Términos y Condiciones de Transporte Courier y Camión Europa
Términos y Condiciones de Transporte Courier y Camión Europa
1. Definiciones
Las siguientes definiciones serán aplicadas a las Condiciones establecidas a continuación, que serán las que regularán el contrato de Transporte entre Usted y Nosotros.
“Nosotros”, “Nuestro” se refiere a subsidiarios, afiliados a C.H. XXXXXXXX INTERNATIONAL SPAIN, S.A.U y sus respectivos empleados, agentes y subcontratados. “Usted”, “Su” y “Suyo” Se refiere al remitente, destinatario del Envío, tenedor xxx xxxxxxx, receptor y propietario del contenido del envío o cualquier tercera persona que tenga interés legítimo en relación con el mismo.
“Transporte” Se refiere e incluye en conjunto de las operaciones y servicios realizados por nosotros en relación con el envío.
“Artículos prohibidos” Se refiere a cualquier mercancía o material cuyo transporte esté prohibido por una xxx, xxxxx o regulación, ya sea de los países de origen o destino del Envío o de cualquier otro donde el Envío realice una escala intermedia.
“Envío” Se refiere a cualquier sobre, documento, bulto, paquete o carga que nos sea entregado y que sea aceptado por nosotros para su transporte y sea transportado bajo este albarán.
2. La Parte con Quien Usted Celebra el Contrato
Su contrato se celebra con las compañías subsidiarias o filiales de C.H XXXXXXXX INTERNATIONAL SPAIN, S.A.U o cualquiera de las compañías subcontratadas que originalmente acepten su Envío. Usted acepta que nosotros podamos subcontratar la totalidad o parte del transporte bajo cualquier término o condición que decidamos.
3. Aceptación por su parte de Nuestras Cláusulas y Condiciones
Al hacernos entrega de su Xxxxx, Xxxxx acepta las Condiciones y Xxxxxxxxx establecidas en el presente Contrato de Transporte, en su propio nombre o en el de cualquier otra persona que pudiera tener interés en el envío, independientemente de si Usted ha estampado o no su firma en el anverso de este alabarán. Nuestros Términos y Condiciones son aplicables a cualquier otra compañía cuyos servicios utilicemos para la recogida, transporte o entrega de su envío. Ninguno de nuestros empleados, agentes o subcontratados está autorizado para suspender, alterar o modificar estos Términos y Condiciones. En el caso de hacernos entrega del Envío con instrucciones orales o escritas que contradigan estas Condiciones no estaremos, en modo alguno, obligados por dichas instrucciones.
4. Mercancías Peligrosas/Seguridad. Artículos Prohibidos
4.1 Mercancías Peligrosas
a) No aceptamos mercancías peligrosas de acuerdo con lo especificado por ICAO T.I., IATA DGR, Código-IMG, ADR o cualquier otra regulación nacional o internacional relativa al transporte de mercancías peligrosas por superficie.
Estas Mercancías Peligrosas únicamente serán aceptadas si cumplen con la normativa aplicable a este tipo de mercancías (ver cláusula 4.1 a) y con nuestros propios requisitos. Se aplicará un recargo al Transporte de Mercancías Peligrosas.
4.2 Normas de Seguridad para carga aérea
a) Usted debe asegurarse de que el Envío no contiene un artículo prohibido de los reflejados en la norma de la Xxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx 00 xxx XXXX. Usted deberá facilitar una descripción completa del contenido del Envío en el albarán. Todos los Envíos están sujetos a comprobación por motivos de seguridad, lo que podría incluir el uso de equipos xx Xxxxx X.
b) Usted declara que el envío ha sido preparado por Usted en instalaciones seguras, por personal de confianza contratado por Xxxxx y que ha sido protegido contra cualquier tipo de intromisión no autorizada durante su preparación, almacenaje y transporte inmediatamente antes de hacernos entrega de este.
4.3 Artículo prohibido
No aceptamos ningún artículo prohibido
5. Derecho de Inspección
Usted acepta que tanto nosotros como cualquier autoridad administrativa incluyendo aduanas, puedan abrir e inspeccionar en Envío en cualquier momento.
6. Itinerarios de los Envíos
Su Envío será transportado siguiendo la ruta y el modo que, según nuestro único criterio, consideramos más adecuados.
7. Despacho de Aduanas
7.1 Usted nos designa como su representante a los solos efectos del despacho y paso del Envío por las Aduanas y, asimismo, reconoce que nosotros somos el consignatario a los efectos de designar un Agente de aduanas que lleve a cabo el despacho aduanero y la entrada del Envío si subcontratamos este cometido. Si cualquier Autoridad Aduanera nos requiriese para que aportásemos documentación adicional al objeto de confirmar nuestras facultades para realizar el despacho, es responsabilidad de Usted facilitar a sus expensas, la documentación que fuese requerida.
