LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INSPECCIÓN DE LA OBRA:
“AZUD DE DERIVACIÓN SOBRE EL RÍO SALADO, OBRA DE TOMA, CANAL DE ENLACE, VINCULACIÓN AL CANAL DE DIOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”
PLIEGO UNICO DE CONDICIONES
INDICE
ARTÍCULO 1.- Objeto del llamado y aplicación xxx xxxxxx 5
ARTÍCULO 2.- Disposiciones Legales de Aplicación y Orden de Prelación 5
ARTÍCULO 3.- Glosario 6
ARTÍCULO 4.- Interpretación 6
ARTÍCULO 5.- Gastos de los Proponentes 7
ARTÍCULO 6.- Competencia judicial 7
ARTÍCULO 7.- Requisitos 8
ARTÍCULO 8.- Inhabilitados para la presentación 8
ARTÍCULO 9.- Domicilio 9
ARTÍCULO 10.- Sistema de contratación 10
ARTÍCULO 11.- Consulta y adquisición xxx Xxxxxx y documentación técnica 11
ARTÍCULO 12.- Circulares 11
ARTÍCULO 13.- Suficiencia de la propuesta 11
ARTÍCULO 14.- Garantía de Oferta y Contratación 11
ARTÍCULO 15.- Correspondencia de los Proponentes 12
ARTÍCULO 16.- Presentación de las propuestas 13
ARTÍCULO 17.- Forma de presentación 13
ARTÍCULO 18.- Aclaraciones 14
ARTÍCULO 19.- Contenido del Sobre Nº 1 14
ARTÍCULO 20.- Contenido del Sobre Nº 2 17
ARTÍCULO 21.- Apertura de la Licitación 17
ARTÍCULO 22.- Vistas y observaciones a las Propuestas Técnicas 18
ARTÍCULO 23.- Evaluación de las Propuestas Técnicas y Económica 18
ARTÍCULO 24.- Preadjudicación 18
ARTÍCULO 25.- Vistas e impugnaciones a la preadjudicación 19
ARTÍCULO 26.- Devolución de Propuestas Económicas (Sobre Nº 2) 19
ARTÍCULO 27.- Adjudicación del contrato 19
ARTÍCULO 28.- Licitación dejada sin efecto; desierta o fracasada 20
ARTÍCULO 29.- Contratación 20
ARTÍCULO 30.- Garantía de cumplimiento de contrato 20
ARTÍCULO 31.- Criterios de evaluación de las Propuestas Técnicas 21
ARTÍCULO 32.- Criterios de evaluación de las Propuestas Económicas 23
ARTÍCULO 33.- Calificación final – Orden de preadjudicación 24
ARTÍCULO 34.- Descalificación de propuestas 24
ARTÍCULO 35.- Sistema de contratación 25
ARTÍCULO 36.- Cesión 25
ARTÍCULO 37.- Subcontratación 25
ARTÍCULO 38.- Inicio de los trabajos 25
ARTÍCULO 39.- Seguros 26
ARTÍCULO 40.- Supervisión de la obra física y control del Contrato de Inspección por
el Comitente 26
ARTÍCULO 41.- Imprevisión Contractual 26
ARTÍCULO 42.- Variaciones del contrato 27
ARTÍCULO 43.- Comunicaciones 28
ARTÍCULO 44.- Obligaciones y responsabilidades de la Consultora 28
ARTÍCULO 45.- Inspector Principal de la Consultora 33
ARTÍCULO 46.- Reemplazo de personal 33
ARTÍCULO 47.- Obligaciones del Comitente 33
ARTÍCULO 48.- Suspensión de las obras 34
ARTÍCULO 49.- Suspensión del contrato 34
ARTÍCULO 50.- Rescisión por causas imputables a la Consultora 34
ARTÍCULO 51.- Multas 36
ARTÍCULO 52.- Multa por atrasos en la presentación de información debida 36
ARTÍCULO 53.- Multa por incumplimiento de Órdenes de Servicios 37
ARTÍCULO 54.- Multa por reemplazo del personal afectado a la inspección 37
ARTÍCULO 55.- Multa por incumplimiento de las tareas asignadas 37
ARTÍCULO 56.- Multa por falta de personal en obra 38
ARTÍCULO 57.- Multas por incumplimientos varios 38
ARTÍCULO 58.- Notificaciones 39
ARTÍCULO 59.- Certificación y pago 40
ARTÍCULO 60.- Anticipo 40
ARTÍCULO 61.- Registro xx Xxxxx y Sanciones 41
ARTÍCULO 62.- Presupuesto Oficial 41
ARTÍCULO 63.- Valor xxx Xxxxxx 00
XXXXXX 00
TITULO I
BASES PARTICULARES DE SELECCION CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Objeto del llamado y aplicación xxx xxxxxx
El Ministerio del Agua y Medio Ambiente de la Provincia de Santiago del Estero, llama a Licitación Pública a efectos de Contratar Servicios de Inspección de la Obra “AZUD DE DERIVACIÓN SOBRE EL RÍO SALADO, OBRA DE TOMA, CANAL DE ENLACE, VINCULACIÓN
AL CANAL DE DIOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”, la que se ajustará a las bases y condiciones de ejecución contractual contenidas en este pliego único.
Los servicios de ingeniería a contratar, mencionados en el párrafo precedente, comprenden la realización de la totalidad de los trabajos necesarios para desempeñar las siguientes funciones:
a) Inspección de las Obras hasta su Recepción Definitiva.
ARTÍCULO 2.- Disposiciones Legales de Aplicación y Orden de Prelación
La documentación de la presente licitación se regirá por lo establecido en la Ley de Obras Públicas Nº 2.092 de la Provincia de Santiago del Estero y subsidiariamente a las Leyes Nacionales Nº 22.460 de Servicios de Consultoría, Ley 18875 de Compre argentino y su decreto reglamentario, la Ley Nacional Nº 13.064 de Obras Públicas y el Decreto Nacional Nº 1023/01 – Régimen de Contratación de la Administración Nacional, en tanto y en cuanto no se oponga a la Ley Provincial, y estará integrada por:
• El presente Pliego Único de Condiciones
• El Modelo de Contrato a Suscribir.
ARTÍCULO 3.- Glosario
En el presente Pliego Único de Condiciones, y en las Circulares con o sin consulta que eventualmente se emitan, se emplean con el significado que aquí se indica, los siguientes términos:
a) Comitente: Es el Ministerio del Agua y Medio Ambiente de la Provincia de Santiago del Estero.
b) Contratista de Obra: Es quien resulte contratista para la ejecución de la obra sujeta a la Inspección objeto de la presente licitación.
c) Contrato: Es el instrumento a suscribir por el Comitente y el Adjudicatario, que obra como Xxxxx XXX del presente Xxxxxx.
d) Experto o Especialista: Es el profesional universitario calificado en alguna especialidad, designado por el Proponente para integrar el plantel de la Inspección en temas específicos.
e) Inspección: Es el Contratista en cumplimiento del servicio objeto del presente llamado o el servicio propiamente dicho, según lo requiera el contexto.
f) Inspector Principal de Obra: Es el profesional universitario en la especialidad de Ingeniería o designado por el Proponente para ejercer la Jefatura Técnica del Servicio de Ingeniería, quien se desempeñará asimismo como Representante Técnico.
g) Pliego: Es el conjunto conformado por el Pliego Único de Condiciones para la Licitación y Contratación de Obras Públicas y las Circulares que se emitan.
h) Representante Legal: Es quien haya sido designado por el Proponente para representarlo en todos los asuntos referidos al proceso de selección y contratación, con facultades suficientes a tal fin.
j) Contralor del Contrato de Inspección: Estará a cargo del Comitente a través de los funcionarios designados y/o terceros contratados a tal fin
k) UT: Unión Transitoria conforme a la Ley 19.550 y sus complementarias.
ARTÍCULO 4.- Interpretación
A efecto de la interpretación del presente Pliego Único de Condiciones y de las circulares que eventualmente se emitan, deberá considerarse que:
a) Número y género: Las palabras empleadas en singular incluyen su plural y viceversa y el masculino comprende el femenino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
b) Títulos y subtítulos: Los títulos y subtítulos en la documentación licitatoria sólo sirven como guía en la búsqueda de los respectivos artículos, incisos o apartados, sin limitar o desvirtuar las expresiones en ellos contenidas.
c) Consorcios o uniones transitorias: la mención de Proponente y Adjudicatario lleva implícita la posibilidad de que se trate de consorcios o uniones transitorias (UT), y la mención de Contratista, que se trate de una unión transitoria (UT).
ARTÍCULO 5.- Gastos de los Proponentes
Todos los gastos en que incurra cada Proponente con motivo de la presente licitación, serán por su cuenta y cargo y no serán reembolsables directa ni indirectamente por el Comitente, en ningún caso.
ARTÍCULO 6.- Competencia judicial
Para todas las cuestiones que se suscitaren con motivo del llamado, adjudicación y ejecución del Contrato, las partes se someterán a la competencia de los Tribunales con asiento en la Provincia de Santiago del Estero, renunciando a cualquier otro fuero de excepción que pudiera corresponder.
CAPITULO II PROPONENTES
ARTÍCULO 7.- Requisitos
Los Proponentes deberán, en todos los casos, cumplir con los siguientes requisitos:
a).- Tratarse de una persona jurídica legalmente constituida, civil o comercial, integrada principalmente por personal profesional (conforme lo establecido por el Art. 6 – Ley 22.460) y cuyo objeto sea, entre otros, la prestación de servicios de ingeniería/arquitectura para la revisión de proyectos e inspección de obras.
b).- Contar con capacidad legal y técnica y experiencia suficiente como para llevar a cabo en forma completa y en el plazo fijado, los trabajos objeto del llamado a licitación.
c).- Contar con un plantel con la especialización, experiencia y capacidad legal y técnica para la realización de los trabajos que se licitan.
d).-Los oferentes deberán tener capacidad para obligarse y estar inscriptos en el Registro de Licitadores de Obras Públicas Nacional o de la Provincia de Santiago del Estero. De resultar adjudicatario, el oferente deberá cumplir oportunamente con el requisito de estar inscripto en el Registro Permanente de Consultoras de Santiago del Estero.
e).- El oferente, en caso de ser adjudicatario, deberá cumplir oportunamente con el requisito de inscripción en el Registro Único de Proveedores de Santiago del Estero – RUPSE.
f).- Cumplir con los requisitos de su empresa nacional según lo establecido en el art. 14 de la Ley 18875 y el art. 11º del decreto 2930/70.
ARTÍCULO 8.- Inhabilitados para la presentación
En relación a la inhabilitación la misma se aplicará en relación con las jurisdicciones en las que se realizarán las obras a inspeccionar o en relación con el Comitente, y se extenderá hasta un año después de haber cesado en dichos cargos. Esta inhabilitación no alcanza al desempeño de funciones docentes o de investigación en cualquier nivel.
No podrán concurrir como proponentes:
a) Toda persona que haya participado, cualquiera sea su carácter, en la elaboración de la propuesta del Adjudicatario de la licitación convocada para la ejecución de la obra sujeta a la inspección objeto de la presente licitación.
b) Quienes tengan incompatibilidades para contratar con el Estado.
c) Toda persona que se encuentre inhabilitada por condena judicial.
d) Los concursados e inhibidos.
e) Los que hubieran sido sancionados por incumplimiento de Contrato con el Estado.
f) Los que tuvieran penas o sanciones pendientes de cumplimiento en el Registro xx Xxxxx y Sanciones del Estado Provincial, conforme lo establecido en el Decreto Acuerdo Serie “E” Nº 1.368/01.
g) Toda persona declarada evasora y/o deudora morosa por deudas impositivas o previsionales, por decisión judicial o administrativa firme.
Las inhabilitaciones establecidas serán también de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, gerentes, síndicos, socios o representantes legales se encontraran comprendidos en las mismas o se hubieran desempeñado en los últimos DOS (2) años como directores, gerentes, síndicos, socios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestos.
Asimismo, no podrán presentar propuestas aquellas personas jurídicas que no tengan el domicilio efectivamente radicado en el país, conforme al principio de la realidad económica.
Los impedimentos indicados precedentemente alcanzan en el supuesto de personas jurídicas, a sus Directores, Socios Mayoritarios, Síndicos o Representantes Legales.
Los oferentes deberán acompañar declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en estas inhabilidades quedando facultado el Comitente, a través de la Comisión de Pre-Adjudicación, para solicitar los informes correspondientes, si lo considera necesario.
ARTÍCULO 9.- Domicilio
El Proponente constituirá domicilio legal en la Ciudad Capital de Santiago del Estero.
CAPITULO III PROCESO DE SELECCIÓN
ARTÍCULO 10.- Sistema de contratación
La presente licitación se ajustará al sistema de contratación por ajuste alzado absoluto de acuerdo al presupuesto oficial.
