REGLAMENTO DE CONTRATACIÓN DE PROFESORADO UNIVERSIDAD DE CADIZ
REGLAMENTO DE CONTRATACIÓN DE PROFESORADO UNIVERSIDAD XX XXXXX
(Aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2003; BOUCA núm. 7. Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 00 xx xxxxx xx 0000, XXXXX xxx. 14; Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, BOUCA núm. 15; Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 xx xxxxx de 2008, BOUCA núm. 80
Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011, BOUCA núm. 138)
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito de aplicación
1. Se tramitarán conforme al procedimiento regulado en el presente Reglamento todos los contratos de Ayudante, Profesor Xxxxxxxx Doctor, Profesor Contratado Doctor, Profesor Xxxxxxxxxxx y Profesor Asociado que, al amparo de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, se celebren en la Universidad xx Xxxxx.
2. Los contratos de profesor visitante y profesor emérito se tramitarán conforme a la normativa específica que a tal efecto se disponga.
3. Los contratos para obra o servicio determinado para el desarrollo de proyectos concretos de investigación científica y técnica, así como los contratos en prácticas previstos en el artículo 121 de los Estatutos de la Universidad xx Xxxxx, se regirán de acuerdo con su normativa específica, con las características que se señalen en cada caso.
Artículo 2. Modo de acceso
1. La vía de acceso a cualquiera de los contratos señalados en el artículo anterior será el concurso público.
2. La convocatoria de plazas se aprobará por el Consejo de Gobierno, previo informe del Vicerrector competente, a propuesta de los Consejos de Departamento.
3. A efectos de garantizar la publicidad de la convocatoria, ésta se expondrá en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web del Vicerrectorado competente insertándose asimismo un anuncio en la prensa local.
La convocatoria de plazas se comunicará con suficiente antelación al Consejo de Coordinación Universitaria para su difusión entre las Universidades, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Artículo 3. Requisitos de la convocatoria
La convocatoria del concurso para la cobertura de las plazas deberá contener, como mínimo, los siguientes extremos:
a) Identificación de la plaza convocada.
b) Área de conocimiento y Departamento al que se adscribe.
c) Centro de adscripción de la plaza y localidad de destino, sin perjuicio de que la docencia pueda impartirse en cualquier centro de la Universidad xx Xxxxx, de acuerdo con las necesidades docentes determinadas por el Departamento.
d) Expresión de las funciones a realizar y/o especificaciones que deba cumplir el aspirante.
e) Duración del contrato y régimen de dedicación.
f) Retribuciones
g) Titulación mínima y demás requisitos que han de cumplir los aspirantes.
h) Documentación que ha de presentarse.
i) Identificación del baremo conforme al cual se valorarán los méritos alegados por los candidatos.
j) A propuesta del Departamento, y previa a la baremación de las solicitudes, la puntuación mínima para la obtención de la plaza que, al menos, será del 10% de la puntuación máxima establecida en el baremo
k) Lugar, plazo y medios de presentación de solicitudes.
l) Aquellas condiciones que el Consejo de Gobierno determine en cada caso.
Artículo 4. Solicitudes
1. Las solicitudes para concurrir a las plazas convocadas deberán presentarse en el modelo oficial recogido en el Anexo I, que podrá obtenerse en el Rectorado de la Universidad o a través de la página web del Área de Personal, acompañándose de curriculum vitae. Junto con la solicitud deberá presentarse certificación académica personal, en original o copia compulsada.
Deberá acompañarse acreditación fehaciente de los méritos alegados. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada de los interesados sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la Comisión de Contratación o los órganos competentes de la Universidad puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados al concurso y que hayan sido objeto de valoración.
2. Los aspirantes que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud independiente para cada una de ellas, acompañada de la documentación acreditativa, salvo que se trate de plazas de la misma categoría y Área de conocimiento, en cuyo caso bastará con una sola solicitud y documentación acreditativa. En estos supuestos, deberán quedar identificadas en la solicitud las plazas a que se concursa.
3. El plazo para la presentación de solicitudes vendrá determinado en cada convocatoria, concluyendo cinco días después de la aparición del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Cuando las circunstancias lo aconsejen, el Vicerrector competente podrá determinar que dicho plazo concluya diez días después del anuncio.
4. Las solicitudes, dirigidas al Excmo. y Mgco. Sr. Rector, se presentarán en el Registro General de la Universidad, o por cualquier otro medio de registro contemplado en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 5. Recepción de solicitudes y publicación de admitidos y excluidos
1. En el plazo xxxxxx xx xxxx días, contados a partir del siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado así como en la página web del Vicerrectorado competente, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Cuando las circunstancias lo aconsejen y a criterio del Vicerrector competente, se podrá establecer un plazo de publicación de la lista provisional comprendido entre uno y tres días. Contra la lista provisional de admitidos y excluidos se podrá reclamar dentro de los cinco días siguientes a su publicación.
2. En dicha publicación, si la exclusión fuese debida a que la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo xx xxxx días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición. Cuando razones de urgencia lo aconsejen y mediante Resolución del Rector, este plazo se podrá reducir a la mitad.
3. La lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web del Vicerrectorado competente en el plazo xxxxxx xx xxxx días contados a partir de la fecha límite del plazo que se haya dado para la subsanación de defectos. Cuando las circunstancias lo aconsejen y a criterio del Vicerrector competente, se podrá establecer un plazo de publicación de la lista definitiva comprendido entre uno y tres días.
4. Cuando no se hubiesen presentando candidatos dentro del plazo de solicitud o los aspirantes se hubieran retirado del concurso, el Vicerrectorado competente lo comunicará al Departamento a los efectos de que se declare la plaza vacante por este
motivo, sin que resulte necesario su nueva aprobación por el Consejo de Gobierno, debiendo éste ser informado.
Artículo 6. Valoración por el Departamento
1. En el plazo de dos días, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de reclamaciones, a través de mensajería y acompañadas de nota interior que el receptor deberá firmar a los efectos de acreditar su recepción y cuyo modelo se incorpora en el Anexo II a este Reglamento, las solicitudes admitidas se remitirán para su valoración, al Departamento, junto con la documentación aportada por los candidatos, debiendo quedar en el Vicerrectorado competente copia de las primeras. En función del número de plazas convocadas y a criterio del Vicerrector competente se podrá establecer un plazo de remisión comprendido entre dos y cinco días.
2. Los Departamentos valorarán, conforme al baremo en cada caso aplicable, las solicitudes admitidas, remitiéndolas a través de mensajería mediante nota interior que el receptor deberá firmar a los efectos de acreditar su recepción y cuyo modelo se incorpora en el Anexo II a este Reglamento, en el plazo máximo de ocho días, al Vicerrectorado competente. Cuando las circunstancias lo aconsejen y a criterio del Vicerrector competente, este plazo se reducirá a la mitad.
