PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE RETIRADA, DESCONTAMINACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE TRES LOTES INDEPENDIENTES DE VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL, UNO DE DOS RUEDAS Y DOS DE CUATRO RUEDAS
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE RETIRADA, DESCONTAMINACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE TRES LOTES INDEPENDIENTES DE VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL, UNO DE DOS RUEDAS Y DOS DE CUATRO RUEDAS
Aprobado por el Consejo de Administración de PIMESA, en sesión celebrada el 27 de julio de 2015.
INDICE
1º.- OBJETO DEL CONTRATO
2º.- OBLIGACIONES DE GESTIÓN
3º.- REGÍMEN JURÍDICO
4º.- PRECIO DEL CONTRATO
5º.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
6º.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
7º.- GARANTÍA PROVISIONAL
8º.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LOS LICITADORES
9º.- PAGO DEL PRECIO
10º.- EXAMEN DEL EXPEDIENTE
11º.- VERIFICACIÓN DEL ESTADO DE LOS VEHÍCULOS
12º.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
13º.- CRITERIOS DE AJDUDICACIÓN
14º.- MESA DE CONTRATACION
15º.- CLASIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL
16º.- APERTURA DE LAS OFERTAS, PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN
17º.- ADJUDICACIÓN
18º.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
19º.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
20º.- DURACIÓN DEL CONTRATO, FECHA DE INICIO Y RESCISIÓN DEL CONTRATO
21º.- GASTOS DE GESTIÓN
22º.- OBLIGACIONES LABORALES DE LA EMPRESA QUE RESULTE ADJUDICATARIA. RESPONSABILIDAD Y GASTOS A SU CARGO
23º.- COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS LABORALES
24º.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO: VEHICULOS EN EL DEPÓSITO DE PIMESA
25º.- PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
26º.- FINANCIACIÓN
27º.- PENALIZACIONES
28º.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
29º.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
30º.- RESERVA DE DERECHOS
31º.- PROTECCIÓN DE DATOS
32º.- JURISDICCIÓN COMPETENTE ANEXOS
Anexo I: Modelo de Proposición Económica Anexo II: Modelo de Declaración Responsable
Anexo III: Modelo de Instancia que acompaña a la documentación presentada Anexo IV: Listados de Vehículos
Anexo V: Documentación a entregar por la empresa adjudicataria en materia de Coordinación de Actividades Empresariales.
Anexo VI: Declaración de Consulta de Incidencias en la Dirección General de Tráfico
ARTÍCULO 1.-OBJETO DEL CONTRATO
Promociones e Iniciativas Municipales de Elche S.A. (PIMESA) es la empresa del Ayuntamiento que tiene encomendada la gestión del Servicio Municipal de la Grúa y del Depósito Municipal de Vehículos.
El presente Pliego regula las condiciones de selección del contratista y adjudicación del contrato para la prestación del servicio de retirada de vehículos del Depósito Municipal de Elche declarados residuos sólidos urbanos, transporte a un centro autorizado (CAT) para su tratamiento y descontaminación en los términos del Real Decreto 1.383/2002, de 20 de diciembre, sobre vehículos al final de su vida útil, así como la tramitación y obtención del certificado de destrucción y de la baja definitiva en la Dirección General de Tráfico.
El adjudicatario estará obligado a prestar el servicio con estricta sujeción al presente Xxxxxx, al contrato y a la documentación presentada a la licitación.
El alcance del contrato son los vehículos al final de su vida útil de dos ruedas y de cuatro ruedas que han sido declarados residuos sólidos urbanos y que se incluyen como anexo al presente Pliego.
Cada lote de vehículos, cuyos listados constan en el Anexo IV, constituye una unidad funcional independiente.
PIMESA se reserva el derecho de modificar el listado a priori o a posteriori de la adjudicación por causa motivada y fundamentada; en cuyo caso, el vehículo quedaría fuera del listado sin derecho a compensación económica por parte del adjudicatario, salvo el importe unitario, si previamente hubiera efectuado el pago del mismo.
ARTÍCULO 2.- OBLIGACIONES DE GESTIÓN
El adjudicatario está obligado a cumplir lo señalado en el Anexo III del R.D. 1383/2002, “Operaciones de descontaminación del vehículo al final de su vida útil y otras operaciones de tratamiento”, una vez los vehículos se encuentren en sus instalaciones para ser descontaminados.
El adjudicatario garantizará la reutilización, el reciclado, la valorización o la eliminación de los vehículos, de sus piezas y de sus residuos al final de su vida útil.
El adjudicatario está obligado a admitir, y por lo tanto, a gestionar (descontaminar, reutilizar, reciclar, valorizar o eliminar) por sus propios medios, todos y cada uno de los vehículos entregados por PIMESA, independientemente de su tipo, tamaño, peso, forma y modelo.
Estas operaciones de descontaminación y otras operaciones de tratamiento se han de llevar a cabo conforme dispone la legislación vigente en la materia:
• R.D. 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
• Ley 10/2000, de 00 xx xxxxxxxxx, xx xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx
• Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
• Normas de desarrollo o modificaciones de las anteriores que pudieran producirse posteriormente a la adjudicación del servicio.
• Demás normas concordantes que resulten de aplicación
ARTÍCULO 3.- REGIMEN JURÍDICO
Resulta de aplicación al presente Pliego el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás normas concordantes, en lo relativo a empresas que forman parte del sector público, que no tienen la consideración de Administración Pública y son poder adjudicador.
ARTÍCULO 4.- PRECIO DEL CONTRATO
La remuneración del contratista consistirá en la obtención de los vehículos ubicados en el depósito municipal para su tratamiento y gestión como residuos sólidos urbanos.
El adjudicatario abonará a PIMESA el importe mínimo que a continuación se indica, que no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido:
▪ DOSCIENTOS TREINTA EUROS (230,00 €) por vehículo de cuatro ruedas.
▪ TREINTA EUROS (30,00 €) por vehículo de dos ruedas.
El licitador podrá ofertar un incremento respecto de la cantidad indicada. No se admitirán ofertas por una cantidad económica inferior a la señalada.
PIMESA no repercutirá el IVA al precio del contrato al resultar de aplicación el supuesto de inversión del sujeto pasivo contemplado en el artículo 84.uno.2º.c) de la Ley 37/1992, puesto que el objeto de la licitación es la entrega de los vehículos a un centro autorizado de tratamiento para que proceda a su descontaminación y expida el certificado de destrucción.
ARTÍCULO 5.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto regulado en las Instrucciones internas de contratación de PIMESA que figuran en su Perfil del Contratante publicado en la página web xxx.xxxxxx.xx
El anuncio de licitación será publicado en el perfil del contratante de PIMESA.
ARTÍCULO 6.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Se establece un plazo de 20 días naturales para la presentación de ofertas desde la publicación del anuncio de la presente licitación en el perfil del contratante.
A efectos del cómputo del plazo, el mes xx xxxxxx se considera inhábil.
Si el último día del plazo fuera inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Las ofertas se presentarán directamente en mano en las oficinas de PIMESA, en la calle Diagonal xx Xxxxx, nº 7, 03202 Elche, antes de las 13:00 horas del último día del plazo establecido, sin que sea válida la presentación por cualquier otro medio.
La documentación se presentará en el registro de documentos de PIMESA, entregándose a los licitadores una copia de la instancia de presentación debidamente registrada.
ARTÍCULO 7.- GARANTÍA PROVISIONAL
Para la aceptación de la oferta por parte de PIMESA, los licitadores acreditarán haber constituido una garantía provisional por importe de 500,00 euros.
Dicho importe podrá abonarse en metálico en las oficinas del Depósito Municipal de Vehículos de Elche en el momento de la verificación del estado de los vehículos previsto en el presente Pliego.
Alternativamente, la garantía podrá constituirse por cualquier otro medio previsto en la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, debiendo presentar dicha garantía en las oficinas de PIMESA, en calle Diagonal xxx Xxxxx, 7.
La garantía será devuelta por PIMESA una vez se haya procedido a la adjudicación del contrato.