Las tareas de inspección se contratarán sobre la base del monto total establecido por la Consultora en su propuesta, quedando entendido que las certificaciones parciales son al solo efecto del pago a cuenta del importe total de la inspección.
Dentro del monto del contrato se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en los documentos del contrato, sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra resulte en cada parte y en su todo concluida con arreglo a su fin y a lo establecido en esos documentos.
El oferente presentará, en el Sobre N° 2, un presupuesto detallado de su cotización, ítem por ítem siguiendo el listado del presupuesto oficial, con la indicación de unidades de medida, cantidades, precios unitarios y totales de los ítems. En su preparación se tendrá en cuenta, que:
a) Se podrán agregar o intercalar los ítems que a juicio del Proponente pudieran faltar. En caso de supresión de algún ítem, se deberá dejar indicada la razón de su eliminación.
b) Se mantendrá en todos los casos el orden de los existentes, y el que faltare se intercalará en el rubro respectivo, designándolo con carácter de “bis”.
Por errores de significación que pudieran caracterizar determinados ítems del presupuesto, el comitente exigirá al adjudicatario su corrección dentro de los CINCO (5) días corridos de la notificación. La corrección podrá ordenarse en cualquier momento durante la marcha del contrato y deberá cumplirse por la vía del prorrateo o compensación, en la forma que estime más conveniente y resultare satisfactorio a juicio del comitente.
Dicha operación no modificará el monto total de la propuesta que sirviera de base para la adjudicación.
ARTÍCULO 11.- Consulta y entrega xxx Xxxxxx y documentación técnica
Para participar en la licitación, el Proponente deberá presentar el respectivo Pliego en el lugar y oportunidad indicados en el llamado a la licitación. Para ello los interesados podrán retirar un ejemplar impreso en las oficinas de la Comitente, indicadas a continuación. En el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia (xxx.xxx.xxx.xx), se publicará el pliego licitatorio.
La documentación técnica correspondiente a la obra podrá ser consultada en la sede del Comitente, sita en calle Xxxxxxxxx Nº44 Segundo Piso de la Ciudad de Santiago del Estero de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00 hs., hasta la fecha prevista en la Licitación.
ARTÍCULO 12.- Circulares
Es carga especial de los Proponentes tomar conocimiento de las circulares que eventualmente se emitan, retirando copias en la dirección indicada en el artículo 11.- Consulta y adquisición xxx Xxxxxx y documentación técnica del presente P.U.C.
No formulándose consultas, se establece que la solución de cualquier error que se detecte en la documentación, queda a exclusivo criterio de la Comitente.
ARTÍCULO 13.- Suficiencia de la propuesta. Plantel Mínimo de Profesionales.
Se entenderá que antes de presentar su propuesta, el Proponente se ha asegurado que sus cotizaciones cubrirán todas las obligaciones emergentes del Contrato y, en consecuencia, que ha incluido en ellas todos los trabajos, prestaciones y servicios previstos en el Pliego y aquellos que fueran menester para cumplir íntegramente con el objeto contractual, no reconociéndosele modificación alguna.
Se entiende que para cumplir satisfactoriamente con los trabajos contratados, la consultora deberá contar con el siguiente plantel mínimo de profesionales:
1.- Un (1) Jefe de Inspección (Ingeniero Civil o Hidráulico). Con 10 años de experiencia mínima en obras similares. Con presencia permanente en la obra,
2.- Responsables por temas:
2.1.- Proyecto Ejecutivo y Diseño (Ingeniero Civil o Hidráulico), 2.2.- Fundaciones y Geotecnia (Ingeniero Civil),
2.3.- Hormigones (Ingeniero Civil),
2.4.- Laboratorio (Ingeniero Civil o Químico), 2.5.- Topografía (Ingeniero Agrimensor),
2.6.- Electromecánica (Ingeniero Electromecánico),
2.7.- Inspección Ambiental (Ingeniero con Especialización en Medio
Ambiente).
En todos los casos de Responsables por temas deberán tener 5 años de
experiencia como mínimo en temas similares, y deberán tener permanencia en obra mientras sea necesaria la misma de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado.
En el caso de 2.3 (Hormigones), 2.4 (Laboratorio) y 2.5 (Topografía), la permanencia será en todo el período de obra.
En el mismo sentido, el Proponente deberá considerar, a los fines de su cotización, la incidencia de los impuestos, sellos, tasas, contribuciones y derechos nacionales, provinciales y municipales vigentes al momento de presentar su propuesta y que afecten a su presentación, así como la incidencia de las cargas sociales sobre las remuneraciones de su personal.
ARTÍCULO 14.- Garantía de Oferta y Contratación
Las propuestas deberán presentarse con el sellado que establece la Ley de Sellos en vigor en la Provincia de Santiago del Estero, en originales y fotocopias, la falta del mismo será causal de rechazo automático.
Los proponentes deberán incluir en su propuesta una garantía consistente en depósito en efectivo, seguro de caución o fianza bancaria de garantía de seriedad o mantenimiento de oferta, por un monto equivalente al uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial, debiendo figurar el nombre de la licitación y con vigencia por un período no menor a noventa (90) días corridos computados a partir de la fecha fijada para la apertura de propuestas. Este plazo se renovará automáticamente hasta el momento de la adjudicación, a menos que los Proponentes se retracten por escrito, con una anticipación de QUINCE (15) días al vencimiento de dicho plazo. Cuando se optare por la garantía en dinero en efectivo, deberá efectuarse el depósito en la cuenta correspondiente xx Xxxxxx Generales en el Banco Santiago del Estero, aclarando en el formulario el nombre de la obra. Si se constituyera mediante póliza de seguro, la misma debe emitirse, indicándose el nombre de la obra y como beneficiaria al Ministerio del Agua y Medio Ambiente de la Provincia de Santiago del Estero la que será depositada en Tesorería de la Provincia de Santiago del Estero cuya constancia de depósito de la misma se adjuntará en el Sobre Nº 1, siendo la ausencia de la misma causal de rechazo de la propuesta. La póliza de seguro deberá ser otorgada por una compañía reconocida por la Superintendencia de Seguros de la Nación que se constituirá en fiadora solidaria, xxxx y llanamente responsable pagadora.
No se aceptarán pagarés, cheques, letras de cambio, facturas, ni título alguno que no esté expresamente indicado en el presente pliego como depósito de garantía.
Las garantías serán devueltas a los Proponentes cuyas propuestas no hayan sido precalificadas, vencido el plazo para presentar observaciones sin que se hayan formulado o una vez resuelta las presentadas; a los Proponentes calificados que no hayan resultado Adjudicatarios, una vez suscripto el contrato con el Adjudicatario; a los Proponentes que hayan retirado su propuesta conforme lo previsto en el primer párrafo del presente Artículo (prórroga automática).
Los Proponentes estarán obligados a mantener sus propuestas durante el plazo que en cada caso se establezca en el presente Xxxxxx, en su defecto perderán la garantía a que se refiere este artículo.
Una vez adjudicada la Obra la contratista deberá afianzar el contrato con una Garantía de acuerdo a lo establecido en la Ley de Obras Públicas de la Provincia y en idéntica forma a la Garantía de la Oferta.
ARTÍCULO 15.- Correspondencia de los Proponentes
La correspondencia de cualquier tipo que los Proponentes dirigieran al Comitente deberá ser firmada por su Representante Legal y remitida a Ministerio del Agua y Medio Ambiente – Calle Xxxxxxxxx Nº 44 de la Ciudad Capital de Santiago del Estero, (Código Postal 4200).
ARTÍCULO 16.- Presentación de las propuestas
Las propuestas serán recibidas en el lugar y día previstos en el aviso público de llamado a la licitación, en el horario fijado a tal efecto. A cada propuesta presentada, el Comitente le asignará un número de orden.
ARTÍCULO 17.- Forma de presentación
La documentación de la propuesta será presentada en un (1) único sobre, caja o paquete correctamente cerrado y contendrá dos (2) sobres identificados como Sobre Nº 1 y Sobre Nº 2, correlativamente numerados, consignando en el exterior de todos ellos lo siguiente:
a) Denominación de la licitación.
b) Número del Sobre (en los sobres internos).
c) Nombre o Razón Social del Proponente. (En caso de consorcio o UT, se deberá identificar en el exterior del sobre a todas y a cada una de las empresas integrantes)
d) Domicilio del Proponente.
Los documentos contenidos en todos los sobres, redactados y dactilografiadas en idioma castellano, deberán ser presentados en original y dos (2) copias. El foliado del Sobre Nº 1 continuará con la numeración de la última foja de los Pliegos de la Licitación y la del Sobre Nº 2 comenzará con la foja Nº 1 y será continua hasta la última hoja de la presentación. El original y copias deberán estar firmados en todas sus hojas por el Oferente y el Representante Técnico de la empresa.
Los ejemplares de los Sobres 1 y 2, se identificarán en todas sus hojas con los sellos: ORIGINAL, DUPLICADO Y TRIPLICADO (según corresponda y con el correspondiente foliado).
En caso de discrepancia prevalecerá el ejemplar señalado como ORIGINAL sobre los demás.
Además las firmas del Oferente y del Representante Técnico, deben estar certificadas por un Escribano Público, en un solo acto y a continuación de la última hoja del cuerpo de la carpeta ORIGINAL.
En el protocolo notarial deberán constar los números de folios que se certifican, como así también la identificación de las personas que firman esos folios, y la fotocopia autenticada de este protocolo debe ser agregada como última foja de los cuerpos DUPLICADO y TRIPLICADO.
Asimismo, el Proponente deberá presentar en soporte magnético (original y dos copias en CD), todos los documentos elaborados por el mismo para la presentación de su propuesta, para ser leídos en Microsoft Word, Microsoft Excel o Microsoft Power Point bajo Windows.
El Sobre Nº 1 contendrá la Propuesta Técnica con los elementos de juicio que permitan valorar la capacidad jurídica y técnica y los antecedentes del Proponente, la garantía de la oferta y las metodologías y planes de trabajo correspondientes.
El Sobre Nº 2 contendrá la Propuesta Económica.
ARTÍCULO 18.- Aclaraciones
No se considerará ninguna aclaración o información, oral o escrita, que no haya sido solicitada por el Comitente y la falta de presentación de las aclaraciones o informaciones solicitadas podrá dar lugar a la descalificación de la propuesta a criterio de la Comisión de Preadjudicación.
ARTÍCULO 19.- Contenido del Sobre Nº 1
El Sobre Nº 1 corresponderá a la Propuesta Técnica y contendrá:
a) Índice del contenido del Sobre Nº 1, con indicación del folio donde se encuentran los documentos.
b) Constancia de retiro xx xxxxxx y documentación licitatoria.
c) Carta de presentación de la Propuesta Técnica (Formulario S1-Nº 1).
d) Ficha de identificación del Proponente (Formulario S1-Nº 2).
e) Certificados de Inscripción en el Registro de Licitadores, Nacional o Provincial, vigente a la fecha de la Licitación.
f) Constancia Oficial de Depósito de Garantía de la Oferta expedida por Tesorería General de la Provincia, por el 1 (uno) por ciento del Presupuesto Oficial, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 17 de la Ley 2092 (Ley de Obras Públicas).
g) En caso de sociedades, fotocopia del Contrato Social, escritura de constitución o estatuto social con sus correspondientes ampliaciones o modificaciones, debidamente autenticados
por Escribano Público y Certificada por el Colegio respectivo y sus inscripciones en la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio correspondiente.
h) De corresponder, copia certificada de la documentación que acredite la representación legal o el mandato con facultades suficientes para obligar al Proponente. Las uniones transitorias de empresas deberán unificar la representación, debiendo constar la designación legal del representante por cada uno de los integrantes del consorcio o UT.
i) Para las uniones transitorias, copia certificada del contrato de unión transitoria el que deberá incluir el grado de participación de cada uno de sus integrantes, el compromiso de mantener la conformación de la UT hasta la completa extinción de las obligaciones emergentes de un eventual contrato, la responsabilidad solidaria de las empresas integrantes ante el Comitente por igual período y la designación del Representante Legal.
j) La documentación vinculada a la capacidad económica financiera que se detalla:
1. Balances generales y estados patrimoniales de los tres (3) últimos ejercicios contables completos, firmados por Contador Público Nacional con certificación de firma de este. Incluirán, cuando corresponda, memoria, estado de situación patrimonial, estado de resultado, evolución del patrimonio neto, anexos y notas complementarias. No se aceptarán cortes de balances. Los estados contables deberán estar certificados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Santiago del Estero - CPCESE
2. Referencias de las instituciones bancarias de las que el Proponente es cliente.
3. Cálculos de los índices económicos financieros requeridos, conforme lo previsto en el artículo 31 del presente P.U.C. Criterios de evaluación de las Propuestas Técnicas.
