CONVENIO ESPECIFICO DE UCENCIA DE USO DE SOFTWARE Y SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL MENCIONADO USO
Convenio Específico de licencia de uso de software y servicio de asistencia técnica para el mencionado uso entre Grupo Servicios Junín S.A y esta Universidad
Convenio Específico suscripto entre el Centro Copenhague sobre eficiencia energética y esta Universidad
Disposición R. Nº 33 - Consejo Superior Resolución Nº 210 - Presidencia
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UNIVERSIDAD
NACIONAL
DE LA PLATA
CONVENIO ESPECIFICO DE UCENCIA DE USO DE SOFTWARE Y SERVICIO DE
ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL MENCIONADO USO
De una pane, Grupo Servidos junfn SA - en adelante EMPRESA •, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxx 00, Xxxxxx xx Xxxxx, xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx representada en este acto por su Presidente, el &r. Xxxxx: Xxxxxxx Xxxxxx, DNI 23.39&1M; y por la otra, La Universidad Nacional de La Plata - en adelante UNLP , creada por ley 4699/05, con domicilio en Xx, 0 xx 000 xx Xx Xxxxx, . 0s .As, Argentina,, representada en este acto por su Vicepresidente Institucional, Dr. Ing, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, y en calidad de responsable natural del presente convenio, la Sra. Decana de la Facultad de Informática, Lie. Xxxxxxxx Xxxxxx;
EKPONEN
Acordar suscribir este convenio específico para la ciudad xx xxxxx, provincia de Buenos Aires, que se regirá por las siguientes cláusulas:----------------------------------------------------------
PRIMERA:' La UNtP; a través del UNTt - F^<^i^1tad de Informática, .proveerá el sistema.que se describe a continuación y-el •servicio de' asistencia técnica- requerida para. su correcto funcionamiento.'-------------------------------------------------- ---------------------------- ---------------------------
El presente Convenio Específico tiene por objetóla provisión. de:
a) el Sistema de Estacionamiento Medido SEM;
b) el servicio de soporte técnico requerido para el buen funcionamiento del sistema
nombrado anteriormente;
c) la capacitación y entrenamiento en el uso del sistema a los instructores que la EMPRESA designe;
d) actualizaciones que puedan surgir en el sistema ofrecido;
SEGUNDA------ -------------------------------------------- --------------------------------------------------------------
Unidad Ejecutora: La UNLP. designa al LINT! taaboratorio de Investigación en Nuevas
Convenio Específico 1 de 5
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UNIVERSIDAD NACIONAL
OE -LA- PLATA
Tecnologías Informáticas) de la Facultad de Informática para llevar adelante- la ejecución
de las acciones previstas en el presente Convenio Específico-----------------------------------------
Alcance: El alcance de las tareas incluidas en el presente son las definidas en los ANEXOS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (Anexo 1 y II).------------------------------------------------- ------------------
Actividades: Ourante el plazo de ejecución del presente Convenio Específico, la asistencia técnica objeto del presente se desarrollará exclusivamente en ámbitos de la UNLP y la EMPRESA según las necesidades que el proyecto lo requiera. Será brindada por personal de la UNLP quien deberá suministrar recursos con probada experiencia para garantizar el correcto funcionamiento del sistema. Como contraparte la EMPRESA deberá disponer de un líder de' proyecto o supervisor con probada experiencia en dicha función afin de ser -el- único vínculo operativo con la UNLP.--------------------------------------------
Propiedad Intelectual: La Propiedad intelectual del Sistema informático de Gestión que
se detalla en la cláusula PRIMERA tac. a> pertenece a la UNLP quien otorga una licencia de uso por el plazo establecido en la cláusula SEXTA <4 años}. Dado el carácter íntuítu personae del presente acuerdo, la EMPRESA no podrá. transferir y/o- autorizar a terceras instituciones y/o personas ajenas a la misma a utilizar el mencionado Sistema informático de Gestión. La Propiedad intelectual que se genere como resultado de las actividades realizadas pertenecerá exclusivamente a la UNLP, quien podrá ulteriormente cederla o licenciar su uso con o sin costo.------------------- —— -------—-—————--------
Confidencialidad: las partes se comprometen a no difundir, bajo ningún aspecto. las informaciones científicas o técnicas de carácter confidencial pertenecientes a la otra parte o a terceros a las que haya podido tener acceso en el desarrollo del presente Convenio Específico.------------------------------------------------------------------------------------------------------
La información confidencial estará definida como cualquier objeto. gráfico. información escrita. información verbal u otra recibida en forma tangible o asimilable a esta. que haya sido identificada por las partes como Información Confidencial.------------------------------
obfigación de confidencíalibad no se xxxxxx en 'o s sigutentes casos:
wenio Específico 2 $
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i UNIVERSIDAD
NACIONAL
DE LA PLATA
