REUNIDOS
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE “ASOCIACIÓN INCLUSIVE” Y LA “FUNDACIÓN ÆQUITAS”, EN MATERIA DE FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y PUBLICACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL DE MADRID.
En Madrid, a once xx xxxx de dos mil doce.
REUNIDOS
De una parte, Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx, Directora de la ASOCIACIÓN INCLUSIVE, quien interviene en virtud de las facultades representativas propias de su cargo derivadas de las normas generales y de acuerdo con las normas de la propia Asociación.
De otra parte, Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx‐Girona Xxxxxxxx, Directora de la FUNDACIÓN ÆQUITAS, Fundación del Consejo General del Notariado, quien interviene en virtud de las facultades representativas propias de su cargo derivadas de las normas generales y de acuerdo con las normas de la propia Fundación.
EXPONEN
Primero.‐ La “ASOCIACIÓN INCLUSIVE”, constituida el 16 de julio de 2008, es una entidad sin ánimo de lucro, de naturaleza permanente y del ámbito de la Comunidad de Madrid, tiene como fin esencial defender la dignidad de las personas en situación de dependencia y apoyar a sus familiares para conseguir mejorar sus condiciones de vida. Para ello tiene entre sus fines el desarrollar servicios de información, orientación y asesoramiento sobre todos los aspectos legislativos en relación a las personas en situación de dependencia, así como promover la participación de las personas dependientes en general en el empleo, la salud, el medio ambiente, la vida social y política, las nuevas tecnologías, la información, la familia, la vivienda, el ocio, el deporte y la cultura en general.
Segundo.‐ La "FUNDACIÓN ÆQUITAS", constituida por el Consejo General del Notariado, es una Fundación de interés general, benéfica, de carácter particular, de naturaleza permanente y de ámbito estatal, tiene como fin esencial la prestación de ayuda y colaboración para potenciar el desarrollo y efectividad de los derechos de las personas que, sea por razones de edad o de enfermedad física o psíquica, sea por pertenecer a determinados colectivos socialmente menos favorecidos, están necesitadas de una especial protección. Para ello tiene entre sus fines la organización, por sí misma o en colaboración con otras entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de cursos, seminarios y mesas redondas, para el análisis y estudio de la problemática jurídica y social de la defensa y protección de los derechos de los menores y de los discapacitados y de aquellas personas que se encuentren en situaciones deficientemente reguladas, así como la publicación, por sí, o en colaboración con otras entidades de libros, revistas, folletos u otros impresos de investigación o divulgación de los temas relacionados con los fines fundacionales recogidos.
Tercero.‐ La "FUNDACIÓN ÆQUITAS", viene concertando, instrumentos de colaboración con distintas Instituciones que permiten a sus miembros ampliar sus conocimientos, beneficiarse de las actividades organizadas por aquéllas y participar en los procesos de formación teórica y práctica relacionadas con la ciencia jurídica.
Cuarto.‐ La coincidencia de ambas Instituciones en algunos de los intereses y objetivos expresados, ha conducido a ambas partes a unir sus esfuerzos y establecer cauces de colaboración institucional para el desarrollo de sus fines.
Por todo ello, las Instituciones aquí representadas adoptan los siguientes:
ACUERDOS
Primero.‐ “ASOCIACIÓN INCLUSIVE” y la “FUNDACIÓN ÆQUITAS”
intensificarán, sus relaciones institucionales, manteniendo reuniones con carácter periódico y estableciendo, en la medida de lo posible, iniciativas y actividades comunes en la organización de ciclos, cursos, seminarios, coloquios y mesas redondas, tanto en el ámbito investigador como en el formativo, dirigidos a los miembros de ambas Instituciones, comprometiéndose recíprocamente a mantenerse informados y facilitar su participación.
Segundo.‐ Tanto “ASOCIACIÓN INCLUSIVE” como la “FUNDACIÓN ÆQUITAS” organizarán programas para incentivar el estudio de la situación jurídica en la que se encuentran las personas con discapacidad intelectual de Madrid y especialmente en lo que se refiere al artículo 12 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad de 13 de diciembre de 2006.
Tercero.‐ Las partes que suscriben este Convenio Xxxxx contribuirán, según sus posibilidades, a suministrar el personal humano y respaldo económico, para la ejecución total de los programas o a buscarlo en otras instituciones con fines similares a los indicados.
Cuarto.‐ La firma de este Convenio Marco no es óbice para el establecimiento o ampliación de relaciones de colaboración con otras Instituciones, ni excluye su incorporación a este Convenio o a cualquier otro de similar naturaleza.
Quinto.‐ El presente Convenio Xxxxx tendrá una vigencia de tres años desde su firma, y será prorrogado automática y sucesivamente por períodos iguales, salvo denuncia de cualquiera de las partes, con una antelación de, al menos, dos meses a la finalización de su vigencia inicial o de sus prórrogas, sin perjuicio de que en cualquier momento y por mutuo acuerdo se decida su finalización.
La extinción del Convenio se entiende, sin perjuicio de la finalización de las actividades iniciadas a su amparo, salvo que otra cosa se estipule de común acuerdo
Sexto.‐ Las partes firmantes de este Convenio podrán acordar, durante su vigencia, las modificaciones o innovaciones adecuadas al mejor cumplimiento de su finalidad.
Séptimo.‐ Se crea una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, que estará integrada por dos representantes de cada una de las Instituciones firmantes.
Corresponderá a la Comisión de Seguimiento velar por el correcto cumplimiento del Convenio, impulsando la realización de cuantas actuaciones sean precisas en su desarrollo y ejecución.
Los miembros de la Comisión de Seguimiento podrán delegar sus funciones en las personas que tengan por conveniente.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Convenio Xxxxx, por duplicado, en el lugar y fecha indicados.
LA DIRECTORA DE LA LA DIRECTORA DE LA
ASOCIACIÓN INCLUSIVE FUNDACIÓN ÆQUITAS
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxx‐Girona Xxxxxxxx