BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS PERSONAS A CONTRATAR DENTRO DE LOS CONTRATOS DE
BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS PERSONAS A CONTRATAR DENTRO DE LOS CONTRATOS DE
TRABAJO EN PRÁCTICAS 2015-2016
1-.OBJETO
Es objeto de las presentes bases es regular el proceso de selección para la contratación, bajo la modalidad de “contrato de trabajo en prácticas”, durante un año a jornada completa de personas desempleadas por parte de este Ayuntamiento así como la creación de una bolsa de empleo, de acuerdo con la Resolución del 24 xx xxxxx de 2015 (BOPA 06/07/2015) de la Consejería de Economía y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx para la celebración de contratos de trabajo en practicas y la Resolución del 25 xx xxxxx de 2015 (BOPA 06/07/2015) del Servicio Público de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria 2015/2016 de concesión de subvenciones a los Ayuntamientos xx Xxxxxxxx y la Resolución del SEPEPA de 2 de octubre de 2015 de concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: contratos de trabajo en practicas.
La bolsa de empleo estará constituida por aquellas personas que, que, habiendo superado la fase de concurso-oposición, no hayan obtenido suficiente puntuación para acceder al puesto de trabajo, quedando en lista por orden de puntuación para los casos en que se produzcan vacantes o bajas de los trabajadores contratados.
Puesto de trabajo ofertado:
Ocupación | Nº de puestos |
Atención de instalaciones turísticas y culturales | 1 |
Las funciones de la persona contratada, bajo supervisión municipal, serán las siguientes:
Catalogación de ejemplares existentes en la Biblioteca Municipal a la nueva nomenclatura de bibliotecas e introducción en la base de datos de bibliotecas xx Xxxxxxxx mediante la aplicación absysNET.
Clasificación en estanterías de ejemplares de la Biblioteca.
Proporcionar información turística sobre el municipio y comarca a los visitantes
Gestión del Museo Etnológico de Pesoz: Emisión de entradas y control de visitantes mediante el programa Gesauro, verificación y control de piezas, visitas guiadas, emisión de informes mensuales, etc.
Mantenimiento de las instalaciones del Museo del Vino y Biblioteca.
2- PUBLICIDAD DEL PROCESO
A efectos de su difusión a través de TRABAJASTUR, cada Entidad Local remitirá la oferta de empleo a la Oficina del Servicio Público de Empleo de la que dependa, al objeto de su publicación.
Las convocatorias para la presentación de solicitudes así como las listas provisionales y definitivas de personas candidatas deberán ser publicadas en la web del Ayuntamiento y en los correspondientes tablones de anuncios de cada Ayuntamiento.
3.- DESTINATARIOS
Los contratos de trabajo en prácticas irán destinados a jóvenes desempleados inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
4. REQUISITOS GENERALES
− Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público( articulo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social “ que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública.
− Los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente.
− Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente.
− Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
− No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
− Estar en posesión de la titulación equivalente o superior a la exigida en la convocatoria.
5.- REQUISITOS ESPECÍFICOS
Los jóvenes desempleados contratados en prácticas, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato en prácticas según la normativa vigente, a fecha de inicio del contrato subvencionado deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
2. No haber trabajado en los últimos 30 días naturales anteriores.
3. No haber sido parte de un contrato indefinido dentro de los seis meses inmediatamente anteriores.
4. Estar inscritos como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx.
5. Que estén en posesión del título universitario de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 xx xxxxx, de las cualificaciones y de la formación profesional, que habiliten para el ejercicio profesional. En este caso será necesario estar en posesión de Grado en Historia, Grado en Turismo, Grado en Geografía y Ordenación del Territorio, Técnico Superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas, Técnico Superior en Información y Comercialización Turística, Técnico Superior en Animación Turística o Certificado de profesionalidad Promoción Turistica Local e Información al Visitante.
6. Para los trabajadores con discapacidad, tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o
gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con el Ayuntamiento beneficiario formalizada al amparo de los siguientes programas de subvenciones:
• Convocatoria 2013 de concesión de subvenciones con destino a Entidades Locales del Principado xx Xxxxxxxx en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx línea 3: Apoyo a la contratación laboral de jóvenes participantes en programas de Prácticas no laborales con compromiso de contratación (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 22 xx xxxx de 2013, BOPA 27/05/2013).
