PLIEGO DE CONDICIONES:
PLIEGO DE CONDICIONES:
PARA LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES DEL VARADERO DEL CLUB NAUTICO DE SANTA POLA.
A.- CUESTIONES RELATIVAS AL CONCURSO
El presente pliego de condiciones, tiene como finalidad abrir el concurso para arrendamiento de los servicios profesionales del varadero.
1.- OBJETO DE CONCURSO
Constituye el objeto del concurso el arrendamiento de los servicios del varadero del Club Náutico de Santa Pola para su uso y explotación.
El concurso se llevará a cabo con arreglo al presente Pliego de cláusulas particulares, a la Memoria de Prescripciones Técnicas del servicio y al contrato regulador.
2.- PROCEDIMIENTO
En función de los servicios a realizar las empresas que opten a este servicio presentaran sus ofertas en sobre cerrado en Administración.
La adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento de CONCURSO, de acuerdo con los siguientes plazos:
15 días naturales para presentar las ofertas.
5 días naturales para resolver las mismas.
5 días naturales para comunicar el Club Náutico la adjudicación
15 días naturales para la firma de contrato
Estos plazos, podrán ser modificados a criterio de la Mesa de Contratación por causas justificadas.
La adjudicación, sin atender exclusivamente al precio, recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta que, los criterios objetivos para efectuar aquélla, serán por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuya.
3.- CAPACIDAD PARA CONCURSAR
Podrán optar a este concurso cualquier empresa o autónomo que establezcan como punto único de gestión de los servicios en cuestión, el Varadero del Club Náutico de Santa Pola y cumplan con toda la normativa legal vigente y tengan constituida a la fecha de inicio de la actividad empresa inscrita en el registro mercantil, con plena capacidad jurídica o de obrar y no se halle comprendida en alguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad para contratar.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de las propuestas por él suscritas.
La presentación de proposiciones presume la aceptación
incondicionada por el/la empresario/a del contenido de la totalidad de las cláusulas administrativas sin salvedad alguna.
4.- FIANZAS
Se establecerá una fianza como depósito de garantía de 14.989,68 € y una fianza personal mediante aval de una anualidad del arrendamiento final de puja tanto para los oferentes autónomos como para las sociedades en la persona del socio con mayor participación en la sociedad.
La garantía habrá de ser constituida:
a) En metálico, en valores públicos o privados.
b) Mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España.
c) Por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y
condiciones establecidas en el artículo 17 del Real Decreto 390/1996, de 1 xx xxxxx, con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de la caución.
La Fianza deberá estar constituida a la firma del contrato y se renovará anualmente.
5.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El plazo para presentar las ofertas se realizará en el plazo referido en el punto 2, en las Oficinas del Club Náutico de Santa Pola, en sobre cerrado, a la atención del Presidente del Club, a partir de la fecha de apertura del concurso.
6.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Descripción de los servicios a prestar.
Los servicios a realizar en el varadero consistirán en:
-Varada y botadura de las embarcaciones mediante máquina tipo travelift y carretilla elevadora.
-Servicios de reparación, pintura, mantenimiento, etc.. de embarcaciones.
-Servicios xx xxxxxx y botadura de la marina seca.
-Servicio de auxilio de embarcaciones.
-Servicio de limpieza de embarcaciones.
Las proposiciones, como se ha especificado, deberán estar comprendidas en sobres cerrados a la atención del Presidente del Club, y firmadas por el licitador o persona que lo representa, conforme a las siguientes normas:
Plica o sobre «A» Solicitud y proposición de Oferta económica y modificaciones al objeto del contrato, que contendrá la documentación justificativa de los criterios objetivos señalados: exclusivamente la proposición económica ajustada al siguiente modelo:
MODELO DE PROPOSICIÓN
D./D.ª ........................................................ con residencia en ………......... provincia de .........…… calle de ............................................. núm…... con Documento Nacional de Identidad núm. ……………... enterado/a de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de ARRENDAMIENTO DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES DEL VARADERO DEL CLUB NAUTICO DE SANTA POLA, se compromete en su propio nombre y derecho/en nombre de la Empresa ……………………. con N.I.F…………..... la cual
representa (táchese lo que no proceda) a realizar a su cargo la prestación del mismo con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, aceptando incondicionalmente las cláusulas xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, y declarando responsablemente que reúne todas y cada una de las
condiciones exigidas para contratar con el Club Náutico de Santa Pola, en particular, no
estar incurso/a en ninguna de las circunstancias de prohibiciones de
contratar establecidas.
