PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
OBJETO: Contratación de Espectáculos Públicos durante las Fiestas Patronales de Santa Xxx de 2013.
LOCALIDAD: TUDELA (NAVARRA)
PROMOTOR: AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
PRELIMINAR
CONTRATO DE ASISTENCIA (Art. 4 LF. 6/2006).
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
LF 6/2006, de 9 xx xxxxx (Contratos)
- PROCEDIMIENTO: ABIERTO SIN PUBLICIDAD COMUNITARIA
- TRÁMITE: ORDINARIO
- FORMA: OFERTA MÁS VENTAJOSA
ANEXO 2 | PLAZO DE EJECUCIÓN | Durante las Fiestas Patronales (del 24 al 30 julio) |
ANEXO 3 | PENALIDAD DIARIA POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN (de 100.000,01 a 250.000,00) | 50,00 € diarios. |
ANEXO 4 | COSTE TOTAL DEL SERVICIO (INCLUIDO I.V.A.) (Presupuesto base o máximo de licitación) | 91.000 € |
ANEXO 5 | PLAZO PRESENTACIÓN PROPOSICIONES | 18 días naturales |
ANEXO 6 | INDICACIONES MUNICIPALES - Plazo de garantía ………………………………………………….... | Hasta 30-09-2013. |
ANEXO 7 | - POSIBILIDAD DECLARACIÓN DESIERTO ……………………… | sí |
ANEXO 8 | CRITERIOS DE VALORACIÓN (LFC 06) A) Mejor calidad de los espectáculos ofertados …………………………. a- Orquestas Plaza Fueros 14% b- Espectáculos Pso. Queiles 4,7% c- Espectáculos Infantiles 5% d- Todo Joven 1% …e- Xxxxxxxxx 0,3% B) Originalidad de los espectáculos ofertados …………………………… a- Orquestas Plaza Fueros 14% b- Espectáculos Pso. Queiles 4,7% c- Espectáculos Infantiles 5% …d- Todo Joven 1% …e- Xxxxxxxxx 0,3% C) Mejor precio de los espectáculos ofertados........................................ a-Orquestas Plaza Fueros 22% b- Espectáculos Pso. Queiles 8% c-Espectáculos Infnatiles 7,5% ….d- Todo Joven (sesiones Dj’s) 2% ….e- Xxxxxxxxx 0,5% D) Condiciones más favorables al Ayto. en caso de suspensión …….. | |
25% | ||
25% | ||
40% | ||
10% |
Tudela, 7 xx xxxxx de 2013
PLIEGO DE CONDICIONES REGULADOR DE LA CONTRATACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES DEL AÑO 2013.
TÍTULO I. CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS.
Capítulo I. Normas generales.
Artículo 1. Legislación aplicable
1. Los contratos de asistencia se regulan por la Ley Xxxxx 6/1990, de 0 xx xxxxx, xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx; por la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos; y por cuanta legislación presente o futura resulte de aplicación, así como por el presente pliego de condiciones
2. El contratista quedará vinculado por los términos de su oferta que sean aceptados por el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Artículo 2. Naturaleza del contrato
1. El contrato es de naturaleza administrativa, por lo que se regirá, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, por la Ley Xxxxx de Contratos Públicos y sus disposiciones reglamentarias. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
2. Corresponderá a la jurisdicción contencioso-administrativa o al Tribunal Administrativo xx Xxxxxxx la revisión del mismo y de los actos derivados de su aplicación.
3. Se podrán interponer también las reclamaciones en materia de contratación pública que están reguladas en los artículos 210 a 213 de la Ley Xxxxx 6/2006 citada.
Artículo 3. Prerrogativas del órgano de contratación
1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx a través de su órgano de contratación ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretar el contrato.
b) Resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificar el contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
2. Los acuerdos adoptados en el uso de estas prerrogativas, que pongan fin a la vía administrativa, podrán ser objeto de recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo xx Xxxxxxx o al recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
3. No obstante, tales acuerdos serán inmediatamente ejecutivos.
Artículo 4. Objeto del contrato
1. El objeto del presente pliego es el establecimiento de las condiciones que habrán de regir el concurso para la adjudicación del contrato de orquestas, espectáculos infantiles y revistas durante las Fiestas Patronales de Santa Xxx del año 2013, los días 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de julio, ambos días inclusive.
