ANEXO
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 15.5.2013
COM(2013) 289 final
Anexo V
ANEXO
Anexo XVI del título IV del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra
ANEXO V
de la
PROPUESTA DE DECISIÓN DEL CONSEJO
relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra
ES ES
ANEXO
Anexo XVI del título IV del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra
ANEXO V
de la
PROPUESTA DE DECISIÓN DEL CONSEJO
relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra
ANEXO XVI
LISTA DE RESERVAS SOBRE ESTABLECIMIENTO;
LISTA DE COMPROMISOS SOBRE PRESTACIÓN TRANSFRONTERIZA DE SERVICIOS;
LISTA DE RESERVAS SOBRE PROVEEDORES DE SERVICIOS CONTRACTUALES Y
PROFESIONALES INDEPENDIENTES
Parte UE
1. Reservas de conformidad con el artículo 88, apartado 2 (Establecimiento): anexo XVI-A
2. Lista de compromisos de conformidad con el artículo 95, apartado 1 (Suministro transfronterizo de servicios): anexo XVI-B
3. Reservas de conformidad con los artículos 101 (Proveedores de servicios contractuales) y 102 (Profesionales independientes): anexo XVI-C
Ucrania
4. Reservas de conformidad con el artículo 88, apartado 3 (Establecimiento): anexo XVI-D
5. Lista de compromisos de conformidad con el artículo 95, apartado 1 (Suministro transfronterizo de servicios): anexo XVI-E
6. Reservas de conformidad con los artículos 101 (Proveedores de servicios contractuales) y 102 (Profesionales independientes): anexo XVI-F
7. A efectos de los anexos XVI-A, XVI-B y XVI-C se utilizan las siglas siguientes:
AT Austria
BE Bélgica
BG Bulgaria
XX Xxxxxx
CZ República Xxxxx
XX Xxxxxxxx
DK Dinamarca
EU Unión Europea, incluidos todos sus Estados miembros
ES España
EE Estonia
FI Finlandia
FR Francia
EL Xxxxxx
XX Xxxxxxx
IE Xxxxxxx
IT Italia
XX Xxxxxxx
XX Xxxxxxxx
XX Xxxxxxxxxx
XX Xxxxx
XX Xxxxxx Xxxxx
PL Polonia
PT Portugal
RO Rumanía
SK República Eslovaca
SI Eslovenia
SE Suecia
UK Xxxxx Unido
8. A efectos de los anexos XVI-D, XVI-E y XVI-F se utiliza la sigla siguiente: UA Ucrania
ANEXO XVI-A
RESERVAS DE LA PARTE UE SOBRE ESTABLECIMIENTO
(contempladas en el artículo 88, apartado 2)
1. En la lista que figura a continuación se indican las actividades económicas en las que la UE aplica a establecimientos e inversores de Ucrania reservas al trato nacional o al trato más favorable con arreglo al artículo 88, apartado 2.
La lista consta de los siguientes elementos:
a) una lista de reservas horizontales que se aplican a todos los sectores o subsectores;
b) una lista de reservas específicas de cada sector o subsector, en la que se indican el sector o subsector de que se trate junto con la reserva o reservas aplicables.
Cuando la reserva corresponda a una actividad que no está liberalizada (sin consolidar), se indicará lo siguiente: «No hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida.»
Cuando una reserva con arreglo a las letras a) o b) incluya únicamente reservas específicas para determinados Estados miembros, los Estados miembros no mencionados asumirán las obligaciones del artículo 88, apartado 2, en el sector en cuestión sin ningún tipo de reserva (la ausencia de reservas específicas para determinados Estados miembros en un sector dado no afectará a las reservas horizontales o a las reservas sectoriales para toda la UE que resulten aplicables).
2. De conformidad con el artículo 85, apartado 3, del Acuerdo, la lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a las subvenciones concedidas por las Partes.
3. Con arreglo al artículo 4, apartado 3, del anexo XVII, las restricciones que se enumeran a continuación no se aplicarán a los sectores afectados por la aproximación de la normativa establecida en el anexo XVII.
4. Los derechos y obligaciones que emanan de la siguiente lista no tendrán eficacia directa y, por consiguiente, no confieren derechos directamente a las personas físicas ni jurídicas.
Reservas horizontales
Servicios públicos
UE: las actividades económicas consideradas servicios públicos a nivel nacional o local pueden estar sujetas a monopolio público o a derechos exclusivos otorgados a operadores privados.
Inversión y tipos de establecimiento
UE: el trato otorgado a las filiales (de empresas de Ucrania) constituidas de conformidad con las leyes de un Estado miembro y que tienen su domicilio social, administración central o sede principal en el territorio de la Unión no se extiende a las sucursales o agencias establecidas en un Estado miembro por una sociedad de Ucrania.
UE: en algunos Estados miembros, para establecerse en determinados sectores de servicios es obligatorio que las sociedades estén constituidas en la UE1.
1 Para mayor claridad, se entiende por «constitución» el establecimiento de una persona jurídica.
EE: si la mitad, como mínimo, de los miembros de la junta directiva de una sociedad anónima o de una sociedad limitada no tiene residencia en Estonia, en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo o en Suiza, la sociedad deberá proporcionar los datos del registro (incluida la dirección) de una persona que tenga residencia en Estonia y esté habilitada por la sociedad a recibir escritos procesales de la sociedad y a aceptar declaraciones de intención dirigidas a la sociedad.
AT: los directores gerentes de filiales de personas jurídicas deben tener residencia en Austria; las personas físicas encargadas en el seno de una persona jurídica o de una filial del cumplimiento de la Ley de Comercio de Austria deben tener domicilio en el país.
FI: una persona jurídica extranjera que se proponga desarrollar una actividad comercial en el país como socio de una sociedad personal finlandesa comanditaria o colectiva necesita una licencia de comercio del Consejo Nacional de Patentes y Registro, excepto que dicha persona jurídica esté ya establecida en el EEE. Las entidades extranjeras que se propongan desarrollar una actividad empresarial o comercial en el país mediante el establecimiento de una sucursal en Finlandia necesitan una licencia de comercio. En todos los sectores, como mínimo uno de los miembros y suplentes del consejo de administración debe ser residente del EEE, aunque se pueden conceder exenciones a algunas sociedades.
FI: la adquisición por parte de extranjeros de acciones que aseguren más de un tercio de los derechos de voto de una gran compañía o empresa finlandesa (de más de 1 000 empleados o un volumen de negocios superior a 168 millones de euros o un balance total superior a 168 millones de euros) está supeditada a la aprobación de las autoridades finlandesas; la aprobación solo podrá denegarse si están en juego intereses nacionales importantes. Estas limitaciones no se aplican a los servicios de telecomunicaciones, excepto en lo que se refiere al requisito de nacionalidad para los miembros del consejo de administración.
SK: las personas físicas extranjeras que hayan de inscribirse en el Registro Mercantil como personas autorizadas para actuar en nombre de un empresario (sociedad) deben presentar un permiso de residencia temporal en la República Eslovaca.
HU: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para la adquisición de bienes de propiedad estatal.
PL: todos los sectores, excepto servicios jurídicos y servicios prestados por centros de atención sanitaria: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios solo puede tomar la forma de una sociedad comanditaria, sociedad de responsabilidad limitada o sociedad anónima.
Adquisición de bienes inmobiliarios
En los siguientes Estados miembros no hay limitaciones a la adquisición de bienes inmobiliarios.
AT: la adquisición, compra y alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles por personas físicas y personas jurídicas extranjeras exige autorización de la administración regional competente (Länder), a quien corresponde examinar si se ven afectados intereses económicos, sociales o culturales importantes.
BG: las personas físicas y jurídicas extranjeras (incl. a través de una sucursal) no pueden adquirir la propiedad de terrenos. Las personas jurídicas búlgaras con participación extranjera no pueden adquirir la propiedad de terrenos agrícolas. Las personas jurídicas extranjeras y los ciudadanos extranjeros con residencia permanente en el extranjero pueden adquirir la
propiedad de edificios y derechos de propiedad limitados (derecho de uso, derecho de construcción, derecho a edificar una superestructura y servidumbres) de bienes inmuebles.
CZ: solo pueden adquirir terrenos agrícolas y forestales las personas jurídicas extranjeras con residencia permanente en la República Checa. Hay normas específicas para los terrenos agrícolas y forestales de propiedad estatal. La validez de estas limitaciones expira siete años después de la adhesión de Chequia a la UE.
DK: hay limitaciones a la adquisición de inmuebles por personas físicas y jurídicas no residentes. Existen limitaciones a la adquisición de predios agrícolas por personas físicas y jurídicas extranjeras.
HU: sin perjuicio de las excepciones previstas en la legislación sobre tierras de cultivo, no está permitido a las personas físicas y jurídicas extranjeras adquirir tierras de cultivo. La adquisición de inmuebles por parte de extranjeros está supeditada a la obtención de un permiso de la agencia de administración pública competente tomando como base el alquiler de inmuebles.
EE: hay limitaciones para la adquisición de terrenos agrícolas, forestales y fronterizos.
EL: de conformidad con la Ley Nº 1892/90, es necesaria una autorización del Ministerio de Defensa para la adquisición de tierras en zonas próximas a las fronteras. Conforme a las prácticas administrativas, la autorización para las inversiones directas se obtiene con facilidad.
MT: los requisitos de la legislación y los reglamentos de Malta en relación con la adquisición de bienes raíces seguirán siendo de aplicación.
LT: se permitirá adquirir en propiedad tierras, aguas interiores y bosques a los ciudadanos extranjeros que reúnan los criterios de la integración europea y transatlántica. El procedimiento de adquisición de tierras, las condiciones y las restricciones se establecerán en el Derecho constitucional.
LV: existen limitaciones para la adquisición de tierras en zonas rurales, en ciudades y en zonas urbanas.
PL: la adquisición directa o indirecta de inmuebles requiere autorización. Dicha autorización se concede mediante una decisión administrativa del Ministerio competente para los asuntos de Interior, con el consentimiento del Ministerio de Defensa Nacional y, en el caso de los inmuebles rurales, también con el consentimiento del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
RO: las personas físicas que no tienen la ciudadanía rumana ni residencia en Rumanía, así como las personas jurídicas que no tienen la nacionalidad rumana ni su sede en Rumanía, no pueden adquirir la propiedad de ninguna clase de parcelas mediante actos inter vivos.
SI: las sucursales establecidas en la República de Eslovenia por personas extranjeras solo pueden adquirir los inmuebles, excepto terrenos, necesarios para la realización de las actividades económicas para las que se establecen.
SK: las personas físicas o jurídicas no pueden adquirir terrenos agrícolas ni forestales. Existen normas específicas para otras categorías de inmuebles.
Reservas sectoriales
Agricultura, ganadería y caza
FR: el establecimiento de empresas agrícolas y ganaderas por sociedades de países exteriores a la UE y la adquisición de viñedos por inversores no pertenecientes a la UE están sujetos a autorización.
Pesca y acuicultura
UE: el acceso a los recursos biológicos y a los caladeros situados en las aguas marítimas sometidas a la soberanía o incluidas en la jurisdicción de los Estados miembros de la Unión Europea, así como su utilización, pueden quedar restringidos a los buques de pesca con pabellón de un territorio de la Unión a menos que haya una disposición en contrario.
Servicios profesionales
UE2: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato más favorable en lo que respecta a los servicios de asesoría jurídica y de documentación y certificación jurídicas prestados por juristas a quienes se encomiendan funciones públicas, como los notarios.
AT: por lo que respecta a los servicios jurídicos, la participación de abogados extranjeros (que deberán estar plenamente cualificados en su país de origen) en el capital social y en los beneficios de explotación de una empresa de servicios jurídicos no podrá ser superior al veinticinco por ciento. No podrán tener una influencia decisiva en el proceso de toma de decisiones. En cuanto a los inversores minoritarios extranjeros o su personal cualificado, la prestación de servicios jurídicos solo está autorizada con respecto al Derecho internacional público y al Derecho de la jurisdicción en la que están autorizados a ejercer como abogados; para la prestación de servicios jurídicos con respecto al Derecho nacional (de la UE y del Estado miembro), incluyendo la representación de clientes ante los tribunales, es obligatoria la plena admisión en el Colegio de Abogados, que está supeditada al cumplimiento de condiciones de nacionalidad.
En el caso de los servicios de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoramiento fiscal, la participación en el capital y los derechos de voto de las personas autorizadas para ejercer la profesión con arreglo al Derecho extranjero no podrán superar el 25 %. No hay obligaciones de trato nacional ni de trato más favorable en lo que respecta a los servicios
2 La prestación de servicios jurídicos solo está autorizada con respecto al Derecho internacional público, el Derecho de la UE y la ley de la jurisdicción en la que el inversor o su personal está autorizado a ejercer como abogado y, como en el caso de la prestación de otros servicios, está sujeta a requisitos y procedimientos de autorización aplicables en los Estados miembros de la Unión Europea. Para los abogados que presten servicios jurídicos en materia de Derecho internacional público y Derecho extranjero, dichos requisitos y procedimientos pueden adoptar la forma, entre otras cosas, del cumplimiento de los códigos éticos locales (a menos que se haya obtenido la convalidación con la titulación del país de acogida), requisitos en materia de seguros y la simple inscripción en el Colegio de Abogados del país o una admisión simplificada en el Colegio de Abogados de dicho país mediante un test de aptitud y un domicilio legal o profesional en el país de acogida. Los servicios jurídicos con respecto al Derecho de la UE los prestará o se prestarán, en principio, a través de un abogado plenamente cualificado admitido en el Colegio de Abogados en la UE que actúe en su propio nombre; los servicios jurídicos con respecto al Derecho de un Estado miembro de la Unión Europea los prestará o se prestarán, en principio, a través de un abogado plenamente cualificado admitido en el Colegio de Abogados de ese Estado miembro que actúe en su propio nombre. Por tanto, la plena admisión en el Colegio de Abogados del Estado miembro de la Unión Europea de que se trate podrá ser necesaria para representar clientes ante los tribunales y demás autoridades competentes en la UE, ya que ello implica el ejercicio del Derecho de la UE y del Derecho procesal nacional. No obstante, en determinados Estados miembros, los abogados extranjeros no plenamente admitidos en el Colegio de Abogados están autorizados a representar en procedimientos civiles a una parte que tenga la nacionalidad o pertenezca al Estado en que el abogado esté habilitado a ejercer.
médicos (excepto en el caso de los servicios dentales y en el de los psicólogos y psicoterapeutas) y de veterinaria.
BG: con respecto a los servicios jurídicos, algunas formas jurídicas (advokatsko sadrujie y advokatsko drujestvo) están reservadas para los abogados con admisión plena en el Colegio de Abogados de Bulgaria. Con respecto a los servicios de arquitectura, planificación urbana y arquitectura paisajística, servicios de ingeniería y servicios integrados de ingeniería, las personas físicas y jurídicas extranjeras que estén en posesión de una licencia de diseño reconocida con arreglo a la legislación de su país pueden supervisar y diseñar obras en Bulgaria de forma autónoma únicamente tras haber ganado un procedimiento de licitación y haber sido seleccionados como contratistas con arreglo a las condiciones y los procedimientos establecidos en la Ley sobre Contratación Pública.
FR: respecto de los servicios jurídicos, determinados tipos de forma jurídica (association d'avocats y société en participation d'avocat) están reservados para los abogados plenamente admitidos en el Colegio de Abogados en Francia. Respecto de los servicios de arquitectura, servicios médicos (incluidos los psicólogos) y mentales, servicios de comadronas y servicios prestados por enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico, los inversores extranjeros solo tienen acceso a las formas jurídicas de société d'exercice liberal and société civile professionnelle. No hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para la concesión de derechos exclusivos en el campo de los servicios de colocación.
HU: el establecimiento deberá adoptar la forma de asociación con un abogado húngaro
(ügyvéd) o un bufete de abogados (ügyvédi iroda) o una oficina de representación.
PL: aunque los abogados de la UE disponen de otros tipos de forma jurídica, los abogados extranjeros solo tienen acceso a las formas jurídicas de sociedad personal, sociedad comanditaria o sociedad comanditaria por acciones.
FI: en el caso de los servicios de auditoría, se exigirá la residencia para al menos uno de los auditores de las sociedades anónimas finlandesas.
LT: en lo que respecta a los servicios de auditoría, tres cuartas partes como mínimo de las acciones de una sociedad de auditoría deben pertenecer a auditores o sociedades de auditoría de la UE o del EEE. Para la práctica del Derecho nacional (de la UE y del Estado miembro) es obligatoria la plena admisión en el Colegio de Abogados, que está supeditada al cumplimiento de condiciones de nacionalidad.
LV: en una sociedad comercial de auditores jurados, más del cincuenta por ciento de las acciones de capital con derecho a voto deberán ser propiedad de auditores jurados o sociedades comerciales de auditores jurados de la UE o del EEE.
Servicios de investigación y desarrollo
UE: para los servicios de Investigación y Desarrollo financiados con fondos públicos, solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a nacionales de la UE y a personas jurídicas de la UE que tengan su sede principal en la UE.
