PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO NACIONAL
PROCESO DE SELECCIÓN N° 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
BASES DEL PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ENTIDAD PRIVADA
SUPERVISORA
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
CONTRATACIÓN DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA PARA LA SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO:
MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE HUILLCARPAY, DISTRITO DE SAN XXXXXXXXX - CUSCO – CUSCO
C.U. N° 2312883
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CAPÍTULO ÚNICO GENERALIDADES
SECCIÓN I
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado.
- Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital.
- Decreto Supremo N° 294-2018-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado (en adelante, TUO de la Ley N° 29230).
- Decreto Supremo N° 295-2018-EF que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230 (en adelante, TUO del Reglamento de la Ley N° 29230).
- Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; y sus modificatorias.
- Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, Decreto Supremo que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
- Decreto Supremo N° 008-2020-SA, que declara en emergencia sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19; y sus modificatorias.
- Resolución Ministerial N° 312-2011-MINSA, que aprueba los “Protocolos de exámenes médico ocupacionales y guías de diagnóstico de los exámenes médicos obligatorios por actividad”.
- Resolución Ministerial N° 055-2020-TR, que aprueba el documento denominado “Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral”.
- Resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú y su modificatoria.
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- Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”; y sus modificatorias.
- Resolución Ministerial N° 007-2020-VIVIENDA – Delegación de Facultades.
- Resolución Ministerial N° 087-2020-VIVIENDA, que aprueba el “Protocolo Sanitario del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la Reanudación de Actividades”; y sus modificatorias.
- Resolución Ministerial N° 088-2020-VIVIENDA, que aprueba los “Criterios de focalización territorial y la obligatoriedad de informar incidencias”, y el listado de los proyectos de saneamiento priorizados del Sector Construcción; y sus modificatorias.
- Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA.
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Las normas antes mencionadas son aplicables al presente proceso de selección y el proyecto, así como sus futuras modificatorias, de ser el caso.
1.2. ENTIDAD PÚBLICA CONVOCANTE
Nombre de la Entidad Pública : Ministerio de Vivienda, construcción y
Saneamiento / Programa Nacional de Saneamiento Rural
RUC N° : 20548776920
Domicilio legal : Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxxxx - Xxxx
Teléfono : 000-0000 anexo 8566
Debido al estado de emergencia por el COVID- 19, el horario de atención telefónica es limitado, por lo que se sugiere remitir cualquier consulta vía correo electrónico
Correo electrónico : xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
1.3. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de la Entidad Privada Supervisora responsable de supervisar la ejecución de Proyecto: “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE HUILLCARPAY, DISTRITO DE SAN XXXXXXXXX - CUSCO – CUSCO”
1.4. VALOR REFERENCIAL1
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El valor referencial del costo del servicio de supervisión es de S/ 138,835.94 (Ciento Treinta y Ocho Mil Ochocientos Treinta y Cinco con 94/100 soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial es el determinado en el Expediente técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE HUILLCARPAY, DISTRITO DE SAN XXXXXXXXX - CUSCO - CUSCO”.
Valor Referencial (VR) | Límites2 | |
Inferior | Superior | |
S/ 138,835.94 (*) (Ciento Treinta y Ocho Mil Ochocientos Treinta y Cinco con 94/100 soles) Monto que incluye los impuestos xx Xxx | S/ 124,952.35 | S/ 152,719.53 |
(*) S/ 106,335.94 para supervisión de obra y S/ 32,500.00 para supervisión del componente social
1 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en el estudio de preinversión del proyecto. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
2 Estos límites se calculan considerando dos decimales. Para ello, si el límite inferior tiene más de dos decimales, se aumenta en un dígito el valor del segundo decimal; en el caso del límite superior, se considera el valor del segundo decimal sin efectuar el redondeo.
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1.5. FINANCIAMIENTO
El costo de la contratación de la Entidad Privada Supervisora será financiado bajo el mecanismo de Obras por Impuestos previsto en el TUO de la Ley N° 29230, el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, y será cubierto en su totalidad por la Empresa Privada seleccionada para financiar la ejecución del Proyecto a supervisar, con cargo a ser reconocidos en el CIPRL o CIPGN.
El financiamiento de dicho costo, no implica una relación de subordinación de la Entidad Privada Supervisora seleccionada con la Empresa Privada.
1.6. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 240 días calendario (150 días de ejecución, 30 días de recepción y 60 días de liquidación). Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo. Los servicios de supervisión de esta convocatoria son prestados hasta el plazo previsto para su culminación, el cual debe ser, como mínimo, hasta que se concluya con el acto de liquidación del proyecto.
El plazo del contrato de supervisión está vinculado al Convenio de Inversión.
1.7. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
La prestación del servicio de supervisión se rige por el Sistema de contratación de Tarifas.
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio materia de la presente convocatoria está definido en los Términos de Referencia, que contiene los Requerimientos Técnicos Mínimos, que forman parte de las presentes Bases en el Anexo F.
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
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No hay costo de ejemplar de las bases. A solicitud del participante se entregarán de manera virtual.
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SECCIÓN II
DISPOSICIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. DEL COMITÉ ESPECIAL
El Comité Especial es responsable de llevar a cabo el proceso de selección de la Entidad Privada Supervisora, para lo cual ejerce las potestades atribuidas en el artículo 22 del el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
Para dicho fin, el Comité Especial realiza todo acto necesario y eficiente bajo el principio de enfoque de gestión por resultados para el desarrollo del Proceso de Selección hasta el perfeccionamiento del Contrato de Supervisión, o hasta la cancelación del Proceso de Selección.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en un diario de circulación nacional de conformidad con lo establecido en el numeral 41.2 del artículo 41 del el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, en la fecha señalada en el calendario del proceso de selección.
En caso de proyectos, cuyo monto de inversión referencial no superen las ciento veinte
(120) UIT será suficiente que la convocatoria se publique en el portal institucional de la entidad pública y de PROINVERSIÓN: [INDICAR EL ENLACE]. La publicación se realizará el mismo día de la Convocatoria.
En aplicación al numeral 22.2 del artículo 22 del TUO del Reglamento y considerando la vigencia de la Emergencia Sanitaria en relación a la exposición al virus SARS- CoV-2 que produce el COVID-19, el Comité Especial con la finalidad de salvaguardar la salud de los participantes y/o postores aplicará medidas extraordinarias y excepcionales para el presente proceso de selección.
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El proceso de selección se llevará a cabo de forma virtual; para tal efecto los participantes presentarán en la Mesa de Partes virtual del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx con copia al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx; las cartas de expresión de interés y, formulación de consultas y observaciones a las Bases. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m., días hábiles, y se regirá según el cronograma del calendario del presente proceso de selección.
No será válido la presentación de la carta de expresión de interés, así como la formulación de consultas y observaciones a las Bases si estas solo son presentadas al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
La presentación de las propuestas se realizará de forma virtual ante el Comité Especial a través del Google Meet (aplicación oficial para video conferencias en el MVCS) y al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx en la fecha y hora indicados en el Calendario del presente proceso de selección.
1.3. CIRCULARES
Si el Comité Especial considera necesario aclarar, modificar o complementar las Bases, emitirá una circular remitida a todos los participantes y postores, dirigida a los
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representantes legales y enviada al domicilio o correo electrónico señalado. Las circulares emitidas por el Comité Especial integran las presentes Bases, siendo jurídicamente vinculantes para todos los participantes y postores, y son publicadas en el Portal Institucional de la Entidad Pública y de PROINVERSIÓN.
1.4. EXPRESIÓN DE INTERÉS Y REGISTRO DE PARTICIPANTES
Una vez convocado el proceso de selección, los participantes tienen un plazo de cinco
(5) días hábiles para presentar su Expresión de Interés de acuerdo al modelo de carta indicado en el Formato N° 1 de las Bases, en la Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx con copia al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx. La documentación deberá ser enviada en un archivo único en Formato PDF (legible, a color, resolución 300 ppp) de 10 MB como máximo, en el caso de que exceda dicha capacidad, la documentación (archivo único PDF) deberá enviarse mediante un enlace consignado en el referido correo electrónico. El horario de atención es de lunes a viernes 8:30 am. a 4:30 pm., días hábiles, de acuerdo al cronograma del calendario del presente proceso de selección.
Al registrarse, el participante debe señalar la siguiente información: nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y correo electrónico, respectivamente.
Las notificaciones dirigidas al participante se efectúan remitiéndolas a cualquiera de los representantes legales, mediante:
a) Correo Electrónico, con confirmación de transmisión completa expedida por el destinatario de la comunicación respectiva a través de otro correo electrónico, en cuyo caso se entenderá recibida en la fecha que se complete la transmisión del remitente.
b) Por carta entregada por mensajería o por conducto notarial, en cuyo caso se entenderá recibida la notificación en la fecha de su entrega, entendiéndose en estos casos, por bien efectuada y eficaz cualquier notificación realizada en el domicilio señalado por el representante legal.
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En el caso de propuestas presentadas por un Consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes y acreditar la existencia de una promesa formal de Consorcio la que se perfecciona mediante un Contrato de Consorcio antes de la suscripción del Contrato de Supervisión.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección debe contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad Pública verifica la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Conforme el artículo 104 del el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, la Entidad Privada Supervisora o sus empresas vinculadas no pueden tener vínculo con la Empresa Privada que financie la ejecución del proyecto o su mantenimiento y/u operación, dentro de los dos (2) años previos a la convocatoria, y no debe haber participado en la elaboración de los estudios, planos y demás documentos necesarios para la ejecución del Proyecto.
En caso se presente un único Participante, el Comité Especial debe seguir las reglas
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y el procedimiento para adjudicación directa establecido en el artículo 128 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
1.5. IMPEDIMENTOS PARA SER PARTICIPANTES, POSTORES, CONTRATISTAS Y/O SUBCONTRATISTAS
Conforme al artículo 36 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, la Entidad Privada Supervisora o sus empresas vinculadas no pueden tener vínculo con la Empresa Privada que financia la ejecución del Proyecto, incluidos cualquiera de los integrantes del Consorcio, dentro de los dos (2) años previos a la convocatoria, y no debe haber participado en la elaboración de los estudios, planos y demás documentos necesarios para la ejecución del Proyecto, todas aquellas personas que se encuentren comprendidas en alguno de los impedimentos establecidos en el numeral 36.2 del artículo 36 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
Las trasgresiones o incumplimiento de la prohibición de participar, ser postor, adjudicatario, suscribir contrato de Supervisión, con impedimentos para contratar con el Estado, tienen los siguientes efectos:
a. Cuando el impedimento afecta la participación de un proveedor en un proceso de selección a través de su expresión de interés, el efecto es que se tiene por no presentada la expresión de interés.
b. Cuando el impedimento afecta la presentación de propuestas en un proceso de selección, el efecto es que se considera como no presentada la propuesta; debiendo excluirse del proceso a estos proveedores.
c. Cuando el impedimento afecta la presentación de documentos para el perfeccionamiento del Contrato derivado de un proceso de selección, el efecto es que se considera como no presentada la propuesta y no se mantiene la obligación de la Entidad Pública de suscribir el Contrato; debiendo excluirse del proceso a estos proveedores.
Cuando el impedimento afecta a un proveedor que haya suscrito un contrato, el efecto es que tales contratos celebrados se consideran inválidos y no surte efectos.
1.6. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
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De conformidad con lo establecido en el numeral 44.1 del artículo 44 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, todo participante puede formular consultas y observaciones a las Bases dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la presentación de la expresión de interés.
La presentación de consultas y observaciones a las Bases se realizará mediante la Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx con copia al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, único en Formato PDF (legible, a color, resolución 300 ppp) de 10 MB como máximo, en el caso de que exceda dicha capacidad, la documentación (archivo único PDF) deberá enviarse mediante un enlace consignado en el referido correo electrónico. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30 am. a 4:30 pm., días hábiles, de acuerdo al cronograma del calendario del presente proceso de selección.
Las observaciones a las Bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas
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vulneraciones a la normativa del mecanismo de Obras por Impuestos previsto en el TUO de la Ley N° 29230, el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, u otra normativa que tenga relación con el objeto del proceso de selección.
Las consultas y/u observaciones sólo pueden ser presentadas y dirigidas al Comité Especial por quienes hayan presentado su expresión de interés.
Asimismo, los participantes pueden solicitar la aclaración a cualquier punto de las Bases o plantear solicitudes respecto de ellas, a través de la formulación de consultas.
Las respuestas del Comité Especial, a las solicitudes de aclaración, consultas y observaciones que se efectúen, pueden modificar o ampliar las Bases, pasando dichas absoluciones a formar parte de las mismas; y son dadas a conocer mediante circular a todos los participantes del proceso. Cualquier deficiencia o defecto en las propuestas por falta de presentación de consultas y/u observaciones de los participantes, no puede ser invocado por éstos como causal de apelación.
1.7. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a la absolución simultánea de las consultas y/u observaciones consta en el pliego absolutorio que se notifica mediante una circular y se publica en el portal institucional de la Entidad Pública y de PROINVERSIÓN.
El plazo para la absolución simultánea de consultas y observaciones por parte del Comité Especial, no puede exceder de cuatro (4) días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo para presentar expresiones de interés.
La absolución se realiza de manera motivada mediante pliego absolutorio de consultas y observaciones; precisando si éstas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases presentadas extemporáneamente o en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no han presentado expresión de interés como participantes.
No se absolverán consultas y observaciones a las Bases presentadas en documentación física a la Entidad Pública.
1.8. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
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Las Bases Integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección, por lo que deben contener las correcciones, aclaraciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y observaciones.
El Comité Especial integra y publica las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
a) Cuando no se hayan presentado consultas u observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
b) Cuando se hayan presentado consultas u observaciones, al día siguiente de concluido el plazo de la absolución simultánea de consultas y observaciones a las Bases.
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Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el portal institucional de la Entidad Pública y PROINVERSIÓN.
Una vez integradas las Bases, el Comité Especial no puede efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad. Excepcionalmente, dentro del tercer día siguiente de publicadas las bases integradas, el Comité Especial de oficio o a solicitud de la(s) empresa(s) participante(s) puede rectificar la incorrecta integración de bases, conforme al artículo 47 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
Las bases integradas se configuran como las reglas definitivas del proceso las cuales no están sujetas a cuestionamiento ni modificación durante el proceso de selección bajo responsabilidad del Titular de la Entidad Pública.
1.9. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Los documentos que acompañan las propuestas se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es el responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas deben llevar la firma o rúbrica del postor o de su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin, se presentan por escrito, debidamente foliadas correlativamente y en dos (2) sobres cerrados, uno de los cuales contiene la propuesta técnica y el otro la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y son foliados correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos pueden ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la firma o rúbrica del postor o de su representante legal o apoderado o mandatario designado para dicho fin.
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Las personas naturales pueden concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial con carta poder simple de acuerdo al modelo de carta indicado en el Formato N° 2 de las Bases. Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjunta el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas.
En el caso de Xxxxxxxxxx, la propuesta puede ser presentada por el representante común del Consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del Consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante común del Consorcio presente la propuesta, éste debe presentar la promesa formal de Xxxxxxxxx que debe contener como mínimo,
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la información que permita identificar a los integrantes del Consorcio, su representante común y el porcentaje de participación de cada integrante la que se perfeccionará mediante un Contrato de Consorcio, en caso de ser suscrito el Contrato de Supervisión.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del Consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del Consorcio y la promesa formal de Xxxxxxxxx.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del Consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
El Comité Especial llevará a cabo el Proceso de Selección de forma virtual en los casos en que se haya presentado una o más de una expresión de interés.
La presentación de las propuestas se realizará de forma virtual ante el Comité Especial a través del Google Meet (aplicación oficial para video conferencias en el MVCS) y al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx en la fecha y hora indicada en el Calendario del proceso de selección.
La documentación deberá ser enviada en un archivo único en Formato PDF (legible, a color, resolución 300 ppp) de 10 MB como máximo, en el caso de que exceda dicha capacidad, la documentación (archivo único PDF) deberá enviarse mediante un enlace consignado en el referido correo electrónico.
Previo a la presentación de propuestas, se realiza la acreditación de los postores. El Comité Especial solicitará a los representantes de los postores, según sea el caso (persona natural, persona jurídica o consorcio) presente a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx los documentos correspondientes y copia simple del documento de Identidad (DNI o Carnet de Extranjería).
La forma de presentación de las propuestas está establecida en el presente numeral según corresponda.
Mediante Circular, el Comité Especial indicará los accesos para la videoconferencia Google Meet.
