Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO CONSISTENTE EN EL DISEÑO Y DESARROLLO DE PROGRAMAS Y LA ATENCION DEL CENTRO DE INFORMACION JUVENIL Y EL AULA JOVEN DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente contrato la prestación de los servicios de asistencia técnica para el diseño, organización y gestión del Centro de Información Juvenil y el Aula Joven del Ayuntamiento de Portugalete, con arreglo a los términos que se establecen en el presente Pliego, que tendrá carácter contractual.
La prestación se concretará de acuerdo con los términos que se establecen en la cláusula segunda del presente Xxxxxx y siempre bajo la supervisión y directrices que, teniendo relación directa con el objeto del contrato, fuesen asignadas por el o la Concejal/a Delegado/a de Educación y Juventud, o cualesquier órgano o personal municipal competente en la materia, que serán los encargados de controlar y supervisar la realización de todas ellas, que tendrán a todos los efectos, el carácter de acciones municipales.
La prestación incluye el diseño operativo de los Centros, su estructuración, su atención y el desarrollo de los programas que, vinculados al objeto del contrato, fueran encomendados por el órgano municipal competente.
2.- MODO DE PRESTAR EL SERVICIO
2.1.- La prestación del servicio se realizará en todo momento de acuerdo a las siguientes premisas:
a) Deberá realizarse conforme a las instrucciones que se reciban del/de la Concejal/a Delegado/a de Educación y Juventud del Ayuntamiento de Portugalete, o del órgano o personal municipal competente que se determine en su caso, para el desarrollo de los programas aprobados por éste y la atención de los servicios del Centro de Información Juvenil y del Aula Joven, adecuando el horario de trabajo a la mejor prestación de los servicios.
b) La adjudicataria se compromete a subrogarse en todos y cada uno de los contratos de trabajos existentes con el personal que actualmente presta los servicios para los que se convoca el presente Concurso. (Anexo I)
c) Las personas físicas dependientes de la empresa adjudicataria y adscritas por ésta al cumplimiento del objeto del contrato, deberán tener una especialización y experiencia acreditadas en las materias señaladas en la cláusula primera del presente Xxxxxx. En este sentido, la empresa adjudicataria, una vez le haya sido notificada la adjudicación definitiva del contrato, notificará al Ayuntamiento el nombre, circunstancias personales e historial profesional de las personas adscritas para su ejecución, que podrán ser sustituidas por otras
de similares características y capacitación por acuerdo entre el Ayuntamiento y la adjudicataria, siempre que dichas sustituciones sean suficientemente razonadas.
d) Durante las ausencias que pudieran producirse con motivo de Incapacidades Laborales Transitorias y/o por cualquier otra circunstancia del personal adscrito, deberán ser cubiertas por la adjudicataria de forma inmediata, de tal modo que se garantice la correcta apertura, custodia y cierre de las instalaciones sin suspensión de actividades programadas, y debiendo ser comunicado a la Directora del Área de Educación y Juventud.
e) El personal asignado al servicio no tendrá ningún tipo de vinculación laboral con el Ayuntamiento, siendo obligación de la adjudicataria la observancia de la legislación, preceptos y normas en materia laboral. El licitador habrá de informar al Ayuntamiento, en su propuesta para tomar parte en el concurso, las características del convenio colectivo y demás condiciones laborales que habrá de aplicarse al personal destinado al servicio, siendo obligación exclusiva de la adjudicataria la sujeción a las mismas.
f) El servicio se concretará en la prestación de los servicios siguientes:
1.- CENTRO DE INFORMACION JUVENIL: Se realizarán las tareas propias de su especialización y que estén relacionadas con la asistencia técnica objeto del contrato, entre ellas: la atención al público, documentación, recepción y tratamiento de la información, coordinación con otros centros e instituciones relacionadas con el servicio, diseño y desarrollo de programas y, en general, cuantas le fueren encomendadas por el órgano o personal municipal competente para la más adecuada prestación de los servicios.
Se garantizará la apertura al público del servicio al menos 5 horas diarias, de lunes a viernes, en horario de mañana y tarde.
2.- AULA JOVEN: Se realizarán las tareas de apertura, atención y cierre del Aula Joven. Dicha atención se concretará en el control y vigilancia de las instalaciones y equipos, el diseño de programas de actuación en ese ámbito, la ejecución de aquellos que fueran aprobados por el órgano municipal competente y, en general, cuantas tareas de dinamización y animación del colectivo de usuarios y asociaciones de carácter juvenil le fueran encomendadas por el órgano o personal municipal competente en la materia.
El Aula Joven estará abierto al público al menos de 16:00 a 21:00, de lunes a viernes y de 10:00 a 13:30 y de 16:00 a 21:00, los sábados.
Además se garantizará la apertura durante al menos 14 domingos al año, de 10:00 a 13:30 y de 16:00 a 21:00. Dichos domingos serán fijados cada año con el/la Concejal/a Delegado/a del Área de Educación y Juventud o personal municipal competente.
Asimismo se garantizará al menos 6 horas de trabajo durante dos mañanas, de lunes a viernes, para reuniones, gestiones, etc…
g) Cuando el desarrollo de alguno de los programas diseñados por los servicios citados requiera la disposición de recursos técnicos y humanos que no hayan sido contemplados en el presente Pliego, la empresa adjudicataria estará obligada a la prestación de los mismos previo requerimiento del Ayuntamiento, de tal forma que la puesta en marcha del programa quede adecuadamente garantizada. En tales supuestos, los
importes correspondientes serán facturados por el contratista con cargo al programa de referencia, conforme a los presupuestos particulares aprobados previamente, en cada caso, por el Ayuntamiento. El licitador habrá de dejar constancia en la memoria a presentar para tomar parte en el concurso el modo y las condiciones en las que prestará este servicio.
h) Corresponde a la adjudicataria la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares que se requieran para el desarrollo de las actividades y programas que lleve a cabo en el desarrollo del servicio que se contrata.
i) Todos los trabajos realizados para el buen fin del presente contrato tendrán carácter confidencial, no pudiendo la adjudicataria utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato o información alguna de las prestaciones contratadas sin autorización expresa del/de la Concejal/a Delegado/a de Educación y Juventud, estando, por tanto, obligada a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado.
En todo caso, la adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
j) La dirección e inspección de los trabajos realizados por la adjudicataria corresponde al Área municipal origen del gasto que haya promovido el contrato, pudiendo el Área, a través del responsable municipal designado al efecto, dirigir instrucciones al contratista siempre que no supongan modificaciones de las prestaciones no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor, ni al presente Xxxxxx.
k) Los trabajos realizados durante la ejecución del contrato por el personal asignado por la entidad adjudicataria serán propiedad de la Administración y ésta, en consecuencia, podrá corregirlos, reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, parcial o totalmente, en la medida que tenga por conveniente, sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario de los trabajos alegando sus derechos de autor u otros motivos. Asimismo, podrá recabar en cualquier momento la entrega de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
3.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO
El presupuesto máximo establecido para la realización de los trabajos objeto de este contrato se fija en la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL EUROS (333.000,00 €), I.V.A. excluido (a razón de 166.500,00 € por año), y de donde resulta un precio total de TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA
EUROS (386.280,00 €), I.V.A. incluido, que podrá ser mejorado a la baja por los licitadores.
El Ayuntamiento de Portugalete atenderá las obligaciones económicas que de este contrato se deriven, con cargo a la partida 07 4632 227.99 del Presupuesto Municipal.
En el supuesto de que la financiación afecte a ejercicios futuros, de acuerdo con la distribución por anualidades que se vean afectadas durante la ejecución del contrato, el Pleno del Ayuntamiento se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste únicamente tendrá derecho a ser indemnizado por la Administración en los casos y forma que determina la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
No obstante lo anterior, el contratista tendrá derecho cada año, a partir de la finalización del primero de ellos, a la revisión del precio contractual, de acuerdo con el porcentaje de variación que haya experimentado el IPC de Bizkaia durante los doce meses inmediatamente anteriores al de inicio del periodo de que se trate.
4.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de dos años, a contar desde la fecha de la firma del contrato administrativo que se suscriba por ambas partes.
No obstante lo anterior, el contrato podrá ser objeto de dos prórrogas de un año, por mutuo acuerdo entre las partes, debiendo recaer al efecto acuerdo expreso del órgano de contratación competente, y todo ello previa la solicitud expresa que deberá remitir la adjudicataria al Ayuntamiento, con una antelación mínima de tres meses a la fecha de su vencimiento.
Transcurridos cualquiera de los plazos indicados, el contrato se entenderá finalizado, debiendo el contratista cesar en la prestación de los trabajos objeto del mismo. No obstante, el contrato podrá ser prorrogado en su término final por acuerdo de la Corporación, siendo obligatorio para el adjudicatario, cuando al término del mismo se haya convocado una nueva licitación. En tal supuesto, se prorrogará el contrato hasta la fecha en que el nuevo contratista se haga cargo del servicio o, en su caso, éste sea prestado directamente por la Administración, sin que pueda exceder en ningún caso de 6 meses.
5.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso, por orden decreciente de importancia y con la ponderación que se les atribuye, serán los siguientes:
a).- FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO
Calidad de la oferta. Proyecto base de gestión del Centro de Información Juvenil y Aula Joven hasta 50 puntos.
Dentro de este criterio se establecen los siguientes parámetros de ponderación intermedios:
■ Proyecto base de gestión del Centro de información Juvenil y Aula Joven
…...................................……………………………………………... hasta 25 puntos.
■ Organización del personal hasta 15 puntos.
■ Asistencia técnica (forma de prestar el servicio, seguimiento y control)
………………………………......................................……………... hasta 10 puntos.
b).- PRESTACIONES ADICIONALES O MODIFICACIONES a las obligaciones
contractuales que, sin menoscabo de las establecidas para la presente contratación, puedan redundar en la mejor realización del objeto del contrato hasta 20 puntos.
c).- PRECIO DE LA OFERTA hasta 20 puntos.
• El precio de licitación será 0 puntos.
• Del 0% al 5% de reducción del precio ofertado sobre el precio licitación, 5 puntos.
• Del 5,01% al 10% de reducción del precio ofertado sobre el precio licitación, 10 puntos.
• Del 10,01% al 15% de reducción del precio ofertado sobre el precio licitación, 15 puntos.
• Más del 15,01% de reducción del precio ofertado sobre el precio licitación, 20 puntos.
•
d).- MEDIOS MATERIALES Y EQUIPAMIENTOS de todo tipo propiedad del licitador, que el mismo se compromete a adscribir para la ejecución del contrato
………………………………………………………………………….. hasta 10 puntos.
6. RECURSOS HUMANOS.
6.1.- La empresa adjudicataria está obligada a disponer de los medios de personal preciso para la correcta prestación del servicio. Entre los trabajadores que la empresa contrate por cualquiera de las formas reconocidas en derecho, al inicio o durante la ejecución del servicio, y el Ayuntamiento de Portugalete no existirá relación laboral de ningún tipo
6.2.- Las personas designadas por la empresa adjudicataria para el desarrollo del proyecto aprobado y adjudicado, tendrán la dedicación laboral establecida en el convenio colectivo del sector aplicable, y dispondrán del periodo vacacional atendiendo a las necesidades del servicio.
De cara a poder valorar convenientemente este aspecto, las empresas que participen en este concurso deberán adjuntar copia del convenio y/o normativas de carácter laboral del sector que afecten a sus trabajadores, así como una propuesta de horario para cada uno de las categorías laborales previstas para este servicio.
Durante el periodo de vigencia del contrato la empresa adjudicataria asignará como mínimo, los medios humanos que a continuación se relacionan, los cuales deberán poseer unos perfiles adecuados a las características que se reseñan y cuyo cumplimiento deberá justificarse en cualquier momento a solicitud del Ayuntamiento:
6.3. Perfil y Características.
Para el cumplimiento de las prestaciones objeto de la presente contratación, la adjudicataria deberá adscribir al menos:
. Un/a técnico/a a jornada completa, con al menos titulación universitaria de grado medio y con formación en materia de documentación e información juvenil o, en su
defecto, acreditar una experiencia de, al menos tres años, en la prestación de servicios profesionales de idénticas características. Esta persona se encargará de la coordinación del servicio contratado y del conjunto de los recursos humanos vinculados al mismo, así como de la interlocución con la Administración.
. Dos dinamizadores/as a jornada completa y con titulación universitaria de grado medio y con titulación oficialmente reconocida en animación socio-cultural o equivalente, o acreditar una experiencia mínima de al menos tres años en labores profesionales de idéntica naturaleza.
. Un/a cuidador/a a jornada completa, con al menos titulación FPII o equivalente y una experiencia mínima de seis meses en labores profesionales de idéntica naturaleza.
La adscripción a cada uno de los servicios, CIJ y Aula Joven, vendrá definida en el proyecto.
El adjudicatario estará obligado a presentar en su propuesta el cómputo total de horas de dedicación en las que se concretará la prestación de servicio objeto del presente contrato.
Si por necesidades propias de los objetivos a cubrir, fuera necesario disponer de un mayor número de horas de personal auxiliar de las finalmente acordadas, la empresa adjudicataria estará obligada a cubrirlas con profesionales de adecuada cualificación, facturando dicha prestación de forma independiente al servicio objeto del contrato.
6.4. La dirección e inspección de los trabajos realizados por el equipo humano referenciado, correrá a cargo de la persona designada por la Administración. El órgano de contratación, a través del Director del contrato, podrá dirigir instrucciones siempre que no supongan modificación de la prestación no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor, ni al presente Pliego..
6.5. En relación con la ejecución de lo pactado, el desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo o de las instrucciones, Pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
6.6. Los trabajos realizados durante la ejecución del contrato, por el personal asignado por la entidad adjudicataria, serán propiedad de la Administración y ésta, en consecuencia, podrá corregirlos, reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, parcial o totalmente, en la medida que tenga por conveniente, sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario de los trabajos alegando sus derechos de autor u otros motivos. Asimismo, podrá recabar en cualquier momento la entrega de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
Portugalete, 20 de octubre de 2008 LA DIRECTORA DE EDUCACION,
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Anexo I
CATEGORÍA PROFESIONAL | ANTIGÜEDAD | JORNADA |
Educadora | 01/12/2004 | 100% |
Dinamizador | 01/10/2003 | 100% |
Informadora | 01/11/2002 | 100% |
Auxiliar Inter. | 01/05/2008 | 100% |