I. Si se trata de información que sea de dominio público, o en lo sucesivo pase a ser de dominio público, por medios diferentes de una actividad no autor-izada; o se trate de información que obre en poder de una parte y no esté' sujeta a obligaciones xx xxxxxxx y no haya sido obtenida de la otra parte; o se trate de información que deba divulgarse en virtud de la legislación vigente o por disposición de la autoridad o tribunales de justicia.- i¡. Si la Información o cualquier parte de ella es legalmente obtenida por una de las partes de una tercera parte o partes sin infracción de este acuerdó, demostrando que la tercera parte es una fuente legal de Información.------------------- --------------------------
ill. Si la Información o cualquier parte de ella fue conocida por una parte antes de su
divulgación por la otra parte siempre que la primera sea capaz de acreditar dicho
conocimiento.----------------------------------------------------------------------- —------------------
Responsables técnicos; A los efectos de realizar la gestión y seguimiento del servicio, la UNLP designa para este rol al Uc. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Director del LINTI de la Facultad de Informática de la UNLP, de la colaboración establecida en este Convenio Específico, mientras que la EMPRESA designa a la Srta, Xxxxxxxx Xxxxx, y/o quien en lo sucesivo designe formalmente cada una de las partes.---------------- —------------------------------------------
Costos del proyecto: La EMPRESA se compromete a pagar a la UNLP por la ejecución del servicio el importe que se calculará en base al cinco por ciento (5 %) de los ingresos brutos devengados como consecuencia del servicio prestado a la EMPRESA por el sistema mencionado anteriormente, entre el primer y último día del mes vencido, con un mínimo de cuatro mil quinientas horas (4.500 hs) de estacionamiento medido, considerando el valor de la hora inicial, que será cancelado mensual mente diez (10) días corridos desde la fecha de factura en forma total, requiriendo como única conformidad la prestación del servido según lo expresado en la cláusula SEt^t^INDA (Alcance). Vencido el plazo, la xxxx se producirá de pleno derecho, sin necesidad de Interpelación judicial o extrajudicial alguna. El incumplimiento devengará un interés mensual, considerando la
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UNIVERSIDAD NACIONAL
DE LA .PLATA
tasa canal electrónico para plazo fijo del Banco Nación Argentina, que deberá abonarse junto con el pago de la obligación principal.----------------------- -----------------------------------------
La suma mencionada será depositada en la cuenta bancaria que la Facultad de
Informática de la UNLP posee, según el siguiente detalle:
Titular: Facultad de Informática U.N.L.P. - Terceros
Sanco: Banco de la Nación Argentina, Sucursal 217O, La Pata Tpo y N" de Cuenta: Cuenta Corriente N° 3000182/06 Moneda: Pesos
CBU: 01100303*20003000182068
CU IT: 30-54666670-7
IVA: Exento
Código SWIFT: XXXXXXXX
TERCERA: responsable ad*hoc----------------------------------------- ---------- *------------- -—------------
Será responsable ad-hoc del presente acuerdo, en los términos de la Ordenanza 295/18 UNLP, el Sr. Director del LINTI de la Facultad de Informática, Uc. Xxxxxxxxx X^'^xxxxx Xxxx, — CUARTA: publicidad--------------------------------------------------------------------------------------------------
Las partes acuerdan dar publicidad del presente convenio en sus respectivos sitios web institucionales, incluyendo en la noticia correspondiente un enlace al sitio de la contraparte. Deberá enlazarse a la Universidad Nacional de La Plata mediante la dirección de su portal institucional en xxxx://xXX.xxxx.xxx.xx.—————————— QUINTA: resolución de controversias------------------- --------------------------------------- ■-------------- --
A los fines que pudiera corresponder las partes fijan domicilio en los arriba Indicados y
se someten a los Tribunales Federales con asiento en la ciudad de La Plata.--------------—
SEXTA: vigencia ■ ■ ■■■ . ■ .. — ——
El presente convenio tendrá una duración de cuatro (4) afios. Este convenio podrá ser
denunciado por cualquiera de las partes sin expresión de causa ni derecho a pago de
indemnización siguen ediante comunicación fehaciente, con seis (6) meses de Convenio Específico 4 de 5
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UNIVERSIDAD NACIONAL
DE LA PLATA
anticipación. La denuncia no enervará las acciones pendientes de programas que no
fueren expresamente rescindidos por los organismos signatarios.-------------------------------
El presente convenio especifico es celebrado en el marco del régimen establecido por
ordenanza 295/18 UNLP y sus normas complementarlas.--------------------------------------------
En prueba de conformidad, en la ciudad de La Plata a los 16 días del mes de
de 2020 el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx con DNI 00.000.000 en representación de Grupo
Servicios Junin S.A., firma dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. ——
Por Grupo Servicios Junin SA Por Universidad Nacional de La Plata
XXXXXX
Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Dr. ing. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Presidente Vicepresidente Institucional UNLP Fecha: /<>//ü/2o
Convenio Específico 5de5
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ANEXO I ESPECIFICACIONES FUNCIONALES
SEM-SISTEMADE ESTACIONAMIENTO MEDIDO
El S¡sema de Estacionamiento Medido (SEM) permite la autogestión del inicio y fin de estacionamiento por parte de los conductores a través de rnediw d^eiernes y oomplementarios entre sí. y simultáneamente control por parte de tos tospectores a twés de dfcp^dvos rnMtes
de todos los vehículos estacionados.
