MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS
MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS
Expediente nº: 036/16
CARÁTULA xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares Tipo de contrato: CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO. SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LOS DIFERENTES EDIFICIOS DE LA ACADEMIA VASCA DE POLICÍA Y EMERGENCIAS.
1.1.- Finalidad del contrato, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato: La contratación de una empresa especializada para el servicio de asistencia técnica para la realización de la certificación energética de los diferentes edificios de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
1.2.- División por lotes (sí/no): No
1.3.- Código de la clasificación estadística CPA-2008 (Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008): 71.12.13
Nomenclatura principal | Nomenclatura complementaria |
1.4.- Código nomenclatura CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)):
Objeto principal 71314300-5
Objeto adicional ……... ……..
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los indicados en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx y, su caso, los siguientes: El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, su Carátula, el Pliego de Prescripciones Técnicas, la oferta económica del adjudicatario y el documento de formalización.
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto máximo de licitación o, en su caso, de gasto indicativo asciende a VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (26.446,28 €) + CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y DOS CENTIMOS
(5.553,72 €) de IVA, resultando un importe total de TREINTA Y DOS MIL EUROS (32.000,00 €)
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio: Precios unitarios.
4.2.- Modalidad de pago del precio: Dos pagos: 25% tras realización reunión de lanzamiento y 75% a la entrega del trabajo con el Vº Bº de la Administración.
4.3.- Xxxxxx a cuenta. No
4.4.- Revisión de precios (sí/no): No
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN O FECHA DE ENTREGA (reducibles por las ofertas en el caso de que el plazo constituya criterio de valoración de las ofertas).
5.1.- Plazo o fecha límite total: Diez semanas desde la firma del contrato.
5.2.- Plazos o entregas parciales (de comienzo o terminación de las partes de la prestación que se indican a continuación): No
5.3.- Prórroga del contrato (sí/no): No
6.- GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: No proceden, al tramitarse mediante el procedimiento Negociado sin Publicidad (Art. 169.2 en relación con el 174.f) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).
7.- GARANTÍAS.
7.1.- Garantía provisional (sí/no): No
7.2.- Garantía definitiva (sí/no, en caso negativo, señalar las razones que lo justifican): Sí, el 5% del precio de adjudicación, IVA excluido.
7.3.- Garantía complementaria (sí/no): No
7.4.- Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos (sí/no): No
7.5.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio (sí/no): No
7.6.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía (sí/no): No procede
Las garantías se constituirán a favor de: Academia Vasca de Policía y Emergencias, NIF Q5150008-J
8.-SEGUROS. La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios y los previstos, en su caso, en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
9.- SUBROGACIÓN EN DETERMINADAS RELACIONES LABORALES (sí/no): No procede
10.- LUGAR DE EJECUCIÓN, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: En las dependencias de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
11.- CONDICIONES LINGÚÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx del prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
12.1.- De tipo social:
La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de inserción sociolaboral, de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas xxx xxxxxx.
12.2.- De tipo medioambiental: No se establecen.
12.3.- Otras:
La licitadora deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES (sí/no): No
14.- PENALIDADES. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 212 del TRLCSP y en las cláusulas xxx xxxxxx.
15.- SUBCONTRATACIÓN (sí/no): No se permite.
16.- PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES.
16.1.- Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
- Total:
- Parciales:
16.2.- Plazo de Garantía, (sí/no, en caso afirmativo indicar el plazo): No
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, las siguientes:
- El compromiso de adscripción de medios personales y materiales.
- La obligación de subcontratación, en el caso de que haya sido establecida.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO (sí/no): Sí
18.1.- Modificación del contrato:
Si dentro de la vigencia del contrato se constatara que las necesidades reales del poder adjudicador van a ser superiores a las inicialmente estimadas, sobrepasando con ello el presupuesto máximo aprobado, el contrato podrá ser modificado con arreglo al procedimiento establecido en la cláusula
34.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, y con el alcance y límites que se señalan a continuación:
a) La modificación consistirá en el incremento del número de unidades de todos o algunos de los bienes o prestaciones individualmente identificados en el contrato.
b) La modificación por esta circunstancia no podrá superar el 10% (señalar porcentaje) del presupuesto máximo de adjudicación.
c) El acuerdo que adopte el órgano de contratación se formalizará en documento administrativa bilateral antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado.
18.2.- Reglas específicas respecto del personal laboral de la empresa contratista:
a) La adjudicataria deberá designar una persona como coordinadora técnica o responsable, perteneciente a su plantilla, que será la interlocutora con quien se relacionará la Administración y a quien corresponderá la dirección de la ejecución del contrato, así como impartir las órdenes e instrucciones laborales al resto de las personas adscritas a la ejecución del contrato.
b) La adjudicataria ejercerá de modo real, efectivo y continuado el poder de dirección inherente a la misma en relación con su plantilla, asumiendo en exclusiva respecto del personal asignado a la ejecución del contrato todo lo relacionado con la negociación y pago de retribuciones salariales, afiliaciones y cotizaciones a la Seguridad Social y pago de prestaciones, permisos, licencias, vacaciones, sustituciones, prevención de riesgos laborales, régimen disciplinario, relaciones sindicales y todos los demás derechos y obligaciones que se deriven de los contratos de trabajo propios.
18.3.- Respecto del lugar de ejecución del contrato:
La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones, salvo que la necesidad de prestar los servicios en dependencias de los entes, organismos o entidades que forman parte del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi estuviera prevista en el Pliego de Prescripciones Técnicas o en esta Carátula, y así se hubiera autorizado expresamente. En este caso, la entidad contratante pondrá a disposición de la empresa contratista espacios de trabajo diferenciados de los que ocupa el personal empleado público, correspondiendo a la empresa contratista velar por el respeto por parte del personal trabajador adscrito a tales servicios de la ubicación designada.
18.4.- Regla de indemnidad:
Si a consecuencia del incumplimiento por la empresa contratista de las obligaciones asumidas en virtud de esta cláusula, la entidad contratante fuera condenada al pago de cantidades con carácter solidario con la empresa contratista, se repercutirá en ésta la suma satisfecha, a cuyos efectos la Academia Vasca de Policía y Emergencias se reserva el ejercicio de cualesquiera acciones, administrativas o judiciales, que sean adecuadas y convenientes hasta la total recuperación de las cantidades pagadas, sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, que la Administración se reserva.
18.5.- Adopción por el Gobierno Xxxxx de medidas de estabilidad presupuestaria que incidan en las cláusulas contractuales, impidiendo su mantenimiento, si bien el contratista tendrá la facultad de resolver el contrato si el impacto económico de la modificación presupuestaria supone una disminución del precio del contrato superior al 10%.
PROGRAMA DE TRABAJO. La adjudicataria debe presentar el programa de trabajo previsto en el artículo 198 del RGLCAP (sí/no): Sí.
AMPLIACIÓN DEL PLAZO. Los contratos de tracto único únicamente podrán prorrogarse en el supuesto contemplado en el artículo 213.2 del TRLCSP (retraso no imputable a la contratista).
VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS Y CERTIFICACIONES.
- En lo contratos de tracto sucesivo, se establece una periodicidad distinta a la mensual prevista en el artículo 199 del RGLCAP (sí/no): No
- En otros contratos, se establecen valoraciones parciales y certificaciones abonables antes de la entrega parcial - artículo 200 del RGLCAP- (sí/no, en caso afirmativo, indicarlas): No
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos (sí/no, en caso afirmativo, indicarlas): Sí, ver la Cláusula 29 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS.
20.1.- Entidad adjudicadora: La Academia Vasca de Policía y Emergencias
20.2.- Identificación de Órganos y Destinatario
20.2.1.- Órgano de contratación: Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
20.2.2.- Destinatario del objeto del contrato: Academia Vasca de Policía y Emergencias.
20.2.3.- Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: La Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas.
20.3.- Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación y Presupuestos de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
Domicilio: Xxxx. X-000, Xx. 000.
Localidad y código postal: 01192 Arkaute (Araba)
20.4.- Número de expediente: 036/16
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad (sí/no): No
20.6.- Contacto personal: Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
Teléfono: 000 000 000
Telefax: 945 282 362
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxxxxxx.xxx
20.7.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
20.8.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
20.9.- Fecha límite de obtención de documentos e información: Las 10:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2016
21.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (artículo 88 del TRLCSP): VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (26.446,28€)
22.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA (sí/no): No
23.- CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP) (sí/no): Sí
24.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 16.0.1.45.01.000.1.238.99.22240.007.D
24.1.- El gasto está cofinanciado (sí/no) No
24.2.- Tramitación anticipada (sí/no) No
25.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1.- Tramitación: Ordinaria
25.2.- Procedimiento: Negociado sin Publicidad (Art. 169.2 en relación con el 173.f) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).
25.3.- Forma: El precio es el único criterio de valoración de las ofertas.
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. Se autoriza su utilización (sí/no): No
27.- CONTRATO RESERVADO (sí/no): No
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: Antes de las 10:00 horas del 30 xx xxxxx de 2016.
28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Sobres “A” y “B”, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
28.3.- Lugar de presentación:
- Entidad (indicar la mesa de contratación): Academia Vasca de Policía y Emergencias
- Domicilio: Xxxx. X-000, Xx. 000
- Xxxxxxxxx x código postal: 01192 Arkaute (Araba)
28.4.- En el caso de que esté autorizada la contratación electrónica (véase el punto 26 anterior), puede presentarse a través de la página Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Teléfono: 000 000 000
- Fax: 000 000 000
- Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxxxxxx.xxx
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta (indicar quince días naturales, dos meses, o el que corresponda conforme al artículo 161.4 del TRLCSP): Dos (2) meses, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes (sí/no): No
28.8.- Apertura pública de las ofertas (sí/no): Sí
La apertura de sobres B se realizará:
- Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000
- Xxxx: 12:00 horas
29.- SOBRE A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx.
Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo correspondiente)
29.1.- Clasificación exigida. Indicar si se exige clasificación, en su caso, con mención del lote (sí/no): No
29.2.- Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional (sí/no):
Medios de acreditación:
- Solvencia económica y financiera:
- Informe de entidad financiera Requisitos:
Informe emitido ex profeso para la presente licitación, indicando que se es solvente por el importe del Presupuesto Base de Licitación (32.000,00 €). En dicho informe necesariamente han de constar los siguientes extremos:
a) Nº de expediente
b) Objeto del contrato
c) Importe por el que se certifica la solvencia (32.000,00 €)
- Solvencia técnica:
- Relación de los principales servicios con objeto similar al de este contrato, realizados durante los tres últimos años, indicando fechas, cuantías y destinatarios públicos y privados de los mismos.
- Compromiso de adscripción de medios materiales y personales, indicando nombres y cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del contrato.
Requisitos:
El compromiso de adscripción de medios se aportará según el modelo del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y necesariamente debe incluir compromiso expreso de que, al momento de la formalización del contrato, los medios materiales cumplirán estrictamente las condiciones establecidas en el apartado nº 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual
29.5.- Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas:
a) Efectos de la presentación del certificado de inscripción:
- Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él indicada.
- Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda):
b) Admisión de certificados electrónicos (sí/no): No
c) Autorización de la incorporación de oficio de los certificados (sí/no): No
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación (sí/no): Sí
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas.
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas (sí/no): No
30.2.1.- Supuesto general (sí/no): Sí
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 100 puntos
30.2.1.1.- Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas:
- Oferta económica (menor precio): 100% Ponderación: 100 puntos.
Fórmula:
Donde:
- PO: Puntuación a otorgar
- OB: Mejor oferta (precio más barato)
- OL: Oferta del licitador
- X: Puntuación de este apartado (100)
La oferta económica será el único aspecto objeto de negociación, produciéndose una nueva valoración al final de la misma en la que se determinará la clasificación definitiva de las proposiciones presentadas.
Ponderación total de este grupo: 100 puntos.
a) Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sí/no): No
30.2.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general
(sí/no): No
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas
correspondientes del xxxxxx xxx xxxxxx).
31.1.- Supuesto general (sí/no): Sí.
Indicar los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas:
- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y, EN SU CASO, TÉCNICA» (sí/no): Sí.
31.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (sí/no): No.
31.3.- Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (sí/no): No.
31.4.- A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras: No procede.
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR (sí/no): No.
33.- VALORES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 152 del TRLCSP y
artículos 85 y 86 del RGLCAP- (sí/no): No se contemplan otros que los establecidos en la normativa.
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos (sí/no): No.
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego
(sí/no, en caso afirmativo indicar el plazo): No.
37.- ACREDITACIONES QUE DEBE PRESENTAR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA (Artículo 151.2 del TRLCSP).
37.1.- Se permite que sean expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos (sí/no, en caso afirmativo especificar los supuestos y medios): SI se permiten los siguientes:
- Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones.
- Emitidos por la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
37.2.- Se permite la incorporación de oficio de los certificados telemáticos o la transmisión telemática de datos, previa autorización de la empresa (sí/no, en caso afirmativo especificar los supuestos y medios): No.
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR
LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP
39.- Cláusulas adicionales relativas AL PROCEDIMIENTO (sí/no): No
40.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO PROPIAS DEL NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PREVIA. |
INDICAR SI INTERVENDRÁ MESA DE CONTRATACIÓN (sí/no): Sí Aspectos técnicos y económicos de las ofertas susceptibles de negociación con posterioridad a su presentación: La oferta económica, de entre los establecidos en la cláusula 17.a) xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. |
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos.
Criterios | Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de Riesgos Laborales | Ambientales |
Objeto del contrato | ||||
Criterios de solvencia técnica y profesional | ||||
Especificaciones técnicas | ||||
Criterios de valoración de las ofertas | ||||
Condiciones especiales de ejecución | SI | SI | SI |
*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.