Arrendamiento o alquiler con o sin opción de compra, sin operarios
UE: respecto del arrendamiento o alquiler de aeronaves con o sin opción de compra, aunque se pueden conceder exoneraciones para contratos de arrendamiento a corto plazo, la aeronave debe ser propiedad de personas físicas que cumplan determinados requisitos en materia de nacionalidad o de personas jurídicas que cumplan determinadas condiciones respecto de la propiedad del capital y el control (incluida la nacionalidad de los directores).
Otros servicios prestados a las empresas
AT: en cuanto a los servicios de colocación y las empresas de trabajo temporal, solo se puede conceder autorización a las personas jurídicas que tengan su sede principal en el EEE; asimismo, los miembros del consejo de dirección o los socios directivos / accionistas habilitados para representar a la persona jurídica deben ser ciudadanos del EEE y tener domicilio en el EEE.
BE: por lo que respecta a los servicios de seguridad, los directivos están obligados a tener la ciudadanía de la UE y a residir en la UE.
LV: en cuanto a los servicios de investigación, solo pueden obtener la licencia aquellas agencias de detectives cuyo jefe y toda persona que tenga un cargo en la administración sean nacionales de la UE o del EEE. Con respecto a los servicios de seguridad, para obtener la licencia la mitad como mínimo del capital social debe encontrarse en posesión de personas físicas o jurídicas de la UE o del EEE.
LT: solo personas que tengan la ciudadanía del Espacio Económico Europeo o de un país de la OTAN pueden prestar servicios de seguridad.
EE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para los servicios de seguridad.
PL: respecto de los servicios de investigación, pueden obtener licencia los empresarios que sean personas físicas o los representantes con plenos poderes que reúnan los necesarios requisitos profesionales (licencia de detective). Si el empresario no es una persona física, al menos uno de los miembros autorizados a representarlo u otro representante con plenos poderes deberá reunir los requisitos profesionales. Pueden obtener la licencia profesional las personas de ciudadanía polaca o los ciudadanos de otro Estado miembro de la UE, del EEE o de Suiza. Respecto de los servicios de seguridad, pueden obtener la licencia: los empresarios que sean personas físicas y que estén en posesión de una licencia profesional de segundo grado; si el empresario no es una persona física, al menos uno de los miembros (un accionista de la sociedad personal comanditaria o colectiva) deberá estar en posesión de la licencia; los miembros del consejo de administración; y los delegados o representantes con plenos poderes contratados por el empresario para gestionar las actividades especificadas en la licencia. Pueden obtener la licencia profesional únicamente las personas de ciudadanía polaca o los ciudadanos de otro Estado miembro de la UE, del EEE o de Suiza.
DK: respecto de los servicios de seguridad, los directivos y la mayoría del consejo de administración deben residir en Dinamarca.
SK: en cuanto a los servicios de investigación y los servicios de seguridad, las licencias se podrán conceder únicamente si no hay riesgos de seguridad y si todos los directivos son ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza.
ES: por lo que respecta a los servicios de seguridad, el acceso a la profesión está supeditado a una autorización previa.
FR: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para la concesión de derechos en el campo de los servicios de colocación.
PT: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para los servicios de investigación.
Servicios de distribución
UE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de la distribución xx xxxxx, municiones y explosivos.
FR: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para la concesión de derechos exclusivos en el campo de la venta al por menor de tabaco.
FI: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de la distribución de alcohol y productos farmacéuticos.
AT: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de la distribución de productos farmacéuticos.
Servicios financieros3
UE: solo pueden actuar como depositarias de los activos de los fondos de inversión las empresas con domicilio social en la Unión Europea. Para desempeñar las actividades de gestión de fondos comunes o sociedades de inversión es obligatorio el establecimiento de una empresa de gestión especializada que tenga su sede central y su domicilio social en el mismo Estado miembro.
BG: los fondos de pensiones se aplicarán mediante la participación en compañías de seguros de fondos de pensiones constituidas. El presidente de la junta directiva y el presidente del consejo de administración deberán residir de forma permanente en Bulgaria. Antes de establecer una sucursal o agencia para ofrecer ciertas clases de seguros, el asegurador extranjero debe haber recibido autorización para actuar en las mismas clases de seguros en su país de origen.
HU: los servicios de gestión de activos para los fondos privados de pensión obligatorios nacionales y para las mutuas de seguros voluntarias están reservados a las sociedades que tengan su sede en un Estado miembro de la UE o a sus sucursales.
PT: solo pueden gestionar fondos de pensiones las sociedades especializadas constituidas en Portugal a tal efecto y las compañías de seguros establecidas en Portugal y autorizadas para suscribir seguros de vida o las entidades autorizadas para la gestión de fondos de pensiones en otros Estados miembros de la UE.
Para establecer una sucursal en Portugal, las compañías de seguros extranjeras deben acreditar una experiencia previa de actividad de cinco años como mínimo.
FI: para las compañías de seguros que ofrezcan seguros de pensiones obligatorios: como mínimo la mitad de los promotores y los miembros del consejo de administración y de la junta de supervisión deben tener su lugar de residencia en la UE, salvo si las autoridades competentes han concedido una exención.
Compañías de seguros distintas de las que ofrecen seguros de pensiones obligatorios: requisito de residencia para, como mínimo, un miembro del consejo de administración y de la junta de supervisión.
IT: solo pueden llevar a cabo actividades de gestión de recursos de fondos de pensiones los bancos, compañías de seguros, sociedades de inversión y sociedades que gestionen OICVM armonizadas de conformidad con la legislación de la UE y que tengan su sede social oficial en la UE, así como los OICVM constituidos en Italia. Para las actividades de venta puerta a
3 Se aplica la limitación horizontal sobre la diferencia de trato entre sucursales y filiales. Por lo tanto, las sucursales extranjeras quedarán autorizadas para operar en el territorio de un Estado miembro únicamente bajo las condiciones previstas en la legislación pertinente de dicho Estado miembro y, por lo tanto, pueden verse obligadas a satisfacer una serie de requisitos cautelares específicos.
puerta, los intermediarios deben recurrir a vendedores autorizados de servicios financieros que estén inscritos en el registro italiano. Las oficinas de representación de intermediarios extranjeros no pueden llevar a cabo actividades destinadas a prestar servicios de inversiones.
LT: solo pueden actuar como depositarias de fondos de pensiones las empresas que tienen su domicilio social o una sucursal en Lituania.
Servicios sanitarios, sociales y de enseñanza
UE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de los servicios sanitarios, sociales y de enseñanza financiados con fondos públicos. En lo que respecta a los servicios de enseñanza de financiación privada, pueden aplicarse condiciones de nacionalidad para la mayoría de los miembros del consejo de administración.
FI: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de los servicios sanitarios y sociales de financiación privada y servicios conexos (por ejemplo, servicios médicos, incluidos los psicólogos, y dentales, así como los servicios prestados por comadronas, fisioterapeutas y personal paramédico).
BG: las escuelas secundarias extranjeras no pueden crear secciones en el territorio de la República de Bulgaria. Las escuelas secundarias extranjeras podrán crear facultades, departamentos, institutos y colegios en Bulgaria únicamente dentro de la estructura de las escuelas secundarias búlgaras y en cooperación con ellas.
EL: respecto de los servicios de enseñanza superior, no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para el establecimiento de centros de enseñanza que concedan una titulación estatal reconocida. No hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de los protésicos dentales.
Servicios de turismo y servicios relacionados con los viajes
PT: la constitución de una sociedad comercial con sede social en Portugal es obligatoria para los servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo.
Servicios de agencias de noticias y de prensa
FR: en el caso de las agencias de prensa, el trato nacional para el establecimiento de personas jurídicas está supeditado a que haya reciprocidad.
Servicios de juegos xx xxxx y apuestas
UE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de los servicios de juegos xx xxxx y apuestas. Debe aclararse, por motivos de seguridad jurídica, que no se concede acceso al mercado.
Servicios deportivos
AT: en cuanto a los servicios de escuelas de esquí y de guías de montaña, los administradores ejecutivos de las personas jurídicas tienen que ser ciudadanos del EEE.
Transporte marítimo
UE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto del transporte xx xxxxxxxx marítimo nacional.
UE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida en lo que se refiere al establecimiento de una empresa registrada con el fin de explotar una flota bajo el pabellón nacional del Estado de establecimiento.
FI: solo los buques que operen bajo pabellón finlandés pueden prestar servicios auxiliares del transporte marítimo.
Transporte por vías navegables interiores4
UE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto del transporte xx xxxxxxxx nacional. Las medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin- Meno-Xxxxxxx) reservan algunos derechos de tráfico para operadores radicados en los países correspondientes y que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Rigen los Reglamentos de aplicación del Convenio xx Xxxxxxxx para la Navegación del Rin.
AT y XX: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida en lo que se refiere al establecimiento de una empresa registrada con el fin de explotar una flota bajo el pabellón nacional del Estado de establecimiento.
AT: en lo que respecta a las vías navegables interiores, solo pueden obtener la concesión las personas jurídicas del EEE en las que más del 50 % de las acciones de capital, el derecho de voto y la mayoría en los órganos de gobierno estén reservadas a ciudadanos del EEE.
Servicios de transporte aéreo.
UE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para los servicios de transporte aéreo nacional e internacional, sean regulares o no, y los servicios directamente relacionados con el ejercicio de derechos de tráfico, a excepción de los servicios de reparación y mantenimiento de aeronaves, la venta y la comercialización de servicios de transporte aéreo, los servicios de sistemas de reserva informatizados (SRI) y otros servicios auxiliares de servicios de transporte aéreo, como los servicios de asistencia en tierra, los servicios de arrendamiento de aeronaves con tripulación y los servicios aeroportuarios. Las condiciones de acceso recíproco al mercado del transporte aéreo se tratarán en el Acuerdo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, sobre la creación de una zona común de aviación.
Arrendamiento de aeronaves con tripulación
UE: las aeronaves utilizadas por transportistas aéreos de la Unión Europea deben estar registradas en el Estado miembro de la Unión Europea que haya otorgado la autorización al transportista o en otro lugar de la Unión Europea. Respecto del arrendamiento de aeronaves con tripulación, las aeronaves deben pertenecer a personas físicas que cumplan determinados criterios de nacionalidad o a personas jurídicas que cumplan determinados criterios referentes a la propiedad del capital y su control. El funcionamiento de las aeronaves debe estar a cargo de transportistas que pertenezcan a personas físicas que cumplan determinados criterios de nacionalidad o a personas jurídicas que cumplan determinados criterios referentes a la propiedad del capital y su control.
Servicios de reservas informatizados
UE: respecto de los servicios de reserva informatizados (SRI), en aquellos casos en que los proveedores de servicios SRI en el exterior de la Unión Europea no concedan a los transportistas aéreos de la Unión Europea un trato equivalente5 al concedido en la Unión Europea o en aquellos casos en que los transportistas aéreos que no sean de la UE no concedan a los prestadores de servicios SRI de la Unión Europea un trato equivalente al
4 Incluidos los servicios auxiliares del transporte por vías navegables interiores.
5 Por «trato equivalente» se entiende un trato no discriminatorio de los transportistas aéreos de la Unión Europea y de los suministradores de servicios de SRI de la Unión Europea.
concedido en la Unión Europea, se podrán tomar medidas para conceder un trato equivalente a los transportistas aéreos que no sean de la UE por parte de los proveedores de servicios SRI en la Unión Europea o a los proveedores de servicios SRI que no sean de la UE por parte de los transportistas aéreos en la UE, respectivamente.
Transporte por carretera
UE: en cuanto al transporte de pasajeros (CCP 7121 y CCP 7122), los inversores extranjeros no pueden prestar servicios de transporte dentro de un Estado miembro (cabotaje), con excepción del arrendamiento de servicios no regulares de autobuses con conductor.
Sector de la energía
UE: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de las personas jurídicas de Ucrania controladas6 por personas físicas o jurídicas de un país que represente más del 5 % de las importaciones de petróleo o gas natural de la UE7, excepto en los casos en que la UE conceda pleno acceso al sector a las personas físicas o jurídicas de dicho país en el contexto de un acuerdo de integración celebrado con el país en cuestión.
UE: la certificación de un gestor de la red de transporte que esté controlado por una o varias personas físicas o jurídicas de uno o más terceros países podrá ser denegada en aquellos casos en que el gestor no haya demostrado que la concesión de la certificación no pone en riesgo la seguridad del suministro energético en un Estado miembro y/o en la UE, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Directiva 2009/72/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, y en el artículo 11 de la Directiva 2009/73/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural.
BE, BG, CY, CZ, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SI: no hay
obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de los servicios de transporte de combustible por tuberías, distintos de los servicios de consultoría.
LV: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de los servicios de transporte de gas natural por medio de gasoductos, distintos de los servicios de consultoría.
BE, BG, CY, CZ, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO y SK: no
hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de los servicios relacionados con la distribución de energía, distintos de los servicios de consultoría.
SI: no hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto de los servicios relacionados con la distribución de gas, distintos de los servicios de consultoría.
CY: el país se reserva el derecho de exigir reciprocidad en cuanto a las licencias relacionadas con actividades de prospección, exploración y explotación de hidrocarburos.
Servicios editoriales y de imprenta
PL: el editor jefe de diarios y periódicos debe tener la nacionalidad polaca.
6 Una persona jurídica está controlada por otra persona o personas físicas o jurídicas si estas últimas tienen la facultad de nombrar a una mayoría de sus directores o de dirigirla legalmente de otro modo. En particular, se considerará que constituye control la propiedad de más del 50 % de las participaciones de una persona jurídica.
7 Se tomarán como base las cifras publicadas por la Dirección General de Energía en el número más reciente del EU energy statistical pocketbook: las importaciones de petróleo crudo se expresarán en peso y las importaciones de gas, en valor calorífico.
ANEXO XVI-B
LISTA DE COMPROMISOS SOBRE SERVICIOS TRANSFRONTERIZOS
(citada en el artículo 95) PARTE UE
1. La lista de compromisos que figura a continuación indica los sectores de servicios liberalizados por la parte UE en virtud del artículo 95, y, mediante reservas, las limitaciones de acceso a los mercados y al trato nacional aplicables a los servicios y a los proveedores de servicios de Ucrania en esos sectores. Las listas constan de los siguientes elementos:
a) una primera columna indica el sector o subsector en que la Parte asume el compromiso y el ámbito de aplicación de la liberalización a que se aplican las reservas;
b) una segunda columna describe las reservas aplicables.
Cuando la columna a que se hace referencia en la letra b) solo incluye reservas para Estados miembros específicos, los Estados miembros no mencionados en ella asumen compromisos en el sector en cuestión sin reservas (la ausencia de reservas específicas para Estados miembros en un sector dado se entiende sin perjuicio de las reservas horizontales o las reservas sectoriales para toda la UE que se puedan aplicar).
Los sectores o subsectores no mencionados en la siguiente lista no están comprometidos.
2. Para identificar los sectores y subsectores individuales:
a) Por CCP se entiende la Clasificación Central de Productos según la definición de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, Nº 77, CCP prov, 1991.
b) Por CCP ver. 1.0 se entiende la Clasificación Central de Productos según la definición de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, Nº 77, CCP ver. 1.0, 1998.
3. La lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a los requisitos y procedimientos de cualificación, las normas técnicas y los requisitos de licencias y procedimientos cuando no constituyan una limitación del acceso a los mercados o del trato nacional en el sentido de los artículos 93 y 94 del Acuerdo. Dichas medidas (por ejemplo, la necesidad de obtener una licencia, las obligaciones de servicio universal, la necesidad de obtener el reconocimiento de las cualificaciones en sectores regulados, la necesidad de aprobar exámenes específicos, incluidos los exámenes de idiomas, el requisito no discriminatorio de que determinadas actividades no puedan emprenderse en zonas de protección del medio ambiente o áreas de interés histórico o artístico particular) son de aplicación en cualquier caso a los inversores de la otra Parte, incluso si no están enumeradas.
4. La lista que figura a continuación se entiende sin perjuicio de la viabilidad del Modo 1 en determinados sectores y subsectores de servicios y sin perjuicio de la existencia de monopolios públicos y derechos exclusivos según lo descrito en la lista de compromisos sobre establecimiento.
5. De conformidad con el artículo 85, apartado 3, del Acuerdo, la lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a las subvenciones concedidas por las Partes.
6. Los derechos y obligaciones que emanan de la presente lista de compromisos no tendrán eficacia directa y, por consiguiente, no confieren derechos directamente a las personas físicas o jurídicas individuales.
7. Con arreglo al artículo 4, apartado 3, del anexo XVII, las restricciones que se enumeran a continuación no se aplicarán a los sectores afectados por la aproximación de la normativa establecida en el anexo XVII.