4. Declaración jurada de no tener juicios pendientes con el Estado Nacional o Provincial, sus dependencias, organismos y entidades.
k) Conducta Fiscal en original, expedido por la DGR provincial y extendido a nombre del Ministerio del Agua y Medio Ambiente. En su defecto, podrá presentar constancia de solicitud de la misma fechada con una antelación de tres días hábiles como mínimo, a la fecha de apertura de la Licitación. En este caso, se deberá cumplimentar la presentación del original dentro de las 48 hs. del acto licitatorio.
En caso que el oferente haya presentado el certificado requerido en una oficina o departamento del organismo licitante, se aceptará copia autenticada por la misma.
Las empresas de otras provincias deberán cumplimentar el requisito solicitado para las empresas locales, debiendo solicitar además la transferencia a Convenio Multilateral en la provincia que desarrolle su actividad.
l) Copia de constancia de inscripción en AFIP,
(SUSS) la que deberá estar vigente a la fecha de apertura. Acreditación del cumplimiento de obligaciones Impositivas y las obligaciones que surgen del F 931, mediante formularios DDJJ y boletas de pago si correspondiere; se aceptarán copias autenticadas por Xxxxxxxxx.
1) Impuesto a las Ganancias: dos últimos períodos Fiscales vencidos al mes anterior de la apertura, presentación y pago si correspondiere.
2) Impuesto al Valor Agregado (IVA): dos últimos períodos Fiscales vencidos al mes anterior de la apertura, presentación y pago si correspondiere.
3) Obligaciones que surgen del F 931 - DGI: dos últimos períodos Fiscales vencidos al mes anterior de la apertura, presentación y pago si correspondiere.
Se advierte que el hecho de otorgar un plazo posterior para la presentación, al no ser causal de rechazo, no quiere decir que se aceptarán obligaciones pendientes de pago al momento de la apertura. Solo se hace referencia a la presentación posterior y no a su cumplimiento posterior, dado que deberá estar pagado a la fecha de apertura de licitación.
ll) Detalle de los principales antecedentes generales de consultoría y antecedentes específicos en trabajos relacionados con el objeto del llamado realizadas por el Proponente (Formularios S1-N° 3 y S1-N° 4).
m) Enfoque general metodológico.
n) Cronograma de Xxxxxx, Cronograma de Afectación de Personal y Organización funcional de la Inspección.
o) Listados del plantel de Inspección en la etapa de ejecución de obra y del plantel para período garantía, con indicación de nombre y apellido, función o responsabilidad, profesión, categoría, período de afectación, dedicación temporal y lugar donde desarrollará sus tareas y su respectiva constancia de inscripción en el Consejo Profesional de Ingeniería de su jurisdicción.
p) Currículum Vitae del Inspector Principal de Obra, expertos y plantel profesional (Formulario S1-Nº 5).
q) Compromiso de participación del Inspector Principal de Obra, expertos y plantel profesional (Formulario S1-Nº 6).
r) Restante información solicitada en el artículo 31 del presente pliego. Formulario SUSS, certificación normas ISO, etc.
s) Copia xxx Xxxxxx, incluyendo todas las circulares emitidas por el Comitente, con todas sus hojas firmadas por el Oferente y el Representante Técnico, el que deberá estar suscripto por autoridad competente del organismo licitante.
t) Soporte magnético de los documentos incluidos en el Sobre Nº 1.
u) SELLADO XX XXX: Correspondiente a las documentaciones en los Sobres Nº 1 y Nº 2 de acuerdo a los valores vigentes a la fecha de Apertura de la Licitación.
La omisión o faltante del sellado exigido, podrá ser repuesto por el Representante Legal o Técnico en papel sellado o estampillas fiscales durante el acto licitatorio, previo a la apertura del Sobre Nº 2.
v) Certificados de Inscripción en el Registro Único de Proveedores de Santiago del Estero - RUPSE, vigente a la fecha de la Licitación.
La documentación indicada en los incisos e), j), k), l), y ll), deberá presentarse por cada una de los integrantes de la Unión Transitoria.
ARTÍCULO 20.- Contenido del Sobre Nº 2
El Sobre Nº 2 corresponderá a la Propuesta Económica, se abrirá en el mismo orden correlativo con que fueron abiertos los Sobres Nº 1 y contendrá:
a) Índice del contenido del Sobre Nº 2, con indicación del folio donde se encuentran los documentos.
b) Carta de Presentación de Propuesta Económica (Formulario S2-Nº 1).
c) Detalle del costo de personal (Formulario S2-Nº 2).
d) Detalle de costos directos (Formulario S2-Nº 3).
e) Cuadro resumen del precio de la Cuota (Formulario S2-Nº 4).
f) Cuadro resumen de los montos ofertados por los Servicios de Ingeniería (Formulario S2- Nº 5).
g) Presupuesto detallado de la cotización, ítem por ítem siguiendo el listado del modelo del presupuesto oficial, en un todo de acuerdo al Art. 10 del presente Pliego.
h) Soporte magnético de los documentos incluidos en el Sobre Nº 2.
ARTÍCULO 21.- Apertura de la Licitación
En el lugar, día y hora fijados en el aviso público del llamado a licitación, en acto único, se procederá a la apertura de los Sobres Nº 1.
El acta que se labre contendrá el número de orden asignado a cada propuesta, el nombre o razón social y el domicilio del Proponente, indicando el monto y forma de la garantía de oferta y haciendo constar la presentación de la Propuesta Económica (Sobre Nº 2). La no presentación de esta última, será causal de rechazo inmediato de la propuesta.
Asimismo, constarán en el acta las observaciones que realicen los Proponentes presentes en el acto, que estén vinculadas estrictamente a hechos o documentos relacionados con el acto de apertura.
Las propuestas no serán desestimadas en el acto de apertura con la sola excepción de aquellas que no hubieren cumplimentado los requisitos esenciales establecidos en los incisos: b, c, d, e, f, k, t, u y v, del Artículo 19 del presente P.U.C. En tal caso, no estando presente el Representante Legal del oferente, el Sobre Nº 2 se depositará en la Escribanía General de Gobierno, a disposición del mismo.
La propuesta contenida en el Sobre Nº 2, será desestimada si no cumple con los requisitos
b) y g) mencionados en el Artículo anterior para el Sobre Nº2.
Los defectos de forma, es decir aquellos que no se encuentren indicados como causales de rechazo automático consignados en el párrafo anterior, podrán subsanarse en los dos días hábiles subsiguientes al acto de apertura de la licitación.
ARTÍCULO 22.- Vistas y observaciones a las Propuestas Técnicas
Copias de todas las Propuestas Técnicas estarán a disposición de todos los Proponentes durante los tres (3) días hábiles subsiguientes al acto de apertura, para su consulta en la sede del Comitente, pudiendo durante dicho plazo efectuarse las observaciones que se consideren pertinentes, las que no tendrán carácter impugnatorio.
ARTÍCULO 23.- Evaluación de las Propuestas Técnicas y Económica
El Comitente analizará y evaluará las Propuestas Técnicas presentadas, aplicando los criterios y el sistema de puntuación especificado en el Artículo 31, Criterios de evaluación de las Propuestas Técnicas y emitirá el correspondiente dictamen, que será puesto en conocimiento de los proponentes. Este dictamen establecerá el puntaje técnico de cada ofertante y determinará a que proponentes se les abrirá el Sobre Nº 2 por haber dado cumplimiento satisfactorio a los requisitos establecidos en el presente pliego.
Serán inadmisibles las propuestas que incumplan alguno de los requisitos esenciales y la inexactitud, reticencia, falsedad, insuficiencia u omisión en los datos, antecedentes o documentación, que de acuerdo con el Pliego deben aportar los Proponentes, podrán ser causales de rechazo de la propuesta, a exclusivo juicio del Comitente.
ARTÍCULO 24.- Preadjudicación
APERTURA DEL SOBRE 2
El Comitente determinará la calificación final de las propuestas, aplicando el sistema de puntuación especificado en el artículo 33. Calificación final – Orden de preadjudicación del
presente P.U.C., estableciendo el orden de merituación de las propuestas que resultaron calificadas.
ARTÍCULO 25.- Vistas e impugnaciones a la preadjudicación
Notificado el informe de preadjudicación a los Proponentes, las actuaciones quedarán a disposición de los mismos durante los tres (3) días hábiles subsiguientes a la notificación, para su consulta en la sede del Comitente, pudiendo durante dicho plazo efectuar las impugnaciones que consideren pertinentes.
Las impugnaciones se fundamentarán en forma clara y precisa y serán presentadas en la Mesa de Entradas del Comitente, debiendo el Proponente afianzarlas en efectivo por un valor en pesos igual al uno por ciento (1%) del presupuesto oficial consignado en el artículo 4.- Presupuesto Oficial del P.U.C. El expediente que se origine en tal sentido, será girado inmediatamente a la Comisión de Evaluación, la cual deberá resolver fundada y razonadamente la cuestión planteada. Dirimida la cuestión, recién se elevarán las actuaciones al Poder Ejecutivo para el dictado del acto que disponga la adjudicación, previa intervención de los organismos de control. En caso de hacerse lugar a la impugnación, se hará efectiva la devolución del depósito al impugnante. En caso de ser rechazada, se procederá a ejecutar el importe de la Garantía de la Impugnación, el que pasará x Xxxxxx Generales de la Provincia.
ARTÍCULO 26.- Devolución de Propuestas Económicas (Sobre Nº 2)
El Comitente, dictado el acto de adjudicación, pondrá a disposición de los Proponentes, sin abrir, aquellas Propuestas Económicas que correspondan a las propuestas inadmisibles o rechazadas.
Aquellas Propuestas Económicas que no fueran retiradas dentro de los 15 días de notificado en tal sentido el Proponente, podrán ser destruidas por el Comitente, dejando debida constancia.
Sólo podrá retirar la Propuesta Económica quien hubiera sido designado por el Proponente como Representante Legal, bajo firma.
ARTÍCULO 27.- Adjudicación del contrato
Si dentro de un plazo de quince (15) días de notificada la adjudicación, el Adjudicatario no estuviere en condiciones de suscribir el contrato, o no concurriere al acto de la firma, o no aceptase suscribirlo, el Comitente podrá sin intimación previa revocar la adjudicación. Tal decisión no dará derecho a reclamo alguno por parte del Adjudicatario, quien perderá asimismo la garantía de oferta.
En tal caso, el Comitente podrá adjudicar el contrato a los siguientes Proponentes calificados en el orden de preadjudicación, hasta la efectiva suscripción del contrato.
Contra el acto de adjudicación corresponderán todos los recursos previstos en la Ley Provincial de Trámite Administrativo Nº 2296.
ARTÍCULO 28.- Licitación dejada sin efecto; desierta o fracasada
El Comitente podrá dejar sin efecto la Licitación cuando mediaren razones de interés general, oportunidad, mérito o conveniencia; o declararla desierta cuando no se presenten ofertas válidas; o declarar fracasada cuando las ofertas no fueran ajustadas a la documentación licitatoria o no hubiere ofertas convenientes a criterio de la Repartición.
Tales decisiones no darán derecho a reclamo alguno por parte de los Proponentes o el Adjudicatario.
ARTÍCULO 29.- Contratación
El Comitente citará al Adjudicatario para concretar la suscripción del contrato previsto en el Anexo XII, atendiendo al plazo otorgado en el artículo 27, Adjudicación del contrato del presente Pliego.
ARTÍCULO 30.- Garantía de cumplimiento de contrato
Simultáneamente con la firma del contrato, el contratista deberá afianzar su cumplimiento mediante una garantía, constituida en alguna de las formas previstas en el Artículo 14 de este Pliego, por el CINCO POR CIENTO ( 5 %) del importe total del contrato. Si el contratista no integrara la garantía de cumplimiento del contrato, el comitente dejará sin efecto la adjudicación, con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta. Es facultad del comitente proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para la firma del contrato y la consiguiente integración de la garantía.
Esta garantía de cumplimiento del contrato, si no fuera ejecutada, será devuelta al Contratista una vez producida la recepción definitiva total de la obra objeto de inspección.
CAPITULO IV CRITERIOS DE SELECCION
ARTÍCULO 31.- Criterios de evaluación de las Propuestas Técnicas
Para el procedimiento de evaluación de las Propuestas Técnicas (Sobres N°1) se aplicarán los criterios y puntajes que se presentan a continuación.
EVALUACIÓN FORMAL:
En primer lugar se establecerá la admisibilidad de las propuestas en base a los requisitos esenciales vinculados al cumplimiento de los extremos formales.
La capacidad legal se determinará en atención al régimen general de capacidad de las personas y de los requisitos previstos en la normativa aplicable al actual proceso de selección.
