PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA EL SUMINISTRO Y MONTAJE DE DOS INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN DOS EDIFICIOS PERTENECIENTES AL AYUNTAMIENTO DE OÑATI
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA EL SUMINISTRO Y MONTAJE DE DOS INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN DOS EDIFICIOS PERTENECIENTES AL AYUNTAMIENTO DE OÑATI
1.- OBJETO XXX XXXXXX
Es objeto del presente pliego establecer las condiciones técnicas que han de regir en la contratación de la instalación, tramitación y puesta en funcionamiento de dos instalaciones solares fotovoltaicas de 20 kW conectadas a red, sobre las cubiertas xxx Xxxxxxx y del Polideportivo “Zubikoa” pertenecientes ambos al Ayuntamiento de Oñati.
2.- ANTECEDENTES Y MOTIVACION
La Dirección de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Sostenible, en base a diversos planes y xxxxxx de colaboración, está llevando a cabo en los últimos años diferentes actuaciones en materia energética, encaminadas a incentivar y promover el uso racional de la energía y el aprovechamiento de las energías renovables.
En este sentido, el Departamento de Desarrollo Sostenible (dentro del marco de sus funciones y competencias) pretende incrementar el desarrollo de la energía solar fotovoltaica con el objetivo de reducir la dependencia de los combustibles fósiles, disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero y estimular la actividad económica en el territorio.
En estos momentos se pretende llevar a cabo una experiencia piloto en los municipios de Elgoibar, Oñati, Zarautz y Zegama, en cada uno de los cuales se van a realizar dos instalaciones solares fotovoltaicas en la cubierta de edificios municipales. Con esta iniciativa se pretende sensibilizar a la ciudadanía y agentes sociales en la extensión de la cultura de la producción limpia de energía.
3.- ALCANCE TÉCNICO
Una de las instalaciones se llevará a cabo sobre la cubierta del edificio xxx Xxxxxxx situado en la Plaza de los Fueros, y la otra sobre la cubierta perteneciente a la ampliación del Polideportivo “Zubikoa” situado en Xxxxxxxxxxxx xxxxx, 0.
Ambas instalaciones serán ejecutadas en la modalidad "llave en mano", incluyendo el proyecto, el suministro, la instalación, la tramitación administrativa, la puesta en funcionamiento y un contrato de mantenimiento.
Las distintas partes de las instalaciones deberán ser conformes a la normativa que les sea de aplicación, y todos sus componentes deberán haber sido homologados por los organismos competentes.
Especialmente se deberá cumplir el RD 1663/2000, sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión, y el Reglamento electrotécnico para baja tensión, así como las condiciones técnicas establecidas por la compañía eléctrica, en este caso Oñargi.
El sistema generador fotovoltaico, los inversores, las protecciones y los elementos de seguridad deberán diseñarse conforme a lo indicado en la Sección HE 5 del Documento Básico HE "Ahorro de Energía" del Código Técnico de la Edificación.
Las características mínimas que deben tener los elementos de la instalación serán las recogidas en el Anexo II. Los materiales situados en intemperie se protegerán contra los agentes ambientales, en particular contra el efecto de la radiación solar y la humedad.
Por motivos de seguridad y para facilitar el mantenimiento y reparación del generador, se instalarán los elementos necesarios (fusibles, interruptores, etc.) para la desconexión, de forma independiente y en ambos terminales, de cada una de las ramas del resto del generador.
Se deberán colocar etiquetas identificativas en cada uno de los equipos y aparatos para facilitar su operación.
Las instalaciones se proyectarán para conseguir el máximo rendimiento posible. La potencia pico será un parámetro de diseño en función de la superficie disponible para la colocación del generador solar fotovoltaico y de la potencia nominal de la instalación.
En cualquier caso, la potencia nominal de cada una de las instalaciones (suma de la potencia nominal de los inversores) será de 20 kW. La potencia pico a instalar será como máximo un 25 % superior a la potencia nominal.
La disposición de los módulos se hará de tal manera que las pérdidas debidas a la orientación e inclinación del sistema y a las sombras sobre el mismo sean inferiores a los límites establecidos en la tabla 2.2 de la Sección HE 5 del Documento Básico HE "Ahorro de Energía" del Código Técnico de la Edificación.
La conexión a red se llevará a cabo en los puntos de conexión especificados por Oñargi, recogidos en el Anexo III.
Las instalaciones fotovoltaicas deberán poseer un sistema de monitorización telemático que permita disponer fácilmente al menos de los datos que se especifican en el Anexo II.
Con el fin de integrar estas instalaciones en el sistema de vigilancia de esta Diputación Xxxxx, deberá proporcionarse el protocolo de comunicaciones de los inversores para poder acceder a los datos almacenados por los mismos.
En todo caso, se facilitará el software de comunicaciones con sus equipos, de manera que a través de su utilización se acceda de forma remota al volcado de todos los datos registrados por el sistema.
La comunicación con la Dirección de Obra y la Coordinación de Seguridad y Salud asignada será continua. Todas las soluciones técnicas adoptadas para la instalación en sí, como para los elementos de seguridad, deberán ser acordadas con ellos antes de su instalación y los costes de su implementación correrán a cargo del adjudicatario.
No obstante, se deberán seguir en todo momento las indicaciones de los técnicos del Ayuntamiento a la hora de ejecutar las instalaciones.
Así mismo, antes de iniciar los trabajos de instalación el adjudicatario deberá hacer entrega a la DFG de los proyectos originales, visados por el colegio correspondiente, así como el Plan de Seguridad y Salud de las obras a realizar.
4.- PUESTA EN SERVICIO Y GARANTÍAS
El adjudicatario deberá asumir a su cargo todas las gestiones necesarias para la autorización administrativa de las instalaciones. Por lo tanto será su obligación la obtención de los documentos acreditativos de puesta en servicio de las instalaciones y de inscripción en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción en Régimen Especial, así como la tramitación de los correspondientes contratos con la empresa distribuidora Oñargi.
Sin embargo, el adjudicatario no deberá encargarse de realizar la solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución, ni de obtener la licencia municipal correspondiente, trámites que ya han sido realizados por esta DFG.
Así mismo, ya se ha obtenido de parte de Oñargi la concesión del acceso y conexión a la red de distribución correspondiente. Los gastos a abonar a Oñargi correrán a cargo de la DFG.
No obstante, el adjudicatario deberá hacerse cargo del coste de la infraestructura eléctrica necesaria para conectar las instalaciones en los puntos determinados por Oñargi.
El adjudicatario deberá suministrar al final de la obra toda la documentación técnica referida a los componentes y materiales suministrados, planos, manual de uso y mantenimiento, software de comunicaciones, etc …, en soporte electrónico.
Antes de la puesta en servicio de las instalaciones el adjudicatario deberá realizar al menos las siguientes comprobaciones:
- Funcionamiento y puesta en marcha de todos los sistemas.
- Pruebas de arranque y parada en distintos instantes de funcionamiento.
- Pruebas de los elementos y medidas de protección, seguridad y alarma, así como su actuación, con excepción de las pruebas referidas al interruptor automático de la desconexión.
- Determinación de la potencia instalada.
Concluidas las pruebas y la puesta en marcha se procederá a la recepción de la instalación. No obstante, el Acta de Recepción no se firmará hasta haber comprobado que todos los sistemas y elementos que forman parte del suministro han funcionado correctamente durante un mínimo de 240 horas seguidas, sin interrupciones o paradas causadas por fallos o errores del sistema suministrado, y además se hayan cumplido los siguientes requisitos:
- Entrega de toda la documentación requerida en este pliego.
- Retirada de obra de todo el material sobrante.
- Limpieza de las zonas ocupadas, con transporte de todos los desechos a vertedero.
El adjudicatario quedará obligado a la reparación de los fallos de funcionamiento que se puedan producir si se apreciase que su origen procede de defectos ocultos de diseño, construcción, materiales o montaje, comprometiéndose a subsanarlos sin cargo alguno.
Todos los elementos suministrados, así como la instalación en su conjunto, estarán protegidos frente a defectos de fabricación, instalación o diseño por una garantía de 3 años como mínimo, salvo los módulos fotovoltaicos, los inversores y la estructura soporte que deberán tener una garantía mínima de 5 años. Las garantías se contarán a partir de la fecha de la firma del Acta de Recepción de la instalación.
Si hubiera de interrumpirse la explotación del suministro debido a razones de las que es responsable el suministrador, o a reparaciones que el suministrador haya de realizar para cumplir las estipulaciones de la garantía, el plazo se prolongará por la duración total de dichas interrupciones.
La garantía comprenderá la reparación o reposición, en su caso, de los componentes y las piezas que pudieran resultar defectuosas, así como la mano de obra empleada en la reparación o reposición durante el plazo de vigencia de la garantía.
Quedan expresamente incluidos todos los demás gastos, tales como tiempos de desplazamiento, medios de transporte, amortización de vehículos y herramientas, disponibilidad de otros medios y eventuales portes de recogida y devolución de los equipos para su reparación en los talleres del fabricante. Asimismo, se deben incluir la mano de obra y materiales necesarios para efectuar los ajustes y eventuales reglajes del funcionamiento de la instalación.
La empresa instaladora se encargará durante un año tanto del mantenimiento preventivo como correctivo de las instalaciones solares. El mantenimiento preventivo durante este período no tendrá coste para la DFG, incluyéndose en el precio de la instalación. Las condiciones mínimas de ambos mantenimientos se recogen en el Anexo II.
Al objeto de identificar claramente las características técnicas, las garantías de las instalaciones y el alcance del mantenimiento, en el Anexo IV se presenta un cuestionario que deberá ser cumplimentado y se incluirá en la oferta correspondiente.
5.- PRESUPUESTO
El presupuesto máximo para ambas instalaciones asciende a 199.200 € (IVA excluido), incluidos los trámites administrativos, la seguridad y salud y el contrato de mantenimiento.
6.- PLAZO DE EJECUCIÓN
Las instalaciones deberán estar ejecutadas, con el Certificado de Dirección de Obra que acredite que la instalación se ajusta al proyecto técnico y cumple la reglamentación y normativa vigente aplicable, en un plazo máximo de TRES MESES a contar desde la fecha de formalización del contrato.
7.- PRESENTACIÓN Y VALORACIÓN DE OFERTAS
Las propuestas deberán incluir, al menos, los siguientes aspectos:
a) Características técnicas de las instalaciones:
- Esquema unifilar, incluyendo el conexionado del sistema generador e indicando el número total de módulos y asociaciones serie o paralelo, indicándose longitudes y secciones de los cables.
- Potencia pico a instalar y potencia nominal de la instalación. Evaluación real de las pérdidas por orientación e inclinación según los procedimientos descritos en la Sección HE 5 del Documento Básico HE "Ahorro de Energía" del Código Técnico de la Edificación.
- Descripción y características del sistema generador fotovoltaico (incluyendo el certificado de los módulos) y de los inversores. Se detallarán las mejoras que presentan los equipos sobre las especificaciones técnicas exigidas.
- Protecciones y elementos de seguridad. Elementos de conexión y equipo de medida.
- Sistema de fijación para los módulos. Cálculo de la estructura soporte y descripción de los materiales utilizados. Detalle de los sistemas de anclaje y fijación de la estructura a la cubierta así como sus correspondientes impermeabilizaciones que garanticen la estanqueidad de la misma.
- Justificación de que la estructura ofrece la rigidez y seguridad suficientes como para soportar las cargas que hipotéticamente pudieran producirse por la existencia de vientos fuertes en la zona.
- Sistema de monitorización propuesto para la adquisición y transmisión de datos.
- Se detallarán aquellos aspectos de la instalación o sus elementos que el licitador considere innovadores y que quiera que sean valorados.
b) Garantías establecidas para las instalaciones.
c) Plan de mantenimiento preventivo especificando las operaciones incluidas y la periodicidad de la revisión.
d) Aspectos complementarios:
- Cronograma de los trabajos a realizar.
- Equipo de trabajo (cualificación y experiencia), propio y subcontratado. Domicilio físico del equipo.
- Relación de instalaciones fotovoltaicas conectadas a red ejecutadas por el ofertante (ubicación y potencia nominal).
- Otros aspectos que se consideren de interés.
ANEXO I
UBICACIONES
MERCADO
23
SUR
POLIDEPORTIVO
30,5
47,5
40º
SUR
ANEXO II
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. Módulos fotovoltaicos
Todos los módulos deberán satisfacer las especificaciones UNE-EN 61215 para módulos de silicio cristalino, o UNE-EN 61646 para módulos de lámina delgada, así como estar certificados por algún laboratorio de ensayos autorizado, lo que se acreditará mediante la presentación del certificado oficial correspondiente.
El módulo fotovoltaico llevará de forma claramente visible e indeleble el modelo y nombre o logotipo del fabricante, así como una identificación individual o número de serie trazable a la fecha de fabricación.
Los xxxxxx laterales, si existen, serán de aluminio o acero inoxidable.
La tolerancia de potencia negativa máxima de los módulos solares será de - 3%. Este valor será el especificado por el fabricante.
En cualquier caso al finalizar la obra se deberá entregar un documento que especifique la potencia real medida de cada uno de los módulos fotovoltaicos suministrados.
La sección mínima del cableado de corriente continua será de 4 mm.
Será rechazado cualquier módulo que presente defectos de fabricación como roturas o manchas en cualquiera de sus elementos así como falta de alineación en las células o burbujas en el encapsulante.
2. Estructura soporte de módulos
Las exigencias del Código Técnico de la Edificación relativas a seguridad estructural serán de aplicación a la estructura soporte de los módulos.
La estructura será preferentemente de aluminio o plástico. La tornillería en acero inoxidable. Se deberá presentar el certificado de calidad de los materiales utilizados.
La estructura soporte del generador se conectará en su caso a tierra, y deberá resistir, con el generador fotovoltaico instalado, las sobrecargas debidas a factores climatológicos adversos, principalmente el viento.
El diseño de la misma se realizará teniendo en cuenta la orientación e inclinación necesarios para los módulos fotovoltaicos y la facilidad de montaje y desmontaje. Con el fin de que, en el caso hipotético de tener que realizar alguna obra de reparación o reposición de los elementos constructivos sobre los que se asiente la instalación, sea posible el desmontaje parcial de la misma se diseñará la estructura en tramos independientes.
El diseño y la construcción de la estructura y el sistema de fijación de módulos permitirá las necesarias dilataciones térmicas, sin transmitir cargas que puedan afectar a la integridad de los módulos, siguiendo las indicaciones del fabricante.
Los puntos de sujeción para el módulo fotovoltaico serán suficientes en número, teniendo en cuenta el área de apoyo y posición relativa, de forma que no se produzcan flexiones en los módulos superiores a las permitidas por el fabricante, y los métodos homologados para el modelo de módulo.
Los topes de sujeción de módulos y la propia estructura no arrojarán sombra sobre los módulos.
En las cubiertas que estén protegidas con un sistema de impermeabilización y/o aislamiento térmico, el sistema de asiento deberá realizarse por gravedad, garantizando en todo momento la estanqueidad e integridad de las mismas, así como de los elementos existentes tales como la capa de grava y los sumideros de recogida de las aguas de lluvia.
3. Inversores
Los inversores serán del tipo adecuado para la conexión a la red eléctrica, con una potencia de entrada variable para que sean capaces de extraer en todo momento la máxima potencia que el generador fotovoltaico puede proporcionar a lo largo de cada día.
La eficiencia europea del inversor/inversores a instalar nunca será inferior a 94 %.
Los inversores cumplirán con las directivas comunitarias de Seguridad Eléctrica y Compatibilidad Electromagnética (ambas serán certificadas por el fabricante).
Los inversores dispondrán de un sistema de adquisición de datos que registre todos los parámetros relativos a su funcionamiento. Además deben registrar información relativa al estado del inversor así como las alarmas e incidencias que se produzcan.
Para este fin el inversor debe disponer de un sistema de almacenamiento temporal de las magnitudes medidas por el inversor que a su vez permite la descarga de dicha información.
Las variables meteorológicas pueden ser registradas a través de una tarjeta de adquisición de datos interna al inversor.
Cuando la instalación disponga de más de un inversor, estos estarán conectados en una única red de comunicaciones mediante el protocolo RS485. En cualquier caso, el sistema contará con una tarjeta-módem que permita un único acceso remoto a los datos registrados de todos los inversores conectados a través de la red RS485.
Opcionalmente, y de forma complementaría, este sistema podrá disponer de otros tipos de comunicaciones tales como Ethernet, TCP/IP o GPRS, para el volcado de los datos registrados.
En el caso de que los inversores no sean capaces de realizar las tareas descritas, se podrá ofertar un sistema de adquisición de datos externo, siempre que cumpla con todas las especificaciones anteriores. Este sistema de data logger externo debe garantizar un acceso único a toda la información de la planta de forma remota mediante un módem.
4. Sistema de monitorización
La instalación fotovoltaica estará equipada con un sistema de monitorización el cual deberá permitir la obtención en tiempo real y fácilmente, al menos, de las siguientes variables:
- Radiación solar incidente en el plano de los módulos, medida con una célula de tecnología equivalente y ubicada en un lugar libre de sombras.
Se adjuntará certificado de calibración donde consten las constantes de calibración para la conversión de las medidas registradas en unidades físicas (W/m2) así como la precisión del mismo en su rango de trabajo (0-1300 W/m2). Se garantizará que la calibración de este sensor no está afectada por la distancia existente entre la ubicación del sensor y el sistema de adquisición de datos utilizado.
- Temperatura de los módulos.
La temperatura de los módulos se medirá mediante un sensor de temperatura acoplado a la parte posterior de uno de los módulos del generador, en una de las células centrales del módulo. Preferiblemente este sensor será una PT100 a tres o cuatro hilos. En cualquier caso se garantizará que la medida de este sensor no está afectada por la distancia existente entre la ubicación del sensor y el sistema de adquisición de datos utilizado.
- Voltaje, intensidad y potencia en CC medidos a la entrada del inversor.
- Voltaje e intensidad de fase/s y potencia de salida del inversor.
- Energía diaria producida y energía total.
El intervalo de muestreo y grabación de los datos debe ser variable, con intervalos de grabación entre 1 y 15 minutos. Estos valores serán los valores promedios durante este intervalo.
5. Mantenimiento preventivo y correctivo
El mantenimiento preventivo de las instalaciones requerirá al menos una visita semestral en la que se realizarán las siguientes actividades.
- Verificación del funcionamiento de todos los componentes y equipos.
- Revisión del cableado, conexiones, pletinas, terminales, …
- Comprobación del estado de los módulos: situación respecto al proyecto original, limpieza y presencia de daños que afecten a la seguridad y protecciones.
- Estructura soporte: revisión de daños en la estructura, deterioro por agentes ambientales, oxidación,
…
- Inversores: estado de indicadores y alarmas.
- Caídas de tensión en el cableado de continua.
- Verificación de los elementos de seguridad y protecciones: tomas de tierra, actuación de interruptores de seguridad, fusibles, …
- Verificación de los sellados e impermeabilizaciones de las fijaciones a cubierta.
Se entenderá por mantenimiento correctivo todo aquel que deba realizarse por causas imprevistas y de fuerza mayor que, no respondiendo a defectos de la propia instalación, afecten al funcionamiento de la instalación y a su producción.
El mantenimiento correctivo deberá ejecutarse como mínimo cumpliendo las siguientes condiciones:
- Tiempo de respuesta para el mantenimiento correctivo: un máximo de 24 horas si la instalación deja de funcionar y un máximo de 48 horas si el defecto no afecta al funcionamiento de la misma.
- Plazo máximo de puesta en marcha de la instalación en caso de fallo parcial o total: 48 horas, excepto por causa de fuerza mayor.
- Plazo máximo de reposición de los distintos elementos de la instalación: 72 horas, excepto causas de fuerza mayor.
ANEXO III
PUNTOS DE CONEXIÓN
ANEXO IV
CUESTIONARIO TÉCNICO Y GARANTÍAS
EMPRESA: | |
DATOS TÉCNICOS DE LA INSTALACIÓN | |
Potencia pico (Wp) | |
Número de módulos | |
Orientación | |
Inclinación | |
Pérdidas por orientación e inclinación (%) | |
Disposición de los módulos (vertical/horizontal) | |
Distancia entre filas | |
DATOS TÉCNICOS DE LOS MÓDULOS FV | |
Potencia unitaria (Wp) | |
Dimensiones | |
Tensión de máxima potencia (Vm) | |
Corriente de máxima potencia (Im) | |
Tensión de circuito abierto (Voc) | |
Corriente de cortocircuito (Isc) | |
Pérdida de potencia por temperatura (%/ºC) | |
Tolerancia de potencia (%) | |
DATOS TÉCNICOS DEL INVERSOR/ES | |
Potencia nominal (kW) | |
Eficiencia europea (%) | |
GARANTÍAS | |
Años de garantía de la instalación | |
Años de garantía de los módulos fotovoltaicos | |
Años de garantía del inversor/es | |
Años de garantía de la estructura soporte | |
En caso de comunicación de avería, indicar el plazo máximo de atención a la misma si: | |
• se interrumpe el funcionamiento de la instalación | |
• no se interrumpe el funcionamiento de la instalación | |
MANTENIMIENTO | |
Periodicidad de la revisión del mantenimiento preventivo | |