ARTÍCULO 8.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LOS LICITADORES
Los licitadores deberán aportar la documentación indicada a continuación:
a) Documentación que acredite la capacidad de obrar de los empresarios
Cuando fueren personas jurídicas, la capacidad de obrar se acreditará mediante escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
Los empresarios individuales habrán de presentar copia de su Documento Nacional de Identidad.
b) Documentos acreditativos de la representación
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro deberán acreditar su representación mediante el correspondiente poder notarial inscrito en el Registro Mercantil, acompañado de copia de su Documento Nacional de Identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo nº II.
d) Certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Tributaria, con la Seguridad Social. Las certificaciones deberán encontrarse en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones, dentro del plazo de tres meses.
e) La solvencia económica y financiera del licitador se acreditará a través de cualquiera de los medios que se establece en el artículo 75 de la vigente Ley de Contratos del Sector Público.
f) Habilitación empresarial
A efectos de la determinación del requisito de aptitud establecido en la legislación de Contratos del Sector Público, se considera exigible para la prestación del servicio objeto del presente contrato estar en posesión de la autorización administrativa del órgano de Medio Ambiente de la correspondiente CCAA, que realice la Gestión de Residuos Peligrosos (Gestor autorizado para la descontaminación de vehículos al final de su vida útil) para poder llevar a cabo las actuaciones que constituyen el objeto del presente contrato.
g) Oferta económica
Se presentará una oferta económica por vehículo de dos ruedas, una oferta económica por vehículo de cuatro ruedas del lote I y una oferta económica por vehículo de cuatro ruedas del lote II, siendo el precio final el resultado de multiplicar el precio unitario ofertado por el número de vehículos que conste en cada lote, que será objeto de adjudicación independiente.
h) Documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional, por importe de 500,00 euros.
ARTÍCULO 9.- PAGO DEL PRECIO
El importe de la adjudicación deberá abonarse íntegramente a la firma del contrato, mediante transferencia bancaria.
ARTÍCULO 10.- EXAMEN DEL EXPEDIENTE
El expediente de contratación se podrá examinar en el perfil del contratante de la web xxx.xxxxxx.xx y en las Oficinas de PIMESA, en días y horas hábiles, desde la fecha de publicación del anuncio de la licitación hasta el día en que finalice el plazo de presentación de proposiciones.
ARTÍCULO 11.- VERIFICACIÓN DEL ESTADO DE LOS VEHÍCULOS
Los licitadores podrán observar y verificar el estado de los vehículos que constan en los listados de lotes con anterioridad a la presentación de las ofertas.
PIMESA publicará en el perfil del contratante los días que se fijen para la verificación de los vehículos en horario de 10:00 a 13:00 horas en las instalaciones del Depósito municipal de vehículos xx Xxxxxx, facilitando a los licitadores una copia de dichos listados.
ARTÍCULO 12.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se presentarán contenidas en un sobre cerrado, acompañado de una instancia conforme al modelo que figura en el Xxxxx XXX.
Dicho sobre habrá de contener a su vez dos sobres de las mismas características, designados con los números 1 y 2, conteniendo la documentación que se indica a continuación:
SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Contendrá toda la documentación relacionada en el apartado anterior “Documentación a aportar por los licitadores”.
Deberán aportarse todos aquellos documentos que reflejen las características de la oferta del licitador para la prestación del servicio, considerando los aspectos que constituyen criterios de valoración para la adjudicación del contrato.
SOBRE Nº 2: PROPUESTA ECONÓMICA
Contendrá la proposición económica ajustada al modelo que se adjunta como Anexo nº I, cumplimentada en su totalidad y firmada por el licitador o persona que le represente.
En caso de considerarlo oportuno, la Mesa de Contratación de PIMESA podrá solicitar a los licitadores aclaraciones sobre las ofertas presentadas.
En tanto se produzca la adjudicación, los licitadores están obligados a mantener su oferta durante un plazo de tres meses a contar desde el día en que finalice el plazo de presentación de ofertas.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el presente Pliego de Condiciones y su presentación supone la aceptación incondicional del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. Serán rechazadas las ofertas que no se ajusten a lo previsto en el presente Xxxxxx.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, no admitiéndose la presentación de variantes a la oferta realizada. Un licitador no podrá suscribir
propuesta en Unión Temporal de Empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una Unión Temporal. El incumplimiento de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
ARTÍCULO 13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La puntuación máxima, 100 puntos, se atribuirá al licitador que hubiere formulado la oferta económica de mayor precio.
Las ofertas de los demás licitadores se puntuarán de forma directamente proporcional a la oferta económica de mayor precio, determinando los puntos que correspondan a cada oferta mediante la aplicación de una regla de tres simple.
En caso de empate en las ofertas de mayor precio, la Mesa de Contratación procederá a realizar un sorteo, en base a los principios de transparencia, publicidad y tratamiento igual a los licitadores. El sorteo se realizará tras finalizar el acto de apertura de las proposiciones económicas, una vez comprobada la documentación presentada por los licitadores cuyas ofertas queden empatadas.
ARTÍCULO 14.- MESA DE CONTRATACIÓN
El Consejo de Administración de PIMESA como órgano de contratación estará asistido en el procedimiento de adjudicación abierto por una Mesa de Contratación que será competente para la valoración de las ofertas.
La Mesa de Contratación de PIMESA tendrá la siguiente composición:
Presidente: D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Vicepresidente de PIMESA.
Vocales:
D. Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Asesoramiento jurídico: D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Letrado Asesor de PIMESA.
Control económico-presupuestario: Xx Xxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx, Directora Financiera de PIMESA
Secretario: D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Gerente de PIMESA
A las reuniones de la Mesa podrán incorporarse los técnicos o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.
Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del Secretario, el Letrado Asesor y la Directora Financiera que sólo tendrán voz.
Para la válida constitución de la Mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario, el Asesor Jurídico y la Directora Financiera.
ARTÍCULO 15.- CLASIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL
Concluido el plazo de presentación de proposiciones se constituirá la Mesa de Contratación que calificará en acto interno la documentación presentada en los sobres nº 1, determinando las plicas que resulten admitidas y rechazadas haciendo declaración expresa de los rechazados y causas de su rechazo, dejando constancia en el Acta.
Si se advierten defectos materiales en la documentación presentada, la Mesa de Contratación concederá un plazo de tres días hábiles para su subsanación, rechazando aquellas ofertas no subsanadas.
Si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, la Mesa de Contratación no la admitirá a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de Contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estimen oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirles para la presentación de otros documentos complementarios.
ARTÍCULO 16.- APERTURA DE LAS OFERTAS, PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN
Realizada la evaluación de la documentación contenida en los sobres nº 1, procederá la Mesa de Contratación al acto de apertura de los sobres nº 2 que contienen las proposiciones económicas.
Dicho acto se realizará en las oficinas de la Sociedad en el plazo máximo de siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, pudiendo asistir los concurrentes a la presente licitación. La hora y fecha del acto de apertura se publicará en el perfil del contratante de PIMESA.
En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que consigne en letra.
La Mesa de Contratación valorará las distintas proposiciones presentadas clasificándolas en orden decreciente de valoración y propondrá al Consejo de Administración de PIMESA, como órgano de contratación, la adjudicación a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económicamente más ventajosa según lo establecido en el presente Xxxxxx.
En el caso de que las ofertas económicas no superen el umbral económico que marca el procedimiento abierto, de conformidad con lo establecido en las Instrucciones internas de contratación de PIMESA, la Mesa de Contratación propondrá al Consejo de Administración declarar desierta la licitación. De igual modo, si durante su intervención apreciase que se ha cometido alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de adjudicación del contrato, podrá exponerlo justificadamente al órgano de contratación, proponiéndole que se declare el desistimiento.
ARTÍCULO 17.- ADJUDICACIÓN
El Consejo de Administración de PIMESA, teniendo en cuenta la propuesta formulada por la Mesa de Contratación procederá a la adjudicación de manera independiente de la oferta económicamente más ventajosa ofertada para cada uno de los tres lotes, un lote de vehículos de dos ruedas y dos lotes de vehículos de cuatro ruedas, siendo el único criterio de adjudicación el precio ofertado por los participantes en la licitación.
La adjudicación se notificará a los licitadores a la dirección que hubieran indicado a efectos de notificaciones por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción, publicándose simultáneamente en el perfil del contratante de PIMESA.
ARTÍCULO 18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la notificación del acuerdo de adjudicación que efectúe el Consejo de Administración de PIMESA, con sujeción al contenido del presente Pliego y a la oferta técnico-económica presentada por el adjudicatario.
El Pliego formará parte del contrato a suscribir por PIMESA con el adjudicatario.
La no suscripción del contrato en el plazo indicado por causas imputables al adjudicatario facultará a PIMESA para acordar la resolución de la adjudicación, previa audiencia del interesado.
El adjudicatario se obliga a comparecer en la forma y hora que determine PIMESA para la firma del contrato.
ARTÍCULO 19.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario se obliga a la ejecución del contrato con exacto cumplimiento de las condiciones recogidas en el presente Pliego, así como de cuantas disposiciones estén vigentes en materia de contratación con el sector público, comprometiéndose a aportar todos los elementos necesarios para llevar el mismo a buen término y a realizar cuantas gestiones sean necesarias para ello.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del licitador adjudicatario, siendo éste el único responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requieren la ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de PIMESA. Si la buena marcha de la ejecución del contrato se compromete por actos u omisiones del contratista, PIMESA podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias.
ARTÍCULO 20.- DURACIÓN DEL CONTRATO, FECHA DE INICIO Y RESCISIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será por el tiempo indispensable para llevar a cabo la realización del objeto del contrato, cual es recogida, transporte, aprovechamiento, almacenamiento, valorización y eliminación de los residuos sólidos urbanos (vehículos al final de su vida útil de dos ruedas y de cuatro ruedas) incluido el depósito y la vigilancia de los mismos, así como los trámites administrativos necesarios para la obtención del certificado de destrucción de los vehículos y causar la baja del vehículo en la Dirección General de Tráfico.
El licitador que resulte adjudicatario comenzará a prestar el servicio en el plazo máximo de QUINCE DÍAS NATURALES a partir de la firma del contrato.
En todo caso, el periodo de tiempo de retirada de los vehículos de las instalaciones del depósito municipal de vehículos no podrá ser superior a TREINTA DÍAS NATURALES desde el comienzo de la prestación del servicio, sin que quepa prórroga alguna por ningún concepto.
Al finalizar el contrato, el adjudicatario no tendrá derecho a reclamación alguna, ya que PIMESA será ajena, tanto al personal laboral como a los medios materiales que utilice para el cumplimiento de este contrato.
ARTÍCULO 21.- GASTOS DE GESTIÓN
Serán a cargo del licitador que resulte adjudicatario todos los gastos derivados de los trabajos de movimiento de residuo, troceado, traslado, carga y descarga y facilitará sin cargo adicional alguno, cuantos medios técnicos y humanos se requieran para ejercitar las distintas operaciones.
Así mismo, también serán a cargo del licitador adjudicatario los gastos que pudieren devenir ocasionados por los trámites del certificado de destrucción o de la baja en la Dirección General de Tráfico.
ARTÍCULO 22.- OBLIGACIONES LABORALES DE LA EMPRESA QUE RESULTE ADJUDICATARIA. RESPONSABILIDAD Y GASTOS A SU CARGO
El personal necesario y cuantos medios personales, técnicos y/o materiales sean necesarios para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de adjudicación será responsabilidad exclusiva del adjudicatario, al cual compete la aplicación de la legislación laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y demás normativa que fuera de aplicación en el momento de ejecución del contrato.
En ningún caso existirá vinculación laboral de ningún tipo entre dicho personal y PIMESA. El adjudicatario deberá disponer de instalaciones propias y establecer los medios de comunicación para contactar.
El adjudicatario será igualmente responsable de la calidad técnica de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para PIMESA o terceros de las omisiones, errores o métodos inadecuados acaecidos en la ejecución del contrato, el cual se conviene a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
Consecuentemente, todo daño que pueda producirse a cualesquiera personas, bienes y/o instalaciones, particulares o municipales, en el desenvolvimiento del contrato será responsabilidad exclusiva del adjudicatario, quedando obligado a su íntegro resarcimiento, y ello sin perjuicio de las sanciones contractuales que se le puedan imponer.
Además, será responsable, tanto civil como administrativamente, ante PIMESA y la Corporación Local por las faltas que cometan sus trabajadores y empleados y daños que ocasionen.
La totalidad de los gastos generales y particulares del servicio, tales como sueldos, cargas sociales y demás emolumentos de los conductores, maquinaria, elementos de transporte y demás útiles y medios técnicos, gastos de mantenimiento, combustible, seguro de los vehículos, etc., será de cuenta de la empresa adjudicataria.
Asimismo, serán de cargo de la empresa adjudicataria todos los impuestos, derechos y tasas, tributos, estatales, autonómicos, provinciales o locales, que gravan las actividades y medios materiales sobre los que recae la prestación de los servicios objeto del contrato de adjudicación.
ARTÍCULO 23.- COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS LABORALES
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 171/2004, de
30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa adjudicataria informará a PIMESA por escrito en el momento de la firma del contrato sobre los riesgos específicos de las actividades que vaya a desarrollar en el Depósito Municipal de Vehículos de Elche, teniendo en
cuenta el grado de peligrosidad de las mismas, el número de trabajadores de la empresa adjudicataria presentes en dichas instalaciones y la duración de la concurrencia de las actividades, facilitando la información que seguidamente se relaciona, sin perjuicio que se pueda solicitar documentación adicional:
- Relación de trabajadores que vayan a prestar servicios en el depósito municipal de vehículos, y persona responsable del cumplimiento de normas.
- Certificación de estar al corriente de pago de la Seguridad Social, que incluya a los trabajadores que vayan a prestar servicios en el depósito municipal de vehículos, y fotocopia TC1 y TC2 con carácter mensual.
- Evaluación de Riesgos del puesto de trabajo destinado a ejecutar los trabajos en el Depósito Municipal de Elche, y medidas preventivas planificadas.
- Acuses de recibo de la entrega de EPIS, en su caso.
- Certificados de formación / información en prevención de riesgos laborales de los trabajadores, adecuada al puesto que ocupan y las tareas a realizar en nuestros servicios contratados, emitidos por una entidad acreditada o por técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa.
- Relación de vehículos, maquinaria y herramientas a utilizar
- Copia de la documentación de vehículos y maquinaria utilizados para la realización de los trabajos en instalaciones de PIMESA: permiso de circulación, ficha técnica, ITV, ficha de producto, etc.
- Copia de las pólizas de seguro obligatorio de los vehículos y maquinaria a utilizar.
De la misma manera, PIMESA hará entrega al adjudicatario en el momento de la firma del contrato, la siguiente documentación:
- Instrucciones de seguridad a cumplir por el personal de la empresa adjudicataria que vaya a realizar los trabajos en el depósito municipal de vehículos.
ARTÍCULO 24.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO: VEHICULOS EN EL DEPÓSITO DE PIMESA
Antes de proceder a la retirada de los vehículos de las instalaciones del depósito, el adjudicatario deberá consultar en la Dirección General de Tráfico que los vehículos que figuran en el lote adjudicado no tienen ninguna incidencia que impida la obtención de la preceptiva baja en ese organismo, acreditando a PIMESA tal extremo mediante la Declaración de Consulta de Incidencias en la Dirección General de Tráfico que figura en el Anexo VI.
En horario de 8:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:30 horas de lunes a viernes y ante la presencia de un empleado de PIMESA, se procederá por parte del licitador adjudicatario del servicio a la carga de los distintos vehículos de dos y de cuatro ruedas, que se hallen al final de su vida útil y cuya eliminación haya sido ordenada por el Ayuntamiento de Elche y así conste en el lote de vehículos.
Dicho empleado de PIMESA confeccionará un parte respecto de los vehículos que se retiren cada día. En dicho parte se indicarán los datos del día, hora, lugar,
identificación de los vehículos, vehículo y conductor que retiran los vehículos y cualquier otro dato que sea necesario para la correcta identificación del acto.
El adjudicatario o la persona delegada para esta acción deberá firmar dicho parte.
Una vez finalizada la retirada de todos los vehículos previstos cada día, se facilitarán en un plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES los certificados de destrucción de los mismos, siendo preceptiva la baja del vehículo en la Dirección General de Tráfico, y dejando la copia del certificado de destrucción destinada al titular del vehículo en las instalaciones de PIMESA.
ARTÍCULO 25.- PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Los licitadores que resulten adjudicatarios deberán responder de los posibles daños que puedan producir en instalaciones, vehículos o personas en el cumplimiento de su cometido.
Para ello, deberán constituir una póliza de responsabilidad civil, de cuantía proporcional al lote de vehículos adjudicado:
- El licitador que resulte adjudicatario del lote de vehículos de cuatro ruedas deberá constituir una póliza de responsabilidad civil por un valor no inferior a 300.000 euros.