EVALUACIÓN ECONÓMICA-FINANCIERA.
La capacidad económica se determinará por la obtención de indicadores que igualen o mejoren los establecidos a continuación:
a) Capital de Trabajo: se determinará según el último balance, debiéndose acreditar que el resultado de restar al Activo corriente el Pasivo corriente, sea mayor a la relación entre el presupuesto oficial y la duración de los trabajos, expresada en meses según el P.U.C
b) Solvencia: El índice se obtendrá por la suma de los resultados de dividir el activo total por el pasivo total de cada ejercicio, multiplicados por 0,5, 0,3 y 0,2 para el último, penúltimo y antepenúltimo ejercicio respectivamente. El valor obtenido deberá ser mayor o igual a 1,5.
c) Liquidez corriente: El índice se obtendrá por la suma de los resultados de dividir el activo corriente por el pasivo corriente de cada ejercicio, multiplicados por 0,5, 0,3 y 0,2 para el último, penúltimo y antepenúltimo ejercicio respectivamente. El valor obtenido deberá ser mayor o igual a 1,2.
d) Endeudamiento total: El índice se obtendrá por la suma de los resultados de dividir el pasivo total por el Activo total de cada ejercicio, multiplicado por 0,5, 0,3 y 0,2 para el último, penúltimo y antepenúltimo ejercicio respectivamente. El valor obtenido deberá ser menor o igual a 0,8.
En caso de consorcio o U.T. se considerará la sumatoria de los indicadores de cada uno de los integrantes, en cuyo caso las ponderaciones se realizarán en base a la participación de cada miembro en el consorcio o U.T.
Las propuestas que hubieran dado cumplimiento a los extremos formales, y que hubieran acreditado su capacidad legal, económica y financiera, serán calificadas en sus aspectos técnicos según el puntaje obtenido por la evaluación de los siguientes aspectos:
EVALUACIÓN TÉCNICA
La evaluación y valorización de los antecedentes contenidos en la documentación presentada por los oferentes en el Sobre Nº 1 se realizará aplicando los siguientes puntajes:
FACTORES | PUNTAJE | |
A | Estructura de la Consultora | 15 |
B | Antecedentes generales de la Consultora | 10 |
C | Antecedentes de la Consultora en trabajos similares | 20 |
D | Metodología y Plan de Trabajos | 25 |
E | Organización y plantel profesional y técnico propuesto | 30 |
para realizar los trabajos | ||
TOTAL | 100 |
A continuación se describe el procedimiento para cada uno de los factores antes descriptos:
Factor A
Estructura de la Consultora
Este factor se valorizará entre 0 y 15 puntos de acuerdo a las siguientes subdivisiones:
Antigüedad de la firma 2 puntos
Mayor a 20 años 2 puntos
Entre 5 y 20 años inter. lineal
Menos de 5 0 puntos
Facturación Anual promedio últimos 3 años 4 puntos Mayor a 60 M de $ 4 puntos
Entre 15 y 60 M de $ inter. lineal
Menos de 15 M de $ 0 puntos
Patrimonio Neto promedio últimos 3 años 3 puntos Mayor a 15 M de $ 3 puntos
Entre 6 y 15 M de $ inter. lineal
Menos de 6 M de $ 0 puntos
Personal en relación de dependencia (Formulario SUSS 931) 3 puntos
Mayor a 50 personas 3 puntos
Entre 15 y 50 personas inter. lineal
Menos de 15 0 puntos
Certificado de Normas de Calidad 3 puntos
Posee ISO 9100 1 punto
Posee ISO 14001 1 punto
Posee ISO 18001 1 punto
En el caso de UT se promediarán los valores de cada empresa en base a la participación. Los índices económicos serán calculados como el promedio de los 3 últimos balances.
Factor B
Antecedentes generales de la Consultora Este factor se valorizará entre 0 y 10 puntos
Se otorgará un punto por cada contrato mayor a 1 M de U$S en que la participación del oferente sea superior al 25%, finalizados en los últimos 15 años, o con avance de obra superior a 90%.
En el caso de UT se ponderarán los antecedentes de los participantes en proporción a su participación
Factor C
Antecedentes Específicos de la Consultora en supervisión de obras. Este factor se valorizará entre 0 y 20 puntos
Se considerarán las Supervisiones o inspecciones finalizadas en los últimos 20 años o con avance de obra superior al 90%, de contratos mayores a 1M de U$S, en que la participación del oferente sea superior al 25%.
Se otorgarán 2 puntos por cada contrato realizado, no pudiendo ser los mismos trabajos que para el factor B.
En el caso de UT se ponderarán los puntajes obtenidos por cada una de las empresas en proporción a su participación
Factor D
Metodología y Plan de Trabajos propuestos.
Este factor se valorizará entre 0 y 25 puntos de acuerdo a la siguiente subdivisión:
- Desarrollo de la metodología 0 a 10 puntos
- Coherencia de la metodología con los términos de referencia
del concurso 0 a 8 puntos
- Cronograma de afectación de personal 0 a 5 puntos
- Cronograma de tareas 0 a 2 puntos
Factor E
Organización y plantel profesional y técnico propuesto para realizar los trabajos: Este factor se valorizará entre 0 y 30 puntos de acuerdo a la siguiente subdivisión:
- Organigrama propuesto 0 a 4 puntos
- Antecedentes del Director 0 a 10 puntos
- Antecedente de los profesionales clave propuestos 0 a 16 puntos
Director de Inspección
El Director de la Inspección, debe poseer título de Ingeniero Civil, Hidráulico o en Construcciones y contar con un mínimo de 20 años de antigüedad en el título habiendo participado en al menos una Inspección de una Presa, en el cargo de Director/Jefe de Inspección.
Personal Clave
El oferente deberá proponer el personal clave conforme a las especialidades que se detallan más abajo. En cada caso se considera y evaluará la experiencia y participación en cargos equivalentes en obras de características similares.
El oferente deberá indicar su personal clave para las distintas actividades. El puntaje total surgirá como el promedio de los puntajes de los profesionales ofrecidos.
Se deberán proponer las siguientes especialidades los que serán evaluadas: Hidráulica, Geotecnia, Estructuras, Inspección Obras Civiles, Inspección Obras Electromecánicas, Ambientales, Seguridad e Higiene.
Nota: 1) Se seleccionarán todas las firmas que superen un puntaje total de 70 (setenta) puntos.
2) Todas aquellas ofertas que no superen el 60% (sesenta por ciento) de los puntos en cualquiera de los cinco factores arriba detallados, serán descalificados
3) La puntuación en cualquiera de los subrubros en las que se divide cada parte será causal de descalificación.
ARTÍCULO 32.- Criterios de evaluación de las Propuestas Económicas
Para el procedimiento de evaluación de las Propuestas Económicas (Sobres N° 2) se aplicarán los criterios que se presentan a continuación.
En primer lugar se establecerá la admisibilidad de las propuestas en base a los requisitos esenciales vinculados al cumplimiento de los extremos formales.
En segundo lugar se evaluará la validez de las mismas verificando que se encuentren completas y se adecuen razonablemente a las Propuestas Técnicas presentadas.
En tercer lugar se descalificarán aquellas propuestas que excedan en más o menos, más de un 10% (diez por ciento) el presupuesto oficial.
De determinarse que la Propuesta Económica contiene errores de cálculo, los mismos serán corregidos del siguiente modo:
a) Discrepancia entre los valores expresados en números y en letras: prevalecerá lo expresado en letras.
b) Errores de trascripción de cantidad de unidades: será mantenido el valor unitario y corregida la cantidad de unidades y el valor total.
c) Errores en operaciones matemáticas: será corregido el producto, manteniéndose los términos de la operación.
d) Ante otras divergencias o errores será adoptada la corrección que implique un precio total menor.
El monto total de la Propuesta Económica así corregido se tendrá por valor ofertado.
ARTÍCULO 33.- Calificación final – Orden de preadjudicación
Las propuestas se calificarán en definitiva sumando las calificaciones obtenidas en la evaluación técnica y económica.
El orden de preadjudicación se formará según las calificaciones finales, de mayor a menor, y ante igual calificación final se privilegiará a la de mayor Calificación Técnica (CTi).
El orden de mérito para determinar el preadjudicatario se determinará de mayor a menor por la aplicación de la siguiente fórmula.
i
Donde:
PFi: Es el puntaje total para la Ofertai mediante el cual se determina el Orden de Mérito para la Adjudicación.
RTi: Es el puntaje final de evaluación para la Oferta i establecido en la calificación del Sobre Nº 1.
MOi Es el monto total cotizado en la Oferta i en pesos por los servicios
MOB Es el monto de referencia base en pesos, que es igual al menor valor cotizado por las ofertas entre las cuales se define el orden de mérito
ARTÍCULO 34.- Descalificación de propuestas
Será causal de descalificación la inclusión en la Propuesta Técnica (Sobre Nº1) de cualquier referencia al precio del servicio.
Serán descalificadas asimismo aquellas ofertas cuyas propuestas económicas no incluyan la cotización total y las cotizaciones parciales, presenten errores no susceptibles de corrección y/o que hicieran incierto el precio, y las que no resultaren adecuadas a la propuesta técnica presentada.
También serán descalificadas las propuestas de aquellos Proponentes que no acepten las correcciones efectuadas en virtud de lo previsto en el Artículo 32. Criterios de Evaluación de las Propuestas Económicas del presente P.U.C.
TITULO II
CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACION CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 35.- Sistema de contratación – Forma de Pago - Plazo
SISTEMA DE CONTRATACIÓN: Conforme lo establecido en el Artículo 10 del presente la contratación se hará por AJUSTE ALZADO ABSOLUTO, que no podrá ser superior al Presupuesto Oficial.
FORMA DE PAGO: No obstante el importe global establecido para la contratación por Ajuste Alzado, el pago se realizará en forma parcial, mediante la el pago de cuotas mensuales iguales cuyo monto deberá indicar la oferente en su propuesta económica. Para su cálculo se deberá tener en cuenta que veinticinco meses (25) corresponden a inspección de la obra y doce
(12) meses corresponden a inspección en etapa de garantía.
PLAZO: El presente servicio de inspección deberá incluir dos períodos parciales: el primero de veinticinco (25) meses hasta la finalización de la obra, y el restante de doce (12) meses para cubrir el período de garantía. Por consiguiente este servicio de inspección se contratará por el plazo total de TREINTA Y SIETE MESES (37), contados a partir del Acta de Inicio de la prestación.
ARTÍCULO 36.- Cesión
La autorización y aprobación requerida para que el Contratista ceda o transfiera, con las limitaciones establecidas por el Art. 29 de la Ley 2092, el contrato o derechos, obligaciones, responsabilidades o beneficios emergentes de aquel, será dada exclusivamente por la Comitente, por escrito.
No serán necesarias dichas autorización y aprobación respecto de la cesión o compromiso de las sumas de dinero devengadas conformes con el contrato, las que se deberán formalizarse por instrumento público y notificarse al Comitente por actuación notarial.
ARTÍCULO 37.- Subcontratación
La Comitente podrá admitir la subcontratación parcial de las tareas de inspección, siempre que el subcontratista reúna las condiciones de solvencia, buen crédito, idoneidad técnica y estar inscripto de acuerdo en los registros mencionados en el Art 7. Los subcontratos se ajustarán estrictamente a las disposiciones que rigen para el principal y serán sometidos a la aprobación previa de la Comitente.
La existencia de subcontratos no releva al Contratista de la vigilancia y atención directa de los trabajos que le correspondan. En ningún caso el Comitente resultará responsable por las obligaciones asumidas por el Contratista ante los subcontratistas.
ARTÍCULO 38.- Inicio de los trabajos
Firmado el contrato, el comitente dará la orden de iniciación de los trabajos que deberán comenzar en un plazo no mayor xx xxxx (10) días de recibida la misma. En la oportunidad del comienzo de los trabajos se labrará el Acta correspondiente.
Si cumplido dicho plazo, el contratista no hubiera iniciado los trabajos, y siempre que no se diera el caso previsto en el primer párrafo del artículo 50 de la Ley de Obras Públicas N° 2092 y sus modificatorias y complementarias, el comitente tendrá derecho a la rescisión del contrato, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato y responderá por los daños y perjuicios causados.
ARTÍCULO 39.- Seguros
Todo seguro relacionado con el personal de la Inspección y de la Supervisión no provisto por la Empresa responsable de la ejecución de la obra, deberá proveerla la Consultora responsable de la Inspección de la Obra. Las pólizas serán individuales e intransferibles por montos equivalentes a los dispuestos por la legislación para el personal en relación de dependencia y deberán cubrir los riesgos de accidentes de trabajo, incapacidad permanente y muerte.
La contratación de seguros por parte del Contratista no limitará ni disminuirá la responsabilidad de la Consultora cualquiera sea la contingencia que ocurra y le sea atribuible.