COMISIÓN DE CONTRATACIÓN
Artículo 7. Composición
1. El concurso será enjuiciado y resuelto por la Comisión de Contratación de la Universidad xx Xxxxx cuya composición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120.4 de los Estatutos de la Universidad xx Xxxxx, es la siguiente:
a) El Rector o persona en quien delegue,
b) El Director de Departamento en el que se haya de realizar sus actividades el candidato elegido o profesor del ámbito de conocimiento implicado en quien delegue
c) El Decano o Director de la Escuela o persona en quien deleguen, y
d) seis profesores doctores con vinculación permanente, de los cuales uno de ellos tendrá vinculación contractual con la Universidad y otro será propuesto por el Comité de Empresa del Personal Docente e Investigador Laboral.
2. Cinco de los profesores doctores con vinculación permanente serán designados por y entre los miembros del Consejo de Gobierno que ostenten tal condición. El cese como miembro del Consejo de Gobierno determinará el cese como miembro de la Comisión de Contratación de Profesorado de la Universidad xx Xxxxx.
El miembro designado por el Comité de empresa del PDI Laboral ostentará esta condición durante todo el mandato del órgano representativo, sin perjuicio de que éste pueda sustituirlo. A efectos de la inmediata sustitución, cuando sea necesario, el Comité de empresa del PDI Laboral designará un miembro suplente.
En caso de delegación, el Director del Departamento y el Decano o Director del Centro designarán por escrito a la persona en quien delegue, debiendo constar en el expediente del concurso dicha documentación.
Asimismo asistirán a la Comisión de Contratación, con voz pero sin voto, alguno de los Directores de Secretariado dependientes del Vicerrectorado competente, como Secretario de la Comisión, y un funcionario del Área de Personal como Secretario Técnico.
3. La composición concreta de cada Comisión se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado, así como en la página web del Vicerrectorado competente, con cuarenta y ocho horas de antelación al momento de su constitución, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 8. Abstención y recusación
En el caso de que se produzca la abstención por parte de algún miembro la Comisión o que, planteada la recusación, su resolución provoque una vacante en el órgano, la sustitución se producirá del siguiente modo:
Si se trata del Rector o de la persona en quien éste delegue, mediante la designación de otra persona por parte del primero.
Si se trata de un miembro de los elegidos por el Consejo de Gobierno, por el candidato que haya resultado el siguiente en número de votos en la elección.
Si se trata del miembro designado por el Comité de empresa, por el suplente.
Artículo 9. Constitución y funcionamiento
1. La convocatoria de las reuniones de la Comisión podrá efectuarse en cualquier fase anterior del procedimiento y, en todo caso, de forma inmediata a la recepción de la valoración del Departamento.
2. La Comisión se reunirá en el día y la hora fijados en cada convocatoria, y en to do caso, en los dos día s siguientes a la recepción de la valoración del Departamento, quedando válidamente constituida cuando a ella asista la mitad de sus miembros, requiriéndose, en todo caso, la presencia del Presidente y el Secretario.
3. La Comisión valorará los méritos alegados por cada candidato, partiendo de la evaluación efectuada por el correspondiente Departamento. A tal efecto podrá celebrar una entrevista con el candidato.
4. Los debates en el seno de la Comisión serán moderados por el Presidente.
5. La Comisión de contratación adoptará las decisiones por mayoría de votos de los asistentes.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACION
Artículo 10. Criterios de selección del personal
1. La selección de personal para ser contratado en la Universidad xx Xxxxx estará presidida por los principios de igualdad, mérito y capacidad, estableciéndose como criterios, en todo caso, los siguientes:
a) La adecuación del curriculum vitae del candidato al perfil de la plaza a la que se incorpora.
b) Los méritos del candidato, valorados conforme al baremo que, con criterios específicos, rija con carácter general para las convocatorias de plazas de las distintas áreas pertenecientes a los Departamentos. Dicho baremo habrá de ser aprobado por el Consejo de Gobierno a propuesta de la Comisión de Ordenación Académica y Docencia1.
2. Se considerará mérito preferente estar habilitado para participar en los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios en el Area de conocimiento correspondiente a la plaza convocada .
3. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. La Comisión sólo valorará los méritos alegados y acreditados documentalmente, en los términos del artículo 4.
Artículo 11. Resolución del concurso
1. Una vez valorados los méritos alegados por los candidatos, la Comisión de
0 X. Xxxxx XXX: Baremo de Contratación del Profesorado, aprobado por Consejo de Gobierno el 00 xx xxxxx xx 0000 (XXXXX núm. 11, de 23 xx xxxxx). Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 xx xxxxx de 2008 (BOUCA núm. 80, de 4 de julio).
Contratación hará pública en el tablón de anuncios del Rectorado, así como en la web del Vicerrectorado competente el acta de la reunión de la misma, en la que constará:
a) Asistentes, orden del día, circunstancias de lugar y tiempo y puntos principales de las deliberaciones.
b) Relación de candidatos presentados.
c) Valoración individualizada de cada candidato, motivada y con asignación de la puntuación numérica obtenida en la baremación.
d) Listado de los candidatos por orden de mayor a menor puntación numérica que, siempre que el Departamento así lo estime mediante informe motivado favorable, servirá de lista de reserva para los siguientes casos:
- Renuncia del candidato seleccionado.
- Supuestos previstos en el Reglamento de procedimiento para la provisión urgente y temporal de plazas por bajas sobrevenidas.
- Necesidad de contratación en el mismo área y perfil del puesto convocado durante los dos cursos siguientes al de la convocatoria.
e) Candidato seleccionado para la cobertura de cada plaza.
f) Procedimiento y plazo para la impugnación de la/s resolución/es de la Comisión.
2. La publicación del acta tendrá lugar al día siguiente de la celebración de la sesión de la Comisión. Cuando el número de plazas convocadas así lo aconseje y a criterio del Vicerrector competente, el plazo de publicación del acta podrá establecerse en un máximo de cuatro días.
3. Contra la resolución de la Comisión de contratación podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la Universidad xx Xxxxx, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de la misma.
Artículo 12. Formalización del contrato
1. El candidato propuesto para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la firma del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así como, en su caso, de los méritos alegados en el concurso.
2. En caso de que el candidato no presentara los documentos requeridos por la Comisión de Contratación en el plazo xx xxxx días o que los mismos no concuerden con las copias presentadas, quedará sin efecto la resolución del concurso a su favor, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden que puedan ser exigidas por la Universidad.
3. Los contratos celebrados por la Universidad xx Xxxxx en virtud del presente Reglamento quedan sometidos a la legislación laboral y habrán de formalizarse por escrito, debiendo remitirse una copia básica de los mismos a los representantes de los trabajadores.
Artículo 13. Recursos, impugnaciones y revisión de las convocatorias
1. Las convocatorias y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de la actuación de la Comisión de Contratación, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión de Contratación, conforme a lo previsto en la mencionada Ley y en sus Estatutos.
3. Las bases de la convocatoria vinculan a la Administración y a la Comisión de Contratación que ha de juzgar los concursos y a quienes participan en los mismos.
4. Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Disposición adicional primera
Salvo en los supuestos previstos en el artículo 111 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato al candidato propuesto por la misma.
Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la resolución de la Comisión de Contratación.
Disposición adicional segunda
La celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de la compatibilidad, conforme a la normativa aplicable en la materia, en el caso de que el aspirante seleccionado esté desempeñando o pase a desempeñar otra actividad pública o privada.
Disposición adicional tercera
Todas las actuaciones que deban ser publicadas en la página web del Vicerrectorado competente lo serán asimismo en la de Personal.
Disposición adicional cuarta
Las plazas correspondientes a profesores asociados de Ciencias de la Salud se valorarán conforme a los baremos contenidos en el Anexo IV de este Reglamento.
Disposición adicional quinta. Profesor contratado doctor vinculado con Instituciones sanitarias
En las convocatorias de plazas de profesor contratado doctor vinculado con Instituciones sanitarias, la Comisión de Contratación incluirá, además de los miembros establecidos en el artículo 7 del presente Reglamento, dos miembros designados por la Institución sanitaria correspondiente. Estas plazas se valorarán conforme a los baremos contenidos en el Anexo V de este Reglamento.”
Disposición final
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad xx Xxxxx.
ANEXO I
SOLICITUD DE PLAZA DE PROFESOR CONTRATADO
D./Xx.
………………………………………………………………………
…………
NIF ………………............. F. nacimiento ………………….
Domicilio
………………………………………………………………………
………..
Localidad ………………………………………. C.P.
……………………………
Teléfono ………………………..…. E-mail
……………………………………..……..
SOLICITA la plaza de (marcar con X) □ Ayudante
□ Prof. Ayudante
Doctor
Contratado Doctor Xxxxxxxxxxx
(1)
□ Prof.
□ Prof.
□ Prof. Asociado
del área de conocimiento de
……………………………………………………………..
nº plaza (s)
……………………………………………………………………….
.
(si solicita plazas de la misma categoría y área, identificar el número de cada una de ellas). En caso contrario, presentar solicitud independiente para cada plaza, acompañada de toda la documentación requerida.
dedicación …………………….…, adscrita al Departamento de
…………….………………...
………………………………………………………………………
………………………..,
(1) si solicita plaza correspondiente a la categoría de Profesor Asociado, indique :
- actividad profesional □ funcionario
□ contratado laboral
□ profesional libre ejercicio
□ otros (detallar)
………………………………………………………………
- entidad o empresa en la que presta servicio
………………………………………………………………...
- categoría/profesión
……………………………………………………………………………
…………
DECLARA bajo su responsabilidad que tiene conocimiento del contenido de las bases de la convocatoria así como que los datos expresados en la presente solicitud son exactos, adjuntando la documentación que se relaciona:
□ certificación académica
□ currículum vitae
□ otros (relacionar, en su caso)
…………………………………………………...
Lugar y fecha ………………………………………..
(firma)
EXCMO. Y MAGFCO. SR. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXX
ANEXO II
NOTA INTERIOR
FECHA: | |
DE: | |
A: | |
ASUNTO: |
Rogamos nos envíe el acuse de recibo firmado a ………….
Fdo………………………….
Recibí:
Fecha:
Fdo.:
I. OBSERVACIONES GENERALES
ANEXO III 2
1. El presente xxxxxx se utilizará en la valoración del mérito y capacidad en los concursos públicos de selección de personal docente e investigador a realizar por la Universidad xx Xxxxx.
2. El baremo se divide en cinco bloques:
I) Formación Académica
II) Actividad docente y Competencia pedagógica
III) Actividad investigadora
IV) Experiencia profesional
V) Otros méritos
3. Será responsabilidad de los Departamentos:
a) Informar sobre el perfil de la plaza definido en la convocatoria. Dicho perfil habrá de ajustarse en la medida de lo posible al de la Titulación que origina la necesidad de la plaza.
b) Informar razonadamente a la Comisión de Contratación del mayor o menor grado de afinidad de cada uno de los méritos alegados por los candidatos.
c) Valorar, conforme al baremo y en función del tipo de plaza, las solicitudes recibidas.
d) A la vista de los curricula de los aspirantes y de su adecuación a la plaza convocada, señalar el candidato o candidatos a los que se les adjudica hasta un 10% de la puntuación final obtenida.
4. La Comisión de contratación supervisará la correcta aplicación del baremo, la adecuación del candidato al perfil de la plaza, y formulará la correspondiente propuesta de contratación, si procede.
5. La valoración de los méritos alegados por los candidatos en cada uno de los bloques contemplados en el baremo se realizará de acuerdo con la coherencia y correspondencia de dichos méritos con el perfil de la plaza definido en la convocatoria y, en su defecto, con el área de conocimiento de la plaza a la que concursa. En consecuencia, y una vez valorado el mérito, éste se multiplicará por un coeficiente corrector en función de su adecuación a la materia de la plaza de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Adecuación alta (materia de la plaza): 1
2 Modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno el 00 xx xxxxx xx 0000 (XXXXX núm. 80, de 4 de julio)
b) Adecuación media (materia afín a la plaza): 0,50
c) Adecuación baja o sin adecuación (materia no afín o poco afín de la plaza): 0
6. Los méritos puntuados por periodos temporales serán valorados proporcionalmente al periodo que abarque, considerando el resultado redondeado al primer decimal.
7. El mérito se puntuará una sola vez en el apartado correspondiente.
II. BAREMO
I. FORMACIÓN ACADÉMICA | Puntuación máxima | |
1.1 | Titulación Universitaria. - Expediente académico de la Titulación Universitaria. Se valorará una única Titulación, la que en conjunto resulte más adecuada al perfil de la plaza. - La puntuación resultante se minorará en 0,25 puntos por cada año adicional al número de años en el que esté estructurado el plan de estudios. | 20 |
1.1.1 | Licenciatura/ Grado. Calificación numérica media resultante aproximada a dos decimales. En el caso de que no conste la calificación numérica en el expediente (A: 5; N: 7; S: 9; MH: 10) | 10 |
1.1.2 | Diplomatura. Calificación numérica media resultante aproximada a dos decimales dividida entre dos. En el caso de que no conste la calificación numérica en el expediente (A: 5; N: 7; S: 9; MH: 10) dividida entre dos. | 5 |
1.1.3 | Mérito preferente: Titulación preferente | Se multiplicará por dos la puntuación obtenida en los apartados 1.1.1 o 1.1.2 |
1.2 | Doctorado -Se valorará un único programa de doctorado, el que en conjunto resulte más adecuado al perfil de la plaza. -Apartados 1.2.1, 1.2.2 y 1.2.3 excluyentes entre sí. | 10 |
1.2.1 | Periodo docente | 2 |
1.2.2 | Programa completo (Examen de Licenciatura, suficiencia investigadora o DEA) | 4 |
1.2.3 | Tesis Doctoral (apto o aprobado: 5; Not: 6; Sobresaliente: 7; Apto o sobresaliente cum laude: 8) | 8 |
1.2.4 | Doctorado Europeo | 2 |
1.3 | Master Homologados (no valorados en el apartado 1.2) | 4 |
1.3.1 | 500 horas o más | 4 |
1.3.2 | 300 a 499 horas | 3 |
1.3.3 | 150 a 299 horas | 2 |
1.3.1 | Menos de 150 horas | 1 |
1.4 | Premios extraordinarios | 4 |
1.4.1 | Premio extraordinario de Fin xx xxxxxxx | 1 |
1.4.2 | Premio extraordinario de Doctorado | 1 |
1.4.3 | Otros premios relacionados con la Formación Académica | 1 |
1.5 | Otras titulaciones oficiales | 4 |
1.5.1 | Licenciatura/Grado | 2 |
1.5.2 | Diplomatura | 1 |
1.5.3 | Doctorado | 4 |
1.6 | Formación en lengua extranjera - Siempre que no sea materia específica de alguna de las titulaciones valoradas. - Apartados excluyentes entre sí. | 2 |
1.6.1 | Escuela Oficial de Idiomas o CSLM (0,4 por curso superado). | 2 |
1.6.2 | Otros Centros Oficiales (0,2 por curso superado. | 1 |
1.6.3 | Certificado de Acreditación de nivel emitido por el CSLM (A1: 0,25; A2: 0,5; B1: 0,75; B2: 1; C1: 1,25; C2; 1,50. Puntuaciones no acumulables) | 1,50 |
II. ACTIVIDAD DOCENTE Y COMPETENCIA PEDAGÓGICA | ||
2.1 | Docencia en Centro Universitario (3 puntos por año TC; en Tiempo parciales proporcional al número de créditos) | 20 |
2.2 | Docencia en Centro oficial no universitarios (0,5 puntos por año; en Tiempo parciales proporcional al número de créditos) | 6 |
2.3 | Cursos universitarios impartidos, coordinados o dirigidos ( 0,10 punto por cada cien horas) | 2 |
2.4 | Dirección de proyectos de fin xx xxxxxxx o Trabajo de investigación de Fin de Master (0,10 por proyecto o trabajo dirigido) | 2 |
2.5 | Formación para la actividad docente | 5 |
2.5.1 | C.A.P o similares | 2 |
2.5.2 | Participación en cursos de formación del profesorado (0,2 por cada 30 horas) | 0,2 (por cada 30 horas) |
2.5.3 | Coordinación y/o Participación en proyectos de mejora e innovación docente | 0,5 (por cada 30 horas) |
2.5.4 | Participación en proyectos piloto (EEES) | 0,25 (por curso académico) |
2.5.5 | Encuestas de satisfacción docente evaluadas positivamente (al menos 65% de los puntos totales) | 0,25 (por asignatura y año) |
2.5.6 | Ponencias en Congresos orientados a la formación docente | 0,75 |
2.5.7. | Comunicación o Poster en Congresos orientados a la formación docente | 0.25 |
2.6 | Publicación de material didáctico con ISBN | 6 |
2.6.1 | Libros -Proporcionalmente y según la calidad de la editorial hasta 5 puntos por libro | 4 (por libro) |
2.6.2 | Artículos y capítulos de libro | 2 (por contribución) |
2.6.3 | Director, coordinador, o editor de obra colectiva (con ISBN) | 1 (por obra) |
2.7 | Mérito preferente: Habilitación, acreditación o ser funcionario en el cuerpo docente del área de conocimiento de la plaza convocada | Se multiplicará por dos la puntuación final obtenida en este apartado II del Baremo. |
III. ACTIVIDAD INVESTIGADORA | ||
3.1 | PUBLICACIONES. | 30 |
3.1.1 | Libros (con ISBN). -Proporcionalmente y según la calidad de la editorial hasta 5 puntos por libro | 5 (por libro) |
3.1.2 | Revistas (con ISSN) | |
3.1.2.1 | Revistas con evaluadores externos o, en su defecto, catalogadas. Proporcionalmente, según el nivel de impacto y teniendo en cuenta, cuando sea posible, la contribución del autor hasta 3 puntos por trabajo. | 3 (por trabajo) |
3.1.2.2 | Revistas sin evaluadores externos y no catalogadas. Proporcionalmente y según el nivel de difusión y teniendo en cuenta, cuando sea posible, la contribución del autor hasta 0,5 puntos por trabajo. | 0,5 (por trabajo) |
3.1.3 | Capítulos de libro. | 3 (por capítulo) |
Proporcionalmente y según la calidad de la editorial y teniendo en cuenta, cuando sea posible, la contribución del autor hasta 3 puntos por capítulo | ||
3.1.4 | Director, coordinador, o editor de obra colectiva (con ISBN) | 2 (por obra) |
3.1.5 | Prólogos, traducciones e introducción | 0,25 (por aportación) |
3.2 | PARTICIPACIÓN EN CONGRESOS | 5 |
3.2.1 | Ponencias | |
3.2.1.1 | Ámbito nacional | 0,75 (por ponencia) |
3.2.1.2 | Ámbito internacional | 1 (por ponencia) |
3.2.2 | Comunicación o Poster | |
3.2.2.1 | Ámbito nacional | 0,25 (por comunicación) |
3.2.2.2 | Ámbito internacional | 0,5 (por comunicación) |
3.3 | Proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y contratos con empresas o con la Administración | 7 |
3.3.1 | Dirección | 1 (por año) |
3.3.2 | Pertenencia como investigador del Proyecto | 0,5 (por año) |
3.4 | Grupos de investigación reconocidos | 3 |
3.4.1 | Dirección | 0,5 (por año) |
3.4.2 | Pertenencia como investigador del Grupo | 0,25 (por año) |
3.5 | Becas. Los periodos inferiores al año se valoraran proporcionalmente. En caso de solapamiento de becas, el periodo de solapamiento solo se valorará en una de ellas. | 10 |
3.5.1 | De organismos públicos obtenidas por concurso público u homologadas a FPU y FPI. | 2 (por año) |
3.5.2 | Otras becas | 0,3 (por año) |
3.5.3 | Contratos de reincorporación y figuras afines. Este mérito no podrá ser valorado también en el apartado dedicado a los méritos por capacidad docente o profesional. | 2 (por año) |
3.6 | Estancias en Centros de investigación u otras Universidades realizadas con posterioridad a la finalización de los estudios de grado. Estancias iguales o superiores a cuatro semanas en Centros distintos a la universidad de origen. | 8 |
3.6.1 | Centros científicos de relevancia acreditada y reconocido prestigio internacional, sean nacionales o extranjeros | 2 (por año) |
3.6.2 | Otros Centros | 1 (por año) |
3.7 | Patentes Licenciadas | 4 |
3.7.1 | Comercializada | 2 (por patente) |
3.7.2 | No Comercializada | 1 (por patente) |
3.8 | Dirección de trabajos de investigación (defendidos y aprobados) | 3 |
3.8.1 | DEA o Tesina | 0,5 |
3.8.2 | Tesis doctorales | 1,5 |
3.9 | Mérito preferente: Habilitación, acreditación o ser funcionario en el cuerpo docente del área de conocimiento de la plaza convocada | Se multiplicará por dos la puntuación final obtenida en este apartado III del Baremo (excluidos los apartados 3.10 y 3.11). |
3.10 | Mérito preferente: (Ayudante y Ayudante Doctor). Condición de becario con los requisitos establecidos en el epígrafe III de este Anexo (Valoración de los méritos preferentes), apartado 3. - Este mérito es compatible con la valoración del período de beca en el epígrafe 3.5. | 15 |
3.11 | Mérito preferente: (Ayudante Doctor). Estancia en Centros de | 15 |
reconocido prestigio con los requisitos establecidos en el epígrafe III de este Anexo (Valoración de los méritos preferentes), apartado 4. | ||
IV. EXPERIENCIA PROFESIONAL NO DOCENTE | ||
4.1 | Experiencia profesional con interés para la docencia o investigación | 2 (por año) hasta un máximo de 50 puntos |
V. OTROS MÉRITOS | ||
5.1 | Asistencia a Congresos Específicos | 3 |
5.1.1 | Congresos nacionales | 0,10 (por asistencia) |
5.1.2 | Congresos Internacionales | 0,20 (por asistencia) |
5.2 | Organización de Congresos (Comité organizador) | 2 |
5.2.1 | Congresos nacionales | 0,25 (por Congreso) |
5.2.2 | Congresos Internacionales | 0,5 (por Congreso) |
5.3 | Alumno colaborador de un Departamento o Área afín al de la plaza convocada | 0,5 (por año) hasta un máximo de 2. |
5.4 | Becario colaborador de un Departamento o Área afín al de la plaza convocada -Incompatible con los apartados 3.5 y 5.3. | 1 |
5.5 | Becario Erasmus, Intercampus o similares | 0,25 (por cuatrimestre/semestre) hasta un máximo de 2. |
5.6 | Acreditación para figura de Profesor Contratado superior a la que se opta | 1 |
5.7 | Gestión Universitaria | 3 |
5.7.1 | Órganos académicos Unipersonales estatutarios o asimilados | 1 (por año) |
5.7.2 | Dirección SCYTT | 0,75 (por año) |
5.7.3 | Participación en órganos colegiados | 0,5 (por año) |
5.8 | Otros méritos relacionados con el perfil de la plaza | Hasta 1 |
III. VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS PREFERENTES
1 | Poseer la titulación preferente expresada en la convocatoria | El doble de la puntuación obtenida en los apartados 1.1.1 o 1.1.2 con el límite de 20 puntos. |
2 | Estar habilitado o ser funcionario de los cuerpos docentes en el área de conocimiento de la plaza (art. 48.3 XXX). | El doble de la puntuación final obtenida en los apartados de Actividad docente (II) y Actividad investigadora (III). |
3 | Ayudante y Xxxxxxxx Doctor: haber tenido la condición de becario o personal investigador en formación reconocida en convocatorias públicas u homologadas, con una duración mínima de dos años y no haber sido desposeído de la misma por informe desfavorable (art. 64.2 XXX). En el caso en el que se haya culminado con la obtención del grado de Doctor no se requerirá el período mínimo de dos años de disfrute efectivo de la beca. | 15 puntos adicionales en el apartado de Actividad investigadora |
4 | Ayudante Doctor: la estancia del candidato en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad de origen (mínimo de 8 meses en un periodo de 24 meses). Contratado Doctor: la estancia del candidato en universidades o centros | 15 puntos adicionales en el apartado de Actividad investigadora |
de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad de origen (mínimo de 12 meses en un periodo de 24 meses). |
IV. PUNTUACIÓN FINAL
1. Cuando un candidato supere la puntuación máxima prevista para un apartado o subapartado de algunos de los cinco bloques del baremo, se le concederá la puntuación máxima prevista en el apartado o subapartado correspondiente. En estos casos, y a diferencia del supuesto previsto en el apartado siguiente, no se procederá a la normalización de la puntuación obtenida por los restantes candidatos en dichos apartados o subapartados.
2.- A la puntuación total obtenida en cada uno de los bloques se le aplicará la ponderación de la siguiente Tabla, y de la suma de todo ello se obtendrá la puntuación final. Cuando, en alguno de los cinco bloques del baremo un aspirante supere la puntuación máxima, a éste se le concederá el nivel máximo, en tanto que la valoración de los demás concursantes se hará de forma proporcional.
FORMACIÓN | DOCENCIA | INVESTIGACIÓN | PROFESIONAL | OTROS | TOTAL | |
AYUDANTE | 35 | 15 | 35 | 5 | 10 | 100 |
AY. DOCTOR | 30 | 15 | 40 | 5 | 10 | 100 |
CONT. DOCTOR | 15 | 35 | 40 | 5 | 5 | 100 |
CONT. DOCTOR (PERF. INVEST.) | 15 | 25 | 50 | 5 | 5 | 100 |
COLABORADOR | 20 | 35 | 15 | 25 | 5 | 100 |
ASOCIADO | 20 | 20 | 15 | 40 | 5 | 100 |
Tabla 1
3.- La puntuación final obtenida tras la ponderación podrá incrementarse con el porcentaje de hasta el 10% de dicha puntuación final adjudicado por el Departamento.
4.- Si como resultado de la adjudicación de hasta un 10% de la puntuación final por parte del Departamento algún candidato superara los 100 puntos, a este se le concederá la puntuación máxima, en tanto que la valoración de los demás concursantes se hará de forma ponderada.
5.- El valor de la puntuación final se modulará a un máximo de 10 puntos.
ANEXO IV
CURRICULUM VITAE NORMALIZADO
Plazas de Asociados de Ciencias de la Salud (MEDICINA)
1. CURRÍCULUM ACADÉMICO (HASTA 12 puntos)
1.1 Expediente (∑ MH*3)+(∑ Sob*2)+ (∑ Not*1) / Nº total asignaturas (hasta 3 puntos) | |
1.2 Grado de Licenciado con Sobresaliente (1 punto) | |
1.3 Premio extraordinario de Licenciatura (1 punto) | |
1.4 Doctorado. Tesis Doctoral “Apto cum laude” o “Sobresaliente cum laude” (6 puntos) Otra calificación (3 puntos) | |
1.5 Premio Extraordinario del Doctorado (1 punto) |
TOTAL CURRÍCULUM ACADÉMICO =
2. EXPERIENCIA DOCENTE (máximo 32 puntos)
2.1 TIEMPO DE DOCENCIA UNIVERSITARIA (MÁXIMO 15,0 PUNTOS)
2.1.1 Como Profesor Asociado (1,25 puntos /año)
Curso | Universidad | Tipo contrato | Asignatura |
Total de puntos :
2.1.2 Otras categorías de Profesor Universitario no asociado (1 puntos por curso académico)
Curso | Universidad | Tipo contrato | Asignatura |
Total de puntos :
TOTAL PUNTUACION DOCENCIA UNIVERSITARIA :
2.2 CURSOS RECIBIDOS EN LA ESPECIALIDAD DE LA QUE SE TRATE (HOMOLOGADOS POR UNIVERSIDAD/SAS) (0,1 PUNTO/CRÉDITO. HASTA 2 PUNTOS)
Denominación del curso | Año | Institución organizadora | Horas | Puntos |
Total de puntos :
2.3 CURSOS IMPARTIDOS EN LA ESPECIALIDAD DE LA QUE SE TRATE (HOMOLOGADOS POR UNIVERSIDAD/SAS) (0,2 PUNTO/CRÉDITO. HASTA 3 PUNTOS)
Denominación del curso | Año | Institución organizadora | Horas | Puntos |
Total de puntos :
2.4 CURSOS DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA RECIBIDOS (HOMOLOGADOS) (HASTA 2 PUNTOS)
Denominación del curso | Año | Institución organizadora | Horas | Puntos |
Total de puntos :
2.5 DIRECCIÓN DE TESINAS Y TESIS DOCTORALES (HASTA 6 PUNTOS)
2.5.1 Dirección xx Xxxxxx de Licenciatura, calificación Sobresaliente (1.0 PUNTOS) | |
Total de puntos :
2.5.2 Dirección de Tesis Doctoral Calificación Sobresaliente cum laude o Apto cum laude (5.0 PUNTOS); Otra Calificación (3.0 PUNTOS) | |
Total de puntos :
2.6 TUTOR MIR (1 PUNTO/AÑO. HASTA 4 PUNTOS)
AÑOS | Nº AÑOS | Puntos |
TOTAL EXPERIENCIA DOCENTE :
3. EXPERIENCIA ASISTENCIAL (MÁXIMO 32,0 PUNTOS)
3.1 POR TIEMPO TRABAJADO EN LA ESPECIALIDAD
3.1.1 Experiencia en categorías asistenciales iguales o de mayor grado que FEA (1,25 POR AÑO HASTA 25 PUNTOS)
Área clínica | Centro Sanitario | Fecha inicio contrato | Fecha fin contrato | Meses |
Total de puntos :
3.1.2 Experiencia como Jefe de Sección (0,15 PUNTOS/AÑO HASTA 2 PUNTOS)
Área clínica | Centro Sanitario | Fecha inicio contrato | Fecha fin contrato | Meses |
Total de puntos :
3.1.3 Experiencia como Jefe de Servicio (0,25 PUNTOS/AÑO HASTA 3 PUNTOS)
Área clínica | Centro Sanitario | Fecha inicio contrato | Fecha fin contrato | Meses |
Total de puntos :
3.1.4 Otros supuestos (0,25 PUNTOS/AÑO HASTA 2 PUNTOS)
Área clínica | Centro Sanitario | Fecha inicio contrato | Fecha fin contrato | Meses |
Total de puntos : TOTAL EXPERIENCIA ASISTENCIAL :
4. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (HASTA 32 PUNTOS)
4.1 PUBLICACIONES (HASTA 20 PUNTOS)
4.1.1 Libros
4.1.1.1 autor (de 2 a 4 puntos por libro con ISBN)
Titulo de libro | Año | Editorial | ISBN |
Total de puntos :
4.1.1.2 Capítulos (de 0,5 a 1 puntos por capítulo con ISBN)
Titulo de libro / Capítulo | Año | Editorial | ISBN |
Total de puntos :
4.1.2 Artículos
4.1.2.1 Para revistas recogidas en Science Citation Index (1,5 puntos / artículo)
Titulo revista | Titulo Artículo | Año publicación | Páginas |
Total de puntos :
4.1.2.2 Para revistas NO recogidas en el Science Citation Index (0,5 puntos por artículo)
Titulo revista | Titulo Artículo | Año publicación | Páginas |
Total de puntos :
4.1.2.3 Cartas al director nacionales o internacionales según xxxx recogidas o no en Science Citation Index (0,2-0,3 puntos /carta)
Titulo revista | Titulo de la Carta | Año publicación | Páginas |
4.1.3 Comunicaciones a Congresos
4.1.3.1 Congresos Internacionales (0,1 puntos por comunicación)
Total de puntos :
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad /País | Fecha |
Total de puntos :
4.1.3.2 Congresos Nacionales (0,05 puntos por comunicación)
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad | Fecha |
Total de puntos :
4.1.3.2 Congresos Regionales (0,03 puntos por comunicación)
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad | Fecha |
4.1.4 Ponencias a Congresos
4.1.4.1 Congresos Internacionales (1 puntos por ponencia)
Total de puntos :
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad /Pais | Fecha |
Total de puntos :
4.1.4.2 Congresos Nacionales (0,5 puntos por ponencia)
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad /País | Fecha |
Total de puntos :
4.1.4.3 Congresos Regionales (0,3 puntos por ponencia)
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad /País | Fecha |
Total de puntos :
4.2 BECAS, PROYECTOS Y ESTANCIAS (HASTA 8 PUNTOS)
4.2.1 Becario de Investigación en convocatoria pública (1 punto/año, hasta 3 puntos) | |||
Titulo proyecto | Entidad que otorga la Beca | Años | Puntos |
4.2.2 Participación en Proyectos de Investigación (Como Investigador Responsable hasta 5 puntos; Como Investigador Asociado hasta 3 puntos) | |||
Titulo proyecto | Entidad que otorga la Beca | Tipo Participación | Puntos |
4.2.3 Estancias en Centros de Investigación Internacionales (según tipo y duración, hasta 3 puntos); Nacionales (según tipo y duración, hasta 1 punto) | |||
Centro | Tipo estancia | Duración | Puntos |
Total de puntos :
4.3 PATENTES (HASTA 4 PUNTOS): Total de puntos :
TOTAL EXPERIENCIA INVESTIGADORA :
5. EVALUACION DOCENTE
PUNTUACION TOTAL
1 CURRICULUM ACADÉMICO (hasta 12 puntos): 2 EXPERIENCIA DOCENTE (hasta 32 puntos) :
3 EXPERIENCIA ASISTENCIAL (hasta 32 puntos):
4 EXPERIENCIA INVESTIGADORA (hasta 32 puntos):
BAREMO PARA LA CONTRATACION DE PROFESORES ASOCIADOS DE CIENCIAS DE LA SALUD (MEDICINA)
1. CURRICULUM ACADEMICO ................................................................ Hasta 12 puntos...
1.1 Expediente [(∑ MH*3)+(∑ Sob*2)+ (∑ Not*1)] / Nº total asignaturas.........Hasta 3 puntos........
1.2 Grado de licenciado con sobresaliente .........................................................1 punto ...................
1.3 Premio extraordinario de Licenciatura .........................................................1 punto ...................
1.4 Doctorado
Tesis “Apto cum laude” o sobresaliente “cum laude” ......................................................6 puntos ..........................
Otra calificación.................................................................................................................3 puntos ..........................
1.5 Premio Extraordinario del Doctorado...........................................................1 punto ...................
2. EXPERIENCIA DOCENTE .......................................................................Hasta 32 puntos....
2.1 Tiempo de Docencia Universitaria ...............................................................Hasta 15 puntos......
2.1.1 Como Profesor Asociado 1,25 puntos/año
2.1.2 Otras categorías de Profesor Universitario 1 punto/año
2.2 Cursos recibidos en la Especialidad de la que se trate
(Homologados Universidad / SAS) .............. 0,1 punto/crédito ..........Hasta 2 puntos........
2.3 Cursos impartidos en la Especialidad de la que se trate
(Homologados Universidad / SAS) ............... 0,2 puntos/crédito ........Hasta 3 puntos........
2.4 Cursos de Formación Pedagógica recibidos
(Homologados) ............................................. ......................................Hasta 2 puntos........
2.5 Dirección de Tesinas y Tesis Doctorales .............. ......................................Hasta 6 puntos........
2.5.1 Dirección Tesina Licenciatura, calificada “Sobresaliente” 1,0 puntos
2.5.2 Dirección de Tesis Doctoral Sobresaliente “cum laude”/“Apto cum laude” 5,0 puntos
Otra calificación 3,0 puntos
2.6 Tutor MIR ............................................................. 1,0 punto / año .............Hasta 4 puntos........
3. EXPERIENCIA ASISTENCIAL ......................... ......................................Hasta 32 puntos....
3.1 Por tiempo de trabajo en la especialidad
3.1.1 En categorías asistenciales iguales o
De mayor grado que FEA.............................. 1,25 puntos/año.............Hasta 25 puntos......
3.1.2 Experiencia como Jefe de Sección ....... 0,15 puntos/año.............Hasta 2 puntos........
3.1.3 Experiencia como Jefe de Servicio....... 0,25 puntos/año.............Hasta 3 puntos........
3.1.4 Otros supuestos .................................... 0,25 puntos/año.............Hasta 2 puntos........
4. EXPERIENCIA INVESTIGADORA .................. ......................................Hasta 32 puntos....
4.1 Publicaciones......................................................... ......................................Hasta 20 puntos......
4.1.1 libros con ISBN
4.1.1.1 Autor ..2-4 puntos/libro
4.1.1.2 Capítulos 0,5-1 puntos/capitulo
4.1.2 Artículos
4.1.2.1 Recogidos en Science Citation Index: 1,5 puntos/artículo
4.1.2.2 No recogidos Science Citation Ind. 0,5 puntos/artículo
4.1.2.3 Cartas al Director según xxxx recogidas
o no en el Science Citation Index 0,2-0,3 puntos/carta
4.1.3 Comunicaciones a Congresos
4.1.3.1 Congresos Internacionales 0,1 punto/comunicación
4.1.3.2 Congresos Nacionales 0,05 puntos/comunicación
4.1.3.3 Congresos Regionales 0,03 puntos/comunicación
4.1.4 Ponencias a Congresos
4.1.4.1 Congresos Internacionales 1 punto/comunicación
4.1.4.2 Congresos Nacionales 0,5 puntos/comunicación
4.1.4.3 Congresos Regionales 0,3 puntos/comunicación
4.2 Becas, Proyectos y Estancias................................. ......................................Hasta 8 puntos........
4.2.1 Becario en Investigación en convocatoria pública..1 punto/año, hasta 3 puntos
4.2.2 Participación en Proyectos de Investigación
4.2.2.1 Como Investigador Responsable Hasta 5 puntos
4.2.2.2 Como Investigador Asociado Hasta 3 puntos
4.2.3 Estancias en Centros de Investigación
4.2.3.1 Internacionales (según tipo y duración): Hasta 3 puntos
4.2.3.2 Nacionales (según tipo y duración) Hasta 1 punto
4.3 Patentes.................................................................. ......................................Hasta 4 puntos........
5. EVALUACION DOCENTE (se valorará como positiva o negativa)
Transitoriamente y hasta disponer del método adecuado para la evaluación de la docencia clínica, la comisión de contratación podrá proponer la no contratación ante la existencia de un informe negativo, motivado y razonado del Consejo de Departamento.
CURRICULUM VITAE NORMALIZADO
Plazas de Asociados de Ciencias de la Salud (Áreas de Enfermería y Fisioterapia)
1. Currículum Académico (máximo 10 puntos)
1.1 Expediente (máximo 3 puntos)
Nº de Matriculas de Honor: | x 3 = puntos | |
Nº de Sobresalientes: | x 2,5 = puntos | |
Nº de Notables: | x 1,5 = puntos | |
Nº de Aprobados: | x 1 = puntos | |
Total de asignaturas: | Total de puntos = | puntos |
Expediente = Nº total de puntos / Nº total de asignaturas =
1.2 Cursos recibidos (0,1 punto por crédito de 10 horas) (máximo 3 puntos)
Denominación del curso | Año | Institución organizadora | Horas | Puntos |
Total de puntos :
1.3 Título de Enfermero / Fisioterapeuta Especialista Oficial (máximo 2 puntos)
Denominación del Titulo | Año Inicio | Fin | Universidad |
Total de puntos :
1.4 Otros títulos (máximo 2 puntos)
Denominación del Titulo | Cred. | Año Inicio | Fin | Institución que lo otorga |
Total de puntos :
2. Experiencia Docente (máximo 33,0 puntos)
2.1 Docencia Universitaria (máximo 24,0 puntos)
2.1.1 Como profesor contratado por la Universidad (3 puntos por curso académico)
Curso | Universidad | Tipo contrato | Asignatura | Área asistencial (contrato de Asociado de Ciencias de la Salud o prácticas clínicas) |
Total de puntos :
2.1.2 Como profesor con “Venia Docendi” (2 puntos por curso académico)
Curso | Universidad | Asignatura | Área asistencial (contrato de Asociado de Ciencias de la Salud o prácticas clínicas) |
Total de puntos :
2.2 Memoria o Proyecto Docente para la plaza que se opta (máximo 1,5 puntos) Si No Total de puntos :
2.3 Cursos de formación pedagógica recibidos (máximo 1,5 puntos)
Denominación del curso | Año | Institución organizadora | Horas | Puntos |
Total de puntos :
2.4 Cursos dirigidos o coordinados o impartidos (homologados por Universidad / SAS) (máximo 6 puntos)
Denominación del curso / Actividad | Año | Institución organizadora | Horas | Puntos |
Total de puntos :
3. Experiencia asistencial (máximo 35,0 puntos)
3.1 Experiencia en puestos de trabajo en el área clínica / asistencial de la plaza (2 puntos por año trabajado. Máximo de 24 puntos)
Área clínica | Hospital / Centro de Salud / C. Sanitario | Fecha inicio contrato | Fecha fin contrato | Meses |
Total de puntos :
3.2 Experiencia en puestos de trabajo en el área clínica / asistencial diferentes a la plaza que se opta
(1 punto por año trabajado. Máximo 5 puntos)
Área clínica | Hospital / Centro de Salud / C. Sanitario | Fecha inicio contrato | Fecha fin contrato | Meses |
Total de puntos :
3.3 Experiencia en puestos de gestión sanitaria (1 punto por año trabajado. Máximo 5 puntos)
Área clínica | Hospital / Centro de Salud / C. Sanitario | Fecha inicio contrato | Fecha fin contrato | Meses |
Total de puntos :
4. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (MÁXIMO 22,0 PUNTOS)
4.1 Publicaciones (máximo de 17,0 puntos)
4.1.1 Libros
4.1.1.1 autor (de 2 a 4 puntos por libro con ISBN)
Titulo de libro | Año | Editorial | ISBN |
Total de puntos :
4.1.1.2 Capítulos (de 0,5 a 2 puntos por capítulo con ISBN)
Titulo de libro / Capítulo | Año | Editorial | ISBN |
Total de puntos :
4.1.2 Artículos
4.1.2.1 Para revistas recogidas en el Journal Citation Report (1,5 puntos por artículo)
Titulo revista | Titulo Artículo | Mes/año publicación | Páginas |
Total de puntos :
4.1.2.2 Para revistas NO recogidas en el Journal Citation Report (1 puntos por artículo)
Titulo revista | Titulo Artículo | Mes/año | Páginas |
publicación | |||
Total de puntos :
4.1.2.3 Cartas al director recogidas en el Journal Citation Report (0,2 puntos por artículo)
Titulo revista | Titulo de la Carta | Mes/año publicación | Páginas |
Total de puntos :
4.1.2.4 Cartas al director NO recogidas en el Journal Citation Report (0,1 puntos por artículo)
Titulo revista | Titulo de la Carta | Mes/año publicación | Páginas |
4.1.3 Comunicaciones a Congresos
4.1.3.1 Congresos Internacionales (0,5 puntos por comunicación)
Total de puntos :
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad /Pais | Fecha |
Total de puntos :
4.1.3.2 Congresos Nacionales y Regionales (0,25 puntos por comunicación)
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad /País | Fecha |
4.1.4 Ponencias a Congresos
4.1.4.1 Congresos Internacionales (1 puntos por ponencia)
Total de puntos :
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad/País | Fecha |
Total de puntos :
4.1.3.2 Congresos Nacionales y Regionales (0,5 puntos por ponencia)
Titulo | Denominación del Congreso | Ciudad | Fecha |
Total de puntos :
4.2 Becas de Investigación y participación en Proyectos de Investigación (convocatoria pública) (máximo 5 puntos)
Titulo proyecto | Entidad que otorga la Beca | Participación (investigador principal o colaborador) | Año |
Total de puntos :
Otros Méritos:
PUNTUACION TOTAL APARTADO 1:
APARTADO 2:
APARTADO 3:
APARTADO 4: TOTAL :
BAREMO PARA LA CONTRATACION DE PROFESORES ASOCIADOS DE CIENCIAS DE LA SALUD
(Áreas de Enfermería y Fisioterapia)
1. CURRICULUM ACADEMICO Hasta 10,0 puntos
1.1 Expediente [(∑ MH*3)+(∑ S*2,5)+(∑ N*1,5)+(∑ A*1)] / Nº total Asig. .....Hasta 3 puntos........
1.2 Cursos recibidos (0,1 punto por crédito de 10 horas) ...................................Hasta 2 puntos........
1.3 Titulo de Especialista Oficial .......................................................................Hasta 2 puntos........
1.4 Otros Títulos.................................................................................................Hasta 2 puntos........
2. EXPERIENCIA DOCENTE Hasta 33,0 puntos.
2.1 Docencia Universitaria .................................................................................Hasta 24 puntos......
2.1.1 Como Profesor contratado por la Universidad: 3 puntos/curso
2.1.2 Como Profesor con “Venia Docendi”: 2 puntos/curso
2.2 Memoria o Proyecto Docente para la plaza que se opta Hasta 1,5 puntos
2.3 Cursos de Formación Pedagógica recibidos (Homologados) ......................Hasta 1,5 puntos.....
2.4 Cursos dirigidos o coordinados o impartidos (Homologados Universidad / SAS)..Hasta 6,0 puntos.....
3. EXPERIENCIA ASISTENCIAL Hasta 35,0 puntos .
3.1 Experiencia en puestos de trabajo en
el área clínica de la plaza (2 puntos/año)....... ......................................Hasta 24,0 puntos...
3.2 Experiencia en puestos de trabajo en otras
áreas clínica (1 punto/año) ............................ ......................................Hasta 5,0 puntos...
3.1 Experiencia en puestos de gestión (1 punto/año) ...........................Hasta 6,0 puntos...
4. EXPERIENCIA INVESTIGADORA .................. ......................................Hasta 22 puntos....
4.1 Publicaciones......................................................... ......................................Hasta 17 puntos......
4.1.1 libros con ISBN
4.1.1.1 Autor............................................... 2-4 puntos/libro
4.1.1.2 Capítulos 0,5-2 puntos/capitulo
4.1.2 Artículos
4.1.2.1 Recogidos en Journal Citation Report: 1,5 puntos/artículo
4.1.2.2 No recogidos Journal Citation Report: 1 puntos/artículo
4.1.2.3 Cartas al Director en revistas recogidas
en el Journal Citation Report 0,2 puntos/carta
4.1.2.4 Cartas al Director en revistas NO recogidas
en el Journal Citation Report 0,1 puntos/carta
4.1.3 Comunicaciones a Congresos
4.1.3.1 Congresos Internacionales 0,5 punto/comunicación
4.1.3.2 Congresos Nacionales y Regionales: 0,25 puntos/comunicación
4.1.4 Ponencias a Congresos
4.1.3.1 Congresos Internacionales 1 punto/comunicación
4.1.3.2 Congresos Nacionales y Regionales: 0,5 puntos/comunicación
4.2 Becas de Investigación y participación en
Proyectos de Investigación (convocatoria pública) ..... ......................................Hasta 5 puntos........
5. EVALUACION UCA
Transitoriamente y hasta disponer del método adecuado para la evaluación de la docencia clínica, la comisión de contratación podrá proponer la no contratación ante la existencia de un informe negativo, motivado y razonado del Consejo de Departamento.