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No se aceptarán la presentación de propuestas que se presenten en documentación física al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
1.10. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
En los casos que se presente más de una expresión de interés, es obligatoria la participación xxx Xxxxxxx Público o Xxxx xx Xxx para el acto público de la presentación de propuestas; y para la adjudicación de la buena pro para los casos en los que se haya presentado más de un postor.
En los casos en los que exista una sola expresión de interés o un sólo postor, la presentación y evaluación de propuestas y el otorgamiento de la buena pro se realiza sin necesidad de contar con la participación xx xxxxxxx público o xxxx xx xxx.
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La Entidad Pública puede convocar a un representante del Sistema Nacional de Control en calidad de veedor.
La presentación de los Sobres N° 1 (propuesta técnica) y Nº 2 (propuesta económica) se lleva a cabo ante el Comité Especial, en la fecha, hora y lugar señalados en el calendario del proceso de selección. Después del plazo señalado en el calendario del proceso de selección, no se admite la presentación de propuestas.
La presentación de las propuestas (Sobres N° 1, N° 2) será: un (1) original y una (1) copia.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, puede acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un Consorcio no pueden presentar propuestas individuales ni conformar más de un Consorcio.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral
1.9 del presente Capítulo, y este exprese su disconformidad, se anota tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantiene la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se está a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Los Sobres N° 1 y 2 deben contener los requisitos legales, técnicos y económicos mínimos establecidos en las Bases del proceso de selección.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir el(los) sobre(s) que contiene(n) la(s) propuesta(s) técnica(s).
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En el caso que, de la revisión de la(s) propuesta(s) técnica(s) se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos (2) días, desde el día siguiente de la notificación de los mismos, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continúa vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la(s) propuesta(s) técnica(s) no cumple(n) con lo requerido por las Bases, y no se encuentre(n) dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devuelve(n) la(s) propuesta(s) técnica(s), teniéndola(s) por no admitida(s), salvo que el(los) postor(es) exprese(n) su disconformidad, en cuyo caso el Comité Especial anota tal circunstancia en el acta y, en caso de dos o más propuestas, el Notario (o Xxxx xx Xxx) anota tal circunstancia en el acta y mantiene
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las propuestas en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación, de conformidad con el numeral 53.1 del artículo del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230. Si se formula apelación se está a lo que finalmente se resuelva al respecto.
En caso de dos o más postores, después de abierto cada sobre que contienen las propuestas técnicas, el Notario (o Xxxx xx Xxx), procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procede a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que son debidamente sellados y firmados por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, y, cuando corresponda por el Notario Público, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levanta un acta, la cual es suscrita por todos los miembros del Comité Especial, por los postores que lo deseen, así como por el Notario (o Xxxx xx Xxx).
El Comité Especial llevará a cabo el Proceso de Selección de forma virtual en los casos en que se haya presentado una o más de una expresión de interés.
El o los postores deberán verificar antes del envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y se encuentre correcta y adecuadamente digitalizado de tal modo que permita su legibilidad.
Previo a la presentación de propuestas, el Comité Especial verifica que el o los postores no se encuentren impedidos para participar en el proceso de selección según la plataforma del OSCE, realizando la consulta de “proveedores sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado con sanción vigente”.
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La presentación de los Sobres N° 1 (propuesta técnica) y Nº 2 (propuesta económica) se lleva a cabo de forma virtual ante el Comité Especial a través del Google Meet (aplicación oficial para video conferencias en el MVCS) y al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx. El o los postores envían un correo electrónico por cada Sobre con un único archivo PDF con una capacidad máxima de 10 MB, en el caso de que exceda dicha capacidad, la documentación (archivo PDF) deberá enviarse mediante un enlace consignado en el referido correo electrónico. La presentación de los Sobres debe estar rotulados de acuerdo al modelo señalado en el Anexo D de las Bases y será enviado al correo electrónico del Comité Especial. Además, los documentos deben estar adecuadamente digitalizados, legibles, a color resolución 300ppp.
El Comité Especial otorgará hasta treinta (30) minutos de tolerancia a partir de la hora fijada para el acto de presentación de propuestas, para que el o los postores puedan unirse a la aplicación del Google Meet, y realicen la presentación de la Propuesta Técnica (Sobre N° 1) y Propuesta Económica (Sobre N° 2).
En el caso de presentarse una sola expresión de interés y/o un solo postor la Propuesta Técnica (Sobre N° 1) será presentada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx. En el caso de presentarse dos o más expresiones de interés y/o dos o más postores, adicionalmente se presentará la Propuesta Técnica (Sobre N° 1) al correo electrónico xxx xxxxxxx público.
La Propuesta Económica (Sobre N° 2) en el caso de presentarse una sola expresión
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de interés y/o un solo postor, dicho Sobre se presentará al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx. En el caso de presentarse dos o más expresiones de interés y/o postores, la Propuesta Económica (Sobre N° 2) se presentará al correo electrónico xxx xxxxxxx público.
El correo xxx xxxxxxx público se indicará en el mismo acto.
Culminado dicho plazo de tolerancia, el Comité Especial, mediante sesión virtual, procede a dar inicio al acto de recepción de propuestas a través de los sobres N° 1 y N° 2. Asimismo, apertura el correo electrónico con el Sobre N° 1 del postor o postores y realiza la verificación de la documentación contenida en esta. Durante la verificación del Sobre N° 1 el Comité Especial, puede solicitar al postor o postores, a través del correo electrónico consignado en la expresión de interés, que subsane o corrija algún error material o formal de los documentos presentados, dentro del plazo que establezca el Comité Especial y lo presente en el correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
Al terminar el acto público, se levanta un Acta, la cual es suscrita por los miembros del Comité Especial en el caso de que se haya presentado una sola expresión de interés y/o un solo postor. En caso de presentarse dos o más expresiones de interés y/o dos o más postores el acta es suscrita por los miembros del Comité Especial y por el notario público.
Una vez suscrita el acta, se enviará una copia a los postores a través de los correos electrónicos indicados en las cartas de expresión de interés.
La presentación de las propuestas está establecida en el presente numeral según corresponda.
1.11. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) debe incluir obligatoriamente lo siguiente:
- La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconoce pago adicional de ninguna naturaleza.
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- El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen de ser el caso, deben ser expresados con dos decimales.
1.12. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se realiza en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. El puntaje de calificación se obtiene de la suma de los puntajes de la propuesta técnica y económica de cada Entidad Privada Supervisora, el cual tendrá una ponderación mínima de 80% para la propuesta técnica y máxima de 20% para la propuesta económica, de conformidad al numeral 103.4 del Artículo 103 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
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Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos
1.12.1. EVALUACIÓN TÉCNICA
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación pasan a la evaluación técnica.
Se verifica que la propuesta técnica cumpla con los Requisitos Técnicos Mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no son admitidas.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, son descalificadas en esta etapa y no acceden a la evaluación económica.
1.12.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Las propuestas económicas se abren en la fecha, hora y lugar detallado en el Anexo B de las presentes bases y con la presencia xxx xxxxxxx público o xxxx xx xxx que las custodió. Sólo se abren las propuestas económicas de los postores que alcanzaron el puntaje mínimo de la evaluación técnica indicado en la sección específica de las bases. En dicho acto se anuncia el nombre de los postores, el puntaje de evaluación técnico obtenido y el precio total de las ofertas.
No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica, salvo defectos de foliación y de rúbrica de cada uno de los folios que componen la oferta.
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El Comité Especial devuelve las ofertas que se encuentren por debajo del noventa por ciento (90%) del valor referencial o que excedan éste en más del ciento diez por ciento (110%).
De no estar conformes, los postores pueden solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el Notario o Xxxx xx Xxx mantener en custodia la oferta económica hasta el consentimiento de la Buena Pro, salvo que en el acto o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
La Evaluación Económica consiste en asignar el puntaje máximo establecido en la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
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Oi | ||
Donde: | ||
i | = | Propuesta |
Pi | = | Puntaje de la propuesta económica i |
Oi | = | Propuesta Económica i |
Om | = | Propuesta Económica de monto o precio más bajo |
PMPE | = | Puntaje Máximo de la Propuesta Económica |
Cuando se haya presentado una o más de una expresión de interés y/o postor, la evaluación de la Propuesta Económica se realizará de forma virtual.
Mediante Circular, el Comité Especial indicará los accesos para la videoconferencia Google Meet considerando el calendario del proceso de selección.
El Comité Especial a través de la aplicación del Google Meet procederá a dar lectura al Acta de Evaluación de la o las Propuestas Técnicas.
Posteriormente, en caso se haya presentado una sola expresión de interés y/o un solo postor el Comité Especial procederá a abrir el correo electrónico de la Propuesta Económica del Postor.
En caso se haya presentado dos o más postores, el notario público enviará al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx del Comité Especial, las Propuestas Económicas de los postores.
La evaluación de la Propuesta Económica está establecida en el presente numeral según corresponda.
1.13. ADJUDICACIÓN Y CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en el Anexo B de las Bases y, cuando corresponda en acto público, el Comité Especial procede a adjudicar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consigna el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
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Al terminar el acto se levanta un acta, la cual es suscrita por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen, así como por el Notario (o Xxxx xx Xxx) cuando corresponda.
En el caso de ofertas que superen el valor referencial, hasta el límite máximo previsto en el tercer párrafo del numeral 1.12.2 del presente Capítulo, para que el Comité Especial otorgue la buena pro, debe seguir el procedimiento previsto en el numeral
49.4 del artículo 49 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, salvo que el postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica. El plazo para adjudicar la buena pro no excede de tres (3) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para la adjudicación de la Buena Pro, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad Pública.
La adjudicación de la Buena Pro se presume notificada a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entrega a los postores copia del acta de adjudicación de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en
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cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publica en el Portal Institucional de la Entidad Pública y de PROINVERSIÓN.
En caso no se pueda adjudicar la Buena Pro, el Comité Especial sigue el mismo procedimiento con el postor que ocupó el segundo lugar. En caso no se adjudique la buena pro, debe continuar con los demás postores, respetando el orden de prelación.
En caso de empate entre dos o más propuestas válidas, la determinación del orden de prelación de las ofertas (técnica y económica) empatadas se realiza a través de sorteo. Para la aplicación de este método de desempate se requiere la participación xx Xxxxxxx o Xxxx xx Xxx y la citación oportuna a los postores que hayan empatado.
En el caso que se haya presentado un postor, el consentimiento de la Buena Pro se produce el mismo día de su otorgamiento en acto público, y es publicado en el Portal de la Entidad Pública, PROINVERSIÓN ese mismo día hasta el día hábil siguiente de notificado su otorgamiento.
En caso se hayan presentado dos (2) o más postores, el consentimiento de la Buena Pro se produce a los ocho (8) días de la notificación de la adjudicación, sin perjuicio que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En caso de que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de la adjudicación.
La empresa privada que financia el proyecto puede formular oposición contra el postor ganador de la buena pro respecto al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230. Para tal efecto, la Empresa Privada presenta la oposición en un plazo máximo de dos días hábiles contados desde el otorgamiento de la buena pro, debiendo ser resuelta por el titular de la entidad pública en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la formulación de la oposición.
1.14. DEL REGISTRO EN EL SEACE
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En aplicación del principio de transparencia, luego de suscrito el Contrato de Supervisión, debe registrarse en el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE), la convocatoria, las bases con todos sus anexos, la absolución de las consultas y observaciones, las bases integradas, la evaluación de las propuestas y otorgamiento de la Buena Pro, así como el Contrato de Supervisión de la Entidad Privada Supervisora, conforme lo dispuesto en el artículo 40 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
1.15. CANCELACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El Proceso de Selección puede ser cancelado mediante Resolución del Titular de la Entidad Pública, la cual debe ser motivada por causal de caso fortuito, fuerza mayor, desaparición de la necesidad o aspectos presupuestales, hasta antes de la suscripción del Convenio. Dicha decisión debe comunicarse por escrito al Comité Especial hasta el día hábil siguiente de emitida la Resolución del Titular.
1.16. PROCESO DE SELECCIÓN DESIERTO
El proceso de selección es declarado desierto cuando, aún ampliado el plazo por el Comité Especial, no se presente ninguna Expresión de Interés o ninguna propuesta
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válida. La declaratoria de desierto es publicada en el portal institucional de la Entidad Pública y de PROINVERSIÓN el mismo día de su emisión.
En estos supuestos, el Comité Especial puede convocar a un nuevo proceso de selección. La nueva presentación de propuestas se realiza en un plazo no menor de ocho (8) días hábiles, contados desde la nueva convocatoria.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
Las discrepancias que surjan entre la Entidad Pública a cargo del proceso de selección y los Postores, únicamente dan lugar a la interposición del recurso de apelación.
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la Convocatoria hasta aquellos actos emitidos antes de la celebración del Contrato, no pudiendo impugnarse las Bases ni su integración y/o rectificación.
El incumplimiento de alguna de las disposiciones que regulan el desarrollo de las etapas del Proceso de Selección constituye causal de nulidad de las etapas siguientes, y determina la necesidad de retrotraerlo al momento o instante previo al acto o etapa en que se produjo dicho incumplimiento.
2.2. PROCEDIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN
El recurso de apelación debe ser presentado dentro de los ocho (8) días hábiles de adjudicada la Buena Pro, antes del consentimiento de la misma. La apelación se puede interponer contra los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del Contrato, luego de otorgada la Buena Pro, Pro esta vía no se pueden impugnar las Bases ni su integración.
Para admitir el recurso de apelación, el postor deberá presentar la garantía equivalente al 3% del monto total de inversión referencial del proceso de selección a favor de la Entidad Pública o a PROINVERSIÓN en caso de encargo.
Luego de presentado el recurso de apelación, la Entidad Pública tendrá dos (2) días hábiles para su admisión, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad, en un plazo máximo de 30 días hábiles de admitido el mismo.
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En caso el postor ganador de la buena pro no concurra a suscribir el Contrato o no pueda hacerlo por alguna causa justificada y el recurso de apelación haya sido presentado por el postor que quedó en segundo lugar y aún se encuentre pendiente de ser resuelto por la Entidad Pública, ello no será impedimento para adjudicar la buena pro al postor que ocupó el segundo lugar, para lo cual éste deberá desistir del recurso de apelación interpuesto. En caso no se adjudique la buena pro, debe continuar con los demás postores, respetando el orden de prelación.
La autoridad debe resolver y notificar su resolución dentro del plazo fijado, de lo contrario, el interesado deberá considerar denegado su recurso de apelación.
2.3. GARANTÍA PARA LA APELACIÓN
El postor que impugna la adjudicación de la Buena Pro debe entregar a la Entidad Pública o PROINVERSIÓN, según sea el caso, la garantía de apelación adjunta a su recurso. Esta debe ser emitida por una suma equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del proceso de selección impugnado y debe tener un plazo mínimo de vigencia de treinta días (30) calendario, debiendo ser renovada, en cualquiera de los casos, hasta el momento en que se agote la vía administrativa, siendo obligación del impugnante realizar dicha renovación en forma oportuna. En el supuesto que la garantía no fuese renovada hasta la fecha consignada como vencimiento de la misma,
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será ejecutada para constituir un depósito en la cuenta bancaria de la Entidad Pública o de PROINVERSIÓN, según corresponda, el cual se mantendrá hasta el agotamiento de la vía administrativa.
Ningún recurso de apelación se considerará válidamente interpuesto y carecerá de todo efecto, si el Postor no cumple los plazos estipulados y no adjunta necesariamente la Garantía para la Apelación dentro del mismo plazo establecido para su interposición.
Independientemente que se haya presentado el recurso de apelación ante la Entidad Pública, cuando el recurso sea declarado fundado en todo o en parte, o se declare la nulidad sin haberse emitido pronunciamiento sobre el fondo del asunto, u opere la denegatoria ficta por no resolver y notificar la resolución de la Entidad Pública o Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN dentro del plazo legal, se procederá a devolver la garantía al impugnante, en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles de solicitado, conforme lo establecido en el numeral 53.3 del artículo 53 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
En caso se declare infundado o improcedente el recurso de apelación, o el impugnante se desistiera, se procederá a ejecutar la Garantía, conforme lo establecido en el numeral 53.4 del artículo 53 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
2.4. ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
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La interposición de la acción contenciosa administrativa cabe únicamente contra la resolución o denegatoria ficta que agota la vía administrativa, y no suspende lo resuelto por la Entidad Pública o PROINVERSIÓN, según corresponda. Dicha acción se interpone dentro del plazo establecido en la Ley de la materia.
