Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL LOS SERVICIOS DE DESARROLLO DE TRABAJOS DE DISEÑO GRÁFICO PARA EL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX Y EN ESPECIAL PARA LAS ÁREAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN.
1. ANTECEDENTES, OBJETO, RÉGIMEN JURÍDICO Y PUBLICIDAD, RELACIONES ELÉCTRÓNICAS CON EL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
1.1.- Antecedentes.
El «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» (en adelante, ITREM), es un organismo público con naturaleza jurídica de entidad pública empresarial, que se encuentra adscrito a la Consejería de Turismo y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto del Presidente nº2/2018, de 00 xx xxxxx, xx xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (XXXX xx 91 de 21 xx xxxxx); que fue constituido por el capítulo IV del libro III de la «Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional» de la Asamblea Regional xx Xxxxxx; y que tiene como fines generales la ordenación, planificación, programación, dirección y coordinación de las competencias de la Región xx Xxxxxx en materia de turismo, en el marco de la política del Gobierno regional.
En el panorama turístico actual, la mayor parte de las empresas e instituciones utilizan el diseño gráfico como una herramienta estratégica de negocio, dado que el sector turístico hace uso de grandes campañas de publicidad, en las que el diseño y la creatividad son muy destacados, para intentar atraer a la mayor parte de turistas y/o compradores posibles.
06/05/2019 14:04:18
En nuestro actual entorno sobresaturado de mensajes, los programas de comunicación tienen que destacar del resto para producir resultados positivos, y para ello se hace necesario el contar con profesionales del mundo del diseño gráfico en las campañas de comunicación e información que determinen qué mensaje enviar y cómo hacerlo con efectividad para lograr el mayor impacto.
El diseño gráfico estratégicamente orientado es capaz de generar una muy deseable reacción en cadena: las impresiones positivas incrementan el valor percibido por los clientes, lo que a su vez hace crecer las ventas.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Para poder llevar a cabo lo anteriormente descrito, se hace necesario el desarrollo de este tipo de trabajos de diseño gráfico, que responda a las necesidades arriba indicadas y se amolde a las necesidades demandadas que posibiliten la materialización y ejecución de todas las competencias encomendadas al Instituto de Turismo, en favor de su labor de captación de un mayor número de turistas, así como de una mayor integración con el sector empresarial turístico.
Por ello, se hace necesario la contratación de un servicio externo que posibilite el desarrollo de determinados trabajos de diseño propios de las competencias a desarrollar por las Áreas de Comunicación e Información del citado Instituto, que ofrecen un servicio horizontal al resto de departamentos.
Conforme a lo establecido en el artículo 99.3 de la LCSP se justifica la no división en lotes del contrato debido a que la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del presente contrato podría dificultar la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico y práctico.
1.2.- Objeto.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
El presente pliego tiene por objeto establecer las cláusulas administrativas que van a regir en el procedimiento abierto simplificado para la contratación de los “SERVICIOS DE DESARROLLO DE TRABAJOS DE DISEÑO GRÁFICO PARA EL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX Y EN ESPECIAL PARA LAS AREAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN”.
1.3.- Régimen jurídico y publicidad.
Esta contratación se rige por el pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.4 de la LCSP, los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos.
El ITREM desarrolla la presente contratación en su calidad de poder adjudicador que tiene carácter de administración pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y 3.3 letra d) de la LCSP.
06/05/2019 14:04:18
El procedimiento y forma de adjudicación, se llevará a cabo mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, de conformidad con lo establecido en los artículos 159 de la LCSP.
A los efectos de la presente contratación y de las normas y documentos que constituyen su régimen jurídico, se entenderá por «poder adjudicador» o simplemente por «contratante» al
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», y se entenderá por «empresa contratista» o simplemente por «contratista» o «adjudicataria» a la empresa o empresario que aquélla contrate para la realización de las prestaciones en cuestión. Por su parte, las referencias al
«órgano de contratación» han de entenderse referidas al órgano competente de la entidad pública empresarial «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx».
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 159.2 de la LCSP, los anuncios de este procedimiento se publicarán en el Perfil del Contratante del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.
El Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con las empresas licitadoras.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración que puedan ser de
aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
En el caso que los licitadores soliciten aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación, las respuestas del ITREM tendrán carácter vinculante y deberán hacerse públicas en el correspondiente perfil de contratante en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el procedimiento de licitación. Dichas aclaraciones deberán ser solicitada al menos 12 días antes del transcurso del plazo previsto para la presentación de las proposiciones a través de la sede electrónica de la CARM.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
La unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato es la Oficina de Promoción del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.
1.4 Relaciones electrónicas con el Instituto De Turismo De La Región Xx Xxxxxx.
Todos los licitadores deberán disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica de usuario expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/, admitiéndose, entre otras, los certificados de firmas electrónicas de la FNMT, Clase 2 CA y el D.N.I. electrónico.
Así mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 140.1a)4 de la LCSP, todos los licitadores deben indicar la DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO HABILITADA en la que se practicarán por parte del ITREM la totalidad de las comunicaciones que se deriven de la tramitación del presente procedimiento de contratación. URL: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.000.xx/XX_xxxx.xxxxxx
A los efectos de lo previsto en el Art. 43 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas consta como código DIR3 del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx el A14022337.