2. Los espectáculos a contratar, días, lugares y horarios serán los siguientes:
Orquestas u otros espectáculos (*): Grupo o solistas: | 24, 25, 26, 28 y 00 xx xxxxx 00 xx xxxxx | Xxxxx xx xxx Xxxxxx | de 1,00 h. a 3´00 h. de 1,00 h. a 2,30 h, dependiendo de la duración del espectáculo. |
Revistas: | 25 y 30 de julio | Paseo del Queiles | de 22,00 h. a 23,00 h. |
Espectáculo musical | 30 de xxxxx | Xxxxxxxxx | de 22,00 h .a 24,00 h. |
Otros, a libre elección del ofertante: | 24, 27 y 28 de julio | Paseo del Queiles | de 22,00 h. a 23,00 h. |
Espectáculos infantiles: | 00 xx xxxxx | Xxxxxx y Vides | a las 19,00 h. |
25 de julio | Paseo del Queiles (parque infantil) | a las 11,00 h. y 19,00 h. | |
00 xx xxxxx | Xxxxxx y Vides | a las 19,00 h. | |
27 de julio | Paseo del Queiles (parque infantil) | a las 11,00 h. y 19,00 h. | |
00 xx xxxxx | Xxxxxx y Vides | a las 11,00 h. y 19,00 h. | |
00 xx xxxxx | Xxxxxx y Vides | a las 11,00 h. y 19,00 h. | |
00 xx xxxxx | Xxxxxx y Vides | a las 11,00 h. y 19,00 h. | |
Todo Joven: Sesiones de Dj’s. En cada una actuará un mínimo de un Dj profesional y actuará como telonero un alumno de la escuela de Dj, en el caso de que dicho programa se lance el presente año por la Concejalía de Juventud. | 26 y 28 de julio | Ribotas | de 00,30 h. a 03,00 h |
(*) Se valorará la originalidad
El valor estimado (precio de licitación sin el 21% de IVA) será de 75.206,61 €.
3. Los horarios y lugares citados podrán modificarse por el Ayuntamiento xx Xxxxxx con motivo de cambios en el programa de las fiestas o por causas meteorológicas, debiéndose consultar previamente con el contratista.
4. Las ofertas se deben presentar para la totalidad de los espectáculos
previstos en el apartado 2 de este artículo.
Artículo 5. Precio
El precio máximo de licitación (IVA incluido) será:
- Orquestas u otros espectáculos, grupos o solistas en plaza de los Fueros. | 51.000,00 € |
- Revistas y otros en Paseo del Queiles | 18.000,00 € |
- Espectáculos infantiles en Xxxxxx y Vides y Paseo del Queiles (parques infantiles). | 17.000,00 € |
- Conciertos “Todo Joven” (Sesiones Dj’s) | 4.000,00 € |
- Espectáculo musical en Xxxxxxxxx | 1.000,00 € |
TOTAL | 91.000,00 € |
Artículo 6. Procedimiento de adjudicación
1. El expediente de contratación se realizará por tramitación ordinaria, procedimiento abierto inferior al umbral comunitario.
2. La selección del/la contratista será siguiendo el criterio de la oferta más ventajosa (ver art. 17). En caso de empate en la puntuación entre dos o más licitadores/as, se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores/as con discapacidad, siempre que éste no sea inferior al 3%; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores/as eventuales, siempre que éste no sea superior al 10%; y, en su defecto o persistiendo empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género. Si a pesar de todo persistiera el empate, se resolverá mediante sorteo.
Artículo 7. Fianza definitiva
1. La garantía para el cumplimiento de las obligaciones del contrato será de 3.008,26 € (4% del valor estimado), salvo lo establecido en el apartado 4.
2. La garantía se constituirá en la Tesorería del Ayuntamiento xx Xxxxxx de alguna de las siguientes formas:
a) En metálico.
b) Mediante aval a primer requerimiento prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizado para operar en España.
c) Por contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.
3. El plazo para hacerlo será dentro de los quince días naturales siguientes al de notificación del acuerdo de adjudicación y siempre con carácter previo a la formalización del contrato. De no cumplirse con este requisito, el órgano de contratación declarará resuelto el contrato.
4. Si la Junta de Gobierno Local decide adjudicar a favor de una proposición que, conforme al artículo 91 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, se podría presumir que incurría en una oferta anormalmente baja (desproporcionada o temeraria), la garantía que deberá constituir el adjudicatario será del 50 por ciento del precio de adjudicación, sin perjuicio de su devolución o cancelación parcial antes de la recepción del contrato, previo informe de la unidad gestora del contrato, con el límite del 25 por ciento del precio de adjudicación.
5. La fianza definitiva se devolverá, si no ha habido ninguna incidencia, durante el mes de septiembre de 2013, siempre que se hubiera emitido el informe a que se refiere el artículo 18.f) de este pliego y previa solicitud por escrito de la empresa adjudicataria.
6. La garantía que nos ocupa podrá ser objeto de incautación en los casos de resolución por incumplimiento con culpa del/la contratista, conforme a lo previsto en el artículo 125.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
Artículo 8. Capacidad de los/las contratistas.
1. Podrán licitar las personas naturales o jurídicas, de naturaleza pública o privada y españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional y no se encuentren incursos/as en alguna de las causas de exclusión de licitares/as previstas en los artículos 18 a 20 de la Ley Xxxxx de Contratos vigente. Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas.
2. Si la participan conjuntamente varios/as licitadores/as, cada uno de ellos deberá reunir todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones.