• Convocatoria 2014 de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx para las prácticas no laborales con compromiso de contratación de jóvenes desempleados (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de octubre de 2014, BOPA de 27 de octubre).
6.-LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR LAS SOLICITUD
La solicitud, en modelo normalizado, de acuerdo con el ANEXO III que se adjunta a este documento, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, Plaza del Ayuntamiento nº 1 33735 Pesoz, acompañada de la documentación que se señala en el presente apartado, pudiendo presentarse asimismo por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación será xx xxxx días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, prorrogándose al siguiente día hábil en caso de recaer en sábado.
Si la solicitud se presenta por registro distinto al del Ayuntamiento de Pesoz, será requisito imprescindible para la admisión de la misma informar a este Ayuntamiento de su remisión mediante e-mail a la dirección xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx debiendo adjuntar al mismo la solicitud junto con toda la documentación señalada y el justificante de haberlo presentado por otro registro (documento de solicitud con sello administrativo), con anterioridad a la finalización del plazo de presentación.
Se deberá acompañar de la documentación que se señala seguidamente:
1. Original y copia del DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor.
2. Original y copia de la titulación requerida para las diferentes plazas.
3. Volante o certificado de empadronamiento salvo que se hubiese dado autorización previa en favor del Ayuntamiento en el momento de la solicitud, para la consulta datos xxx Xxxxxx Municipal de Habitantes, en caso de alegar dicho mérito.
4. Original y copia, en su caso, de la acreditación que acredite una situación de violencia de género:
a. Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
b. Orden de protección dictada a favor de la víctima.
No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán, excepcionalmente, acreditar esta situación con un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que
la demandante es víctima de violencia de género hasta en tanto se dicte la orden de protección.
Al efecto, tanto la resolución judicial como la orden de protección tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igualmente el informe de acreditación, habrá de ser realizado dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
5. Fotocopia compulsada, en su caso, del certificado acreditativo de la discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
6. En su caso, autorización según Xxxxx XX.
7.-ÓRGANO DE SELECCIÓN
A los efectos de facilitar la selección de los/as trabajadores/as, se constituirá una Comisión de Selección de Contratación en el Ayuntamiento, formada de la siguiente manera:
• Presidente: El/La titular de la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Pesoz.
• Vocales:
Cuatro designados por el órgano competente entre empleados públicos y que, al menos uno, trabaje en el área objeto de la contratación, de los cuales dos se nombrarán previa consulta y oídos los sindicatos firmantes del presente Convenio.
• Secretario: Técnico CDTL Pesoz.
Los miembros de la Comisión de Selección de Contratación podrán contar con la presencia de asesores, con voz pero sin voto, en las reuniones que se celebren.
Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los titulares.
El órgano de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
La pertenencia a dicho órgano de selección será siempre a título individual no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
8.-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR A LA FIRMA DEL CONTRATO
1. Certificación de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
2. Informe de vida laboral actualizado a fecha de formalización del contrato salvo que se hubiese dado autorización previa en favor del Ayuntamiento en el momento de la solicitud para la obtención de la vida laboral del solicitante en la Tesorería General de la Seguridad Social.
3. Autorización de la persona contratada a la Administración del Principado xx Xxxxxxxx para que pueda consulta ante la Tesorería General de la Seguridad Social el informe de vida laboral de la persona contratada, así como la acreditación del carácter subvencionado de su contrato (según Xxxxx X).
4. Informe de periodos de inscripción en desempleo.
5. Copia de la tarjeta de demanda de empleo.
6. Declaración responsable Anexos I y II
9.- ADMISIÓN Y EXCLUSIÓN DE ASPIRANTES
Se entenderán admitidos al proceso selectivo aquellos aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases cuarta y sexta.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará una lista de personas inscritas, con indicación del Numero de Documento Nacional de Identidad y, en su caso, del motivo de la exclusión.
El plazo de subsanación, si ésta fuera posible, será de tres días hábiles. En ningún caso se podrá subsanar la omisión de méritos que aunque se aleguen en la instancia no se acompañen a la misma. Transcurrido ese plazo sin efectuarla, se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición.