El código a utilizar para la presentación de documentación en los procedimientos de contratación del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx es el 0211.
2.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRECIO DEL CONTRATO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.
06/05/2019 14:04:18
2.1.-Se fija como PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN la cantidad de CIENTO DOCE MIL CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (112.054,83€) IVA incluido,
que se desglosa de la siguiente manera: NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SIETE EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS (92.607,30 €) de base imponible y DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (19.447,53 €) correspondiente
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
al Impuesto sobre el Valor Añadido, calculado al tipo del 21% vigente en España.
De acuerdo con lo señalado en el art. 84. Uno 2º a) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, si el adjudicatario no se encontrase establecido en territorio de aplicación del impuesto, sería de aplicación el mecanismo de inversión del sujeto pasivo, por lo que correspondería al ITREM liquidar y pagar el impuesto en España.
2.2.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 100.2 de la LCSP, la elaboración del presupuesto base de licitación se ha realizado teniendo en cuenta los precios y horas de
licitación marcados en contrataciones anteriores para este servicio de similares características, que salió en el año 2018 con un mínimo de 3.330 horas por valor de 18,00€/hora, con una duración de doce meses.
Teniendo en cuenta la encuesta anual de estructura salarial publicada por el INE, que la economía crece a ritmos superiores al 3% en los últimos tres años. Se estima una subida del 3% al precio marcado de la hora, que pasa de 18,00€ a 18,54€/hora.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
La valoración del presupuesto se ha realizado teniendo en cuenta las condiciones anteriores mencionadas sobre el contrato actualmente en vigor, ampliando la duración del contrato a dieciocho meses. Así mismo, se desglosan los costes del mismo, en base a los Ratios Sectoriales de las Sociedades no Financieras (base RSE) del Banco de España, en el sector de actividad (CENAE) M74 Otras actividades profesionales, científicas y técnicas, en las que están englobadas las actividades de diseño especializado (M741) y las actividades de fotografía (M742), de la siguiente manera:
- Costes directos: 74,39%
- Gastos generales de estructura: 19,68%
- Beneficio industrial: 5,93%.
2.3.- De acuerdo con lo dispuesto en el art.101.12 de la LCSP, el VALOR ESTIMADO para esta contratación es de NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SIETE EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS
(92.607,30 €) IVA excluido.
06/05/2019 14:04:18
2.4.- El abono del servicio se efectuará con carácter mensual, previa presentación de la correspondiente factura, con las retenciones e impuestos que legalmente correspondan, y se pagarán mediante transferencias bancarias a nombre del adjudicatario contratista, en la cuenta bancaria que éste indique en su oferta o en cualquier otra que notifique expresamente a la entidad contratante con posterioridad. Para proceder al pago de las facturas, éstas deberán ir acompañadas de los justificantes de las prestaciones comprendidas en su concepto, para cuya verificación el ITREM tendrá un plazo máximo de 30 días, el cual se suspenderá en caso de que la contratista fuese requerida para subsanar la justificación presentada o aportar aquella omitida. Una vez verificada correctamente cada factura, los pagos se realizarán en un plazo máximo de 30 días desde la verificación. Dichos pagos parciales tendrán la consideración de abonos a cuenta sujetos a liquidación final.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210.4 de la LCSP, dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del documento de conformidad con lo dispuesto en el contrato, deberá acordarse la liquidación correspondiente del contrato y abonarse al contratista, en su caso, el saldo resultante.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Las facturas se presentarán mediante e-factura o factura electrónica, de conformidad con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
2.5.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación e incluirá como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido En el precio queda incluido cualquier otro tipo de gasto que se necesite satisfacer para la realización de las prestaciones contratadas, sean gastos generales, financieros, de material, de equipo técnico, de personal, de seguros
sociales, de seguros de responsabilidad civil o de cualquier otra naturaleza, así como el beneficio imputable a su gestión, cánones, tasas, impuestos y contribuciones de cualquier clase que sea, a excepción del IVA que se adicionará a cada factura como partida independiente, y en el caso de que se incurra en el supuesto de aplicación del mecanismo de inversión del sujeto pasivo previsto en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, habrá de señalarse con valor 0,00 euros.
2.6.- Atendiendo a las características concretas del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 103 de la LCSP, queda excluida la revisión de precios.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
2.7.- Para atender a las obligaciones económicas que se deriven de este contrato, está prevista la consignación presupuestaria y crédito adecuado y suficiente con cargo a los presupuestos del ITREM para el ejercicio 2019 y 2020, en el que se debe realizar la ejecución del gasto, de acuerdo con el expediente de propuesta autorizada de gasto RP491.
2.8.- No se admitirán ofertas cuyo importe sea superior al presupuesto base de licitación fijado para la presente contratación.
2.9.- En las ofertas económicas que se formulen, se especificará la cantidad propuesta IVA excluido, entendiéndose siempre, que en la cantidad propuesta se incluye cualquier otro tipo de impuesto o carga fiscal que le sea de aplicación, en su caso, por la naturaleza del contrato. En partida separada se especificará la cantidad correspondiente al IVA, indicando el tipo en vigor al momento de presentar la oferta.
3.-EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y REVISIÓN DEL PRECIO.
La ejecución de las prestaciones objeto de la presente contratación tendrá una duración de dieciocho (18) meses, a contar desde la formalización del contrato.
Atendiendo a las características concretas del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 103 de la LCSP, queda excluida la revisión de precios.
4.- CLASIFICACIÓN EXIGIDA.
06/05/2019 14:04:18
No se requiere exigencia de clasificación en base a lo dispuesto en el art.77.1.b) de la LCSP y la Disposición Transitoria Tercera de la LCSP.
Sin perjuicio de lo expuesto, si el empresario estuviera clasificado, podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación, o bien acreditando el cumplimiento específico de los requisitos de solvencia exigidos en la cláusula sexta (6) del presente pliego.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Según lo establecido en los artículos 37 y 38 del RGLCAP, la clasificación aplicable, atendiendo a la correspondencia entre subgrupos de clasificación de servicios y códigos CPV incluidos en cada subgrupo del Anexo II del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público (RGLCAP), será la siguiente:
Códigos CPV: 79822500-7 (Servicios de diseño gráfico) GRUPO M. SUBGRUPO M-4 - Categoría 1
5.- APTITUD PARA CONTRATAR.
5.1. Todos los licitadores que se presenten a la licitación deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
5.2. Podrán concurrir en el presente procedimiento, conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y siguientes de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, todas aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, o se encuentren debidamente clasificadas.
5.3. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Si se tratare de personas físicas, que su actividad o finalidad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de su epígrafe fiscal de actividad económica (IAE).
5.4. Las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo quedarán sujetas además a lo dispuesto en el art.67 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
5.5. A las empresas no comunitarias será de aplicación lo dispuesto en el artículo 68 LCSP.
5.6. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 69 de la LCSP, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
06/05/2019 14:04:18
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.
5.7.- Todos los licitadores deberán disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de FIRMA ELECTRÓNICA de usuario, expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” del Ministerio de Economía y Hacienda (entre los que se encuentran el certificado de firma electrónica Clase 2 CA de CERES FNMT-RCM, y el D.N.I. electrónico de la Dirección General de la Policía), y que puede encontrarse en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
Así mismo, los licitadores deben indicar la Dirección Electrónica Habilitada en la que se practicarán por parte del ITREM la totalidad de las comunicaciones que se deriven de la tramitación del correspondiente procedimiento de contratación, de conformidad con lo dispuesto en el mencionado artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se puede visualizar en la siguiente URL: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.000.xx/XX_xxxx.xxxxxx.
A los efectos de lo previsto en el Art. 43 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas consta como código DIR3 del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx el A14022337.
El código para los procedimientos de contratación del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx es el 0211.
6.- SOLVENCIA EXIGIDA AL LICITADOR.
Si el empresario estuviera clasificado, podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al contrato según lo establecido en la cláusula cuarta (4) de este pliego, o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia que se señalan a continuación:
6.1.- En lo que se refiere a las condiciones mínimas de SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA y en aquellos casos en que el empresario no esté clasificado, la solvencia económica y financiera se acreditará por alguno de los medios que se señalan a continuación:
06/05/2019 14:04:18
1. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 92.608,00 €.
El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por medio de:
a) Las CUENTAS ANUALES aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
A estos efectos, el licitador propuesto como adjudicatario podrá solicitar al Registro Mercantil correspondiente el certificado del depósito de las cuentas para su remisión directa al ITREM.
En el caso de empresas de países miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se aportarán las cuentas anuales aprobadas por la entidad, autenticadas por notario o autoridad similar de su país
En el caso de las restantes empresas extranjeras, se aportarán las cuentas anuales aprobadas por la entidad y autenticadas por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
b) CERTIFICADO DE IMPORTE NETO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS a efectos de la gestión del Impuesto Sobre Actividades Económicas expedido por la AEAT.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
2. Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin de plazo de presentación de las ofertas, así como un compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato, por importe igual o superior a 92.608,00 €.
Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
06/05/2019 14:04:18
6.2.- En relación a las condiciones mínimas de SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL Conforme a lo establecido en el artículo 90 de la LCSP, en aquellos casos en que el empresario no esté clasificado esta se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, las fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
El requisito mínimo para considerar acreditada esta solvencia, será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 43.217,00 €.
Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP.
7.- GARANTÍA DEFINITIVA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la LCSP, se establece para el adjudicatario del contrato una garantía definitiva equivalente al 5% del precio final ofertado por el mismo, XXX excluido.
Esta garantía podrá prestarse cualquiera de las formas establecidas en el artículo 108 de la LCSP, o bien, a elección del adjudicatario, mediante la retención en el precio de la primera o en sucesivas facturas, si el importe de la primera no fuera suficiente para cubrir la totalidad de la misma.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
La garantía se depositará, en cualquier caso, ante el órgano de contratación del ITREM y su reposición, reajuste, devolución y cancelación se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 y 111 de la LCSP.
El plazo de garantía será de 3 meses desde la finalización de la ejecución del contrato. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 110 de la LCSP y no podrá devolverse o cancelarse hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía previsto y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista. Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución. El acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía.
8.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA.
06/05/2019 14:04:18
8.1.- Presentación de las ofertas.
El plazo de presentación no será inferior a quince (15) días naturales contar desde el día siguiente de la publicación en el perfil del contratante del ITREM del anuncio de licitación.
Las ofertas se presentarán en lengua castellana. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
La presentación de ofertas se llevará a cabo utilizando medios electrónicos. La oferta presentada en formato electrónico deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Ningún licitador podrá presenta más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si ha presentado alguna proposición individualmente ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente pliego, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan a lo largo del procedimiento de contratación deben ser autenticados mediante una firma electrónica avanzada reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
Ningún licitador podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si ha presentado alguna proposición individualmente ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de la totalidad de cláusulas del presente pliego, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la Mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea establecidos en el Anexo I Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público.
El envío por medios electrónicos de las ofertas será en dos fases, transmitiendo primero la huella electrónica de la oferta, con cuya recepción se considerará efectuada su presentación a todos los efectos, y después la oferta propiamente dicha.
La presentación de la oferta se realizará del siguiente modo:
a).- El formulario que figura como ANEXO I se cumplimentará con los datos que se solicitan.
b).- Una vez cumplimentado, se procederá a guardar ese formulario en formato pdf y se firmará mediante cualquier proveedor de servicios de firma electrónica reconocida.
06/05/2019 14:04:18
c).- A continuación, mediante cualquier sistema que provea de huella digital con el algoritmo SHA256, se generará la huella digital del fichero pdf previamente guardado.
En el Anexo II de este pliego se adjunta link donde comprobar los proveedores de servicios de firma electrónica reconocidos por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, así como unas orientaciones sobre cómo generar la huella digital
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
d).- La huella digital así obtenida se copiará en algún fichero -bien formato Word, bien pdf - que será el que se envíe, dentro del plazo de presentación de ofertas para la licitación a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx xxxxx://xxxx.xxxx.xx/ en el link “Formulario de solicitud genérica” (Destino: A14022337 y código de procedimiento 1609). Si además o en lugar de la huella digital se enviara el documento con la oferta, ésta quedara excluida del procedimiento.
e).- Una vez concluido el plazo de presentación de ofertas, los licitadores enviarán, dentro de las 24 horas siguientes y través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx xxxxx://xxxx.xxxx.xx/ en el link “Formulario de solicitud genérica” (DIR3 del ITREM, A14022337 y código de procedimiento 0211), el fichero pdf que ha generado la huella digital previamente enviada. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada.
El fichero pdf no podrá ser modificado, debiendo conservarse por el licitador sin realizarse ningún cambio en el mismo, toda vez que, en ese caso, la huella digital que se generé será distinta a la enviada, considerándose la oferta como no presentada.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente pliego, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
En los supuestos de que la oferta se presente por una unión temporal de empresarios, debe acompañar a la declaración responsable un escrito de compromiso de constitución de la unión temporal, con una duración que será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción, según el modelo que figura como Parte II del modelo de oferta (Anexo I) adjunto al presente pliego. En el escrito de compromiso se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos, así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Tanto el citado documento como la declaración con el resto de la oferta deberán estar firmados por los representantes de cada una de las empresas que vayan a componer la unión temporal.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
06/05/2019 14:04:18
La oferta se presentará redactada conforme al modelo establecido en el Anexo del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición , o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, si ello no altera su sentido.
En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Los licitadores deberán designar en sus ofertas la información que consideren confidencial. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
El deber de confidencialidad del ITREM así como de sus servicios dependientes no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles.
A MODO DE RESUMEN, LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS SE REALIZARÁ EN ESTE ORDEN:
-PRIMER ENVÍO – Huella digital del documento del Anexo I, realizado dentro del plazo de presentación de ofertas.
-SEGUNDO ENVÍO – Se llevará a cabo cómo máximo dentro de las 24 horas siguientes a la finalización del plazo para presentar ofertas, y contendrá el fichero pdf correspondiente al Anexo I.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
Así, si el plazo concluyera un lunes 14, el Anexo I se remitirá a partir de las 00:00:00 xxx xxxxxx 15.
En el supuesto de no producirse este envío, en su momento, se considerará la oferta como no presentada.
9.-CRITERIOS DE VALORACIÓN A TENER EN CUENTA PARA LA ADJUDICACIÓN.
9.1.- Las ofertas se valorarán conforme a los siguientes criterios:
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS | |
Oferta económica | 25 puntos |
Número de horas ofertado para la ejecución del servicio (mínimo 4.995 horas) | 25 puntos |
Realización de reportajes fotográficos | 15 puntos |
Realización de vídeos de productos turísticos | 15 puntos |
Realización de Presentaciones | 20 puntos |
LA OFERTA ECONÓMICA, se puntuará entre cero (0) y veinticinco (25) puntos.
Las ofertas económicas presentadas sin baja se le puntuará con O puntos, y al resto según la siguiente formula.
Po = Oferta nás econónica x 25 Oferta a evaluar
06/05/2019 14:04:18
Siendo Po la puntuación de la Oferta económica.
Los resultados se redondearán con dos (2) cifras decimales.
El NÚMERO DE HORAS OFERTADO PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO como criterio xx
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
valoración se puntuará entre cero (0) y veinticinco (25) puntos, asignándole la mayor puntuación a la oferta cuya subida resulte más ventajosa para el Instituto de Turismo, esto es, la que oferte el número mayor de horas, y al resto la que le corresponda proporcionalmente en función de su oferta.
A continuación, las ofertas horarias se valorarán de acuerdo con la siguiente fórmula, y con un máximo de 25 puntos:
Puntuación de las ℎoras de cada oferta = Nº ℎoras de cada oferta
Nº xxxxx de ℎoras ofertado
× 25
Los resultados se redondearán con dos (2) cifras decimales.
REALIZACIÓN DE REPORTAJES FOTOGRÁFICOS. Se ofertarán mínimo 12 reportajes, los cuales tendrán que contar con 20 imágenes a elegir por el ITREM, cada uno de ellos en alta resolución con 300 dpi y formato tiff y jpg.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
La inclusión en la oferta de servicios de realización de fotografía incluirá los desplazamientos, cesión de derechos de explotación para uso promocional y publicitario en cualquier soporte que el ITREM estime oportuno, ilimitados en tiempo y ámbito territorial, edición, montaje, etc.
Se puntuará entre cero (O) y quince (15), a la oferta que presente más reportajes y a las demás proporcionalmente a su oferta.
Pn = Vn
Vnax
× 15
Siendo:
Pm: Puntuación apartado reportajes fotográficos ofertados por cada empresa. Vm: nº de reportajes fotográficos ofertados por la empresa.
Vmax: nº reportajes fotográficos de la oferta que presente mayor número de reportajes. Los resultados se redondearán con dos (2) cifras decimales.
REALIZACIÓN DE VÍDEOS DE PRODUCTOS TURÍSTICOS. Se ofertarán mínimo 6 vídeos de productos grabados en Full HD (1920x1080) y entregados al Itrem en formato .mov y .mp4 en versiones en alta y en baja, para su difusión en RRSS.
La inclusión en la oferta de servicios de realización de vídeos incluirá los desplazamientos, cesión de derechos de explotación para uso promocional y publicitario en cualquier soporte que el Itrem estime oportuno, ilimitados en tiempo y ámbito territorial, edición, montaje, etc.
Se puntuará entre cero (0) y quince (15), a la oferta que presente más reportajes y a las demás proporcionalmente a su oferta.
06/05/2019 14:04:18
Pn = Vn
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Vnax
× 15
Siendo:
Pm: Puntuación apartado vídeos ofertados por cada empresa. Vm: nº vídeos ofertados por la empresa.
Vmax: nº vídeos de la oferta que presente mayor número de vídeos. Los resultados se redondearán con dos (2) cifras decimales.
REALIZACIÓN DE PRESENTACIONES. Se ofertarán mínimo 20 presentaciones. Se realizarán las presentaciones en formato power point, flash, vídeo digital y PDF. Se utilizarán recursos digitales para hacer presentaciones estáticas y dinámicas atractivas para poder ilustrar todo tipo de acciones promocionales. Para ello, se hará uso de aplicaciones de fotografías, infografías, etc.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
Se puntuará entre cero (0) y veinte puntos (20), a la oferta que presente más reportajes y a las demás proporcionalmente a su oferta.
Pn = Vn
Vnax
× 20
Siendo:
Pm: Puntuación apartado presentaciones ofertadas por cada empresa. Vm: nº presentaciones ofertadas por la empresa.
Vmax: nº presentaciones de la oferta que presente mayor número de presentaciones.
Los resultados se redondearán con dos (2) cifras decimales.
9.2.- Parámetros para identificar una oferta como presuntamente anormal.
De conformidad con lo señalado en el artículo 149 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se presumirá que una oferta es anormal cuando la puntuación total obtenida por la misma, aplicados los criterios de adjudicación evaluables mediante la mera aplicación de fórmulas, exceda en más de 10 unidades a la puntuación media obtenida por el conjunto de las ofertas válidas presentadas.
06/05/2019 14:04:18
10.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
La apertura de la oferta se hará por la mesa de contratación en acto público. Tras dicho acto público, en la misma sesión, la mesa procederá a:
1.º Previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos xxx xxxxxx, evaluar y clasificar las ofertas.
2.º Realizar la propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
0.x Comprobar, en su caso, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.
4.º Requerir a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación mediante comunicación electrónica para que, en el plazo de SIETE DÍAS HÁBILES, a contar desde el envío de la comunicación, aporte: la documentación acreditativa de la experiencia mínima requerida para la prestación del servicio (presentación del currículum vitae en el modelo normalizado de la Unión Europea firmado por cada uno de los miembros del equipo de trabajo, acompañado de
los certificados de las empresas donde se hayan prestado los servicios, así como un justificante de vida laboral), la garantía definitiva, el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP, así como aquella documentación justificativa de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en el presente pliego que no conste en el ROLECE o en el registro correspondiente de alguna comunidad autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el punto 6 del presente pliego.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
Si la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presume que es anormalmente baja, la mesa realizadas las actuaciones recogidas en los puntos 1.º y 2.º anteriores, seguirá el procedimiento previsto en el citado artículo, si bien el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador no podrá superar los 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
Presentada la garantía definitiva y resto de documentación, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, en un plazo no superior a 5 días; procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización.
En caso que, en el plazo otorgado al efecto, el candidato propuesto como adjudicatario no presente la garantía definitiva y resto de documentación, se efectuará propuesta de adjudicación a favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole el correspondiente plazo para constituir la citada garantía definitiva.
En los casos en que a la licitación se presenten empresarios extranjeros de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados de un Estado miembro, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa de los citados extremos, que deberá presentar, en este último caso, en el plazo concedido para la presentación de la garantía definitiva.
11.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
06/05/2019 14:04:18
El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido.
12.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
12.1.- El contratista realizará la prestación del servicio con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y en el presente Pliego de cláusulas administrativas, observando fielmente lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que le diere la Dirección Técnica designada por «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx».
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
12.2.- De conformidad con lo anterior, el adjudicatario deberá tener asegurado a su personal contra accidentes, así como cubrir los seguros sociales, impuestos y demás obligaciones laborales y fiscales previstas en la legislación vigente, declinando el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» cualquier posible reclamación o incidencia en este sentido; asimismo, deberá tener cubierta la Responsabilidad Civil que pueda derivarse de su actuación.
12.3.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
12.4.- Deberá ejecutar a su xxxxx, las subsanaciones de los trabajos recusados por defectuosos o incorrectos.
12.5- Serán a cargo del contratista todos los gastos derivados de cualquier acción presentada en la planificación estratégica.
12.6.- Será obligación del contratista, indemnizar los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 196 de la LCSP.
12.7.- El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista.
06/05/2019 14:04:18
12.8.- El Órgano de Contratación podrá solicitar al adjudicatario en cualquier momento, que vuelva acreditar la persistencia de su situación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, pudiendo ser su falta de acreditación motivo de resolución del contrato.
12.9.- Una vez firmado el contrato, el adjudicatario presentará los datos de facturación de los doce meses anteriores a la firma del contrato. Dichos datos tendrán el carácter de confidencial conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la LCSP.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
12.10.- La empresa contratista nombrará un Jefe de Equipo que mantendrá regularmente contacto con el responsable del contrato nombrado por el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»
12.11.- El contratista cumplimentará conforme al modelo normalizado que será proporcionado por el ITREM un calendario de acciones propuestas que compartirán en Google Drive.
12.12.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. En relación con la ejecución del contrato y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP, se estable como condición especial de ejecución del contrato la de favorecer la formación en el lugar de trabajo del personal adscrito a la ejecución del servicio. Dicha condición será acreditada mediante un
certificado de la empresa adjudicataria del servicio, comprensivo de los cursos de formación impartidos a los trabajadores. Dicho certificado deberá ir firmado o rubricado por los trabajadores que hayan recibido dichos cursos.
13. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE.
13.1.- La entidad contratante designará un Director Técnico del contrato, quien servirá de enlace entre la contratante y la contratista para la coordinación de la correcta ejecución de los servicios objeto del contrato, lo que incluye entre otras cosas: velar por el cumplimiento de los trabajos objeto de la contratación y validar la correcta ejecución de las prestaciones del contrato a medida que se vayan realizando.
13.2.- La entidad contratante proporcionará a la contratista todos aquellos datos e información necesaria que se requiera para la correcta ejecución de los trabajos objeto de esta contratación.
13.3.- La entidad contratante tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez ejecutadas y debidamente justificadas las acciones contratadas e informado de conformidad dichas acciones por el Director Técnico.
14.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
El uso de imágenes, audios, logos, marcas y cualquier otro elemento análogo que el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» ceda a la empresa contratista para la ejecución de la presente contratación, se entenderá cedido con carácter no exclusivo, restringido al ámbito geográfico donde se vaya a ejecutar el contrato y limitado temporalmente al periodo de ejecución del mismo.
06/05/2019 14:04:18
15.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el contrato por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en los artículos 203 a 207 de la LCSP , por lo que al objeto de lo establecido en el apartado quinto de la Disposición Vigésimo Primera de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2019, serán causas de modificación del presente contrato aquellas que, en su caso, fuera preciso introducir para posibilitar el objetivo de estabilidad presupuestaria que se fije.
En el procedimiento que se instruya, en su caso, para la adopción del acuerdo de modificación por el órgano de contratación, deberá darse audiencia al contratista.
El contratista no podrá introducir en la ejecución del contrato modificación alguna, salvo que para ello hubiese obtenido autorización u orden expresa, por escrito, del órgano de contratación.
16.- CESIÓN DEL CONTRATO.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
No podrán ser cedidos a terceros los derechos y obligaciones dimanantes del contrato que se formalice en virtud del presente procedimiento. No se entenderá por cesión a terceros (y por
tanto no será de aplicación lo anterior) cualquier supuesto de transformación y/o integración empresarial de «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», ni cualquier transformación o integración de esta empresa dentro del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. En cualquiera de dichos casos, la entidad que asuma las competencias relativas a la actividad objeto de esta contratación, se subrogará automáticamente en los derechos y obligaciones dimanantes de la misma.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
17.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extingue por cumplimiento o por resolución.
17.1. Extinción por cumplimiento del contrato.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del ITREM, la totalidad de la prestación.
17.2 Extinción por resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 211 de la LCSP, con los efectos que se establecen en el artículo 213.
18.- RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
ANEXOS AL PRESENTE PLIEGO:
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Anexo I.- Modelo de oferta.
06/05/2019 14:04:18
Anexo II.- Orientaciones para generar la huella digital y proveedores de servicios de firma electrónica reconocidos.
En Murcia, a fecha de la firma electrónica Xxxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxx Xxxxx
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
ANEXO I MODELO DE OFERTA
D. ……………………………………………………………………………………...., con D.N.I. núm ,
actuando en su calidad de ……………….., en nombre y representación de
…………………………………….., con C.I.F ,
En relación con el procedimiento abierto supersimplificado para la contratación de los
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
«SERVICIOS DE DESARROLLO DE TRABAJOS DE DISEÑO GRÁFICO PARA EL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX Y EN ESPECIAL PARA LAS ÁREAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN»
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
I.- Que la entidad que representa cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Sector Público, lo que supone que posee personalidad jurídica, capacidad de obrar y solvencia tanto económico-financiera como técnica o profesional suficiente para el correcto desempeño de las actividades económicas o profesionales objeto de la presente contratación, lo que incluye el contar con las autorizaciones necesarias para ejercer las mismas y, en el caso de tener previsto recurrir a otras entidades, la existencia del compromiso de éstas para disponer de los recursos necesarios para la ejecución del contrato; comprometiéndose a aportar la justificación documental acreditativa de su posesión y validez, cuando sea requerido para ello.
II.- Que el personal adscrito a la ejecución del servicio está en posesión de la experiencia mínima requerida, y en el caso de que sea propuesto como adjudicatario acreditará la misma mediante la forma establecida en el apartado 2.1 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
06/05/2019 14:04:18
III.- Que no concurren, ni en la persona jurídica por él representada ni en las personas que forman parte de sus órganos de gobierno, ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con el Sector Público, previstas en el número 1º del artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Y que, en el caso de que dicha persona jurídica tuviese carácter empresarial, no concurre tampoco ninguna de las circunstancias comprendidas en el apartado 2º de ese mismo artículo, teniendo en cuenta que las prohibiciones de contratar afectan también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas. Autorizando además al «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», en su condición de poder adjudicador de los previstos en la mencionada Ley, para recabar de las Administraciones Públicas Competentes, si así lo estima oportuno, cuantos datos resulten procedentes para verificar el cumplimiento de dichas obligaciones. Así mismo autoriza al
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» a solicitar dichos datos cuantas veces considere necesario, pudiendo ésta en caso de resultar negativos, retener el pago o incluso depositar el importe del mismo ante el Organismo acreedor.
IV.- Que, en particular, y sin perjuicio de todo lo anterior, no concurren en la persona jurídica representada ninguna de las siguientes circunstancias:
a) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, reconociendo conocer que la existencia de obligaciones pendientes es una de las causas de nulidad de los contratos establecidas en el la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
b) Formar parte de sus órganos de gobierno o administración, persona alguna con las incompatibilidades a que se refiere la «Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx, de la Asamblea Regional xx Xxxxxx, que recoge el Estatuto Regional de la Actividad Política».
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
V.- Pertenencia a grupo de empresas (señalar solo la opción que proceda):
□ Que la empresa a la que represento forma parte del grupo de empresas ,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y que se presenta a esta licitación concurriendo con las empresas pertenecientes al mismo grupo siguientes:
…………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
□ Que la empresa a la que represento forma parte del grupo de empresas ,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y que se presenta a esta licitación no concurriendo con otras empresas pertenecientes al mismo grupo.
□ Que la empresa a la que represento no forma parte de ningún grupo empresarial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
VI.- Que, en el caso de ser una empresa extranjera, se somete al fuero de los juzgados y tribunales españoles para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación, renunciando a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
VII.- Que sus datos a efectos de notificaciones en relación con la presente contratación son los siguientes:
a) Nombre y apellidos de la persona de contacto:
b) Dirección de correo electrónico habilitada única a efecto de comunicaciones. (Art. 43 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas). Pueden encontrar la información de este requisito en el siguiente apartado; xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.000.xx/XX_xxxx.xxxxxx
06/05/2019 14:04:18
c) Teléfono móvil:
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
d) Domicilio:
VIII. Que cumple los requisitos mínimos establecido en el punto nº 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones técnicas y dispone de los medios materiales necesario para la ejecución del contrato y que se compromete adscribir a la ejecución del servicio.
IX. PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Que conoce el pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas que rigen dicha contratación y que acepta incondicionalmente todas sus cláusulas y prescripciones, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en los mismos para contratar, no hallándose
comprendido en ninguna de las circunstancias que, según la legislación vigente, le pudieran excluir de la contratación antes referenciada, y se compromete en nombre
............................................................. (propio o de la persona física que representa), a realizar el objeto del contrato antes señalado, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio de (expresar en letras y números):
Importe: ............................................................................... EUROS (....................’ €), (I)
IVA (21%): ............................................................................. EUROS (....................’ €), (II)
Total: ..................................................................................... EUROS (....................’ €) (III=I+II)
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
En dichos precios se incluye cualquier impuesto o gasto que sea de aplicación al presente contrato, excluido el IVA, que figura como partida independiente.
X. NÚMERO DE HORAS OFERTADO.
Que la empresa a la que represento oferta un total de horas para la ejecución del servicio (mínimo 4.995 horas).
XI. NÚMERO DE REPORTAJES OFERTADOS.
Que la empresa a la que represento oferta un total de reportajes fotográficos (mínimo 12 reportajes).
XII.-NÚMERO DE VIDEOS DE PRODUCTOS TURÍSTICOS OFERTADOS.
Que la empresa a la que represento oferta un total de videos de productos turísticos (mínimo 6 videos).
XIII.- NÚMERO DE PRESENTACIONES OFERTADAS.
Que la empresa a la que represento oferta un total de …………… presentaciones. (mínimo 20 presentaciones).
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
06/05/2019 14:04:18
En , a fecha de la firma electrónica.
PARTE II (únicamente a presentar en caso de UTE por dos o más empresas) MODELO DE COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
D/Xx…………………………………………………………………......., con D.N.I./NIF nº en
nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa…………………………………………………………………………………CIF…………………. en calidad de
…………………………………………………., para concurrir a esta contratación.
D/Xx……………………………………………………….................., con D.N.I./NIF nº en
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa……………………………………………………………………………………CIF………………… en calidad de
…………………………………………………, para concurrir a esta contratación.
DECLARAN
1º.- Que se comprometen en nombre de las Empresas...................................................
y , conjunta y solidariamente, a ejecutar el «LOS SERVICIOS
DE DESARROLLO DE TRABAJOS DE DISEÑO GRÁFICO PARA EL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX Y EN ESPECIAL PARA LAS AREAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN».
2º.- Que asimismo se comprometen, caso de resultar adjudicatarios, a constituirse en Unión Temporal de Empresas (UTE).
3º.- Que la participación de cada una de la Empresas en la UTE es la siguiente:
- ................................................. ...%
- ................................................. ...%
4º.-Que designan a D para que, durante la
vigencia del contrato, ostente la plena representación de la U.T.E., y el domicilio de la misma, a efectos de notificación, será……………............................................
06/05/2019 14:04:18
En , a fecha de la firma electrónica.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
A la Dirección General del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»
ANEXO II
A) ORIENTACIONES PARA GENERAR LA HUELLA DIGITAL CÓMO GENERAR LA HUELLA DIGITAL
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-0209df13-7095-0b2b-99d1-0050569b34e7
Se utilizará el algoritmo de hash público SHA256 (xxxxx://xx.xxxxxxxxx.xxx/xxxx/XXX-0). Se generará la huella digital sobre un único fichero pdf firmado digitalmente con el certificado del licitador. Para generar la huella digital SHA256 del pdf firmado se podrá realizar con cualquier herramienta que quiera usar el licitador. Se adjuntan estas 3 urls con generadores online gratuitos:
1. xxxxx://xxx000.xxxxxx.xx/xxxxxx-xxxxx/xxx000_xxxxxxxx.xxxx Instrucciones:
1. Arrastrar el fichero donde pone “Drop File Here”
2. En el cuadro “Output” aparecerá la huella digital.
2. xxxx://xxxxxxxx0.xxx/ Instrucciones:
1. Arrastrar el fichero donde pone “Click to select a file, or drag and drop it here( max: 4GB ).”
2. Seleccionar “SHA-256” en el campo “Checksum type:”
3. En el campo “File checksum:” aparecerá la huella digital.
3. xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxxx/xxxx/xxxx.xxx Instrucciones:
1. Pulsar el botón Examinar en el apartado “File hash”
2. Pulsar en el botón azul “Hash” del apartado “File hash”
3. La huella digital aparecerá en el campo “SHA-256”
La huella digital obtenida, que se podrá copiar en algún fichero -bien formato Word, bien pdf- se enviará dentro del plazo de presentación de ofertas a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx xxxxx://xxxx.xxxx.xx/ en el link “Formulario de solicitud genérica”.
B) PROVEEDORES DE SERVICIOS DE FIRMA ELECTRÓNICA RECONOCIDOS.
XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
06/05/2019 14:04:18
Se adjunta link donde comprobar los proveedores de servicios de firma electrónica reconocidos por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/