Todo seguro contratado será realizado con una Compañía de Seguros controlada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
ARTÍCULO 40.- Supervisión de la obra física y control del Contrato de Inspección por el Comitente
El control de ejecución del presente contrato de inspección estará a cargo de un cuerpo interdisciplinario de profesionales constituidos en una Unidad de Gestión y que estará conformado por personal a cargo Ministerio del Agua y Medio Ambiente de Santiago del Estero, quienes serán designados y/o contratados por la autoridad del Organismo y comenzarán sus funciones en forma simultánea a la contratista.
ARTÍCULO 41.- Redeterminacion de Precios
A los efectos de la redeterminacion de precios del Contrato, será de aplicación el Decreto Nro. 691/2016 – Régimen de Redeterminacion de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública – de la Administración Publica Nacional.
ARTÍCULO 42.- Variaciones del contrato
La Consultora estará obligada a aceptar modificaciones del Contrato, hasta un veinte por ciento (20%) del monto contractual, manteniendo los valores unitarios del Contrato (Ley 2092 – art. 53).
Los aumentos y disminuciones que superen ese porcentaje se regirán por la Ley de Obras Públicas Provincial Nº 2092. Para la determinación del precio respectivo, se tomarán como pautas de referencia los precios del Contrato.
CAPITULO II DESARROLLO DEL SERVICIO
ARTÍCULO 43.- Comunicaciones
Las comunicaciones entre el Supervisor - Contralor y la Inspección se efectuarán mediante Órdenes de Servicio que expedirá la primera y Notas de Pedido que formulará la Inspección.
Dichas comunicaciones se efectuarán por escrito, por duplicado y deberán ser registradas cronológicamente por las partes en un libro llevado al efecto. Cada parte deberá acusar recibo de las comunicaciones emitidas por la otra dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas en que le fueran notificadas y ninguna de las partes podrá negarse a recibir la comunicación oficial de la otra. Cuando la Inspección considere que una Orden de Servicio se aparta de los términos y condiciones contractuales, tendrá SETENTA Y DOS (72) horas para exponer su punto de vista.
Reiterada la orden por la Supervisión, la Inspección ejecutará lo requerido sin perjuicio de formular el reclamo que estime pertinente dentro de los treinta (30) días corridos siguientes.
ARTÍCULO 44.- Obligaciones y responsabilidades de la Consultora
Las responsabilidades específicas de la Inspección deberán ser cumplimentadas en forma compatible con los mejores niveles técnicos y siguiendo las prácticas usuales en inspecciones de esta naturaleza.
Complementariamente a aquellas responsabilidades asignadas al Inspector Principal de Obra en los pliegos licitatorios para la ejecución de la obra, serán también responsabilidad de la Inspección las siguientes acciones:
a) Verificar que todas las obras proyectadas dispongan de una completa información de proyecto, con adecuada definición de las cotas, dimensiones, etc.
b) En caso de que se propongan variantes de proyecto, analizar las causas que llevan a tal propuesta, verificando el mantenimiento de los criterios de diseño originales.
c) Analizar y evaluar la documentación preparada por la contratista, y elaborar un informe fundamentado indicando si el Proyecto Ejecutivo se encuentra en condiciones de su aprobación.
c) Elaborar y mantener actualizado un índice completo de la documentación del proyecto que incluya memorias, planos, planillas, estudios de suelos, relevamientos y toda otra documentación vinculada.
d) Analizar, periódicamente o cuando la Supervisión lo estime necesario, la compatibilidad de los cronogramas físicos, de inversión y financiero realizados por el Contratista de obra, con los cronogramas previstos.
e) Verificar periódicamente el cumplimiento de los cronogramas correspondientes a la obra, requiriendo al Contratista de obra las actualizaciones necesarias, cuando fueran justificadas.
f) Controlar, verificar y aprobar las tareas de replanteo y controlar que las obras sean ejecutadas por el Contratista de obra de acuerdo con los lineamientos, niveles y dimensiones establecidos en los planos y documentos del proyecto.
g) Revisar y aprobar el informe sobre puntos fijos, su ubicación, cota y balizamiento que presente el Contratista de obra.
h) Comprobar la existencia de los equipos indicados en la propuesta del Contratista de obra, en número y condición operativa suficiente como para alcanzar los rendimientos programados.
i) Verificar que el ingreso a obra de materiales y otros suministros se efectúen con la oportunidad necesaria para evitar demoras y paralizaciones en la ejecución de las tareas.
j) Controlar el movimiento de los materiales y de los equipos afectados a la obra.
k) Verificar la disponibilidad y participación del personal técnico del Contratista de obra y exigir que éstos cumplan los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para realizar el trabajo dentro de los estándares de calidad establecidos en este Pliego Único de condiciones de Contratación.
l) Inspeccionar y controlar permanentemente todo tipo de tareas que realice el Contratista de obra.
ll) Controlar el cumplimiento de normas de seguridad industrial e higiene en todos los frentes de trabajo y determinar el nivel de los contaminantes presentes en los ambientes de trabajo y de operación de los servicios en los frentes de trabajo.
m) Establecer y operar conjuntamente con el Contratista de obra un procedimiento de denuncias y peritajes de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a modo de sistema de monitoreo de las condiciones y del medio ambiente de trabajo e información - tanto inmediata como procesada estadísticamente - para el Comitente.
n) Efectuar una inspección continua y completa de todos los trabajos a cargo del Contratista de obra, en la verificación del cumplimiento de los métodos de autocontrol de calidad a ejecutar por éste y realizar los ensayos de los materiales incorporados o por incorporar a la obra, de acuerdo a lo especificado en el Pliego de
Bases y Condiciones para la Licitación de la Obra y toda otra tarea de control de calidad de las obras. Preparar los informes de rutina sobre los resultados de los ensayos.
o) Mantener informada a la Supervisión del seguimiento técnico - administrativo durante el desarrollo de la obra, como así también del seguimiento preventivo para evitar futuros problemas.
p) Verificar mensualmente las mediciones y cálculos efectuados por el Contratista de obra, necesarios para determinar las cantidades de obra ejecutada.
q) Revisar, visar y elevar a la Supervisión para su aprobación los certificados presentados por el Contratista de obra.
r) Xxxxxx a la Supervisión un parte mensual, junto con la xxxx xx xxxxxxxx, informando sobre la cantidad de días efectivamente trabajados.
s) Xxxxx recomendaciones a la Supervisión en el caso de eventuales reclamos por parte del Contratista de obra, en previsión de futuras prórrogas del plazo contractual.
t) Analizar y elevar a la Supervisión, con recomendaciones, los Informes Mensuales de trabajo y las Memoria Trimestral preparados por el Contratista de obra.
u) Verificar el Plan de Trabajos a fin de que se asegure la ejecución de la obra en plazo.
v) Presentar informes mensuales sobre los pagos efectuados, los saldos por ejecutar y las proyecciones del probable costo final de las obras.
w) Determinar las multas que corresponda aplicar al Contratista de obra, sustanciarlas y elevarlas a la Supervisión para su aprobación.
x) Estudiar y hacer recomendaciones a la Supervisión por alteraciones que signifiquen modificación de la obra (supresión y/o ampliación de trabajos, remoción de interferencias, etc.) y preparar la documentación que justifica tales recomendaciones.
y) Ante la aparición de modificaciones, correcciones, adaptaciones, optimizaciones, etc. en los documentos del proyecto o adecuaciones de los diseños a cualquier variación que pudiera haber ocurrido en las condiciones de la obra, actuar - para la tramitación y aprobación de la Documentación Técnica requerida- de acuerdo a lo especificado en el artículo N° 42 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y Complementarias para la Licitación de la Obra, revisando toda la documentación (memorias de cálculo, planos, informes, etc.) que el Contratista de obra genere, verificando la calidad técnico - económica de los diseños, a fin de mejorar las prestaciones de las obras sin modificar o reduciendo al mínimo los costos adicionales que pudieran generarse. A este fin la Inspección deberá participar con
los especialistas que fuera necesario, quienes deberán firmar los informes que se emitan al respecto.
z) Mantener constante y totalmente informado al Comitente, vía Supervisión, de las novedades relacionadas con los temas técnico - económico - contractuales que se vayan suscitando con el desarrollo de los trabajos. La forma de mantener esa información actualizada será motivo de acuerdos, previo al inicio de los trabajos, pero como elemento básico comprende el Informe Mensual de la Inspección. El mismo deberá contener como mínimo la siguiente información:
1. Listado de Comunicaciones entre Contratista de Obra – Inspección, e Inspección - Supervisión, detallando fecha y resumidamente el asunto tratado.
2. Síntesis de trabajos realizados en cada uno de los frentes de obra, en planta de prefabricación, laboratorios de materiales, gabinete (análisis de memorias técnicas, planos, cómputos, certificados, documentación de seguimiento del avance físico, etc.)
3. Informe xx xxxxxxxxx detectadas en los frentes de trabajo. (particularmente verificaciones topográficas).
4. Informe sobre los resultados de ensayos de materiales efectuado por el Contrista. Novedades sobre partidas de materiales recibidas, resultados de controles sobre hormigón fresco y endurecido. Resumen de datos estadísticos recavados. Idem respecto de resultados sobre compactación de suelos, etc.
5. Síntesis del estado, movimiento y acciones referidas a al documentación técnica y contractual con el Contratista de obra.
6. Información sobre mediciones y certificaciones.
7. Novedades en los aspectos de Seguridad e Higiene Laboral. Implementación de medidas correctivas.
8. Información de días de lluvia para el período.
9. Información fotográfica
10. Último listado de Documentos de Ingeniería (Memorias, Planos, Informes Técnicos, etc.) con indicación de situación de la gestión de revisión y aprobación.
11. Cronogramas de avance físico, certificaciones, etc.
12. Informe sobre cumplimiento de las exigencias en materia de seguros.
Este informe podrá eventualmente incluir parte de la información que se ha descripto en el resto de este artículo, evitándose duplicaciones innecesarias.
aa) Celebrar reuniones periódicas con la Supervisión y con el Contratista de obra para evaluar el avance de los trabajos, analizar los problemas que surgieran y proponer las medidas correctivas más convenientes. Además, a pedido de la Supervisión deberá concurrir a reuniones convocadas por el Ministerio del Agua y
Medio Ambiente y/o con terceros. Labrar una Minuta de la reunión, a través del Inspector Principal, donde constarán todos los temas tratados, incluyendo la nómina de los funcionarios y profesionales presentes, enviando una copia a la Supervisión. bb) Cumplir con las disposiciones establecidas para arribar a la Recepción Provisional de las obras de acuerdo a lo especificado en el Pliego de Bases y Condiciones para Licitación de la Obra.
cc) Revisar los planos finales conforme a obra elaborados por el Contratista de obra y hacer cumplir lo especificado en el Pliego de Bases y Condiciones para Licitación de la Obra.
dd) Elaborar el informe y la medición final en base a la cual se hará la liquidación definitiva de los saldos a pagar al Contratista de obra.
ee) Realizar una inspección previa a la Recepción Definitiva de la Obra, hacer las observaciones pertinentes y comprobar que se han cumplido las recomendaciones formuladas antes de emitir la certificación definitiva para la aceptación de esos trabajos.
ff) Asesorar al Comitente mediante la intervención de su especialista legal en todos aquellos temas contractuales que pudieran presentarse durante la marcha de las obras. La Inspección no tomará posición frente al Contratista de obra, en temas que involucren aspectos jurídico – legales relacionados con el manejo del Contrato, sin la previa consulta y eventual toma de decisión y acuerdo con el Comitente, a través del personal de la Supervisión.
gg) Organizar y mantener en forma sistemática y ordenada el archivo técnico de la obra. Este incluirá la totalidad de los documentos generados por el Contratista de obra en sus distintos estados de revisión y copia de sus versiones.
hh) Revisar, verificar y dar conformidad a las actuaciones vinculadas con los procesos de redeterminación de precios que solicite la Contratista de Obra, según lo estipulado en el Decreto Nro. 691/2016 – Régimen de Redeterminacion de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública – de la Administración Publica Nacional.
ii) Revisar y verificar el cumplimiento de las exigencias en materia de seguros, requiriendo al Contratista de obra las modificaciones y actualizaciones necesarias.
Asimismo, será responsable por toda otra tarea inherente a la inspección que le sea requerida por la Supervisión. Estos trabajos no recibirán pago directo alguno y su costo (informes de especialistas, etc.), se considera incluido en la oferta presentada.
