Contract
Nº 114/010/1862
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA ORGANIZACIÓN Y GESTION DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES DEL DISTRITO XX XXXXXX DE VALLECAS DURANTE EL CURSO 2010/2011
1.- NATURALEZA Y OBJETO DEL CONTRATO:
Contrato administrativo especial para la organización y gestión de las Escuelas Deportivas Municipales en las diferentes modalidades dirigidas a escolares y jóvenes del Distrito
Las modalidades deportivas que como mínimo se llevarán a cabo son: Escuelas Básicas
Escuelas Baloncesto Escuelas de Voleibol Escuelas Fútbol-Sala Escuelas de Tenis xx Xxxx Escuelas de Tenis.
Escuelas de Gimnasia Rítmica Escuelas de Ajedrez
2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
2.1.- Poner el deporte al alcance de aquellos que lo demanden en el campo específico de las Escuelas Deportivas Municipales.
2.2.- Obtener el mayor partido de las instalaciones existentes. 2.3.- Coordinación entre el deporte intra y extra escolar.
2.4.- Extender al mayor ámbito posible toda la información que relativa al deporte se genere dentro y fuera del Distrito.
2.5.- Coordinación entre todos los sectores relacionados con el deporte.
2.6.- Fomentar la práctica deportiva entre los escolares del Distrito.
2.7.- Poner al alcance del alumno una herramienta que sirva para completar su formación
3.- ACTIVIDADES.
La actividad fundamental a desarrollar por el adjudicatario de este servicio será la organización y gestión económica de las Escuelas Deportivas Municipales, con las siguientes matizaciones:
3.1.- La práctica deportiva tecnológicamente atendida de las diferentes modalidades deportivas
3.2.- Enseñanza a través de monitores cualificados de las diferentes modalidades deportivas recogidas en este pliego.
3.3.- Participación en diferentes competiciones municipales organizadas en el Distrito (Juegos Deportivos Municipales, Trofeo de El Xxxxxx y Maratón Deportiva), siempre que tanto el número como las condiciones de los interesados de cada grupo lo permitan.
4.- LUGAR DE EJECUCIÓN :
Las Escuelas Deportivas Municipales se podrán desarrollar en cualquier colegio público o concertado que cuente con instalaciones adecuadas o en cualquier otra instalación deportiva que tenga su ubicación en el Distrito.
La Junta Municipal de Distrito facilitará a la empresa adjudicataria antes del inicio del servicio la relación de centros que disfrutarán del servicio.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN / DURACIÓN DEL CONTRATO:
El plazo de duración del presente contrato será desde la formalización del contrato, siendo la fecha prevista de duración del mismo desde el 13 de septiembre de 2010 al 19 xx xxxxx de 2011.
6.- PRECIO IMPUTACIÓN DEL GASTO.
El presupuesto total del contrato asciende a del contrato es de
177.811,2 €.
Presupuesto base… 164.640 €
IVA 8%. 13.171,2 €
Presupuesto… 177.811,2 €
Conforme al siguiente desglose por ejercicios presupuestarios
Año 2010:
Presupuesto base… 56.448 €
IVA 8%. 4.515,84 €
Presupuesto… 60.963,84 €
Año 2011:
Presupuesto base… 108.192 €
IVA 8%. 8.655,36 €
Presupuesto… 116.847,36 €
Imputación presupuestaria:
Ejercicio 2010:
• 60.963,84 € (56.448 €+ 4.515,84 € del IVA) al Subconcepto
227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales " del Subprograma 341.01 “Actuaciones Deportivas en distritos”.
Ejercicio 2011:
• 116.847 € (108.192 €+8.655,36 € del IVA) al Subconcepto
227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales " del Subprograma 341.01 “Actuaciones Deportivas en distritos”.
Dicho importe incluye los costos de todo tipo que pueda originar la prestación del servicio, comprendiendo, en todo caso, seguridad social, tasas, impuestos, arbitrios o gravámenes de cualquier tipo que sean de aplicación, así como equipamiento y material deportivo necesario.
El presupuesto se ha determinado por precios unitarios. A estos efectos se ha tenido en cuenta el siguiente precio por hora: 28
euros/hora escuela.(IVA excluido)
Total escuelas 84
Numero de horas por escuela 70 (de las que 24
corresponderían al 2010)
Número total de horas: 5.880 (de las que 2.016
corresponderían al 2010)
El presente contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para financiar las obligaciones que se deriven del mismo.
7.- FORMA DE PAGO:
El pago se realizará mediante certificaciones mensuales en base a las horas/escuelas realizadas cada mes.
8.- CONDICIONES QUE HAN DE REUNIR LA OFERTA
Los licitadores presentarán, además de los documentos que se exigen en los pliegos de condiciones económico-administrativos, los siguientes:
8.1.- Proyecto de organización del servicio objeto del contrato en el que se especifiquen entre otros la planificación de las actividades, horario, metodología, recursos y objetivos, así como los monitores con los que se pretende desarrollar el programa deportivo. Dicho proyecto recogerá al menos 84 escuelas deportivas debiendo referirse como mínimo las siguientes especialidades deportivas:
Escuelas Básicas Escuelas Baloncesto Escuelas de Voleibol Escuelas Fútbol-Sala Escuelas de Tenis xx Xxxx Escuelas de Tenis.
Escuelas de Gimnasia Rítmica Escuelas de Ajedrez
Desde el distrito se facilitará al adjudicatario relación del número de escuelas mínimas por especialidad en función de las solicitudes llevadas a cabo por los colegios donde se van a llevar a cabo las actividades
8.2.- “Currículo vitae” del monitor o monitores que hayan de impartir cada actividad. El personal deberá estar en posesión de la titulación deportiva correspondiente a la modalidad deportiva a impartir, debiendo aportar fotocopia de la misma junto al curriculum.
Asimismo se aportará “currículo vitae” del Coordinador y demás personal que participe en la actividad.
Se podrá proponer a la empresa o entidad adjudicataria el cambio de monitor o monitores cuando así se estime conveniente para el buen funcionamiento de la actividad.
9.- CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES
9.1.- El adjudicatario deberá proporcionar el personal que imparta las escuelas, siendo de su exclusiva responsabilidad las cargas y obligaciones de toda índole derivadas de la actividad que realicen en los colegios o instalaciones deportivas.
9.2.- Es responsabilidad del adjudicatario el desarrollo en su horario y fechas de las correspondientes escuelas, por lo que en caso de ausencia forzosa o enfermedad de monitor, tendrá que sustituir de inmediato al monitor titular enfermo, por otro monitor sustituto o ayudante, durante el tiempo que fuera preciso.
9.3.- En ningún caso podrá considerarse que exista relación laboral alguna entre los monitores y personal al servicio de la entidad adjudicataria y el Ayuntamiento de Madrid.
Se entiende, en todo caso, que no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato de asistencia y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.
9.4.- Las actividades se desarrollarán por grupos, cada uno de ellos con un número de integrantes adecuado a las características de la actividad.
9.5.- Los horarios se establecerán de forma que de cada escuela se impartan 2 horas semanales de actividad
9.6.- La empresa adjudicataria nombrará un coordinador que será el único interlocutor válido entre la empresa y el responsable del
Distrito. A través de este interlocutor se canalizarán las incidencias de toda clase que surjan en el desarrollo de la prestación. Le corresponderán entre otras funciones, la organización y supervisión, en todos sus aspectos del trabajo de los monitores, proporcionará los materiales necesarios para las actividades, controlará la adecuada realización de los mismos en cuanto a horarios, sustitución de monitores y cuantas otras sean necesarias para asegurar la correcta prestación de las actividades. Así mismo será el único que pueda imponer directrices a los profesionales que prestan el servicio.
9.7.- En el desarrollo de las actividades en colegios públicos y concertados o en cualquier otra instalación deportiva, la empresa adjudicataria deberá mantener en buen estado los elementos de la instalación en que preste el servicio, debiendo reintegrar el coste de los gastos de la reposición o reparación en caso de que se produzcan deterioros por uso inadecuado, siendo responsable de los daños y perjuicios que ocasionare al patrimonio o al uso general o al servicio al que estuviesen destinados.
9.8.- El equipamiento necesario así como el material deportivo para la realización de las escuelas será a cargo de la empresa adjudicataria del contrato, sin perjuicio de que puedan ser utilizados los medios existentes en las instalaciones donde se presta el servicio.
10.-OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
La empresa adjudicataria deberá cumplir las siguientes obligaciones:
10.1.-En la prestación del servicio el contratista deberá someterse, en todo momento, a las instrucciones, directrices y observaciones que realice el Jefe de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, o funcionario de la Unidad en quien delegue.
10.2 -En todo momento, el distrito, será el único órgano decisorio y ejecutivo (en la persona del Funcionario Responsable a los efectos o de la Concejal-Presidenta), en base a lo cual y con el único objetivo de agilizar la asistencia, las demandas, incidencias o problemas planteados deberán ser trasmitidos (siempre al menos con una breve reseña escrita, con independencia de que la relación más directa sea la verbal, pudiéndose utilizar la comunicación vía E-mail.), a la mayor brevedad posible y nunca más tarde de 48 horas.
10.3 - La empresa adjudicataria presentará en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, o funcionario de la Unidad en quien delegue, un informe mensual, en el que se detallará de forma exhaustiva el número de horas por escuela que se han llevado a cabo, los colegios públicos o concertados en los que se realizan, así como las instalaciones, horario, número de alumnos y monitores que imparten las actividades, y, en su caso, propuestas de modificación en la programación de las escuelas, estos documentos servirán como mecanismo de verificación de las escuelas impartidas y la facturación mensual de la empresa.
10.4.- Al finalizar el ejercicio, el adjudicatario deberá presentar una memoria en la que se recojan los datos relativos al desarrollo de las actividades.
11.- RESPONSABILIDAD.
El adjudicatario deberá suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 600.000 €, a efectos de cubrir:
- Las posibles responsabilidades de todo tipo por deterioro o pérdida de la totalidad o parte de los bienes e instalaciones cedidas para el desarrollo de las actividades que le son propias.
- Todas las actividades de monitores y alumnos de las diferentes Escuelas Deportivas, así como las actividades que formando parte de las Escuelas de que se trate se desarrollen fuera de la instalación habitual.
La Entidad que resulte autorizada, deberá presentar dicha póliza, de forma previa a la firma del contrato, de no ser así quedaría sin efecto la adjudicación, pudiendo pasar a otro interesado entre los concurrentes a la licitación o declararse desierta.
12.- MODIFICACIÓN Y REVOCACIÓN
El Concejal Presidente, a propuesta razonada de la Servicios Municipales y previa audiencia del adjudicatario, podrá modificar, por razones de interés público, los términos de la adjudicación.
Son causa de resolución del contrato, además de las legalmente previstas:
1.- El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones previstas en este pliego.
2.- La suspensión de las actividades por razones de interés público.
Madrid, 15 de febrero de 2010.
LA JEFE DE LA UNIDAD DE ACTIVIDADES CULTURALES, FORMATIVAS Y DEPORTIVAS
Fdo: Xx Xxx Xxxxx Xxxxxxxxxx.