El sistema incluye:
Módulo Administración:
• Administración . de Oías Operables.
• Administración de Tarifas.
■ Administración de Excepciones de Oías Operables.
• Administración de Supervisores, Funcionarios, Responsables de Finanzas, Administradores, Empleadas de Xxxx Xxxxxx.
■ Reseteo de Contraseña de Usuarios Bloqueados.
• Administración de Tipos de Cuentas de Comercios.
■ Administración de Marcas de vehículos.
• Desactivación del Sistema para Inspectores.
• Administración de horario de cierre automático, horario de alertas de permanencia por sms, valor de recarga mínima de crédito para celular, cantidad de minutos para rechequeo automático, etc.
• Envío automático de resumen diario por correo electrónico a funcionarios y
autoridades interesadas de información relevante de 'la jornada cerrada: ingresos, montos de comisiones pagados, infracciones realizadas, estacionamientos realizados.
• Configuración xx xxxx de ocupación, plazas, dashboard mobile. gráficos estadísticos, etc.
• Configuración de interfaces para terminales de recarga.
Módulo Comercios:
■ Venta de Estacionamiento Puntual.
■ Venta de Crédito para Celular.
■ Registrar Pago voluntario de Infracciones.
■ Venta de abonos de distinto tipo.
■ Consultar estado de una patente.
• Consultar Saldo de un Número de Celular.
• Descarga de Drívers de Impresora.
■ Administración dé Empleados.
■ Consultar Cuenta Corriente.
• Consultar Movimientos.
• Consultar Úlbma liquidación.
• Modificar Contraseña de Comercio.
• Reseteo de Cont de Empleados.
Anexo I - Funcionalidad del Sistema ¡RES 1 de 4
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Módulo Supervisor de Inspectores:
• Consultar Comercios Adheridos.
• Administración de Inspectores.
• Consultar Actividad de los Inspectores.
■ Consultar Performance de los Inspectores.
« Consultar Xxxxxxxx sin completar de los inspectores, .
■ Detalle de Infracciones y Chequeos de tos Inspectores.
• Consultar Recaudación Histórica y Resumen de Finanzas.
• Monitoreo y Panel de Transacciones de SMS.
• Monitoreo y Panel de Transacciones de Estacionamiento Puntual.
• Monitoreo y Panel de Transacciones de Mobile.
• Consuka de Estacionamientos activos y acumulados dtailos dtecrtmbiados p°r rnémdo de pago (Puntual y Crédito de Celular). '
• Consulta de Actas de un Conductor.
• Exportar información de Actas de un Conductor.
• Redamos de Conductor.
• Consulta de Infracciones Anuladas.
• Consulta de Patentes exentas de Estacionamiento Medido.
• Finalización de Estacionamiento Manual.
• E^i^<adísticas de usuarios nuevos.
• Estad isticas de mensajes de texto de error.
• Estadísticas de vehículos exentos de estacionamiento medido anualizados.
• Estadísticas de top 100 de cuentas corrientes de usuarios en negativo.
• Estadísticas de top 50 de vehículos con más Infracciones.
• Modificar Contraseña de Supervisor de inspectores.
■ Consultar Historial de deshabilitaciones del sistema.
• Generación de infracciones en PDF para impresión y/o envfo a justicia xx Xxxxxx electrónico.
• Compensaciones de cuenta. ■
• Panel de transacciones mobile.
• Resumen de transferencias de saldo entre usuarios.
• Mapa de calor.
• Mapa en tiempo real.
• Alertas de patentes investigadas.
Módulo Inspectores:
• chequeo de Patentes.
• Modificar Contraseña de Inspector.
■ Completar Chequeo de Vehículo sin Estactoinatnlento Medido activado.
• Anulación de Chequeo de Vehículo sin Estadonmiento Medido activado.
• Comunicación con el supervisor.
■ Ajustes de cantidad de chequeos en pantalla.
» imprestón de actaj de ^fracción por dupHcado a través de ^presofas Uueto^h.