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
1. SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS | |
A. Servicios profesionales | |
a) Servicios jurídicos | Modo 1 y 2 |
(CCP 861)8 | AT, CY, ES, EL, LT, MT y SK: la plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para la práctica del Derecho nacional (UE y Estado miembro), está supeditada al requisito de nacionalidad. |
(con exclusión de los servicios de asesoría, documentación y certificación jurídicos prestados por juristas a quienes se encomiendan funciones públicas, como notarios, huissiers de justice u officiers publics et ministériels) | BE y FI: la plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para los servicios de representación legal, está supeditada al requisito de nacionalidad, junto con el requisito de residencia. En BE se aplican cuotas para comparecer ante la Cour de cassation en causas no penales. BG: los abogados extranjeros solo pueden prestar servicios de representación legal de un nacional de su país de origen bajo condición de reciprocidad y de cooperación con un abogado búlgaro. La residencia permanente es obligatoria para los servicios de mediación legal. |
FR: el acceso de los abogados a la profesión de avocat auprès de la Cour de Cassation y avocat auprès du Conseil d’Etat está sometido a cuotas y al requisito de nacionalidad. | |
HU: la plena admisión en el Colegio de Abogados está supeditada al |
8 Incluye asesoría jurídica, representación legal, servicios jurídicos de arbitraje, de conciliación y mediación, y de documentación y certificación. La prestación de servicios jurídicos solo está autorizada con respecto al Derecho internacional público, el Derecho de la UE y la ley de la jurisdicción en la que el inversor o su personal está autorizado a ejercer como abogado y, como en el caso de la prestación de otros servicios, está sujeta a requisitos y procedimientos de autorización aplicables en los Estados miembros de la Unión Europea. Para los abogados que presten servicios jurídicos en materia de Derecho internacional público y Derecho extranjero, dichos requisitos y procedimientos pueden adoptar la forma, entre otras cosas, del cumplimiento de los códigos éticos locales (a menos que se haya obtenido la convalidación con la titulación del país de acogida), requisitos en materia de seguros y la simple inscripción en el Colegio de Abogados del país o una admisión simplificada en el Colegio de Abogados de dicho país mediante un test de aptitud y un domicilio legal o profesional en el país de acogida. Los servicios jurídicos con respecto al Derecho de la UE los prestará o se prestarán, en principio, a través de un abogado plenamente cualificado admitido en el Colegio de Abogados en la UE que actúe en su propio nombre; los servicios jurídicos con respecto al Derecho de un Estado miembro de la Unión Europea los prestará o se prestarán, en principio, a través de un abogado plenamente cualificado admitido en el Colegio de Abogados de ese Estado miembro que actúe en su propio nombre. Por tanto, la plena admisión en el Colegio de Abogados del Estado miembro de la Unión Europea de que se trate podrá ser necesaria para representar clientes ante los tribunales y demás autoridades competentes en la UE, ya que ello implica el ejercicio del Derecho de la UE y del Derecho procesal nacional. No obstante, en determinados Estados miembros, los abogados extranjeros no plenamente admitidos en el Colegio de Abogados están autorizados a representar en procedimientos civiles a una parte que tenga la nacionalidad o pertenezca al Estado en que el abogado esté habilitado a ejercer.
requisito de nacionalidad, junto con el requisito de residencia. Para los abogados extranjeros, el ámbito de las actividades legales está limitado a la prestación de asesoramiento jurídico. LV: requisito de nacionalidad para los abogados jurados, a los que está reservada la representación legal en procedimientos penales. DK: la comercialización de actividades de asesoramiento jurídico está limitada a los abogados con autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional y las sociedades de servicios jurídicos registradas en Dinamarca. Se debe aprobar un examen sobre el Derecho danés para obtener la autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. SE: la admisión en el Colegio de Abogados, necesaria solo para utilizar el título sueco advokat, está supeditada a un requisito de residencia. | |
b) 1. Servicios de contabilidad y teneduría de libros | Modo 1 |
(CCP 86212 excepto «servicios de auditoría», CCP 86213, CCP 86219 y CCP 86220) | FR, HU, IT, MT, RO y SI: sin consolidar. AT: requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes. |
Modo 2 | |
Todos los Estados miembros excepto DE: ninguna. | |
DE: solo pueden llevar a cabo auditorías legales los auditores o empresas de auditoría oficiales autorizadas en Alemania. | |
b) 2. Servicios de auditoría | Modo 1 |
(CCP 86211 y 86212, excepto los servicios de contabilidad) | BE, BG, CY, DE, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PT, RO, SI y UK: sin consolidar. |
AT: requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes y para desempeñar los servicios de auditoría contemplados en las leyes específicas austríacas (por ejemplo ley sobre sociedades anónimas, reglamento de la Bolsa, ley sobre banca, etc.). | |
SE: solo los auditores autorizados en Suecia pueden desempeñar servicios de auditoría legal en determinadas personas jurídicas, como las sociedades de responsabilidad limitada. Solo esas personas pueden ser accionistas y constituir sociedades colectivas para el ejercicio cualificado de la auditoría (con fines oficiales). Se requiere la residencia para la aprobación. | |
Modo 2 | |
Ninguna. | |
c) Servicios de asesoramiento fiscal (CCP 863)9 | Modo 1 AT: requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes. CY: los agentes fiscales deben estar debidamente autorizados por el Ministerio de Finanzas. Esta autorización está sujeta a una prueba de necesidades económicas. Los criterios utilizados son análogos a los utilizados para conceder una autorización para inversiones extranjeras |
9 No incluye los servicios de asesoramiento jurídico y de representación legal sobre asuntos fiscales, que se encuentran en el punto 1.A.a), «Servicios jurídicos».
(enumerados en los compromisos horizontales), y se aplican a este subsector, teniendo siempre en cuenta la situación del empleo en el subsector. BG, MT, RO y SI: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. | |
d) Servicios de arquitectura | Modo 1 |
y | AT: sin consolidar, excepto los servicios de planificación. |
e) Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajística | BE, BG, CY, EL, IT, MT, PL, PT y SI: sin consolidar. DE: aplicación de las normas nacionales sobre honorarios y retribuciones para todos los servicios prestados desde el extranjero. |
(CCP 8671 y CCP 8674) | HU y RO: sin consolidar para los servicios de arquitectura paisajística. |
Modo 2 | |
Ninguna. | |
f) Servicios de ingeniería y | Modo 1 |
g) Servicios integrados de ingeniería | AT y SI: sin consolidar, excepto los servicios de planificación en sentido estricto. |
(CCP 8672 y CCP 8673) | BG, CY, EL, IT, MT y PT: sin consolidar. |
Modo 2 | |
Ninguna. | |
h) Servicios médicos (incluidos los psicólogos) y dentales | Modo 1 AT, BE, BG, CY, DE, DK, EE, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. |
(CCP 9312 y parte de la CCP 85201) | SI: sin consolidar para los servicios de medicina social, sanidad, epidemiología y servicios médicos/ecológicos; suministro de sangre, preparados de sangre y trasplantes y autopsias. |
Modo 2 | |
Ninguna. | |
i) Servicios veterinarios | Modo 1 |
(CCP 932) | AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PT, RO, SI y SK: sin consolidar. |
UK: sin consolidar, excepto en el caso de los servicios veterinarios de laboratorio y técnicos prestados a los cirujanos veterinarios, así como el asesoramiento, la orientación y la información generales (por ejemplo, la asistencia en cuestiones de nutrición y de comportamiento y el cuidado de animales de compañía). | |
Modo 2 | |
Ninguna. | |
j) 1. Servicios proporcionados por comadronas | Modo 1 |
(parte de la CCP 93191) | AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, FR, EL, HU, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. |
j) 2. Servicios prestados por enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico | FI y PL: sin consolidar, excepto en lo que respecta a los enfermeros. Modo 2 |
(parte de la CCP 93191) | Ninguna. |
k) Venta al por menor de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos | Modo 1 AT, BE, BG, DE, CY, CZ, DK, ES, FI, FR, EL, XX, XX, XX, XX, XX, |
XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. | |||
(CCP 63211) | LV y LT: sin consolidar, excepto en lo que se refiere a las ventas por | ||
correspondencia. | |||
y otros servicios | prestados | por | XX: sin consolidar excepto para CCP 63211. |
farmacéuticos10 | |||
Modo 2 | |||
Ninguna. | |||
B. Servicios de informática y servicios conexos (CCP 84) | Modo 1 y 2 Ninguna. | ||
C. Servicios de investigación y desarrollo | |||
a) Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias sociales y las humanidades | Modo 1 y 2 | ||
(CCP 852, excluyendo los servicios psicológicos)11 | |||
b) Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias naturales (CCP 851) y | UE: para los servicios de I&D financiados con fondos públicos, solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y a las personas jurídicas de la Unión Europea que tengan su sede principal en la Unión Europea. | ||
c) Servicios interdisciplinarios de investigación y desarrollo (CCP 853) | |||
D. Servicios inmobiliarios12 | |||
a) Relativos a bienes raíces propios o arrendados | Modo 1 | ||
(CCP 821) | BG, CY, CZ, EE, HU, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SI: Unbound | ||
Modo 2 | |||
Ninguna. | |||
b) A comisión o por contrato | Modo 1 | ||
(CCP 822) | BG, CY, CZ, EE, HU, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SI: sin consolidar. | ||
Modo 2 | |||
Ninguna. | |||
E. Servicios de arrendamiento o alquiler sin operarios | |||
a) Relativos a las embarcaciones (CCP 83103) | Modo 1 BG, CY, DE, XX, MT y RO: sin consolidar. |
10 El suministro al público de productos de farmacia, así como la prestación de otros servicios, está sujeto a requisitos y procedimientos de autorización y cualificación aplicables en los Estados miembros de la Unión Europea. Por regla general, esta actividad está reservada a los farmacéuticos. En determinados Estados miembros, solo el suministro de medicamentos con receta está reservado a los farmacéuticos.
11 Parte de la CCP 85201, que se encuentra en el punto 1.A.h), «Servicios médicos y dentales».
12 El servicio en cuestión se refiere a la profesión de los agentes inmobiliarios y no afecta a ninguno de los derechos y/o restricciones de las personas físicas o jurídicas que adquieren inmuebles.
Modo 2 Ninguna. | ||
b) Relativos a las aeronaves | Modo 1 | |
(CCP 83104) | BG, CY, CZ, HU, LV, MT, PL, RO y SK: sin consolidar. | |
Modo 0 | ||
XX, XX, XX, XX, XX, XX, RO y SK: sin consolidar. | ||
AT, BE, DE, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: las aeronaves utilizadas por transportistas aéreos de la Unión Europea deben estar registradas en el Estado miembro de la Unión Europea que haya otorgado la autorización al transportista aéreo o en otro lugar de la Unión Europea. Pueden otorgarse exoneraciones para contratos de arrendamiento de corto plazo o en casos excepcionales. | ||
c) Relativos a otros medios transporte | de | Modo 1 BG, CY, HU, LV, MT, PL, RO y SI: sin consolidar. |
SE: los proveedores de servicios de alquiler o arrendamiento de coches y determinados vehículos todo terreno (terrängmotorfordon) sin conductor, alquilados o arrendados por un período de tiempo inferior a un año, están obligados a nombrar un responsable de asegurar, entre otras cosas, que el contrato se lleva a cabo con arreglo a las normas y normativas aplicables y que se siguen las normas de seguridad vial en el tráfico por carretera. Dicho responsable debe residir en Suecia. | ||
(CCP 83101, CCP 83102 CCP 83105) | y | Modo 2 Ninguna. |
d) Relativos a otra maquinaria y | Modo 1 | |
equipo | BG, CY, CZ, XX, MT, PL, RO y SK: sin consolidar. | |
(CCP 83106, CCP 83107, | Modo 2 | |
CCP 83108 y CCP 83109) | Ninguna. | |
e) Relativos a efectos personales y enseres domésticos (CCP 832) | Modo 1 y 2 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. | |
f) Arrendamiento de equipo telecomunicaciones (CCP 7541) | de | Modo 1 y 2 Ninguna. |
F. Otros servicios prestados a las empresas | ||
a) Servicios de publicidad (CCP 871) | Modo 1 y 2 Ninguna. | |
b) Servicios de estudios xx xxxxxxx y realización de encuestas de opinión pública (CCP 864) | Modo 1 y 2 Ninguna. | |
c) Servicios de consultores administración (CCP 865) | en | Modo 1 y 2 Ninguna. |
d) Servicios relacionados con los de los consultores en administración (CCP 866) | Modo 1 y 2 HU: sin consolidar para los servicios de arbitraje y conciliación (CCP 86602). |
e) Servicios de ensayo y análisis técnicos | Modo 1 IT: sin consolidar en lo que se refiere a las profesiones de biólogo y analista químico. |
(CCP 0000) | XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SE: sin consolidar. |
Modo 0 | |
XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SE: sin consolidar. | |
f) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura | Modo 1 IT: sin consolidar para las actividades reservadas a los agrónomos y los periti agrari. |
EE, MT, RO y SI: sin consolidar. | |
(parte de la CCP 881) | Modo 2 |
Ninguna. | |
g) Servicios de asesoramiento y | Modo 1 |
consultoría relacionados con la pesca | LV, MT, RO y SI: sin consolidar. |
(parte de la CCP 882) | Modo 2 |
Ninguna. | |
h) Servicios de asesoramiento y | |
consultoría relacionados con las | |
manufacturas | Modo 1 y 2 |
(parte de la CCP 884 y parte de la | |
CCP 885) | Ninguna. |
i) Servicios de oferta y colocación de personal | |
i) 1. Servicios de búsqueda de personal ejecutivo | Modo 1 |
(CCP 87201) | AT, BG, CY, CZ, DE, EE, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, SI y SE: sin consolidar. |
Modo 2 | |
AT, BG, CY, CZ, EE, FI, LV, LT, MT, PL, RO, SK y SI: sin consolidar. | |
i) 2. Servicios de colocación | Modo 1 |
(CCP 87202) | AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, EL, FI, FR, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. |
Modo 2 | |
AT, BG, CY, CZ, EE, FI, LV, LT, MT, PL, RO, SI y SK: sin consolidar. | |
i) 3. Servicios de colocación de personal de apoyo para oficinas | Modo 1 AT, BG, CY, CZ, DE, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SI: sin consolidar. |
(CCP 87203) | Modo 2 |
AT, BG, CY, CZ, EE, FI, LV, LT, MT, PL, RO, SK y SI: sin consolidar. | |
i) 4. Servicios de colocación de | Modo 1 y 2 |
personal doméstico, de otros trabajadores para la industria o el comercio, de personal de enfermería y de otro tipo de personal (CCP 87204, 87205, 87206, 87209) | Todos los Estados miembros excepto HU: sin consolidar. HU: ninguna. |
j) 1. Servicios de investigación (CCP 87301) | Modo 1 y 2 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SI y UK: sin consolidar. |
j) 2. Servicios de seguridad | Modo 1 |
(CCP 87302, CCP 87303, CCP 87304 y CCP 87305) | HU: sin consolidar para CCP 87304 y CCP 87305. BE, BG, CY, CZ, ES, EE, FI, FR, IT, LV, LT, MT, PT, PL, RO, SI y SK: sin consolidar. |
Modo 2 | |
HU: sin consolidar para CCP 87304 y CCP 87305. | |
BG, CY, CZ, EE, LV, LT, MT, PL, RO, SI y SK: sin consolidar. | |
k) Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología | Modo 1 BE, BG, CY, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI y UK: sin consolidar en lo que se refiere a los servicios de exploración. |
(CCP 8675) | Modo 2 |
Ninguna. | |
l) 1. Mantenimiento y reparación de embarcaciones | Modo 1 En el caso de embarcaciones de transporte marítimo: BE, BG, DE, DK, EL, ES, FI, FR, IE, IT, LU, NL, PT, SI y UK: sin consolidar. |
(parte de la CCP 8868) | En el caso de embarcaciones de transporte por vías navegables interiores: UE excepto EE, HU, LV y PL: sin consolidar. |
Modo 2 | |
Ninguna. | |
l) 2. Mantenimiento y reparación de | Modo 1 |
equipo ferroviario | AT, BE, BG, DE, CY, CZ, DK, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, |
XX, XX, PL, PT, RO, SE, SI, SK y UK: sin consolidar. | |
(parte de la CCP 8868) | Modo 2 |
Ninguna. | |
l) 3. Mantenimiento y reparación de vehículos de motor, motocicletas, vehículos para la nieve y equipo de transporte por carretera (CCP 6112, CCP 6122, parte de la CCP 8867 y parte de la CCP 8868) | Modo 1 y 2 Ninguna. |
l) 4. Mantenimiento y reparación de | Modo 1 |
aeronaves y sus partes | BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, IE, IT, LT, LU, MT, NL, |
PT, RO, SK, SI, SE y UK: sin consolidar. | |
(parte de la CCP 8868) | Modo 2 |
Ninguna. | |
l) 5. Servicios de mantenimiento y reparación de productos de metal, de maquinaria (que no sea para oficina), | Modo 1 y 2 |
de equipos (que no sean para oficina ni para transporte) y enseres domésticos y personales13 (CCP 633, CCP 7545, CCP 8861, CCP 8862, CCP 8864, CCP 8865 y CCP 8866) | Ninguna. | |||
m) Servicios de limpieza de edificios | Modo 1 | |||
(CCP 874) | AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. | |||
Modo 2 | ||||
Ninguna. | ||||
n) Servicios fotográficos | Modo 1 | |||
(CCP 875) | BG, EE, MT y PL: sin consolidar para el suministro de servicios aerofotográficos. | |||
LV: sin consolidar para los servicios de fotografía especializada (CCP 87504) | ||||
Modo 2 | ||||
Ninguna. | ||||
o) Servicios de empaquetado (CCP 876) | Modo 1 y 2 Ninguna. | |||
p) Servicios editoriales y de imprenta (CCP 88442) | Modo 1 y 2 Ninguna. | |||
q) Servicios de congresos (parte de la CCP 87909) | Modo 1 y 2 Ninguna. | |||
r) Los demás | ||||
r) 1. Servicios interpretación | de | traducción | e | Modo 1 PL: sin consolidar para los servicios de traducción e interpretación juradas. |
HU y SK: sin consolidar para la traducción e interpretación oficiales. | ||||
(CCP 87905) | Modo 2 | |||
Ninguna. | ||||
r) 2. Servicios de decoración de interiores y otros servicios especializados de diseño | Modo 1 DE: aplicación de las normas nacionales sobre honorarios y retribuciones para todos los servicios prestados desde el extranjero. | |||
(CCP 87907) | Modo 2 | |||
Ninguna. | ||||
r) 3. Servicios cobranzas (CCP 87902) | de | agencias | de | Modo 1 y 2 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: sin consolidar. |
r) 4. Servicios de información crediticia | Modo 1 y 2 |
13 Los servicios de mantenimiento y reparación de equipos de transporte (CCP 6112, 6122, 8867 y CCP 8868) se encuentran en los puntos l.F.l) 1 a 1.F.l) 4.