7.2 Usted manifiesta solemnemente que todas las declaraciones e información que ha suministrado relativas a la exportación e importación del Envío son ciertas y correctas. Usted reconoce, asimismo, que en el caso de realizar declaraciones falsas o fraudulentas sobre el Envío o cualquiera de sus contenidos, se expone a una reclamación civil y, en su caso, a una acusación penal, procedimientos en los que se podrá acordar el decomiso y venta de la mercancía. Nosotros podemos, voluntariamente, asistirle sobre cómo completar la documentación aduanera requerida, en el bien entendido que dicha colaboración se presta bajo su absoluta responsabilidad. Usted acepta eximirnos de cualquier responsabilidad y, en su caso, indemnizarnos como consecuencia de cualquier reclamación que pudiera formularse en contra nuestra con motivo de la información que Usted nos ha proporcionado, y acepta, asimismo, abonarnos los honorarios que pudiéremos girarle por el asesoramiento que le hubiéremos facilitado.
7.3 Cualquier multa de carácter aduanero, gastos de almacenaje u otros en que incurramos como resultado de las acciones llevadas a cabo por las Autoridades Aduaneras o Administrativas, o por no haber facilitado Usted y/o el destinatario la documentación apropiada y/o no haber obtenido la licencia o permiso necesario, será a su cargo o a cargo del destinatario del envío. En el supuesto de que decidamos girar el cargo al destinatario y éste rechazara pagar los gastos en que hubiera incurrido. Usted acepta pagar los mismos.
8. Dirección Incorrecta y Apartados Postales
Si no pudiéramos llevar a cabo la entrega de un Envío por resultar incorrecta la dirección, si es dentro del mismo país, haremos todo lo posible para averiguar la dirección correcta. Tendrá un Costo adicional cambio dirección euro. 10,00 / envío. Si es en distinta ciudad, se revisará caso por caso, con su costo correspondiente.
9. Envíos Que No Puedan Ser Entregados o Xxxx Rechazados
Si no pudiéramos entregar el Envío por ausencia del destinatario, trataremos de dejar un mensaje en su domicilio en el que quede constancia de que se ha intentado realizar la entrega, indicando los detalles del Envío. Si tras un segundo intento no se ha podido realizar la entrega o el destinatario rechaza el Envío, intentaremos contactar con Xxxxx y llegar a un acuerdo sobre qué resulta lo más conveniente hacer en relación con el Envío. Usted acepta abonarnos cualquier coste en que, a partir de dicho momento, incurramos con ocasión de la expedición del Envío o, en su caso, en la destrucción de este o en su reenvío al punto de origen, Así como los cargos que pudiéramos girar por un tercer o ulterior intento de entrega.
10. Sus obligaciones
Usted nos garantiza que:
a) el contenido del Envío ha sido descrito correctamente y que el albarán ha sido cumplimentado con exactitud y de forma legible, incluyendo la dirección del consignatario.
b) el contenido del Envío ha sido etiquetado y embalado cuidadosamente y de forma segura al objeto de protegerlo de los riesgos ordinarios del transporte.
c) el Envío no contiene Artículos Prohibidos ni aquellos que estén restringidos por IATA o ICAO y que nos facilitará las declaraciones sobre mercancías peligrosas que fuesen necesarias, confeccionadas de forma correcta y precisa y de acuerdo con todas las leyes, normas y regulaciones que resulten aplicables.
Gastos, incluyendo costes legales, en que pudiéramos incurrir como consecuencia del incumplimiento por su parte de estas garantías.
11. Límite de nuestra responsabilidad
Con arreglo a lo establecido en la cláusula nº 12 nuestra responsabilidad en caso de pérdida, daño o retraso de todo o parte de su envío, estará limitada de la siguiente forma:
a) Transporte Aéreo
en un territorio de un estado distinto al xx xxxxxxx, será de aplicación el convenio xx Xxxxxxxx de 1929 (modificado por el protocolo de la haya de 1955). Este tratado internacional regula y limita nuestra responsabilidad por pérdida, daño o retraso de su envío a la cantidad de 17 unidades de cuenta por kilogramo (lo que equivale, aproximadamente a 20 dólares USA, estando sujeto dicho importe a las variaciones del tipo de cambio).