ARTÍCULO 45.- Inspector Principal de la Consultora
La Consultora debe tener un Inspector Principal permanentemente en la obra que se inspecciona. Dicha responsabilidad debe recaer en un único profesional, que cumpla con todos los requisitos exigidos establecidos en el Pliego Único de Condiciones
Serán funciones y obligaciones del Inspector Principal las siguientes:
a) Representar a la Inspección en la ejecución del trabajo contratado durante su plazo de vigencia.
b) Tener permanencia en la obra y en las dependencias que indique el Comitente, cuando este lo demande.
c) Mantener permanentemente informado al Comitente sobre todos los aspectos relacionados al trabajo.
d) Mantener la coordinación permanente y efectiva con las oficinas centrales del Contratista y del Comitente.
e) Ser responsable de la conducta y ética profesional de todo el personal de la Inspección, con facultad para tomar medidas correctivas en caso necesario.
En caso de ausencia temporaria del Inspector Principal por obligaciones emergentes del cumplimiento de este Contrato o en periodos vacacionales, se designará un sustituto que aprobará la Comitente, quien asumirá las funciones correspondientes.
ARTÍCULO 46.- Reemplazo de personal
La Consultora no podrá sustituir el personal estipulado en el Contrato, salvo que se acrediten razones suficientes a juicio de la Comitente y que los reemplazantes propuestos tuvieran antecedentes y capacidad equivalente o superior a los previstos originalmente.
La Comitente deberá expedirse dentro de los quince (15) días de la formulación del pedido, aceptando o rechazando la sustitución, la que no podrá denegarse sin razones fundadas.
El Comitente podrá exigir el reemplazo de cualquier personal que, a su sólo juicio, observase mala conducta o fuese negligente o incompetente en su trabajo. Todos los gastos que ocasione su retiro serán a cargo de la Consultora.
ARTÍCULO 47.- Obligaciones del Comitente
El Comitente pondrá a disposición de la Consultora, con la orden de inicio de las tareas, dos juegos del proyecto y del contrato de obra con sus anexos.
Asimismo el Comitente pondrá a disposición de la Consultora, en tiempo razonable, todos los datos e informaciones que disponga concernientes a las obras a inspeccionar.
El Comitente decidirá sobre los asuntos elevados por la Consultora para su definición en un tiempo razonable de acuerdo con la importancia del tema y de modo de no retardar ni interrumpir el desarrollo de las obras.
Las retribuciones a la Consultora constituirán la contraprestación a cargo de la Comitente originada en el contrato. La Contratista no tendrá derecho a beneficio complementario alguno, ya sea directo o indirecto, en regalía, gratificación o comisión en conexión con cualquier artículo o proceso patentado que se use en o para los fines del contrato.
ARTÍCULO 48.- Suspensión de las obras
En caso de paralización de las obras objeto de inspección, es responsabilidad de la Inspección proponer las medidas tendientes a fin de evitar cualquier deterioro en las mismas.
Suspendidas las obras objeto de inspección por un plazo mayor a treinta (30) días corridos, el Comitente podrá optar por la continuación de la prestación de servicios del Contratista para lo cual deberá notificarle tal opción.
En tal caso, se determinarán las tareas que la Inspección deberá cumplir y se establecerá el valor de una cuota mensual en base a la nueva carga de trabajo, pudiendo reconocerse como máximo un treinta (30) por ciento de la cuota mensual.
ARTÍCULO 49.- Suspensión del contrato
En caso de paralización de las obras objeto de inspección por más de treinta (30) días corridos, de no ejercer el Comitente la opción prevista en la cláusula de.- Suspensión de las obras del presente P.U.C, el contrato de inspección se entenderá suspendido de pleno derecho a partir del día siguiente, sin derecho de la Consultora a percibir compensación alguna, ni reconocimiento de gasto a partir de dicha suspensión.
Si dicha suspensión continua por un plazo mayor a 90 días corridos, la Consultora o el Comitente podrán solicitar la rescisión del contrato, con los efectos previstos para los casos de caso fortuito o fuerza mayor del artículo 80 inc. “b” de la Ley Provincial 2092.
ARTÍCULO 50.- Rescisión por causas imputables a la Consultora
Será causal de rescisión imputable a la Contratista, en los términos del artículo 77 de la Ley Provincial 2092, sin perjuicio de otros, el hecho que:
1. El monto acumulado de las multas excediese el diez por ciento (10%) del monto del Contrato.
2. El Contratista o cualquiera de las firmas integrantes, en caso de una U.T., quebraran, o si se hubiese hecho lugar a un pedido de quiebra presentado contra cualquiera de ellas, o solicitara cualquiera de ellas su propia quiebra, o si mediara ejecución sobre sus bienes que por su monto pudiera afectar la ejecución de las obras.
3. El Contratista no hiciera entrega de los informes a su cargo, treinta (30) días corridos después de que vencieran los plazos correspondientes.
La resolución del contrato tendrá efecto en la forma y en la fecha especificada en la notificación y se produciría sin perjuicio de cualquier reclamo que el Comitente pudiera formular contra la Consultora. Al recibo de la notificación la Consultora deberá, a menos que la notificación disponga lo contrario, suspender de inmediato todos los trabajos.
En caso de rescisión por culpa de la Consultora, en la liquidación final no se le reconocerá ningún pago por concepto de gastos de desmovilización, o terminación del Contrato. Por otra parte, el Comitente ejecutará en su favor la Garantía de Cumplimiento de Contrato, además de las indemnizaciones por daños y perjuicios que pudieran corresponder.
El Comitente podrá en este caso, adjudicar el contrato por el servicio restante, al siguiente Proponente en el orden de preadjudicación.
CAPITULO III MULTAS
ARTÍCULO 51.- Multas
Las penalizaciones a que dará lugar el incumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones establecidas en las distintas partes de la documentación contractual, más aquéllas que se fijan para la Inspección en la documentación contractual de la obra a inspeccionar, se aplicarán en forma automática, una vez detectado el incumplimiento a juicio de la Comitente y/o Supervisión y debidamente informado al Contratista por las vías de comunicación habilitadas.
La aplicación de la multa no importa la pérdida del derecho del Comitente de rescindir el contrato por culpa del Contratista, cuando la gravedad del incumplimiento o su permanencia en el tiempo así lo justifiquen, o a tomar otras acciones previstas en el Pliego, ni liberan al Contratista de la responsabilidad que el mismo le pueda acarrear.
Todas las multas serán independientes entre sí y acumulativas. Cuando la totalidad de las multas superen el diez por ciento (10%) del monto del Contrato, el Comitente podrá rescindirlo automáticamente por exclusiva culpa del Contratista.
Los importes de las multas serán descontados de la liquidación que presente el Contratista correspondiente al mes en que el Comitente haya comunicado formalmente la aplicación de las mismas, de las siguientes o de la liquidación final, o en su defecto, se ejecutará la Garantía de Cumplimiento de Contrato, a exclusiva elección del Comitente.
ARTÍCULO 52.- Multa por atrasos en la presentación de información debida
La falta de la presentación de la información debida en las fechas previstas al efecto, por causas imputables a la Consultora, y luego de ser debidamente intimada por el Comitente pondrá a ésta en xxxx, haciéndola pasible de la aplicación de una multa diaria de hasta el cero dos por ciento (0,2%) de la cuota mensual, hasta la recepción de la misma.
A efecto de esta multa, se considerará información debida a:
a) Informes de rutina sobre ensayos de materiales.
b) Xxxxx xx Xxxxxxxx.
c) Certificados debidamente verificados y conformados.
d) Informes mensuales de la Consultora.
e) Informes de evaluación técnico - económica de alteraciones / modificaciones / adecuaciones de proyecto, elaboradas por el Consultora.
f) Informe y medición final.
g) Informes de especialistas, expertos o técnicos.
h) Toda otra evaluación o estudio técnico - económico solicitado por la Comitente a través de la Supervisión enmarcada dentro de las prestaciones comprometidas de acuerdo a la documentación contractual, u ofrecida por la Consultora en su Propuesta Técnica.
ARTÍCULO 53.- Multa por incumplimiento de Órdenes de Servicios
La falta de cumplimiento efectivo de acciones ordenadas por la Supervisión en el plazo estipulado en la orden de servicio o el que razonablemente debió observarse, por causas imputables a la Consultora, pondrá a ésta en xxxx, haciéndola pasible de la aplicación de una multa diaria de hasta el cero dos por ciento (0,2%) del monto de la cuota mensual, hasta el cumplimiento de la misma.
La falta de acuerdo respecto de la orden recibida no libera a la Consultora de la multa.
Del mismo modo corresponderá la multa indicada, en caso de que la Consultora no se notificare de las Órdenes de Servicio en el plazo previsto en el Artículo 43.- Comunicaciones del presente Pliego.
ARTÍCULO 54.- Multa por reemplazo del personal afectado a la inspección
El reemplazo del Jefe de Inspección, Inspector Principal, Expertos o Especialistas comprometidos por la Consultora, sin autorización de la Comitente, hará pasible a ésta de la aplicación de una multa por persona reemplazada del 3% de la cuota mensual correspondiente, hasta tanto se regularice la situación del personal reemplazante.
Independientemente de las penalidades antes citadas, en el caso particular de reemplazo sin autorización o el reemplazo del Jefe de Inspección, Inspector Principal y de no satisfacer a la Supervisión el personal alternativo propuesto, el Comitente podrá decidir unilateralmente la Rescisión del Contrato.
ARTÍCULO 55.- Multa por incumplimiento de las tareas asignadas
La falta de cumplimiento de cualquiera de las actividades incluidas en el Plan de Trabajo, por causas imputables a la Consultora, pondrá a éste automáticamente en xxxx, haciéndolo pasible de la aplicación de una multa diaria de hasta el 1% del valor de la cuota mensual correspondiente, para la primer semana, del 2% del valor de la cuota mensual correspondiente, para la segunda semana y 3% del valor de la cuota mensual correspondiente, hasta que se subsane el incumplimiento. Si su cumplimiento hubiera devenido imposible, la multa será equivalente al 3% del monto total del Contrato.
La multa la determinará la Supervisión, sin derecho a reclamos por parte de la Contratista y se hará considerando que el incumplimiento se refiera a tareas que especialmente requieran de la presencia física del personal de la Inspección en los distintos frentes de trabajo, plantas y/u obradores, etc.
A título de ejemplo, será pasible de multa el incumplimiento de:
1. Trabajos de replanteo
2. Controles de topografía
3. Control del movimiento de materiales hacia y desde obradores
4. Vigilancia de tareas en obra (hormigonado, inyecciones, revisión de armaduras, etc.)
5. Trabajos de laboratorios
6. Seguimiento de trámites con terceros
7. Vigilancia del cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo
8. Controles en plantas de prefabricación
ARTÍCULO 56.- Multa por falta de personal en obra
La constatación de la ausencia en obra de personal que en forma permanente o transitoria debiera encontrarse allí para el cumplimiento de cualquiera de las responsabilidades asignadas a la Inspección, pondrá a la Consultora automáticamente en xxxx, haciéndolo pasible de la aplicación de una multa diaria de hasta el 3% del valor de la cuota mensual, hasta que se subsane el incumplimiento.
La graduación de la multa se hará considerando la responsabilidades asignadas al personal ausente y la reincidencia del mismo, siendo agravante que el incumplimiento se refiera a oportunidades en que especialmente se requieran la presencia del personal de la Inspección en los distintos frentes de trabajo, plantas y/u obradores, etc.
ARTÍCULO 57.- Multas por incumplimientos varios
El incumplimiento de obligaciones que no se encuentre previsto en los numerales precedentes, pondrá al Contratista automáticamente en xxxx, haciéndolo pasible de la aplicación de una multa de hasta el uno por ciento (1 %) del monto de contrato, dependiendo de la gravedad de la falta y del eventual descargo presentado. El porcentaje de aplicación de la multa será determinado por la Unidad de Gestión que compone la Supervisión, sin derecho a reclamo alguno por parte de la Contratista.
ARTÍCULO 58.- Notificaciones
Habiendo detectado la Comitente y/o la Supervisión un incumplimiento, lo notificará a la Consultora indicando lugar, fecha, hora y demás circunstancias que pudiera corresponder, pudiendo la Consultora dentro de los siguientes cinco (5) días efectuar su descargo, que será considerado previo a la aplicación de las multas.
La Comitente aplicará en su caso la multa, la que notificará fehacientemente a la Consultora previo a su ejecución, siendo tal resolución irrecurrible.
CAPITULO IV
FINANCIAMIENTO, LIQUIDACION Y PAGO DE LOS CERTIFICADOS
ARTÍCULO 59.- Certificación y pago
La Consultora certificará mensualmente la cuota mensual a establecer para el período de ejecución o garantía de obra, según corresponda.
La certificación mensual deberá incluir un detalle del personal que efectivamente se empleó en el período, así como los vehículos y equipos utilizados, conformados por la Supervisión.