A los efectos de lo expresado en el párrafo anterior se compromete a realizar el objeto del contrato con las siguientes mejoras, y de acuerdo con los criterios y soluciones técnicas:
1. Mejoras:
...
2. Criterios y soluciones técnicas al servicio:
...
Firma y sello del/de la
oferente,
...
A. Sr./Sra. Presidente/a de la Mesa de Contratación de ...
Plica o sobre «B» Documentación administrativa, que
contendrá los siguientes documentos, los cuales podrán presentarse originales o mediante copias de las mismas que tengan el carácter de auténticas:
a) Si el/la oferente es persona jurídica deberá aportar la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigido conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se
regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Si es persona física, el documento que acredite, su personalidad (Documento Nacional de Identidad, para españoles; Pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para extranjeros). Si no estuviere constituida empresa o alta de autónomo a la fecha de presentación de proposición, presentará escrito de compromiso de constitución.
b) Si el/la firmante de la proposición actúa en calidad de
representante del/de la licitador/a, deberá acompañarse el documento que acredite la personalidad de este representante (Documento Nacional de Identidad, para españoles, Pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros) y, además poder bastante en derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro Mercantil si se trata de personas
jurídicas por imperativo de la legislación mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del/de la representado/a a la celebración de contratos
con la empresa convocante del presente contrato.
c) Documentos acreditativos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, expedidos por el órgano competente.
d) Declaración responsable, otorgada ante una Autoridad judicial,
administrativa, Notario/a público/a u Organismo profesional cualificado, de no estar incurso/a en prohibición de contratar, así como de hallarse al corriente del cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
e) El resguardo acreditativo de la garantía provisional.
f) Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la
jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al/a la licitante.
Los/Las empresarios/as presentarán sus proposiciones
acompañadas del documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional.
La presentación de proposiciones presume la aceptación
incondicionada por el/la empresario/a del contenido de la totalidad de las cláusulas administrativas sin salvedad alguna.
Las proposiciones deberán estar comprendidas en un sobre
cerrado a satisfacción del/de la presentador/a, y firmadas por el/la
licitador/a o persona que lo representa.
7.- PUBLICIDAD DEL CONCURSO
El concurso será publicado en el Club, tanto en los tablones informativos como en la página web del mismo, disponiéndose en Administración del Club Náutico el Pliego y bases para todo aquel que esté interesado.
8.- RESOLUCIÓN DEL CONCURSO
La Mesa de Contratación estará integrada del siguiente modo:
Presidente: Presidente del Club o quien legalmente le sustituya
Vocales:
- Miembro de la Junta Directiva que se designen:
El Secretario.
El Comodoro.
El Tesorero.
El Secretario Técnico.
La Mesa, se reunirá en el plazo de 5 días naturales a la finalización del plazo de presentación de ofertas.
Para la válida constitución de la mesa será requisito necesario la
presencia del Presidente y Secretario o de quien legalmente les sustituyan y con un número de miembros mínimo, de al menos, tres miembros.
Calificados previamente los documentos presentados en tiempo y
forma, la Mesa procederá a la apertura de las proposiciones presentadas por los licitadores y las elevará con el acta y la propuesta que estime pertinente a la Junta Directiva, que efectuará la adjudicación del contrato.
El Club Náutico de Santa Pola tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos, sin atender
necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuren en el pliego.
Cualquier controversia con el presente pliego de condiciones, será revisable ante la propia Junta Directiva en el plazo de cinco días desde su exposición en el Tablón de Anuncios del Club Náutico. La presentación de cualquier recurso ante la Junta Directiva suspenderá el resto de plazos hasta su resolución, que será notificada al recurrente y publicada en el Tablón de Anuncios.
9.- CRITERIOS DE ADJUDICACION
Para la adjudicación de este contrato, se atenderá a la siguiente ponderación:
La cuestión económica se valorará de 0 a 10 puntos.