b) Transporte internacional por carretera
Si su envío es transportado únicamente por carretera "dentro de", "a" o "desde" un país que se parte del convenio de relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera de 1956 (C.M.R.) nuestra responsabilidad por pérdida o daño, total o parcial de su envío está limitada a la cantidad de 8,33 unidades de cuenta por kilo (lo que equivale, aproximadamente, a 10 dólares usa, estando sujeto dicho transporte a las variaciones del tipo de cambio). En los supuestos de demora en la entrega del envío, si usted prueba que ha sufrido un perjuicio como consecuencia del retraso, nuestra responsabilidad se limita al reembolso de
la cantidad que nos haya abonado como precio del transporte del envío afectado o de la parte de este que lo hubiera sufrido. Si ninguno de los convenios mencionados en los párrafos anteriores resultará aplicable por cualquier motivo, incluyendo incumplimiento del contrato, culpa, negligencia o dolo, limitamos nuestra responsabilidad por pérdida, daño o retraso de su envío, o de la parte afectada del mismo a la cantidad de 20 dólares por kilogramo.
c) Transporte Nacional
Si su envío es transportado por carretera entre dos puntos situados dentro del territorio de un mismo estado, tratándose de un transporte por vía aérea, el trayecto se realiza sin escalas en terceros países, será de aplicación la legislación de dicho estado.
12. Exclusiones
12.1. nosotros no seremos responsables por daños consecuenciales o extraordinarios, ni por lucro cesante (incluyendo pérdida de ingresos, beneficios, o mercados, pérdida de imagen, daños producidos por la imposibilidad de utilización de los contenidos de los envíos, ni por pérdida de oportunidad de negocio) o cualquier otra pérdida, daño, retraso, entrega incorrecta o falta de entrega de su envío, incluso en el supuesto de que tuviéramos conocimiento de que dichos daños o pérdidas no pudieran producirse.
12.2. Nosotros no seremos responsables por pérdida, daño, demora o entrega incorrecta, o falta de entrega, total o parcial, de su Envío que se consecuencia de:
a) Circunstancias que escapen a nuestro control, tales como:
- Catástrofes naturales, lo que incluye terremotos, ciclones, tormentas, inundaciones, fuego, plagas, niebla, hielo; disturbios civiles; maquinaria.
- Defectos latentes o vicios ocultos del contenido del Envío.
b) Sus propios actos u omisiones o los de terceras personas, tales como:
- Incumplimiento por parte de las obligaciones establecidas en estas Condiciones, en particular de la exactitud de las declaraciones a las que se refiere la cláusula 10ª de la versión extensa, incluyendo el incumplimiento que fuera imputable a cualquiera de las personas que pudieran tener interés en el Envío.
- Actos u omisiones de los funcionarios o empleados de aduanas, de líneas aéreas y de aeropuertos o Gobiernos. aceptado por error.
12.3. Nosotros no somos una Compañía de Transporte general, por lo que no asumiremos obligaciones como tal.
13. Incremento del Límite de Responsabilidad.
13.1. Si Usted considera suficiente el alcance de nuestra responsabilidad, mediante el abono de un suplemento, cuyos detalles se encuentran a su disposición en nuestra oficina más cercana, podremos incrementar nuestros límites de responsabilidad por pérdida o daño a su Envío en dos veces el límite establecido por el Convenio xx Xxxxxxxx si se trata de un transporte aéreo y cuatro veces el límite establecido por el Convenio CMR si se trata de un transporte terrestre, ya sea nacional o internacional.
13.2. Para documentos cuyo peso resulte inferior a 12,5 kilogramos, mediante el abono del correspondiente suplemento aceptaremos incrementar el límite de nuestra responsabilidad hasta 500 dólares USA por envío.
13.3. El incremento en los límites de responsabilidad no se aplicará en los siguientes casos:
- Cuando estemos exentos de responsabilidad de acuerdo con lo establecido en las cláusulas anteriores.
- Cuando Ustedes hayan contratado la cobertura de un seguro con nosotros.
- A la que pudiera retrasarse de retraso en el Envío.
- Cuando Ustedes no nos hayan abonado el suplemento que les haya sido facturado.
14. Seguro (No Disponible para Documentos).
Debido a los riesgos de pérdida o daño que pudiera sufrir el contenido del Envío, les aconsejamos que contraten con nosotros un seguro que cubra el verdadero valor del contenido, rellenando a tal fin la casilla correspondiente de la primera fila xxx xxxxxxx. Nuestro seguro tiene cobertura contra todos los riesgos de pérdida y daños ocasionados durante el transporte, hasta un máximo de 22.689 euros. Dicho seguro no cubre pérdidas consecuenciales ni los daños o perjuicios ocasionados por el retraso en el transporte.
15. Reclamaciones Formuladas por Terceras Personas.
Usted se compromete frente a nosotros a no permitir que ninguna otra persona que tenga interés en el Envío formule reclamación contra nosotros por causa del Transporte incluso cuando nosotros podamos haber incurrido en culpa o negligencia, y, en caso de que se formulara una reclamación de dicha naturaleza, a indemnizarnos por las consecuencias de dicha reclamación y por los gastos y perjuicios en que incurramos en nuestra defensa.
16. Procedimientos de Reclamación.
Si Usted desea formular una reclamación por pérdida, daño o retraso de su Envío, debe seguir el procedimiento que se indica a continuación. En caso contrario nos reservamos el derecho a rechazarla:
a) Usted debe notificarnos por escrito la pérdida, daño o retraso dentro de los 21 días siguientes a recibirse el Envío o a la fecha en que debió ser entregado, salvo que se tratará de un transporte nacional, en cuyo caso la reclamación deberá formularse en el plazo máximo de 10 días. En los 21 días siguientes deberá Usted justificar la reclamación, entregándonos toda la información relevante sobre el Envío y la pérdida, daño o retraso sufrido. Nosotros no estamos obligados a estudiar ninguna reclamación hasta que haya sido abonado el precio del transporte, sin que tenga Usted derecho a deducir el importe de la reclamación de dicho precio.
b) Xxxxxxxx consideramos que el Envío fue entregado en buenas condiciones a menos que el destinatario que lo haya aceptado haga constar en nuestro justificante de entrega la existencia de un daño. Al objeto de que podamos tomar en consideración una reclamación por daño, tanto el contenido cuanto el embalaje original debe estar a nuestra disposición para poder ser inspeccionados.
c) Su derecho a reclamar contra nosotros por daños en el Envío se extinguirá a menos que haya sido formulada reclamación judicial dentro de los dos años siguientes: a la fecha de entrega del Envío, a la fecha en que debió ser entregado o a la fecha en la que cesó el Transporte.
17. Tarifas y Pago.
17.1. Usted se compromete a abonarnos el precio del transporte entre los puntos especificados en este albarán, así como cualquier Impuesto sobre el Valor Añadido que gravé el transporte, en un plazo de 7 días a contar desde la fecha de la factura que se le giré. El precio del transporte se calculará con arreglo a nuestras Tarifas vigentes, aplicando la que corresponda a su Envío o, en su caso, de acuerdo con las Tarifas que hayan sido acordadas con Usted, de forma particular.
Todos los derechos de importación, IVA sobre la mercancía y todos los demás cargos devengados con ocasión del Envío deberán ser abonados a la entrega. Si Usted no dispone de una copia de nuestra Tabla de Tarifas puede solicitarla en cualquiera de nuestras oficinas del país de origen del Envío. Nuestra Tabla de Tarifas puede contemplar, asimismo, términos y condiciones de pago adicionales. Para calcular el precio del transporte tomaremos en cuenta el mayor de los siguientes valores: peso real o peso volumétrico del Envío, calculado éste de acuerdo con la ecuación de conversión volumétrica que figura en nuestra Tabla de Tarifas. Nos reservamos el derecho de cargar un interés del 1% mensual sobre las facturas pendientes de pago.
17.2. En caso de que Usted nos haya dado instrucciones de pago diferentes o haya acordado con el destinatario del Envío o con una tercera persona que sean ellos quienes abonen nuestras tarifas y/o cualesquiera derechos, impuestos, gravámenes, gastos, recargos y multas que nos hubiéramos visto obligado a abonar con ocasión del Envío, si el destinatario o esa tercera persona rechazara abonarnos nuestras tarifas por el Transporte o reembolsarnos cualesquiera de las cantidades a las que se ha hecho referencia, Usted se compromete a abonarnos de dichos importes dentro de los siete días siguientes a la fecha en que le notifiquemos el rechazo al pago.
17.3. Nosotros tendremos un derecho general de retención sobre todos sus Envíos que se encuentren en cualquier momento, en nuestro poder, con el derecho de vender su contenido y retener el precio que hayamos obtenido para hacer frente a cualquier cantidad que Usted pudiera adeudarnos por Xxxxxx previamente entregados.
18. Ley y Jurisdicción.
18.1. En el caso de que alguna de las presentes cláusulas fuese declarada nula o de imposible cumplimiento, dicha declaración no afectará al resto de las estipulaciones de este Contrato de Transporte, las cuales permanecerán plenamente en vigor.
18.2. Cualquier conflicto que se plantee sobre las cantidades que pudiera Usted adeudarnos con ocasión del presente Contrato de Transporte se resolverá con sujeción a las leyes y con sometimiento expreso a la Jurisdicción de los Tribunales de Madrid. Cualquier otro conflicto que surja con ocasión de este Contrato de Transporte, será resuelto con arreglo a la Legislación de España, por expresa sumisión de las partes, los Juzgados y Tribunales de Madrid.
De estas Condiciones, a los que resultará de aplicación la Legislación del Estado en que se realicen, siendo competentes, por expresa sumisión de las partes, los Juzgados y Tribunales de su capital.