Módulo Conductores:
- inicio de Estacionamiento dentro del horario operable.
• Fin de dentro del horario operable.
• E^x.xx^lc^ni^i^lento anticipado (activación / desactivación del estacionamiento a partir de las 00:00 Hs. del día en curso en en vigencia a partir de la Itora operable de manera automática).
> Consulta de Saldo.
XXXXXX
Anexo I - Funcionalidad del Sistema IWWMU
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.*
• Gestión de Clave de acceso al sistema por Internet (si corresponde).
■ Consulta de Úftíma patente utfflzada.
• Consuma de Úkimas transacdones realzadas.
■ Carga de crédito a través de medios de pago electrónicos con tarjeta de débito y/o crédito.
• Pago de infracciones a través de medios de pago electrónicos con tarjeta de débito y/o
crédito.
• Transferencia de saldo.
• Consultar lugares libres.
■ Consultar infracciones para una patente.
• Actlvadón de estacionamiento puntual para más de una patente desde web-
Módulo Ingresos y Finanzas:
■ Liquidación semanal de comercios adheridos.
• Administración de Comercios,
• Suspensión / Activación de comercios por falta de pago.
■ Consulta de Cuentas Corrientes de Comercios Adheridos.
• Registro de Pagos semanales.
• Anulación de Registro de Pagos semanales.
• Anulación de Ventas de Crédito de Celular.
■ Anulación de Estacionamiento Puntual.
• Anulación de Pagos Voluntarios.
■ Compensaciones de cuenta.
■ Anulaciones de cargas de crédito realizadas por medios de pago electrónicos con
tarjeta de débito y/o crédito.
■ Anulaciones de pago voluntario de infracciones realizadas por medios de pago electrónicos con tarjeta de débito y/o crédito.
• Remanente de crédito sin usar.
■ Alertas de deuda vencida.
• Alertas de cargas de crédito de montos altos.
ALCANCE DE LASTAREAS A REALIZAR
Se incluyen las siguientes tareas:
Asesoramiento en el marco regulatorio necesario para implementar SEM. Oimensionamiento de infraestructura necesaria.
Licénciamiento de uso del software y actualizaciones. Instalación y puesta en marcha inicial.
Adecuación acorde al Municipio Incluyendo contenidos y aspectos visuales. Capacitación a personas encargadas de capacitar a los distintos perfiles de recursos involucrados en el sistema.
FUERA DEL ALCANCE
Están fuera del alcance de este proyecto:
La resolución de asp no relacionados directamente con el SEM.
Anexo 1 - Fundonahdad del SistemlBABí^?
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Sopone sobre lemas relacionados con Hardware y/o Servicios de Redes internos del MUNIdPlO y los cometí los adbeddos,
CiMlqufót tema re|ac|onado ton |a atenc|ón a iisuaiiü3 Anatas de1 sistema (Automovilistas, Comercios, etc,}.
pape|er(a de cua|quiei• tipo para mspeclores y/o comercios adheridlos.
Discos y/o señalización en la vía pública dentro y fuera del Area de concesión. Equipamiento tecnológico de los comercios (computadora, impresora, insumes y conexión a Internet),
Equipamiento tecnológico de los Inspectores.
Mensajería sm$, número telefónico local para Mi, mensajes de respuestas, gestión de número corto.
Recursos Humanos, Publicidad y Difusión.
Indumentaria distintiva de Inspectores. .
Hardware necesario de ningún tipo (servidores, equipos de monltoreo, Impresoras, etc.).
licencias de Uso de software de Sistema Operativo. Software de üase, y (Jase de Datos.
Hosttng de !a aplicación.
fíR6(10WaQNNSXtlJ£UJ^5LQS
La Incorporación de nueva funcionalidad y mejoras como así también resolución de eventuales errores se harón fuera del horario operable del sistema, sin Interrumpir los procesos que se realizan dentro de esa franja horarta y restableciendo todos los servicios una vez terminado el dCS
La propiedad intelectual de SEM excltalvá de la UNLP. la EMPRESA solo adquiere Ucencias
Miro
Anexo l - Funcionalidad del Sistema
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ANEXO ti SOPORTE TÉCNICO
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio de soporte se estructuro con tres niveles:
El Nivel 1 funcionará como soporte de resolución a los requerimientos operativos e incidentes básicos de los usuarios finales del SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO* Este servicio de primer nivel debe ser prestado por el MUNICIPIO. Cuando un incidente no pueda ser resuelto en este nivel, el mismo debe escalarse al Nivel 2.
El Nlvel 2 fundonaM como 'Soporte Técnko" para la resotodón de tos paternas e toddentw que escalen del Nivel 1, exclusivamente relacionados con problemas surgidos en la administración, uso y configuración del SISTEMA DE E^'^/^t^K^t^N^IMIENTO MEDIDO. Este rol estará
a cargo de la UNLP.
Finalmente, el Nivel 3 estará soportado por el o los fabricantes de los productos de software utilizados en la organización.
NIVEL 1: SOPORTE OPERATIVO:
Las responsabilidades del primer nivel de soporte pueden resumirse en:
► Atender los requerimientos referidos a usuarios finales del SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO.
e Registrar los requerimientos en el sistema de administración de redamos provisto para tal fin.
► los requerimientos que no pudieron ser resueltos, al Nivel 2 de Soporte,
► Realizar el seguimiento del requerimiento hasta su resolución.
► Confirmar la satisfacción de los usuarios con respecto a las soluciones brindadas.
NIVEL 2: SOPORTE TÉCNICO
En el segundo nivel las responsabilidades son:
► Resolver los problemas que no puedan ser resueltos por el Nivel 1, únicamente a través de la herramienta de gestión de incidentes provistas por la UNLP.
► Resolución en conjunto con las áreas del MUNICIPIO Involucradas en el proyecto.
a- Escalar los problemas que no pueden ser resueltos a este nivel, al Nivel 3 {Soporte Técnico del Fabricante) y hacer un seguimiento de los mismos, hasta lograr b efectiva resolución.
► intervenir técnicamente ante problemas en la configuración o funcionamiento de la plataforma.
a Solución a los Incidentes de procedimientos de resguardo y esquemas de disponibilidad de la solución sobre la plataforma.
► Brindar soporte a los requerimientos de cambios (actualización de versiones o aplicación de patches sugeridos y recomendados para resolver un in^ii^<^i^i^<e) sobre la plataforma.
► Mantenimiento de las Bases de Datos;
■ Administración de copia y recuperación de datos (Backup & Restore).
■ Realizar análisis de optimización, performance e Integridad.
■ Chequeos de Seguridad de las bases de datos y control de fas políticas de acceso a
las mismas. _
• Monkoreo ^rm^nem ey ajuste de umbrales para monitoreo.
Anexo II - Soporte TécnlaiÁrJjORMIES 1de3
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NIVEL 3: SOPORTE TÍCNICO DEL FABRICANTE
Unaliucttie en el nivel 3, las irsponsabllldades conipt enden:
► i'iiweet sepulte tévnlcu vía telefónica, malí o a través de bases de conocimiento sobre t,(»h^fgma<|ón, uper ación y administración ele |os componentes y sistemas que nirtforman |a
xxxx xxxxxxx.
► Hnveei wiLaiuiinds, palches y nuevas v^slones de |o s podudos y softwMe que conforman la platafotma en caso de ser necesario para la tesnludón de un Incidente.
► En taso de iequetlr uiia forma de soporto t» un acuerdo de tiempos de respuesta menores set A necesario que el MUNICIPIO contrate los servidos extendidos con los fabricantes.
ROLES INVOLUCRADOS Y RESPONSABILIDADES
A continuación se detallan los roles involucrados y quien debe llevar a cabo cada actividad pata la cm tecla pi estación de los seivltlos dentro del proceso de soporte definido por la UNLP.
Rol MUNICIPIO UNLP
Usuarios Anales (Automovilistas, X Comercios}
Mesa de Ayuda de Pr Inter Nivel X
Centro de Atención de Incidentes X
y Ei roies de los sistemas.
Gestión de Incidentes y Et rot es X
ACUERDO DEL NIVEL DEL SERVICIO (S LA):
Tiempo do calda del SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO debe ser Inferior a 60 minutos semanales por cada sistema respectivamente.
ALCANCE DE LAS ACTIVIDADES
ALCANCE DEL SERVICIO
► Soporte exclusivamente remoto para los días y horario en que esté activo el Estacionamiento Medido.
► ti soporte remoto será prestado desde las Oficinas de la UNLP vía acceso remoto, telefónica, e-mall o nwnsajetfa Instantánea según se considere adecuado.
► Todos ios servidos serán prestados exclusivamente sobre el SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO entregado.
LÍMITES DEL ALCANCE
Están fuera del alcance de este proyecto:
► la resolución xx xxxxx fo relacionados directamente con el SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO.
Anexo II - Sópente Técnico 2 de 3
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* ♦
► Soporte sobre temas relacionados con Hardware y/o Servicios de Redes Internos del MUNICIPIO y los comercios adheridos.
► Cu^qutef tema relacionado con te atendón a usuarios finates de sis!^<ema (Automovilistas,
Comercios, etc,).
PRECONDICIONES Y SUPUESTOS DEL PROYECTO
► Se asume que se tendrá acceso a toda Información que se considere necesaria para la realización de las tareas. Se firmarán a tal fin los acuerdos de confidencialidad que se requieran.
► Se asume que el MUNICIPIO dispone de las licencias de uso y de servicio de soporte y actualización de la plataforma.
CONDICIONES DE ACEPTACIÓN
En esta sección deben definirse de forma clara, completa y explícita cuales serán las condiciones de aceptación de los servicios de la UNLP.
Estas condiciones deben definirse en conjunto con el MUNICIPIO y no deben contemplar ambigüedades, no deben estar sujetas a diferencias de opinión nl subjetividades y deben ser concretas, simples y medióles.
En base al análisis realizado y de común acuerdo cón el MUNICIPIO se especifican como únicas condiciones de aceptación de los servicios de la UNLP los siguientes puntos.
Condidón o Caso de.Prueba Resultado Espetado Servicio de soporte ante incidentes. Brindar servicios de soporte de
acuerdo al SLA establecido.
PROCESO DE ESCALAMIENTO DE RECLAMOS
Todos los incidentes se deberán reportar a la herramienta de registro de reclamos provisto por la UNLP, donde se realizará la apertura del mismo y se le asignará un número de gestión (Ticket), siendo éste el único canal de comunicación para la atención de redamos.
El Centro de Atención de Xxxxxxx, analizará el perfil del recurso necesario según el tipo de Incidente reportado y derivará el mismo al consultor que se hará cargo. La atención del reclamo se realizará en el lapso comprometido según el SLA.
Toda la información será registrada en una base de Incidentes, y de esta forma poder contar con el seguimiento, estadísticas ación de resolución del problema, para ser consultad por el MUNICIPIO en todo momento:
Anexo II - Soporte Técnico 3 de 3
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EDUCACIÓN UNIVERSIDAD
PÚBLICA NACIONAL UNEP dt u
Y GRATUITA DE LA PLATA PARTNERSHIP
CONSULTANCY CONTRACT
Between UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA
Xxxxxxx 0 Xx 000, Xx Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
(Hereinafter referred to as “UNLP”)
And Copenhagen Centre on Energy Efficiency
UNEP DTU Partnership DTU Management
Technical University of Denmark UN City, Xxxxxxxxx 00
DK-2100 Copenhagen 0
Company Registration no. (CVR) DK30060946
(Hereinafter referred to as "Consultant" or “C2E2”)
This contract is with the legal entity Technical University of Denmark. UNEP is not liable for claims of any kind arising out of the activities under this agreement.
UNLP and C2E2 hereinafter also referred to individually as “Party” and collectively as “Parties”)
The Parties have agreed as follows:
Article 1 - Assignment and context
This contract refers to the project entitled "Sustainable Energy in Municipal Buildings in Argentina", funded
in the framework of the Programme Euroclima+, by AFD - Agence Frangaise de Développement, in a Financing Agreement (N° CONVENTION AFD CZZ 2300 11) including any amendment to it, all
appended to this Contract as Xxxxx XX. The leader of this project and main contractor with AFD is the Universidad Nacional de La Plata (UNLP). The contribution and deliverables to be provided by the Consultant as per this contract are to be considered in the framework of the aforementioned project and Financing Agreement.
The Consultant shall deliver as per Terms of Reference (TOR) provided in Xxxxx X. The TOR were extracted directly from the Financing Agreement mentioned above.
DTU UNEP DTU Partnership Phone: x00 0000 0000 DTU Management Engineering Email: xxxx@xxx.xx
Technical University of Denmark - DTU Web: xxxxxxx.xxx UN City, Xxxxxxxxx 00
environment DK-2100 Copenhagen 0, Denmark
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Article 2 - Payments and schedules
2.1 Contingent on the receipt of funds from AFD, UNLP will make available EUR 43,600 (forty three thousand six hundred Euros) to the Consultant, via direct transferral by AFD to the Consultant in accordance with the Financing Agreement, including Amendments, as per Xxxxx XX.
2.2 The payments to the Consultant are according to the above-mentioned Financing Agreement, directly made by AFD to the Consultant after verification by UNLP, as stated in the text Amendment to the Financial Agreement No. CZZ 2300 11.
2.3 The funds will be transferred to the Consultant according to the payment schedules established in the Financing Agreement mentioned in Article 1, as follows:
- An advance payment of 21,720 Euro (twenty one thousand seven hundred and twenty Euros);
- A second payment of 13,500 Euros (thirteen thousand five hundred Euros) corresponding to the second year of work;
- A third payment of 8,380 Euro (eight thousand three hundred eighty Euros) as final payment, corresponding to the third year of project implementation.
The Consultant (C2E2) will deliver the corresponding invoice to each of the established payments, as well as and, at the request of the UNLP, a detail of the Products made, the human resources used (number of agents and man hours of work per day) and the execution of expenses carried out within the framework of the development of each Product in which it intervenes.
2.4 From the payments referred in point 2.3 above, a maximum of EUR 3,000 (three thousand Euros)
shall cover the Consultant's expenses with Travel and Subsistence. Up to EUR 4,000 (four thousand Euros) shall cover of the expenses related to the Sub-contracting that the Consultant may have to engage in to provide the deliverables mentioned in the TOR.
2.5 The amounts specified in point 2.4 above will be paid to the Consultant upon presentation of the supporting documents as specified by AFD in its conditions referred in the document: "Normas de Adquisiciones para Contratos Financiados por la AFD en Países Extranjeros" from February 2017.
2.6 Payments are made to the following Bank Account: Account: 4183089927 - Currency USD
Beneficiary: Danmarks Tekniske Universitet
Beneficiary address: XXXXX XXXXXXXXX XXX 000X - 0000 Xxx. LYNGBY - DENMARK.
Bank and Branch: DANSKE BANK - HOLMENS KANAL 2-12 1092 Kebenhavn K - Copenhagen.
Bank address: HOLMENS KANAL 2-12 1092 Kebenhavn K
Transfer details: Reg. N° 4183
Account N° 4183089927 - Currency USD Account IBAN: XX0000000000000000 DANSKE BANK
SWIFT: XXXXXXXX
2/3
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Each Party pays the bank transactions costs charged by their respective xxxxx.
2.7 The Consultant has the obligation to report income to tax authorities in accordance with national rules and legislation.
Article 3 - Term and termination
3.1 The term of the contract shall commence on the date of signing and unless terminated earlier, expire without further notice on 30th June 2024.
Article 4 - Miscellaneous
4.1 Neither this contract nor any of its provisions may be amended, supplemented, modified or waived except by in writing duly executed by both of the Parties hereto.
--ooOoo---
This contract is executed by the duly authorised officers of the respective Parties.
For and on behalf of UNLP: For and on behalf of the Consultant:
Date: Date: 19-01-2021
XXXXXX Firmado
digitalmente por
Xxxxxxxx XXXXXX Xxxxxxxx
Xxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxx: 2020.12.16
14:23:45 -03'00'
Mr. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Mr. Xxxxx Xxxxxxx
Presidente Deputy Director
Universidad Nacional de La Plata UNEP DTU Partnership DTU Management
Technical University of Denmark
3/3
19
UNIVERSIDAD
CONSEJO SUPERIOR NACIONAL DE LA PLATA
Expediente Código 100 Número 5.416 Año 2.021
///Plata,
Visto lo aconsejado precedentemente por la Junta Ejecutiva; atento a que se ha cumplido el plazo establecido por el Artículo 32° de la Ordenanza 211 sin haberse efectuado presentación alguna en los términos del Artículo mencionado y teniendo en cuenta lo determinado por el Artículo 30°, inciso a) de la citada Ordenanza, refréndase el dictamen emitido precedentemente por la Comisión de Economía y Finanzas, en relación a lo establecido por Ley N° 27.560 del Congreso de la Nación (publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 28/08/2020), y en consecuencia, aceptar la transferencia a título gratuito, a favor de la Universidad Nacional de La Plata, del dominio del Inmueble propiedad del Estado Nacional, ubicado en la ciudad de La Plata, correspondiente a la ex sede del Comando en Jefe de la X Brigada de Infantería Mecanizada del Ejército Argentino, y cuyos datos dominiales son los siguientes: matrícula
234.457 / nomenclatura catastral: circunscripción I; sección B; manzana 80, parcela 3 a. / designación según plano 00-000-00 / partida inmobiliaria: 000-000000-0. Ubicación: con frente a la calle Diagonal 80 entre calles 41 y 116 / superficie: 4.299,69 metros cuadrados / medidas: 143.24 metros de frente al O; 2,30 metros al SE; al SSO en 2 tramos que miden sucesivamente 60,54 metros y 24,50 metros; y al ENE 102,38 metros / linderos: linda por su frente al O con Diagonal 80; al SE con calle 42; al SSO con calle 42; y al ENE con parcela 1 a. Dominio inscripto en folio 743, año 1882 - La Plata, dejándose consignado que la aludida transferencia de dominio se efectúa con cargo de que la Universidad Nacional de La Plata destine el inmueble al funcionamiento del Organismo de Investigaciones, Desarrollos, Transferencias e Innovaciones en Políticas Soberanas denominado “Instituto Malvinas”, creado en el ámbito de esta Casa de Altos Estudios. En caso de incumplimiento del cargo fijado, el dominio del terreno se revertírá a favor del Estado Nacional.
