CONTRATO Y REGLAMENTO DE CUENTA DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO
CONTRATO Y REGLAMENTO DE CUENTA DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO
I. SOLICITUD
Nombres y Apellidos:
Tipo de Identificación:
Doc. de Identificación:
Solicito abrir una cuenta con las siguientes características:
II. DATOS DE LA CUENTA
Titular (es) de la Cuenta:
Nombre:
N° Cuenta:
Tasa de Int.:
Fecha de Apertura:
Moneda:
Tipo de Cuenta:
DATOS DE LA PERSONA
Nombres y Apellidos:
Fecha de Nacimiento:
N° Registro:
Posición:
Dirección Domiciliar:
Lugar de Nacimiento:
Telf. Dom.:
Telf. Trab:
Empleador:
Dirección de Trabajo:
Emitido el: Emitido en:
Nacionalidad:
Estado Civil: Profesión:
Desde:
País de Residencia:
III. DATOS DEL BENEFICIARIO
Nombres y Apellidos:
Edad:
Porc.%:
Parentesco:
IV. DATOS DEL DEPÓSITO A PLAZO FIJO
N° Certificado:
Valor del DPF:
Forma de Pago de Intereses:
Plazo en días:
Acreditar Intereses a la Cuenta:
Fecha de Vencimiento:
CONTRATO DE DEPÓSITOS A PLAZO FIJO EN CÓRDOBAS Y DÓLARES
N° Cuenta:
El siguiente contrato norma las relaciones entre BANCO AVANZ S.A. y la(s) persona(s) titular (es) de la cuenta relacionada en los incisos anteriores, en adelante denominado (s) el CLIENTE y/o TITULAR.
1. ACEPTACIÓN XX XXXXX Y NORMAS: El CLIENTE, acepta y se sujeta a los términos y con- diciones establecidos en el presente contrato; así como también a las Normas Prudenciales de la Superintendencia de Bancos; a la “Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Banca- rias y Grupos Financieros”; “Ley del Sistema de Garantías de Depósitos” y el “Reglamento para Depósitos Plazo Fijo en Córdobas y Dólares” de BANCO AVANZ, el cual es parte integrante e in- divisa de este contrato; además acepta cualquier otra ley y regulaciones futuras dictadas por las autoridades correspondientes y aplicables a esta clase de depósito. Si existieren modificaciones a las condiciones de este contrato, se informarán al CLIENTE a través de anuncios electrónicos publicados en la página web de BANCO AVANZ y/o anuncios físicos publicados en las distintas sucursales, los cuales deben ser con una anticipación no menor de 30 días a la fecha a partir de la cual la modificación entre en vigencia. En los casos que conforme la legislación vigente dicha anticipación no sea aplicable, el cambio entrará en vigencia en la fecha indicada por BANCO AVANZ. 2. PLAZO: El plazo de este contrato está sujeto a las condiciones pactadas en el numeral IV, Datos del Depósito a Plazo Fijo, de las generales xx xxx y entrará en vigencia a partir de la fecha que el CLIENTE firme el presente contrato y realice el depósito inicial. 3. CARGOS: El CLIENTE conoce y acepta que todos los cargos derivados del manejo de esta cuenta de depósito a plazo fijo, sean aplicados por BANCO AVANZ conforme a la “Tabla de Mínimos y Condiciones para Servicios Bancarios”, aprobado y publicado por BANCO AVANZ, el cual es parte integrante de este contrato, así como, a las modificaciones que a éste realice BANCO AVANZ, previa comu- nicación realizada con el cliente con una anticipación no menor a 30 días calendario, indicando la fecha o el momento a partir del cual la modificación entrará en vigencia. En caso de modificacio- nes de tarifas o comisiones de aplicación general, es decir no exclusivas para la cuenta bancaria objeto del presente contrato, no aplica la anticipación antes indicada. Banco AVANZ entrega en este acto al Cliente, un ejemplar de la “Tabla de Mínimos y Condiciones para Servicios Bancarios” vigente al momento de la suscripción de este contrato. 4. CERTIFICADO y/o COMPROBANTE: Al constituir el depósito a plazo fijo, BANCO AVANZ extenderá un certificado y/o comprobante al CLIENTE, el cual es parte integrante e indivisa de este contrato y en el que se indicará el monto, nombre de los titulares, fecha de emisión y vencimiento, tasa de interés y la modalidad de pago de los intereses y firmas de los representantes de BANCO AVANZ. No obstante, en caso BANCO AVANZ entregase un certificado, dicho certificado no es reconocido como un título valor. El certifi-
cado de depósito a plazo fijo y/o el comprobante del depósito que el Banco entregue al Cliente, podrán ser no negociable, excepto a favor de Banco AVANZ. 5. DECLARACIÓN Y AUTORIZA- CIÓN: El CLIENTE declara que la información expresada para la constitución de la cuenta es veraz y fidedigna, y a la vez autoriza a BANCO AVANZ verificar los datos a su entera satisfacción, aceptando previamente que cualquier inexactitud o falta de veracidad será causa suficiente para dar por resuelto el presente contrato y por tanto otorga a BANCO AVANZ el derecho a cerrar la cuenta relacionada mediante el proceso interno autorizado por BANCO AVANZ. 6. TRANSFE- RENCIAS: EL CLIENTE declara que en caso de realizar o recibir transferencias de dinero, autori- za a BANCO AVANZ a realizar las averiguaciones respectivas y solicitar al CLIENTE información suficiente para soportar dichas transferencias, todo lo anterior en cumplimiento a las leyes y nor- mas de Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento al Terrorismo. El CLIENTE acepta que las transferencias que haga o reciba de un tercero, se harán efectivas hasta que se cumplan todos los requisitos establecidos en dichos cuerpos xx xxxxx y normas, pudiendo BANCO AVANZ recha- zar, en cualquier momento, sin responsabilidad alguna, cualquier depósito a la cuenta realizado por el CLIENTE o por un tercero, o impedir que el depósito se efectúe, si presume que tal depó- sito podría constituir un hecho ilícito, fraudulento o pudiera causar perjuicios a terceros o al propio BANCO. 7. USO DE HUELLA DACTILAR y TERMINALES DE AUTOSERVICIOS (TAS): EL
CLIENTE acepta que se digitalice su huella dactilar para un mayor control de sus transacciones, con lo cual podrá hacer uso de los servicios que BANCO AVANZ brinda a través de la plataforma de servicios “Terminales de Autoservicio”, para lo cual declara ser el único responsable del uso que se haga de su huella digital para el acceso, operación y manejo del servicio, por tanto BANCO AVANZ no tiene ninguna responsabilidad derivada del uso indebido de la huella digital del CLIEN- TE para el acceso, operación y manejo del servicio. 8. DE LOS SERVICIOS ASOCIADOS: BAN- CO AVANZ podrá pactar con el (los) CLIENTE (s) que las operaciones (débitos y créditos) en la cuenta de Depósito a Plazo Fijo pueden efectuarse a través del uso de medios, equipos y siste- mas automatizados o electrónicos, mediante los cuales se podrán realizar transacciones o consul- tas de la cuenta de Depósito a Plazo Fijo. Las bases, condiciones, medios de identificación, res- ponsabilidades, y otras características para el uso de equipos y sistemas automatizados, serán definidas en contrato por separado que suscribirá BANCO AVANZ y el (los) CLIENTE (s), el cual formará parte integrante e indivisible del presente contrato. 9. MEDIOS DE COMUNICACIÓN: Como medios de comunicación con el CLIENTE sobre asuntos relacionados al presente contrato, EL BANCO podrá usar cualquiera de los siguientes: correo electrónico, anuncios colocados en las distintas sucursales, publicaciones en la página Web del BANCO, correspondencia física enviada al domicilio, envío de servicio de mensajería corta (SMS) al número telefónico registrado en el sistema del BANCO, o llamadas telefónicas. 10. GARANTÍA DE DEPÓSITOS: EL CLIENTE de- clara tener conocimiento que de conformidad a la Norma de Divulgación de la Garantía de Depó- sitos en Instituciones Miembros del Sistema de Garantía de Depósitos, BANCO AVANZ ha hecho de su conocimiento que en el caso que sus depósitos no estuvieren contemplados dentro de los casos señalados en el artículo 4 de dicha norma, los depósitos de ahorro, depósitos a la vista y depósitos a plazo o a término, resguardados en instituciones Miembros del Sistema de Garantía de Depósitos, están respaldados por una garantía de hasta un monto igual o equivalente al valor xx xxxx mil dólares de los Estados Unidos de América (USD10,000.00), incluyendo principal e in- tereses devengados hasta la fecha del inicio del procedimiento de restitución. Esta garantía máxi- ma será aplicada por depositante y por institución financiera, independientemente del número y saldos de cuentas que éste maneje en la entidad. El FOGADE es la entidad responsable de ga- rantizar y restituir la garantía de depósitos, cuando ejecute el procedimiento de intervención. 11. TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se podrá dar por terminado unilateral- mente por el BANCO, notificándolo al cliente por uno de los medios de comunicación establecidos en este contrato, cuando el CLIENTE incumpla alguna de sus obligaciones bajo este contrato, por causas establecidas en el ordenamiento jurídico vigente, o por actos del CLIENTE que hagan que sea vinculado, mencionado o relacionado, con información o actividades que a juicio del BANCO, puedan constituir un riesgo para el cumplimiento de las leyes aplicables y/o de las obligaciones pactadas en el presente contrato y/o puedan conllevar un riesgo de cualquier índole para el BAN-
CO. En tal caso se procederá a la liquidación y cierre de la cuenta. En caso de cierre de una Cuenta de Depósito a Plazo Fijo, el CLIENTE está obligado a garantizar a BANCO AVANZ en forma previa al cierre, que no queden cobros por realizar en la misma, ya sean pagos automáticos u obligaciones contra la cuenta.
REGLAMENTO DE CUENTA DE DEPÓSITOS A PLAZO FIJO EN CÓRDOBAS Y EN DÓLARES
El siguiente reglamento establece las normas y procedimientos para los Depósitos a Plazo Fijo que realicen los clientes de BANCO AVANZ S.A.
Sujetos
Podrán abrir Depósitos a Plazo Fijo en córdobas y dólares, en forma individual, conjunta e indis- tinta las siguientes personas debidamente identificadas y/o acreditadas conforme a la ley:
* Las personas naturales mayores de edad y capaces de adquirir derechos y contraer obli- gaciones.
* Las personas naturales menores de edad mediante su representante legal.
* Las personas naturales menores de edad que tengan cumplidos dieciséis años y que cuenten con documento de identidad (cédula de identidad/ cédula de residencia).
* Las personas jurídicas con o sin fines de lucro, identificadas de acuerdo al nombre de su razón social.
De las condiciones
Monto mínimo de constitución. El monto inicial y monto mínimo promedio para la constitución de un Depósito a Plazo Fijo será establecido en la Tabla de Mínimos y Condiciones para Servicios Bancarios, la cual forma parte integrante e indivisible de este reglamento, y será revisado, autori- zado y publicado por BANCO AVANZ en su página web y en sus sucursales. Del Certificado y/o Comprobante. Al constituir el Depósito a Plazo Fijo, BANCO AVANZ extenderá un comprobante y/o certificado al CLIENTE en el que se indicará el monto, nombre del(de los) CLIENTE(S) ó titu- lar(es), fecha de vencimiento, plazo, tasa de interés, modalidad de pago de los intereses y fecha de emisión así como la firma de los funcionarios de BANCO AVANZ autorizados para tal efecto. En caso que BANCO AVANZ hubiese entregado un certificado al CLIENTE al momento de abrir el depósito, el CLIENTE es el encargado de custodiar el certificado durante el período de vigencia del depósito y presentarlo al momento de solicitar la cancelación. BANCO AVANZ desconocerá todo certificado que no cumpla con los requerimientos de control interno establecidos, tales como pero no limitados a: firmas de los funcionarios, marca de agua, condiciones de Depósito a Plazo Fijo, tipo de papel autorizado, alteraciones, entre otros. Asimismo, el valor del Depósito a Plazo Fijo aceptado por BANCO AVANZ es el plasmado en el presente contrato. Cálculo de tasa de interés. Los intereses devengados se calcularán sobre el monto total del Depósito a Plazo Fijo. Los intereses devengados podrán cancelarse al CLIENTE de forma mensual, trimestral, anual o al vencimiento, según lo contratado al momento de la constitución. La tasa de interés que de- vengará el Depósito a Plazo Fijo hasta su fecha de vencimiento será la que se fije en el momento de la constitución del depósito y estará sujeto a la “Tabla de Mínimos y Condiciones para Servi- cios Bancarios”. Pago de intereses y Mantenimiento del valor. BANCO AVANZ garantizará al CLIENTE el mantenimiento del valor de sus Depósitos a Plazo Fijo en córdobas con relación al
dólar de Estados Unidos de América, de acuerdo al tipo de cambio oficial establecido por el Ban- co Central de Nicaragua. El monto depositado devengará intereses a partir del día del depósito o confirmación de fondos, por el número de días pactados en el contrato, tomando como base de cálculo de los intereses un año calendario de trescientos sesenta y cinco días. Plazo mínimo. El plazo mínimo para la constitución de un Depósito a Plazo Fijo está sujeto a la “Tabla de Mínimos y Condiciones para Servicios Bancarios”, y este se pactará entre el CLIENTE y BANCO AVANZ al momento de la constitución del Depósito a Plazo Fijo. Renovación automática. Si transcurri- dos cinco días hábiles, posteriores a la fecha de vencimiento del Depósito a Plazo Fijo no existe ninguna comunicación por escrito firmada por el CLIENTE o remitido por correo electrónico de éste (éstos), BANCO AVANZ podrá renovar el depósito de forma automática, por un período igual al originalmente contratado y con la tasa de interés base que BANCO AVANZ tenga publicada en la “Tabla de Mínimos y Condiciones para Servicios Bancarios”. Igual disposición rige para los posteriores vencimientos. Cargos y comisiones. Dichos cargos y comisiones estarán sujetos a la “Tabla de Mínimos y Condiciones para Servicios Bancarios” aprobada y publicada por BANCO AVANZ. Saldos. BANCO AVANZ conviene que los medios oficiales para que EL CLIENTE pueda verificar el saldo de su(s) cuenta(s) son; Kioscos de Autoservicio, el servicio de Banca Electróni- ca o E-Banking y la aplicación AVANZ Móvil. BANCO AVANZ podrá desarrollar otros medios o herramientas para que el CLIENTE consulte su saldo, mismos que podrán ser solicitados por EL CLIENTE y asumir los costos que se deriven del uso de las nuevas herramientas o medios. El CLIENTE podrá solicitar que BANCO AVANZ certifique el saldo de su(s) cuenta(s) mediante los documentos autorizados y publicados por BANCO AVANZ en la “Tabla de Mínimos y Condiciones para Servicios Bancarios”.
De la administración de la cuenta
De la firma. El CLIENTE se obliga a hacer la misma firma autógrafa. Es obligación del CLIENTE actualizar la información y firmas cada vez que el BANCO AVANZ lo estime conveniente; además, deberá comunicar por escrito cualquier cambio de domicilio o firma libradora o actualización de documento de identidad. De las personas jurídicas. Si el CLIENTE fuera persona jurídica deberá comunicar de manera escrita a BANCO AVANZ cualquier modificación de sus contratos sociales, autoridades de la sociedad, solicitud de inclusión o exclusión de firma y demás documentos per- tinentes a la entidad. BANCO AVANZ se reserva el derecho de validar por los medios necesarios la autenticidad de dicha solicitud, de no poder comprobarse su autenticidad, dicha solicitud podrá ser denegada hasta su comprobación. Cuentas conjunta - mancomunadas. Para los efectos de este contrato se entiende por Xxxxxxxx a Plazo Fijo Conjunto Mancomunado aquel abierto con dos o más firmas libradoras vinculadas por la conjunción “y” siendo condición necesaria la firma de todos los titulares para disponer del depósito. Cuenta conjunta - solidaria o indistinta. Para los efectos de este contrato, se entiende por Xxxxxxxx a Plazo Fijo Conjunto Solidario o Indistinto aquel abierto con dos o más firmas libradoras, vinculadas por las letras “y/o”, o bien solamente por la letra “o”. En este caso se entiende que cada una de las firmas libradoras tiene facultad para dis- poner de la totalidad de los fondos. Cuenta individual. Se entiende por cuenta individual la cuen- ta que se constituye por una sola persona, es decir que solo esta persona (el titular de la cuenta) podrá hacer uso de esta. Estas pueden ser personas naturales o jurídicas. Cancelación anticipa- da. La cancelación anticipada de un Depósito a Plazo Fijo, a solicitud del CLIENTE, queda sujeta a la aceptación de BANCO AVANZ, quien podrá a su entera discreción rechazar la solicitud. En caso que el Banco acepte una cancelación anticipada de un Depósito a Plazo Fijo solicitada por el CLIENTE, al monto del principal del depósito se le aplicará una penalidad de seis por ciento (6%), la cual se calculará sobre el valor del depósito a plazo fijo indicado en el contrato de apertura del depósito, y además, los intereses pagados al CLIENTE, en el período comprendido entre la fecha de apertura del depósito y la fecha de la cancelación anticipada, se considerarán como anticipos a cuenta del principal del monto del depósito, y en consecuencia el CLIENTE deberá reembolsar- los al Banco, para lo cual EL CLIENTE autoriza al BANCO a deducir dicho monto del principal del depósito. Cierre de la cuenta. BANCO AVANZ queda facultado a cerrar la cuenta de Depósito
a Plazo Fijo del CLIENTE cuando éste incumpla las condiciones establecidas en este contrato y reglamento, por causas establecidas en el ordenamiento jurídico vigente, o por actos del CLIEN- TE que hagan que sea vinculado, mencionado o relacionado, con información o actividades que a juicio del BANCO, puedan constituir un riesgo para el cumplimiento de las leyes aplicables y/o de las obligaciones pactadas en el presente contrato y/o puedan conllevar un riesgo de cualquier índole para el BANCO. Tal medida podrá ser aplicada sin previa notificación, especialmente, pero no limitado a las siguientes circunstancias: a) Si BANCO AVANZ considera que las operaciones efectuadas a través del uso de la cuenta constituyen actividades inusuales o ilícitas. b) Por muerte del CLIENTE. En caso de existir beneficiarios, se les entregarán los fondos una vez vencido el plazo del Depósito a Plazo fijo. c) Por pago de crédito en caso de que este Depósito a Plazo Fijo esté como garantía de crédito otorgado al titular o que funja como fiador ante BANCO AVANZ; o que el titular autorice el débito para pago de saldos a su cuenta o a cuenta xx xxxxxxx(s). d) Por resolución interna de las autoridades de BANCO AVANZ. En caso que BANCO AVANZ hubiese entregado un certificado al CLIENTE al momento de abrir el depósito, el CLIENTE deberá entre- gar a BANCO AVANZ el original del certificado al momento del cierre anticipado de la cuenta o al momento del vencimiento del plazo pactado. Beneficiarios. El CLIENTE podrá nombrar uno o varios beneficiarios a quienes se les entregarán los fondos del Depósito a Plazo Fijo en caso de fallecimiento del titular, una vez vencido el Depósito a Plazo Fijo, sin mediar ningún trámite xxxx- cial. Solamente personas naturales pueden ser nombrados beneficiarios. Los Depósitos a Plazo Fijo a nombre de personas jurídicas no podrán designar beneficiarios. Si el (los) beneficiario(s) es (son) menor (es) de edad, los derechos que le (s) corresponda(n) será(n) ejercidos por su (s) representante (s) legal (es). BANCO AVANZ efectuará la liquidación de los fondos del Depósito a Plazo Fijo a cada beneficiario conforme la proporción estipulada por el titular en el contrato de constitución del Depósito a Plazo Fijo. En caso de Depósitos a Plazo Fijos Indistintos (“O”), EL BANCO entregará el 100% de los fondos existentes en la cuenta al titular sobreviviente, y sólo en caso de fallecimiento de ambos titulares, EL BANCO entregará los fondos al o los beneficiarios designados conforme la proporción estipulada por los titulares. Para los Depósitos a Plazo Fijo mancomunados (“Y”), cada titular podrá definir beneficiarios separados. En caso de fallecimiento de uno de los titulares de un Depósito a Plazo Fijo mancomunado (“Y”), EL BANCO procederá a entregar el 50% de los fondos existentes al titular sobreviviente y el 50% restante al o los benefi- ciarios designados por el titular fallecido conforme la proporción estipulada por dicho titular en el contrato del Depósito a Plazo Fijo. Para la liquidación de los fondos, el o los beneficiarios deberán presentarse personalmente en cualquiera de nuestras unidades de negocio y presentar cédula de identidad vigente o certificado de nacimiento y cédula de su representante legal, si el beneficiario es menor de edad; el original del certificado de defunción del titular y el original del Certificado del Depósito a Plazo Fijo, en caso de que se hubiese emitido y entregado al CLIENTE. Si el titular del Depósito a Plazo Fijo no hubiese designado beneficiarios y se presentase cualquier persona reclamando el saldo de la cuenta por ser el legítimo heredero del CLIENTE, BANCO AVANZ no realizará la entrega de los fondos hasta que el interesado demuestre a través de un testamento o sentencia judicial firme, que es el legítimo heredero del titular del Depósito a Plazo Fijo. De la per- manencia de depósitos. Todo Depósito a Plazo Fijo deberá permanecer el tiempo que se indique en el contrato. Todo Depósito a Plazo Fijo deberá de estar asociado a una cuenta ya sea Cuenta Corriente o Cuenta de Ahorro la cual el CLIENTE deberá de mantener el saldo mínimo promedio sujeto a la “Tabla de Mínimos y Condiciones para Servicios Bancarios”.
De las transacciones
Depósitos en efectivo y cheques. Los cheques ajenos podrán ser recibidos para constituir De- pósitos a Plazo Fijo, pero quedan sujetos al período usual de cobro en la cámara de compensa- ción. En tal caso, BANCO AVANZ entregará el comprobante y/o el certificado de depósito a plazo fijo al CLIENTE hasta que haya hecho efectivo dichos títulos valores. Los depósitos efectuados con cheques ajenos devengarán intereses a partir de la fecha de confirmación de los fondos. En caso de que el cheque resulte rehusado por insuficiencia de fondos o por cualquier otro motivo,
BANCO AVANZ podrá efectuar la cancelación de la cuenta y el CLIENTE deberá pagar los gastos incurridos, conforme lo establecido en la “Tabla de mínimos y condiciones para servicios banca- xxxx”. Verificación de operaciones. El CLIENTE deberá verificar las operaciones que realice en BANCO AVANZ a través de estados de cuenta generados desde e-Banking a fin de comprobar el registro correcto de las mismas. En caso de error, cualquiera de las partes podrá demostrarlo por escrito adjuntando las evidencias, a fin de conciliar el saldo real. Endoso. En caso que se entregue al CLIENTE un certificado de depósito sin la leyenda “No negociable”, la transferencia del Depósito puede hacerse mediante una serie no interrumpida de legítimos endosos, los que para su reconocimiento deben ser notificados a BANCO AVANZ por escrito, sea por el TITULAR primero o por endosatario o posterior titular (según quien realice el endoso) ya registrado en el libro que BANCO AVANZ lleva para tal efecto, además el TITULAR o endosatario deben presen- tar el Certificado de Depósito a Plazo Fijo en original, todo a efectos de inscribir el endoso y el nombre o razón social del nuevo TITULAR en el Libro de Registro de Endosos de Certificados de Depósito a Plazo Fijo de BANCO AVANZ. En este sentido, BANCO AVANZ no reconoce el Certificado de Depósito a Plazo Fijo como un título valor para efectos de la validez de sus endo- sos, en consecuencia, no reconoce ningún endoso que no haya sido previamente registrado en el Libro de Registro de Endosos de Certificados de Depósito a Plazo Fijo de BANCO AVANZ por su TITULAR. El Certificado de Depósito a Plazo Fijo podrá endosarse en Garantía o en Propie- dad, por el titular legitimado en el libro de registro de endosos que BANCO AVANZ lleva para tal efecto. El endoso en garantía es aquel que se realiza para garantizar una obligación a favor de un tercero autorizado por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y/o a favor de BANCO AVANZ. El endoso en propiedad es el traspaso del dominio sobre los derechos consignados en el título, mediante el cual se transfieren todos los derechos (valor del CDP e intereses). BANCO AVANZ no se hace responsable de las negociaciones que pueda realizar el CLIENTE. Todo endoso en propiedad debe cumplir el proceso de formalización que a continua- ción se detalla: 1. Endoso. 2. Notificación del endoso por parte del endosante y endosatario, diri- gida a BANCO AVANZ. 3. Registro del endoso en el Sistema Operativo y en Libro de Registro de endosos de BANCO AVANZ. 4. Cambio de cuenta receptora para pago de intereses. Cambios en las condiciones del Depósito a Plazo fijo. EL CLIENTE (originario o endosatario) podrá realizar cambios de dirección, número de teléfono, beneficiarios y proporción, rasgos en la firma y firmas autorizadas, relacionadas a su Depósito a Plazo Fijo mediante solicitud escrita, la que deberá ser firmada únicamente por el (los) CLIENTE(s) o la (s) persona (s) autorizada (s) en el caso de las personas jurídicas.
Otros
Ajustes. El (los) CLIENTE (s) autoriza (n) a BANCO AVANZ para realizar los ajustes necesarios por cualquier error cometido en Depósito a Plazo Fijo, originado por un débito o un crédito apli- cado incorrectamente. En caso de ajustes, estos se reflejarán en un estado de cuenta que puede solicitar el (los) CLIENTE (s). EL CLIENTE Y BANCO AVANZ se comprometen a devolver los fon- dos recibidos o entregados que no correspondan al monto original de la transacción, y que de tal transacción se origine una pérdida o sobrante de efectivo. En ambos casos se deberá realizar la búsqueda de la diferencia y dar resolución del mismo por cualquier medio legal, dando por senta- do que ambos actuarán de buena fe para la resolución del mismo. EL CLIENTE responderá por las transacciones realizadas personalmente o a través de tercera persona. Pérdida o Extravío del Certificado. Sin perjuicio de lo establecido en este documento en relación con los endosos del certificado de Depósito a Plazo Fijo, en caso de pérdida o extravío del Certificado de Depó- sito a Plazo Fijo, el CLIENTE deberá pedir su cancelación o reposición conforme lo establecido en el Artículo 89 y siguientes de la Ley General de Títulos Valores. Del sigilo bancario. BANCO AVANZ se obliga a mantener en estricta reserva, respecto de terceros, el movimiento del Depósito a Plazo Fijo y sus saldos, y sólo podrá proporcionar esta información al librador o a quien éste haya facultado expresamente, o a las personas señaladas en el Arto. 113 de la Ley General de Bancos ya relacionada y Ley N°793, Ley Creadora de la Unidad de Análisis Financiero. Acepta-
ción. El CLIENTE, al firmar al pie del presente documento, declara haber dado lectura al contrato y reglamento y acepta todas las condiciones que de ellos emanan, así como también cumplir con el Reglamento para Depósito a Plazo Fijo en Córdobas y Dólares. El presente reglamento está sujeto a cualquier modificación impuesta por las leyes, normas y regulaciones presentes y futuras dictadas por las autoridades bancarias y aplicables a esta clase de depósitos. Congruentemen- te, lo no previsto por este reglamento estará sujeto a lo dispuesto por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, vigente, y a lo que corresponda en la Ley General de Títulos Valores, Código de Comercio y Código Civil. Estando las partes de acuerdo con lo establecido en el CONTRATO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO y su Reglamento, lo ratificamos, aprobamos y firmamos en dos tantos de un mismo tenor, entregándosele en este acto al cliente un tanto del contrato, quien declara haberlo recibido de forma satisfactoria. Dado en la ciudad de 1………, el día ………..
Firma del Cliente / Representante Legal
Firma del Cliente
Firma Funcionario del Banco