El Comitente pagará la certificación mensual al Contratista por la prestación de los servicios contratados dentro de los sesenta (60) días corridos, contados a partir del último día hábil del mes en que se ejecutaran los trabajos que se certifican, previa presentación por parte del Contratista de la factura correspondiente y demás requisitos previstos en este Pliego. Al monto que corresponda según lo aprobado contractualmente, se ajustará la liquidación según las proporciones establecidas en los Artículos 38.-
Inicio de los trabajos. ARTÍCULO 60.- Anticipo
La Consultora podrá incluir en su Propuesta Económica la solicitud de un anticipo de hasta el diez por ciento (10 %) del valor total del contrato, que se ejecutará como Certificado Nº 0. La devolución de este anticipo financiero se efectuará a través del descuento proporcional en cada uno de los certificados.
La documentación para el pago de dicho anticipo podrá presentarse a partir del momento de la firma del Acta de Inicio de los trabajos de inspección.
Su correcto uso será afianzado con una garantía por el mismo importe, constituida en alguna de las modalidades previstas en el Artículo 14.- Garantía de mantenimiento de oferta del presente Pliego. Dicha garantía será devuelta una vez reintegrado el anticipo.
CAPITULO V GENERALES
ARTÍCULO 61.- Registro xx Xxxxx y Sanciones
Previo a la emisión del dictamen, el Comitente solicitará el correspondiente informe al Registro xx Xxxxx y Sanciones por lo que la Empresa no deberá tener antecedentes negativos, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 8° inc f) de este Pliego Único de Condiciones.
ARTÍCULO 62.- Presupuesto Oficial
El presupuesto oficial previsto para la presente contratación, asciende a la suma de PESOS VEINTE Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 29.871.000). Se deja
expresa constancia que dicho monto incluye el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y demás impuestos.
ARTÍCULO 63.- Valor xxx Xxxxxx
El Pliego y la documentación licitatoria correspondiente no tendrá costo alguno para los interesados.
CAPITULO VI ANEXOS
FORMULARIO S1 - N° 1.- CARTA DE PRESENTACION DE PROPUESTAS. ANEXO I
…(lugar)…, …(día)... de …(mes)… de …(año)…
Señores
Ministerio del Agua y Medio Ambiente
Xxxxxxxxx Nº 44 Piso Segundo - Ciudad Capital de Santiago del Estero.
REF: LICITACIÓN PÚBLICA Nº ......... /.........
En nuestra calidad de Proponentes, después de haber examinado las bases, condiciones y especificaciones técnicas que surgen del presente Pliego Único de Condiciones y las correspondientes a la licitación de la obra a inspeccionar, de haber visitado la zona de dicha obra y conocer todas las condiciones existentes en ella, proponemos realizar los “SERVICIOS DE INSPECCIÓN DE LA OBRA “Construcción de la obra: AZUD DE DERIVACIÓN SOBRE EL RÍO SALADO, OBRA DE TOMA, CANAL DE ENLACE, VINCULACIÓN AL CANAL
DE DIOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”, por el precio ofertado en nuestra Propuesta Económica, en los plazos, modalidad, metodología y personal y equipamiento que se indican en los documentos adjuntos, que constituyen nuestra Propuesta Técnica.
Declaramos la veracidad y exactitud de toda la información proporcionada y autorizamos mediante la presente, para que cualquier persona suministre al Comitente o a sus representantes autorizados, toda la información que éste considere necesaria para verificar la documentación que presentamos, y aceptamos que en caso de comprobarse cualquier incorrección en la misma, el Comitente podrá descalificar nuestra propuesta.
Además declaramos que nuestra firma está constituida acorde al Art. 6 de la Ley 22.460, renunciando al fuero plasmado en el Art. 27 de la misma norma.
Declaramos también no haber tenido restricción ni impedimento alguno para el acceso a la información disponible del Comitente, dentro del periodo de preparación y presentación de propuestas, y haber recogido en el sitio en que se ejecutarán las obras las informaciones relativas a las circunstancias locales de cualquier naturaleza que puedan influir previsiblemente sobre la ejecución de las tareas a nuestro cargo.
Declaramos asimismo que esta constituye nuestra única propuesta para el presente llamado y no encontrarnos incursos en ninguna causal de inhabilitación para presentar propuestas.
Nos comprometemos a proporcionar cualquier información adicional que nos fuera requerida, entendiendo que se refiere única y exclusivamente a aclaraciones sobre la documentación presentada y en ningún caso nos permite suministrar documentos adicionales o
información que hubiera sido omitida, y en caso de no hacerlo podrá ser motivo suficiente para descalificar nuestra participación.
Nos comprometemos asimismo a mantener la conformación societaria y consorcial / de la unión transitoria en cuanto duren los efectos del contrato, aceptando que debemos solicitar autorización al Comitente para proceder a cualquier modificación al respecto.
Atento al objeto de esta licitación, renunciamos expresamente a todo reclamo en caso que no se ejecuten una o más de las obras sobre las cuales se contraten nuestros servicios.
Asimismo, declaramos conocer y aceptar en todo y cuanto nos corresponde, las leyes, decretos, reglamentos y otras disposiciones pertinentes de la legislación nacional, provincial y municipal, así como la normativa aplicable al procedimiento de selección y contratación del servicio de ingeniería para la inspección de obra, adjuntando un ejemplar de la documentación licitatoria debidamente firmado en prueba de conformidad.
Aceptamos la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Justicia de Santiago del Estero, renunciando a cualquier otro fuero de excepción que pudiera corresponder, para dirimir cualquier controversia resultante del presente llamado o de la contratación de nuestros servicios.
Constituimos domicilio especial en ,
código postal , de la Ciudad Capital de Santiago del Estero.
Reconocemos que todos los gastos incurridos en la preparación, presentación y mantenimiento de nuestra propuesta son a nuestro exclusivo cargo, no estando previsto que el Comitente efectúe reintegro de ningún concepto ni por motivo alguno, renunciando expresamente a cualquier reclamo sobre el particular.
Atentamente
Nombre del Proponente
Firma del Representante Legal Aclaración de la Firma
* Cuando corresponda
FORMULARIO S1 – N° 2.- FICHA DE IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE.
ANEXO II
…(año)…
…(lugar)…, …(día)... de …(mes)… de
REF: LICITACIÓN PÚBLICA Nº . . . . . /. . . .
Nombre o razón social:
Tipo de sociedad:
Lugar y fecha de constitución:
CUIT:
Domicilio real completo:
Domicilio constituido completo: Teléfonos y fax:
Correo electrónico:
Porcentaje de participación en Consorcio o UT: Representante Legal:
Documento: Dirección:
Inspector Principal: Documento: Dirección:
Nombre del Proponente
Firma del Representante Legal Aclaración de firma
FORMULARIO S1 – N° 3.- EXPERIENCIA GENERAL
ANEXO III
Llenar la información requerida en este formulario para los servicios prestados:
1. Nombre de las tareas:
2. Localización:
3. Cliente:
4. Fecha de inicio y finalización:
5. Costo total del Proyecto
6. Costo total de los servicios
7. Descripción del trabajo efectivamente realizado
8. En el caso que el estudio fuera desarrollado conjuntamente con otras Firmas, indicar porcentaje de participación en dichas tareas.
9. Nombre y nacionalidad de la Firma asociada.
10. Número de profesionales utilizados en el proyecto.
Nota: Los antecedentes de cada trabajo no deberán superar una carilla de extensión y deberán acompañarse de un certificado otorgado por el Cliente.
FORMULARIO S1 – N° 4.- EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN TRABAJOS RELACIONADOS CON EL OBJETO DEL LLAMADO.
ANEXO IV
Llenar la información requerida en este formulario para los servicios prestados:
1. Nombre de las tareas:
2. Localización:
3. Cliente:
4. Fecha de inicio y finalización:
5. Costo total del Proyecto:
6. Costo total de los servicios de Ingeniería:
7. Descripción del trabajo efectivamente realizado:
8. En el caso que el estudio fuera desarrollado conjuntamente con otras Firmas, indicar porcentaje de participación en dichas tareas:
9. Nombre y nacionalidad de la Firma asociada:
10. Número de profesionales utilizados en el proyecto:
Nota: Los antecedentes de cada trabajo no deberán superar una carilla de extensión y deberán acompañarse de un certificado otorgado por el Cliente.
FORMULARIO S1 – N° 5. -
CURRICULUM VITAE DE LOS PROFESIONALES ASIGNADOS.
ANEXO V
…(lugar)…, …(día)... de …(mes)… de …(año)…
1. Nombre completo
2. Año de nacimiento
3. Nacionalidad
4. Títulos académicos / Año de obtención / Universidad
5. Posición actual y antigüedad en la Firma
6. Experiencia profesional: Principales funciones y responsabilidades
7. Experiencia profesional en tareas específicas relativas a la encomienda
8. Publicaciones realizadas
Firma
Aclaración de la Firma
FORMULARIO S1 – N° 6.- COMPROMISO DE PARTICIPACION DE LOS PROFESIONALES ASIGNADOS.
ANEXO VI
…(lugar)…, …(día)... de …(mes)… de …(año)…
Yo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , me comprometo durante el período de a
prestar mis servicios profesionales en la actividad de para los
SERVICIOS DE INSPECCIÓN DE LA OBRA “Construcción de la obra: AZUD DE DERIVACIÓN SOBRE EL RÍO SALADO, OBRA DE TOMA, CANAL DE ENLACE, VINCULACIÓN AL CANAL DE DIOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS””, en la empresa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . en caso que la misma resulte adjudicataria del respectivo contrato de servicio de ingeniería.
Asimismo, declaro no estar incurso en ninguna de las incompatibilidades previstas en las Bases del llamado.
Firma
Aclaración de la Firma
FORMULARIO S2 – N° 1.- MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ECONOMICAS.
ANEXO VII
…(lugar)…, …(día)... de …(mes)… de …(año)…
Señores
Ministerio del Agua y Medio Ambiente Xxxxxxxxx Xx00 Xxxx 0x
Ciudad Capital de Santiago del Estero.
REF: LICITACIÓN Nº . . . . /. . . .
En nuestra calidad de Proponentes, después de haber examinado las bases, condiciones y especificaciones técnicas que se desprenden del presente Pliego Único de Condiciones y las correspondientes a la licitación de la obra a inspeccionar, de haber visitado la zona de dicha obra y conocer todas las condiciones existentes en ella, proponemos realizar los “SERVICIOS DE INSPECCIÓN DE LA OBRA “Construcción de la obra: AZUD DE DERIVACIÓN SOBRE EL RÍO SALADO, OBRA DE TOMA, CANAL DE ENLACE, VINCULACIÓN AL CANAL DE DIOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”
, de acuerdo con los plazos, modalidad, metodología y personal y equipamiento que se indican en los documentos que constituyen nuestra Propuesta Técnica, por un precio de
........................................
.............................................................................., incluyendo el Impuesto al Valor Agregado y todos los impuestos que correspondan, monto cuya composición se detalla en presente Propuesta Económica.
Atentamente,
Nombre del Proponente
Firma del Representante Legal Aclaración de la Firma
FORMULARIO S2 – N° 2 .- COSTOS DE PERSONAL.(*)
ANEXO VIII
Num. | Id | Nombre | Profesión | Cargo ó Función | Categ. | Período de Afectación | Dedic | Mese/Hombre | Remuneración Neta Mensual | Aportes, Contribuciones y Cargas Sociales | Remuneración Total | Honorarios | Sub total Remunerac. | Sub total Honorarios |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 7*8 | 9 | 10 | 11=9+10 | 12 | 13=11*7 | 14=12*6 |
(*) Uno para el período de ejecución y otro para el plazo de garantía
PERIODO DE GARANTIA
Num. | Id | Nombre | Profesión | Cargo ó Función | Categ. | Período de Afectación | Dedic | Mese/Hombre | Remuneración Neta Mensual | Aportes, Contribuciones y Cargas Sociales | Remuneración Total | Honorarios | Sub total Remunerac. | Sub total Honorarios |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 7*8 | 9 | 10 | 11=9+10 | 12 | 13=11*7 | 14=12*6 |
(*) Uno para el período de ejecución y otro para el plazo de garantía
FORMULARIO S2 – N° 3 .- COSTOS DIRECTOS.(*)
(*) Uno para el período de ejecución y otro para el plazo de garantía.
ANEXO IX
C O S T O S D IR E C T O S
Num. | Descripción | Lugar de Utilización | Meses | Costo Unitario Mensual | Subtotal |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6=4*5 |
Nota: Para que los costos que se generen en más de una localización geográfica (por ejemplo, oficinas en Obra y en Buenos Aires), deberán separarse los montos a cotizar según su ubicación
PERIODO DE GARANTIA
Num. | Descripción | Lugar de Utilización | Meses | Costo Unitario Mensual | Subtotal |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6=4*5 |
FORMULARIO S2 – N° 4.- CUADRO RESUMEN DEL PRECIO DE LA CUOTA.(*)
ANEXO X
Monto total de la cuota mensual del período de … … … … ...
ID | CONCEPTO | MONTO $ |
A | Costos de Personal (Formulario S2-Nº2) | $ |
B | Costos Directos (Formulario S2-Nª3) | $ |
C | Total Costo (A+B) | $ |
D | Imprevistos % (A+B) | $ |
E | Costos Indirectos Emresas % (C+D) | $ |
F | Total Costos (C+D+E) | $ |
G | Beneficios % F | $ |
H | Impuestos Varios | $ |
I | Sub-Tpotañ (F+G+H) | $ |
J | Impuestos Valor Agregado % | $ |
K | Monto Total cuota básica (I+J) | $ |
El costo total de la cuota mensual del período de …………………………………………………………………..
Es de pesos ……………………………………………………………………………………………………………..
(*) Uno para el período de ejecución y otro para el plazo de garantía.
PERIODO DE GARANTIA
Monto total de la cuota mensual del período de … … … … ...
ID | CONCEPTO | MONTO $ |
A | Costos de Personal (Formulario S2-Nº2) | $ |
B | Costos Directos (Formulario S2-Nª3) | $ |
C | Total Costo (A+B) | $ |
D | Imprevistos % (A+B) | $ |
E | Costos Indirectos Emresas % (C+D) | $ |
F | Total Costos (C+D+E) | $ |
G | Beneficios % F | $ |
H | Impuestos Varios | $ |
I | Sub-Tpotañ (F+G+H) | $ |
J | Impuestos Valor Agregado % | $ |
K | Monto Total cuota básica (I+J) | $ |
El costo total de la cuota mensual del período de …………………………………………………………………..
Es de pesos ……………………………………………………………………………………………………………..
FORMULARIO S2 – N° 5.- CUADRO RESUMEN DE LOS MONTOS OFERTADOS
POR LOS SERVICIOS DE AUDITORIA EXTERNA.
ANEXO XI
ID | CUOTA | COSTO UNITARIO | TIEMPO | COSTO TOTAL |
$ | MESES | 4 | ||
Período de Ejecución de Obra | ||||
Período de Garantía | ||||
Total por todo concepto en pesos | ||||
% | Monto | |||
Anticipo (artículo 62 P:C:E:) |
El precio total ofertado por los Servicios de Inspección de Obra es de pesos .....................................
........................................................................
MODELO DE CONTRATO ANEXO XII
CONTRATO
Entre el MINISTERIO DEL AGUA Y MEDIO AMBIENTE de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, representada en este acto por ,
....................................................., en virtud del Decreto N° ....../ , con domicilio en calle
............................................., de la Ciudad Capital de Santiago del Estero, en adelante el
“COMITENTE”, por una parte y por la otra ................................................., inscripta en
............................................, el día .... de .................. de ........., bajo el número ......., folio
........., libro ....., sección ...................., representada en este acto por el señor
..............................................., quien acredita su identidad con ..............................., en su
carácter de ...................... en virtud de ......................................... que acompaña, con
domicilio en .........................................., de la ciudad de ....................., Provincia de
......................, y ..............................................., inscripta en , el día
...... de .................... de ........., bajo el número ........., libro ......, tomo de
............................., representada en este acto por el señor ......................................, quien
acredita su identidad con ......................................., en su carácter de en
virtud de .................................... que acompaña, con domicilio en ,
de la ciudad ................................., Provincia de , las que conforman una
UNION TRANSITORIA inscripta en .........................................., el día ..... de de
........., bajo el número ........, libro ..... de ......................................, en adelante la “CONTRATISTA”; en virtud de la adjudicación recaída en la .................. N° ...../...., que
corre por el expediente ................................. de la Administración Provincial de
…………………………………convienen celebrar el presente contrato de servicios de Consultoría para la Inspección Técnica y Ambiental de la Obra “AZUD DE DERIVACIÓN SOBRE EL RÍO SALADO, OBRA DE TOMA, CANAL DE ENLACE, VINCULACIÓN AL
CANAL DE DIOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”, cuya contratación corre por expediente ....................................... del registro citado, en adelante la “OBRA”, el que se regirá por los siguientes artículos:
ARTICULO 1: Objeto del Contrato: El CONTRATISTA se obliga a prestar los servicios de ingeniería para la revisión de la ingeniería de detalle del proyecto ejecutivo e inspección de la OBRA, efectuando todos los trabajos previstos en los pliegos licitatorios y en su oferta, así como aquellas tareas inherentes a la correcta ejecución de dichos trabajos, todo ello de
conformidad con la metodología propuesta, las reglas del arte que le son propias y la mayor diligencia y pericia, en los plazos estipulados al efecto.--------------------------------
ARTÍCULO 2: Documentos del Contrato: Xxxxxx parte integrante de este contrato todos los documentos consignados en el artículo 2 xxx Xxxxxx de Único de Xxxxxxxxxxx, los que el CONTRATISTA declara conocer y aceptar.
ARTICULO 3: Plazo de duración: El plazo de duración previsto del presente contrato es de TREINTA Y SIETE (37) meses, contado desde el inicio de la OBRA hasta la recepción definitiva total de la misma.-
Ante la paralización o suspensión de la ejecución de la OBRA, de hacer uso el COMITENTE de la opción prevista en el artículo 49 xxx Xxxxxx de Único de Condiciones, éste ampliará el plazo estipulado precedentemente por el tiempo convenido de prestación de los servicios requeridos al CONTRATISTA. El inicio de la OBRA previo al comienzo de prestación de los servicios, la ejecución anticipada o la prórroga de la misma, producirá el consecuente ajuste del plazo del presente contrato.-------------------------------------
ARTÍCULO 4: Sistema de contratación: Los servicios se contratan por sistema de ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado.
ARTICULO 5: Monto del contrato: El COMITENTE abonará por los servicios contratados los siguientes importes:
a) Durante el período de ejecución de la OBRA, una cuota mensual, por todo concepto, de PESOS
................................................................................ ($ .......................................).
b) Durante el período de garantía de la OBRA, una cuota mensual, por todo concepto, de PESOS .............................................................................................................. ($ ).
El monto total estimado del contrato asciende, por lo tanto, a la suma de PESOS
.......................................... ................... ($ .........................................).----------------------------
Los montos consignados importan la única retribución del COMITENTE por las tareas a cargo del
CONTRATISTA, por todo concepto, incluídos el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), demás impuestos, tasas y gravámenes, costos de personal, costos directos e indirectos del servicio, así como costos financieros, imprevistos y beneficios empresarios.---------------------
ARTICULO 6: Forma de pago: El COMITENTE abonará los certificados mensuales presentados por el CONTRATISTA, dentro de los SESENTA (60) días de conformados los mismos y de presentada toda la documentación requerida para habilitar el pago a través de la establecido en la Ley 2092 de Santiago del Estero.
ARTÍCULO 7: Fondo de reparo: De cada certificado se retendrá el CINCO por ciento (5%) del monto del mismo para constituir el fondo de reparo, el que será devuelto por el COMITENTE en la liquidación final, de corresponder.---------------------------------------------------
ARTICULO 8: Anticipo: El COMITENTE abonará el anticipo financiero reintegrable previsto en el artículo 60 xxx Xxxxxx de Único de Condiciones, correspondiente al por ciento
( %) del monto estimado del contrato, en la forma de pago prevista en el ARTICULO 60,
debiendo el CONTRATISTA afianzar su correcto uso en alguna de las formas previstas en el artículo 14 xxx Xxxxxx de Único de Condiciones, el que será devuelto por el CONTRATISTA en cuotas iguales a descontar de los DOCE (12) primeros certificados, actualizadas según corresponda.----------------
ARTÍCULO 9: Xxxx en el pago: En caso de que el COMITENTE realice pagos fuera de los plazos previstos dará lugar a los intereses por xxxx de acuerdo a la Ley de Obras Públicas en vigencia.
ARTÍCULO 10: Modificaciones y ampliaciones: Se estará a lo dispuesto en lo establecido en la Ley de Obras Públicas N° 2092, de Santiago del Estero.---------------------------------------
ARTICULO 11: Representante Técnico: El CONTRATISTA designa como Representante Técnico, con los alcances previstos en el artículo 45 xxx Xxxxxx
Único de Condiciones y el artículo 12 xxx Xxxxxx de Unico de Condiciones, al Ing.
.......................... ....................... (.................................), quien se encuentra debidamente
habilitado para el ejercicio profesional.
ARTÍCULO 12: Supervisión: La supervisión de las obras y del cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA será ejercida por los representantes del COMITENTE
ARTÍCULO 13: Seguros: El CONTRATISTA presentará las pólizas de los seguros exigidos en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único de Condiciones, antes del inicio de la prestación de sus servicios.---------
ARTICULO 14: Información: El CONTRATISTA no podrá divulgar de ninguna forma la información no publicada de la que haya tenido conocimiento o elaborado con motivo de la prestación de sus servicios, salvo que así lo requiera su cometido o que cuente con previa autorización expresa del COMITENTE. Esta obligación de confidencialidad subsistirá aún después de concluido el servicio objeto del presente contrato. Será de propiedad exclusiva del COMITENTE todo trabajo, estudio, informe u obra producida por el CONTRATISTA en cumplimiento del presente contrato.
ARTÍCULO 15: Multas: Los atrasos, incumplimientos o cumplimientos defectuosos de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA darán lugar a la aplicación de las multas previstas en el capítulo III Multas xxx Xxxxxx Único de Condiciones ----------------------------------------------
ARTICULO 16: Cesiones y subcontratos: El CONTRATISTA no podrá ceder, transferir ni disponer de ninguna otra forma de este contrato o de parte de él, salvo con las limitaciones establecidas por el Art. 29 de la Ley 2092 de Obras Públicas y previa autorización expresa del COMITENTE cuando medien razones que justifiquen una excepción. Del mismo modo, no podrá subcontratar todo o parte del servicio sin previa autorización expresa del COMITENTE. Las eventuales autorizaciones otorgadas por el COMITENTE no liberan de responsabilidad al CONTRATISTA. Este podrá sin embargo ceder o comprometer las sumas de dinero devengadas del cumplimiento del contrato dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 xxx Xxxxxx Único de Condiciones.--------------------------------------------
ARTÍCULO 17: Carácter del vínculo: El CONTRATISTA, en la ejecución del presente contrato, actuará sin relación de dependencia con el COMITENTE, por lo que no le corresponden ninguno de los beneficios propios de tal relación, circunscribiéndose sus derechos a los expresamente previstos en este contrato. La presente contratación tampoco importa ni supone la exención de ningún impuesto, tasa, tributo, gravamen o aporte que corresponda en virtud de la normativa nacional, provincial o municipal.----------------------------
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ARTÍCULO 18: Vigencia: El presente contrato rige en todas y cada una de sus cláusulas desde el momento de su firma y hasta la finalización de la recepción total definitiva de la obra.
ARTICULO 19: Paralización o suspensión del contrato de obra: Encontrándose esta contratación supeditada a la ejecución de la OBRA, la paralización o suspensión de ésta por más de SESENTA (60) días, suspenderá la vigencia del presente contrato de no hacer uso el COMITENTE de la opción prevista en el artículo 49 xxx Xxxxxx Único de Condiciones.
ARTÍCULO 20: Rescisión: Las partes podrán rescindir el presente contrato de conformidad con lo previsto en el CAPITULO IX de la Ley 2092 ------------------------------------------------------
Asimismo, resuelto el contrato de ejecución de la obra principal, el COMITENTE podrá rescindir el presente contrato sin que ello de derecho al CONTRATISTA a indemnización alguna.
ARTICULO 21: Solución de controversias: En caso de controversias emergentes de la interpretación o aplicación del presente contrato, las partes acuerdan la jurisdicción de los tribunales competentes en la materia contencioso administrativa con asiento en la Ciudad Santiago del Estero, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
ARTICULO 22: Domicilios constituidos: Las partes constituyen domicilios a todos los efectos legales que pudieran corresponder, donde deberán dirigirse y serán válidas todas las comunicaciones sean judiciales o extrajudiciales, el COMITENTE en <DIRECCION>, y el CONTRATISTA en
................................................................, ambos de la Ciudad Santiago del Estero.------------
En cumplimiento del artículo 14 xxx Xxxxxx Único de Condiciones, el CONTRATISTA garantiza el fiel cumplimiento de sus obligaciones mediante
..........................................................., expedida por , por
la suma de PESOS …………………………………. ............................................................
....................................................... ($ ....................................) que se corresponde con el
5% del monto estimado del contrato, la que será devuelta, de corresponder, a la conclusión de la recepción total definitiva de la obra. En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la
Ciudad Santiago del Estero, a los ...... días del mes de ......................... de .............
SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO