Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGULAR, JUNTO CON EL PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS, LA AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACION DE LOS TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE CON HAMACAS Y SOMBRILLAS DE ALQUILER
I. OBJETO
I.1. El presente Xxxxxx tiene por objeto la AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACION DE LOS TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE CON SOMBRILLAS Y HAMACAS DE ALQUILER, para su explotación, conforme a las características que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Es objeto de este Pliego de Condiciones Administrativas regular la selección, mediante LICITACIÓN ABIERTA CON VARIOS CRITERIOS DE SELECCIÓN del
adjudicatario al que se autorizará la explotación de SOMBRILLAS Y HAMACAS DE ALQUILER a instalar por cuenta del mismo.
Se establecen 6 zonas de sombrillas y hamacas de alquiler conforme al siguiente cuadro. La localización exacta se indicará por los técnicos municipales.
ZONA | PLAYA | SITUACION | SOMBRILLAS Y HAMACAS | OCUP. MÁX. (m2) |
1 | CALETA | - | 20 sombrillas y 40 hamacas | 204 |
VICTORIA | Entre las calles General Xxxxxxxxx Xxxxx y la calle Cielo | 60 sombrillas y 120 hamacas | 306 (3 lotes de 102). | |
Entre las xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxx | 20 sombrillas y 40 hamacas | 204 | ||
Entre el edificio Xxxxx Xxxxxxxx y Residencia Tiempo Libre, frente a establecimiento desmontable de hostelería | 30 sombrillas y 60 hamacas | 442 | ||
Frente a la calle Xxxxxx Xxxxxx | 20 sombrillas y 40 hamacas | 204 | ||
Entre las xxxxxx xxxxxxx x Xxxxx xx Xxxxxxx | 00 sombrillas y 48 hamacas | 246 | ||
Entre las calles Sirenas y Xxxxxxx | 20 sombrillas y 40 hamacas | 204 | ||
2 | CORTADURA | Frente al restaurante de Cortadura | 10 sombrillas y 20 hamacas | 102 |
Frente a la primera pasarela junto al chiringuito | 40 sombrillas y 80 hamacas | 442 |
Frente al chiringuito el Barco, en la zona de La Gallega | 10 sombrillas y 20 hamacas | 102 | ||
3 | RESIDENCIA MILITAR | Frente a la Residencia Militar de Cortadura. | 12 sombrillas y 24 hamacas | 122,40 |
4 | SANTA XXXXX DEL MAR | Frente a la calle Santa Xxxxxxx Xxxxx | 36 sombrillas y 72 hamacas | 369 |
5 | HOTEL MELÍA CALETA | Frente al Hotel Melía Caleta, en la playa Victoria | 80 sombrillas y 160 hamacas | 861 |
6 | HOTEL XXXXX XXXXXXXX | Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, xx xx Xxxxx Xxxxxxxx | 100 sombrillas y 200 hamacas | 1138,60 |
La estructura, materiales y disposición de las sombrillas y hamacas, que deberán ser completamente nuevos al inicio del período de autorización, así como su puesta en funcionamiento e instalaciones correrán por cuenta del adjudicatario, debiendo éste, tramitar las autorizaciones, permisos y licencias que correspondan conforme a la legislación aplicable.
Todas las hamacas y sombrillas que se instalen deberán estar homologados (contando en el marcado CE, si procediera) y en perfecto estado de funcionamiento, debiendo cumplir sus especificaciones técnicas con la reglamentación que le resulte de aplicación.
El licitador presentará una memoria descriptiva de los elementos a instalar, que incluya el detalle de los materiales tanto de hamacas com de las sombrillas, así como la distribución dentro del espacio a ocupar. En todo caso, la propuesta tomará como referencia las características técnicas y constructivas establecidas en el anexo I del presente pliego de prescripciones técnicas, siendo en todo caso la superficie total ocupada la autorizada para cada zona.
Si a causa de la erosión (perdida de arena) las hamacas y sombrillas no pudieran ubicarse en el lugar previsto, el Ayuntamiento y el adjudicatario consensuarán una ubicación alternativa hasta la regeneración de la playa.
El cambio de ubicación por el motivo anteriormente expresado, en ningún caso, dará derecho a indemnización por parte del Ayuntamiento.
El desconocimiento de los Pliegos de Condiciones Administrativas y Prescripciones Técnicas, el documento de formalización de la autorización o cualquier documento incorporado a los mismos no eximirá al adjudicatario de su cumplimiento. Las instrucciones, órdenes o normas emanadas de la Administración, tendrá el carácter de ejecutivas.
La ejecución de la Autorización se efectuará de acuerdo con sus propios términos, y sus documentos anejos, Pliegos de Condiciones Administrativas y Prescripciones Técnicas, sin que el adjudicatario pueda ser eximido de la obligación de su cumplimiento por su desconocimiento o falta de información sobre su contenido.
El presente Pliego y el de Prescripciones Técnicas revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente Xxxxxx y cualquiera de los otros documentos contractuales prevalecerá el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares
I.2. La prestación se ajustará a las cláusulas que figuran en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas, que forma parte integrante del mismo.
I.3. El autorizado deberá cumplir con las condiciones exigidas en el Plan de Explotación de Playas 2014, que se apruebe por Resolución de la Demarcación xx Xxxxxx de Andalucía Atlántico.
II.- EXPLOTACIÓN DE LAS HAMACAS Y SOMBRILLAS DE ALQUILER.
Las hamacas y sombrillas de alquiler así como su instalación inicial serán por cuenta del adjudicatario.
El adjudicatario se responsabiliza al final de cada temporada del desmontaje y guarda de las hamacas y sombrillas.
El período máximo de permanencia en la playa para cada anualidad, vendrá determinado por las condiciones particulares que se recojan en la Autorización del Plan de Explotación de Playas, por parte de la administracion comopetente en la materia.
Obligatoriamente las sombrillas y hamacas deberán estar disponibles al público del 1 xx xxxxx al 30 de septiembre, ambos inclusive. El resto del período máximo de permanencia, los días de apertura quedarán a discreción del adjudicatario.
El horario oficial de apertura del establecimiento se sincronizará, como mínimo, con el de los Servicios de Playas, el cual le será facilitado al adjudicatario con la suficiente antelación, con carácter previo al inicio de la actividad.
El horario de cierre de la actividad será el que establezca la legislación sectorial autonómica en la materia.
Toda ampliación temporal de la apertura o cierre deberá tener autorización municipal.
En la explotación diaria de las hamacas y sombrillas de alquiler deberán observarse todos los requisitos medioambientales recogidos en el sistema de gestión medioambiental (SGMA) implantados en las playas xx Xxxxx. Y en concreto deberá seguirse el manual de procedimientos del SGMA, así como las instrucciones contenidas en el mismo. Dicho manual figura como anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas.
III.- DURACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE.
La Autorización tendrá una duración de UN AÑO a contar desde la firma del documento administrativo donde se refleje su otorgamiento, pudiendo ser prorrogada anualmente, previo acuerdo expreso de ambas partes, hasta un máximo de CUATRO AÑOS.
Al término de dicho periodo no se prevé la reversión de las instalaciones al Ayuntamiento. Al estar las zonas de hamacas y sombrillas situadas en la zona marítimo terrestre, cuya competencia para otorgar concesiones y autorizaciones corresponde a la Demarcación xx Xxxxxx, si por cualquier causa, dicha autorización no fuese posible alguno de los años de duración del contrato, quedará automáticamente resuelta la concesión.
El adjudicatario se someterá, en la explotación de las hamacas y sombrillas de alquiler, a las prescripciones de la Resolución Administrativa del Estado por la que se autorice las instalaciones en el Plan de Explotación de Playas.
IV. PRECIO, REVISION DE PRECIOS Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
El adjudicatario deberá pagar, -por cada temporada de playa en la que se le autorice la instalación-, la cantidad que resulte de la licitación.
Los cánones mínimos de licitación, al alza, para la primera temporada, son los siguientes:
Zona | Canon de licitación |
1 | 9.279,38 € |
2 | 3.038,86 € |
3 | 607,77 € |
4 | 1.519,43 € |
5 | 3.798,57 € |
6 | 6.392,46 € |
No se admitirán ofertas por debajo de dicha cantidad.
El día 15 xx xxxxx de cada año, o el inmediato posterior si coincidiera en festivo, se abonará el importe correspondiente a cada temporada.
La cantidad de la primera temporada se incrementará o disminuirá de forma acumulativa, conforme a las variaciones del I.P.C. (índice de precios al consumo), según los índices que publica el Instituto Nacional de Estadística).
La cantidad a satisfacer se abonará mediante domiciliación bancaria, debiendo efectuarla el adjudicatario conforme al modelo establecido por la Tesorería Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxx.
Igualmente, a la Demarcación xx Xxxxxx de Andalucía-Atlántico deberá abonar en concepto de ocupación de dominio público marítimo terrestre, el canon correspondiente.
V. PROPOSICIONES DE LOS LICITANTES, DOCUMENTACION Y OFERTAS
V.I.- LICITANTES
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible por la TRLCSP.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la
documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
La presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determine en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previstos en el art. 152 de la Ley de Contratos del Sector Público (Art. 140.4 párrafo II TRLCSP).
Se consideraran empresas vinculadas las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
La presentación de proposiciones presume, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
V.2. DOCUMENTACIÓN.-
Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente una relación de todos los documentos incluidos en el sobre.
En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador y, en su caso, del representante, domicilio social, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de comunicaciones, así como el título de la obra, e incluirá la documentación que a continuación se indica:
V.2.1. Sobre A: Documentación administrativa.
Las proposiciones deberán ir acompañadas de los siguientes documentos que se incluirán en el sobre de documentación administrativa (Sobre A):
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en
el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. LA NO ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD DE LOS LICITANTES SUPONDRÁ LA EXCLUSIÓN DE LA OFERTA PRESENTADA.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el art 55 TRLCSP
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 TRLCSP.
c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y que, de manera preferente, se señalan en el apartado E) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I). No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 74, 75 y 78 TRLCSP.
e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Las empresas extranjera no comunitarias, además, deberán acreditar que tiene abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
g) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, así como la declaración del licitante de señalar dicho medio electrónico como preferente o el consentimiento para su utilización.
h) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
V.2.2. Sobre B: Proposición Técnica.
En dicho sobre se incluirán los documentos acreditativos de la proposición técnica de la licitante, conforme a las Prescripciones Técnicas xxx Xxxxxx anexo. Así como aquellos documentos acreditativos de los criterios de valoración para la selección de la adjudicataria, detallados en el apartado I) del “Cuadro Resumen de la Autorización” (Anexo I).
Los documentos que comprendan la oferta técnica deberán indexarse.
V.2.3. Sobre C: Proposición económica ..
En el sobre C se incluirá la proposición económica correspondiente a satisfacer por el otorgamiento de la autorización, conforme al modelo de Proposición Económica que se acompaña como (Anexo II) debidamente firmada y fechada.
No serán admitidas las proposiciones económicas por importe inferior al canon mínimo establecido de salida. Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición,
cualquiera que sea el número de dependencias donde ésta pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras, prevalecerá ésta última.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la administración estime fundamental para la oferta.
V.2.4.Plazo y Lugar de entrega
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en el lugar que se indica en el apartado H) del “Cuadro Resumen del Contrato (Anexo I), dentro del plazo señalado en el ANUNCIO DE LICITACIÓN que se publicará en el Boletín o Boletines Oficiales correspondientes (Diario Oficial de la Unión Europea, Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx). Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
El ANUNCIO DE LICITACIÓN se publicará, asimismo, en el perfil de contratante del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx (xxx.xxxxx.xx).
Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
V.3. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.-
Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas se convocará la Mesa de Contratación para la apertura de las mismas en acto público. Se informará del día y hora de celebración de la misma en el Perfil del Contratante.
Reunida la Mesa de Contratación el día señalado en el anuncio de la licitación se procederá de la siguiente forma:
Con carácter previo a la apertura de los distintos sobres se examinarán y contestarán las alegaciones que, en su caso, se hubieran presentado al Pliego de Condiciones. Si se admitiera alguna que afectase a algún elemento esencial que impidiera la continuación del procedimiento, la Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación dejar sin efecto
la licitación, dando por concluido el procedimiento. De no admitirse ninguna alegación se continuará con el proceso licitatorio.
El día y hora señalado en el anuncio de la licitación, se reunirá la Mesa de Contratación que en acto público, abrirá el sobre correspondiente a la documentación administrativa, sobre A, elaborándose el correspondiente informe que refleje la documentación presentada por cada licitante las carencias o defectos documentales apreciados, el carácter subsanable o insubsanable, caso de ser subsanables, el plazo de subsanación, no superior a tres días hábiles , que se concederá a los licitantes que se encuentren en tal situación y las exclusiones.
A continuación la Mesa de Contratación abrirá el sobre B, propuesta económica, que será leída por el Secretario, tanto la cantidad base como las variantes, si las hubiere.
Por último se abrirá el sobre C, del cual se leerá el índice de documentos presentados invitando a los presentes a que indique si tienen interés en que se lea en su totalidad o epígrafes concretos.
En la apertura se tendrán en cuenta los siguientes principios:
1.- Todos los documentos se presentarán en original o copias cotejadas.
2.- El acto de apertura es público y en tal sentido podrán asistir cualquier persona sin que sea necesario acreditar ningún interés legítimo.
3.- La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en
tiempo y forma contenidos en el sobre A). A los efectos de la expresada calificación, el Presidente ordenará la apertura del sobre A, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. A la vista de éstos la Mesa acordará LA EXCLUSIÓN DEL LICITANTE QUE NO PRESENTE LOS DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE SU PERSONALIDAD y,
si observare defectos materiales en este o en el resto de la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, además se harán públicas a través de anuncios del órgano de contratación y concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.
4.- Los requisitos de aptitud y capacidad cuyos documentos acreditativos se contienen en el Sobre A y los méritos y condiciones aportados en el sobre B deberán poseerse en el momento de presentar la oferta, no tomándose en consideración los obtenidos con posterioridad.
5.- Las proposiciones deberán atenerse a lo dispuesto en los artículos 145 y 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6.- Las Mesas de Contratación podrán, cuando así lo demande la naturaleza del objeto del contrato, recabar la ayuda, colaboración y asesoramiento en orden a la apreciación de las circunstancias del concurso.
7.- Con el objeto de obtener la decisión más justa las Mesas de Contratación podrán recabar los informes y comparecencia de los licitantes que estimen oportunas.
8.- Cualquier interpretación de las presentes cláusulas y del resto xxx Xxxxxx de Condiciones tomarán como base los principios de igualdad, publicidad, transparencia y libertad de concurrencia.
9.- Finalizado el acto cualquier persona, a invitación de la Mesa de Contratación, podrá formular alegaciones al Pliego de Condiciones o al procedimiento licitatorio seguido, en este caso, las mismas se pasarán a informe técnico. Las alegaciones deberán constar en el acta que a tal efecto se levante.
La Mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación en el apartado I) del cuadro Anexo del presente Xxxxxx, y formulará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos que considere necesario que tengan relación con el objeto del contrato.
En caso de empate, tendrá preferencia en la adjudicación la proposición que oferte la proposición económica mas alta. Si todavía persistiera el empate, se dilucidará mediante sorteo.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 320 TRLCSP elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y valoración al órgano de contratación.
V.4. ADJUDICACIÓN.- Una vez notificada la adjudicación, el adjudicatario de la autorización deberá aportar, en el PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES, los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y de haber abonado todos los anuncios de licitación. Asimismo, podrá exigirse motivadamente al adjudicatario que acredite de nuevo su personalidad y capacidad para contratar.
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes documentos:
Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 14, 15 y 16 del RCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Certificación expedida por la Recaudación Ejecutiva Municipal, acreditativo de que no existen deudas de naturaleza tributaria con esta Administración.
VI.- GARANTIA DEFINITIVA
Efectuada la adjudicación de la autorización y publicada en el perfil del contratante, el adjudicatario, con carácter previo al inicio de los trabajos de ubicación de las instalaciones, deberán constituir una garantía definitiva(Apartado M) del “Cuadro Resumen de la Autorización”), de acuerdo al siguiente cuadro:
ZONA | GARANTÍA A CONSTITUIR (.- €) |
1 | 1.855,00 € |
2 | 610,00 € |
3 | 120,00 € |
4 | 305,00 € |
5 | 760,00 € |
6 | 1.280,00 € |
De no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, se declarará resuelta la autorización.
Pudiendo ser descargados del Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxx, los modelos para la formalización de la garantía (xxx.xxxxx.xx, perfil de contratante, baner: modelos a cumplimentar).
VII. FORMALIZACION DE LA AUTORIZACIÓN.
VII.1. La formalización de la Autorización se efectuará dentro de los CINCO días hábiles a contar desde la fecha de la notificación del otorgamiento de la autorización.
VII.2. Cuando por causas imputables a la adjudicataria seleccionada, no pudiere formalizarse la autorización dentro del plazo señalado, se resolverá la misma con indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquélla, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del
nuevo adjudicatario.
El documento en que se formalizará será administrativo, pudiendo elevarse a documento público si lo solicita alguna de las partes, siendo por cuenta del adjudicatario los gastos que se originen.
Durante dicho plazo se presentará la siguiente documentación:
⮚ Documento justificativo de haber constituido la garantía definitiva.
⮚ Documento justificativo de haber abonado todos los gastos inherentes al procedimiento licitatorio: publicaciones, escrituras públicas, etc.
⮚ Certificados expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, Delegación de Hacienda y la Recaudación Ejecutiva Municipal de no ser deudor.
⮚ Declaración y pago del Impuesto de Actividades Económicas.
⮚ Si con posterioridad se produjeran modificaciones en la Autorización, la garantía se ajustará en dicha modificación.
A la Autorización se le unirán como partes integrantes del mismo:
- Acuerdo del órgano competente por el que se produzca la adjudicación.
- Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas que rigen la Autorización
VIII. OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA DE LA AUTORIZACIÓN
VIII.1. La Adjudicataria autorizada está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, sin que el Ayuntamiento tenga responsabilidad alguna en caso de incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario.
La adjudicataria está obligada al cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la
demora del contratista.
VIII.2 Son de cuenta de la Adjudicataria autorizada los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias.
IX. RÉGIMEN SANCIONADOR
Las infracciones en que el titular de la actividad pueda incurrir, se clasificarán en muy graves, graves y leves. Los expedientes sancionadores, serán instruidos por el servicio de contratación del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
La calificación de las mismas en muy graves, graves o leves, será en función de los daños que por una omisión o mala práctica pudieran causarse a las personas usuarias de las playas, a los bienes naturales y materiales de éstas ó del perjuicio causado a la calidad y buena ejecución del conjunto de los servicios de playas.
Se considerarán faltas muy graves:
1.- El abandono o renuncia en la explotación de las hamacas y sombrillas de alquiler.
El Ayuntamiento podrá entender que se produce esta situación cuando la instalación se mantenga cerrada, no cuidada e intentada la localización del titular no fuese hallado.
2.- La falta de pago del canon o el incumplimiento de los períodos de apertura obligatoria de la instalación.
3.- El traspaso, subarriendo o cualquier acto de dominio o posesión de la explotación de las distintas zonas de hamacas y sombrillas de alquiler objeto de adjudicación.
4.- La utilización de hamacas y sombrillas de alquiler en lugar distinto al de su ubicación. 5.- El empleo de las zonas de hamacas y sombrillas de alquiler con finalidad distinta.
6.- No atender los requerimientos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx a fin de que se cumplan las condiciones esenciales derivadas de la condición de concesionario, cuando tal falta de atención se reitere más de una vez y así se haga constar en el expediente instruido al efecto.
7.- La negativa absoluta a facilitar información o prestar colaboración a los servicios de control e inspección.
8.- La contravención de una disposición legal que resulte de aplicación a la actividad en cuestión, cuando así se establezca en aquella.
9.- Malas prácticas u omisiones que puedan generar daños severos a personas usuarias de las playas o al medioambiente.
10.- La realización de actividades constitutivas de delito o infracción administrativa.
11.- Cualquier otro incumplimiento del contrato que se considere muy grave por parte de la Corporación con los requisitos indicados al comienzo de esta cláusula.
12.- La reiteración de falta grave. Existe reiteración cuando hubiere sido sancionado más de una vez, en una temporada por falta grave.
Se considerarán infracciones graves, las que a continuación se indican:
1. No mantener en las debidas condiciones de seguridad las instalaciones, sin perjuicio de la responsabilidad civil en la que se pueda incurrir.
2. No mantener el establecimiento en las debidas condiciones de limpieza, ornato e higiénico sanitarias.
3. No ejecutar las medidas de corrección de las instalaciones, de gestión ambiental o de la calidad establecidas por los servicios municipales, cuando procedieran.
4. La obstrucción del ejercicio de inspección por parte de técnicos municipales; así como el incumplimiento de las instrucciones dadas por los Técnicos Municipales, destinadas al correcto funcionamiento del establecimiento.
5. Obstaculizar las funciones de inspección y vigilancia que deba efectuar el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, en el ejercicio de sus competencias
6. No acreditar el abono de las pólizas de responsabilidad civil exigidas por la legislación sectorial vigente.
7. El incurrir en una no conformidad, durante el desarrollo de la auditoría externa del sistema integrado de gestión de las playas xx Xxxxx, siempre y cuando esta sea atribuible a malas prácticas del titular de la actividad.
8. Negligencia en la conservación y mantenimiento de las hamacas y sombrillas en general y de la superficie ocupada del DPMT para el desarrollo de la actividad en más de un
10% de la superficie total objeto de la concesión. Así como la colocación de elementos no autorizados expresamente por el Ayuntamiento xx Xxxxx o elementos publicitarios.
9. La ocupación de las plataformas y explanada donde se encuentren ubicadas las hamacas y sombrillas con máquinas, mobiliario, utensilios, o cualquier clase de objeto no autorizado expresamente por el Excmo. Ayuntamiento, así como la colocación de marquesinas, voladizos o toldos.
10. El incumplimiento de las normas sobre higiene, limpieza y de las normas sanitarias que se acompañan como anexo, así como la falta de limpieza de las zonas próximas de las hamacas y sombrillas de alquiler, tanto en el período de permanencia de las hamacas y sombrillas como tras el desmontaje de las mismas en cada anualidad.
11. No ejecutar los requerimientos efectuados por los técnicos municipales en sus respectivas inspecciones, ya sean relativas a la estructura e instalaciones del establecimiento, o de gestión operativa.
12. Reiteración de falta leve. Se entiende por reiteración, cuando hubiere sido sancionado más de una vez, en una temporada por falta grave.
13. Inicio de la actividad sin la correspondiente licencia de apertura.
14. El incumplimiento de la legislación aplicable en materia de prevención de riesgos laborales, a los efectos de la seguridad y la vigilancia de la salud de todos los trabajadores.
15. Exceder la superficie máxima de concesión en dominio público en una cuantía igual o superior al 10%.
16. Exceder el período de permanencia del establecimiento en el DPMT, para cada anualidad.
17. La realización de actuaciones musicales, fiestas, espectáculos u otros eventos sin la correspondiente autorización municipal.
En todo caso, siempre que se incurran en daños severos a personas usuarias de las playas o al medio ambiente, atribuibles a las prácticas inadecuadas u omisiones del personal del establecimiento, a criterio del órgano de contratación del Ayuntamiento, las faltas de carácter grave podrán ser consideradas como muy graves. Del mismo modo, la recurrencia en el transcurso de un año de dos faltas leves, podrá derivar en una sanción grave.
Se consideran infracciones leves, las que a continuación se establecen:
1. El trato incorrecto con los clientes y personas usuarias de las playas.
2. El desarrollo de prácticas incorrectas de gestión ambiental, siempre y cuando no se hayan causado daños a terceras personas o a los valores naturales y condiciones de higiene y salubridad de la playa y su entorno.
3. El retraso en el cumplimiento de los horarios previstos.
4. Cualquier incumplimiento no muy grave ni grave de las obligaciones contenidas en los Pliegos de Condiciones Administrativas y Prescripciones Técnicas.
5. No llevar a cabo una correcta segregación de los residuos generados en la explotación.
6. No presentar la acreditación de la formación del personal que trabaje en el establecimiento, incluyendo la formación en materia de manipulación de alimentos en función de las actividades y servicios que se presten en la instalación.
7. No tener hoja de reclamaciones a disposición de los clientes.
8. No disponer en el establecimiento de plan de limpieza y desinfección del local, así como de los registros correspondientes a cada Plan.
9. No contar con las normas de uso de las hamacas y sombrillas, horarios y precios, debidamente expuestos al público.
10. No cumplir con las instrucciones técnicas y/o los procedimientos facilitados por el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz.
11. El incumplimiento de la situación de mobiliario conforme a lo aprobado por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
12. Existencia de acopio de material fuera de la zona establecida.
13. Instalación de obstáculos a la libre circulación de los vientos y de las arenas movidas por éste sin autorización municipal expresa (Ej. cortavientos o elementos vegetales de separación).
14. Presentar un horario distinto al del resto de los servicios de playas sin autorización expresa del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, o exceder el horario de apertura establecido en la legislación sexxxxxxx xxxxxxx.
00. Presentar el mobiliario y la zona de concesión con un nivel de limpieza inadecuados para mantener las condiciones xx xxxxxx de las playas.
16. La generación de no conformidades en los procesos de auditorías interna y externa del sistema integrado de gestión de las playas xx Xxxxx.
17. Exceder la superficie máxima de concesión en dominio público en una cuantía inferior al 10%.
18. El uso de la publicidad en el DPMT
19. El empleo de equipos de sonido sin el correspondiente estudio acústico y la correspondiente autorización municipal, cuando proceda.
20. El abandono de la zona de autorización en un estado inadecuado de limpieza, tras la realización del desmontaje.
Las infracciones podrán ser objeto de sanción administrativa, gravadas con las siguientes sanciones económicas:
• Faltas Muy Graves: de 3.001 € a 6.000 €.
• Faltas Graves: de 601 € a 3.000 €
• Faltas Leves: Hasta 600 €
La satisfacción económica de tales sanciones por parte del adjudicatario, será independiente del resarcimiento de los daños que se pudieran causar a terceras personas, al medio ambiente o a otros bienes materiales.
En cualquier caso, las sanciones se podrán graduar, teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
• Daño producido a terceras personas, bienes o al medio ambiente y el entorno
• Intencionalidad
• Perjuicio al interés público
NO PODRÁ IMPONERSE SANCIÓN ALGUNA AL CONCESIONARIO SIN HABER SIDO OÍDO PREVIAMENTE. EL PERÍODO DE AUDIENCIA NO PODRÁ SER SUPERIOR A DIEZ DÍAS.
X.- GASTOS A SATISFACER POR EL ADJUDICATARIO
Serán gastos a satisfacer por el adjudicatario, los siguientes:
◼ Gastos de formalización del contrato si los hubiere
◼ Gastos de publicación de la licitación. Importe máximo 1.800 euros.
◼ Los gastos que se originen como consecuencia del control de calidad que, en su caso, pueda efectuarse.
◼ Importe de los suministros de electricidad, agua y demás gastos inherentes a la explotación del negocio.
XI.- RIESGO Y XXXXXXX
La Autorización cuya explotación se adjudica al licitador seleccionado se entiende convenida a riesgo y xxxxxxx del mismo, sin que éste pueda solicitar alteración alguna del precio o indemnización.
XII.- LIMITACIONES, GASTOS E IMPUESTOS
El adjudicatario no podrá transferir, traspasar, subarrendar, y en definitiva, ejercer acto de disposición del dominio o posesión alguno bajo ningún concepto, sobre la explotación de las hamacas y sombrillas de alquiler que son objeto de la adjudicación, debiendo estar provistos de los permisos y autorizaciones que fueren preceptivas para ejercer la actividad, así como al corriente en los impuestos y tasas que la graven.
XIII- RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO DE LA EXPLOTACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN.
Será obligación exclusiva del adjudicatario de la AUTORIZACIÓN indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que
requiera la explotación de las hamacas y sombrillas de alquiler. A tal efecto deberá tener contratada la oportuna póliza de seguro de responsabilidad civil.
XIV.- CONTROL
El adjudicatario deberá estar provisto de los permisos y autorizaciones que fueran preceptivas para ejercer la actividad, así como al corriente de los impuestos y tasas que la graven.
La Corporación Municipal contratante controlará la prestación del servicio de conformidad con los Pliego de Condiciones Administrativas y Prescripciones Técnicas y la formalización de la AUTORIZACIÓN que se otorga. El adjudicatario deberá aportar cualquier información solicitada en relación al servicio.
XV.- INTERPRETACIÓN
Las facultades de interpretación, aclaración e integración de las lagunas que contengan los pliegos de condiciones administrativas y prescripciones técnicas que rigen el otorgamiento de la AUTORIZACIÓN, corresponde al órgano de contratación.
XVI.- TRIBUNALES
Cualquier conflicto que se plantee entre las partes, será resuelto por los Tribunales xx Xxxxx, renunciando las partes al fuero judicial que pudiera corresponderle.
XVII.- DERECHO SUPLETORIO
En lo no previsto en este Pliego de Condiciones Administrativas regirá lo dispuesto en la Xxx xx Xxxxxx y en su desarrollo reglamentario, así como lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las Disposiciones de Régimen Local, y demás normas administrativas y civiles que le sean de aplicación.
XVIII.- INFORMACIÓN.
Cualquier tipo de información sobre el pliego de prescripciones técnicas, pliegos de cláusulas administrativas y demás documentación administrativa podrá ser recabada por los interesados en el Área de Medio Ambiente – Delegación de Playas, la correspondiente a la
parte técnica, y la administrativa, en el Servicio de Patrimonio, Contratación y Compras durante el plazo de presentación de ofertas, en días hábiles.
Delegación de Playas – Avxx. Xxxxx Xxxxxxxxxxx, - Xxxxx Xeléfono: 000 000000 Nº Fax 000 000000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
Servicio de Patrimonio, Contratación y Compras - Plxxx xx Xxx Xxxx xx Xxxx, x/x - Xxxxx Xeléfono: 000 00 00 00 Nº Fax 000 00 00 00
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
A) OBJETO DE LA AUTORIZACIÓN DE LA OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA |
Selección de la adjudicataria de la AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DE LOS TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE CON HAMACAS Y SOMBRILLAS DE ALQUILER. |
B) PRECIO DE LA AUTORIZACIÓN |
CANON MÍNIMO DE LICITACIÓN AL ALZA, PARA LA PRIMERA TEMPORADA: ZONA 1: 9.279,38 €. ZONA 2: 3.038,86 € ZONA 3: 607,77 € ZONA 4: 1.519,43 € ZONA 5: 3.798,57 € ZONA 6: 6.392,46 € El día 15 xx xxxxx de cada año, o el inmediato posterior si coincidiera en festivo, se abonará el importe correspondiente a cada temporada. Además el adjudicatario abonará, a la Demarcación xx Xxxxxx de Andalucía – Atlántico, en concepto de ocupación de dominio público marítimo terrestre, el canon correspondiente |
C) REVISION DE PRECIOS |
Una vez transcurrido el primer año de contrato, la cantidad correspondiente a las siguientes anualidades, se incrementarán o disminuirán de forma anual y acumulativa conforme a las variaciones del I.P.C ( Indice General Nacional del Sistema de Ïndices de Precios de Consumo) según los índices que publica el Instituto Nacional de Estadística, |
D) APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
El importe de la adjudicación irá en concepto de ingreso a la partida presupuestaria de 03001/55001 CONCESIONES ADMINISTRATIVAS. |
E) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TECNICA O PROFESIONAL. |
a) Ser o haber sido titular, por cualquier concepto: propietario, arrendatario, etc, de un establecimiento de Guardería Parque Infantil o similar, en un período de cinco años |
“CUADRO RESUMEN DE LA AUTORIZACIÓN” ( XXXXX X )
anteriores a la fecha de aprobación del presente Pliego de Condiciones y haber mantenido dicha explotación durante tres. b) Declaraciones de entidades financieras, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgo profesionales. c) Indicación del personal que tiene previsto contratar y su cualificación profesional. d) Indicación de las medidas de gestión medioambientales que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. | |
F) PROPOSICIÓN TECNICA | |
Se incluirá en el sobre B aquellos documentos que acrediten el contenido de la proposición técnica que ofertan los licitantes | |
G) ADMISION DE VARIANTES | |
El licitante presentará una sola oferta no admitiéndose variantes. | |
H) PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES | |
Las proposiciones se presentarán en los OCHO días naturales siguientes a la publicación del Anuncio del procedimiento de selección en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta las 13.00 horas del último día del plazo. Debido a la URGENCIA en la tramitación del expediente, la presentación de proposiciones solo se podrán presentar en MANO en el lugar indicado al efecto. El ANUNCIO DE LICITACIÓN se publicará, asimismo, en el perfil de contratante del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx (xxx.xxxxx.xx) LUGAR: Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx Servicio de Patrimonio, Contratación y Compras. Plxxx Xxx Xxxx xx Xxxx x/x XX 00000 | |
I) CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LA SELECCIÓN. | |
Los criterios para seleccionar a la adjudicataria de la Autorización por orden |
decreciente de importancia serán: | |
1.- Oferta económica Los 80 puntos, se adjudicarán a la oferta económica mayor, a la menor de todas CERO (0) y el resto en proporción aplicando la regla de tres directa, de la siguiente forma: MEJOR OFERTA ECONÓMICA 80 PUNTOS. OFERTA A VALORAR X PUNTOS X= (OFERTA A VALORAR x 80 PUNTOS)/ MEJOR OFERTA ECONÓMICA DE LAS PRESENTADAS. El canon a pagar se compone de dos elementos. La Cantidad a abonar a la Demarcación xx xxxxxx, a través del Ayuntamiento, y el canon a abonar al Ayuntamiento. El presente criterio sólo otorga puntos al incremento del canon a abonar al Ayuntamiento. Se incluirá la documentación en el sobre C. | Hasta 80 puntos. |
2.- Proyecto técnico (incluyendo diseño y características constructivas) y de gestión y explotación de las hamacas y sombrillas de alquiler durante los años que dure la relación contractual con el Ayuntamiento. Se incluirá la documentación en el sobre B. | Hasta 10 puntos |
3.- Acciones de colaboración con las Delegaciones de Playa, Juventud y Deportes. Se incluirá la documentación en el sobre B. | Hasta 10 puntos. |
La distribución de puntos se hará por la Mesa de Contratación según su criterio. LA INCLUSIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS DISTINTOS CRITERIOS BAREMABLES EN SOBRE DISTITNO AL INDICADO EN ESTE APARTADO I) CONLLEVARÁ LA EXCLUSIÓN DE LA OFERTA PRESENTADA. |
J) APERTURA DE PROPOSICIONES Y MESA DE CONTRATACIÓN. |
COMPOSICION: Presidente: Tte. Xx Xxxxxxx Delegado de Hacienda y Patrimonio o personal en quien delegue. Vocales: dos representantes del equipo de gobierno, un representante por cada grupo político municipal. El Secretario General y el Interventor General. Secretario de la mesa: Director de Área de Patrimonio, Contratación y Compras. Director del Área de Medio Ambiente. Técnicos: Aquellos de quien se considere necesaria la presencia. |
K) DURACION DE LA AUTORIZACIÓN. |
La Autorización tendrá una duración de UN AÑO a contar desde la firma del documento administrativo donde se refleje su otorgamiento, pudiendo ser prorrogada anualmente, previo acuerdo expreso de ambas partes, hasta un máximo de CUATRO AÑOS. |
L) CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS HAMACAS Y SOMBRILLAS DE ALQUILER |
La administración local, podrá exigir la renovación de los elementos estructurales que conformen el establecimiento si éstos se encuentran en un estado deficitario de conservación; o cuando se aprecien signos evidentes de deterioro o falta de adecuación con la estética del entorno. |
LL) GARANTÍA PROVISIONAL |
NO PROCEDE. |
M) GARANTÍA DEFINITIVA |
La garantía deberá constituirse conforme a los modelos, en formato autorrellenable, que se podrán descargar del perfil del contratante del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. (xxx.xxxxx.xx) Los importes de las garantías de las distintas zonas son: Zona 1: 1.855,00 €. Zona 2: 610,00 €. Zona 3: 120,00 € Zona 4: 305,00 €. Zona 5: 760,00 €. Zona 6: 1.280,00 €. |
N) LIMITE MÁXIMO GASTOS DE ANUNCIOS DE LICITACIÓN |
Se fija como límite máximo de gastos de anuncios de licitación la cantidad de MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800,00€). |
PERFIL DEL CONTRATANTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX |
Página Web del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. xxxx://xxx.xxxxx.xx Baner contratación |
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICION TÉCNICA Y OTROS CRITERIOS
SOBRE B
«Don ............................................................................................... con DNI
n.º ...................................... natural de provincia
de ............................................................................., mayor de edad y con domicilio en ........................................................................... C/ .....................................................
teléfono ...................................... actuando en nombre (indicar si propio o de
la empresa a que represente), manifiesta que, conociendo el procedimiento para el otorgamiento de AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DE LOS TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE CON HAMACAS Y SOMBRILLAS
ZONA | PLAYA | Proyecto técnico.* | Servicios y acciones de colaboración con las delegaciones de Playa, Juventud y Deportes. * |
1 | Caleta – Victoria | ||
2 | Cortadura | ||
3 | Residencia Militar | ||
4 | Santa Xxxxx del Mar | ||
5 | Hotel Meliá - Caleta | ||
6 | Hotel Playa Victoria |
* Indicar en las zonas a las que se presenta.
Xxxxx, fecha y firma del proponente».
1 Se deberá explicar brevemente para cada apartado la propuesta en función de los criterios indicados, independientemente de la documentación que se aporta para justificar dicha propuesta.
ANEXO II (BIS)
MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA (SOBRE C)
«Don ............................................................................................... con DNI
n.º ...................................... natural de provincia
de ............................................................................., mayor de edad y con domicilio en ........................................................................... C/ .....................................................
teléfono ...................................... actuando en nombre (indicar si propio o de la
empresa a que represente), manifiesta que, conociendo el procedimiento para el otorgamiento de AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DE LOS TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE CON HAMACAS Y SOMBRILLAS DE
ALQUILER y los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas, que ha de regir dicho proceso de selección y en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento de la citada AUTORIZACIÓN por el siguiente precio para la primera anualidad:
ZONA | PLAYA | CANON OFERTADO (EXPRESAR EL IMPORTE EN LETRA Y NÚMERO. * |
1 | Caleta – Victoria | |
2 | Cortadura | |
3 | Residencia Militar | |
4 | Santa Xxxxx del Mar | |
5 | Hotel Meliá – Caleta | |
6 | Hotel Playa Victoria |
Asimismo, se compromete a abonará, a la Demarcación xx Xxxxxx de Andalucía – Atlántico, en concepto de ocupación de dominio público marítimo terrestre, el canon correspondiente que se fije por dicha Demarción.
* Indicar sólo a las zonas a las que se presenta.
Xxxxx, fecha y firma del proponente».
ANEXO III
MODELO DECLARACION RESPONSABLE SOBRE CONDICIONES LEGALES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
(SOBRE A – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
Número de expediente: INDICAR Denominación del Contrato: INDICAR
Fecha de la Declaración (aaaa-mm-dd): INDICAR
ENTIDAD CONTRATANTE
Órgano de contratación: Excma. Junta de Gobierno Local. Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx DECLARACIONES
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la empresa que represento tiene plena capacidad de obrar, cumpliendo las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, así como las establecidas en los Pliegos que rigen esta licitación.
La empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. (EN CASO DE EMPRESARIO INDIVIDUAL LA DECLARACIÓN SE HARÁ EN NOMBRE PROPIO).
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la empresa que represento no ha sido adjudicataria ni ha participado en la ejecución de los contratos que hayan tenido por objeto la redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de la licitación, ni ser empresa vinculada a ellas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, así como de tampoco ha sido empresa colaboradora de los adjudicatarios de estos contratos. (EN CASO DE EMPRESARIO INDIVIDUAL LA DECLARACIÓN SE HARÁ EN NOMBRE PROPIO).
DECLARO RESPONSABLEMENTE que ni el firmante de la declaración, ni la entidad a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno de prohibición de contratar a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
DECLARO RESPONSABLEMENTE que la entidad se halla inscrita en el Registro de Licitadores que a continuación se indica, y que las circunstancias de la entidad que en él figuran respecto de los requisitos exigidos para la admisión en el procedimiento de contratación que a continuación se indica son exactas y no han experimentado variación.
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado El Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía
(INDICAR LOS REGISTROS EN LOS QUE SE HALLE INCLUIDO LA LICITANTE.)
AUTORIZO al órgano de contratación a recabar los datos que obren en poder de la administración que fueran necesarios para comprobar la veracidad de las declaraciones realizadas.
DATOS DE LA ENTIDAD LICITADORA
CIF:
Nombre:
Fax:
Correo electrónico: ( A efecto de notificaciones):
Escritura de Constitución / Modificación: SE INDICARAN NOTARIO, Nº DE PROTOCOLO Y FECHAS.
Objeto Social: SE INDICARÁ EL OBJETO SOCIAL QUE CONSTE EN EL ARTICULO 2 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES VIGENTES EN EL MOMENTO DE PRESENTAR LA PROPOSICIÓN.
DATOS DEL DECLARANTE
NIF:
Fax:
Correo electrónico:
Nombre:
Apellidos:
Cargo:
Escritura de Poder: SE INDICARAN NOTARIO, Nº DE PROTOCOLO Y FECHA.
DATOS DE CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL – SOLVENCIA ECONOMICA, FINANCIERA Y TECNICO O PROFESIONAL.
EN CASO DE EXIGIRSE CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL SE INDICARÁ
Grupo : Subgrupo:
Categoría:
SI NO SE EXIGIERA CLASIFICACIÓN SE INDICARÁN DE FORMA RESUMIDA, LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA EMPRESA QUE ACREDITEN LA SOLVENCIA ECONOMICA, FINANCIERA Y TECNICO O PROFESIONAL CONFORME A LO REFLEJADO EN EL APARTADO CORRESPONDIENTE DEL CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO.
Solvencia económica y financiera: Solvencia técnica o profesional:
(Lugar y firma del proponente)