Contract
El presente contrato, en adelante, el “Contrato”, establece las condiciones que regirán la relación entre el Partícipe, individualizado más adelante, y Capital Advisors Administradora General de Fondos S.A., antes Xxxxxxxxx Administradora General de Fondos S.A., en adelante, la “Administradora”, en todo lo que dice relación con los aportes y rescates de cuotas, y pago de las disminuciones de capital, en uno o más fondos administrados por la Administradora, o que pueda administrar en el futuro, en adelante los “Fondos”, todo de conformidad con lo dispuesto en la Norma de Carácter General N° 365 de la Superintendencia de Valores y Seguros, en adelante la “SVS”.
A) IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
1. Razón social de la Administradora, RUT y domicilio:
Razón Social: Capital Advisors Administradora General de Fondos S.A. Rol Único Tributario: 00.000.000-0
Domicilio: Xxxxxxxxx 0000 Xxxx 0, Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxx.
2. Nombre o razón social del Agente, RUT y domicilio (en caso que el contrato sea suscrito por medio de un agente debidamente mandatado por la Administradora), en adelante, el “Agente” o los “Agentes”:
Nombre o Razón Social: |
Rol Único Tributario: |
Domicilio: |
3. Nombre o razón social del Partícipe, Rut y domicilio, en adelante, el “Partícipe”: 4
Nombre o Razón Social: |
Rol Único Tributario: |
Representante Legal: |
Cédula de Identidad Representante Legal: |
Domicilio: |
Teléfono: |
Correo Electrónico: |
4. Fecha:
B) APORTES Y RESCATES
1. APORTES
1.1. MECANISMOS Y MEDIOS DE SOLICITUD DE APORTES
El Partícipe podrá solicitar la realización de sus aportes por los siguientes medios:
i. Presencialmente, en las oficinas de la Administradora o en las de sus Agentes, para cuyos efectos el Partícipe deberá entregar a aquélla o a estos, una copia firmada y completa del Formulario de Solicitud de Aporte del Fondo respectivo y que se encontrará disponible en la página web de la Administradora xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, o
ii. Remotamente, mediante el envío de una copia firmada y completa del Formulario de Solicitud de Aporte del Fondo respectivo al correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
Recibida la Solicitud de Aporte por la Administradora, ésta entregará al Partícipe copia del Reglamento Interno del Fondo respectivo. En caso de Solicitudes de Aportes efectuadas por medios remotos, el Reglamento Interno será enviado al correo electrónico indicado por el Partícipe en su solicitud, en caso que no se hubiere entregado una dirección de correo electrónico esta información se enviará al domicilio informado en dicha solicitud.
1.2. PAGO DE LOS APORTES
Los aportes podrán pagarse en dinero efectivo, vale vista bancario, cheque, o transferencia electrónica y en la moneda indicada por el Reglamento Interno del respectivo Fondo.
Los aportes se entenderán efectuados en cada caso, conforme a las reglas indicadas en el artículo 31° de la Ley 20.712. En caso que el aporte fuere pagado mediante transferencia electrónica se entenderá efectuado al momento de encontrarse disponible los fondos en la cuenta corriente designada por la Administradora para tales efectos.
Las solicitudes de aportes que se presenten después del cierre de operaciones de un Fondo o durante un día inhábil, se entenderán efectuadas al día hábil siguiente antes del cierre de operaciones del mismo.
2. RESCATES
Los mecanismos a través de los cuales el partícipe solicitará los rescates podrán ser, alternativamente, los siguientes:
i. Presencialmente, en las oficinas de la Administradora o en las de sus Agentes, para cuyos efectos el Partícipe deberá entregar a aquélla o a estos, una copia firmada y completa del Formulario de Solicitud de Recate del Fondo respectivo y que se encontrará disponible en la página web de la Administradora xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
ii. Remotamente, mediante el envío de una copia firmada y completa del Formulario de Solicitud de Rescate del Fondo respectivo al correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
El pago de los rescates se hará mediante documentos bancarios de pago emitidos o extendidos nominativamente a nombre del Partícipe o bien, mediante abono, depósito o transferencia en la cuenta corriente bancaria o mercantil o de depósito que el Partícipe señale y de las que sea titular o cuente con facultades generales para su administración.
Las condiciones de rescatabilidad y el procedimiento conforme el cual la Administradora procesará las solicitudes de rescate se encuentran establecidas en los reglamentos internos de cada fondo.
3. DISMINUCIONES DE CAPITAL
Las disminuciones de capital de los Fondos serán realizadas en la forma y oportunidad que establezca el respectivo Reglamento Interno o la asamblea de Partícipes, conforme el tipo de fondo de que se trate.
4. PROMESAS DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS
En el caso de los Fondos que contemplen la suscripción de contratos de promesa de suscripción de cuotas, se estará a lo dispuesto en dicho contrato, respecto a la suscripción de cuotas del fondo en cuestión.
Respecto de Partícipes que hayan firmado contratos de promesa de suscripción de cuotas, los llamados de capital se realizarán por la Administradora de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Interno del Fondo correspondiente, debiendo cumplir en todo caso las suscripciones con lo dispuesto en el contrato de promesa de suscripción de cuotas respectivo.
C) INFORMACIÓN AL PARTÍCIPE
El Partícipe podrá obtener los reglamentos internos vigentes de cada Fondo administrado por la Administradora y los folletos informativos correspondientes, en caso de fondos no destinados exclusivamente a inversionistas calificados, debidamente actualizados, en las oficinas de la Administradora, en la de sus Agentes, a través de la página web de la Administradora (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) y en el sitio web de la Superintendencia de Valores y Seguros (xxx.xxx.xx).
Los comprobantes de aportes, rescates y disminuciones de capital que se hayan efectuado, serán enviados por la Administradora al Partícipe a la dirección de correo electrónico que éste tenga registrada en la Administradora. En caso que el Partícipe no tuviere una dirección de correo electrónico registrada en la Administradora, dicha información será enviada por correo simple, mediante carta dirigida al domicilio que el Partícipe tenga registrado en la Administradora, en atención a la información proporcionada por él.
La información relativa al respectivo Fondo que, por ley, normativa vigente y reglamentación interna del mismo deba ser remitida directamente a los Partícipes se efectuará mediante la publicación de información correspondiente en la página web de la Administradora (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), o a través de correo electrónico o carta en caso de no disponer del correo electrónico del Partícipe correspondiente, de conformidad con la información proporcionada por el Partícipe a la Administradora.
El Partícipe declara que la decisión de utilizar el correo electrónico como medio de comunicación es de su única y exclusiva responsabilidad. Asimismo, declara conocer y desde ya asume bajo su responsabilidad todos los riesgos derivados de este tipo de transmisiones, tales como falsificaciones, alteraciones, uso, malicioso o no, de información por parte de terceros, defectos o interrupciones en la transmisión, asimismo sume las consecuencias derivadas de caso fortuito o fuerza mayor no imputables a la Administradora ni a sus Agentes.
D) PLANES DE APORTE Y RESCATE DE CUOTAS ADSCRITOS
1. Los Fondos administrados por la Administradora no contemplan planes de aporte y rescate de cuotas adscritos
2. Domicilio y Ejemplares
Para todos los efectos de este contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago. El presente Contrato se extiende y firma en 2 ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder de cada parte.
E) DECLARACIONES.
El Partícipe declara haber sido debidamente informado por la Administradora y estar en conocimiento de lo siguiente:
1. Que previo a cada inversión, la Administradora debe proveerle un Folleto Informativo –en aquellos fondos no destinados exclusivamente a inversionistas calificados-, con elementos claves para el inversionista, y que en todo fondo la Administradora debe tener a disposición del Partícipe el reglamento interno del Fondo, junto a copia de las últimas carteras de inversiones y de los últimos estados financieros remitidos a la Superintendencia de Valores y Seguros, con sus respectivas notas.
2. Que la rentabilidad de los fondos es esencialmente variable e indeterminada, salvo en el caso de los fondos garantizados por aquella parte que se encuentre garantizada y se mantenga en el fondo hasta el término del periodo de inversión.
3. Que la posibilidad de rescatar o no su inversión y las condiciones y plazo del pago correspondiente, se regirán por las condiciones establecidas para ello en el reglamento interno del fondo respectivo.
4. Que los reglamentos y el texto tipo de contratos pueden ser consultados en la página web de la Superintendencia de Valores y Seguros (xxx.xxx.xx) y de la administradora (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), así como en las oficinas de la sociedad y sus agentes. Asimismo, si bien la Superintendencia de Valores y Seguros fiscaliza a la administradora y a los fondos administrados por ésta, aquélla no se pronuncia sobre esos textos tipos, la calidad de las cuotas ofrecidas ni de las garantías constituidas.
5. Que la información del fondo puede consultarse en la página web de la Superintendencia de Valores y Seguros (xxx.xxx.xx) y de la Administradora (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).
PARTÍCIPE | AGENTE |
CAPITAL ADVISORS ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. |