Finalizado el plazo de subsanación se publicará la lista de las personas admitidas para la realización de la prueba o pruebas indicándose el día, hora y lugar de celebración de la misma.
10.- SISTEMA DE ACCESO
El sistema de acceso, para participar en los procesos de selección como personal laboral temporal para cubrir las plazas de los contratos en prácticas, será el de concurso-oposición, con la utilización de un baremo, una vez superada/s la/s prueba o pruebas selectivas, que atenderá a la situación personal del aspirante.
Los aspirantes realizarán una o varias pruebas de carácter eliminatorio, orales o escritas, relacionadas con las funciones y ocupación a desarrollar.
Se considerará el/la candidato/a que obtenga, al menos, un 50 % de la puntuación de cada una de las pruebas como apto/a asignándosele la puntuación correspondiente. La puntuación máxima de esta prueba es de 10 puntos. No obstante, el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos o estos sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección.
Tras la realización de la prueba o pruebas, se publicará la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por cada candidato, otorgándose un plazo para efectuar alegaciones no superior a tres días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación.
A aquellos aspirantes que hayan superado la prueba o pruebas selectivas, siempre que se encuentren en alguna de las circunstancias descritas a continuación, se les realizará una valoración de su situación personal, sin que esta pueda exceder del 50 por 100 de la puntuación máxima que pudiera ser obtenida en la fase de oposición.
Para la valoración de dicha situación personal se tendrán en cuenta los siguientes criterios, siguiendo este orden de prelación:
1. Personas con discapacidad: 1,5 puntos
2. Mujeres víctimas de violencia de género: 1 punto
3. Estar empadronado en el municipio con al menos tres meses de antigüedad a la fecha de presentación de la solicitud: 0,50 puntos.
Ninguno de estos criterios, individualmente, podrá superar el 50% de la puntuación total de esta fase. En el caso del empadronamiento, la valoración no podrá superar el 25% de la puntuación total del concurso – oposición.
El hecho de presentar la Solicitud, e incluso de superar las pruebas, no creará derecho alguno al/la aspirante seleccionado en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada.
En el que caso de que se produzca un empate entre varios/as aspirantes, tendrá preferencia, por este orden:
1º.-Quien lleve mayor tiempo en situación de desempleo. 2º.-Por sorteo, efectuado en presencia de los/as aspirantes.
11.- RECLAMACIONES
Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección.
12.- CONTRATACIÓN
Finalizadas las pruebas selectivas, se formulará propuesta al órgano que corresponda para la contratación del/los aspirante/s que haya/n obtenido mayor puntuación en el conjunto del proceso selectivo publicándose la relación de personas en el tablón de anuncios y en la web municipal, incluyendo el día, hora y lugar en el que los aspirantes deberán aportar la documentación para formalización del contrato así como cualquier otra incidencia que, desde el ámbito municipal, se considere conveniente recoger.
A continuación, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos y las circunstancias personales acreditadas mediante aportación de la documentación especificada en el apartado 8, se formalizará el contrato de trabajo temporal, bajo la modalidad de contrato de trabajo en prácticas resultando de aplicación el Convenio Colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del AEPA.
Con el resto de aspirantes que hayan superado las pruebas se constituirá una bolsa de empleo que no crea derecho alguno a favor del candidato propuesto, salvo la de su llamamiento, en su caso, por el orden establecido.
En caso de que el candidato propuesto incurra en alguna de las causas que impidan su contratación, por incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases, no podrá ser contratado, procediéndose a contratar al siguiente aspirante en la bolsa de empleo, dejando constancia en el expediente.
13.- SUSTITUCIONES
En el caso de que un trabajador seleccionado causara baja, la elección del sustituto recaerá sobre el siguiente aspirante de la bolsa de empleo constituida tras cada proceso de selección inicial siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
En el supuesto de que ésta se hubiera agotado, este ayuntamiento realizaría un nuevo proceso selectivo.
14.- RECURSOS
La Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados. Asimismo podrán ser objeto de impugnación, las resoluciones y los actos de trámite, si estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los interesados podrán interponer, ante el órgano competente de la Entidad Local, los recursos de alzada y potestativo de revisión que cabría fundar en cualquiera de los motivos de nulidad a anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
15.- COFINANCIACIÓN
“Las contrataciones realizadas al amparo de las presentes bases reguladoras son objeto de cofinanciación por el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx y por la Iniciativa de Empleo Juvenil (100%) y el Fondo Social Europeo (85%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014ES05M9OP001)”.