Pase a la Secretaría de Asuntos Jurídico-Legales para su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad. Cumplido, comuníquese a la Dirección de Bienes Productivos y a la Unidad de Auditoría Interna. Xxxxx, pase a la Secretaria General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, ARCHÍVESE.
DISPOSICIÓN R. N° 33
XXXXXX Firmado
digitalmente por
Xxxxxxx XXXXXX
Xxxxxxxx Xxxxxxx
x Xxxxxx( Fecha: 2021.02.26
09:53:40 -03'00'
Presidente
Universidad Nacional de La Plata
Edificio de Presidencia | Xxxxxxx 0 xx 000 x X.X.0000 x Xx Xxxxx x Xxxxxx Xxxxx x Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Tel - Fax .:000-000-0000| xxxxxx@xxxxx.xxxx.xxx.xx | xxx.xxxx.xxx.xx
Expediente Código 3200 N° 1449 Año 2021
///Plata, 23 FEB. 2021
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Facultad de Trabajo Social solicita la implementación del diploma digital para sendas carreras y
CONSIDERANDO:
que el artículo 9° del Anexo de la Resolución N° 3044/20 encomienda a esta Presidencia la fijación de la fecha de entrada en vigencia del sistema allí regulado para las distintas carreras;
que, tal como surge de la Resolución 3227/20, reglamentaria de la anterior, el procedimiento se encuentra en condiciones de ser aplicado;
que dicha Facultad ha solicitado en estas actuaciones la implementación efectiva de la citada norma para las carreras de: Profesorado en Trabajo Social, Licenciatura en Trabajo Social, Licenciatura en Fonoaudiología, Doctorado en Trabajo Social, Maestría en Trabajo Social, Especialización en Políticas Sociales, Especialización en Seguridad Social y Especialización en intervención social con niña/os, adolescentes y jovénes;
que corresponde, en relación con los trámites de diplomas en curso adoptar el criterio en virtud del cual se completen mediante el procedimiento anterior y diplomas en formato papel, aquellos trámites que a la fecha del dictado de la presente se encuentren en la Dirección General de Títulos y Certificaciones; debiendo reconducirse hacia el procedimiento digital los trámites que se encontraren a la misma fecha en instancias anteriores;
que es necesario dictar este acto resolutivo mediante el sistema de firma digital, receptado en el ámbito de la Universidad por Resolución 694/19;
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA UNIVERSIDAD
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- Téngase por fecha de entrada en vigencia del Anexo I de la Resolución N° 3044/20 para las carreras de: Profesorado en Trabajo Social, Licenciatura en Trabajo Social, Licenciatura en Fonoaudiología, Doctorado en Trabajo Social, Maestría en Trabajo Social, Especialización en Políticas Sociales, Especialización en Seguridad Social y Especialización en intervención social con niña/os, adolescentes y jóvenes, el día 23 de febrero de 2021.
////
20
Expediente Código 3200 N° 1449 Año 2021
////
ARTÍCULO 2°.- Establecer que los trámites en curso que, a la fecha indicada en el artículo anterior, se encuentren en la Dirección General de Títulos y Certificaciones continuarán hasta completarse mediante el procedimiento tradicional; debiendo aquellos que se encuentren en instancias anteriores, ser reconducidos hacia el procedimiento tendiente al nuevo sistema de diploma digital.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la presente llevará el
número 210 del registro pertinente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la Vicepresidencia de Área Académica, a la Secretaría de Asuntos Jurídico-Legales a efectos de su oportuna publicación en el Boletín Oficial, a la Prosecretaría Legal y Técnica, a la Facultad de Trabajo Social, al Centro Superior de Procesamiento de la Información (CESPI), a las Direcciones Generales de Títulos y Certificaciones y Operativa. Hecho, publíquese en los términos de lo normado en el artículo 6° de la Resolución N° 667/20. Cumplido, ARCHÍVESE oportunamente en la Facultad de origen.
RESOLUCIÓN N° 210 XXXXXX Firmado
digitalmente por
Xxxxxxxx XXXXXX Xxxxxxxx
Xxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxx: 2021.02.23
11:58:53-03'00'
Dr. Arq. XXXXXXXX X. XXXXXX
Presidente
Universidad Nacional de La Plata
Prof. Xxxxxxxx Xxxxxxx Firmado digitalmente el día 23/02/2021
Prof. XXXXXXXX XXXXXXX
Secretario General
Universidad Nacional de la Plata
XXXXXXXX Firmado digitalmente por
XXXXXXXX Xxxxx Xxxxx
Xxxxx Xxxxx Xxxxx: 2021.02.23
11:34:56-03'00'
Abog. Xxxxx X. XXXXXXXX
Secretario de Asuntos Jurídico-Legales Universidad Nacional de La Plata
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