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CAPÍTULO III
DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN
Una vez que quede consentido o administrativamente firme la adjudicación de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del Contrato de Supervisión. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial puede, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder xx xxxx (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad.
Asimismo, en el supuesto que la Entidad Pública observe la documentación presentada para la suscripción del contrato, la entidad privada supervisora tiene diez
(10) días hábiles para subsanar las observaciones.
Al día siguiente de entregada la documentación completa y de encontrarse conforme a lo exigido en las Bases, las partes suscriben el contrato de supervisión. De no cumplir con perfeccionar el contrato, perderá automáticamente la Buena Pro y el Comité Especial procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente, conforme el artículo 105 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. La suscripción del Contrato se realizará considerando las medidas y protocolos establecidos en la normativa vigente vinculada al COVID-19.
3.2. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
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- Garantía de fiel cumplimiento.
- El contrato de Consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
- Código de Cuenta Interbancario (CCI).
- En caso de ser persona jurídica o Consorcio, documento expedido por los registros públicos que acredite que el representante legal cuenta con facultades para perfeccionar el Contrato, con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la firma del Contrato, computado desde la fecha de emisión.
- Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato, el cual debe estar ubicado en el territorio nacional.
- Copia de DNI vigente del adjudicatario o de su Representante Legal si es persona jurídica. En caso de Xxxxxxxxx, presentar dicho documento por cada uno de sus integrantes.
- Declaración Jurada de no estar comprendido en alguno de los impedimentos para ser postor y/o contratista establecidos en el numeral 36.2 del artículo 36 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
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- Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
- Declaración Jurada de la Entidad Privada Supervisora, o sus empresas que la conforman vinculadas, de no estar vinculada a la Empresa Privada que financia y/o ejecuta el Proyecto o su mantenimiento, dentro de los dos (2) años previos a la convocatoria, y no haber participado en la elaboración de los estudios, planos y demás documentos necesarios para la ejecución del proyecto.
- Registro Nacional de Proveedores del OSCE, correspondiente al adjudicatario y/o de los integrantes del Consorcio, debidamente inscrito en el registro correspondiente.
- Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
En caso de Xxxxxxxxx, debe presentar adicionalmente, copia legalizada de los poderes vigentes registrados de los representantes legales de las empresas privadas que la integran, y la copia legalizada del documento constitutivo de Consorcio, que estén acorde a lo señalado en la Declaración Jurada del Formato N° 6 de las Bases.
3.3. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
El plazo de ejecución contractual se inicia al día siguiente de suscrito el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso, dicha vigencia rige hasta la liquidación del Proyecto, para ello el funcionario competente otorgará la conformidad del servicio de la recepción de la prestación a cargo del contratista y la Empresa Privada que efectúe el pago correspondiente, la aprobación de la liquidación del proyecto, como la aprobación de la liquidación del Contrato de supervisión. Asimismo, el plazo de contratación de la Supervisión debe estar vinculado al del Convenio de Inversión Pública.
Las condiciones para el inicio de la supervisión de la ejecución del Proyecto son las siguientes:
a) El perfeccionamiento y suscripción del contrato de supervisión.
b) Notificación a la Empresa Privada por parte de la Entidad Pública sobre la contratación de la Entidad Privada Supervisora.
c) Estudio Definitivo aprobado bajo resolución por parte de la Entidad Pública.
d) Entrega de Terreno para la Ejecución del Proyecto por parte de la Entidad Pública.
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e) Presentación del documento de Trabajo donde detalle las actividades a efectuar durante la supervisión de ejecución de obra, desde el inicio hasta la liquidación del Contrato de Supervisión, incluyendo a los profesionales de su equipo y los equipos, en concordancia con su propuesta técnica.
La Entidad Pública comunicará a la Entidad Privada Supervisora las modificaciones realizadas en la fase de ejecución al proyecto.
3.4. GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad Pública la garantía de fiel cumplimiento del contrato de Supervisión. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto adjudicado y mantenerse vigente hasta la liquidación de la supervisión. La garantía de fiel cumplimiento debe tener las características establecidas en el numeral 56 y 106 del Reglamento y sus modificatorias.
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Según lo dispuesto en el numeral 110.1 del artículo 110 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, en caso de mayores prestaciones y la ampliación de plazo de supervisión originada por modificaciones o variaciones al proyecto en la fase de ejecución, antes de la suscripción de la adenda, la Entidad Privada Supervisora deberá incrementar la garantía de fiel cumplimiento en proporción al adicional.
Las mayores prestaciones se aprueban hasta por un máximo del cincuenta por ciento (50%) del costo de supervisión establecido en el Expediente técnico actualizado aprobado por la Entidad Pública.
3.5. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad Pública. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
3.6. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se hacen efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en las Bases y Contrato, en concordancia con lo establecido en el numeral 106.2 del artículo 106 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230:
a) Cuando la entidad privada supervisora no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento.
b) La garantía de fiel cumplimiento se ejecuta, en su totalidad, cuando la resolución por la cual la Entidad Pública resuelve el contrato por causa imputable al contratista haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral se declare procedente la decisión de resolver el contrato. En estos supuestos, el monto de la garantía corresponde íntegramente a la Entidad Pública, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado.
c) Igualmente, la garantía de fiel cumplimiento se ejecuta cuando transcurridos tres
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(3) días hábiles de haber sido requerido por la Entidad Pública, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en la liquidación final del contrato. Esta ejecución es solicitada por un monto equivalente al citado saldo a cargo del contratista.
Aquellas empresas que no cumplan con honrar la garantía otorgada son sancionadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – SBS.
3.7. CONTRATO DE SUPERVISIÓN
Los términos y condiciones bajo los cuales se rige el financiamiento y la supervisión del Proyecto se establecen conforme al formato de Contrato de Supervisión, aprobado por la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Directoral.
3.8. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
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Las presentes Bases y los documentos que las integran se rigen e interpretan de acuerdo a las leyes peruanas. Los participantes, los postores y el Adjudicatario se someten y aceptan irrevocablemente las disposiciones de solución de controversias establecidas en las Bases para los conflictos que pudiesen suscitarse respecto a este Proceso de Selección.
3.9. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso de selección no contemplados en las Bases se regirán por el TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
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A N E X O S
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ANEXO A
DEFINICIONES
Adjudicación de la Buena Pro: Es el acto por el cual se otorga la Buena Pro.
Adjudicatario: Es el Postor que resulte favorecido con la adjudicación de la Buena Pro del presente proceso de selección.
Bases: Están constituidas por el presente documento (incluidos sus formularios y anexos) y las Circulares, los mismos que fijan los términos bajo los cuales se desarrolla el presente proceso de selección.
Calendario: Es la secuencia temporal de actos que se desarrollan durante el presente proceso de selección y que aparece en el Anexo B de las presentes Bases.
Circulares: Son los documentos emitidos por escrito por el Comité Especial con el fin de aclarar, interpretar, completar o modificar el contenido de las presentes Bases, sus anexos, de otra Circular o para absolver las consultas formuladas por quienes estén autorizados para ello, conforme a estas Bases. Las Circulares forman parte integrante de las Bases.
Comité Especial: Es el responsable de la organización y conducción del proceso de selección de la Entidad Pública, conforme a las formalidades establecidas en el TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, cuyos miembros son designados por resolución del Titular o funcionario delegado.
Consorcio: Es la participación de más de una Empresa Privada sin la necesidad de crear una persona jurídica diferente para la ejecución del servicio de supervisión del Proyecto de Inversión.
Contrato de Supervisión: Contrato suscrito entre la Entidad Privada Supervisora y la Entidad Pública en el marco del TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
Convenio de Inversión: Convenio de Inversión Pública suscrito entre la Empresa Privada y la Entidad Pública, en el marco del TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
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Ejecutor del Proyecto: Es la persona jurídica que ejecuta el proyecto, y/o realiza la operación y/o mantenimiento del Proyecto, de ser el caso. El Ejecutor del Proyecto deberá celebrar un contrato de construcción, así como otros contratos de provisión de equipamiento, servicios u otros y, de corresponder, los contratos respectivos para la ejecución de las obligaciones de elaboración el estudio definitivo, operación y mantenimiento con la Empresa Privada seleccionada, asumiendo responsabilidad solidaria en la ejecución de las obras que comprende el Proyecto.
Empresa Privada: Empresa o Consorcio Adjudicatario que financia el Proyecto acogiéndose a los dispuesto en el TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230. También se consideran Empresas Privadas a las sucursales de sociedades constituidas en el extranjero. La Empresa Privada también puede ser la ejecutora del Proyecto, de conformidad con los dispuesto en el artículo 2 del TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
Entidad Privada Supervisora: Persona natural o jurídica contratada por la Entidad Pública para supervisar la elaboración del expediente técnico y/o la ejecución del Proyecto, así como
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las actividades operación y mantenimiento, de corresponder.
Entidad Pública: Corresponde al Gobierno Regional, Gobierno Local, Universidad Pública o entidad del Gobierno Nacional que en el marco de sus competencias ejecute un Proyecto de Inversión conforme a las normas del Xxxxxxxx.xx dentro de los alcances del TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
Expresión de Interés: Es el documento que presentan los interesados al Comité Especial a efectos de participar en el proceso de selección, de acuerdo al formato adjunto a las Bases.
Xxxxxxxx.xx: Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Xxxxxxxx.xx) de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y sus normas modificatorias.
Monto Contractual: Es el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación del servicio de supervisión.
PROINVERSIÓN: Agencia de Promoción de la Inversión Privada.
Participante: Es la Personal Natural, Persona Jurídica o Consorcio que presenta su Expresión de Interés para encargarse de la supervisión de la ejecución del Proyecto de Inversión.
Postor: Es la Personal Natural, Persona Jurídica o Consorcio que interviene en el proceso de selección, desde el momento que presenta su propuesta técnica y económica.
Propuesta Económica: Es la documentación que debe presentar el Postor, de acuerdo a lo establecido en el Apartado 1.11 del Capítulo I de la Sección II de las Bases.
Propuesta Técnica: Es la documentación que debe presentar el Postor, de acuerdo a lo establecido en el Anexo F de las Bases.
Proyecto: Se refiere a un proyecto de inversión formulado y declarado viable en el marco del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, sus normas reglamentarias y complementarias.
Representante Legal: Es la persona natural designada por el participante o postor para llevar a cabo en su nombre y representación, los actos referidos en las Bases.
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Sobre N° 1: Es el sobre que contiene la Propuesta Técnica conforme a los documentos especificados Anexo D de las presentes Bases.
Sobre N° 2: Es el sobre que contiene la Propuesta Económica conforme a la documentación indicada en el Anexo D de las presentes Bases.
UIT: Unidad Impositiva Tributaria.
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ANEXO B
CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN3
Los participantes y los postores deben tomar en cuenta las fechas indicadas en el presente calendario del proceso de selección, bajo su responsabilidad y de acuerdo a lo siguiente:
Etapa | Fecha |
Convocatoria y publicación de Bases | 01/12/2021 |
Presentación de Expresiones de Interés y Registro de Participantes (1) | Del 02/12/2021 Hasta 09/12/2021 En mesa de partes virtual del MVCS De 8:30 am a 4:30 pm. xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx |
Presentación de consultas y observaciones a las Bases (2) | Del 02/12/2021 Hasta 09/12/2021 En mesa de partes virtual del MVCS De 8:30 am a 4:30 pm. |
Absolución de consultas y observaciones a las Bases (3) | Del 10/12/2021 Hasta 15/12/2021 |
Integración de Bases y su publicación en el Portal Institucional (4) | 16/12/2021 |
Presentación de Propuestas (5) | 28/12/2021 |
Evaluación de la Propuesta Técnica (6) | Del 29/12/2021 Hasta 05/01/2022 |
Resultados de la Evaluación de las Propuestas y Adjudicación de la Buena Pro | 06/01/2022 En Forma virtual |
(1) El registro de los participantes es gratuito y se realizará en [CONSIGNAR EL LUGAR], sito en [CONSIGNAR DIRECCIÓN], en las fechas señaladas en el calendario, en el horario de [CONSIGNAR HORA DE INICIO] a [CONSIGNAR HORA DE TÉRMINO] horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indica: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
(2) Las consultas y/u observaciones a las Bases, se realizan en idioma español, por escrito y dentro del mismo plazo establecido para la presentación de la Expresión de Interés.
(3) Plazo máximo de cuatro (4) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de consultas y observaciones.
(4) Al día hábil siguiente de absueltas las consultas o vencido plazo para presentarlas.
(5) Máximo a los seis (6) días hábiles de publicadas las Bases integradas o de su rectificación.
(6) Máximo a los cuatro (4) días hábiles siguientes de presentadas las propuestas.
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(7) A más tardar al día hábil siguiente de concluida la evaluación.
El Comité Especial puede prorrogar, postergar o suspender las etapas del proceso de selección; y, asimismo, sin expresión de causa puede suspender el proceso de selección, si así lo estimare conveniente, sin incurrir en responsabilidad alguna como consecuencia de ello. Asimismo, a solicitud de la Entidad Pública puede cancelar el proceso, aún luego de adjudicada la Buena Pro y hasta antes de la fecha prevista para la suscripción del contrato.
3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma publicado y registrado conforme al TUO del Reglamento de la Ley N° 29230. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en las publicaciones y/o registros respectivos.
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ANEXO C
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
Los requisitos de calificación son los siguientes:
A | CAPACIDAD LEGAL | ||
A.1 | REPRESENTACIÓN | Requisitos: • Documento que acredite el poder vigente del representante legal, apoderado o mandatario que rubrica la oferta. En el caso de Xxxxxxxxxx, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del Consorcio que suscribe la promesa de Xxxxxxxxx. • Promesa de Consorcio con firmas legalizadas 4 , en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del Consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Formato N° 6) La promesa de Xxxxxxxxx debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Acreditación: • Copia de vigencia de poder expedida por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas. • Promesa de Consorcio con firmas legalizadas. | |
A.2 | HABILITACIÓN | Requisitos: • El Consultor debe contar con la especialidad de Consultoría en consultoría en obras de saneamiento y afines • Encontrarse inscrito(s) en el Registro Nacional de Proveedores del Organismo supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) Acreditación: • Copia de la Constancia de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores; y en la especialidad indicada. • Cumplir con la Categoría “B”; de acuerdo a la Directiva N° 001-2020-OSCE/CD | |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL | ||
B.1 | EQUIPAMIENTO | Requisito: • Para que el Consultor cumpla debidamente con el encargo, deberá disponer en obra como mínimo de los siguientes equipos; propios o alquilados, pudiendo incrementarlos de acuerdo a los requerimientos: - 02 laptops; mínimo 14” CORE i5 o superior, con acceso a internet. - 01 impresora multifuncional. - 01 cámara fotográfica en obra, para los reportes de supervisión. - 01 estación total Acreditación: • Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad y/o cumplimiento de las especificaciones del equipamiento requerido. | |
B.2 | INFRAESTRUCTURA | Requisito: • Para que el Consultor cumpla debidamente con el encargo, deberá disponer en obra como mínimo de los siguientes ambientes; propios o alquilados: - 01 ambiente para oficina, pudiendo incrementarlo de acuerdo a la necesidad del proyecto. - 01 camioneta Pick Up Doble cabina. Acreditación: • Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad y/o |
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4 En caso de presentarse en Consorcio.