D. /Dña. trabajador/ a del Ayuntamiento de
y en relación con la subvención con destino a la celebración de Contratos en prácticas 2015-2016,
AUTORIZA a la Administración del Principado xx Xxxxxxxx para que recabe a través de la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas o a través de otros sistemas que se establezcan, la consulta de la vida laboral del trabajador a la Tesorería General de la Seguridad Social.
DECLARA RESPONSABLEMENTE que:
- Conoce que su contrato esta cofinanciado por el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx y por la Iniciativa de Empleo Juvenil (100%) y el Fondo Social Europeo (85%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014ES05M9OP001).
- Asume el compromiso de facilitar la información precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013.
En , a de
de 201 Fdo.: (trabajador/a)
D. /Dña. trabajador/a del Ayuntamiento de
y en
relación con la subvención con destino a la celebración de Contratos en prácticas 2015-2016
DECLARA RESPONSABLEMENTE que cumple todos los requisitos exigidos por la normativa aplicable a la convocatoria 2015-2016 de concesión de subvenciones a los ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx en la línea de actuación de los contratos en prácticas.
Que no padece enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo,
Que no ha sido separado mediante expediente administrativo disciplinario del servicio de las administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
En , a de de 201
Fdo.: (trabajador/a)
ANEXO III SOLICITUD
AYUNTAMIENTO DE PESOZ
CONTRATO DE TRABAJO EN PRACTICAS 2015-2016
SOLICITANTE:
Apellidos y nombre: | D.N.I. | Edad |
Fecha de nacimiento: | Domicilio: | Teléfono: |
Mujer víctima de violencia: Si No | Empadronamiento en Pesoz: Si No | Discapacidad: Si …. % No |
EXPONE que conoce y comprende en su totalidad las bases que regulan el proceso selectivo para la contratación de trabajador en practicas 2015- 2016, y SOLICITA, ser admitido en el proceso selectivo como aspirante a la plaza para atención de instalaciones turísticas y culturales.
En Pesoz a ……… de ……………………. de ………
Firma (El interesado/a)
Fdo.: ………………………………………….
DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD (marcar con una xxxx)
□ Fotocopia compulsada de DNI/NIF., pasaporte o permiso de residencia en vigor.
□ Copia compulsada de titulación
□ Declaración responsable
□ Certificación o volante de empadronamiento o autorización al Ayuntamiento para su solicitud, en caso de alegar dicho mérito.
□ Acreditación situaciones especiales (certificado de minusvalía, acreditación de ser víctima de violencia de género, etc.)
Asimismo DECLARA (marcar con una xxxx):
□ Que no padece ninguna enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo que solicita.
□ Que no está incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las administraciones públicas, ni se encuentra inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme
□ Que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y que autoriza al Ayuntamiento de Pesoz a realizar la consulta de cuantos datos de carácter personal, laboral o económicos obren en bases de datos propias o de cualquier otro Organismo o Administración Pública con el fin de realizar las actuaciones de constatación o comprobación que fueran necesarias dentro del ámbito de interés de la acción subvencionada en el periodo 2015-2016.
□ Que no ha tenido una relación laboral con el Ayuntamiento de Pesoz subvencionada al amparo de los programas que señala la Base Quinta y autoriza al Ayuntamiento de Pesoz a comprobar dichos extremos.
En Pesoz a ……… de ……………………. de ………
Firma (El/La interesado/a)
Fdo.: ………………………………………….
ANEXO IV
D./Xx , mayor de edad, con D.N.I. nº
AUTORIZA al Ayuntamiento de Pesoz para que recabe, cuando y cuantas veces sean necesarias en el marco de contratación en practicas 2015-2016, a través de la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas o a través de otros sistemas que se puedan establecer la consulta de los siguientes datos:
□ La vida laboral mediante el correspondiente Informe de vida laboral por la Tesorería de la Seguridad Social.
□ Empadronamiento mediante la correspondiente certificación o volante de empadronamiento.
En Pesoz a de de
Fdo.: