RESOLUCION de 11 de septiembre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda publicar los contratos de publicidad institucional, las ayudas, subvencionesy convenios celebrados en mate- ria de actividad publicitaria, cuyos importes...
Página núm. 8
BOJA núm. 183
Sevilla, 20 de septiembre 2006
CONSEJERIA PARA LA IGUALDADY BIENESTAR SOCIAL
RESOLUCION de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General Técnica, por la que se acuerda publicar los contratos de publicidad institucional, las ayudas, subvencionesy convenios celebrados en mate- ria de actividad publicitaria, cuyos importes sean supe- rioresa 30.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en el apartado1 de los artículos 7 y 8 de la Ley 6/2005, de 8 xx xxxxx, reguladora de la Actividad Publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, y de conformidad con el artículo 4 del Decreto 29/2006, de 7 de febrero, por el que se desarrollan medidas de transparencia previstas en la citada Ley,
HE RESUELTO
Publicar, en virtud de lo anteriormente expuesto, la siguiente relación, correspondiente al segundo cuatrimestre del ejercicio 2006:
a) Contratos de publicidad institucional. Objeto del contrato:
Instituto Andaluz de la Juventud:
- Contratación de medios de comunicación para la difu- sión/divulgación del Festival Europeo de la Creación Joven Eutopia 06; importe: 119.929,84 E; entidad adjudicataria: Estrategias de Medios Andalucía, S.A.
- Contratación del diseño y producción de piezas publi- citarias para la difusión del Festival Europeo de la Creación Joven Eutopia 06; importe: 97.380,27 E; entidad adjudi- cataria: Eñe Multimedia.
b) Ayudas, subvenciones y convenios celebrados o con- cedidas en materia de actividad publicitaria.
Nada que reseñar en este apartado.
Sevilla, 11 de septiembre de 2006.- La Secretaría General Técnica, Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx.
EMPRESAS PUBLICAS
RESOLUCION de 22 xx xxxxx de 2006, de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por la que se desestima la solicitud de regularización formulada sobre la vivienda correspondiente al Grupo Se-0902, finca 51919, cuenta 391.
Examinado el expediente de regularización incoadoa peti- ción de xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, referido a la vivienda sita en Arquitecto Xxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx 0, xxxxxx 0, 0.x X, Xxxxxxx, por esta Empresa Pública de Suelo de Andalucía se ha resuelto lo siguiente:
ANTECEDENTE S
1. El interesado formuló en tiempo y forma solicitud de regularización de su situación en la vivienda de promoción pública en régimen de arrendamiento, finca 51919 corres- pondientea la matrícula Se-0902, al amparo de la Resolución de 17 de octubre de 2005, por la que se establece proce- dimiento administrativo especial de regularización de ocupan- tes sin título, de las viviendas que componen el Grupo Se-0902 y los Conjuntos 8 y 9 del Grupo Se-0903, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, del Parque Público de Viviendas de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.
2. El interesado ha presentado la documentación señalada en el apartado 2 del artículo 5 de la Resolución de 17 de octubre de 2005.
FUNDAMENTACION JURIDICA
I. Competencia.
La Empresa Pública de Suelo de Andalucía como titular de las viviendas de promoción pública es competente para resolver de conformidad con el apartado 4, del artículo 5, de la Resolución de 17 de octubre de 2005. En virtud del artículo 3, apartado 1, del Acuerdo de 21 de septiembre de 2004, del Consejo de Gobierno, el Director de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía es competente para resolver, atribuyéndose el ejercicio de todas las competencias de gestión y administración referido al patrimonio transferido.
II. Legitimación.
Está legitimado activamente el interesado al ser ocupante de hecho de una vivienda de promoción pública descrita en los antecedentes, así como pasivamente la Empresa Pública de Suelo de Andalucía como propietaria.
III. Procedimiento.
La Resolución de 17 de octubre de 2005 establece en su artículo 2.º, apartado 1, un plazo de xxxxxxxxxxxx xx xxxx- citudes que se extenderá desde el día 4 de noviembre de 2005 hasta el 4 xx xxxx de 2006, ambos inclusive, con objeto de que aquellos ocupantes de las viviendas que com- ponen el Grupo Se-0902 y los Conjuntos 8 y 9 del Grupo Se-0903, Barriada Xxxxxxxx Xxxxxxxx, promoción integrada en el Parque Público de Viviendas de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, que carezcan de título legaly bastante para su ocupación, puedan solicitar su regularización.
El artículo 1 de la Resolución posibilita a los ocupantes de viviendas, que conforman el Grupo Se-0902y los Conjuntos 8 y 9 del Grupo Se-0903, que carezcan de título legal y bas- tante para ello, la regularización de su situación mediante la adjudicación de la vivienda en régimen de arrendamiento o en régimen de comodato, dependiendo de si el edificio en el que se ubica la vivienda ha sido rehabilitado o, en el momen- to de emitirse la presente Resolución, aún no se ha concluido la rehabilitación del mismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución de 00 xx xxxxxxx xx 0000.
XX. Xxxxx xxx xxxxxx.
El procedimiento administrativo especial de regularización en la ocupación establecido al amparo de la Resolución de 17 de octubre de 2005, exige en su articulado como requisitos mínimos para obtener la regularización, entre otros, no poseer ninguno de los miembros de la unidad familiar solicitante vivienda, libreo protegida,a título de propiedad.
Entre la documentación obrante en el expediente admi- nistrativo originado a consecuencia de la solicitud formulada, consta declaración responsable firmada por el solicitante, con fecha 24 de enero de 2006, en virtud de la cual ninguno de los miembros que integran la unidad familiar es propietario de otra vivienda.
Consta inscrito, en el Registro de la Propiedad número 1 de Roquetas de Mar (Almería), inmueble de naturaleza urbana con calificación definitiva de vivienda de protección oficial de promoción privada, por título de compra a favor de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, miembro integrante de la unidad familiar, pareja del solicitante del procedimiento administrativo especial de regularización en la ocupación.
Se incumple el apartado 2.c) del artículo 2 de la Reso- lución de 17 de octubre de 2005, en virtud del cual ninguno de los miembros de la unidades familiares solicitantes podrá poseer otra vivienda, libre o protegida, a título de propiedad. La unidad familiar solicitante del presente procedimiento administrativo especial de regularización es adjudicataria de vivienda de protección oficial de promoción pública integrada
en el Parque Público de Viviendas de EPSA.
Sevilla, 00 xx xxxxxxxxxx 0000
XXXX núm. 183
Página núm. 9
Con fecha 1 xx xxxx de 1991, mediante documento administrativo suscrito, se adjudicó en régimen de arrenda- miento la vivienda de promoción pública correspondiente al Grupo Al-0950, cuenta 91, sita en C/ Los Almedros, número 91 (Almería)a Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
La unidad familiar solicitante dispone de la vivienda iden- tificada en el párrafo anterior aun desvirtuando el destino de la misma, al no constituir su domicilio habitualy permanente. El apartado b).8 del artículo 153 del Decreto 2114/1968,
de 24 de julio, Reglamento de las Viviendas de Protección Oficial, establece como constitutiva de infracción grave la uti- lización de más de una vivienda construida con la protección del Estadoa título de inquilinoo usuario.
En virtud del artículo 27 del Real Decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial, las viviendas acogidas a esta Ley se dedicarán exclusivamente a residencia habitualy permanente, sin que bajo ningún pretexto pueda dár- seles uso distinto. Nadie podrá reservarse o disfrutar para uso propio cualquiera que sea el título, más de una vivienda. Es causa específica de desestimación, de la solicitud aco- gida al procedimiento administrativo especial de regularización establecido en la Resolución de 17 de octubre de 2005, la recogida en el apartado e) del artículo 3, así realizar el soli- citante actividades constitutivas de infracción graveo muy gra-
ve del régimen legal de viviendas de protección oficial.
El apartado 2 del artículo tercero de la Resolución de 14 xx xxxxx de 2004, por la que se dictan criterios de aplicación en materia de segundas adjudicaciones, permutasy traslados de viviendas de protección oficial del Parque Público de Vivien-
das de EPSA, exige cumplir el requisito de no haber resultado ninguno de los miembros de la unidad familiar solicitante adju- dicatario de una vivienda de protección oficial en el territorio español, protegidao de promoción pública durante los quince años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
En su virtud, procede y
RESUELV O
Desestimar la solicitud de regularización formulada por xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con DNI núm. 00.000.000 Y, sobre la vivienda de promoción pública sita en Arquitecto Xxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx 0, xxxxxx 0, 0.x X, Xxxxxxx, finca núm. 51919, cuenta número 391, correspondiente a la matrícula Se-0902, por las razones expuestas en la fundamentación jurídica de esta Resolución.
Esta Resolución no agota la vía administrativa, y contra la misma podrá formular recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Admi- nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 22 xx xxxxx de 2006.- El Director, P.D. (Resolución de 11.2.2005), el Gerente de la Oficina RIB Polí- gono Sur, Xxxxx Xxxxx Xxxxx.
5. Anuncios
5.1. Subastasy concursos de obras, suministrosy servicios públicos
CONSEJERIA DE JUSTICIAY ADMINISTRACION PUBLICA
RESOLUCION de 28 de julio de 2006, de la Dele- gación Provincial xx Xxxxxxx, por la que se anuncia la adjudicación que se indica mediante la forma de adjudicación directa.
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Delegación Provincial de la Consejería de Justiciay Administración Pública en Córdoba.
b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación.
c) Número de expediente: 13/2006.
2. Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Arrendamiento.
b) Descripción del objeto: Arrendamiento de un local para la ubicación de las dependencias de la Administración de Jus-
xxxxx xx Xxxxxx, la adscripción permanente de la Fiscalía, el Servicio Común de Notificacionesy Embargos, el Registro Civil y la sede del Instituto de Medicina Legal.
c) Boletín o Diario Oficialy fecha de publicación del anun- cio de licitación: Sin publicidad.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Adjudicación directa.
4. Presupuesto base de licitacion. Importe máximo: 199.454,28 euros anuales.
5. Adjudicación.
a) Fecha: 20 de julio de 2006.
b) Contratista: Compañía General de Huelva, S.A.
c) Nacionalidad: Española.
d) Importe de la adjudicación: 199.454,28 euros anuales.
Córdoba, 00 xx xxxxx xx 0000.- Xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.