(CCP 87901) | BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: sin consolidar. |
r) 5. Servicios de copia y | |
reproducción | Modo 1 |
(CCP 87904)14 | AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, XX, XX, XX, |
XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. | |
Modo 2 | |
Ninguna. | |
r) 6. Servicios de asesoramiento | |
relacionados con las | |
telecomunicaciones | Modo 1 y 2 |
(CCP 7544) | Ninguna. |
r) 7. Servicios de contestación de llamadas telefónicas (CCP 87903) | Modo 1 y 2 Ninguna. |
2. SERVICIOS DE COMUNICACIONES | |
A. Servicios postales y de mensajeros (Servicios relativos al despacho15 de objetos de correspondencia16 de conformidad con la siguiente lista de subsectores, para destinos nacionales o extranjeros: | |
i) despacho de comunicaciones escritas con destinatario específico en cualquier tipo de medio físico17, incluidos: el servicio postal híbrido y el correo directo; ii) despacho de paquetes y bultos con destinatario específico18; iii) despacho de productos periodísticos con destinatario específico20; | Modo 1 y 2 Ninguna19 |
14 No incluye los servicios de imprenta, clasificados en la CCP 88442 y que se encuentran en el punto 1.F.p).
15 Se entenderá que el término «despacho» comprende la admisión, la clasificación, el transporte y la entrega.
16 La expresión «objetos de correspondencia» hace referencia a objetos despachados por cualquier clase de operador comercial, ya sea público o privado.
17 Por ejemplo, cartas o postales.
18 Entre otros, libros, catálogos, etc.
19 Para los subsectores i) a iv), podrán exigirse licencias individuales que impongan obligaciones de servicio universal específicas y/o una contribución financiera a un fondo de compensación.
20 Revistas, diarios y publicaciones periódicas.
iv) despacho de los objetos mencionados en los puntos i) a iii) como correo certificado o asegurado; v) servicios de envío urgentes21 de los objetos mencionados en los puntos i) a iii); vi) despacho de objetos sin destinatario específico; vii) intercambio de documentos22. Los subsectores i), iv) y v) quedan excluidos cuando entran dentro del ámbito de los servicios que pueden ser reservados, que son: los objetos de correspondencia cuyo precio es inferior a dos veces y media la tarifa pública básica, siempre que tengan un peso inferior a 50 g23, más el servicio de correo certificado utilizado en los procedimientos judiciales o administrativos.) (parte de la CCP 751, parte de la CCP 7123524 y parte de la CCP 73210)25 | |
B. Servicios de telecomunicaciones (Estos servicios no engloban la actividad económica consistente en el suministro del contenido que necesita de los servicios de telecomunicaciones para su transporte.) | |
a) Todos los servicios que consisten | Modo 1 y 2 |
21 Los servicios de envío urgente pueden incluir, además de mayor celeridad y fiabilidad, elementos de valor añadido como la recogida desde el punto de envío, la entrega en persona al destinatario, la localización y el seguimiento del envío, la posibilidad de modificar el destino y el destinatario de este una vez enviado o el acuse de recibo.
22 Suministro de medios, incluido el suministro de locales ad hoc y transporte realizado por un tercero, que permitan la autoentrega mediante intercambio mutuo de objetos de correspondencia entre usuarios que se hayan suscrito al servicio. La expresión «objetos de correspondencia» hace referencia a objetos despachados por cualquier clase de operador comercial, sea público o privado.
23 «Objetos de correspondencia»: comunicación en forma escrita en cualquier medio físico enviada y entregada en la dirección indicada por el remitente en el propio objeto o en su embalaje. No se consideran objetos de correspondencia los libros, los catálogos, los diarios ni las publicaciones periódicas.
24 Transporte de correspondencia por cuenta propia mediante cualquier tipo de transporte terrestre.
25 Transporte de correspondencia por cuenta propia mediante transporte aéreo.
en la transmisión y recepción de señales a través de cualquier medio electromagnético26, con exclusión de la difusión27 | Ninguna. |
b) Servicios de transmisión de emisiones por satélite28 | Modo 1 y 2 UE: ninguna, excepto que los proveedores de servicios de este sector pueden estar sujetos a obligaciones para proteger objetivos de interés general relativos a la transmisión de contenidos a través de su red de conformidad con el marco regulador de la UE en materia de comunicaciones electrónicas. BE: sin consolidar. |
3. SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA CONEXOS | |
Servicios de construcción y servicios de ingeniería conexos (CCP 511, CCP 512, CCP 513, CCP 514, CCP 515, CCP 516, CCP 517 y CCP 518) | Modo 1 y 2 Ninguna. |
4. SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN (excluida la distribución xx xxxxx, municiones, explosivos y demás material xx xxxxxx) | |
A. Servicios de comisionistas a) Servicios de comisionistas de vehículos automotores, motocicletas y vehículos para la nieve y de sus repuestos y accesorios (parte de la CCP 61111, parte de la CCP 6113 y parte de la CCP 6121) b) Otros servicios de comisionistas (CCP 621) B. Servicios comerciales al por mayor a) Servicios comerciales al por mayor de vehículos automotores, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios (parte de la CCP 61111, parte de la CCP 6113 y parte de la CCP 6121) b) Servicios comerciales al por | Modo 1 y 2 UE excepto AT, SI, SE y FI: sin consolidar para distribución de productos químicos y de metales (y piedras) preciosos. AT: sin consolidar para la distribución de artículos pirotécnicos, artículos inflamables, dispositivos de explosión y sustancias tóxicas. AT y BG: sin consolidar para la distribución de productos para uso médico como aparatos médicos y quirúrgicos, sustancias médicas y objetos para uso médico. Modo 0 XX, XX, XX, XX y RO: sin consolidar para la distribución de tabaco y productos derivados del tabaco. IT: para los servicios comerciales al por mayor, monopolio estatal del tabaco. BG, FI, PL y RO: sin consolidar para la distribución de bebidas alcohólicas. SE: sin consolidar para la venta al por menor de bebidas alcohólicas. |
26 Estos servicios no incluyen la información en línea y/o el procesamiento de datos (incluido el procesamiento de transacciones) (parte de la CCP 843), que se encuentran en el punto 1.B., «Servicios de informática».
27 Se entiende por difusión la cadena ininterrumpida de transmisión necesaria para la distribución de señales de programas de televisión y de radio al público en general, quedando excluidos los enlaces de contribución entre operadores.
28 Estos servicios cubren el servicio de telecomunicaciones consistente en la transmisión y recepción de emisiones de radio y televisión difundidas por satélite (la cadena ininterrumpida de transmisión vía satélite requerida para la distribución de señales de programas de televisión y de radio al público en general). Se incluye la venta de servicios vía satélite, pero no la venta de paquetes de programas de televisión a usuarios particulares.
mayor de equipos terminales de telecomunicación (parte de la CCP 7542) c) Otros servicios comerciales al por mayor (CCP 622 excluidos los servicios comerciales al por mayor de productos energéticos29) C. Servicios comerciales al por menor30 Servicios comerciales al por menor de vehículos automotores, motocicletas y vehículos para la nieve y de sus repuestos y accesorios (CCP 61112, parte de la CCP 6113 y parte de la CCP 6121) Servicios comerciales al por menor de equipos terminales de telecomunicación (parte de la CCP 7542) Servicios de venta al por menor de alimentos (CCP 631) Servicios de venta al por menor de otros productos (no energéticos), excepto productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos31 (CCP 632, excluidas la CCP 63211 y la CCP 63297) D. Servicios de franquicia (CCP 0000) | XX, XX, XX, XX, XX, XX y SI: sin consolidar para la distribución de productos farmacéuticos. BG, HU y PL: sin consolidar para servicios de corredores de mercancías. FR: para los servicios de comisionistas, sin consolidar para comerciantes e intermediarios que actúan en diecisiete mercados de interés nacional de alimentos frescos. Sin consolidar para el comercio al por mayor de productos farmacéuticos. MT: sin consolidar para los servicios de comisionistas. BE, BG, CY, DE, DK, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: para los servicios de venta al por menor, sin consolidar, excepto para las ventas por correspondencia. |
5. SERVICIOS DE ENSEÑANZA (servicios de financiación privada únicamente) | |
A. Servicios de enseñanza primaria (CCP 921) | Modo 1 BG, CY, FI, FR, IT, MT, RO, SE y SI: sin consolidar. Modo 2 CY, FI, MT, RO, SE y SI: sin consolidar. |
B. Servicios de enseñanza secundaria (CCP 922) | Modo 1 BG, CY, FI, FR, IT, MT, RO y SE: sin consolidar. |
29 Estos servicios, que incluyen la CCP 62271, se encuentran en «Servicios de energía», en el punto 18.D.
30 No incluye servicios de mantenimiento y reparación, que se encuentran en «Servicios prestados a las empresas», puntos 1.B y 1.F.l).
31 Las ventas al por menor de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos se encuentran en «Servicios profesionales», en el punto 1.A.k).
Modo 2 CY, FI, MT, RO y SE: sin consolidar. Modo 1 y 2 LV: sin consolidar para los servicios de enseñanza secundaria técnica y profesional de tipo escolar para estudiantes con discapacidad (CCP 9224). | |
C. Servicios de enseñanza superior (CCP 923) | Modo 1 AT, BG, CY, FI, MT, RO y SE: sin consolidar. FR: requisito de nacionalidad. Sin embargo, los extranjeros pueden obtener autorización de las autoridades competentes para establecer y dirigir centros de enseñanza y para enseñar. IT: requisito de nacionalidad para los proveedores de servicios autorizados a expedir títulos reconocidos oficialmente. Modo 2 AT, BG, CY, FI, MT, RO y SE: sin consolidar. Modo 1 y 2 CZ y SK: sin consolidar para los servicios de enseñanza superior excepto en el caso de los servicios de enseñanza técnica y profesional postsecundaria (CCP 92310). |
D. Servicios de enseñanza para adultos (CCP 924) | Modo 1 y 2 CY, FI, MT, RO y SE: sin consolidar. AT: sin consolidar para los servicios de enseñanza de adultos mediante emisiones radiofónicas o televisivas. |
E. Otros servicios de enseñanza (CCP 929) | Modo 1 y 2 AT, BE, BG, CY, DE, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SI, SE y UK: sin consolidar. |
6. SERVICIOS AMBIENTALES | |
A. Servicios de aguas residuales (CCP 9401)32 B. Gestión de residuos sólidos peligrosos, excluido el transporte transfronterizo de residuos peligrosos a) Servicios de eliminación de desperdicios (CCP 9402) b) Servicios de saneamiento y servicios similares (CCP 9403) C. Protección del aire ambiental y del clima (CCP 9404)33 D. Recuperación y limpieza de | Modo 1 UE: sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. Modo 2 Ninguna. |
32 Corresponde a servicios de alcantarillado.
33 Corresponde a servicios de depuración de gases de escape
suelos y aguas a) Tratamiento, recuperación de suelos y aguas contaminadas (parte de la CCP 94060)34 E. Disminución del ruido y de la vibración (CCP 9405) F. Protección de la biodiversidad y del paisaje a) Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje (parte de la CCP 9406) G. Otros servicios ambientales y servicios auxiliares (CCP 94090) | |
7. SERVICIOS FINANCIEROS | |
A. Seguros y servicios relacionados con los seguros | Modo 1 y 2 AT, BE, CZ, DE, DK, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para el seguro de riesgos relacionados con: i) el transporte marítimo, la aviación comercial y el lanzamiento y transporte espaciales (incluidos los satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad que pueda derivarse de los mismos; y ii) las mercancías en tránsito internacional. AT: se prohíben las actividades de promoción y la intermediación en nombre de una filial no establecida en la Unión Europea o de una sucursal no establecida en Austria (excepto en materia de reaseguros y retrocesión). Los seguros obligatorios de transporte aéreo, excepto en el caso de los seguros de transporte aéreo comercial internacional, solo pueden ser suscritos por filiales establecidas en la Unión Europea o sucursales establecidas en Austria. DK: el seguro obligatorio de transporte aéreo solo puede ser suscrito por compañías establecidas en la Unión Europea. Ninguna persona ni sociedad (incluidas las compañías de seguros) puede cooperar en realizar seguros directos con fines comerciales para personas residentes en Dinamarca, embarcaciones de Dinamarca o bienes situados en Dinamarca, salvo las compañías de seguros autorizadas por la legislación de Dinamarca o por las autoridades competentes de Dinamarca. DE: las pólizas de seguro obligatorio de transporte aéreo solo pueden ser suscritas por filiales establecidas en la Unión Europea o sucursales establecidas en Alemania. Si una compañía de seguros extranjera ha establecido una sucursal en Alemania, podrá firmar contratos de seguros en Alemania relacionados con el transporte internacional solo a través de la sucursal establecida en Alemania. FR: el seguro de riesgos relacionados con el transporte terrestre solo |
34 Corresponde a partes de Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje.
puede efectuarse por compañías de seguros establecidas en la Unión Europea. PL: sin consolidar, excepto para reaseguro, retrocesión y seguro de mercancías objeto de transporte internacional. PT: el seguro de transporte aéreo y marítimo, incluido el seguro de mercancías, aeronaves, cascos y responsabilidad civil, solo puede ser suscrito por compañías establecidas en la UE; solo las personas y empresas establecidas en la UE pueden actuar en Portugal como intermediarios de esas operaciones de seguros. Modo 1 AT, BE, CZ, DE, DK, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar para los servicios directos de intermediación de seguros, excepto para el seguro de riesgos relacionados con: i) el transporte marítimo, la aviación comercial y el lanzamiento y transporte espaciales (incluidos los satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad que pueda derivarse de los mismos; y ii) las mercancías en tránsito internacional. BG: sin consolidar para los seguros directos, excepto en lo que se refiere a los servicios ofrecidos por proveedores extranjeros a extranjeros en el territorio de la República de Bulgaria. El seguro de transporte, que abarca las mercancías, los propios vehículos y la responsabilidad por riesgos situados en la República de Bulgaria no puede ser suscrito directamente por compañías de seguros extranjeras. Una compañía de seguros extranjera puede celebrar contratos de seguro solamente a través de una sucursal. Sin consolidar para el seguro de depósitos y sistemas similares de compensaciones, así como regímenes de seguro obligatorios. CY, LV y MT: sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para el seguro de riesgos relacionados con: i) el transporte marítimo, la aviación comercial y el lanzamiento y transporte espaciales (incluidos los satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad que pueda derivarse de los mismos; y ii) las mercancías en tránsito internacional. LT: sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para el seguro de riesgos relacionados con: i) el transporte marítimo, la aviación comercial y el lanzamiento y transporte espaciales (incluidos los satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad que pueda derivarse de los mismos; y ii) las mercancías en tránsito internacional, excepto las que utilicen el transporte terrestre cuando el riesgo esté situado en Lituania. BG, LV, LT y PL: sin consolidar en lo que se refiere a la intermediación de seguros. FI: solamente los aseguradores que tengan su oficina principal en la UE o una sucursal en Finlandia pueden ofrecer servicios de seguros directos (incluido el coaseguro). La prestación de servicios de correduría de seguros queda condicionada al establecimiento de una |
sede permanente de actividad en la UE. HU: solo se permite el suministro de servicios de seguro directo en el territorio xx Xxxxxxx por parte de compañías de seguros no establecidas en la UE a través de una sucursal registrada en Hungría. IT: sin consolidar en lo que se refiere a la profesión actuarial. Solo las compañías de seguros establecidas en la Unión Europea pueden suscribir seguros de transporte de mercancías, seguros de vehículos como tales y seguros de responsabilidad civil respecto de riesgos situados en Italia. Esta reserva no se aplica al transporte internacional de mercancías importadas por Italia. SE: solo se permite el suministro de servicios de seguro directo a través de un asegurador autorizado en Suecia, siempre que el proveedor de servicios extranjero y la compañía de seguros sueca pertenezcan a un mismo grupo de sociedades o tengan un acuerdo de cooperación entre ellos. ES: para los servicios actuariales, requisito de residencia y tres años de experiencia pertinente. Modo 2 AT, BE, BG, CZ, CY, DE, DK, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SE, SI y UK: sin consolidar en lo que se refiere a la intermediación. BG: en el caso de seguros directos, las personas físicas y jurídicas búlgaras, así como las personas extranjeras que desempeñan una actividad mercantil en el territorio de la República de Bulgaria, pueden suscribir contratos de seguros, con respecto a su actividad en Bulgaria, únicamente con los proveedores que estén autorizados a realizar actividades de seguros en ese país. La indemnización en virtud del seguro resultante de estos contratos será abonada en Bulgaria. Sin consolidar para el seguro de depósitos y sistemas similares de compensaciones, así como regímenes de seguro obligatorios. IT: solo las compañías de seguros establecidas en la Unión Europea pueden suscribir seguros de transporte de mercancías, seguros de vehículos como tales y seguros de responsabilidad civil respecto de riesgos situados en Italia. Esta reserva no se aplica al transporte internacional de mercancías importadas por Italia. | |
B. Servicios bancarios y demás servicios financieros (excluidos los seguros) | Modo 1 AT, BE, BG, CZ, DE, DK, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar, excepto para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación. BE: se requiere el establecimiento en Bélgica para la prestación de servicios de asesoramiento en materia de inversiones. BG: pueden aplicarse limitaciones y condiciones relativas al uso de la red de telecomunicaciones. CY: sin consolidar, excepto para el intercambio comercial de valores transferibles, para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación. EE: se requiere autorización de la Agencia de Supervisión financiera de Estonia e inscripción en el registro de la entidad de conformidad |
con la legislación estonia, como sociedad anónima, filial o sucursal. Se requiere el establecimiento de una empresa de gestión especializada para desempeñar las actividades de gestión de fondos de inversión, y solo las empresas con domicilio social en la Unión Europea pueden actuar como depositarios de los activos de los fondos de inversión. LT: se requiere el establecimiento de una empresa de gestión especializada para desempeñar las actividades de gestión de fondos de inversión, y solo las empresas con domicilio social o sucursal en Lituania pueden actuar como depositarios de los activos de los fondos de inversión. IE: para la prestación de servicios de inversiones o de asesoramiento sobre inversiones se necesita: I) tener autorización en Irlanda para lo que normalmente se requiere que la entidad esté constituida como sociedad anónima o que sea una sociedad colectiva o un comerciante individual, en todos los casos con oficina principal/registrada en Irlanda (la autorización puede no exigirse en ciertos casos, por ejemplo si un proveedor de servicios de un tercer país no tiene presencia comercial en Irlanda y no presta servicios a particulares), o II) tener autorización en otro Estado miembro de conformidad con la Directiva relativa a los servicios de inversión de la UE. IT: sin consolidar en lo que se refiere a los promotori di servizi finanziari (promotores de servicios financieros). LV: sin consolidar, excepto para la participación en emisiones de toda clase de valores, para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación. LT: se requiere presencia comercial para la administración de fondos de pensiones. MT: sin consolidar, excepto para la aceptación de depósitos, los préstamos de todo tipo, el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros, así como para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación. PL: para el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros y de programas informáticos correspondientes: Obligación de utilizar la red pública de telecomunicaciones o la red de otro operador autorizado. RO: sin consolidar en lo que se refiere al arrendamiento financiero, el intercambio comercial de instrumentos xxx xxxxxxx monetario, cambio de divisas, productos derivados, tipos de cambio e instrumentos xxx xxxxxxx cambiario, valores transferibles y otros instrumentos y activos financieros negociables, la participación en emisiones de toda clase de valores, la gestión de activos y los servicios de pago y compensación respecto de activos financieros. Solo se permiten los servicios de pago y transferencia monetaria por intermedio de un banco residente. SI: i) Participación en emisiones de bonos xxx Xxxxxx, administración de fondos de pensiones: sin consolidar. |
ii) Todos los demás subsectores, excepto el suministro y transferencia de información financiera, la aceptación de créditos (préstamos de todo tipo), y aceptación de garantías y compromisos de instituciones de crédito extranjeras por entidades jurídicas nacionales y empresas individuales: sin consolidar. Los miembros de la Bolsa de Eslovenia deben estar constituidos en la República de Eslovenia o ser sucursales de empresas o bancos extranjeros de inversión. Modo 2 BG: pueden aplicarse limitaciones y condiciones relativas al uso de la red de telecomunicaciones. PL: para el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros y de programas informáticos correspondientes: obligación de utilizar la red pública de telecomunicaciones o la red de otro operador autorizado. | |
8. SERVICIOS SOCIALES Y DE SALUD (servicios de financiación privada únicamente) | |
A. Servicios hospitalarios (CCP 9311) C. Servicios de instituciones residenciales de salud distintos de los servicios hospitalarios (CCP 93193) | Modo 0 XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, EL, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
D. Servicios sociales (CCP 933) | Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, EL, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. Modo 2 BE: sin consolidar para los servicios sociales distintos de los establecimientos de descanso y para convalecientes y residencias para ancianos. |
9. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES | |
A. Hoteles, restaurantes y servicios de comidas por encargo (CCP 641, CCP 642 y CCP 643) excluido el suministro de comidas por encargo en el sector de los servicios de transporte aéreo35 | Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: sin consolidar, excepto en lo que se refiere a los servicios de suministro de comidas por encargo. Modo 2 Ninguna. |
B. Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo (incluidos los organizadores de viajes | Modo 1 BG y HU: sin consolidar. Modo 2 |
35 El suministro de comidas por encargo en los servicios de transporte aéreo se encuentra en «Servicios auxiliares a los servicios de transporte aéreo», en el punto 12.D.a), «Servicios de asistencia en tierra».
en grupo) (CCP 7471) | Ninguna. |
C. Servicios de guías de turismo (CCP 7472) | Modo 0 XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SI: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
10. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES Y DEPORTIVOS (excepto los servicios audiovisuales) | |
A. Servicios de espectáculos (incluidos servicios de teatro, bandas y orquestas, circos y discotecas) (CCP 9619) | Modo 1 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SI y UK: sin consolidar. Modo 0 XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SI: sin consolidar. BG: sin consolidar, excepto para servicios artísticos de productores teatrales, grupos de cantantes, bandas y orquestas (CCP 96191); servicios prestados por autores, compositores, escultores, artistas del espectáculo y otros artistas que trabajan individualmente (CCP 96192); servicios auxiliares de teatro (CCP 96193). EE: sin consolidar para otros servicios de espectáculos (CCP 96199), excepto para los servicios relativos al cine y el teatro. LT y LV: sin consolidar, excepto para los servicios relativos al funcionamiento del cine y el teatro (parte de la CCP 96199). |
B. Servicios de agencias de noticias y de prensa (CCP 962) | Modo 1 y 2 Ninguna. |
C. Bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales (CCP 963) | Modo 1 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: sin consolidar. Modo 2 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: sin consolidar. |
D. Servicios deportivos (CCP 9641) | Modo 1 y 2 AT: sin consolidar para servicios de escuelas de esquí y de guías de montaña. BG, CZ, LV, MT, PL, RO y SK: sin consolidar. Modo 1 CY y EE: sin consolidar. |
E. Servicios de parques de recreo y playas (CCP 96491) | Modo 1 y 2 Ninguna. |
11. SERVICIOS DE TRANSPORTE | |
A. Transporte marítimo: a) transporte internacional de pasajeros | Modo 1 y 2 BG, CY, DE, EE, ES, FR, FI, EL, IT, LT, LV, MT, PT, RO, SI y SE: se requiere autorización para los servicios de transbordo. |
(CCP 7211 menos el transporte xx xxxxxxxx nacional36) b) transporte internacional de carga (CCP 7212 menos el transporte xx xxxxxxxx nacional30)37 | |
B. Transporte por vías navegables interiores a) transporte de pasajeros (CCP 7221 menos el transporte xx xxxxxxxx nacional36) | Modo 1 y 2 UE: las medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin-Meno-Xxxxxxx) reservan algunos derechos de tráfico para operadores radicados en los países correspondientes y que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Reglamentos de aplicación del Convenio xx Xxxxxxxx para la Navegación del Rin y Convenio xx Xxxxxxxx sobre la navegación xxx Xxxxxxx. AT: se requiere domicilio social o establecimiento permanente en Austria. BG, CY, CZ, EE, FI, HU, LT, MT, RO, SE, SI y SK: sin consolidar. |
b) transporte de carga (CCP 7222 menos el transporte xx xxxxxxxx nacional37) | |
C. Transporte por ferrocarril a) transporte de pasajeros (CCP 7111) b) transporte de carga (CCP 7112) | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
D. Transporte por carretera a) transporte de pasajeros (CCP 7121 y CCP 7122) b) transporte de carga (CCP 7123, excluido el transporte de correspondencia por cuenta propia38). | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
E. Transporte de mercancías que no sean combustible por tuberías39 | Modo 1 UE: sin consolidar. |
36 Sin perjuicio del ámbito de actividades que puedan considerarse xx xxxxxxxx en el marco de la legislación nacional pertinente, la presente lista no incluye el transporte marítimo xx xxxxxxxx, que se considera abarca el transporte de pasajeros o mercancías entre un puerto o lugar situado en un Estado miembro de la Unión Europea y un puerto o lugar situado en el mismo Estado miembro, incluida su plataforma continental con arreglo a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, así como el tráfico con origen y destino en el mismo puerto o lugar situado en un Estado miembro de la Unión Europea.
37 Incluye servicios de transbordo y traslado de equipos vacíos por proveedores de transporte marítimo internacional entre puertos situados en un mismo Estado.
38 Parte de la CCP 71235, que se encuentran en «Servicios de comunicaciones» en el punto 2.A.,
«Servicios de correos y mensajería».
39 El transporte de combustible por tuberías se encuentra en «Servicios de energía» en el punto 13.B.
(CCP 7139) | Modo 0 XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, EL, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. |
12. SERVICIOS AUXILIARES DEL TRANSPORTE40 | |
A. Servicios auxiliares del transporte marítimo a) Servicios de carga y descarga marítima b) Servicios de almacenamiento (parte de la CCP 742) c) Servicios de despacho de aduanas d) Servicios de contenedores y de depósito e) Servicios de agencia marítima f) Servicios de expedición de cargamentos marítimos g) Alquiler de embarcaciones con tripulación (CCP 7213) h) Servicios de remolque y tracción (CCP 7214) i) Servicios auxiliares del transporte marítimo (parte de la CCP 745) j) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de la CCP 749) | Modo 1 UE: sin consolidar para servicios de carga y descarga marítima, servicios de remolque y tracción, servicios de despacho de aduanas y servicios de estaciones y depósitos de contenedores. AT, BG, CY, CZ, DE, EE, HU, LT, MT, PL, RO, SK, SI y SE: sin consolidar para el alquiler de embarcaciones con tripulación. BG: sin consolidar AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: sin consolidar para los servicios de almacenamiento. Modo 2 Ninguna. |
B. Servicios auxiliares del transporte por vías navegables interiores a) Servicios de carga y descarga (parte de la CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte de la CCP 742) c) Servicios de agencia de transporte de carga (parte de la CCP 748) d) Alquiler de embarcaciones con tripulación (CCP 7223) e) Servicios de remolque y tracción (CCP 7224) f) Servicios auxiliares del transporte | Modo 1 y 2 UE: medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin-Meno-Xxxxxxx), que reservan algunos derechos de tráfico para operadores radicados en los países correspondientes que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Reglamentos de aplicación del Convenio xx Xxxxxxxx para la Navegación del Rin. UE: sin consolidar para los servicios de remolque y tracción. Modo 1 AT, BG, CY, CZ, DE, EE, FI, HU, LV, LT, MT, RO, SK, SI y SE: sin consolidar para el alquiler de embarcaciones con tripulación. |
40 No incluye servicios de mantenimiento y reparación de los equipos de transporte, que se encuentra en
«Servicios a empresas», puntos 1.F.l) 1 a 1.F.l) 4.
por vías navegables interiores (parte de la CCP 745) g) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de la CCP 749) | |
C. Servicios auxiliares del transporte ferroviario a) Servicios de carga y descarga (parte de la CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte de la CCP 742) c) Servicios de agencia de transporte de carga (parte de la CCP 748) d) Servicios de remolque y tracción (CCP 7113) e) Servicios auxiliares para el transporte por ferrocarril (CCP 743) f) Otros servicios complementarios y auxiliares (parte de la CCP 749) | Modo 1 UE: sin consolidar para los servicios de remolque y tracción. Modo 2 Ninguna. |
D. Servicios auxiliares del transporte por carretera a) Servicios de carga y descarga (parte de la CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte de la CCP 742) c) Servicios de agencia de transporte de carga (parte de la CCP 748) d) Alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor (CCP 7124) e) Servicios auxiliares del transporte por carretera (CCP 744) f) Otros servicios complementarios y auxiliares (parte de la CCP 749) | Modo 1 AT, BG, CY, CZ, EE, HU, LV, LT, MT, PL, RO, SK, SI y SE: sin consolidar para el alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor. Modo 2 Ninguna. |
E. Servicios auxiliares de servicios de transporte aéreo | |
a) Servicios de asistencia en tierra (incluidos los servicios de suministro de comidas por encargo) | Modo 1 UE: sin consolidar, excepto en lo que se refiere a los servicios de suministro de comidas por encargo: |
Modo 0 XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SI: sin consolidar. | |
b) Servicios de almacenamiento (parte de la CCP 742) | Modo 1 y 2 Ninguna. |
c) Servicios de agencia de transporte de carga (parte de la CCP 748) | Modo 1 y 2 Ninguna. |
d) Arrendamiento de aeronaves con tripulación (CCP 734) | Modo 1 y 2 UE: las aeronaves utilizadas por transportistas aéreos de la Unión Europea deben estar registradas en los Estados miembros que hayan otorgado la autorización al transportista o en otro lugar de la Unión Europea. Para registrar una aeronave puede exigirse que pertenezca a personas físicas que cumplan determinados criterios de nacionalidad o a personas jurídicas que cumplan determinados criterios referentes a la propiedad del capital y su control. Excepcionalmente, las aeronaves registradas fuera de la UE pueden ser arrendadas por un transportista aéreo de la Unión Europea en circunstancias específicas para satisfacer necesidades excepcionales de dicho transportista, necesidades de capacidad de carácter estacional o necesidades para superar dificultades operativas, que no pueden satisfacerse razonablemente mediante el arrendamiento de aeronaves matriculadas en la Unión Europea y siempre que se obtenga la autorización por un tiempo limitado del Estado miembro de la Unión Europea que otorga la autorización al transportista aéreo de la Unión Europea. |
e) Ventas y comercialización f) Servicios de reservas informatizados | Modo 1 y 2 UE: en aquellos casos en que los proveedores de servicios SRI en el exterior de la Unión Europea no concedan a los transportistas aéreos de la Unión Europea un trato equivalente41 al concedido en la Unión Europea o en aquellos casos en que los transportistas aéreos que no sean de la UE no concedan a los prestadores de servicios SRI de la Unión Europea un trato equivalente al concedido en la Unión Europea, se podrán tomar medidas para conceder un trato equivalente a los transportistas aéreos que no sean de la UE por parte de los proveedores de servicios SRI en la Unión Europea o a los proveedores de servicios SRI que no sean de la UE por parte de los transportistas aéreos en la UE, respectivamente. |
g) Gestión de aeropuertos | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
F. Servicios auxiliares del transporte por tuberías de mercancías que no sean combustible42 | Modo 1 |
41 Por «trato equivalente» se entiende un trato no discriminatorio de los transportistas aéreos de la Unión Europea y de los suministradores de servicios de SRI de la Unión Europea.
42 Los servicios auxiliares del transporte de combustible por tuberías se encuentran en «Servicios de energía» en el punto 13.C.
a) Servicios de almacenamiento de mercancías que no sean combustible transportadas por tuberías (parte de la CCP 742) | AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
13. OTROS SERVICIOS DE TRANSPORTE | |
Suministro de servicios de transporte combinado | BE, DE, DK, EL, ES, FI, FR, IE, IT, LU, NL, PT y UK: ninguna, sin perjuicio de las limitaciones de la presente Lista de Compromisos que afecten a todos los medios de transporte. AT, BG, CY, CZ, EE, HU, LT, LV, MT, PL, RO, SE, SI y SK: sin consolidar. |
14. SERVICIOS DE ENERGÍA | |
A. Servicios relacionados con la minería | Modo 1 y 2 Ninguna. |
(CCP 883)43 | |
B. Transporte de combustible por tuberías (CCP 7131) | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 0 XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, EL, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. |
C. Servicios de almacenamiento de combustible transportado por tuberías (parte de la CCP 742) | Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
D. Servicios de comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos y productos similares (CCP 62271) y servicios comerciales al por mayor de electricidad, vapor y agua caliente | Modo 1 UE: sin consolidar para los servicios comerciales al por mayor de electricidad, vapor y agua caliente. Modo 2 Ninguna. |
X. Xxxxx al por menor de carburante (CCP 613) | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
43 Incluye el siguiente servicio prestado a comisión o por contrato: servicios de consultoría y asesoramiento relacionados con la minería, preparación del terreno, instalación xx xxxxxx de perforación terrestres, perforación, servicios relativos a las barrenas, servicios relativos al entubado de revestimiento y los productos tubulares, ingeniería y suministro de lodos, control de sólidos, operaciones especiales de pesca y en el fondo xxx xxxx, geología xx xxxxx y control de la perforación, extracción de testigos, pruebas xx xxxxx, servicios de guaya fina, suministro y utilización de fluidos de terminación (salmueras), suministro e instalación de dispositivos de terminación, cementación (bombeo a presión), servicios de estimulación (fracturamiento de formación, acidificación y bombeo a presión), servicios de reacondicionamiento y de reparación de pozos y servicios de obturación y abandono xx xxxxx.
F. Venta al por menor de gasóleo, gas envasado, carbón y madera (CCP 63297) y servicios de venta al por menor de electricidad, gas (no embotellado), vapor y agua caliente | Modo 1 UE: sin consolidar para la venta al por menor de electricidad, gas (no embotellado), vapor y agua caliente. BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: para la venta al por menor de gasóleos, gas en botellas, carbón y madera, excepto en lo que se refiere a las ventas por correspondencia: ninguna. Modo 2 Ninguna. |
G. Servicios relacionados con la distribución de energía (CCP 887) | Modo 1 UE: sin consolidar, excepto para servicios de consultoría, en cuyo caso: ninguna. Modo 2 Ninguna. |
15. OTROS SERVICIOS NO INCLUIDOS EN OTRA PARTE | |
a) Servicios xx xxxxxx, limpieza y teñido (CCP 9701) | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
b) Servicios de peluquería (CCP 97021) | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
c) Servicios de tratamiento de belleza, de manicura y de pedicura (CCP 97022) | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
d) Otros tratamientos de belleza n.c.o.p. (CCP 97029) | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
e) Servicios de tratamientos termales y masajes no terapéuticos, en la medida en que se proporcionen como servicios de bienestar físico y de relajación y no con una finalidad médica o de rehabilitación44 (CCP ver. 1.0 97230) | Modo 1 UE: sin consolidar. Modo 2 Ninguna. |
g) Servicios de conexión de telecomunicaciones (CCP 7543) | Modo 1 y 2 Ninguna. |
44 Los masajes terapéuticos y los servicios de curas termales se encuentran en el punto 1.A.h) «Servicios médicos», 1.A.j) 2 «Servicios prestados por enfermeras, fisioterapeutas y personal paramédico y servicios de salud» (8.A y 8.C).
ANEXO XVI-C
LISTA DE RESERVAS SOBRE PROVEEDORES DE SERVICIOS CONTRACTUALES (PSC) Y PROFESIONALES INDEPENDIENTES (PI)
PARTE UE
1. En la lista de reservas que figura a continuación se indican los sectores de servicios liberalizados con arreglo al artículo 101, apartado 2, y al artículo 102, apartado 2 (PSC y PI), en los que se aplican limitaciones a los proveedores de servicios contractuales y a los profesionales independientes (PSC y PI), y se especifican dichas limitaciones.
2. La lista consta de los siguientes elementos:
a) una primera columna indica el sector o subsector en que se aplican dichas limitaciones; y
b) en la segunda columna se describen las limitaciones aplicables.
La Parte UE no asume ningún compromiso en relación con los proveedores de servicios contractuales ni los profesionales independientes en ningún sector de servicios distinto de los enumerados explícitamente a continuación.
3. Para identificar los sectores y subsectores individuales:
a) Por CCP se entiende la Clasificación Central de Productos según la definición de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos,
Serie M, Nº 77, CCP prov, 1991. y
b) Por CCP ver. 1.0 se entiende la Clasificación Central de Productos según la definición de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, Nº 77, CCP ver. 1.0, 1998.
4. Los compromisos en lo que respecta a los proveedores de servicios contractuales y a los profesionales independientes no rigen en los casos en que el objetivo o la consecuencia de su presencia temporal supone una interferencia o afecta de cualquier otro modo a los resultados de una controversia o negociación relacionada con la mano de obra o con la gestión.
5. La lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a los requisitos y procedimientos de cualificación, las normas técnicas y los requisitos y procedimientos de autorización cuando no constituyan una limitación en el sentido del artículo 101, apartado 2, y del artículo 102, apartado 2 (PSC y PI). Tales medidas (por ejemplo, la necesidad de obtener una licencia, la necesidad de obtener el reconocimiento de las cualificaciones en sectores regulados, la necesidad de superar exámenes específicos —por ejemplo, exámenes de idiomas— o la necesidad de tener un domicilio legal en el territorio en el que se desempeña la actividad económica), aunque no figuren en la lista, son de aplicación en cualquier caso a los proveedores de servicios contractuales y a los profesionales independientes de Ucrania.
6. La lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a las subvenciones concedidas por una de las Partes.
7. La lista que figura a continuación se entiende sin perjuicio de la existencia de monopolios públicos o derechos exclusivos en los sectores pertinentes, tal como queda expuesto por la UE en su lista (anexo XVI-A o anexo XVI-B) del capítulo 6
(Establecimiento, Comercio de Servicios y Comercio Electrónico) del título IV del presente Acuerdo.
8. En los sectores en que se apliquen pruebas de necesidades económicas, sus criterios principales serán la evaluación de la situación xxx xxxxxxx correspondiente en el Estado miembro de la Unión Europea o en la región en que vaya a prestarse el servicio, con respecto asimismo al número de proveedores de servicios existentes y la repercusión en los mismos.
9. Los derechos y obligaciones que emanan de la siguiente lista no tendrán eficacia directa y, por consiguiente, no confieren derechos directamente a las personas físicas ni jurídicas.
10. En la lista que figura a continuación se utilizan las abreviaturas siguientes: AT Austria
BE Bélgica
BG Bulgaria
XX Xxxxxx
CZ Chequia
DE Alemania
DK Dinamarca
UE Unión Europea, incluidos todos sus Estados miembros
ES España
EE Estonia
FI Finlandia
FR Francia
EL Xxxxxx
XX Xxxxxxx
IE Xxxxxxx
IT Italia
XX Xxxxxxx
XX Xxxxxxxx
XX Xxxxxxxxxx
XX Xxxxx
XX Xxxxxx Xxxxx
PL Polonia
PT Portugal
RO Rumanía
SK Eslovaquia
SI Eslovenia
SE Suecia
UK Xxxxx Unido
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
TODOS LOS SECTORES | Períodos de transición BG y RO: los compromisos entrarán en vigor con efecto a partir del 1 de enero de 2014. Reconocimiento UE: las Directivas de la UE sobre el reconocimiento recíproco de títulos solo se aplican a nacionales de los Estados miembros de la UE. El derecho a ejercer actividades profesionales reguladas en un Estado miembro no otorga el derecho a ejercerlas en otro Estado miembro. 45 |
Servicios de asesoramiento jurídico en materia de Derecho internacional público y Derecho extranjero (es decir, sin incluir el Derecho de la UE) (parte de la CCP 861)46 | AT, CY, DE, EE, IE, LU, NL, PL, PT, SE y UK: ninguna. BE, ES, IT y EL: prueba de necesidades económicas para PI. LV: prueba de necesidades económicas para PSC. BG, CZ, DK, FI, HU, LT, MT, RO, SI y SK: prueba de necesidades económicas. DK: la comercialización de actividades de asesoramiento jurídico está limitada a los abogados con autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. Se debe aprobar un examen sobre el Derecho danés para obtener la autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. FR: se exige la plena admisión (simplificada) en el Colegio de Abogados mediante un examen de aptitud. El acceso de los abogados a la profesión de avocat auprès de la Cour de Cassation y avocat auprès du Conseil d’Etat está sometido a cuotas y al requisito de nacionalidad. |
Servicios de contabilidad y teneduría de libros (CCP 86212 excepto «servicios de auditoría», CCP 86213, CCP 86219 y CCP 86220) | BE, CY, DE, EE, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y UK: ninguna. AT: el empleador debe pertenecer al colegio correspondiente del país de origen, cuando exista tal colegio. FR: requisito de autorización. El suministro de servicios de contabilidad y teneduría de libros estará condicionado a una decisión del Ministerio de Economía, Hacienda e Industria de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores. BG, CZ, DK, EL, FI, HU, LT, LV, MT, RO y SK: prueba de necesidades |
45 Con objeto de que los nacionales de países terceros obtengan en la UE el reconocimiento de sus títulos, es necesario negociar un acuerdo de reconocimiento mutuo en el marco definido en el artículo 18 del Acuerdo.
46 Como en el caso del suministro de otros servicios, los servicios jurídicos están sujetos a requisitos y procedimientos de autorización aplicables en los Estados miembros de la Unión Europea. Para los abogados que suministren servicios jurídicos en materia de Derecho internacional público y Derecho extranjero, dichos requisitos y procedimientos pueden adoptar la forma, entre otras cosas, del cumplimiento de los códigos éticos locales, el empleo de la titulación del país de origen (a menos que se haya obtenido la convalidación con la titulación del país de acogida), requisitos en materia de seguros y la simple inscripción en el Colegio de Abogados del país o una admisión simplificada en el Colegio de Abogados de dicho país mediante un test de aptitud y un domicilio legal o profesional en el país de acogida.
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
económicas. | |
Servicios de asesoramiento fiscal (CCP 863)47 | BE, DE, EE, ES, FR, IE, IT, LU, NL, PL, SI, SE y UK: ninguna. AT: el empleador debe pertenecer al colegio correspondiente del país de origen, cuando exista tal colegio; requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes. XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, RO y SK: prueba de necesidades económicas. CY: sin consolidar para la presentación de declaraciones tributarias. PT: sin consolidar. HU: requisito de residencia. |
Servicios de arquitectura y Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajística (CCP 8671 y CCP 8674) | EE, EL, FR, IE, LU, MT, NL, PL, PT, SI, SE y UK: ninguna. BE, ES e IT: prueba de necesidades económicas para PI. LV: prueba de necesidades económicas para PSC. FI: las personas físicas deben demostrar que se encuentran en posesión de los conocimientos específicos pertinentes para el servicio que prestan. DK: prueba de necesidades económicas excepto para estancias de PSC de tres meses como máximo. BG, CY, CZ, DE, FI, HU, LT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. AT: únicamente servicios de planificación, para los que se requiere una prueba de necesidades económicas. HU y SK: requisito de residencia. |
Servicios de ingeniería y Servicios integrados de ingeniería (CCP 8672 y CCP 8673) | EE, EL, FR, IE, LU, MT, NL, PL, PT, SI, SE y UK: ninguna. BE, ES e IT: prueba de necesidades económicas para PI. LV: prueba de necesidades económicas para PSC. FI: las personas físicas deben demostrar que se encuentran en posesión de los conocimientos específicos pertinentes para el servicio que prestan. DK: prueba de necesidades económicas excepto para estancias de PSC de tres meses como máximo. BG, CY, CZ, DE, FI, HU, LT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. AT: únicamente servicios de planificación, para los que se requiere una prueba de necesidades económicas. HU: requisito de residencia. |
Servicios de informática y servicios conexos (CCP 84) | EE, EL, FR, IE, LU, MT, NL, PL, PT, SI y SE: ninguna. ES e IT: prueba de necesidades económicas para PI. LV: prueba de necesidades económicas para PSC. BE: prueba de necesidades económicas para PI. DK: prueba de necesidades económicas excepto para estancias de PSC de |
47 No incluye los servicios de asesoramiento jurídico y de representación legal sobre asuntos fiscales, que se encuentran en el punto «Servicios de asesoramiento jurídico en materia de Derecho internacional público y Derecho extranjero».
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
tres meses como máximo. AT, DE, BG, CY, CZ, FI, HU, LT, RO, SK y UK: prueba de necesidades económicas. | |
Servicios de investigación y desarrollo (CCP 851, 852 excepto los servicios psicológicos48 y 853) | UE, excepto BE y UK: se requiere un convenio de acogida con un organismo de investigación autorizado49. CZ, DK y SK: prueba de necesidades económicas. BE y UK: sin consolidar. |
Servicios de publicidad (CCP 871) | BE, CY, DE, EE, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: ninguna. AT, BG, CZ, DK, EL, FI, HU, LT, LV, MT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. |
Servicios de consultores en administración (CCP 865) | DE, EE, EL, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: ninguna. ES e IT: prueba de necesidades económicas para PI. BE: prueba de necesidades económicas para PI. DK: prueba de necesidades económicas excepto para estancias de PSC de tres meses como máximo. AT, BG, CY, CZ, FI, HU, LT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. |
Servicios relacionados con los de los consultores en administración (CCP 866) | DE, EE, EL, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: ninguna. BE, ES e IT: prueba de necesidades económicas para PI. DK: prueba de necesidades económicas excepto para estancias de PSC de tres meses como máximo. AT, BG, CY, CZ, FI, LT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. HU: prueba de las necesidades económicas excepto para servicios de arbitraje y conciliación (CCP 86602), en cuyo caso: sin consolidar. |
Servicios de ensayos y análisis técnicos (CCP 8676) | BE, DE, EE, EL, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y UK: ninguna. DK: prueba de necesidades económicas excepto para estancias de PSC de tres meses como máximo. AT, BG, CY, CZ, FI, HU, LT, LV, MT, PT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. |
Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología (CCP 8675) | BE, EE, EL, ES, IE, IT, LU, NL, PL, SI, SE y UK: ninguna. AT, CY, CZ, DE, DK, FI, HU, LT, LV, MT, PT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. DE: sin consolidar para los agrimensores designados por autoridades públicas. FR: sin consolidar para las operaciones de «agrimensura y topografía» relacionadas con la determinación de derechos de propiedad y el régimen inmobiliario, en cuyo caso: sin consolidar. |
48 Parte de la CCP 85201, que se encuentra en el punto «Servicios médicos y dentales».
49 Para todos los Estados miembros excepto DK, el reconocimiento del organismo de investigación y del convenio de acogida debe cumplir las condiciones que establece la Directiva 2005/71/CE de la UE.
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
BG: sin consolidar. | |
Mantenimiento y reparación de embarcaciones (parte de la CCP 8868) | BE, CY, EE, EL, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SE: ninguna. AT, BG, CZ, DE, DK, FI, HU, IE, LT, MT y RO: prueba de necesidades económicas. SK: prueba de necesidades económicas. UK: sin consolidar. |
Mantenimiento y reparación de equipo ferroviario (parte de la CCP 8868) | BE, CY, EE, EL, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SE: ninguna. AT, BG, CZ, DE, DK, FI, HU, IE, LT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. UK: sin consolidar. |
Mantenimiento y reparación de vehículos de motor, motocicletas, vehículos para la nieve y equipo de transporte por carretera (CCP 6112, CCP 6122, parte de la CCP 8867 y parte de la CCP 8868) | BE, EE, EL, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SE: ninguna. AT, BG, CY, CZ, DE, DK, FI, HU, IE, LT, MT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. UK: sin consolidar. |
Mantenimiento y reparación de aeronaves y sus partes (parte de la CCP 8868) | BE, CY, EE, EL, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX y SE: ninguna. AT, BG, CZ, DE, DK, FI, HU, IE, LT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. UK: sin consolidar. |
Mantenimiento y reparación de productos de metal, de maquinaria (que no sea para oficina), de equipos (que no sean para oficina ni para transporte) y enseres domésticos personales50 (CCP 633, CCP 7545, CCP 8861, CCP 8862, CCP 8864, CCP 8865 y CCP 8866) | BE, EE, EL, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: ninguna. AT, BG, CY, CZ, DE, DK, FI, HU, IE, LT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. |
Traducción (CCP 87905, excluidas las actividades oficiales o de traducción jurada) | DE, EE, FR, LU, MT, NL, PL, PT, SI, SE y UK: ninguna. BE, ES, IT y EL: prueba de necesidades económicas para PI. CY y LV: prueba de necesidades económicas para PSC. AT, BG, CZ, DK, FI, HU, IE, LT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. |
Obra de investigación de campo (CCP 5111) | BE, DE, EE, EL, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: ninguna. AT, BG, CY, CZ, FI, HU, LT, LV, RO y SK: prueba de necesidades económicas. DK: prueba de necesidades económicas excepto para estancias de PSC de |
50 Los servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipos de oficina, incluidos los ordenadores (CCP 845) se encuentran en el punto «Servicios de informática».
