservado y mantenido, en la mecánica y accesorios y al día de las revisiones prescritas por el fabricante.
El ARRENDATARIO declara haber verificado el perfecto estado de funcionamiento y conservación de la autocaravana.
SEPTIMA.- El ARRENDATARIO designa como conductor principal a D./Xx.
_ con DNI _ _, con domicilio
en Provincia
_,
El ARRENDATARIO designa como conductor adicional a D./Xx.
_ con DNI _ _, con domicilio en ,Provincia _
El vehículo únicamente podrá ser conducido por el conductor principal y el conductor adicional que figuren en la ficha de especificaciones del contrato.
Tanto el conductor principal como el conductor adicional declaran expresamente ser mayores de 25 años y estar en posesión del carnet de conducir español clase B, o equivalente de otros países, con una antigüedad superior a 2 años.
El ARRENDATARIO es el responsable del cumplimiento íntegro de esta cláusula. El incumplimiento de esta cláusula llevará acarreada la pérdida de la fianza, aunque no se halla producido daño alguno.
OCTAVA.- La entrega y devolución del vehículo se realizará en la localidad xx Xxxxx (Navarra), en el domicilio del ARRENDADOR.
Las entregas se realizarán entre las 10,00 h y las 12,00 h de la mañana convenida y las recogidas entre las 16,00 h y 19,00 h de la tarde convenida.
Los retrasos en la entrega no autorizados ni debidos a fuerza mayor, serán penalizados con una tarifa diaria triple a la cantidad aplicada en contrato. Cada hora de retraso con respecto a la hora de entrega acordada se facturara a 50€.
La no presentación del ARRENDATARIO en el lugar y hora convenidos para el inicio del servicio sin previo aviso tendrá la consideración de rescisión unilateral del contrato y de la reserva, por parte del mismo, con penalización del 100% del valor del alquiler contratado, dicha no presentación facultará al ARRENDADOR a disponer del vehículo reservado no teniendo el ARRENDATARIO derecho a indemnización ni compensación alguna.
NOVENA.- EL ARRENDATARIO se obliga a utilizar el vehículo de manera cuidadosa. Se prohíbe expresamente destinar el vehículo a cualquier actividad contraria a la moral, las leyes y las buenas costumbres. Expresamente queda prohibido transportar más números de personas que el permitido por la Ley o autorizadas por el fabricante, realizar carreras, transporte de mercancías u objetos, estén o no permitidos por nuestra legislación, utilizar el vehículo para tracción o remolque de otro vehículo de cualquier clase que sea, su utilización en carreras, pruebas o competiciones, su utilización fuera de la red viaria, ceder su uso a título oneroso o lucrativo. Está conducir bajo los efectos del alcohol, drogas, medicamentos que produzcan somnolencia o alteración de las percepciones sensoriales. El incumplimiento llevará acarreada la pérdida de la fianza, siendo compatible con la exigencia de los daños, multas o sanciones en que haya incurrido. Serán de cuenta del arrendatario las responsabilidades civiles o penales que se deriven de la utilización inadecuada del vehículo arrendado.
DECIMA.- El ARRENDATARIO responde de cualquier sanción o multa, que, por contravenir las disposiciones vigentes le fueren impuestas, alcanzando la misma responsabilidad en el supuesto de que por su culpa fuese el vehículo retenido o embargado, corriendo además, con los gastos y el lucro cesante del ARRENDADOR durante el tiempo que dure la indisponibilidad del vehículo, aplicándose por cada día que fuere retenido o embargado el importe por día, según modelo y tarifas en vigor del precio de alquiler del vehículo.
En caso de paralización del vehículo por causa única y exclusivamente imputable al ARRENDATARIO, éste será responsable de los perjuicios derivados de dicha paralización.
DECIMO PRIMERA.- El vehículo arrendado deberá ser devuelto en buenas condiciones higiénicas, con su interior limpio y con el WC y los depósitos de aguas residuales debidamente vaciados. En caso contrario, acepta el arrendatario el pago de la cantidad fija de 150,00 Euros. En caso de devolver el vehiculo con restos de olor o pelo de mascota sin autorización previa reflejada y firmada por la empresa en el contrato el arrendatario el pago de la cantidad fija de 250,00 Euros.
DECIMO SEGUNDA.- Si el ARRENDATARIO desea prolongar el arrendamiento del vehículo sobre las fechas establecidas, deberá comunicarlo al ARRENDADOR por escrito (Email o wasap) con una antelación de 3 días a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en ese momento tenga el ARRENDADOR, no asumiendo por tanto éste último compromiso previo alguno.
DECIMO TERCERA.- El vehículo objeto de este contrato se encuentra asegurado según la ley, con una franquicia de 600,00 €uros. De resultar algún siniestro durante la vigencia del contrato de arrendamiento, el ARRENDATARIO soportará dicho importe por cada uno de los siniestros ocurridos, aplicando en primer lugar la fianza constituida y autorizando al arrendador a cargar la diferencia en la tarjeta de crédito indicada en el contrato.
DECIMO CUARTA.- En caso de avería, se procederá a la determinación de la causa. Si la causa es debida a un uso negligente o poco cuidadoso del vehículo, el ARRENDATARIO deberá asumir el importe de la reparación a precios xx xxxxxxx.
Si la avería es debida a un defecto de construcción del vehículo o al normal deterioro por desgaste de sus piezas, el ARRENDADOR asumirá el pago de la reparación.
En este sentido ambas partes se comprometen a la designación de mutuo acuerdo xx xxxxxx que determinara las causas de dicha avería. Caso de que no se llegase a mutuo acuerdo sobre dicha designación se realizara un sorteo entre aquellos peritos que figuran en las listas de los juzgados xx Xxxxxxx para la valoración y tasación de automóviles.
DECIMO QUINTA.- La fianza será devuelta después de ser examinado el vehículo, el cual, en caso de desperfectos debidos al mal uso, determinará mediante nota detallada, el importe que el cliente deberá abonar, autorizando el
ARRENDATARIO a compensar dicho importe de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el ARRENDADOR dispondrá de 30 días para la devolución en su caso, del importe de la fianza sobrante, una vez deducido el coste de reparación de los desperfectos o daños causados.
La pérdida de llaves o de la documentación del vehículo conllevará al ARRENDATARIO la obligación de pagar una penalización de 250 € más IVA que podrán ser descontados del importe de la fianza.
La fianza también cubrirá los desperfectos y pérdidas por extravíos o sustracción de los enseres y complementos que se entreguen junto con la autocaravana y que se detallan como ANEXO I. DECIMO SEXTA.- El vehículo se entrega con el depósito de gasoil completamente lleno y se debe entregar completamente lleno. Si no es así el arrendatario acepta el pago de la cantidad fija de 100,00 Euros.
DECIMO SEPTIMA.- Está prohibido fumar dentro de la autocaravana. Fumar dentro de la autocaravana tendrá una penalización de 300€.
DECIMO OCTAVA.- El límite de kms por día para alquileres inferiores o iguales a 7 días es de 350 kms/dia. El exceso de kilometraje se facturará a 0,35€/km más I.V.A.. A partir de 7 días, el kilometraje será ilimitado.
DECIMO NOVENA.- El ARRENDADOR conservará una copia de las llaves del vehículo y en caso de que el ARRENDATARIO incumpliese cualquiera de las cláusulas del presente contrato, podrá proceder por sus propios medios a la retirada del mismo, dando por finalizado el mencionado contrato y no teniendo el ARRENDATARIO derecho a indemnización o reembolso alguno.
VIGESIMA.- Para todos los conflictos que puedan surgir en la interpretación, aplicación, efectos e incumplimiento de este contrato por las partes, se someten a los Tribunales y Juzgados xx Xxxxxxxx, con renuncia expresa de su fuero personal.
El arrendador El arrendatario
El conductor principal El conductor adicional