fiduciario, con vigencia no superior a treinta
fiduciario, con vigencia no superior a treinta
(30) días calendario, en el cual se señale que el objeto del contrato permite la realización de operaciones de libranza o descuento directo. Adicionalmente se deberá identificar el contrato xx xxxxxxx mercantil, número de contrato , nombre del patrimonio autónomo y el NIT.
• Certificado de existencia y representación legal de la Superintendencia Financiera de la sociedad fiduciaria, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario.
RADICACIÓN
La respuesta a su solicitud se le dará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo del correo electrónico que confirma la radicación de su petición.
Una vez asignado el código único de reconocimiento a nivel nacional, este será publicado en la página web: www. xxxx.xxx.xx
SEÑOR EMPRESARIO, RECUERDE:
EL Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (RUNEOL) tiene como objeto dar publicidad a las entidades operadoras de libranza o de descuento directo que cumplan con los requisitos para la inscripción establecidas en la ley, y a las cuales se les haya asignado el código único de reconocimiento a nivel nacional.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Las sociedades comerciales, las asociaciones mutuales, las cooperativas y los Institutos de Fomento y Desarrollo Regional (INFIS), deberán contemplar explícitamente en su objeto social “la realización de operaciones de libranza, el origen lícito de los recursos”, De conformidad con lo establecido con el literal c) del artículo 2 de la Ley 1527 de 2012. (numeral 6° del
artículo 2.2.2.49.2.13 del Decreto 1840 de 2015).
En caso de duda en el manejo de la herramienta o en el diligenciamiento del formulario electrónico consulte la guía de usuario que encontrará en la plataforma:
De conformidad con el Artículo 2.2.2.49.2.15 del Decreto 1840 de 2015, no se expide ningún tipo de certificación sobre la inscripción en el RUNEOL.
Consulte las preguntas frecuentes sobre el RUNEOL en la página web: xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxx/
Mayores informes
Teléfono: (000) 000 0000 – xxx.xxx.xxx.xx
“Este documento contiene información de carácter general sobre algunos aspectos legales aplicables a la inscripción en el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza”
Fecha de publicación: febrero de 2018
GUÍA PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO NACIONAL DE ENTIDADES OPERADORAS DE LIBRANZA (RUNEOL)
¡RECUERDE QUE NO NECESITA INTERMEDIARIOS¡
ENTIDAD OPERADORA:
PUEDE SOLICITAR SU ANOTACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO NACIONAL DE ENTIDADES OPERADORAS DE LIBRANZA EN CUALQUIER MOMENTO
“¿Está seguro de que ya realizó el pago?”
2. Para que pueda continuar con el proceso, el sistema le solicitará una validación a través del correo electrónico diligenciado en ese campo y le enviará un código de seguridad al mismo.
INGRESO
En el portal: xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxx/
a. Seleccionar la opción
b. El sistema le solicitará la siguiente información: Departamento y Ciudad. Estos datos deben corresponder al domicilio principal de la entidad operadora.
c. Luego seleccione la opción:
RECUERDE: Antes de iniciar el registro, podrá efectuar en cualquiera de nuestras sedes o puntos de atención de la Cámara de Comercio de Bogotá el pago correspondiente.
d. Si ya efectuó el pago, haga click nuevamente en la opción
e. El sistema le preguntará lo siguiente:
DILIGENCIAMIENTO
1. El sistema le mostrará los campos del formulario electrónico dispuesto para el efecto
RECUERDE: Deberá diligenciar en su totalidad los campos y los datos mínimos solicitados:
• Organización jurídica
• Tipo de persona jurídica
• Clase de identificación
• Número de Identificación (NIT)
• Razón Social
• Domicilio principal
• Direcciones
• Teléfonos
• Correos electrónicos
• Nombre de Representante Legal, tipo y número de identificación
• Entidad que ejerce vigilancia y control sobre la entidad
Tenga en cuenta que los datos contenidos en el formulario electrónico deben coincidir con los inscritos en el Registro Mercantil o de las Entidades Sin Ánimo de Lucro, para aquellas registradas en la Cámara de Comercio de Bogotá.
Ingrese el código que recibió en su cuenta de correo electrónico en la casilla correspondiente.
3. Adjunte copia digitalizada en PDF de los documentos soportes, según corresponda (Decreto 1840 de 2015 artículos 2.2.2.49.2.6, 2.2.2.49.2.7 y 2.2.2.49.2.8
PERSONAS JURÍDICAS:
• Comprobante de pago por concepto de inscripción
• Copia digital del certificado de vigencia del contrato con bancos de datos de información, financiera, crediticia y de servicios, donde se acredite la obligación de reportar la información a dichas entidades.
• Certificado de Existencia y Representación legal o documento equivalente, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario para las entidades operadoras de libranza, que por su naturaleza jurídica o régimen especial, no se registran en la Cámara de Comercio de Bogotá.
• Certificado de existencia y representación legal de la Superintendencia Financiera, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario, para aquellas entidades que se encuentren sometidas a vigilancia por parte de la Superintendencia.
PATRIMONIOS AUTÓNOMOS:
• Certificación del Patrimonio autónomo expedido por el administrador