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
tres meses como máximo. | |
Servicios ambientales (CCP 940151, CCP 9402, CCP 9403, CCP 940452, parte de la CCP 9406053, CCP 9405, parte de la CCP 9406, CCP 9409) | BE, EE, ES, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX, XX x XX: ninguna. AT, BG, CY, CZ, DE, DK, EL, FI, HU, LT, LV, RO y SK: prueba de necesidades económicas. |
Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo (incluidos los organizadores de viajes en grupo54) (CCP 7471) | AT, CZ, DE, EE, ES, FR, IT, LU, NL, PL, SI y SE: ninguna. DK: prueba de necesidades económicas excepto para estancias de PSC de tres meses como máximo. IE: sin consolidar excepto para los organizadores de viajes en grupo. BG, EL, FI, HU, LT, LV, MT, PT, RO y SK: prueba de necesidades económicas. BE y CY: sin consolidar, excepto para los organizadores de viajes en grupo (personas cuya función consiste en acompañar a un grupo de viajeros de al menos diez personas sin hacer de guías en localidades específicas). UK: sin consolidar. |
Servicios de espectáculos distintos de los servicios audiovisuales (incluidos servicios de teatro, bandas y orquestas, circos y discotecas) (CCP 9619) | AT, BG, CZ, DE, DK, EE, EL, ES, FI, HU, IE, IT, LT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, RO, SK y SE: se puede exigir una cualificación técnica avanzada55. Prueba de necesidades económicas. SI: la duración de la estancia está limitada a siete días por acto. En el caso de servicios de circos y parques de atracciones, la duración de la estancia está limitada a un máximo de treinta días por año natural. FR: sin consolidar para PSC, excepto en los siguientes casos: - Los artistas han conseguido un contrato de empleo con una empresa de espectáculos autorizada. - El permiso de trabajo se expide para un período no superior a nueve meses, renovable por tres meses. - Se exige pasar una prueba de necesidades económicas. Criterio principal: evaluación de la situación xxx xxxxxxx laboral en el campo de actividad afectado en la zona geográfica en que se va a prestar el servicio. - La empresa de espectáculos debe pagar un impuesto a la Oficina Francesa de Inmigración e Integración. CY: Prueba de necesidades económicas para servicios de bandas y orquestas, y de discotecas. BE y UK: sin consolidar. |
51 Corresponde a servicios de alcantarillado.
52 Corresponde a servicios de depuración de gases de escape
53 Corresponde a partes de Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje.
54 Prestadores de servicios cuya función consiste en acompañar a un grupo de viajeros de al menos diez personas sin hacer de guías en localidades específicas.
55 Si la cualificación no se ha obtenido en la UE y sus Estados miembros, el Estado miembro en cuestión puede evaluar si es equivalente a la cualificación exigida en su territorio.
ANEXO XVI-D
RESERVAS DE UCRANIA SOBRE ESTABLECIMIENTO
(contempladas en el artículo 88, apartado 1)
Propiedad de la tierra
Los extranjeros y apátridas no pueden adquirir terrenos agrícolas. Los extranjeros y apátridas no pueden adquirir de manera gratuita parcelas de tierra que sean propiedad del Estado o de los municipios, ni privatizar parcelas de tierra que se les hayan cedido en usufructo.
Las personas jurídicas extranjeras pueden adquirir derechos de propiedad solo sobre parcelas de tierra no destinadas a fines agrícolas en el territorio de localidades habitadas en caso de adquisición de bienes inmuebles relacionada con actividades comerciales realizadas en Ucrania, y fuera de localidades habitadas en caso de adquisición de bienes inmuebles.
No existen limitaciones al arrendamiento de la tierra por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras.
La adquisición, compra y alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles por personas físicas y personas jurídicas extranjeras puede exigir autorización.
Silvicultura
Los bosques solo pueden ser propiedad de los ciudadanos y entidades jurídicas ucranianas. Adquisición de bienes de propiedad estatal
Las empresas y agencias gubernamentales en que la propiedad del Estado es superior al 25 % no están autorizadas a participar en la privatización de las empresas ucranianas.
Prospección, exploración y producción de hidrocarburos
El establecimiento deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 279 (sobre prospección, exploración y producción de hidrocarburos) del capítulo 11 (Sector energético vinculado al comercio) del título IV del presente Acuerdo.
Servicios de notaría
Reservados a los notarios que sean ciudadanos ucranianos. Servicios médicos y dentales
Requisitos de aptitud profesional de conformidad con la legislación de Ucrania. Los proveedores extranjeros de servicios deben hablar ucraniano.
Servicios privados proporcionados por comadronas, enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico
Requisitos de aptitud profesional de conformidad con la legislación de Ucrania. Los proveedores extranjeros de servicios deben hablar ucraniano.
Servicios postales y de mensajeros (incluidos los servicios de entrega urgente)56
No hay trato nacional en el caso de las cartas normales57 con un peso inferior a 50 g y de las postales.
56 El compromiso sobre los servicios postales y de mensajeros y los servicios de entrega urgente se aplica a los agentes comerciales con cualquier régimen de propiedad, ya sea privado o estatal.
57 Entrega normal, envío desde un buzón o una oficina de correos y entrega en un buzón en la dirección indicada sin acuse de recibo.
Puede exigirse autorización para los siguientes casos:
і) manipulación de comunicaciones escritas con indicación del destinatario en cualquier tipo de medio físico58, incluidos:
– los servicios combinados de correo,
– el correo directo;
іі) manipulación de paquetes y bultos con indicación del destinatario59;
ііі) manipulación de prensa con indicación del destinatario60;
iv) manipulación de los artículos mencionados en los incisos i) a iii) enviados por correo certificado o con valor declarado;
sujetos a obligaciones generales de servicio universal.
Estas autorizaciones pueden estar sometidas a obligaciones particulares de servicio universal o a una aportación financiera a un fondo de compensación.
Servicios de enseñanza
Servicios de enseñanza primaria, secundaria y superior
De conformidad con la legislación de Ucrania, solo los ciudadanos ucranianos pueden dirigir los centros de enseñanza, cualquiera sea su forma de propiedad.
Servicios financieros
Solo las personas jurídicas dedicadas exclusivamente a la emisión de valores y los bancos pueden participar en emisiones de toda clase de valores, con inclusión de la suscripción y colocación como agentes (pública o privadamente), y prestar servicios relacionados con esas emisiones
Servicios sociales y de salud
Se exigen requisitos de aptitud profesional de conformidad con la legislación de Ucrania para los servicios de hospital, incluidos los servicios de administración de hospitales, y otros servicios de salud humana.
Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
No hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para obtener subvenciones a los servicios de explotación xx xxxxx cinematográficas.
Las inversiones extranjeras en proveedores de servicios de agencia de prensa está limitada al 35 %.
Transporte por vías navegables interiores61
No hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto del transporte xx xxxxxxxx nacional. Las medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin- Meno-Xxxxxxx) reservan algunos derechos de tráfico para operadores radicados en los países
58 Por ejemplo, cartas o postales.
59 Incluye libros y catálogos.
60 Revistas, diarios y publicaciones periódicas.
61 Incluidos los servicios auxiliares del transporte por vías navegables interiores.
correspondientes y que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Rigen los Reglamentos de aplicación del Convenio xx Xxxxxxxx para la Navegación del Rin.
Servicios de transporte aéreo
No hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida para los servicios de transporte aéreo nacional e internacional, sean regulares o no, y los servicios directamente relacionados con el ejercicio de derechos de tráfico, a excepción de los servicios de reparación y mantenimiento de aeronaves, la venta y la comercialización de servicios de transporte aéreo, los servicios de sistemas de reserva informatizados (SRI) y otros servicios auxiliares de servicios de transporte aéreo, como los servicios de asistencia en tierra, los servicios de arrendamiento de aeronaves con tripulación y los servicios aeroportuarios. Las condiciones de acceso recíproco al mercado del transporte aéreo se tratarán en el Acuerdo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, sobre la creación de una zona común de aviación.
Servicios de transporte por ferrocarril
No hay obligaciones de trato nacional ni de trato de nación más favorecida respecto del transporte de pasajeros y de carga, aparte del trato establecido en el artículo 136 del capítulo 6 (Establecimiento, comercio de servicios y comercio electrónico) del título IV del presente Acuerdo.
Servicios de transporte por carretera
Las entidades de transporte de pasajeros y de carga deben estar registradas como entidades jurídicas.
ANEXO XVI-E
LISTA DE COMPROMISOS DE UCRANIA SOBRE SERVICIOS TRANSFRONTERIZOS
(contemplada en el artículo 95)
I. SERVICIOS PRESTADOS A LAS | EMPRESAS | |
1. Servicios profesionales: | ||
a) Servicios jurídicos | ||
- Servicios de asesoramiento y representación jurídicos en derecho penal | 1) Ninguna. 2) Ninguna. | |
(CCP 86111) | ||
- Servicios de asesoramiento y representación jurídicos en procedimientos judiciales relativos a esferas del derecho distintas del derecho penal | 1) Ninguna. 2) Ninguna. | |
(CCP 86119) | ||
- Servicios de asesoramiento | y | 1) Ninguna. |
representación jurídicos procedimientos administrativos | en | 2) Ninguna. |
(CCP 8612) (CCP 86120) | ||
- Servicios de documentación | y | 1) Ninguna. |
certificación legales | 2) Ninguna. | |
(CCP 8613) | ||
(СCP 86130) | ||
- Otros servicios de asesoramiento e | 1) Ninguna. | |
información jurídicos distintos de los servicios de notaría | 2) Ninguna. | |
(CCP 8619) (CCP 86190) |
- Servicios de asesoramiento sobre derecho del país de origen, derecho internacional y derecho de un tercer país (parte de la CCP 861) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios de notaría | 1) Reservados a los notarios que sean ciudadanos ucranianos. 2) Ninguna. |
b) Servicios de contabilidad y teneduría de libros [CCP 862 (excepto CCP 86211)] | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios de auditoría (CCP 86211) | 1) Ninguna, excepto que los informes oficiales de auditoría deben ser confirmados por un auditor o una empresa de auditoría de Ucrania. 2) Ninguna. |
c) Servicios de asesoramiento tributario (CCP 863) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Servicios de arquitectura (CCP 8671) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
e) Servicios de ingeniería (CCP 8672) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
f) Servicios integrados de ingeniería (CCP 8673) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
g) Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajística (CCP 8674) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
h) Servicios médicos y dentales (CCP 9312) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
i) Servicios de veterinaria (CCP 932) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
j) Servicios privados proporcionados por comadronas, enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
(parte de la CCP 93191) |
2. Servicios de informática y servicios conexos | |
a) Servicios de consultores en instalación de equipos informáticos (CCP 841) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Servicios de aplicación de programas de informática (CCP 842) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios de procesamiento de datos (CCP 843) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Servicios de bases de datos (CCP 844) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
f) Otros servicios de informática: - Servicios de mantenimiento y reparación de máquinas y equipos de oficina, incluidos ordenadores (CCP 845) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios de preparación de datos (CCP 849) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
3. Servicios de investigación y desarrollo | |
a) Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias naturales (CCP 851) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias sociales y las humanidades (CCP 852) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios interdisciplinarios de investigación y desarrollo (CCP 853) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
4. Servicios inmobiliarios | |
- Servicios inmobiliarios (CCP 821-822) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
5. Servicios de arrendamiento o alquiler con o sin opción de compra, sin operarios | |
e) Otros servicios - Servicios de arrendamiento o alquiler con o sin opción de compra (distintos de los financieros) (CCP 831-832) - Incluidos el arrendamiento o alquiler con o sin opción de compra de aparatos de grabación de estudio (CCP 83109)** | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
6. Otros servicios prestados a las empresas | |
a) Servicios de publicidad (CCP 871) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Servicios de investigación de mercados y encuestas de la opinión pública (CCP 864) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios de consultores en administración (CCP 865) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Servicios relacionados con los de los consultores en administración (CCP 866) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
e) Servicios de ensayos y análisis técnicos, incluidos los servicios de inspección de buques (CCP 8676) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
f) Servicios relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura (exceptuados la extinción de incendios, la evaluación de la madera o la ordenación forestal, incluidos los servicios de evaluación de daños forestales) (parte de la CCP 881) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios de consultoría relacionados con la extinción de incendios, la evaluación de la madera y la ordenación forestal, incluidos los servicios de evaluación de daños forestales (parte de la CCP 881) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
g) Servicios relacionados con la pesca (CCP 882) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
h) Servicios relacionados con la minería (CCP 883 + 5115) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
i) Servicios relacionados con las manufacturas (parte de la CCP 884 + parte de la | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
CCP 885) | |
j) Servicios relacionados con la distribución de energía (CCP 887) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
k) Servicios de colocación y suministro de personal (CCP 872) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
m) Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología (CCP 8675) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
n) Servicios de mantenimiento y reparación de equipo (con exclusión de las embarcaciones, las aeronaves y demás equipo de transporte) (CCP 6112, 6122, 633 + 8861-8866) Incluidos los servicios de mantenimiento y reparación en el sector del automóvil (CCP 8867) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
o) Servicios de limpieza de edificios (CCP 874) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
p) Servicios fotográficos (excepto las fotografías aéreas) (CCP 875) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
q) Servicios de envase y embalaje (CCP 876) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
r) Servicios editoriales y de imprenta (CCP 88442) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
s) Servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones (CCP 87909)* | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
t) Otros servicios - Servicios de traducción e interpretación (CCP 87905) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios especializados de diseño (CCP 87907) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
II. SERVICIOS DE COMUNICACIONES | |
1. y 2. Servicios postales y de mensajeros (incluidos los servicios de entrega urgente)62 | |
Servicios relacionados con la manipulación63 de envíos de acuerdo con la siguiente lista de subsectores, con independencia de que su destino sea nacional o internacional. A efectos de los siguientes compromisos las comunicaciones escritas no incluyen las cartas normales64 que pesen menos de 50 g y las postales. і) Manipulación de comunicaciones escritas con indicación del destinatario en cualquier tipo de medio físico65, incluidos: - los servicios combinados de correo - el correo directo іі) Manipulación de paquetes y bultos con indicación del destinatario66 ііі) Manipulación de prensa con indicación del destinatario67 iv) Manipulación de los artículos mencionados en los puntos i) a iii) enviados por correo certificado o con valor declarado v) Servicios de entrega urgente68 de los artículos mencionados en los puntos i) a iii) vі) Manipulación de artículos carentes de indicación del destinatario vіі) Intercambio de documentos69 viіі) Otros servicios no especificados en otra parte | 1) 2) Se pueden establecer sistemas de concesión de licencias para los subsectores i) a iv), sujetos a obligaciones generales de servicio universal. Estas autorizaciones pueden estar sometidas a obligaciones particulares de servicio universal o a una aportación financiera a un fondo de compensación. Ninguna para los subsectores v) a viii). |
62 El compromiso sobre los servicios postales y de mensajeros y los servicios de entrega urgente se aplica a los agentes comerciales con cualquier régimen de propiedad, ya sea privado o estatal.
63 Por «manipulación» se entiende el despacho, el almacenamiento, el transporte y la entrega.
64 Entrega normal, envío desde un buzón o una oficina de correos y entrega en un buzón en la dirección indicada sin acuse de recibo.
65 Por ejemplo, cartas o postales.
66 Incluye libros y catálogos.
67 Revistas, diarios y publicaciones periódicas.
3. Servicios de telecomunicaciones | |
Servicios de telecomunicaciones básicas: | |
a) Servicios de telefonía (CCP 7521) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
68 Por servicios de entrega urgente se entiende la recogida, transporte y entrega rápida de documentos, material impreso, paquetes, bienes u otros artículos, siguiendo el transporte de tales artículos y manteniendo el control sobre los mismos durante todo el suministro del servicio.
69 Suministro de medios, incluido el suministro de locales ad hoc y transporte realizado por un tercero, que permitan la autoentrega mediante intercambio mutuo de objetos de correspondencia entre usuarios que se hayan suscrito al servicio. La expresión «objetos de correspondencia» hace referencia a objetos despachados por cualquier clase de operador comercial, sea público o privado.
b) Servicios de transmisión de datos con conmutación de paquetes (CCP 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios de transmisión de datos con conmutación de circuitos (CCP 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Servicios de télex (CCP 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
e) Servicios de telégrafo (CCP 7522) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
f) Servicios de facsímil (CCP 7521** + 7529**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
g) Servicios de circuitos privados arrendados (CCP 7522** + 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
o) Otros servicios - Servicios móviles de teléfono y de datos (CCP 75213) - Servicios de radiobúsqueda (CCP 75291) - Servicios de teleconferencia (CCP 75292) - Servicios integrados de telecomunicaciones, excepto la radiodifusión70 (CCP 7526) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
Servicios de telecomunicaciones de valor añadido | |
h) Correo electrónico (CCP 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
i) Correo vocal (CCP 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
70 Se entiende por difusión la cadena ininterrumpida de transmisión necesaria para la distribución de señales de programas de televisión y de radio al público en general, quedando excluidos los enlaces de contribución entre operadores.
j) Recuperación de bases de datos e información en línea (CCP 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
k) Intercambio electrónico de datos (IED) (CCP 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
l) Servicios de facsímil de valor añadido, incluidos los de almacenamiento y retransmisión y los de almacenamiento y recuperación de datos (CCP 7523**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
m) Servicios de conversión de códigos y protocolos | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
n) Servicios de información en línea y/o de procesamiento de datos (con inclusión del procesamiento de transacciones) (CCP 843**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
III. SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA CONEXOS | |
- Trabajos previos a la construcción en obras de construcción y edificación (CCP 511) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
a) Trabajos generales de construcción para la edificación (CCP 512) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Trabajos generales de construcción en obras de ingeniería civil, incluidos los servicios de dragado (CCP 513) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Trabajos de instalación y montaje de construcciones prefabricadas (CCP 514 + 516) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Trabajos de acabado de edificios (CCP 517) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
e) Otros servicios - Trabajos de construcción especializados (CCP 515) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios de arrendamiento de equipo para la construcción o demolición de edificios u obras de ingeniería civil con operador (CCP 518) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
IV. SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN | |
a) Servicios de comisionistas (CCP 621, 6111, 6113, 6121) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Servicios comerciales al por mayor [CCP 6121, 61111, 6113, 622 (excepto CCP 62262)] | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios comerciales al por mayor de libros, periódicos y revistas (excepto material de papelería) (CCP 62262) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios comerciales al por menor (CCP 631 + 632 + 6111 + 6113 + 6121 + 613, incluidos discos y cintas de vídeo y de audio СCР 63234) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Servicios de franquicia (CCP 8929) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
V. SERVICIOS DE ENSEÑANZA | |
a) Servicios de enseñanza primaria (CCP 921) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Servicios de enseñanza secundaria (CCP 922) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios de enseñanza superior (CCP 923) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Servicios de enseñanza de adultos (CCP 924) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
e) Otros servicios de enseñanza (CCP 929) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
VI. SERVICIOS AMBIENTALES | |
a) Servicios de alcantarillado (CCP 9401) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Servicios de eliminación de desperdicios (CCP 9402) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios de saneamiento y servicios similares (CCP 9403) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Otros servicios - Servicios de limpieza de gases de combustión (CCP 9404) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios de amortiguamiento de ruidos (CCP 9405) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje (CCP 9406) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- Otros servicios de protección del medio ambiente (CCP 9409) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
VII. SERVICIOS FINANCIEROS | |
1. Todos los servicios de seguros y relacionados con los seguros Las compañías de seguros extranjeras solo podrán prestar servicios de seguros cinco años después de la adhesión de Ucrania a la OMC. | |
i) Seguros directos (incluido el coaseguro) A) servicios de seguros de vida B) servicios de seguros distintos de los de vida (incluidos los seguros marítimos y de aviación) ii) Servicios de reaseguro y retrocesión iv) Servicios auxiliares de los seguros, como los de consultores, actuarios, evaluación de riesgos e indemnización de siniestros | 1) Sin consolidar, pero ninguna en los siguientes casos: - seguro contra los riesgos relativos al transporte marítimo y la aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), en que el seguro cubra cualquiera o la totalidad de los elementos siguientes: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad que pueda derivarse de los mismos; - reaseguros; - servicios auxiliares de los seguros. 2) Ninguna. |
iii) Actividades de intermediación de seguros, como las de los corredores y agentes | 1) Sin consolidar, pero ninguna en los siguientes casos: - seguro contra los riesgos relativos al transporte marítimo y la aviación comercial y lanzamiento y transporte |
espacial (incluidos satélites), en que el seguro cubra cualquiera o la totalidad de los elementos siguientes: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad que pueda derivarse de los mismos; - reaseguros. A los cinco años de la fecha de adhesión a la OMC: ninguna. 2) Ninguna. | |
2. Servicios bancarios y otros servicios financieros (excluidos los seguros) | |
v) Aceptación de depósitos y otros fondos reembolsables del público | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
vi) Préstamos de todo tipo, incluidos los créditos personales, hipotecarios, factoring y financiación de transacciones comerciales | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
vii) Servicios financieros de arrendamiento con opción de compra | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
viii) Todos los servicios de pago y transferencia monetaria, como las tarjetas de crédito, de pago y similares, los cheques de viajeros y los giros bancarios | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
ix) Garantías y compromisos | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
x) Intercambio comercial por cuenta propia o de clientes, en una bolsa, en un mercado extrabursátil, o de otro modo, de lo siguiente: | |
- A) instrumentos xxx xxxxxxx monetario (cheques, letras, certificados de depósito, etc.) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- B) divisas | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- C) productos derivados, es decir, aunque | 1) Sin consolidar. |
no exclusivamente, futuros y opciones | 2) Ninguna. |
- D) instrumentos de los mercados cambiarios y monetario, por ejemplo swaps, acuerdos a plazo sobre los tipos de interés, etc. | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
- E) valores transferibles | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
- F) otros instrumentos negociables, metal inclusive | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
xi) Participación en emisiones de toda clase de valores, con inclusión de la suscripción y colocación como agentes (pública o privadamente) y el suministro de servicios relacionados con esas emisiones | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
xii) Corretaje de cambios | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
xiii) Servicios de administración de activos; por ejemplo, administración de fondos en efectivo o de carteras de valores, gestión de inversiones colectivas en todas sus formas, administración de fondos de pensiones, servicios de depósito y custodia y servicios fiduciarios | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
xiv) Servicios de pago y compensación de activos financieros, con inclusión de valores, productos derivados y otros instrumentos negociables | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
xv) Suministro y transferencia de información financiera, y procesamiento de datos financieros y software con ellos relacionado, por proveedores de otros servicios financieros | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
xvi) Servicios de asesoramiento, intermediación y otros servicios financieros auxiliares respecto de todas las actividades enumeradas en los incisos v) a xv), con inclusión de | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
informes y análisis de crédito, estudios y asesoramiento sobre inversiones y carteras de valores y asesoramiento sobre adquisiciones y sobre reestructuración y estrategia de las empresas | |
VIII. SERVICIOS SOCIALES Y DE SALUD | |
a) Servicios de hospital, incluidos los servicios de administración de hospitales (CCP 9311) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
b) Otros servicios de salud humana [CCP 9319 (excepto 93191)] | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
c) Servicios sociales (CCP 933**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
IX. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES | |
a) Hoteles y restaurantes (incluidos los servicios de suministro de comidas desde el exterior por contrato), incluidos los servicios de dirección de hoteles (CCP 641-643) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo (CCP 7471) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios de guías de turismo (CCP 7472) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
X. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES Y DEPORTIVOS | |
a) Servicios de espectáculos (incluidos los de teatro, bandas en directo, orquestas y circo) (CCP 9619) excepto los servicios de explotación xx xxxxx cinematográficas y los servicios de academias xx xxxxx distintos de los servicios xx xxxxx deportivo | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
- Servicios de explotación xx xxxxx cinematográficas | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
(CCP 96199**) | |
- Servicios de academias xx xxxxx, excepto los servicios xx xxxxx deportivo (CCP 96195**) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. 3) Ninguna. |
b) Servicios de agencias de noticias (CCP 962) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Servicios de bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales (CCP 963) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
d) Servicios deportivos (CCP 9641) y otros servicios de esparcimiento (CCP 9649) excluidos los juegos xx xxxx y las apuestas | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
XI. SERVICIOS DE TRANSPORTE | |
1. SERVICIOS DE TRANSPORTE MARÍTIMO | |
- Transporte internacional (de carga y pasajeros) (CCP 7211 y 7212, excepto los servicios de transporte xx xxxxxxxx) | 1) a) Transporte marítimo en líneas regulares: ninguna. b) Transporte a granel, transporte en buques sin línea fija y otras formas de transporte marítimo internacional (incluido el de pasajeros): ninguna. 2) Ninguna. |
- Servicios de manipulación de la carga objeto de transporte marítimo (CCP 741) - Servicios de almacenamiento (CCP 742) - Servicios de despacho de aduana para los servicios de transporte marítimo - Servicios de estaciones y depósitos de contenedores - Servicios de agencias marítimas - Servicios de transitarios (marítimos) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
2. Transporte por vías navegables interiores | |
a) Transporte de pasajeros y de carga (excepto el transporte xx xxxxxxxx) (CCP 7221 + CCP 7222) | 1) Las medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin- |
Meno-Xxxxxxx) reservan algunos derechos de tráfico para operadores radicados en los países correspondientes y que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Reglamentos de aplicación del Convenio xx Xxxxxxxx para la Navegación del Rin y Convenio xx Xxxxxxxx sobre la navegación xxx Xxxxxxx. 2) Ninguna. | |
b) Servicios de alquiler de embarcaciones con tripulación (CCP 7213) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Mantenimiento y reparación de embarcaciones (CCP 8868**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
e) Servicios de remolque y tracción (CCP 7224) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
f) Servicios de apoyo del transporte por vías de navegación interiores (CCP 745) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
3. Servicios de transporte aéreo | |
a) Mantenimiento y reparación de aeronaves | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Venta y comercialización de los servicios de transporte aéreo | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
c) Sistemas de reserva informatizados (SRI) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
5. Servicios de transporte por ferrocarril | |
a), b) Transporte de pasajeros y de carga (CCP 7111 + 7112) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
Fuera de la red ferroviaria: d) Mantenimiento y reparación de equipo de transporte por ferrocarril (CCP 8868**) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
e) Servicios auxiliares del transporte por ferrocarril (CCP 743) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
6. Servicios de transporte por carretera | |
a) Transporte de pasajeros (CCP 7121 + 7122) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
b) Transporte de carga (CCP 7123) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
c) Alquiler de vehículos comerciales con conductor (CCP 7124) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Mantenimiento y reparación de equipo de transporte por carretera (CCP 6112 + 8867) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
e) Servicios de apoyo relacionados con los servicios de transporte por carretera (CCP 744) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
7. Servicios de transporte por tuberías | |
a) Transporte de combustibles (CCP 7131) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
b) Transporte de otros elementos (CCP 7139) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
8. Servicios auxiliares en relación con todos los modos de transporte, excepto el transporte marítimo | |
a) Servicios de carga y descarga (CCP 741) | 1) Sin consolidar para los servicios de asistencia en tierra del transporte aéreo. 2) Ninguna. |
b) Servicios de almacenamiento (CCP 742) | 1) Sin consolidar para los servicios de asistencia en tierra del transporte aéreo. 2) Ninguna. |
c) Servicios de agencias de transporte de carga (CCP 748) | 1) Ninguna. 2) Ninguna. |
d) Otros servicios - Servicios de inspección de la carga (parte de la CCP 749) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
XII. Otros servicios no especificados en otra parte | |
- Servicios de tratamiento de belleza y bienestar físico - Servicios de masaje, excluido el masaje terapéutico (parte de la CCP ver. 1.0: 97230)71 | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
- Servicios de termalismo (SPA) (parte de la CCP ver. 1.0: 97230)72 incluidos los servicios de administración de establecimientos termales | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
- Servicios de peluquería y otros servicios de belleza (CCP 9702) | 1) Sin consolidar. 2) Ninguna. |
71 Esta subclase no incluye los servicios de tratamiento médico, véase 931.
72 Esta subclase no incluye los servicios de tratamiento médico, véase 931
ANEXO XVI-F
LISTA DE RESERVAS SOBRE PROVEEDORES DE SERVICIOS CONTRACTUALES (PSC) Y PROFESIONALES INDEPENDIENTES (PI)
UCRANIA
1. En la lista de reservas que figura a continuación se indican los sectores de servicios liberalizados con arreglo al artículo 101, apartado 2, y al artículo 102, apartado 2 (PSC y PI), en los que se aplican limitaciones a los proveedores de servicios contractuales y a los profesionales independientes (PSC y PI), y se especifican dichas limitaciones.
2. La lista consta de los siguientes elementos:
a) una primera columna indica el sector o subsector en que se aplican dichas limitaciones; y
b) en la segunda columna se describen las limitaciones aplicables.
Ucrania no asume ningún compromiso en lo que respecta a los proveedores de servicios contractuales ni los profesionales independientes en ningún sector de servicios distinto de los enumerados explícitamente a continuación.
3. Para identificar los sectores y subsectores individuales:
a) Por CCP se entiende la Clasificación Central de Productos según la definición de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos,
Serie M, Nº 77, CCP prov, 1991. y
b) Por CCP ver. 1.0 se entiende la Clasificación Central de Productos según la definición de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, Nº 77, CCP ver. 1.0, 1998.
4. Los compromisos en lo que respecta a los proveedores de servicios contractuales y a los profesionales independientes no rigen en los casos en que el objetivo o la consecuencia de su presencia temporal supone una interferencia o afecta de cualquier otro modo a los resultados de una controversia o negociación relacionada con la mano de obra o con la gestión.
5. La lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a los requisitos y procedimientos de cualificación, las normas técnicas y los requisitos y procedimientos de autorización cuando no constituyan una limitación en el sentido del artículo 101, apartado 2, y del artículo 102, apartado 2 (PSC y PI). Tales medidas (por ejemplo, la necesidad de obtener una licencia, la necesidad de obtener el reconocimiento de las cualificaciones en sectores regulados, la necesidad de superar exámenes específicos —por ejemplo, exámenes de idiomas— o la necesidad de tener un domicilio legal en el territorio en el que se desempeña la actividad económica), aunque no figuren en la lista, son de aplicación en cualquier caso a los proveedores de servicios contractuales y a los profesionales independientes de la parte UE y sus Estados miembros.
6. La lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a las subvenciones concedidas por una de las Partes.
7. La lista que figura a continuación se entiende sin perjuicio de la existencia de monopolios públicos o derechos exclusivos en los sectores pertinentes, tal como
queda expuesto por Ucrania en su lista (anexo XVI-D o anexo XVI-E) del capítulo 6 (Establecimiento, Comercio de Servicios y Comercio Electrónico) del título IV del presente Acuerdo.
8. Los derechos y obligaciones que emanan de la siguiente lista no tendrán eficacia directa y, por consiguiente, no confieren derechos directamente a las personas físicas ni jurídicas.
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
Servicios de asesoramiento jurídico en materia de Derecho internacional público y Derecho extranjero (parte de la CCP 861) | Ninguna. |
Servicios de contabilidad y teneduría de libros (CCP 86212 excepto «servicios de auditoría», CCP 86213, CCP 86219 y CCP 86220) | Ninguna. |
Servicios de asesoramiento fiscal (CCP 863)73 | Ninguna. |
Servicios de arquitectura y Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajística (CCP 8671 y CCP 8674) | Ninguna. |
Servicios de ingeniería y Servicios integrados de ingeniería (CCP 8672 y CCP 8673) | Ninguna. |
Servicios de informática y servicios conexos (CCP 84) | Ninguna. |
Servicios de investigación y desarrollo (CCP 851, 852 excepto los servicios psicológicos74 y 853) | Se requiere un convenio de acogida con un organismo de investigación autorizado. |
73 No incluye los servicios de asesoramiento jurídica y de representación legal sobre asuntos fiscales, que se encuentran en el punto «Servicios de asesoramiento jurídico en materia de Derecho internacional público y Derecho extranjero».
74 Parte de la CCP 85201, que se encuentra en el punto «Servicios médicos y dentales».
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
Servicios de publicidad (CCP 871) | Ninguna. |
Servicios de consultores en administración (CCP 865) | Ninguna. |
Servicios relacionados con los de los consultores en administración (CCP 866) | Ninguna. |
Servicios de ensayos y análisis técnicos (CCP 8676) | Ninguna. |
Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología (CCP 8675) | Ninguna. |
Mantenimiento y reparación de embarcaciones (parte de la CCP 8868) | Ninguna. |
Mantenimiento y reparación de equipo ferroviario (parte de la CCP 8868) | Ninguna. |
Mantenimiento y reparación de vehículos de motor, motocicletas, vehículos para la nieve y equipo de transporte por carretera (CCP 6112, CCP 6122, parte de la CCP 8867 y parte de la CCP 8868) | Ninguna. |
Mantenimiento y reparación de aeronaves y sus partes (parte de la CCP 8868) | Ninguna. |
Mantenimiento y reparación de productos de metal, de maquinaria (que no sea para oficina), de equipos (que no sean para oficina ni para transporte) y enseres domésticos personales75 (CCP 633, CCP 7545, CCP 8861, CCP 8862, CCP 8864, CCP 8865 y CCP 8866) | Ninguna. |
75 Los servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipos de oficina, incluidos los ordenadores (CCP 845), se encuentran en el punto «Servicios de informática».
Sector o subsector | Descripción de las reservas |
Traducción (CCP 87905, excluidas las actividades oficiales o de traducción jurada) | Ninguna. |
Obra de investigación de campo (CCP 5111) | Ninguna. |
Servicios ambientales (CCP 940176, CCP 9402, CCP 9403, CCP 940477, parte de la CCP 9406078, CCP 9405, parte de la CCP 9406, CCP 9409) | Ninguna. |
Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo (incluidos los organizadores de viajes en grupo79) (CCP 7471) | Ninguna. |
Servicios de espectáculos distintos de los servicios audiovisuales (incluidos servicios de teatro, bandas y orquestas, circos y discotecas) (CCP 9619) | Se puede exigir una cualificación técnica avanzada80. |
76 Corresponde a servicios de alcantarillado.
77 Corresponde a servicios de depuración de gases de escape
78 Corresponde a partes de Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje.
79 Prestadores de servicios cuya función consiste en acompañar a un grupo de viajeros de al menos diez personas sin hacer de guías en localidades específicas.
80 Si la cualificación no se ha obtenido en Ucrania, Ucrania puede evaluar si es equivalente a la cualificación exigida en su territorio.