- El licitador que resulte adjudicatario del lote de vehículos de dos ruedas deberá constituir una póliza de responsabilidad civil por un valor no inferior a 150.000 euros.
Los licitadores deberán aportar certificado de la póliza y justificante actualizado de su pago y de su vigencia.
ARTÍCULO 26.- FINANCIACIÓN
La contratación de este servicio no genera gasto alguno para PIMESA, de modo que el servicio se financiará exclusivamente con los ingresos que la empresa que resulte adjudicataria del mismo recaude por la venta de los elementos reciclables que obtenga de los referidos vehículos.
ARTÍCULO 27.- PENALIZACIONES
Cuando el licitador adjudicatario, por causas imputables al mismo, no cumpliera con el plazo estipulado de 30 días naturales para la retirada de los vehículos de las instalaciones del depósito municipal, se establece una penalización de 300 euros al día durante un periodo máximo de 10 días naturales.
Transcurridos los 10 días naturales sin que el adjudicatario haya finalizado la retirada de todos los vehículos, éste renuncia a los vehículos pendientes de retirar, al valor de esos vehículos y a cualquier compensación económica por tal motivo.
Asimismo, se establece una penalización de 150 euros al día en caso de retraso injustificado para la entrega de los certificados de destrucción y las preceptivas bajas de los vehículos licitados.
ARTÍCULO 28.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Además de las causas previstas en la normativa vigente, el incumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones previstas en este Pliego facultará a PIMESA a instar la resolución del contrato.
Sin perjuicio de lo establecido en este artículo, PIMESA podrá optar por exigir del adjudicatario el cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 29.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
Queda prohibida la cesión, subcontratación o traspaso de los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sin previa autorización expresa y escrita de PIMESA.
ARTÍCULO 30.- RESERVA DE DERECHOS
El Consejo de Administración de PIMESA se reserva el derecho a suspender temporal o definitivamente, por causa justificada, la licitación de la cual deriva el presente Pliego, en cualquier momento anterior a la adjudicación.
ARTÍCULO 31.- PROTECCIÓN DE DATOS
El licitador que resulte adjudicatario se compromete a tratar los datos de carácter personal (definidos según lo dispuesto en la LOPD) a los que tenga acceso en el marco del presente contrato de conformidad con lo establecido en la LOPD y en la normativa que la desarrolla, recogiéndose expresamente esta obligación en el contrato que se formalice entre PIMESA y el adjudicatario.
La empresa contratista se obliga a tratar los citados datos únicamente conforme a las instrucciones de PIMESA, y a no aplicarlos o utilizarlos con un fin distinto al establecido en el presente contrato, ni a comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a terceras personas.
La empresa contratista se compromete a asegurar el conocimiento y adecuado cumplimiento de las obligaciones que le corresponden en virtud del presente contrato y de la vigente normativa en materia de protección de datos por parte de todo el personal con acceso a información en la que figuren datos de carácter personal.
Así mismo, se compromete a adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos.
La empresa contratista indemnizará a PIMESA por los daños y perjuicios de toda índole que pudieran resultar del incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del presente acuerdo.
ARTÍCULO 32.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato, así como para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación del contrato al no estar sujeto a regulación armonizada.
Para cualquier cuestión litigiosa o discrepancia que surja en relación con los Pliegos, la licitación o el contrato, los licitadores y el adjudicatario se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Elche, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
XXXXX X.- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña. , con
NIF: en nombre propio o en representación de la mercantil
, con
NIF: en calidad de , enterado de la
LICITACIÓN CONVOCADA PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RETIRADA, DESCONTAMINACIÓN Y ELIMINACIÓN DE TRES LOTES DE VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL, UNO DE DOS RUEDAS Y
DOS DE CUATRO RUEDAS, con estricta sujeción a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones que regula dicha licitación, por medio del presente documento, oferta la siguiente cantidad en euros, IVA no incluido, en caso de serle adjudicado el contrato:
Lote de 32 vehículos de dos ruedas:
€/ por vehículo de dos ruedas
Primer Lote de 62 vehículos de cuatro ruedas:
€/ por vehículo de cuatro ruedas
Segundo Lote de 61 vehículos de cuatro ruedas:
€/ por vehículo de cuatro ruedas
Elche, a de de 2015
Firma del licitador
XXXXX XX.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dña. , con
NIF: en nombre propio o en representación de la mercantil
, con NIF: en calidad de ,
DECLARA:
1. Que el licitador no se haya comprendido dentro de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar, señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en la misma y en sus normas de desarrollo.
2. Que el licitador reúne los requisitos y capacidad suficientes para contratar con PIMESA, conforme a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones para la adjudicación del servicio de retirada, descontaminación y eliminación de tres lotes independientes de vehículos al final de su vida útil, uno de dos ruedas y dos de cuatro ruedas, y no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades a los que se refiere dicho documento.
Elche, a de de 2015
Firma del licitador
XXXXX XXX.- MODELO DE INSTANCIA QUE ACOMPAÑA A LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
D./Dña. , con
NIF: en nombre propio o en representación de la mercantil
, con
NIF: , domicilio en , teléfono
y correo electrónico , en calidad de , enterado de la LICITACIÓN CONVOCADA PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RETIRADA, DESCONTAMINACIÓN Y ELIMINACIÓN DE TRES LOTES DE VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL, UNO DE DOS RUEDAS Y DOS DE CUATRO RUEDAS,
participo en la misma de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de Condiciones que regula dicha licitación, aportando el sobre que se acompaña, que incluye la siguiente documentación:
Sobre 1: Documentación Administrativa Sobre 2: Propuesta Económica
Elche, a de de 2015
Firma del licitador
SR. GERENTE DE PROMOCIONES E INICIATIVAS MUNICIPALES DE ELCHE, S.A. (PIMESA)
ANEXO V: DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
En relación al contrato formalizado entre PIMESA y la empresa adjudicataria
con fecha , que se va a llevar a cabo en instalaciones de PIMESA, y de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 171/2004, en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa contratista aporta la siguiente documentación:
Relación de trabajadores que vayan a prestar servicios en el depósito municipal de vehículos, y persona responsable del cumplimiento de normas.
Certificación de estar al corriente de pago de la Seguridad Social, que incluya a los trabajadores que vayan a prestar servicios en el depósito municipal de vehículos, y fotocopia TC1 y TC2 con carácter mensual.
Evaluación de Riesgos del puesto de trabajo destinado a ejecutar los trabajos en el Depósito Municipal de Elche, y medidas preventivas planificadas.
Acuses de recibo de la entrega de EPIS, en su caso.
Certificados de formación / información en prevención de riesgos laborales de los trabajadores, adecuada al puesto que ocupan y las tareas a realizar en nuestros servicios contratados, emitidos por una entidad acreditada o por técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa.
Relación de vehículos, maquinaria y herramientas a utilizar.
Copia de la documentación de vehículos y maquinaria utilizados para la realización de los trabajos en instalaciones de PIMESA: permiso de circulación, ficha técnica, ITV, ficha de producto, etc.
Copia de las pólizas de seguro obligatorio de los vehículos y maquinaria a utilizar.
En Elche, a de de 2015
Firma del licitador
ANEXO VI.- DECLARACIÓN DE CONSULTA DE INCIDENCIAS EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO
D./Dña. , con
NIF: en nombre propio o en representación de la mercantil
, con
NIF: en calidad de Adjudicatario del Lote de Vehículos
de la LICITACIÓN CONVOCADA POR PIMESA PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RETIRADA, DESCONTAMINACIÓN Y ELIMINACIÓN DE TRES LOTES DE VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL, UNO DE DOS RUEDAS Y DOS DE CUATRO RUEDAS,
DECLARO: Que habiendo realizado consulta telemática a la Dirección General de Tráfico sobre la tramitabilidad previa a la baja de los vehículos que figuran en el lote adjudicado, no existe impedimento para anotar la baja definitiva de los vehículos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
DECLARO: Que habiendo realizado consulta telemática a la Dirección General de Tráfico sobre la tramitabilidad previa a la baja de los vehículos que figuran en el lote adjudicado, existen las siguientes incidencias: (adjuntar incidencia notificada por la Dirección General de Tráfico)
En Elche, a de de 2015
Firma del adjudicatario