Reporte al Asegurador - Garante, Novedades del contrato.
Área responsable: Dirección Seguros
Importante para Supervisores e Interventores
Reporte al Asegurador - Garante, Novedades del contrato.
En el Seguro de Cumplimiento, el Asegurador obra como garante del Contratista, pero realmente se aseguran los perjuicios que cualquier incumplimiento de las obligaciones por parte del contratista pueda causar a la EAAB.
Por ello, es obligación del supervisor del contrato reportar al Asegurador toda novedad que se presente durante la ejecución del contrato, inclusive los incrementos o adiciones del valor del contrato o las prórrogas pactadas, pues la Garantía es un contrato accesorio y permanecerá vigente, siempre y cuando el asegurador acepte cubrir dichas novedades. El Asegurador - Xxxxxxx debe ser informado dentro de los tres (3) días a la fecha en que se tuvo conocimiento del hecho que amenace la ejecución en debida forma o de las adiciones o prorrogas.
Algunos contratos, también requieren la suscripción de un Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual y este se comporta de manera similar a la Garantía de Cumplimiento; por lo cual, el Asegurador debe ser notificado de la adición y/o prórroga del contrato y adicionalmente, de cualquier daño o perjuicio ocasionado por el contratista durante la fase de ejecución contractual a terceros o a la EAAB.