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cumplimiento de las especificaciones de la infraestructura requerida. • La Infraestructura se acreditará mediante declaración jurada y/o contrato de promesa de arrendamiento. • La Declaración Jurada de la Oficina de coordinación en el lugar donde se ejecutará el Proyecto deberá indicar que estará disponible desde el inicio de la ejecución del servicio hasta la culminación del mismo, en caso de ser el adjudicatario de la Buena Pro se formalizará con un Contrato de Alquiler entre el postor adjudicado y el propietario. Dicho Contrato se presentará dentro de los documentos para el perfeccionamiento del Contrato entre la Entidad Privada Supervisora y la Entidad Pública. | ||
Requisitos: | ||
1. Supervisor de Obra. – Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario, colegiado y habilitado. | ||
Se verificará en el portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU a través del siguiente link: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/. De no encontrase inscrito, presentar la copia del diploma respectivo. La colegiatura y habilitación se requerirá para el inicio de su participación efectiva en la ejecución de la prestación. | ||
Xxxx acreditar una experiencia mínima de cuatro (4) años (computada desde la fecha de colegiatura) como: Residente o supervisor o inspector o gerente de construcción o gerente de proyectos de construcción o jefe de supervisión o la combinación de estos, en la ejecución de obra o inspección de obra o supervisión de obra; en obras de saneamiento u obras similares. | ||
2. Supervisor Social. – Sociólogos y/o licenciados en educación y/o antropólogos y/o comunicadores y/o profesional de la salud o afín. | ||
B.3 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE - OBLIGATORIO | Se verificará en el portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU a través del siguiente link: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/. De no encontrase inscrito, presentar la copia del diploma respectivo. La colegiatura y habilitación se requerirá para el inicio de su participación efectiva en la ejecución de la prestación. Debe acreditar una experiencia mínima de cuatro (4) años (computada desde la fecha de colegiatura) como: Especialista social y/o supervisor social y/o coordinador social y/o gestor social en aspectos de desarrollo social y/o promotor y/o coordinador y/o capacitador social y/o especialista en intervenciones sociales, en la ejecución y/o inspección y/o supervisión de obras de saneamiento u obras similares. |
Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes Obras de construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de sistemas y/o servicios de agua potable, como captaciones y/o líneas de conducción y/o reservorios y/o plantas de tratamiento de agua potable y/o líneas de aducción y/o redes de agua y/o acueductos y/o conexiones domiciliarias de agua potable y/o redes secundarias de agua potable y/o infraestructura de saneamiento de sistemas y/o servicios de alcantarillado y/o desagüe como plantas de tratamiento de aguas residuales y/o conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o redes secundarias de alcantarillado y/o redes secundarias de desagüe y/o unidades básicas de saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico o ecológica o compostera o xx xxxx seco. | ||
Acreditación: | ||
La experiencia del personal se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre en el puesto, la experiencia del personal clave propuesto | ||
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar los Formatos N° 11 y N° 12 referidos al personal clave propuesto para la ejecución del servicio de |
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supervisión del Proyecto. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Los documentos que acrediten la experiencia profesional deben consignar la fecha de inicio y culminación de cada servicio y/o consultoría prestada. | ||
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR | |
C.1 | FACTURACIÓN | Requisito: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 138,835.94 (Ciento Treinta y Ocho Mil Ochocientos Treinta y Cinco con 94/100 soles), por la contratación de servicios de supervisión de ejecución de obras iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de hasta diez (10) años a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes Obras de construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de sistemas y/o servicios de agua potable, como captaciones y/o líneas de conducción y/o reservorios y/o plantas de tratamiento de agua potable y/o líneas de aducción y/o redes de agua y/o acueductos y/o conexiones domiciliarias de agua potable y/o redes secundarias de agua potable y/o infraestructura de saneamiento de sistemas y/o servicios de alcantarillado y/o desagüe como plantas de tratamiento de aguas residuales y/o conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o redes secundarias de alcantarillado y/o redes secundarias de desagüe y/o unidades básicas de saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico o ecológica o compostera o xx xxxx seco. En caso de presentar comprobantes de pago, este debe corresponder a valorizaciones aprobadas dentro del periodo de hasta diez (10) años a la fecha de la presentación de ofertas. Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de servicio y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios y/o contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en los Formatos N° 8 y N° 9 referidos a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por |
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la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar los Formatos N° 8 y N° 9 referidos a la Experiencia del Postor. |
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ANEXO D PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza ante el Comité Especial vía aplicación Google Meet y a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, en la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso de selección. .
En el supuesto que un único participante presente su expresión de interés, la presentación de propuestas se realiza ante el Comité Especial, sin necesidad de contar con la participación xx Xxxxxxx Público o Xxxx xx Xxx.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados en original y copia simple en versión digital y estarán dirigidas al Comité Especial del PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica: El sobre será rotulado:
Para: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
Señores
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento / Programa Nacional de Saneamiento Rural Xx. Xxxxxxxxx Xx 000 Xxxxxxxxxx - Xxxx
Atte.: Comité Especial
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DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE HUILLCARPAY, DISTRITO DE SAN XXXXXXXXX - CUSCO - CUSCO, C.U. N° 2312883
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
[INDICAR NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
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SOBRE N° 2: Propuesta Económica: El sobre será rotulado:
Para: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
Señores
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento / Programa Nacional de Saneamiento Rural Xx. Xxxxxxxxx Xx 000 Xxxxxxxxxx - Xxxx
Atte.: Comité Especial
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DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE HUILLCARPAY, DISTRITO DE SAN XXXXXXXXX - CUSCO - CUSCO, C.U. N° 2312883
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
[INDICAR NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
1.1. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
1.1.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y en dos (02) copias.
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El Sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, 5 la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
a) Declaración Jurada de datos del postor de acuerdo al Formato N° 3 de las Bases. Cuando se trate de Xxxxxxxxx, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
b) Declaración Jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Anexo F de las Bases, el mismo deberá ser respaldado con la presentación de los documentos que así lo acrediten, de acuerdo al Formato N° 4 de las Bases.
c) Declaración Jurada simple de acuerdo al Formato N° 5 de las Bases. En el caso de Consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del Consorcio.
d) Promesa formal de Consorcio de ser el caso, en la que se consigne a todos y cada uno de los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del Consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones, de acuerdo al Formato N° 6 de las Bases.
La promesa formal de Xxxxxxxxx deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del Consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
e) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio, de acuerdo al Formato N° 7 de las Bases.
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f) Acreditar la siguiente documentación: i) Copia legalizada de la Tarjeta de Propiedad de Vehículo o también con una promesa de alquiler entre el postor y el propietario del vehículo a utilizar durante el servicio y; ii) Declaración Jurada y/o promesa formal de alquiler de una oficina de coordinación suscrita entre el postor y el propietario, donde se exprese el compromiso del postor que, en caso de ser adjudicado con la Buena Pro debe presentar copia legalizada del contrato de alquiler de movilidad y de la oficina suscrito entre el postor adjudicado y el propietario. La oficina deberá ubicarse dentro de la provincia y departamento donde se ejecutará el proyecto
g) Conforme lo establecido en el numeral 102.3 del artículo 102 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, la Entidad Privada Supervisora, o sus empresas vinculadas, deben acreditar contar con una experiencia total como supervisor de cuatro (4) años como mínimo en proyectos similares. La Entidad Privada Supervisora puede ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, y tratándose de personas jurídicas que designan a persona naturales, estos deben
5 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria. La omisión de alguno de los documentos de presentación obligatoria, si descalifica la propuesta.
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acreditar la experiencia solicitada. Dicha información deberá ser presentada, de acuerdo a los Formatos N° 8 y 9 de las Bases.
h) Declaración jurada del personal propuesto para la Supervisión de la ejecución del Proyecto; especificando los plazos de inicio y fin de su participación, de acuerdo al Formato N° 11 de las Bases.
i) Declaración Jurada de la Experiencia del Personal Profesional Propuesto, de acuerdo al Formato N° 12 de las Bases, con la documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos del personal propuesto; deberá contar con Título Profesional, Colegiatura y deberá estar habilitado, asimismo pueden acreditar su experiencia con cualquiera de los siguientes documentos:
- Copias simples de los contratos suscritos y su respectiva conformidad; o
- Copias simples de las constancias de trabajo; o
- Copias simples de los certificados de trabajo; o
- Cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal clave propuesto.
En los documentos citados se debe especificar el plazo de inicio y fin de la participación del profesional propuesto, y el cargo que desempeñó.
j) Formato de Autorización para realizar Notificaciones Electrónicas, de acuerdo al
Formato N° 14 de las Bases.
k) Declaración Jurada de la Entidad Privada Supervisora, o sus empresas vinculadas, de no estar vinculada a la Empresa Privada que financia y/o ejecuta el Proyecto y/o su operación y/o mantenimiento, dentro de los dos (2) años previos a la convocatoria. El postor elabora su propio formato.
l) Registro Nacional de Proveedores vigente a la presentación de la propuesta técnica, emitidos por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), en los registros correspondientes.
m) Presentación de Declaración Jurada de no estar comprendido en alguno de los impedimentos para ser postor establecidos en los artículos 36 y 104 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230. El postor elabora su propio formato.
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Documentación de presentación obligatoria – facturación:
a) Experiencia en supervisión de obras: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 138,835.94 (Ciento Treinta y Ocho Mil Ochocientos Treinta y Cinco con 94/100 soles), por la contratación de servicios de supervisión de ejecución de obras iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de hasta diez (10) años a la fecha de la presentación de ofertas.
Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes Obras de construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de sistemas y/o servicios de agua potable, como captaciones y/o líneas de conducción y/o reservorios y/o plantas de tratamiento de agua potable y/o líneas de aducción y/o
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redes de agua y/o acueductos y/o conexiones domiciliarias de agua potable y/o redes secundarias de agua potable y/o infraestructura de saneamiento de sistemas y/o servicios de alcantarillado y/o desagüe como plantas de tratamiento de aguas residuales y/o conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o redes secundarias de alcantarillado y/o redes secundarias de desagüe y/o unidades básicas de saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico o ecológica o compostera o xx xxxx seco.
Acreditación:
Copia simple de contratos u órdenes de servicio y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios y/o contrataciones. En caso de presentar comprobantes de pago, este debe corresponder a valorizaciones aprobadas dentro del periodo de hasta diez
(10) años a la fecha de la presentación de ofertas
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte
(20) primeras contrataciones indicadas en los Formatos N° 8 y N° 9 referidos a la Experiencia del Postor.
En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
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Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar los Formatos N° 8 y N° 9 referidos a la Experiencia del Postor.
b) Factor experiencia y calificación del personal profesional propuesto: Para
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acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentará copia simple del título profesional, la colegiatura, habilitación vigente, asimismo la experiencia se acreditará mediante cualquiera de los siguientes documentos:
- Copias simples de los contratos suscritos y su respectiva conformidad u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad; o
- Copias simples de las constancias de trabajo; o
- Copias simples de los certificados de trabajo; o
- Cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal clave propuesto. Así también se debe presentar declaración jurada de estar habilitado para el ejercicio de sus funciones.
En los documentos citados se debe especificar el plazo de inicio y fin de la participación del profesional propuesto.
1.1.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA6
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
El monto de la oferta económica en soles y los componentes de la misma considerando el sistema de tarifas establecido en las Bases.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
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6 La propuesta económica solo se presentará en original.
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ANEXO E
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Para efectos de la evaluación de la Propuesta Técnica, el Postor deberá responder a las características y/o requisitos funcionales y condiciones de las Especificaciones Técnicas y Términos de Referencia especificados en las bases, y cuya propuesta económica sea la menor.
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
Para tal efecto, se debe establecer al menos uno de los siguientes factores de evaluación:
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | ||
A. | CALIFICACIONES Y/O EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | 60 puntos | |
A.1. CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE | |||
A.1.1 FORMACIÓN ACADÉMICA: Criterio: Se evaluará en función del nivel de formación académica del personal clave propuesto como SUPERVISOR DE OBRA y SUPERVISOR SOCIAL, considerándose los siguientes niveles: | Supervisor de Obra Xxxxx 0: 30 puntos Xxxxx 0: 35 puntos | ||
XXXXX 0: Profesional (Título Universitario) XXXXX 0: Cuenta con formación académica superior y/o grado académico y/o nivel de estudios superior a lo requerido7 | Supervisor social Xxxxx 0: 20 puntos Xxxxx 0: 25 puntos | ||
Acreditación: Se acreditará de acuerdo a lo indicado en el Anexo C (Requisitos de Calificación); Ítem B.3 | |||
A.2. EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | |||
Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal clave propuesto. Se considerarán como trabajos o prestaciones similares a los siguientes cargos desempeñados: a) Supervisor de Obra: Residente o supervisor o inspector o gerente de construcción o gerente de proyectos de construcción o jefe de supervisión o la combinación de estos, en la ejecución de obra o inspección de obra o supervisión de obra; en obras de saneamiento u obras similares | Supervisor de Obra: 4 años De 4 a 5 años: Más de 5 años: | 15 puntos 18 puntos 20 puntos | |
Título profesional: Ingeniero Sanitario o Ingeniero Civil. b) Supervisor social: Especialista social y/o supervisor social y/o coordinador social y/o gestor social en aspectos de desarrollo social y/o promotor y/o coordinador y/o capacitador social y/o especialista en intervenciones sociales, en la ejecución y/o inspección y/o supervisión de obras de saneamiento u obras similares. | Supervisor social: 4 años De 4 a 5 años: Más de 5 años: | 15 puntos 18 puntos 20 puntos | |
Título profesional: Sociólogos y/o licenciados en educación y/o | |||
antropólogos y/o comunicadores y/o profesional de la salud o afín. |
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7 Se considera como formación académica superior y/o grado académico y/o nivel de estudios superior, a los diplomados con 120 horas académicas como mínimo o maestrías relacionadas al objeto de la contratación.
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FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes Obras de construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de sistemas y/o servicios de agua potable, como captaciones y/o líneas de conducción y/o reservorios y/o plantas de tratamiento de agua potable y/o líneas de aducción y/o redes de agua y/o acueductos y/o conexiones domiciliarias de agua potable y/o redes secundarias de agua potable y/o infraestructura de saneamiento de sistemas y/o servicios de alcantarillado y/o desagüe como plantas de tratamiento de aguas residuales y/o conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o redes secundarias de alcantarillado y/o redes secundarias de desagüe y/o unidades básicas de saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico o ecológica o compostera o xx xxxx seco. | |
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos8 |
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor debe obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.
EVALUACIÓN ECONÓMICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
La Evaluación Económica consiste en asignar el puntaje máximo establecido en la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asigna un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE Oi
Donde: | ||
i | = | Propuesta |
Pi | = | Puntaje de la propuesta económica i |
Oi | = | Propuesta Económica i |
Om | = | Propuesta Económica de monto o precio más bajo |
PMPE | = | Puntaje Máximo de la Propuesta Económica |
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1.2. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnicas y económicas se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas son el resultado del promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde,
8 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.
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PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
Se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica, (mínimo 0.80)
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica, (máximo 0.20) Donde: c1 + c2 = 1.00
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ANEXO F TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE HUILLCARPAY, DISTRITO DE SAN XXXXXXXXX - CUSCO – CUSCO CON C.U. N° 2312883
1. ENTIDAD PÚBLICA CONVOCANTE
Nombre de la Entidad Pública | : | Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento / PNSR |
RUC N° | : | 20548776920 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxxxx - Xxxx |
Teléfono: | : | 000-0000 anexo 8566 Debido al estado de emergencia por el COVID-19, el horario de atención telefónica es limitado, por lo que se sugiere remitir cualquier consulta vía correo electrónico |
Correo electrónico: | : |
2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El objeto del proceso de selección es escoger a la(s) Empresa(s) Privada(s) que será(n) responsable(s) de la supervisión de la ejecución de la obra, que incluye la liquidación del contrato; del proyecto: “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD DE HUILLCARPAY, DISTRITO DE SAN XXXXXXXXX - CUSCO – CUSCO”
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La Empresa Privada que será responsable de la supervisión de la ejecución de la obra, debe contar con la especialidad en el RNP, la misma que corresponde al objeto de la convocatoria; y la categoría “B”, de acuerdo a la Directiva N° 001-2020-OSCE/CD. El consorciado que participen en el proceso de selección, deberá cumplir también los mismos requisitos.
3. ANTECEDENTES
− Mediante Resolución Ministerial N° 116-2019-VIVIENDA, artículo 1°, de fecha 25 xx xxxxx de 2019, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento priorizó a ser ejecutado EL PROYECTO, en el marco del mecanismo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto Supremo N° 294-2018- EF
− Mediante Resolución Ministerial N° 116-2019-VIVIENDA, artículo 3°, de fecha 25 xx xxxxx de 2019, se designó a los miembros del Comité Especial, encargado de
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conducir el proceso de selección de la Empresa Privada que financiará y ejecutará EL PROYECTO.
− Mediante Resolución Ministerial N° 019-2020-VIVIENDA, de fecha 29 de enero de 2020, se reconformó a los miembros del Comité Especial, encargado de conducir el proceso de selección de la Empresa Privada que financiará y ejecutará EL PROYECTO.
4. BASE LEGAL
La base legal aplicable al presente proceso de selección está compuesta por las siguientes normas:
− Xxx Xx 00000, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado.
− Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital.
− Decreto Supremo N° 294-2018-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado (en adelante, TUO de la Ley N° 29230).
− Decreto Supremo N° 295-2018-EF que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230 (en adelante, TUO del Reglamento de la Ley N° 29230).
− Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; y sus modificatorias.
− Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, Decreto Supremo que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
− Decreto Supremo N° 008-2020-SA, que declara en emergencia sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19; y sus modificatorias.
− Resolución Ministerial N° 312-2011-MINSA, que aprueba los “Protocolos de exámenes médico ocupacionales y guías de diagnóstico de los exámenes médicos obligatorios por actividad”.
− Resolución Ministerial N° 055-2020-TR, que aprueba el documento denominado “Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral”.
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− Resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú y su modificatoria.
− Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”; y sus modificatorias.
− Resolución Ministerial N° 007-2020-VIVIENDA – Delegación de Facultades.
− Resolución Ministerial N° 087-2020-VIVIENDA, que aprueba el “Protocolo Sanitario del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la Reanudación de Actividades”; y sus modificatorias.
− Resolución Ministerial N° 088-2020-VIVIENDA, que aprueba los “Criterios de focalización territorial y la obligatoriedad de informar incidencias”, y el listado de los proyectos de saneamiento priorizados del Sector Construcción; y sus modificatorias.
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− Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid- 19, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA.
Las normas antes mencionadas son aplicables al presente proceso de selección y el proyecto, así como sus futuras modificatorias, de ser el caso.
5. ALCANCE DEL SERVICIO
La Entidad Privada Supervisora suministrará totalmente los servicios para la supervisión y control de los proyectos de inversión. Estos servicios comprenden todo lo relacionado con la supervisión del proyecto (inspección, control técnico, contable, ambiental y administrativo de las actividades a ejecutarse).
Sin excepción de las obligaciones que corresponden a la Entidad Privada Supervisora, conforme a los dispositivos legales vigentes y que son inherentes a la prestación del servicio, la Entidad Privada Supervisora está obligada a lo siguiente:
5.1 ACTIVIDADES EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN DE OBRA
5.1.1 ACTIVIDADES GENERALES
La Entidad Privada Supervisora que desarrolle el servicio de supervisión del proyecto está obligado a cumplir con las disposiciones establecidas en el artículo 107 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018- EF, debiendo además exigir a la Empresa Privada encargada de la Ejecución de la Obra el cumplimiento del Convenio de Inversión en todos sus extremos.
La Entidad Privada Supervisora, deberá tener en cuenta los alcances de sus obligaciones, a fin de cumplir satisfactoriamente los servicios de supervisión propuestos, los cuales están referidos a la supervisión de la elaboración del expediente técnico y la supervisión de la ejecución de la obra, hasta su recepción sin observaciones y la liquidación del convenio.
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Sin exclusión de las obligaciones que corresponden a la Entidad Privada Supervisora, conforme a los dispositivos legales vigentes y que son inherentes como tal, entre otros, la Entidad Privada Supervisora en la etapa de ejecución de obra estará obligado a:
• Ejecución integral del control y supervisión de la obra, verificando constante y oportunamente que los trabajos se ejecuten de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas y en general con toda la documentación que conforma el Expediente Técnico, cumpliendo con las Normas de Edificaciones, Normas Ambientales, Normas de Seguridad y reglamentación vigente, así como la calidad de los materiales que intervienen en la obra.
• Controlar el avance de la obra a través de un programa CPM y Diagrama xx Xxxxxx con el detalle suficiente de cada una de las actividades desde el
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inicio hasta su conclusión.
• Ejecutar el control físico, administrativo, económico y contable de la obra, efectuando detallada y oportunamente la medición y valorización de las cantidades de obra ejecutada, mediante la utilización de programas de computación. Paralelamente a la ejecución de la obra, la Entidad Privada Supervisora irá verificando y supervisando las modificaciones de los metrados de la obra autorizadas por la Entidad, con el fin de contar con los realmente ejecutados, correspondientes a cada una de las partidas conformante del presupuesto de obra, así como ir progresivamente practicando la pre-liquidación de la obra, de tal manera de contar con metrados finales y planos de replanteo, paralelamente al avance de la obra, los mismos que serán presentados en la recepción de la obra, firmados por el Residente y el Supervisor.
• Vigilar y hacer que el Ejecutor del Proyecto cumpla con las normas de seguridad vinculado a la Obra, así como del personal involucrado en la misma.
• Asesoramiento técnico, legal y servicios profesionales especializados, cuando las condiciones de obra lo requieran, contribuyendo eficazmente a la mejor ejecución de la misma.
• Inspección y verificación permanente de la calidad y cantidad de los materiales y equipos, así como el control físico de los mismos, presentando en los informes correspondientes, su inventario detallado y actualizado. Deberán, además, llevar un control especial e informar a la Entidad sobre la permanencia en la obra de los equipos y maquinarias.
• Presentar informes de avances de obra mensual (esquemas, diagramas, consultas absueltas, consultas y/o reclamos aún no resueltos, panel de fotos), de acuerdo a lo establecidos en los presentes términos de referencia.
• Durante la etapa previa a la ejecución de obra y recepción de obra la Entidad Privada Supervisora tomará en cuenta para la conservación ambiental, las medidas ambientales exigidas en el expediente técnico y las especificaciones técnicas del proyecto.
• Revisión, verificación y ejecución de los trazos y niveles topográficos en general. Asimismo, constatar el replanteo general de la obra y efectuar permanentemente el control topográfico durante la construcción (excavaciones, reservorios, estructuras, etc.).
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• Recomendar y asesorar a la Entidad en lo referente a sistemas constructivos, emitir pronunciamientos y recomendaciones sobre los aspectos que proponga el Residente de obra.
• Revisar y pronunciarse oportunamente cuando surja la necesidad de tramitar algún presupuesto de mayores trabajos de obra, siguiendo los procedimientos y plazos establecidos en el artículo 72 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018- EF.
• Revisar y presentar oportunamente, los informes y/o expedientes sobre ampliaciones de plazo (artículo 71 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF) y otros dentro del período previsto en la normatividad.
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Cabe precisar, que máximo al día siguiente de recibida la solicitud de ampliación de plazo presentada por la Empresa Privada, una copia debe ser remitida a la Entidad.
El Informe de análisis de la Entidad Privada Supervisora para la ampliación de plazo como mínimo debe contener:
- Los Asientos del Cuaderno de Obra: del inicio y fin de la causal.
- Detalle de los Fundamentos de Hecho de la Empresa Privada: secuencia cronológica de los hechos relacionados con la causal, cuantificación del tiempo afectado, etc.
- Demostrar la afectación de la Ruta Crítica: debe verificarse en la Programación, vigente al momento de la solicitud de la Ampliación de Plazo, que partidas críticas están siendo afectadas por la causal y que impacto generan que determina el desplazamiento de la fecha de fin del plazo.
- Fundamentos de Derecho de la Empresa Privada: artículos de la Ley y artículos del Reglamento, etc.
- Conclusiones y Recomendaciones.
5.1.2 ACTIVIDADES ESPECIFICAS
A continuación, se presenta una relación de las actividades de la Entidad Privada Supervisora, sin ser limitativa, pudiendo el postor proponer en mayor amplitud y detalle su propia relación de actividades para enriquecer su propuesta.
5.1.2.1 PREVIAS A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
• Participar en la suscripción del Acta de Entrega de Terreno complementario a los documentos de libre disponibilidad de terrenos y servidumbres de paso, inicialmente entregados, de ser el caso, para la ejecución de obra.
• Apertura del cuaderno de obra.
5.1.2.2 INICIO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
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A partir de la fecha de inicio contractual de ejecución de obra, la Entidad Privada Supervisora conjuntamente con el Ejecutor del Proyecto efectuarán el replanteo inicial del proyecto, oportunidad en que se verificarán los hitos de control para el trazo y niveles cuyos resultados se plasmarán en un informe de la Entidad Privada Supervisora, que deberá ser presentado al Programa Nacional de Saneamiento Rural, acompañado de planos, en el que se plantearán las recomendaciones que el (los) caso(s) requiera(n).
El Informe antes referido deberá ser alcanzado al Programa Nacional de Saneamiento Rural a los diez (10) días de terminado el replanteo de obra de acuerdo al Calendario de Avance de Obra.
EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
• Verificar que se haya aperturado el Cuaderno de Obra con las formalidades xx Xxx siendo la primera anotación el Acta de Entrega de Terreno.
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• La fecha de inicio del PI deberá constar en el Cuaderno de obra, con indicación expresa del plazo de ejecución de obra, así como la fecha de vencimiento del mismo.
• Verificar que el Ejecutor del Proyecto haya cumplido con todas las obligaciones laborales y sociales como la inscripción, pagos a (ESSALUD), póliza de seguros y otros, que garanticen y respalden la seguridad del personal que interviene en la ejecución de la obra.
• Exigir a el Ejecutor del Proyecto la colocación de los Carteles de la Obra en los lugares adecuados, en los que debe indicarse la información básica del proyecto según cantidad y modelo proporcionado por el Programa Nacional de Saneamiento Rural.
• Durante la ejecución del PI, especialmente en la ejecución de excavaciones, deberá realizar las actividades de inspección, para verificar indicios o evidencia de restos arqueológicos y realizar las coordinaciones con el responsable del plan de monitoreo aprobado por el sector competente.
• Ubicar su oficina dentro del área de influencia del PI, en la que debe ser visible la información que le permita efectuar una eficiente labor de supervisión.
• La Entidad Privada Supervisora después de recibir de el Ejecutor del Proyecto la actualización de todos los calendarios y programación de ejecución (Cronograma de ejecución de PI valorizado y por componentes, calendario de adquisición de materiales e insumos, calendario de utilización y Programación CPM) con la fecha de inicio de ejecución del PI, tendrá un plazo de 3 días hábiles para remitir al Programa Nacional de Saneamiento Rural su informe de revisión y/o aprobación de los mismos, suscribiendo los calendarios y programación actualizados en señal de conformidad.
• La Entidad Privada Supervisora acorde con el Calendario de Adquisición de Materiales, deberá solicitar a el Ejecutor del Proyecto la atención prioritaria, verificando que los materiales y/o equipos sean solicitados con la debida anticipación a fin que se encuentren en obra en la oportunidad prevista en el Calendario de Avance de PI, señalando que cualquier desfase en las fechas previstas a cargo del Ejecutor del Proyecto no generará ampliación de plazo.
• La Entidad Privada Supervisora deberá verificar que el Ejecutor del Proyecto cuente con el equipo indicado en las bases y en el PLAN DE TRABAJO presentado por el Ejecutor del Proyecto.
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• La Entidad Privada Supervisora deberá remitir semanalmente (lunes), vía correo electrónico al Coordinador del Programa Nacional de Saneamiento Rural asignado, copia digitalizada de los asientos del Cuaderno de obra efectuados la semana anterior, los que además deberán ser remitidos en medio físico y magnético en los informes mensuales. De incumplir con este requerimiento, se aplicará la penalidad correspondiente.
• De surgir la necesidad de mayores trabajos de obra, por hechos imprevisibles, fortuitos y/o de fuerza mayor, es responsabilidad del Ejecutor del Proyecto sustentar ante la Entidad Privada Supervisora las modificaciones que hubiere, siguiendo los procedimientos y plazos establecidos en el artículo 72 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF.
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Cualquier error o desfase en la presentación del expediente por mayores trabajos de obra, asume responsabilidad tanto el Ejecutor del Proyecto como la Entidad Privada Supervisora, para este efecto debe tenerse en cuenta:
Los presupuestos por mayores trabajos de obra que se generen en la ejecución de la obra serán procesados y aprobados con la prontitud del caso y teniendo en cuenta los plazos Reglamentarios. En cada caso, deberá sustentarse el metrado total de cada partida con la planilla respectiva adjuntando el sustento técnico del caso.
a) El presupuesto por mayores trabajos de obra que involucra partidas contractuales, se determina por diferencia entre los metrados totales necesarios para cumplir con la meta prevista y los metrados aprobados en el Expediente Técnico.
b) Independientemente de la determinación del origen técnico y la causal que genere el presupuesto por mayores trabajos de obra es necesario que los mayores metrados y partidas nuevas tengan el sustento respectivo.
c) Los metrados constituyen la base para determinar el importe del presupuesto por mayores trabajos de obra, siendo por lo tanto imprescindible sustentar el metrado total de cada partida con la información pertinente.
d) La planilla de metrados deberá ir acompañada de los croquis o diagramas que permitan su identificación, así como las hojas de cálculo que corresponda, para una mayor explicación.
Los mayores trabajos de obra y las reducciones serán aprobados de acuerdo a lo indicado en el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN
• Absolver las consultas u observaciones que se formulen vía Cuaderno de Obra sobre el PI en ejecución.
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• Interpretar y aclarar en coordinación con el Ejecutor del Proyecto a cargo de la elaboración del expediente técnico, planos, diseños, especificaciones e informes entregados por dichos proyectistas, durante la ejecución de la obra e instalación de los equipos y accesorios.
MODIFICACIONES AL PROYECTO DURANTE SU EJECUCIÓN
• Cuando el Ejecutor del Proyecto plantee la necesidad de realizar modificaciones de una parte de la obra para adecuarla a las condiciones presentadas durante su ejecución o por otro motivo, la Entidad Privada Supervisora deberá hacerlo de conocimiento del Programa Nacional de Saneamiento Rural de forma inmediata, a fin de obtener el pronunciamiento del Ejecutor del proyecto encargado del Expediente Técnico. En estos casos deberá dejar constancia en el Cuaderno de Obra, sobre los hechos y la causal que genera la referida
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modificación.
• Analizar, revisar y pronunciarse dentro del plazo que establece el Reglamento de Obras por Impuestos, sobre los mayores trabajos de obra o reducciones propuestos por el Ejecutor del Proyecto por hechos imprevisibles o de fuerza mayor, dejando constancia en el cuaderno de obra sobre el origen y la necesidad de su ejecución para cumplir con el Convenio de Inversión.
CONTROL DE PLAZOS
• Verificar que el Ejecutor del Proyecto ejecute el PI en el plazo previsto. Si la Entidad Privada Supervisora estima que el plazo previsto será mayor, deberá comunicar su estimación al Programa Nacional de Saneamiento Rural mediante los informes mensuales. De esta manera, el Programa Nacional de Saneamiento Rural tomará contacto con la Empresa Privada para que ésta tome las acciones correctivas necesarias.
• Hacer seguimiento y controlar el avance de obras a través de la Programación de sus Actividades, Diagrama xx Xxxxx y CPM, tomando en cuenta la Ruta Crítica. Exigir oportunamente al Ejecutor del Proyecto la implementación de correcciones a las desviaciones al calendario de avance de obra que se detecten, comunicando oportunamente estos hechos al Programa Nacional de Saneamiento Rural. Sobre este punto deberá ser considerado en los informes mensuales de acuerdo con el calendario de Avance del PI.
• Comunicar de forma inmediata al Programa Nacional de Saneamiento Rural cuando el Ejecutor del Proyecto plantee el inicio de una causal de ampliación de plazo y cuando éste presente la solicitud respectiva en concordancia al artículo 71 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF.
• Emitir opinión oportuna sobre las solicitudes de ampliación de plazo y otros reclamos emergentes de la ampliación de plazo, dentro de los términos, requisitos y condiciones que señalan el artículo 71 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF, adjuntando un gráfico explicativo de los eventos, así como la demostración objetiva de que la causal invocada modifica el Calendario Contractual.
CONTROL DE CALIDAD
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• Inspeccionar en forma continua la ejecución del PI y verificar que se ajusten a los diseños, trazos y elevaciones establecidas, rechazando y ordenando que se rehagan los trabajos defectuosos o los que no se ciñan a los planos dentro de las tolerancias establecidas en las Especificaciones Técnicas.
• Exigir al Ejecutor del Proyecto, la ejecución de las pruebas que sean necesarias realizar durante el desarrollo de la obra, tales como: la resistencia del suelo, la calidad de los materiales, compactación de suelos, resistencia de concreto, pruebas hidráulicas, entre otros, así como la toma de muestras para los ensayos de laboratorio, interpretando sus resultados y dando su conformidad o rechazo de las mismas, cuyos resultados se deberán presentar en el Informe mensual.
• La Entidad Privada Supervisora debe controlar permanentemente la calidad de materiales a usar en obra (cumplan las Especificaciones Técnicas) como
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cemento, agregados, los aceros estructurales y de los concretos ejecutados por el Ejecutor del Proyecto, en tal sentido los resultados finales del control deben estar dentro de los parámetros exigidos.
• En los casos en que no se cumplan las condiciones fijadas en el expediente técnico, la Entidad Privada Supervisora definirá los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, siendo estos trabajos por cuenta de la Empresa Privada, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna por dichos trabajos, toda vez que la Empresa Privada está en la obligación de terminar correctamente el trabajo; la Entidad Privada Supervisora no se eximirá de su responsabilidad en estos resultados.
• Verificar que los procedimientos constructivos empleados por el Ejecutor del Proyecto sean los más adecuados para tener una obra que cumpla con la seguridad y Especificaciones Técnicas aprobadas, de manera que no afecte los alcances del Contrato.
• Ordenar la paralización de los trabajos que atenten contra las personas y/o propiedades, autorizando su continuación cuando el Ejecutor del Proyecto haya adoptado todas las medidas de seguridad aconsejables. Esta suspensión debidamente sustentada no ha de generar ampliación de plazo ni gastos generales, los que deberán ser anotados en el cuaderno de obra.
• Hacer el seguimiento de la ejecución del PI por medio de la Programación, para lo cual presentarán el Calendario de avance Xxxxx de seguimiento, hoja de recursos y el uso de tareas.
EQUIPOS Y MATERIALES
• Verificar que los materiales y los equipos que formarán parte integrante de la obra, no tengan características inferiores a las indicadas en las Especificaciones Técnicas y cuenten con los protocolos/certificados de conformidad respectivos.
VALORIZACIONES Y METRADOS
• Verificar y aprobar o corregir con mediciones directas los metrados de obra ejecutados, así como los porcentajes de avance presentados por el Ejecutor del Proyecto y elaborar las valorizaciones respectivas.
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• Verificación de los metrados mensuales que presente el Ejecutor del Proyecto, elaboración y presentación de la valorización mensual de avance de ejecución del PI, como máximo dentro de los 5 primeros días del mes siguiente bajo responsabilidad. Igualmente preparará las valorizaciones trimestrales de acuerdo al artículo. 69 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF.
CONTROL DE ASPECTOS AMBIENTALES
• Asegurarse que; durante la ejecución de los trabajos, el Residente de Obra haga cumplir a su personal con las normas de medio ambiente, de acuerdo a lo contemplado en el Plan de Medio Ambiente o Plan de Manejo Ambiental.
• El Plan de Manejo Ambiental debe mitigar y/o eliminar los impactos evaluados en el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto. Este Plan debe presentarlo la Empresa Privada antes de iniciar los trabajos.
• Control de agentes contaminantes
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• Almacenamiento de materiales.
• Informar mensualmente a la Entidad, de todas las realizadas en materia ambiental, antes, durante y después de la ejecución de la obra.
• Eliminación de material excedente.
• Demarcación y aislamiento de áreas de trabajo.
CONTROL DE SEGURIDAD
• Charlas de seguridad a todo el personal de la Empresa Privada en obra.
• Asegurarse que el Residente de Obra haga cumplir a su personal con las normas de salud y seguridad en el trabajo, de acuerdo a lo contemplado en el Plan de Seguridad que el Ingeniero de Seguridad del ejecutor del proyecto debe de presentar antes del inicio de los trabajos.
• Informe de accidentes.
• Procedimientos de emergencia
GARANTÍAS
• En coordinación con el Programa Nacional de Saneamiento Rural, debe verificar que la Empresa Privada amplíe el monto de la garantía de fiel cumplimiento en función del (de los) mayores trabajos de obra otorgados de acuerdo al artículo 56 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF.
En coordinación con el Programa Nacional de Saneamiento Rural, debe verificar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento.
• Llevar el control de las garantías de fiel cumplimiento del Convenio de Inversión, Pólizas de Responsabilidad Civil y de los seguros con los que debe contar el Ejecutor del Proyecto, en cuanto a sus montos, plazos de vigencia y demás requisitos. En relación de la garantía de fiel cumplimiento, deberá comunicar al Programa Nacional de Saneamiento Rural su vencimiento con un mes de anticipación, indicando la acción a seguir.
OTRAS ACTIVIDADES
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• La Entidad Privada Supervisora velará por que el Ejecutor del Proyecto elabore el Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA), lo trámite ante el Ministerio de Cultura, y que lo implemente hasta la aprobación del informe final por parte del Ministerio de Cultura.
• La Entidad Privada Supervisora deberá de reportar en el informe mensual un Cuadro de Prevención de Riesgo en Obra, ello en aplicación de las medidas de seguridad señaladas en la Norma G-050 “Seguridad durante la Construcción”, del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por Decreto Supremo Nº 011- 2006-VIVIENDA y modificada por Decreto Supremo Nº 010-2009-VIVIENDA, así como informar sobre la capacitación y retroalimentación a los trabajadores en proceso de trabajos seguros en cumplimiento del D.S. N° 005-2012-TR.
• Constatar que las instalaciones provisionales del Ejecutor del Proyecto (caseta para oficinas, guardianías, almacenes, servicios higiénicos, comedores, tanque
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de agua provisional, vestuarios, entre otros), reúnan las condiciones de salubridad que no interfieran con las obras y que sean retiradas al término de las mismas, dejando el lugar limpio y libre de desmonte y desperdicios.
• Verificar que el equipo de construcción en obra sea el mínimo requerido presentado en su propuesta y responda a las características adecuadas para la correcta ejecución del PI, en cuanto a la antigüedad requerida y que se encuentre en buen estado de funcionamiento.
• Propiciar reuniones físicas y/o virtuales de coordinación, entre el Programa Nacional de Saneamiento Rural, el Ejecutor del Proyecto. Asistir y participar en las reuniones que organice o programe el Programa Nacional de Saneamiento Rural.
• Verificar que el Ejecutor del Proyecto haya cumplido con todas las obligaciones de inscripciones, pagos a (ESSALUD), póliza de seguros y otros, que garanticen y respalden la seguridad del personal que interviene en la ejecución del PI.
• La Entidad Privada Supervisora está obligada a realizar cualquier trabajo y tomar cualquier acción de naturaleza técnica o administrativa, que de acuerdo con la mejor práctica profesional tenga la necesidad de realizar, aun cuando no haya sido expresamente mencionado en el alcance de sus funciones que se describen o en los documentos del Proceso de selección o en la proforma del Contrato.
• Aceptar u ordenar el retiro, cuando sea el caso, del Ingeniero Residente, y del personal técnico, administrativo y/x xxxxxx calificado o no calificado, que el Ejecutor del Proyecto asignen a la obra y comprobar que su calificación y número sean adecuados para asegurar la buena ejecución de la obra.
• Emitir opinión sobre los diversos reclamos que presente el Ejecutor del Proyecto, recomendando al Programa Nacional de Saneamiento Rural las acciones a tomar.
• Informar al Programa Nacional de Saneamiento Rural, con la oportunidad debida de cualquier ocurrencia notable en la obra, problemas con terceros o actuación anormal del Ejecutor del Proyecto.
• Sostener con los funcionaros del Programa Nacional de Saneamiento Rural una permanente comunicación sobre el estado de la ejecución del PI.
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• Realizará el seguimiento al Ejecutor del proyecto, con respecto a las actividades que debe cumplir en el Plan de Monitoreo Arqueológico y/o Rescate según corresponda.
• Verificar que se cuente con la Resolución Directoral que aprueba el PMA, antes del inicio de excavaciones de la obra.
• Verificar el cumplimiento de los trabajos relacionados al Plan de Manejo Ambiental, y al plan de seguridad y salud, Plan de Comunicación y Educación Sanitaria y Plan de Acompañamiento social de la obra, lo que deberá ser informado mensualmente.
• Remisión de los informes especiales al Programa Nacional de Saneamiento Rural cuando sea requerido o las circunstancias lo amerite.
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5.1.2.3 RECEPCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN
Una vez culminado la ejecución de obra y recepcionada totalmente la obra, mediante acta, de acuerdo al artículo 74 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF; la Empresa Privada tendrá un plazo máximo de treinta (30) días calendario, considerando lo siguiente:
• Para la emisión de la Conformidad de Calidad del PI y/o de los avances de ejecución del PI, La Entidad Privada Supervisora deberá revisar y aprobar los planos de replanteo, Memoria Descriptiva, metrados post-construcción, base de datos de las conexiones domiciliarias y Unidad Básica de Saneamiento instaladas (de ser el caso). Estos documentos deberán estar suscritos por el Ejecutor del Proyecto y la Entidad Privada Supervisora, debiendo remitirse inicialmente 02 juegos ante el Programa Nacional de Saneamiento Rural, adjuntos a la comunicación de la Conformidad de Calidad emitida. Si se detecta observaciones en estos documentos, la Entidad Privada Supervisora es responsable de exigir al Ejecutor del Proyecto que efectúe las correcciones antes de la emisión de la Conformidad de Recepción, debiendo presentar 02 nuevos juegos de los documentos, debidamente suscritos por el Ejecutor del Proyecto y la Entidad Privada Supervisora.
• Participará como representante de la Entidad Privada Supervisora y como asesor técnico del funcionario cuyo cargo ha sido designado en el Convenio como responsable de dar la conformidad de recepción del Proyecto, efectuando las mediciones y/o pruebas convenientes, tomando debidamente nota de las observaciones, a fin de verificar la subsanación por parte el Ejecutor del Proyecto.
• Una vez emitida la Conformidad de Recepción, la Entidad Privada Supervisora deberá cerrar el cuaderno de obra y entregarlo al Programa Nacional de Saneamiento Rural.
5.1.2.4 LIQUIDACIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN
El expediente de liquidación se presentará a los sesenta (60) días después de la Recepción del PI y contendrá, como mínimo, lo siguiente:
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MEMORIA DESCRIPTIVA VALORIZADA
• Generalidades
• Ubicación
• Objetivos
• Meta ejecutada
• Descripción de la obra ejecutada
• Monto total de inversión
• Plazo de ejecución
• Financiamiento
DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS DE EJECUCIÓN DE OBRA
• Convenio de Inversión y Adendas
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• Acta de Entrega de Terreno
• Conformidad de Recepción
• Conformidad de Calidad de PI
• Verificar el cumplimiento del Ejecutor del Proyecto de presentar la Constancia de No Adeudos a ESSALUD, CONAFOVICER, SENCICO por el costo total de la obra (sin IGV), y la declaración jurada de no tener reclamos ante el Ministerio de Trabajo y Promoción Social.
METRADOS Y PRESUPUESTOS
• Resumen general de metrados
• Sustento de metrados ejecutados
• Resumen de metrados según valorizaciones
• Presupuesto por mayores trabajos de obra por mayores metrados ejecutados.
• Presupuesto de reducciones por menores metrados ejecutados
LIQUIDACIÓN ECONÓMICA
• Memoria de liquidación Económica
• Resumen de liquidación
• Hoja de Resumen de pagos del Convenio de Inversión a través de la emisión y entrega de los CIPGN.
• Hojas de Resumen de pagos, a través de los CIPGN, de cada mayor trabajo de obra aprobado
• Resumen de Valorizaciones de obra del Convenio de Inversión (liquidación final)
• Resumen de Valorizaciones de obra de cada mayor trabajo de obra aprobado (liquidación final)
• Valorizaciones del Convenio de Inversión – Liquidación final
• Valorizaciones de los mayores trabajos de obra – Liquidación final
• Valorizaciones de las reducciones – Liquidación final
• Resumen de reajustes – Liquidación final
• Cálculo de reajustes del contrato principal – Liquidación final
• Cálculo de la fórmula polinómica del Convenio de Inversión
• Cálculo de reajustes de cada mayor trabajo de obra – Liquidación final
• Cálculo de la fórmula polinómica de cada mayor trabajo de obra
• Cálculo de la multa
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• Gráfico de avance de obra (comparativo del real versus el programado)
• Cálculo de gastos generales por ampliaciones de plazo y/u otros.
• Índices Unificados de Precios
• Cronograma vigente de ejecución de obra Xxxxx – CPM
• Valorización de avance de obra – Liquidación final
CONTROLES DE CALIDAD
• Certificados de calidad
• Carta de garantía
• Certificado de ensayos realizados
• Cuadro de parámetros de evaluación
• Protocolos de pruebas hidráulicas
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PANEL FOTOGRÁFICO
PLANOS DE REPLANTEO DE OBRA
• Los planos de replanteo de obra se presentarán en físico y en digital
CUADERNO DE OBRA ANEXOS
• Copias de los pagos efectuados a través de los CIPGN con sus respectivos
comprobantes de recepción.
5.1.2.5 INFORME FINAL DE LA OBRA
El informe final incluirá la descripción de todo el proceso de ejecución de la obra, incluyendo modificaciones y mayores trabajos de obra, metrados finales, ampliaciones de plazo y otros, realizando una evaluación de la calidad del PI. El informe final incluirá recomendaciones para su mantenimiento y conservación, el cual deberá ser entregado dentro de los sesenta (60) días calendarios después de la Recepción del PI.
5.1.2.6 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN
Tratándose de contratos del servicio de supervisión del proyecto, el contrato culmina con la liquidación y pago, la misma que será elaborada y presentada al Programa Nacional de Saneamiento Rural. La última prestación de la Entidad Privada Supervisora será a la conformidad de la presentación de la liquidación de obra elaborado por el mismo y a la conformidad de su Informe sobre la liquidación del servicio de supervisión, debiendo además hacer entrega del archivo de la documentación procesada en versión digital. .
5.1.3 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA EN LA EJECUCIÓN DEL PI
• Asumirá su responsabilidad por las opiniones técnicas que emita en el ejercicio de sus funciones contractuales.
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• Será responsable de la calidad de los servicios que preste, de la idoneidad del personal a su cargo y de velar que el PI se ejecute con óptima calidad.
• No tendrá autoridad para exonerar al Ejecutor del Proyecto de ninguna de sus obligaciones contractuales, ni de ordenar ningún mayor trabajo de obra o variación de obra que de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa del MVCS.
• Controlar la calidad de las obras, realizando sus propias pruebas de control, al cual anexará a las pruebas realizadas por el Ejecutor del Proyecto, los que serán presentados en los informes.
• Las sanciones por incumplimiento que se aplican a la Entidad Privada Supervisora comprenden no solamente las establecidas en estos Términos de Referencia y en el Contrato, sino además a las que conforme x Xxx le corresponden para lo cual la Entidad iniciará acciones judiciales pertinentes de
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ser el caso.
5.1.4 OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA EN LA EJECUCIÓN DE OBRA
• Cumplirá satisfactoriamente las actividades generales, actividades específicas, responsabilidad y otras que se establecen en los Términos de Referencia, para el servicio que se está contratando.
• Es responsable por los perjuicios y daños que ocasione de no cumplir diligentemente sus obligaciones como supervisor.
• Es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes o servicios ofertados, por un plazo de siete (07) años contado a partir de la conformidad de la liquidación otorgada por el Programa Nacional de Saneamiento Rural.
• Participará activamente en las conciliaciones y/o arbitrajes que pudieran generarse por controversias surgidas entre el MVCS y la Empresa Privada, preparando los informes correspondientes debidamente sustentados, en los plazos perentorios establecidos y participando en las audiencias, durante la vigencia del contrato de Supervisión.
• Las valorizaciones y los informes mensuales serán el insumo para el otorgamiento del Certificado de Calidad del Proyecto que periódicamente la Entidad Privada Supervisora emitirá para el trámite del CIPGN solicitado por la Empresa Privada.
5.1.5 DOCUMENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EJECUCIÓN DE OBRA
La Entidad Privada Supervisora presentará a la Entidad la siguiente documentación, como resultado de la prestación de los servicios:
5.1.5.1 PLAN DE TRABAJO
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La Entidad Privada Supervisora presentará dentro de los veinte (20) días calendario siguientes de firmado el contrato, un Plan de Trabajo detallado, en el cual actualizará y especificará el personal Profesional y Técnico que se hará cargo de La Entidad Privada Supervisora de la Ejecución del PI, discriminado por frentes de Trabajo y oportunidad de intervención, así como la implementación progresiva de su centro de operaciones, detallando el equipamiento de los mismos y los recursos tecnológicos que servirán de apoyo para su labor, debiendo contener el siguiente ítem que no es limitado:
• Antecedentes
• Justificación
• Objetivo
• Metodología
• Actividades
• Cronogramas que detallen los períodos de permanencia en obra del personal profesional y técnico de La Entidad Privada Supervisora.
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5.1.5.2 VALORIZACIONES DE OBRA
Las valorizaciones mensuales también deberán ser remitidas al correo electrónico del coordinador del Programa Nacional de Saneamiento Rural el mismo día que es ingresado por mesa de partes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Elaborar las valorizaciones mensuales de obra, y alcanzar al Programa Nacional de Saneamiento Rural en el plazo de los primeros cinco (05) días calendario del mes siguiente a la valorización y deberá contener como mínimo, sin ser limitativo, los siguientes aspectos:
• Carta de la Entidad Privada Supervisora presentando la valorización e indicando el número, y el periodo que corresponda, y expresando su conformidad y aprobación.
• Carta del Ejecutor del Proyecto, mediante el cual presenta la valorización a La Entidad Privada Supervisora.
• Datos Generales del PI.
• Resumen de la valorización.
• Control General de Avance de PI.
• Hoja resumen de valorización de subpresupuesto que muestre claramente el avance acumulado anterior, el avance de la presente valorización, el avance acumulado actual, y el saldo por valorizar.
• Cuadros de cálculo de los coeficientes de reajuste en aplicación de la fórmula polinómica, con la documentación sustentatoria.
• Cuadro de cálculo de reajuste.
• Cuadro de control de reajustes (demostrando la situación atraso o adelanto en que se encuentra el PI, con el fin de aplicar correctamente los reajustes).
• Gráficos de avance del PI programado contra ejecutado y la curva S.
• Hojas de metrados ejecutados de las partidas a valorizar, se sustentarán con sus respectivas planillas de metrados, protocolos (resistencia de concreto, compactación, pruebas hidráulicas, pruebas de nivelación de tuberías, pruebas hidráulicas de conexiones domiciliarias, calidad de tuberías, etc.), formatos de verificación del plan ambiental, seguridad y salud en el trabajo, u otros documentos que acredite su ejecución, debiendo ser certificados por la Entidad Privada Supervisora.
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• Lista de metrados afectados.
• Hoja de control de valorizaciones anteriores y de pagos efectuados por el MVCS a la Empresa Privada a través de los CIPGN.
• Documentos que acrediten la condición del pago que se señala en la forma de pago de las Especificaciones Técnicas de las partidas que la requieran (certificados de prueba, calidad u otros).
• Copias de cuaderno de obra.
La valorización del avance del PI debe ser presentada en un (01) original, una (01) copia y una (01) versión en formato CD (archivos fuente). Deben estar debidamente firmadas y selladas por la Entidad Privada Supervisora y el Ejecutor del Proyecto en todas sus páginas. La Entidad Privada Supervisora adicionalmente debe remitir
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vía correo electrónico la valorización presentada en formato PDF y versión editable al Coordinador del Programa Nacional de Saneamiento Rural designado para el proyecto.
Estas valorizaciones y los informes mensuales serán el insumo para el otorgamiento del Certificado de Calidad del Proyecto que periódicamente la Entidad Privada Supervisora emitirá para el reconocimiento de la inversión de la Empresa Privada.
5.1.5.3 INFORMES MENSUALES
Los Informes mensuales serán presentados en original, durante la ejecución de obra, dentro de los primeros quince (15) días calendario del mes siguiente de la valorización del avance del PI, adjuntando una ficha informativa mensual y un resumen ejecutivo (máximo 3 hojas), como también un CD mensual que contenga dicho informe.
El informe mensual también deberá ser remitido al correo electrónico del coordinador del Programa Nacional de Saneamiento Rural el mismo día que es ingresado por mesa de partes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
El Informe Mensual deberá contener, sin ser limitativo, los siguientes aspectos:
INTRODUCCIÓN.
- Resumen Ejecutivo
SOBRE LA ACTUACIÓN DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA
- Actividades desarrolladas por la Entidad Privada Supervisora, memoria explicativa de los avances del PI y asuntos más saltantes, justificaciones de retrasos en caso que los hubiese, proponiendo soluciones para su corrección.
- Relación detallada, actualizada y acumulada, de todos los ensayos realizados en la obra y controles efectuados por la Entidad Privada Supervisora, indicando ubicación y fecha en que fueron realizados, resultados, opinión e interpretación técnica y estadística.
- Informe emitido por cada uno de los especialistas que participan en La Entidad Privada Supervisora de ejecución de la ejecución del PI.
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- Seguimiento de los Aspectos del Convenio de Inversión (Modificaciones en la propuesta, variación del Ejecutor del Proyecto, Cronograma de Ejecución, Reuniones, Coordinación con el Programa Nacional de Saneamiento Rural, etc.).
- Programación de Actividades de la Entidad Privada Supervisora para el mes siguiente, indicando además la fecha programada de la participación de los profesionales eventuales en obra.
- Resumen de los asientos del cuaderno de obra.
- Estado Contable del Contrato de Supervisión.
- Fotografías impresas a color de los detalles del proceso de construcción, con vistas panorámicas de la Obra (10 fotos como mínimo) y video editado con duración acumulada mínima de 30 minutos, que muestre el proceso constructivo de los componentes del proyecto.
- Copias de las comunicaciones más importantes intercambiadas con el Ejecutor
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del Proyecto o con terceros (Cartas de el Ejecutor del Proyecto, Cartas de la Entidad Privada Supervisora, Oficios del Programa Nacional de Saneamiento Rural, Otros Oficios o Cartas).
- Información sobre las Consultas que efectuó el Ejecutor del Proyecto o la Empresa Privada y las soluciones adoptadas y/o respuestas de la Entidad Privada Supervisora.
SOBRE ACTUACIÓN DE EL EJECUTOR DEL PROYECTO DEL PROYECTO
- Informe acerca de la valorización de los avances del PI, cuadros y gráficos que muestren el avance real en comparación con el programado.
- Avance Físico del PI y Avance Financiero.
- Presentar la curva S, comparando los avances programados y el realmente ejecutado, explicando las causas que hayan motivado atrasos, si las hubiera, y de las disposiciones tomadas para superarlos.
- Presentar documentación por la cual se certifique que los materiales y equipos cumplen con las especificaciones técnicas (Certificado de calidad, permisos y autorizaciones de otras Entidades, órdenes de compra y contratos).
- Informar respecto a los trabajos relacionados a la implementación del Plan de Manejo Ambiental, de Fortalecimiento Institucional y Gestión Operativa, Plan de educación sanitaria, plan de seguridad y salud.
- Estado de las cartas fianzas.
- Lista de personal y equipo empleado por el residente de obra durante el período respectivo.
- Llevar el récord de índices de seguridad y accidentes de obra.
- Juicio crítico sobre la actuación del Ejecutor del Proyecto en su conjunto (obligatorio).
Para la etapa final de ejecución del PI, y según el avance en la ejecución del PI, la Entidad Privada Supervisora deberá agregar la siguiente información:
✓ Funcionamiento de las obras.
✓ Pruebas de Operación.
✓ Desarrollo de las instrucciones de Operación y procedimientos de mantenimiento.
✓ Información sobre entrenamiento o capacitación.
✓ Información sobre el Manual de Operación y Mantenimiento
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✓ Otros.
Una vez que el Informe mensual cuente con la conformidad del Programa Nacional de Saneamiento Rural, la Entidad Privada Supervisora solicitará su pago adjuntando una copia en original del aludido Informe y dos (02) CDs con la versión en digital (formato PDF) de dicho Informe.
INFORMES ESPECIALES
- Serán presentados en un plazo de tres (03) días hábiles.
- Informes solicitados por la Entidad. Sí el Informe Especial amerita un plazo mayor, por razones justificadas, la Entidad establecerá en su requerimiento el nuevo plazo de presentación del Informe.
- Informes de Oficio, sin que lo pida la Entidad cuando se trata de asuntos
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que requieran decisión o resolución de la Entidad promoviendo un Expediente Administrativo; o se trate de hacer conocer a la Entidad importantes acciones administrativas que haya tomado en el ejercicio de sus atribuciones; y que serán cursadas dentro del término de la distancia. En los Informes Mensuales que tienen carácter de reporte, hará un recuento de la acción tomada.
INFORME DE CALIDAD DE OBRA
- Informes de Situación de Obra (Previo a la Conformidad de Recepción), la Entidad Privada Supervisora de la obra presentará el Informe de situación de obra dentro de los tres (03) días calendarios de la fecha posteriores a la anotación en cuaderno de obra que efectué el Ejecutor del Proyecto indicando que ha terminado la obra y solicita la recepción de aquella. En dicho informe se informará la fecha que se produjo el término de la misma y, de ser el caso, informará respecto de las observaciones pendientes de cumplimento. Incluirá el resultado estadístico del control de calidad de la obra ejecutada.
INFORME FINAL DEL PI
Será presentado en un plazo de sesenta (60) días calendarios siguientes a la presentación de la liquidación de obra debidamente foliado y deberá contar, como mínimo, lo siguiente:
- Informe final de supervisión de obra, debiendo incluirse, además de los informes técnicos, los informes concernientes a:
✓ Conformidad de Calidad del PI y de los avances de ejecución del mismo.
✓ Conformidad de Recepción de PI.
✓ Liquidación de obra.
✓ Impacto Ambiental.
✓ Seguridad y Salud.
✓ Arqueología.
✓ Puesta en marcha.
✓ Conclusiones y recomendaciones.
✓ Anexos
Contrato de supervisión de obra y sus adendas.
Resoluciones de aprobación de prestaciones de mayores trabajos de obra y/o Anexos
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Contrato de supervisión de obra y sus adendas.
Resoluciones de aprobación de prestaciones de mayores trabajos de obra y/o Supervisora.
6. REQUISITOS DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA
6.1. REQUISITOS
El Postor deberá contar con un mínimo de cuatro (04) años de experiencia total como supervisor en proyectos similares, como lo considera el artículo 102 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF. Entiéndase que proyectos similares corresponde a la definición de Obras de Saneamiento.
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Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes Obras de construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de sistemas y/o servicios de agua potable, como captaciones y/o líneas de conducción y/o reservorios y/o plantas de tratamiento de agua potable y/o líneas de aducción y/o redes de agua y/o acueductos y/o conexiones domiciliarias de agua potable y/o redes secundarias de agua potable y/o infraestructura de saneamiento de sistemas y/o servicios de alcantarillado y/o desagüe como plantas de tratamiento de aguas residuales y/o conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o redes secundarias de alcantarillado y/o redes secundarias de desagüe y/o unidades básicas de saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico o ecológica o compostera o xx xxxx seco.
Adicional a lo antes indicado, solo para la acreditación de la experiencia de los cuatro
(04) años, especificado en el numeral 102.3 del artículo 102 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, se considerará como obras similares aquellas que contengan construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de obras de agua para riego y/o infraestructura xx xxxxx que contengan como componentes incidentes lo siguiente: tuberías y/o redes y/o acueductos y/o captaciones de agua para riego y/o sifones.
Acreditación:
La experiencia del postor se acreditará con copia simple de: (i) contratos u órdenes de servicios y su respectiva conformidad o constancia por la prestación efectuada; o (ii) contratos y sus respectivas resolución de aprobación de la liquidación; o (iii) comprobante de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago.
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En caso de presentarse desfase en el plazo de duración del servicio de supervisor en proyectos similares entre (i) contratos u órdenes de servicios y su respectiva conformidad o constancia por la prestación efectuada, o (ii) contratos y sus respectivas resolución de aprobación de la liquidación; el postor debe presentar la conformidad o constancia con el detalle de las ampliaciones de plazo, las respectivas adendas al contrato por ampliación de plazo de supervisión o ejecución de obra, o resoluciones con detalle de ampliación de plazo de supervisión o ejecución de obra, acta de recepción de obra con detalle de ampliaciones de plazo, anotaciones de cuaderno de obras referidas a las ampliaciones de plazo o documentos similares que demuestren fehacientemente las ampliaciones de plazo que hubo durante la prestación del servicio.
Se debe adjuntar un máximo de veinte (20) contrataciones entre supervisión de expediente técnico y supervisor de obra, dichos documentos deben indicar fecha de inicio y fin de la prestación, nombre del servicio, y sello y firma de pago de la Entidad Contratante. Toda la documentación antes mencionada debidamente legibles.
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De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Se aceptarán los términos equivalentes a supervisión usados en el extranjero; siempre y cuando los postores presenten documento adicional que permita verificar la equivalencia de dichos términos; así mismo los postores deberán demostrar que las funciones que realizaron sean iguales o similares a lo solicitado y no haya sido parte del equipo del ejecutor de obra.
Cabe precisar, que se aceptarán los servicios que independientemente de su denominación, se desprenda de su contenido que corresponden a los servicios similares, a la Entidad Privada Supervisora, no exigiéndose que obligatoriamente tengan el nombre de manera idéntica, condición que deberá ser acreditada con la respectiva documentación adicional por el postor.
6.2. EXPERIENCIA EN SUPERVISIÓN DE OBRA
Requisito:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 138,835.94 (Ciento Treinta y Ocho Mil Ochocientos Treinta y Cinco con 94/100 soles), por la contratación de servicios de supervisión de ejecución de obras iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de hasta diez (10) años a la fecha de la presentación de ofertas.
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Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes Obras de construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de sistemas y/o servicios de agua potable, como captaciones y/o líneas de conducción y/o reservorios y/o plantas de tratamiento de agua potable y/o líneas de aducción y/o redes de agua y/o acueductos y/o conexiones domiciliarias de agua potable y/o redes secundarias de agua potable y/o infraestructura de saneamiento de sistemas y/o servicios de alcantarillado y/o desagüe como plantas de tratamiento de aguas residuales y/o conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o redes secundarias de alcantarillado y/o redes secundarias de desagüe y/o unidades básicas de saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico o ecológica o compostera o xx xxxx seco.
6.3. PERSONAL CLAVE
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Durante la ejecución contractual, los cambios de personal proceden por iguales o superiores características establecidas en las bases, pudiéndose reemplazar al personal solo por causas demostradas no atribuibles al Ejecutor del proyecto, es decir por caso fortuito o fuerza mayor. La sustitución del personal solo procederá previa autorización escrita de la Entidad, la solicitud presentada deberá contar con la respectiva carta legalizada de renuncia del profesional y con la carta de compromiso del profesional reemplazante.
Requisitos
A continuación, se detalla el personal profesional mínimo y sus requisitos mínimos necesarios para la ejecución del Proyecto.
COEFICIENTE DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL CLAVE
N° | CANT. | CARGO | COEFICIENTE DE PARTICIPACIÓN |
1 | 01 | Supervisor de Obra | 100% |
2 | 01 | Supervisor social | 100% |
FORMACIÓN ACADÉMICA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE
N° | CARGO | NIVEL, GRADO O TITULO | PROFESIÓN |
1 | Supervisor de Obra | Título profesional | Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario |
2 | Supervisor social | Título profesional | Sociólogos y/o licenciados en educación y/o antropólogos y/o comunicadores y/o profesional de la salud o afín |
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EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE9
N° | Cargo | Experiencia |
1 | Supervisor de Obra | 1) Cargo desempeñado: Residente o supervisor o inspector o gerente de construcción o gerente de proyectos de construcción o jefe de supervisión o la combinación de estos, en la ejecución de obra o inspección de obra o supervisión de obra; en obras de saneamiento u obras similares. 2) Tiempo de experiencia: 4 años en el cargo desempeñado (computada desde la fecha de la colegiatura). |
2 | Supervisor social | 1) Cargo desempeñado: |
9 Durante la ejecución contractual, los cambios de personal proceden por iguales o superiores características
establecidas en las bases, pudiéndose reemplazar al personal solo por causas demostradas no atribuibles al ejecutor del proyecto, es decir por casos fortuito o de fuerza mayor. La sustitución del personal solo procederá previa autorización escrita de la Entidad; la solicitud presentada deberá contar con la respectiva carta legalizada de renuncia del profesional y con la carta de compromiso del profesional reemplazante.
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N° | Cargo | Experiencia |
Especialista social y/o supervisor social y/o coordinador social y/o gestor social en aspectos de desarrollo social y/o promotor y/o coordinador y/o capacitador social y/o especialista en intervenciones sociales, en la ejecución y/o inspección y/o supervisión de obras de saneamiento u obras similares. 2) Tiempo de experiencia: 4 años en el cargo desempeñado (computada desde la fecha de la colegiatura). |
Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes Obras de construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de sistemas y/o servicios de agua potable, como captaciones y/o líneas de conducción y/o reservorios y/o plantas de tratamiento de agua potable y/o líneas de aducción y/o redes de agua y/o acueductos y/o conexiones domiciliarias de agua potable y/o redes secundarias de agua potable y/o infraestructura de saneamiento de sistemas y/o servicios de alcantarillado y/o desagüe como plantas de tratamiento de aguas residuales y/o conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o redes secundarias de alcantarillado y/o redes secundarias de desagüe y/o unidades básicas de saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico o ecológica o compostera o xx xxxx seco
6.4. PERSONAL NO CLAVE
01 asistente de ingeniero supervisor:
- Acreditar experiencia mínima de 24 meses como asistente de residente de obra o asistente de inspector de obra o asistente de supervisor de obra o asistente de jefe de supervisión de obra o residente de obra o inspector de obra o supervisor de obra o jefe de supervisión de obra o la combinación de estos, en la ejecución de obra o inspección de obra o supervisión de obra; en obras de saneamiento u obras similares (computada desde la fecha de la colegiatura).
- Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario habilitado y colegiado.
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- Participación al 100%
01 topógrafo:
- Acreditar experiencia mínima de 24 meses como topógrafo o técnico en topografía o jefe en topografía o supervisor en topografía o jefe de supervisión en topografía en la ejecución o supervisión de saneamiento u obras similares.
- Título de Topógrafo o técnico en topografía, o egresado en ingeniería Civil o sanitaria, x Xxxxxxxxx en ingeniería Civil o sanitaria,
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- Acreditar estudios o uso y manejo de equipos de topografía, AutoCAD, Civil 3D y software de topografía.
- Participación al 50%
- El topógrafo debe estar de manera permanente durante los trabajos de trazo y replanteo inicial y final de las redes de tubería y estructuras, refine y nivelación de las redes de tubería y estructuras e instalación de redes de tubería.
Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes Obras de construcción y/o instalación y/o remodelación y/o ampliación y/o mejoramiento y/o reconstrucción y/o rehabilitación y/o reparación y/o renovación y/o reposición y/o cambio y/o reubicación y/u optimización de infraestructura de sistemas y/o servicios de agua potable, como captaciones y/o líneas de conducción y/o reservorios y/o plantas de tratamiento de agua potable y/o líneas de aducción y/o redes de agua y/o acueductos y/o conexiones domiciliarias de agua potable y/o redes secundarias de agua potable y/o infraestructura de saneamiento de sistemas y/o servicios de alcantarillado y/o desagüe como plantas de tratamiento de aguas residuales y/o conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o redes secundarias de alcantarillado y/o redes secundarias de desagüe y/o unidades básicas de saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico o ecológica o compostera o xx xxxx seco
Para el proceso de selección. el personal no clave se acreditará mediante declaración jurada.
En caso de la entidad privada ganadora de la buena pro, la acreditación se presentará dentro de los cinco (05) días calendarios de suscrito el Contrato.
La documentación antes indicada será presentada por mesa de partes de la Entidad y el área usuaria será responsable de verificar la documentación presentada.
7. INFORMACIÓN QUE PROPORCIONARÁ LA ENTIDAD
El Programa Nacional de Saneamiento Rural proporcionará al Supervisor toda la información necesaria disponible con relación al Proyecto.
8. FORMA DE PAGO
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El pago de la Entidad Privada Supervisora será realizado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 109 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF. Asimismo, las mayores prestaciones del servicio de Supervisión se sujetan a lo dispuesto por el artículo 110 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF.
Durante la ejecución de la obra se pagará hasta el 90% del monto de total del referencial, quedando un 10% para ser pagado con la liquidación del proyecto
9. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
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La prestación del servicio de supervisión se rige por el Sistema de contratación de Tarifas
10. RESPONSABILIDAD POR XXXXX XXXXXX
La entidad privada supervisora es responsable por la calidad ofrecida del servicio prestado por un plazo que no puede ser inferior a un (1) año, contado a partir de la conformidad del servicio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 112 del TUO del Reglamento de la Ley 29230.
11. PENALIDADES
Constituyen formas validas de comunicación las que se efectúen a través de los medios electrónicos (correos electrónicos), así como aquellas notificaciones físicas que se reciban en los domicilios.
Efectuada la transmisión por correo electrónico, la notificación en el domicilio físico no será obligatoria; no obstante, de producirse esta, no invalidará la notificación realizada con anticipación a través de los medios electrónicos.
Los plazos se computarán a partir de la primera notificación que hubiera sido recibida, bajo cualquier modalidad.
La Entidad Privada Supervisora del proyecto se hará acreedor a la penalidad diaria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente formula
𝑃𝑒𝑛𝑎𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑑𝑖𝑎𝑟𝑖𝑎 =
0.10 𝑥 𝑀𝑜𝑛𝑡𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜
𝐹 𝑥 𝑝𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑒𝑛 𝑑𝑖𝑎𝑠
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F= 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días F= 0.20 para plazos mayores a sesenta (60) días
En todos los casos, para el cálculo de la penalidad diaria se considerará el monto total correspondiente al entregable por informes de retraso según contrato y el plazo contractual del consultor.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, el PNSR podrá resolver el contrato por incumplimiento.
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Otras Penalidades | |||
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso la Entidad Privada Supervisora incumpla su obligación de ejecutar el convenio con el personal clave ofertado; y la Entidad Pública no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado. | 1.0 UIT por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
2 | No cumpla con aplicar y/o proceder con las obligaciones que son de su competencia (absolver consultas hechas por la Empresa Privada, asistencia técnica mediante sus profesionales especializados, etc.), en el plazo máximo señalado por el Reglamento de la Ley N° 29230. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
3 | Demora en la presentación de los informes mensuales de supervisión, informes especiales, específicos, de termino de obra, liquidación del contrato de supervisión y liquidación del convenio. | 10/1000 del monto del contrato del proyecto por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
4 | La supervisión deberá verificar, participando en las pruebas de control de calidad de materiales (ensayos destructivos o no destructivos según corresponda), en los procesos de ejecución de la obra, según lo establecido en el expediente técnico y el RNE. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
5 | Verificar los metrados y dar conformidad a la valorización mensual que presenta la empresa Privada, el cual formará parte de su informe mensual | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
6 | No comunica oportunamente a la Entidad sobre el vencimiento de las garantías. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
7 | No exigir al Ejecutor del Proyecto las medidas de seguridad indicadas en el Expediente técnico y lo estipulado en el Reglamento Nacional de Edificaciones Xxxxx X. 050, en la realización de los trabajos. | 1/1000 del monto del contrato del proyecto por cada ocurrencia. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
8 | No comunicar a la Entidad en el día, sobre eventos ocurridos en la obra (accidentes, manifestaciones, paralización, huelga). | 1/1000 del monto del contrato del proyecto por cada ocurrencia. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
9 | No verificar que los materiales y equipos cumplen con las especificaciones técnicas del Expediente técnico de obra. | 1/1000 del monto del contrato del proyecto por cada ocurrencia. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
10 | No exigir al Ejecutor del Proyecto cumplir con el personal mínimo requerido en las bases para la selección de la Empresa Privada o en el propuesto en su Plan de Trabajo presentado ante la Empresa Privada. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por cada ocurrencia. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
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Otras Penalidades | |||
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
11 | No cumple con presentar su informe sobre mayores trabajos de obra presentados por el Ejecutor del Proyecto. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
12 | No cumple con presentar su informe sobre la solicitud de ampliación de plazo presentada por el Ejecutor del Proyecto, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contabilizados desde la fecha de su presentación por el Ejecutor del Proyecto. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
13 | Comunica la culminación de las obras y recomienda su recepción por parte de la Entidad, sin estar finalizadas. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por ocurrencia. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
14 | Por cálculo de reajustes con fórmulas polinómicas diferentes a las aprobadas. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por ocurrencia. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
15 | Valorizar sin ceñirse a las bases de pago y/o por valorizar mayores trabajos de obra dentro de la planilla del Convenio de Inversión. Valorizar metrados no ejecutados (sobre- valorizaciones) y pagos en exceso, valorizaciones adelantadas u otros actos que deriven de pagos indebidos o no encuadrados en las disposiciones vigentes. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por ocurrencia. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
16 | La entidad Privada Supervisora debe informar sobre la solicitud de recepción de obra presentada por la Empresa Privada, constatando el estado real de los trabajos y precisando la fecha real de termino de obra. | 5/1000 del monto del contrato del proyecto por cada día de atraso. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
17 | La Entidad Privada Supervisora debe participar como asesor en la recepción de la obra. | De no acudir en la fecha programada se penalizará con 10/1000 del monto del contrato del proyecto. | Según informe del Área Usuaria a cargo de la supervisión del contrato. |
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FORMATOS
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FORMATO N° 1
MODELO DE CARTA DE EXPRESIÓN DE INTERÉS
Lima, [INDICAR LUGAR Y FECHA]
Señores:
COMITÉ ESPECIAL – TUO de la Ley N° 29230
PROCESO DE SELECCIÓN N° 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL PARTICIPANTE (PERSONA NATURAL O JURÍDICA O
CONSORCIO)], Nº RUC [INDICAR NÚMERO], debidamente representado por su [CONSIGNAR REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIO, ASÍ
COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI N° [ ], tenemos el agrado
de dirigirnos a ustedes, en relación con el PROCESO DE SELECCIÓN N° 003-2021- MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY, de interés para participar del proceso de selección: contratación del servicio de la entidad privada supervisora del proyecto “Mejoramiento del sistema de saneamiento en la comunidad de Huillcarpay, distrito de San Xxxxxxxxx – Cusco
– Cusco” con Código N° 2312883.
Para dichos efectos, declaro haber tomado conocimiento del contenido de las Bases del proceso de selección antes indicado, sujetándome a las disposiciones y requisitos establecidos en las mismas.
Correo Electrónico: [INDICAR CORREO ELECTRÓNICO]
DATOS DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA
(1) Nombre (Persona Natural o Persona Jurídica o Consorcio): | ||
[CONSIGNAR NOMBRE DEL PARTICIPANTE] | ||
(2) Domicilio Legal: | ||
[INDICAR DOMICILIO LEGAL] | ||
(3) DNI N° | (4) RUC N° | (5) N° de Teléfono |
[INDICAR N° DE DNI EN CASO DE PERSONA NATURAL] | [INDICAR N° DE RUC] | [INDICAR N° DE TELÉFONO] |
(6) Correo Electrónico | ||
Solicitamos ser notificados al correo electrónico consignado, comprometiéndome a mantenerlo activo durante el período que dure dicho proceso. Correo Electrónico: [INDICAR CORREO ELECTRÓNICO] |
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Atentamente,
..…………………………………………… Nombre, firma, sello y DNI del
Representante legal o común, según corresponda
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FORMATO N° 2
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA O CONSORCIO)], identificado con [INDICAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] Nº
[CONSIGNAR NÚMERO] y RUC Nº [CONSIGNAR NÚMERO], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIO, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con [INDICAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] Nº
[INDICAR NÚMERO], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con [INDICAR TIPO DE DOCUMENTO DE
IDENTIDAD] Nº [INDICAR NÚMERO], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.10
…..………………………….…………………..
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Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
10 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
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FORMATO N° 3
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
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Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [INDICAR NOMBRE COMPLETO], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR RAZÓN SOCIAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE
DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [INDICAR LOCALIDAD DEL REGISTRO] en la Ficha Nº [INDICAR NÚMERO DE FICHA] Asiento Nº [INDICAR NÚMERO DE
ASIENTO], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social | : | |
Domicilio Legal | : | |
RUC : | Teléfono(s) : | Correo Electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
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FORMATO N° 4
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
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Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de supervisión de la ejecución y liquidación del Proyecto “Mejoramiento del sistema de saneamiento en la comunidad de Huillcarpay, distrito de San Xxxxxxxxx – Cusco – Cusco” con Código N° 2312883, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en las presentes Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
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Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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FORMATO N° 5
DECLARACIÓN JURADA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado. 2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de
selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar ganador de la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la el TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, así como en lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
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………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
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FORMATO N° 6
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un Consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado).
Designamos al Sr. [INDICAR NOMBRE COMPLETO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD],
como representante común del Consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [INDICAR DOMICILIO].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de
Obligaciones
▪ [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [%]
▪ [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [%]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de
Obligaciones
▪ [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [%]
▪ [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [%]
TOTAL: 100%
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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
...…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
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PROCESO DE SELECCIÓN N° 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
FORMATO N° 7
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de supervisión de la ejecución y liquidación del Proyecto “Mejoramiento del sistema de saneamiento en la comunidad de Huillcarpay, distrito de San Xxxxxxxxx – Cusco – Cusco” con Código N° 2312883 en el plazo de en el plazo de doscientos cuarenta (240) días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
FORMATO N° 8
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD (*)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:
Nº | NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURÍDICA A QUIEN SE PRESTO EL SERVICIO | OBJETO DEL SERVICIO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA11 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA12 | MONTO FACTURADO ACUMULADO13 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
TOTAL : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
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Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
11 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
12 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
13 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
(*) Deberá acreditar una experiencia total como supervisor de cuatro (4) años como mínimo en proyectos vinculados a la actividad
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FORMATO N° 9
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD (**)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:
Nº | NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURÍDICA A QUIEN SE PRESTO EL SERVICIO | OBJETO DEL SERVICIO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA14 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA15 | MONTO FACTURADO ACUMULADO16 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
TOTAL : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
14 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
15 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
16 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
(**) Deberá acreditar una experiencia total como supervisor de cuatro (4) años como mínimo en proyectos similares.
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FORMATO N° 10
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO | COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA] |
TOTAL : |
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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FORMATO N° 11
DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
PROCESO DE SELECCIÓN Nº 003-2021-MVCS/PNSR-OXI HUILLCARPAY
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O CONSORCIO], declaro bajo juramento que la información del personal propuesto para la ejecución del Servicio de Supervisión del Proyecto es el siguiente:
NOMBRE Y APELLIDOS | DOCUMENTO DE IDENTIDAD | CARGO Y/O ESPECIALIDAD |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
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Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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FORMATO N° 12
EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO
NOMBRE: [CONSIGNAR NOMBRE DEL PROFESIONAL PROPUESTO] PROFESIÓN: […]
CARGO POR OCUPAR: […]
1. DATOS DEL PROFESIONAL | |||
UNIVERSITARIOS | |||
Nº DE ORDEN | UNIVERSIDAD | TITULO OBTENIDO | FECHA DE GRADO (mes – año) |
2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD | ||||||
Nº DE ORDEN | NOMBRE DE LA OBRA | RAZÓN SOCIAL DEL CONTRATANTE | CARGO DESEMPEÑADO | PERIODO | ||
Inicio - Término | Duración | Nº Folio | ||||
1 | ||||||
2 | ||||||
3 | ||||||
4 | ||||||
5 | ||||||
6 | ||||||
7 | ||||||
8 | ||||||
9 | ||||||
10 | ||||||
….. |
- .
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL:
……..........................................................
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Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
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FORMATO N° 13
CEDULA DE NOTIFICACIÓN POR MEDIO ELECTRÓNICO
(Correo Electrónico)
Fecha | Día: | Mes: | Año: |
DESTINATARIO (En caso de Consorcio indicar denominación de este y nombre de cada uno de los que lo integran). | [INDICAR NOMBRE O RAZÓN SOCIAL] | [INDICAR NOMBRE O RAZÓN SOCIAL] | [INDICAR NOMBRE O RAZÓN SOCIAL] |
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DEL DESTINATARIO (Según contrato o documento comunicando el cambio). | |||
DIRECCIÓN FÍSICA DEL DESTINATARIO (Según contrato o documento comunicando el cambio). | |||
DOCUMENTO NOTIFICADO | |||
CONTENIDO (Indicar los documentos que se remiten conjuntamente con la Cédula de Notificación). | |||
ASUNTO / SUMILLA (Indicación del asunto y breve reseña de contenido). | |||
VENCIMIENTO (Señalar último día del plazo para que la Entidad Pública notifique su pronunciamiento). | Día: Mes: Año: | Día: Mes: Año: | Día: Mes: Año: |
La impresión del correo electrónico enviado, acredita la oportunidad de la efectiva transmisión de esta Cédula de Notificación para todos los efectos legales y contractuales.
La notificación de la decisión administrativa en el domicilio físico no es obligatoria; sin embargo, de producirse, no invalida la notificación efectuada con anticipación y por el medio electrónico indicado, computándose los plazos a partir de la primera de las notificaciones efectuadas, sea bajo cualquier modalidad.
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Nombre y apellidos del notificador de la Entidad Pública
DNI N° ……………………..
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FORMATO N° 14
FORMATO DE AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
Por medio de la suscripción del presente documento se autoriza a [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD PÚBLICA] a realizar la notificación electrónica de las observaciones realizadas por la Entidad Pública durante el procedimiento para suscribir el contrato de supervisión, así como, para los actos efectuados durante la ejecución del contrato.
La dirección de correo electrónico autorizada es:
Quedan exceptuados de la presente autorización, aquellos actos cuya notificación revistan formalidades especiales conforme a las disposiciones que se establezcan en el contrato.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
(REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA O CONSORCIO) RUC N°: [CONSIGNAR NUMERO DE RUC]
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