En este punto se valorará el importe de arrendamiento mensual que el licitador ofrezca. Teniendo en cuenta que no se aceptarán proposiciones inferiores a TRES MIL EUROS MENSUALES. La oferta de 3.000.-€/mes xx xxxxx se valorará con 1 punto, y a partir de esa oferta se incrementarán los puntos que se otorguen proporcionalmente a la renta ofrecida.
Servicios prestados similares e historial profesional : de 0 a 10 puntos.
En este campo se valorará el historial profesional del licitador en la realización de trabajos iguales o similares a los ofertados.
Propuesta de mejoras a realizar: de 0 a 9 puntos.
Se valorará especialmente en este apartado, que el licitador asuma en su plantilla a miembros de la actual plantilla del Club Náutico. Además de esto, cualquier otra mejora que vaya en beneficio del servicio.
Ventajas para el usuario: de 0 a 8 puntos.
Optimización del servicio y beneficio para el usuario, principalmente el socio del Club Náutico.
Medios técnicos y personales de la empresa: de 0 a 7 puntos.
Se valorará la cualificación y experiencia de la plantilla. Cursos, titulación, etc.
f) Presentación de un Plan de gestión y logística que optimice el servicio y rendimiento del Varadero: de 0 a 5 puntos
10.- ADJUDICACIÓN
Se adjudicará una vez presentadas todas las solicitudes recibidas y valoradas según baremo anterior, en el plazo no mayor de 5 días naturales una vez cerrado el plazo, comunicándose a la empresa seleccionada y resto de empresas en este plazo.
B.- CUESTIONES RELATIVAS A LAS CONDICIONES
11.- AMBITO DE LA CONCESIÓN
El presente pliego de condiciones, tiene como finalidad abrir el concurso para arrendamiento de los servicios profesionales del varadero.
El espacio del cual podrán disponer para realizar estos servicios será de aproximadamente 2.300 m2, junto con la piscina para varada y botadura.
12.- PLAZO DE LA CONCESION
El plazo estipulado será de 3 años, iniciándose el 1 de enero de 2010 y renovable anualmente si ninguna de las partes lo denuncia en un plazo de 3 meses previos a la finalización del año.
13.- CANON
Se establecerá para el primer año un canon a pagar en función de la superficie a utilizar para la gestión del Varadero y mediado por el Club con Consellería, por un importe de 1.494,84 €, IVA incluido, semestral como p.p. de la parte que el Club abona como canon, incrementándose anualmente según cargo que aplique Consellería al Club Náutico.
14.- IMPUESTOS
Todos los impuestos que graven la actividad iran por cuenta del arrendatario.
15.- USO Y EXPLOTACION
Se establece un alquiler por el arrendamiento del servicio de explotación del Varadero el que resulte de la puja por la oferta adjudicada durante el primer año revisable anualmente por el IPC.
Los servicios a prestar:
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A PRESTAR:
A.- Varada: Este servicio consiste en coger del canal la embarcación con el travelift y situarlo sobre tacadas en la xxxx xx xxxxxx, para realizar los trabajos necesarios en el barco.
B.- Botadura: Es la operación inversa a la anterior, cogerlo desde la xxxx xx xxxxxx y dejarlo en el canal.
C.- Utilización Grúa: Tiempo empleado para mover las embarcaciones en la xxxx xx xxxxxx por la grúa para realizar servicios varios (sacar motores, quitar y poner palos de los veleros, etc.)
D.- Estancia Varadero: Es el tiempo necesario, que están en la xxxx xx xxxxxx las embarcaciones, para que se les presten los distintos servicios que solicitan.
E.- Limpieza: Consiste en limpiar con la pistola de agua a presión el verdín cogido al casco.
F.- Traslado Invernaje: Servicio que consiste en xxxxxx xxx xxxxxxxxxxxxx xx xx xxxx xx xxxxxxxx a la zona de invernaje y tacarlos o colocación en estructura habilitada al fin para su estancia en seco. También refleja el movimiento contrario, de la zona de invernaje.
G.- El servicio de dar limpieza de embarcaciones será exclusivo del Arrendatario.
