Contrato de franquicia internacional
Contrato de franquicia internacional
Objetivos del contrato
El contrato de franquicia es la pieza fundamental que va a regular la relación jurídica entre el franquiciador y el franquiciado. En algunos casos, antes de la firma final del contrato, se suele firmar entre las partes un primer precontrato inicial.
Suele ser habitual en muchas enseñas la disposición de un documento contractual que, a modo de opción de compra de la franquicia para el potencial franquiciado, permita a las partes avanzar en la realización de ciertas operaciones y análisis, con anterioridad al otorgamiento del contrato con el que se pretenda regular el definitivo acuerdo.
Este documento puede recibir varios nombres: Precontrato, Contrato de Reserva o Acuerdo de Intención, y no significa para el franquiciado más que una posibilidad preferente de adhesión a la red, mediante la explotación de un centro operativo en un mercado que habrá de establecerse con anterioridad. En el acto de otorgamiento del precontrato, el adquirente abonará al franquiciador una cantidad a cuenta del derecho de entrada.
Es necesario que ambas partes sometan a un riguroso estudio el contrato con anterioridad a su otorgamiento. Este es el mejor medio de evitar sorpresas desagradables en el futuro, ya que la relación contractual de la franquicia nace para durar en el tiempo y un conflicto no contemplado podría acarrear un perjuicio grave para ambas partes.
El contrato de franquicia internacional extracomunitario no se rige por las normativas de defensa de la competencia dictaminadas por la Unión Europea, por lo que su tratamiento es diferenciado del contrato de franquicia intracomunitario.
Características del contrato
El contrato de franquicia va a ser el documento final que regule los derechos y obligaciones de franquiciado y franquiciador durante toda la vigencia de la relación. En este documento se plasma la voluntad de los firmantes de entablar una relación empresarial a través del sistema de franquicia.
El franquiciado deberá exigir que el documento que firme regule de forma clara e inequívoca las obligaciones que el sistema de franquicia impone al franquiciador y cumplir con las exigencias de la normativa. Necesariamente, debe incluir:
La cesión de la marca al franquiciado.
La transmisión del KnowHow (saber hacer).
La prestación de asistencia continuada al franquiciado durante toda la vigencia del contrato.
La ausencia de cualquiera de estos tres elementos impide la calificación del acuerdo en cuestión como de franquicia.
Actualmente, la normativa aplicable al contrato de franquicia queda regulada en los siguientes documentos legislativos:
Artículo 62 de la Ley 7/96 de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, desarrollado a través del Real Decreto 2485/98 de 13 de noviembre.
Ley 7/98, de 13 xx xxxxx, sobre Condiciones Generales de Contratación.
Ley del Contrato de Agencia, Ley 12/92 de 27 xx xxxx.
Código Civil.
Ley 3/91 de Competencia Desleal.