3. La actividad de los/las licitadores/as deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Artículo 9. Proposiciones
1. La presentación de las proposiciones presume la aceptación íntegra e incondicional por el/la licitante del contenido de la totalidad de las cláusulas de este pliego.
2. Cada licitador/a no podrá presentar más de una oferta, ni podrá suscribir ninguna propuesta en unión con otros o en participación conjunta si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. Su infracción dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas en las que figure. La presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas (definidas en el artículo 16 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos) supondrá, igualmente, la inadmisión de dichas ofertas.
3. Las proposiciones serán secretas: el precio se mantendrá en secreto hasta el momento de su apertura pública y las restantes condiciones de la oferta hasta el momento de su apertura por la Administración. Quedará automáticamente eliminada la oferta que incluya el precio, aunque sea descompuesto, en otro “sobre” distinto del que le corresponda, precisamente por vulneración xxx xxxxxxx de las proposiciones.
4. Los documentos a aportar, cuando no se aporten los originales, se podrán formalizar mediante fotocopias autentificadas por notario, o mediante fotocopias compulsadas en este Ayuntamiento, previa exhibición y comprobación de los originales, que serán devueltos en el acto, quedando fotocopia compulsada por el fedatario municipal, a los efectos del concurso.
5. Las proposiciones serán secretas y se presentarán en un sobre cerrado con la siguiente inscripción: Propuesta para tomar parte en el concurso para la contratación de orquestas, espectáculos infantiles, Dj’s y revistas durante las fiestas patronales xx Xxxxxx (Navarra) del año 2013.
6. Dentro de este sobre se introducirán otros tres sobres: uno para la “documentación genérica”; otro para la “propuesta técnica”; y el otro para la “propuesta económica”.
7. La propuesta técnica no podrá ser subsanada, por lo que se inadmitirán las ofertas que no incluyan en el respectivo sobre todos los documentos que se indican en el artículo 12. No obstante, si la Mesa de contratación o el órgano de contratación consideran que la oferta presentada adolece de oscuridad o de inconcreción, podrán solicitar aclaraciones complementarias, concediendo un plazo que no podrá ser inferior a cinco días ni exceder xx xxxx, respetando en todo caso el principio de igualdad de trato de los/las licitadores/as, que no podrán modificar la oferta presentada. También podrán, si lo estiman conveniente, citar a los representantes de los/las licitadores/as para que aclaren las dudas que la propuesta haya generado, levantándose la correspondiente acta de esta comparecencia.
8. Una vez entregada o remitida la documentación no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada.
9. Se establece un plazo de vigencia de las ofertas de tres meses. Transcurridos éstos sin que el órgano de contratación haya adjudicado el contrato, los/las licitadores/as podrán retirar su oferta sin penalidad alguna.
Artículo 10. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones.
1. Las proposiciones deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en horario al público del S.A.C. El plazo de presentación de las mismas será de 18 días naturales, que se contarán a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx. Si se
realizan anuncios en la prensa diaria serán a efectos meramente informativos, sin que tengan trascendencia jurídica a efectos de determinación de plazos y para la presentación de ofertas.
2. Las empresas que presenten propuestas en alguno de los registros oficiales que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán comunicar este hecho dentro del plazo máximo de presentación de proposiciones, mediante documento que deje justificación suficiente al Ayuntamiento xx Xxxxxx (Festejos). Ante la falta de comunicación, no será admitida la proposición. No obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
3. Si un/a licitador/a considera que se han vulnerado las normas de publicidad y concurrencia podrá presentar una reclamación de las reguladas en los artículos 210 a 213 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
Artículo 11. Documentación genérica.
El sobre de la documentación genérica contendrá los siguientes documentos:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica:
-Si es persona natural: documento nacional de identidad.
-Si es persona jurídica: escritura de constitución o, en su caso, de modificación, inscrita en el Registro Mercantil, en donde consten los estatutos actuales.
-Si se trata de una sociedad civil, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas para las que se regula la actividad. Deberá constar que se han inscrito, si fuere necesario, en el correspondiente Registro oficial o que han liquidado el preceptivo impuesto por actos jurídicos documentados.
b) Los que acrediten la representación: poder notarial suficiente otorgado a favor de los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre de otro/a. En el supuesto de que la empresa sea persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Se deberá presentar fotocopia del D.N.I. del representante.
c) Declaración responsable de la persona participante de no estar incursa en causa de prohibición de contratar.
d) Los que justifiquen la solvencia económica y financiera, mediante uno o varios de los siguientes medios:
-Declaraciones relativas a la cifra global de negocios realizados por la empresa licitadora en los tres últimos ejercicios disponibles.
-Informe de instituciones financieras.
e) Los que justifiquen la solvencia técnica o profesional, mediante uno o varios de los siguientes documentos:
-Relación de las principales asistencias, similares a los que son objeto de esta contratación, avalada por cualquier prueba admisible en Derecho, realizados en los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado.
-Declaración indicando el personal y los medios técnicos que dispone para llevar a cabo la realización de este contrato. Al tratarse de un suministro que requiere obras de colocación e instalación, deberá indicarse expresamente los conocimientos técnicos del personal responsable de los trabajos, indicando si es propio de la empresa o ajeno.
Se considerará que no tienen solvencia técnica las empresas que hayan sido sancionadas por el Ayuntamiento xx Xxxxxx dos veces en los tres últimos años, por infracciones muy graves cometidas en la ejecución de contratos similares al presente.
f) Los que acrediten hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias:
-Certificado del Gobierno xx Xxxxxxx, vigentes en el plazo de presentación de las proposiciones.
-Con el Ayuntamiento xx Xxxxxx o sus organismos dependientes (Junta Municipal de Aguas y X.X.X.X Xxxxxx Xxxx), bastará una declaración jurada.
g) Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de que se encuentra al corriente del ingreso de las cuotas empresariales y de los/as trabajadores/as, vigente en el plazo de presentación de las proposiciones.
h) Declaración jurada de cumplir con las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes.
i) Los/las licitadores/as deberán indicar una dirección electrónica en la que se realicen las notificaciones.
j) Certificado de estar matriculado en el epígrafe 965.2 (Espectáculos al aire libre, excepto espectáculos taurinos), en el epígrafe 965.3 (espectáculos fuera de establecimiento permanente, excepto espectáculos taurinos) o epígrafe 965.4 (Empresas de espectáculos).
k) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al/la licitante.
De acuerdo a lo previsto en el art. 54.4 LFC, la documentación indicada en los puntos a), b), c), f), g), h), j), k) de este artículo podrá ser sustituida por una declaración
responsable del licitador indicando que cumple las condiciones exigidas para contratar (Anexo 9); y la información del punto i) será facilitada por el modelo Anexo 10.
Posteriormente, el que resulte, adjudicatario deberá acreditar, en el plazo máximo de siete días desde la notificación de la adjudicación, la posesión y validez de los documentos exigidos que se recogen a continuación. La falta de aportación en plazo de esta documentación, supondrá la resolución del contrato previa audiencia del adjudicatario, con incautación de las garantías constituidas para la licitación, si las hubiera, o en caso contrario éste deberá abonar una penalidad equivalente al 2% del importe estimado del contrato (Art. 54.4 LFCP).
Artículo 12. Propuesta técnica.
1.- La documentación de la propuesta técnica no será subsanable.
2.- Se inadmitirán las ofertas que incluyan la propuesta económica en este sobre, de tal forma que la Mesa de contratación la conozca con anterioridad a la apertura de dicha propuesta.
Las propuestas técnicas deberán facilitar la documentación necesaria para que la Mesa de contratación pueda aplicar el baremo recogido en los criterios de valoración del art. 16:
a) El nombre del espectáculo, Dj, infantil o revista ofertado para cada día, especificando: el número de músicos que lo integran / detalle de los instrumentos / detalle del equipo para los conciertos de Dj’s/ número de watios de sonido (que no deben superar los 38.000 w) / y número de watios xx xxxxx de cada actuación / el número de identificación del grupo / la dirección del grupo / y el nombre del representante de cada uno de los grupos que se ofertan. Adjuntar opcionalmente, si se dispone, una cinta de video o dvd de una actuación en directo.
Será obligatorio presentar una declaración del representante de cada grupo de que la orquesta, espectáculo musical, infantil o revista va a poder actuar el día ofertado.
El día 24 de julio, la empresa adjudicataria deberá contar con que la orquesta que actúe ese día en la plaza de los Fueros deberá montar un tablado móvil (camión u otro montaje) que se instalará después de que el personal de limpieza termine su trabajo.
b) Especificación del abono que habría que realizar si el espectáculo se tuviese que suspender, haciendo distinción entre todas las posibilidades que se puedan dar (a modo enunciativo: suspensión por causas meteorológicas / por orden del Ayuntamiento xx Xxxxxx al concurrir causas extraordinarias / o por cualquier otro motivo). Se indicará cuándo deberá el Ayuntamiento xx Xxxxxx pagar y qué cuantía.
c) Documentación justificativa de tener en la plantilla un número de eventuales no superior al 10% en el momento de acreditar su solvencia técnica. Solamente se admitirán como justificantes de este apartado los TC (originales o compulsados).
d) Conciertos de Dj’s en Ribotas: plano de ubicación del escenario; y número xx xxxxxx de seguridad, distribución y colocación de las mismas.
El Ayuntamiento xx Xxxxxx velará por que los espectáculos que oferten las empresas no sean vejatorios ni discriminen a las mujeres, siguiendo el principio de igualdad entre los géneros. En el supuesto de que alguna orquesta, conjunto musical, etc, incluyera en su repertorio contenidos que dieran una mala imagen de las mujeres, el ayuntamiento puede tener este hecho en cuenta para próximos contratos.
Artículo 13. Propuesta económica.
El modelo de propuesta económica será el siguiente:
“D./Dña. , con N.I.F. , y con domicilio a efectos de notificaciones en , calle , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio/en representación de (táchese lo que no proceda) , expone:
Que conoce y acepta íntegramente todas las cláusulas xxx xxxxxx de condiciones regulador del “concurso para la contratación de orquestas, espectáculos infantiles, Dj´s y revistas durante las fiestas patronales de 2013”.
Que declara bajo su responsabilidad no hallarse incurso en alguna de las causas de prohibición de contratar enumerados en el artículo 18 de la ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Que acompaña los documentos exigidos en el pliego de condiciones.
Que el precio por el que se realizarían los espectáculos públicos ofertados ascendería –I.V.A., resto de impuestos y todos los gastos precisos para poder desarrollarlos incluidos- a un total de euros (exprésese en letra y en número), cuyo desglose es el siguiente:
a) Orquestas u otros espectáculos, solistas o grupos en plaza de los Fueros ........... | € |
b) Espectáculos infantiles ......................................................................................... | € |
c) Revistas y otros espectáculos ............................................................................... | € |
d) Todo Joven (Sesiones Dj’s)…………………………………………………… | € |
e) Espectáculo musical en Xxxxxxxxx………………………………………………. |
El tipo de IVA que se aplica a esta oferta es del (21 %).
En Tudela, a de de 2013.
Fdo.: ”
Artículo 14. Mesa de contratación
1. La Mesa de Contratación estará formada por: Presidente: D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx.
Suplente: X. Xxxxxxx Torrents Xxxxxxx
Vocal: Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Suplente: Xx. Xx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Vocal: D. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Suplente: Xx. Xxx Xx Xxxx Xxxxxx
Vocal: Xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Secretario: D. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Suplente: X. Xxxxx Torrents Lizar
2. La fiscalización del expediente corresponderá a Intervención del Ayuntamiento.
3. Las funciones de la Mesa de Contratación son las que figuran en el artículo 61 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos y que abreviadamente enunciamos: calificar la documentación acreditativa de la personalidad y representación; examinar si concurren causas de exclusión para contratar; valoración de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional; admitir las propuestas; valorar las ofertas técnicas; celebrar la apertura pública de las ofertas económicas y resolver las incidencias que ocurran en ella; valorar la concurrencia de una oferta anormalmente baja (baja temeraria o desproporcionada), siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 91 de la Ley Xxxxx citada; y proponer al órgano de contratación que realice la adjudicación a favor de la que considere que es la oferta más ventajosa de las presentadas y admitidas.
4. La Mesa de Contratación podrá recibir el asesoramiento que estime necesario antes de emitir su informe.
5. De cuantos extremos competan a la Mesa y de lo actuado, se levantará la correspondiente acta.
Artículo 15. Apertura de las ofertas
1. La constitución de la Mesa tendrá lugar previa citación del Presidente o de su suplente.
2. Se procederá a la apertura de los sobres en el siguiente orden:
a) Primero se abrirán los sobres de la documentación genérica, para comprobar que se reúnen las condiciones para ser admitido/a al concurso. Si la Mesa observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará por fax o por correo electrónico a los/las interesados/as para que los corrijan o subsanen en un plazo de 5 días naturales. No obstante, el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. La Mesa declarará las propuestas que han quedado admitidas.
De no precisarse subsanaciones a la documentación genérica, se procederá seguidamente a la apertura de las propuestas técnicas.
b) La apertura de las propuestas técnicas posibilitará a la Mesa de contratación la concesión de los puntos del baremo, excepto el correspondiente a las propuestas económicas. Recordamos, una vez más, que la propuesta técnica no podrá ser subsanada,
por lo que se inadmitirán las ofertas que no incluyan en el respectivo sobre todos los documentos exigidos.
c) Efectuadas las puntuaciones, se comunicará a los ofertantes la apertura de las ofertas económicas, dándoles la posibilidad de asistencia a dicho acto.
d) Tras la apertura pública de las proposiciones económicas, se puntuarán, sumándose esta puntuación a la de la fase anterior, de tal manera que los/las asistentes conozcan el/la adjudicatario/a que la Mesa de contratación va a proponer a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento.
Si la oferta que obtenga mayor puntuación contiene una propuesta económica anormalmente baja (baja desproporcionada o temeraria), se seguirá el trámite que se indica en el apartado siguiente.
3. Una proposición económica podrá calificarse de anormalmente baja, desproporcionada o temeraria cuando sea inferior en un 30% al importe de licitación.
La Mesa de contratación deberá realizar el procedimiento establecido para valorar si es admisible o no, comunicando dicha circunstancia a todos los licitadores afectados para que en el plazo de cinco días naturales presenten las alegaciones oportunas, recibiendo el asesoramiento técnico oportuno y, si las circunstancias fueran excepcionales, solicitando un informe de la Junta de Contratación Pública. Serán circunstancias que justifican la admisión de la propuesta las mencionadas en el artículo
91.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
4. Contra las siguientes actuaciones de la Mesa de contratación los/las licitadores/as podrán interponer potestativamente reclamación en materia de contratación, ante la Junta de Contratación Pública, siguiéndose el procedimiento establecido en los artículos 210 a 213 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos:
- Haber resultado adjudicatario/a quien se encuentre incurso en alguna de las causas de exclusión.
- Haber sido inadmitido/a el/la licitador/a por faltarle solvencia económica y financiera, técnica o profesional.
- Haber admitido a algún licitador/a que le faltase solvencia económica y financiera, técnica o profesional.
- Apreciar falta de transparencia en la licitación.
- Considerar que se ha realizado una defectuosa aplicación de los criterios de adjudicación.
Artículo 16. Criterios y propuesta de adjudicación
1. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación, por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye, serán los del Anexo 8.
2. La Mesa de contratación remitirá a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx las actas de las sesiones, toda la documentación que obre en su poder referida a las ofertas presentadas, una relación de las propuestas admitidas con su puntuación y la
propuesta de la oferta que considera más ventajosa, o, si procede, a su juicio, declarar desierto el concurso.
3. La propuesta de adjudicación no generará derecho alguno mientras no se adopte el acuerdo de adjudicación por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Artículo 17. Adjudicación y formalización del contrato
1. El órgano de contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de un mes, contado desde el acto de apertura pública del precio ofertado. De no dictarse, los/las empresarios/as tendrán derecho a retirar sus proposiciones sin penalidad alguna, y no tendrán derecho a indemnización alguna.
2. Se podrá declarar desierta la licitación por motivos de interés público, aunque las ofertas presentadas sean conformes al presente pliego de condiciones, cuando concurran circunstancias de carácter fáctico o jurídico que de modo lógico y razonable impongan la prevalencia de dicho interés a la vista de las necesidades que busca satisfacer el contrato.
3. Los/las licitadores/as no tendrán derecho a indemnización si la Junta de Gobierno declarase desierto el contrato o desistiese o renunciase a la licitación, por interés público.
4. La Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx acomodará su acuerdo de adjudicación a la propuesta de adjudicación que le haya hecho la Mesa de contratación, salvo en los casos en que se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico. Previamente y con independencia de los informes técnicos que haya recibido la Mesa de contratación, el órgano de contratación podrá solicitar cuantos otros informes considere necesarios para formarse su voluntad.
5. Una vez acordada la adjudicación del contrato, será notificada a los/las participantes en la licitación.
6. El contrato se formalizará en documento administrativo, dentro del plazo de quince días naturales a contar desde la terminación del plazo de suspensión (10 días –art. 93.2.a-LFCP) de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el/la contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. El presente pliego de condiciones se considerará parte integrante del contrato.
7. Como requisito previo, el/la contratista constituirá la garantía definitiva.
8. Cuando por causas imputables al/la contratista no se pudiese formalizar el contrato dentro de ese plazo, el Ayuntamiento xx Xxxxxx podrá acordar la resolución del contrato, siendo trámite necesario la audiencia del/la interesado/a. En tal supuesto
procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiendo el Ayuntamiento xx Xxxxxx conceder la adjudicación a favor de otro/a de los/as ofertantes.
9. Si la causa de la no formalización fuere imputable al Ayuntamiento, el/la contratista podrá solicitar la resolución del contrato y la indemnización de los daños y perjuicios procedentes.
10. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin la previa formalización del mismo.
El Ayuntamiento xx Xxxxxx realizará la adjudicación a un mismo licitador.
Artículo 18. Obligaciones del adjudicatario.
Serán obligaciones del adjudicatario, además de las de carácter general previstas en las leyes y reglamentos de aplicación y las derivadas de este pliego, las siguientes:
a) Serán de su cuenta todos los daños que se produzcan en las instalaciones o bienes municipales, así como la responsabilidad que se pudiera derivar de daños causados por el incorrecto montaje o funcionamiento de los equipos.
b) Exigir que los grupos que intervengan se ajusten a las leyes vigentes en cuanto a la obtención de cuantas autorizaciones, permisos de trabajo, etc. pudieran necesitar tanto el grupo como cada uno de los componentes del mismo o resto de personal que emplea.
c) Exigir que los grupos, sus componentes y cuanto personal empleen en los espectáculos, se hallen al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d) Salvo que entre el adjudicatario y los grupos exista pacto en contrario, serán de cuenta de aquélla el abono de las nóminas, dietas, gastos de desplazamiento o estancia en la ciudad. En cualquier caso, el Ayuntamiento no adquiere ninguna obligación al respecto. Igualmente, el adjudicatario deberá realizar las retenciones que procedan por el impuesto sobre la renta de las personas físicas.
e) Tener suscrita una póliza de seguro que cubra la responsabilidad que se pudiera derivar, cuyo capital asegurado ascienda, al menos, a 1.200.000 euros.
f) Realizar un control diario de los derechos de autor, facilitando la información correspondiente tanto al Ayuntamiento como a la delegación de la Sociedad de Autores de España. Una vez finalizadas las fiestas patronales, el adjudicatario deberá emitir un informe sobre los derechos de autor que tenga que pagar el Ayuntamiento xx Xxxxxx. Sin la emisión de este informe no procederá la devolución de la fianza.
g) El montaje de los instrumentos, luces, mesa de sonido, etc., necesarios para cada una de las actuaciones será a cargo del adjudicatario, no poniendo el Ayuntamiento personal alguno para estas actividades ni para las de carga y/o descarga.
h) Notificar al Ayuntamiento la imposibilidad de que el grupo programado no pueda realizar la actuación contratada, poniendo a disposición del Ayuntamiento, al menos, tres grupos de igual caché o inferior en 1.202,02 euros, como máximo, al adjudicado, entre los cuales la Entidad Local elegirá el sustituto.
i) Suministro y colocación de las vallas de seguridad necesarias para acordonar el espacio específico donde se vayan a desarrollar las sesiones de Dj’s en el Complejo
Deportivo Ribotas con las que garantizar la seguridad de los asistentes a cada una de las sesiones.
j) El día 24 de julio, la empresa adjudicataria deberá contar con que la orquesta que actúe ese día en la plaza de los Fueros deberá montar un tablado móvil (camión u otro montaje) que se instalará después de que el personal de limpieza termine su trabajo.
Artículo 19. Derechos del adjudicatario
Como derechos recíprocos a las obligaciones señaladas, corresponden a la empresa adjudicataria los siguientes:
a) A que el Ayuntamiento xx Xxxxxx le abone el importe de la contratación, previa presentación de la factura (separando el caché de la megafonía y demás gastos) con todos los requisitos legales, una vez hayan finalizado las fiestas patronales.
b) Al abono de intereses de demora de las cantidades debidas, al tipo de interés vigente, cuando el Ayuntamiento xx Xxxxxx demore el pago por plazo superior a dos meses. Este plazo de dos meses comenzará a contarse desde la presentación de la correspondiente factura en Intervención.
c) El abono de los derechos de autor serán a cuenta del Ayuntamiento xx Xxxxxx, si bien la información de los mismos será obligación de la adjudicataria tal y como se exige en el artículo 18.f) de este pliego.
Artículo 20. Extinción del contrato
El contrato se extinguirá por cumplimiento, por resolución o por declaración de invalidez.
1. Son causas de resolución del contrato las enumeradas en los artículos 124 y 175 de la Ley Xxxxx 6/12006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
2. Además de la resolución del contrato, se tramitará el expediente correspondiente para concretar los daños y perjuicios que se le hayan producido al Ayuntamiento xx Xxxxxx, la inhabilitación para contratar con el Ayuntamiento y la pérdida de la garantía o fianza definitiva.
3. Respecto a la invalidez del contrato se estará a lo establecido en los artículos 126 a 127 de la mencionada Ley Xxxxx.
4. Contra el acuerdo del Ayuntamiento xx Xxxxxx declarando la extinción del contrato, podrá el adjudicatario reclamar, optativamente, por vía contencioso- administrativa o ante el Tribunal Administrativo xx Xxxxxxx.
Artículo 21. Intervención e inspección del contrato
1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx tendrá facultad para inspeccionar que el contratista cumple con las obligaciones contraídas.
2. El Ayuntamiento xx Xxxxxx podrá ejercer todas las acciones de inspección y fiscalización necesarias para vigilar el cumplimiento de las leyes y disposiciones administrativas, en materia fiscal, social y técnica.
Artículo 22. Infracciones
1.- Constituirán faltas muy graves:
a) Cambio de alguna de las actuaciones que se hubieran adjudicado sin haber seguido el procedimiento establecido en el artículo 18.h.
b) No tener suscrita la póliza a que hace referencia el art. 18.e de este pliego.
c) Incumplir los apartados b) y c) del artículo 18.
d) La comisión de dos faltas sancionadas como graves durante el tiempo que dure el contrato.
2.- Se considerarán faltas graves:
a) No responder de los desperfectos que se produzcan en las instalaciones o bienes municipales como consecuencia de los espectáculos.
b) Impedir u obstaculizar la realización por el Ayuntamiento xx Xxxxxx de las facultades que le otorga el artículo 21 de este pliego.
c) No realizar el control ni facilitar al Ayuntamiento xx Xxxxxx la información que sobre derechos de autor se contiene en el artículo 18.f.
d) La comisión de dos faltas sancionadas como leves durante el tiempo que dure el contrato.
3.- El resto de las infracciones se considerarán leves.
Artículo 23. Sanciones
1. Las infracciones serán sancionadas:
a) Las faltas calificadas como muy graves: con multa de 1.000 a 6.000 euros.
b) Las infracciones graves: con multa de 300,51 a 999,99 euros.
c) Las infracciones calificadas como leves: con multa de hasta 300,51 euros.
2. En todo caso, los suministros no realizados conllevarán, además de la multa, el descuento correspondiente.
3. En cualquier supuesto, previamente a la imposición de sanción, se deberá dar cumplimiento al procedimiento sancionador establecido en la legislación general.
4. En el supuesto de incumplimiento del plazo total fijado para la realización del diseño, fabricación e instalación, por causas imputables al/la contratista, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx podrá optar por resolver el contrato o exigir su cumplimiento otorgando una prórroga con la imposición de una penalidad de 50 euros diarios.
Artículo 24. Prescripción de las faltas
Las faltas prescribirán: las muy graves, a los tres años; las graves, al año; y las leves, al mes. El plazo de prescripción comenzará a contar desde que se hubiese cometido la infracción.
Artículo 25. Órganos competentes para sancionar
Serán órganos competentes para imponer las sanciones previstas:
a) El Concejal Delegado de Festejos para las infracciones leves.
b) La Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx, para las demás infracciones.
TÍTULO II. CONDICIONES TÉCNICAS.
Artículo 26. En cuanto al contrato y niveles sonoros
1. El contratista y los grupos actuantes quedan obligados a cumplir cuanta legislación les sea de aplicación reguladora de los espectáculos públicos y actividades recreativas.
2. En las actuaciones se deberán respetar los niveles sonoros y de vibraciones que estén establecidos en la normativa vigente.
Artículo 27. Sobre los enganches eléctricos
1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx, con tiempo suficiente, pondrá las instalaciones eléctricas necesarias y realizará los contratos oportunos con Iberdrola, S.A. para la celebración de todas las actuaciones, comprometiéndose, por cuestiones técnicas, a un máximo de 100 Kw. en la plaza de los Fueros y a 40 Kw. en el paseo del Queiles. Los espectáculos deberán respetar estos límites.
2. El enganche de los equipos a los cuadros eléctricos dispuestos por el Ayuntamiento, será por cuenta del adjudicatario con personal por él contratado.
Artículo 28. Sobre el montaje
1. Todos los elementos e instalaciones que deban ser utilizados por los grupos en sus actuaciones deberán estar montados en los escenarios y tablados, al menos, una hora antes del comienzo de la representación o actuación.
2. Por motivos de seguridad, será obligatoria la utilización de las conducciones eléctricas subterráneas que van desde el escenario a la mesa de sonido que van desde la acera de la Casa del Reloj hasta la acera del quiosco. Las características de las conducciones dispuestas son dos tubos de 200 mm y otros dos de 110 mm de diámetro.
ANEXO 9
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CAPACIDAD Y DEMÁS REQUISITOS LEGALES
(A INCLUIR EN SOBRE Nº 1 DE DOCUMENTACIÓN GENÉRICA)
CONTRATACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES DE SANTA XXX DE 2013 D/Dña.........................................................................................
domicilio a efectos de notificaciones en calle
........................................................ CP......................... D.N.I./N.I.F. nº ,
teléfono..............................en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de ..............................................
................................................................................................................... con domicilio en
...............................…...... CP ….…................... teléfono ............…........, fax y
D.N.I. o C.I.F. nº (según se trate de persona física o jurídica), enterado
del contrato convocado por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, que tiene por objeto la contratación indicada, al objeto de cumplir con lo recogido en el articulo 14 referido a documentación genérica, presento la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE.
Que a la fecha de presentación de esta documentación, la empresa arriba indicada cumple las condiciones exigidas para contratar, y en concreto declara que:
a) En cuanto a su capacidad de obrar, tiene acreditada su personalidad jurídica y otorgada su representación.
b) No está incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 18 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos (B.O.N. nº 72, de 16 xx xxxxx de 2006) ni en ninguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo 229 de la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local xx Xxxxxxx.
c) Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
d) Está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales (artículo 54.1.f) de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Publicos (BON Nº 72, de 16 xx xxxxx de 2006.)
Asimismo, me comprometo, de resultar adjudicatario, a acreditar la posesión y validadse de los documentos exigidos en el Art. 14, en el plazo de siete días indicados.
En ........................a .......... de de 00
Xxxxx
XXXXX 00
DECLARACIÓN A EFECTO DE NOTIFICACIONES
D./Dña. vecino/a de
, con domicilio en , teléfono nº
y Documento Nacional de Identidad nº en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda) , con domicilio en
, calle –o plaza, etc…- y C.I.F./D.N.I. nº
-----------------), ACEPTA, de acuerdo a lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares, que las notificaciones que tengan lugar en el presente proceso de contratación sean realizadas al siguiente número de fax: -----------------------------------, cuyo titular es -----------------
, o en la dirección de correo electrónico .
De la correspondiente comunicación se acusará inmediatamente recibo mediante devolución por el mismo medio del documento convenientemente fechado y firmado.
Lugar, fecha y firma. EL LICITADOR.
Tudela, 7 xx xxxxx de 2013