Además deben considerarse gratuitas las dos primeras noches de estancia, solamente a socios, además de contemplar estos otros servicios con el Club Náutico de Santa Pola:
Tener presente el calendario de eventos deportivos para los cuales sea necesario el uso o paso por el varadero así como de las maquinas, travelift y carretilla elevadora principalmente, necesarias para los eventos. Se adjunta el calendario 2009 como anexo II.
Las tarifas a cobrar por los servicios reflejados en el contrato serán las que cada año apruebe la Asamblea General del Club. El Club Náutico de Santa Pola facturará trimestralmente al socio los servicios xx xxxxxx y botadura y liquidará con el Arrendatario también trimestralmente. El Arrendatario podrá compensar con la renta, también de forma trimestral.
Se respetará las instalaciones actuales tales como caseta de Policía Local y Xxxx Xxxx así como dar el servicio xx xxxxxx y botadura de sus embarcaciones en caso necesario por acuerdo previo con el Club Náutico de Santa Pola.
Prestará la atención xx xxxxxx y botadura de marina seca, recibiendo como contraprestación el 30 % de los ingresos que obtenga el Club por el alquiler del espacio en Marina Seca.
El servicio de remolque de embarcaciones de socios para su varada se realizará coordinado con la marinería del Club Náutico, siendo por cuenta del arrendatario los gastos generados. Se realizará por parte de marinería del Club hasta las 10:30 h de la mañana y el resto de tiempo hasta cierre de varadero por cuenta del Arrendatario asumiéndose por las partes el % que se estipule.
En caso de urgencia en embarcaciones amarradas en el Club Náutico en días de descanso del personal de varadero, se facultará al personal cualificado del Club Náutico para el uso de la maquinaria precisa para sacar la embarcación afectada.
Deberá mantener un 10 % del espacio para varada destinado a no socios y si no hubiese embarcaciones este podrá ser utilizado para socios. La distribución inicial es como sigue:
Espacio para 5 embarcaciones de + 10 m
Espacio para 3 embarcaciones de 7 a 10 m
Espacio para embarcaciones de menos de 7 m
16.- CONSERVACION Y MANTENIMIENTO Y OTROS
En general, deberá tener en consideración los siguientes aspectos.
Seguro Obligatorio R.C.
Contrato mantenimiento maquinaria
Cumplir normativa legal vigente e interna del Club ( Reglamento Interno Varadero )
Respetar precios a socios aprobados anualmente en Asamblea General.
Respetar % de espacio destinado a reparación de embarcaciones para socios.
Correcta gestión de los residuos y respetar Política Medioambiental del Club.
Gastos de electricidad, agua u otros derivados de la gestión de varadero.
17.- INCUMPLIMIENTOS
Serán causas de resolución del contrato:
a) El mutuo acuerdo entre el Club Náutico y el/la contratista.
b) La falta de prestación por el/la contratista de la garantía definitiva
c las especiales o complementarias de aquélla en plazo en los casos previstos en la Ley y la no formalización del contrato en plazo.
d) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales
esenciales.
e) Aquéllas que se establezcan expresamente en el contrato.
f) La demora superior a seis meses por parte del Club en
la entrega al/a la contratista de la contraprestación o de los medios
auxiliares a que se obligó según el contrato.
g) La suspensión por causa imputable al Club de la
iniciación del contrato por plazo superior a un mes a partir de la fecha señalada en el mismo.
h) El desistimiento o la suspensión del contrato por plazo superior a un mes acordada por el Club, salvo que en el pliego se señale otro menor.
i) Las modificaciones del contrato, aunque fueren sucesivas, que
impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato en cuantía superior, en más o en menos, al 20 por 100 del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido, o representen una alteración sustancial del mismo.
18.- REVOCACION
Serán causas de resolución del contrato:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del/de la contratista
individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad
contratista.
b) La declaración de quiebra, de suspensión de pagos, de concurso de
acreedores o de insolvente fallido en cualquier procedimiento, o el acuerdo
de quita y espera.
Santa Pola, a 27 de noviembre de dos mil nueve.
El Presidente El Secretario
Fdo. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Fdo. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx
Xxxxxxxxxx